Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
C.n.e. utilizacion
1. CONDUCTORES ELÉCTRICOS
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2. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD
UTILIZACIÓN
Enero 2006
http://www.minem.gob.pe/ 1
3. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
2 Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de Electricidad
4. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 037-2006-MEM/DM
Publicada en el Diario oficial El Peruano el 30 de enero de 2006
Lima, 17 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 0285-78-EM/DGE, de fecha 19 de mayo de 1978, se aprobó el Tomo I
“Prescripciones Generales” del Código Nacional de Electricidad, del cual continúa vigente únicamente el Capítulo
3 “Requisitos Mínimos de Seguridad contra Accidentes Eléctricos“;
Que, por Resolución Ministerial Nº 139-82-EM/DGE, de fecha 2 de junio de 1982, se aprobó el Tomo V “Sistema
de Utilización” del Código Nacional de Electricidad, cuyos nueve (09) capítulos han continuado utilizándose
hasta la fecha;
Que, es necesario actualizar dichas normas acorde a las disposiciones legales vigentes, al Código Nacional de
Electricidad - Suministro, aprobado por Resolución Ministerial Nº 366-2001-EM/VME, a los cambios tecnológicos
desarrollados desde entonces, y a los aspectos de bienestar y seguridad requeridos para el desarrollo de la
actividad eléctrica;
Que, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, el proyecto del Código
Nacional de Electricidad - Utilización fue prepublicado en la Página Web del Ministerio de Energía y Minas;
De conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del
Sector Energía y Minas;
Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Código Nacional de Electricidad - Utilización, que consta de cuarenta y cuatro (44)
Secciones, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El Código Nacional de Electricidad - Utilización, entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2006.
Los proyectos que sean aprobados a partir de dicha fecha, deberán sujetarse a las reglas del mencionado
Código.
Artículo 3º.- Al entrar en vigencia el Código Nacional de Electricidad - Utilización, quedará sin efecto el Capítulo
3 del Tomo I del Código Nacional de Electricidad aprobado por Resolución Ministerial Nº 0285-78-EM-DGE, y el
Tomo V del Código Nacional de Electricidad aprobado por Resolución Ministerial Nº 139-82-EM-DGE.
Artículo 4º.- El Código Nacional de Electricidad - Utilización deberá ser actualizado en un periodo no mayor de
cuatro años.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA
Ministro de Energía y Minas
http://www.minem.gob.pe/ 3
5. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
EL CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN,
fue elaborado por la Dirección de Normas Eléctricas de la
Dirección General de Electricidad durante la gestión de las
siguientes autoridades:
Ing. Glodomiro Sánchez Mejía
Ministro de Energía y Minas
Eco. Juan Miguel Cayo
Viceministro de Energía
Ing. Jorge Aguinaga Díaz
Director General de Electricidad
Ing. Orlando Chávez Chacaltana
Director de Normas Eléctricas
4 Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de Electricidad
6. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Presentación
El Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General de
Electricidad presenta la nueva edición del CODIGO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN, con el propósito de poner a su
disposición una norma de alcance nacional.
Se ha considerado de suma importancia la revisión y actualización del
Código Nacional de Electricidad - Utilización, puesto que era necesario
actualizar dicha normativa acorde a las disposiciones legales vigentes,
cambios tecnológicos desarrollados, nueva estructura del subsector
electricidad y la nueva edición del Código Nacional de Electricidad –
Suministro.
En tal sentido el Código Nacional de Electricidad queda estructurado
como sigue:
• Código Nacional de Electricidad – Suministro
• Código Nacional de Electricidad - Utilización
El Código Nacional de Electricidad - Suministro fue aprobado el
2001.07.27 mediante R.M. N° 366-2001-EM/VME y entró en vigencia el
2002.07.01.
El Código Nacional de Electricidad – Utilización fue aprobado el
2006.01.30 mediante R.M. N° 037-2006-MEM/DM y entrará en vigencia
el 2006.07.01.
