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TEMA:
TRABAJO DE TÉCNICAS DE LA INFORMACIÓN



              NOMBRE:
           NANCY SUAREZ

               TUTOR:

             ALBA RIVAS
NORMA SOBRE DECLARACIÓN Y PAGOS




           ARTICULO. 40.- Plazos para la declaración
Son las declaraciones del impuesto a la renta serán presentadas
anualmente por los sujetos pasivos en los lugares y fechas
determinadas por el reglamento. En el caso de la determinación de las
actividades antes de la finalización del ejercicio impositivo el
contribuyente presentara su declaración anticipada del impuesto a la
renta.
ARTICULO 40A.- INFORMACIÓN SOBRE
          PATRIMONIO




Las personas naturales presentaran
una declaración de su patrimonio. En
el reglamento se establecerán las
condiciones para la prestación de esta
declaración.
ARTICULO 41 .- PAGO DEL IMPUESTO



        Los sujetos pasivos
        deberán efectuar el
        pago del impuesto a
        la renta de acuerdo
         con las siguientes
              normas:
Norma nº 1                   Norma nº 2




                            Las persona s naturales las
                              sucesiones indivisas las
       El saldo            sociedades, las empresas que
correspondiente al         tengan suscritos o suscriban
ejercicio económico         contratos de exploración y
    anterior deberá               extrapolación de
cancelarse en los plazos      hidrocarburos deberán
  que establezcan el            declarar el ejercicio
      reglamento.               económico anterior
                                correspondiente de
                                conformidad con las
                                 siguientes reglas :
REGLA Nº1




Las empresas
publicas sujetas al
pago del:
REGLA Nº 2


    Las personas naturales y las
  sucesiones indivisas obligadas a
llevar contabilidad y las sociedades
conforme una de las operaciones la
  que sea mayor a continuación los
       siguientes porcentajes
El 0.2%                El 0.4%
 Para el patrimonio
                        Para el activo total
        total



   Para el total del      Para el total de
  gastos deducibles     ingresos gravables
     a efecto del           a efecto del
 impuesto a la renta    impuesto a la renta
REGLA 2.1




Para la liquidación de estos anticipos en los activos de las
arrendadoras mercantiles se incluirán los bienes dados por
ellas en arrendamiento mercantil. Las sociedades las
sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las
personas naturales obligadas a llevar contabilidad no
consideran en el calculo el anticipo de las cuentas por
cobrar salvo aquellas que se mantengan relacionadas.
Las nuevas empresas o sociedades recién constituidas
estarán sujetas al pago de este anticipo después del
segundo año de operación efectiva. En el caso que así lo
requiera este plazo podrá ser ampliado previa autorización
del director general del servicios de rentas internas.
Como se menciono anteriormente si se
efectúa este tratamiento a las empresas
  urbanizadoras o constructoras que
    vendan terrenos o edificaciones a
   terceros y a las empresas de corta
 duración que logren su objetivo en un
  periodo menor de 2 años las cuales
       podrán pagar anticipo que le
     corresponda a sus operaciones
 En todos los casos para determinar el
   valor del anticipo se deducirán las
 retenciones en la fuente que le hayan
sido practicadas al contribuyente en el
    ejercicio impositivo anterior este
   resultado se lo denomina anticipo
                 mínimo.
REGLA Nº 3




             El anticipo que constituye crédito
             tributario para el pago del
             impuesto a al renta del ejercicio
             fiscal se pagara en el plazo que
             establezca el reglamento




                        Cuando se reporta un impuesto
                           a la renta causado por los
                        valores cancelados por concepto
REGLA Nº 4              de retenciones en la fuente de la
                          renta mas anticipo deberán
                              cancelar la diferencia
REGLA Nº 5




Si no existiese impuesto a la renta causado o si el
ejercicio fuese inferior al anticipo pagado mas las
retenciones el contribuyente tendrá derecho a
presentar el correspondiente reclamo de pago
indebido o la solicitud de pago en exceso.
El SRI dispondrá la devolución de lo indebida pago
de emisión de la nota de crédito, cheque, la cual
corresponde el anticipo mínimo pagado y no
acreditado el pago del impuesto a la renta
REGLA Nº6




                   Las que no hayan degenerado
                 ingreso gravables en el ejercicio
               fiscal anterior no están sujetas a las
                obligaciones de pagar anticipos en
               el año fiscal en que con sujeción a la
               ley se inicie el proceso de disolución




              El declarante si no cumple su obligación del
             valor del anticipo al presentar su declaración de
             impuesto a la renta el SRI procederá a
Regla nº 7   determinarlo y a emitir su auto cobro el cual
             incluirá los intereses y multas que de
             conformidad es un recargo del 20%
Si el contribuyente no aplicare como crédito
             tributario todo o parte del anticipo mínimo
                en el plazo establecido de los 5 años el
REGLA Nº 8   excedente de anticipo se constituirá en pago
              definitivo sin derecho a crédito tributario
                               posterior



                 El contribuyente podrá solicitar al
             servicios de rentas internas la reducción o
                exoneración del pago del anticipo del
REGLA Nº 9
             impuesto a la renta cuando demuestre que
               las rentas grabables para ese año será
                 inferiores a las obtenidas en el año
                               anterior.
ARTICULO 42 .- QUIENES NO ESTAN
     OBLIGADAS A DECLARAR




