1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
FACULTAD DE DERECHO
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA.
DERECHO PROCESAL PENAL VENEZOLANO.
INFORMATICA III.
INTEGRANTE.
WENDY PEREZ.
2. Derecho procesal penal
• El Derecho procesal penal es el conjunto de normas jurídicas
correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier
proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el
estado y los particulares tiene un carácter primordial como un
estudio de una justa e imparcial administración de justicia:
3. Finalidad del derecho procesal penal.
• El fin del Derecho es la protección de los
bienes jurídicos fundamentales del ser
humano. El fin del derecho penal es aislar de
la sociedad aquellos individuos que ponen en
peligro la convivencia mutua, debido a su
anormal comportamiento.
4. CARACTERÍSTICAS:
Es Instrumental
Es Autónomo
Es Procedimental
Es Formal: requiere la presencia de la comisión de un hecho
punible, de las partes y del resto de los sujetos procesales.
OBJETO: El objeto del Derecho Procesal Penal es el estudio
de un hecho de la vida real. Este hecho es lo que se debate
en el juicio. Se basa en la implementación de los principios
de oficialidad y de legalidad, que dan al Ministerio Público el
poder de actuar en juicio penal. SIN ACCIÓN NO HAY
JURISDICCIÓN. Si no se acusa, no puede haber juicio penal
5. FIN DEL PROCESO: La búsqueda de la verdad histórica previa disputa de las
partes. Juicio contradictorio.
¿POR QUÉ EL PROCESO PENAL VENEZOLANO ES UN PROCESO ACUSATORIO?
Por lo dicho. Si no hay acusación, no puede haber juicio penal. La acción
penal corresponde al Estado a través del ejercicio del Ministerio Público.
Principio de Oficialidad (Artículo 11 del COPP).
6. Derecho de Defensa
En lo referente al derecho a la defensa, el procedimiento inquisitivo lo acepta
limitadamente. Dependiendo de la naturaleza de los sistemas políticos donde
nace y se desarrolla el procedimiento inquisitivo: los estados absolutos. Es
natural que el conflicto entre el interés estatal en la prosecución penal y las
garantías del imputado, se resuelve haciendo prevalecer el primero.
Esto se da por la desconfianza a la defensa; en el retraso a reconocer al
imputado su derecho a intervenir en el proceso y en toda clase de limitaciones
a las facultades de la defensa.
7. Tratamiento de la víctima del delito
Otra diferencia importante entre ambos
sistemas es la relacionada con la
consideración de la víctima. En el
procedimiento inquisitivo no se considera a
la víctima en cuanto tal, como un actor del
procedimiento. Con razón se ha dicho que
es la gran olvidada. La persecución penal
se realiza en nombre de la sociedad,
considerada abstractamente, sin atender a
los intereses concretos de la víctima.
8. Presunción de inocencia
Una última diferencia importante
entre ambos sistemas se refiere
a la presunción de inocencia, lo
que implica el derecho del
imputado a ser tratado como
inocente durante el proceso.
9. Caracteres fundamentales del Derecho
Procesal Penal:
* Publicidad: En relación al carácter
público, debido a la participación del
Estado, mediante el Poder Judicial y
Jurisdiccional.
* Instrumentalidad: No se trata de un
derecho finalista en sí mismo. Es un
instrumento del que se vale el Estado para
aplicar el derecho sustancial.
*
Código Penal Procesal.
* Autonomía: Mirado desde el punto de
vista científico y práctico es una rama
autónoma del Derecho. La división es sólo
a los efectos de una mejor comprensión y
estudio.
10. . Concepto:
Secuencia o serie de actos que se
desenvuelven progresivamente con el objeto
de resolver, mediante un juicio de la autoridad,
el conflicto sometido a su decisión.
En el Proceso Penal se denuncia la comisión de
un delito, luego se actúan todas las pruebas
pertinentes para que el órgano jurisdiccional
resuelva la situación jurídica del procesado,
archivando el Proceso, absolviendo al
procesado o condenándolo.
11. Debido Proceso
Es el Proceso Penal formal seguido
contra una persona bajo el amparo de
las garantías que establece tanto la
constitución como las Leyes vigentes,
dentro de un plazo preestablecido.
Es el conjunto de disposiciones
materiales de la aplicación de la
justicia integradas en garantía
fundamentales, sistematizadas para la
adecuada prestación o impartición de
justicia exigida por la constitución
12. BIBLIOGRAFIA
Las Garantías Constitucionales del Proceso Penal, en APECC
Revista de Derecho. Año I, Nº 1. Autor: Víctor Cubas Villanueva.
Lima – Perú. 2004.
Derecho Procesal Penal Argentino. Autor: Julio Maier. Ed.
Hammurabi. Buenos Aires – Argentina. 1989.
Justicia Penal y Democracia en el contexto extraprocesal. Autor:
Luigi Ferrajoli. Capítulo Criminológico Nº 16. Instituto de
Criminología de la Universidad de Zulia. Maracaibo – Venezuela.
1990.
El Principio de Oportunidad (Revista temas Procesales), Edición
especial julio de 2004, Autor: Carlos Alberto Mojica Araque.
Google ( Internet ).
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