El Código Nacional de Electricidad – Utilización fue prepublicado en la
pagina web del Ministerio de Energía y Minas, producto de la cual se
recibió aportes importantes para la elaboración de la norma e incentivar
su utilización permanente. Se ha previsto además que, deberá ser
actualizado en un periodo no mayor de cuatro años.
Finalmente, esta Dirección General hace extensivo el agradecimiento a
todas las personas e instituciones relacionadas con el subsector
electricidad que con sus opiniones y aportes han permitido enriquecer
el presente documento.
DIRECCIÓN GENERAL DE ELECTRICIDAD
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7. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD - UTILIZACIÓN
Contenido
SECCIÓN TÍTULO PÁGINA
010 INTRODUCCIÓN 8
020 PRESCRIPCIONES GENERALES 14
030 CONDUCTORES 17
040 CONEXIONES Y EQUIPO DE CONEXIÓN 21
050 CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA 24
060 PUESTA A TIERRA Y ENLACE EQUIPOTENCIAL 27
070 MÉTODOS DE ALAMBRADO 37
080 PROTECCIÓN Y CONTROL 56
090 CIRCUITOS CLASE 1 Y CLASE 2 62
100 EQUIPOS E INSTALACIONES ESPECIALES 65
110 LUGARES PELIGROSOS 65
120 LUGARES DE MANIPULACIÓN DE COMBUSTIBLES 77
130 LUGARES CON LÍQUIDOS O VAPORES CORROSIVOS O MUY HÚMEDOS 84
140 HOSPITALES, CLÍNICAS Y SIMILARES 86
150 INSTALACIÓN DE EQUIPO ELÉCTRICO 89
160 MOTORES Y GENERADORES 101
170 INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE ALUMBRADO 108
180 AVISOS LUMINOSOS 116
190 INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN 118
200 ASCENSORES, ESCALERAS ELÉCTRICAS Y EQUIPOS SIMILARES 123
210 GRÚAS Y POLIPASTOS ELÉCTRICOS 126
220 SOLDADORAS ELÉCTRICAS 127
230 INSTALACIONES EN TEATROS 128
240 SISTEMAS DE EMERGENCIA, EQUIPOS INDIVIDUALES, SEÑALES DE SALIDA Y 131
SISTEMAS DE SEGURIDAD PERIMETRAL - CERCOS ELÉCTRICOS
250 ESTUDIOS DE CINE, SALAS DE PROYECCIÓN DE PELÍCULAS, INTERCAMBIO DE 133
PELÍCULAS - INCLUYENDO DEPÓSITOS DE PELÍCULAS Y LOCALES DE
ALMACENAMIENTO DE PLÁSTICOS DE PIROXILINA Y PELÍCULAS DE NITRATO DE
CELULOSA PARA RAYOS X Y PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS
260 INSTALACIONES DE DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES 134
270 SISTEMAS DE CALEFACCIÓN 135
280 PARQUES DE DIVERSIONES Y SIMILARES 139
290 PISCINAS, BAÑERAS Y FUENTES 140
300 INSTALACIONES PREFABRICADAS 143
310 AEROPUERTOS 146
320 INSTALACIONES TEMPORALES 147
330 EMBARCADEROS 148
340 SISTEMAS ELÉCTRICOS DE COMUNICACIONES 149
350 SISTEMAS SOLARES FOTOVOLTAICOS 153
360 SISTEMAS DE TELEVISIÓN POR CABLE E INSTALACIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN. 154
6 Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de Electricidad
8. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Contenido
SECCIÓN TÍTULO PÁGINA
370 SISTEMAS DE ALARMA CONTRA INCENDIO Y BOMBAS CONTRA INCENDIO 158
380 INSTALACIONES EN TÚNELES 159
390 CABLES DE FIBRA ÓPTICA 160
400 PARQUES PARA CASAS MÓVILES Y VEHÍCULOS RECREACIONALES 161
410 PROTECCIÓN CATÓDICA 162
420 DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA EN LAZO CERRADO Y LAZO PRE CERRADO 163
430 INTERCONEXIÓN DE FUENTES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA 163
440 SISTEMA PARA CARGAR VEHÍCULOS ELÉCTRICOS 164
TABLAS 168
DIAGRAMAS 209
ANEXOS
Anexo A 215
Anexo A-1 Unidades de Medida 215
Anexo A-2 Prevención de los Peligros de la Electricidad 215
Anexo A-3 Tipos de Esquemas de Puesta a Tierra 225
Anexo B Notas para las Reglas del Código 227
Anexo C Protección Ambiental 245
Anexo D Tablas de Información General 248
Anexo E Ambientes Libres de Polvo 250
Anexo F Prácticas de Instalaciones Recomendadas para Equipo Eléctrico y Alambrado 251
Intrínsecamente Seguro y Anti-Ignición
Anexo G Conexiones Eléctricas en Baja Tensión 255
Anexo H Instrumentos Detectores de Gases Combustibles para Uso en Lugares Peligrosos Clase I 263
Anexo I No está considerado en esta edición 264
Anexo J Reglas y Notas para Instalaciones que Utilizan el Sistema de División para la 264
Clasificación de Lugares Clase I
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9. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 10
SECCIÓN 010 instalaciones eléctricas de sistemas de utilización, definitivas,
de emergencia, así como las de carácter temporal.