  Las siguientes personas naturales:
1. Los contribuyentes domiciliados en
    el    exterior    que     no    tengan
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2. Las personas naturales cuyos ingresos
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  • 1. TEMA: TRABAJO DE TÉCNICAS DE LA INFORMACIÓN NOMBRE: NANCY SUAREZ TUTOR: ALBA RIVAS
  • 2. NORMA SOBRE DECLARACIÓN Y PAGOS ARTICULO. 40.- Plazos para la declaración Son las declaraciones del impuesto a la renta serán presentadas anualmente por los sujetos pasivos en los lugares y fechas determinadas por el reglamento. En el caso de la determinación de las actividades antes de la finalización del ejercicio impositivo el contribuyente presentara su declaración anticipada del impuesto a la renta.
  • 3. ARTICULO 40A.- INFORMACIÓN SOBRE PATRIMONIO Las personas naturales presentaran una declaración de su patrimonio. En el reglamento se establecerán las condiciones para la prestación de esta declaración.
  • 4. ARTICULO 41 .- PAGO DEL IMPUESTO Los sujetos pasivos deberán efectuar el pago del impuesto a la renta de acuerdo con las siguientes normas:
  • 5. Norma nº 1 Norma nº 2 Las persona s naturales las sucesiones indivisas las El saldo sociedades, las empresas que correspondiente al tengan suscritos o suscriban ejercicio económico contratos de exploración y anterior deberá extrapolación de cancelarse en los plazos hidrocarburos deberán que establezcan el declarar el ejercicio reglamento. económico anterior correspondiente de conformidad con las siguientes reglas :
  • 6. REGLA Nº1 Las empresas publicas sujetas al pago del:
  • 7. REGLA Nº 2 Las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las sociedades conforme una de las operaciones la que sea mayor a continuación los siguientes porcentajes
  • 8. El 0.2% El 0.4% Para el patrimonio Para el activo total total Para el total del Para el total de gastos deducibles ingresos gravables a efecto del a efecto del impuesto a la renta impuesto a la renta
  • 9. REGLA 2.1 Para la liquidación de estos anticipos en los activos de las arrendadoras mercantiles se incluirán los bienes dados por ellas en arrendamiento mercantil. Las sociedades las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad no consideran en el calculo el anticipo de las cuentas por cobrar salvo aquellas que se mantengan relacionadas. Las nuevas empresas o sociedades recién constituidas estarán sujetas al pago de este anticipo después del segundo año de operación efectiva. En el caso que así lo requiera este plazo podrá ser ampliado previa autorización del director general del servicios de rentas internas.
  • 10. Como se menciono anteriormente si se efectúa este tratamiento a las empresas urbanizadoras o constructoras que vendan terrenos o edificaciones a terceros y a las empresas de corta duración que logren su objetivo en un periodo menor de 2 años las cuales podrán pagar anticipo que le corresponda a sus operaciones En todos los casos para determinar el valor del anticipo se deducirán las retenciones en la fuente que le hayan sido practicadas al contribuyente en el ejercicio impositivo anterior este resultado se lo denomina anticipo mínimo.
  • 11. REGLA Nº 3 El anticipo que constituye crédito tributario para el pago del impuesto a al renta del ejercicio fiscal se pagara en el plazo que establezca el reglamento Cuando se reporta un impuesto a la renta causado por los valores cancelados por concepto REGLA Nº 4 de retenciones en la fuente de la renta mas anticipo deberán cancelar la diferencia
  • 12. REGLA Nº 5 Si no existiese impuesto a la renta causado o si el ejercicio fuese inferior al anticipo pagado mas las retenciones el contribuyente tendrá derecho a presentar el correspondiente reclamo de pago indebido o la solicitud de pago en exceso. El SRI dispondrá la devolución de lo indebida pago de emisión de la nota de crédito, cheque, la cual corresponde el anticipo mínimo pagado y no acreditado el pago del impuesto a la renta
  • 13. REGLA Nº6 Las que no hayan degenerado ingreso gravables en el ejercicio fiscal anterior no están sujetas a las obligaciones de pagar anticipos en el año fiscal en que con sujeción a la ley se inicie el proceso de disolución El declarante si no cumple su obligación del valor del anticipo al presentar su declaración de impuesto a la renta el SRI procederá a Regla nº 7 determinarlo y a emitir su auto cobro el cual incluirá los intereses y multas que de conformidad es un recargo del 20%
  • 14. Si el contribuyente no aplicare como crédito tributario todo o parte del anticipo mínimo en el plazo establecido de los 5 años el REGLA Nº 8 excedente de anticipo se constituirá en pago definitivo sin derecho a crédito tributario posterior El contribuyente podrá solicitar al servicios de rentas internas la reducción o exoneración del pago del anticipo del REGLA Nº 9 impuesto a la renta cuando demuestre que las rentas grabables para ese año será inferiores a las obtenidas en el año anterior.
  • 15. ARTICULO 42 .- QUIENES NO ESTAN OBLIGADAS A DECLARAR Las siguientes personas naturales: 1. Los contribuyentes domiciliados en el exterior que no tengan representante en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente. 2. Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excediera de la fracción básica no gravada según el art. 36 de esta ley.
  • 16. GRACIAS POR SU ATENCIÓN