INTRODUCCIÓN (2) El Código es de cumplimiento obligatorio en todos los
proyectos y ejecución de nuevas instalaciones eléctricas,
modificaciones, renovaciones y ampliaciones, que se efectúen
a partir de su entrada en vigencia.
010-000 Objetivo
(3) El Código es de cumplimiento obligatorio en la industria en
El Código Nacional de Electricidad - Utilización, llamado en general, sin distinguir el nivel de potencia de las instalaciones
adelante Código, tiene como objetivo establecer las reglas eléctricas; complementándose con las Normas emitidas por
preventivas para salvaguardar las condiciones de seguridad de las el Ministerio de Energía y Minas, con las Normas Técnicas
personas, de la vida animal y vegetal, y de la propiedad, frente a Peruanas y con las Normas emitidas por otras Autoridades
los peligros derivados del uso de la electricidad; así como la competentes en asuntos complementarios a este tema.
preservación del ambiente y la protección del Patrimonio Cultural
de la Nación.
(4) El Código comprende las instalaciones y equipos eléctricos
en edificios, estructuras, predios y en general toda edificación
El Código también contempla las medidas de prevención c o n t r a
destinada a vivienda, comercio, industria, recreación o
choques eléctricos e incendios, así como las medidas apropiadas
servicios, que operan o puedan operar en el rango de baja
para la instalación, operación y mantenimiento de instalaciones
eléctricas. tensión hasta 1 000 V, y en alta tensión desde más de 1 000 V
hasta 36 000 V.
El Código no está destinado a ser un compendio de especificaciones
(5) Para casos de instalaciones eléctricas en edificios, estructuras
para proyectos, ni un manual de instrucciones.
y predios de la naturaleza de los indicados en el Subpárrafo
anterior, con tensiones superiores a 36 000 V, el Código debe
Cumpliendo con las reglas del Código, utilizando materiales y
equipos eléctricos aprobados o certificados y efectuando la instalación, ser complementado con el Código Nacional de Electricidad -
operación y mantenimiento apropiados, con personal calificado y Suministro (CNE-Suministro).
autorizado, se logrará una instalación esencialmente segura.
(6) Dentro de los alcances del Código están incluidas las
estructuras prefabricadas, desmontables o no, y las
010-002 Generalidades instalaciones para suministro en tierra a embarcaciones
acuáticas autopropulsadas.
(1) La numeración de las reglas del Código no es consecutiva
deliberadamente. En algunas de las reglas se ha indicado (7) Las reglas del Código se complementan con las Normas de
que han sido expresamente dejadas en blanco, para la la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía
incorporación de futuras reglas. y Minas (Normas DGE), con las Normas Técnicas Peruanas
y con las emitidas por otras Autoridades competentes en
(2) En toda nueva instalación debe preverse, tanto el crecimiento asuntos complementarios a este tema, y cuyo cumplimiento
de la demanda como la posibilidad de efectuar cambios futuros sea necesario para lograr lo indicado en la Regla 010-000.
en las instalaciones en condiciones seguras de trabajo.
(8) Se excluyen del Código:
(3) Los proyectos de sistemas eléctricos de utilización deben tener
en cuenta los aspectos de la Norma Técnica de Calidad de (a) Aeronaves.
los Servicios Eléctricos, de modo que su operación y
mantenimiento no causen desmejora de la calidad del servicio (b) Ferrocarriles eléctricos.
de las instalaciones de suministro eléctrico, sobretodo en lo
referente a la calidad producto. (c) Embarcaciones acuáticas.
(4) Los documentos y planos de proyectos eléctricos en su (d) Vehículos en general.
concepción general (proyectos, estudios, obras, inspecciones,
etc.), de cualquier naturaleza, deben ser elaborados y firmados (9) Las instalaciones existentes, incluyendo reemplazos por
por un ingeniero electricista o mecánico electricista colegiado. mantenimiento, que cumplen con los Códigos previos, no
Tratándose de instalaciones eléctricas para viviendas necesitan ser modificadas, excepto cuando sea exigido por
unifamiliares cuya potencia instalada no supere los 3 kW, la Autoridad competente, por razones de seguridad, con el
localizadas en centros poblados rurales donde no haya presencia adecuado sustento técnico, y bajo responsabilidad del
de un ingeniero electricista o mecánico electricista colegiado, el obligado.
plano de instalaciones eléctricas interiores puede ser visada por
un técnico electricista con certificación oficial, especializado en (10) La Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía
instalaciones eléctricas domiciliarias. De no contar con ninguno y Minas podrá autorizar de manera expresa, previa y con
de los especialistas antes mencionados, dicho plano puede ser carácter particular, el uso experimental de formas de
visado por un ingeniero electricista o mecánico electricista, o construcción o métodos de instalación no previstos en el
técnico electricista del concesionario o entidad suministradora Código. El autorizado presentará informes a la Dirección
de energía, y autorizado por éstos. General de Electricidad en las condiciones que se señalen
en la autorización, con el fin evaluar su desarrollo y resultados.
(5) Los proyectos de nuevas instalaciones, modificaciones o
ampliaciones que, antes de la vigencia del Código, hayan sido (11) Con respecto a aspectos no incluidos en el Código, el diseño,
aprobados o que tengan la conformidad de acuerdo con el la construcción, operación y el mantenimiento de las
Código Nacional de Electricidad - Tomo V - “Sistema de instalaciones eléctricas deben ser efectuados de conformidad
Utilización” - 1982, deben ser ejecutados dentro del plazo con métodos aprobados y reconocidos, apropiados a las
otorgado. condiciones locales. Estos aspectos deben ser informados con
la debida anticipación a los responsables de la aprobación,
(6) El personal a cargo de la ejecución de las instalaciones supervisión, construcción o mantenimiento de las instalaciones
eléctricas, debe ser calificado y acreditado. El responsable y de los equipos.
de la supervisión, fiscalización, construcción, operación o
mantenimiento, debe verificar la calidad de la mano de obra.
010-006 Autoridad
(7) Los materiales y productos utilizados en las instalaciones
eléctricas, deben cumplir con las Normas Técnicas Peruanas, (1) Toda Autoridad competente para aprobar proyectos, autorizar
salvo que éstas no los contemple, en cuyo caso deben cumplir la construcción y/o recepción de obras e/o instalaciones
con las normas internacionales de la Comisión Electrotécnica eléctricas, así como la fiscalización respectiva, es responsable
Internacional (IEC) u otras que sean reconocidas y respondan del cumplimiento del Código. Durante la supervisión o
a exigencias internacionales. fiscalización, la Autoridad competente, podrá ordenar la
(8) Las instalaciones eléctricas existentes, deben sujetarse al sustitución de equipos o materiales no aprobados o que no
Código Nacional de Electricidad -Tomo V -“Sistema de garanticen la seguridad, con el adecuado sustento técnico y,
Utilización” - 1982, o al Código Eléctrico Nacional (Código bajo responsabilidad del obligado.
Eléctrico del Perú)-1955, según corresponda.
(2) El Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección
General de Electricidad, es la autoridad normativa con
010-004 Alcances y Obligatoriedad de Uso competencia nacional en todo lo concerniente al Código.
(1) El Código es de cumplimiento obligatorio por toda persona (3) La Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía
natural o jurídica, nacional o extranjera, que realiza trabajos y Minas podrá exonerar de manera expresa y previa, el
o actividades en general, que estén relacionadas con las cumplimiento de alguna regla del Código, en una nueva
8 Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de Electricidad
10. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 10
instalación eléctrica o ampliación, siempre que la seguridad eléctricas, así como la fiscalización respectiva, las
sea garantizada por otros medios. Municipalidades Provinciales y Distritales, de acuerdo a su
ámbito de competencia, cada año, deben informar a la
(4) Corresponde a las Municipalidades Provinciales y Distritales, Dirección General de Electricidad, las situaciones o casos
de acuerdo a su ámbito de responsabilidad, la fiscalización que consideren especiales, con el objeto de recopilar
de la estricta observancia del Código. información respecto a la aplicación del Código y proponer
las mejoras que sean necesarias.
010-008 Información a los usuarios
010-014 Reporte de Accidentes Eléctricos
Toda instalación eléctrica debe contar con un esquema unifilar
actualizado cumpliendo con la Norma DGE “Terminología en Para fines estadísticos, de evaluación y mejora del ámbito
Electricidad” y la Norma DGE “Símbolos Gráficos en Electricidad”, normativo, en caso de ocurrencia de accidente eléctrico, el
y normas complementarias; precisando las características técnicas propietario, el representante legal o el responsable de la
fundamentales de los equipos y materiales eléctricos instalados, edificación donde se ubican las instalaciones eléctricas, debe
así como su plano de emplazamiento y trazado. El esquema unifilar dar aviso según lo especificado por el procedimiento respectivo
y el plano de emplazamiento y trazado deben ser permanentemente dado por la Autoridad competente. El responsable de la
actualizados con las modificaciones o ampliaciones que se edificación debe dar aviso por escrito a dicha Autoridad
efectúen. competente sobre lo sucedido y debe desenergizar la
instalación eléctrica involucrada hasta que se subsanen los
defectos que han causado dicho accidente, e informar a la
010-010 Inspecciones Iniciales y Periódicas de las Autoridad competente las medidas o acciones correctivas que
Instalaciones Eléctricas el caso haya requerido.
(1) Las inspecciones iniciales o periódicas deberán ser efectuadas
por la Autoridad competente, siendo ésta, cualquier órgano 010-016 Sanciones
designado por ley, responsable respecto al Código, de su
aplicación y cumplimiento. Tales inspecciones deben ser La Autoridad competente sancionará las infracciones al Código,
efectuadas por personal calificado, debidamente registrado y de acuerdo a su legislación.
acreditado por la respectiva Autoridad competente.
(2) Todas las instalaciones eléctricas deben ser objeto de Definiciones
inspección inicial por parte de la respectiva Autoridad
competente. Accesible (aplicado a equipo): Que permite la aproximación de
personas debido a que no está resguardado por puerta con
(3) Todas las instalaciones eléctricas deben ser objeto de cerraduras, o no está ubicado en partes elevadas, o no está dotado
mantenimiento oportuno y apropiado, por personal calificado de otro medio que impida dicha aproximación.
y acreditado por la respectiva Autoridad competente, con la
finalidad que se garantice el buen estado, el funcionamiento Accesible, fácilmente: Condición en la que un equipo puede ser
adecuado y seguro de todas las partes de la instalación alcanzado con facilidad para fines de operación, mantenimiento,
eléctrica, tales como las protecciones, los aislamientos, los reparación o inspección, sin que se requiera remover obstáculos o
sistemas de puesta a tierra, etc. trepar sobre ellos, o recurrir a escaleras portátiles, sillas, etc.
(4) Las instalaciones eléctricas de los siguientes establecimientos Accesible (relativo a métodos de alambrado): No encerrado
deben ser inspeccionadas por parte de la respectiva Autoridad permanentemente en la estructura o acabados de la edificación; y
competente, como mínimo una (01) vez al año: que es posible de ser desmontado sin dañar la estructura o
acabados de la edificación.
- Locales de pública concurrencia para espectáculos y
actividades recreativas, tales como por ejemplo: cines, Aceptable: Lo que cumple los requisitos exigidos por la autoridad
teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, o ente encargado de supervisar el cumplimiento del Código.
hipódromos, parques de atracciones y ferias, salas de
fiesta, discotecas, salas de juegos de azar y similares; Acometida: Es la parte de la instalación eléctrica comprendida
entre la red de distribución (incluye el empalme) y la caja de
- Locales de pública concurrencia para reuniones y trabajo, conexión o la caja de toma.
como por ejemplo: templos, museos, salas de
conferencias y congresos, bares, cafeterías, restaurantes, Aislado: Separado de otras superficies conductoras por un material
establecimientos comerciales, centros comerciales, dieléctrico o espacio de aire que tiene un grado de resistencia al
mercados, etc.; paso de la corriente y a la descarga disruptiva, suficientemente
elevado para las condiciones de uso.
- Establecimientos industriales en general;
Aislante (aplicado a substancias no conductoras): Substancias
- Hoteles, hostales y similares; capaces de lograr la condición definida como aislado.
- Hospitales, clínicas y similares; Alambrado: Conductores instalados de acuerdo con cualquiera
de los métodos aprobados en el Código.
- Bibliotecas, colegios, universidades, locales
institucionales y similares; Alimentador: Es la porción de un circuito eléctrico entre la caja de
- Locales con riesgo de incendio o explosión; conexión o caja de toma, u otra fuente de alimentación, y los
dispositivos de sobrecorriente del circuito o circuitos derivados.
- Locales mojados, piscinas y similares;
Alumbrado de emergencia: Alumbrado requerido, según el
- Otros que la Autoridad competente, considere necesarios. Reglamento Nacional de Construcciones, con el propósito de
facilitar la salida segura de personas y el acceso a las salidas en
(5) Las instalaciones eléctricas de locales comerciales, de oficinas casos de incendio, sismo y otros casos de emergencia.
y otros similares, que no son de pública concurrencia,
incluyendo las instalaciones de servicios generales, deben Alumbrado de realce: Disposición de lámparas incandescentes o
ser inspeccionadas cada dos (02) años, por la respectiva lámparas de descarga para realzar o Ilamar la atención hacia ciertas
Autoridad competente. características, tales como contorno de un edificio o la decoración
de una ventana.
(6) Las instalaciones eléctricas en edificaciones para vivienda
unifamiliares o multifamiliares y los equipos eléctricos de Aprobado (aplicado a materiales y equipos eléctricos): Que
servicios generales, tales como ascensores, electrobombas, ha sido examinado y probado por una entidad de certificación
iluminación de pasillos, corredores y escaleras, iluminación autorizada y cumple con las normas de fabricación establecidas
de emergencia y otros, deben ser inspeccionadas cada cinco por la autoridad competente.
(05) años, por la respectiva Autoridad competente.
A prueba de choque eléctrico - shock (aplicado a equipos de
010-012 Reporte de Inspecciones e Informe rayos X y equipos de alta frecuencia): Equipo resguardado por
metal conectado a tierra de modo que ninguna persona pueda entrar
(1) Las inspecciones, las pruebas eléctricas a realizarse, así como en contacto con alguna parte energizada (con tensión).
el informe respectivo, deben sujetarse a las Normas Técnicas
Peruanas respectivas y a las directivas de la Autoridad A prueba de explosión: Alude a aquello alojado en una caja o
competente, la cual debe mantener un archivo con dichos recinto capaz de soportar la explosión interna de un gas o vapor
informes. específico sin sufrir daño, y a su vez capaz de prevenir la ignición
de un gas o vapor específico que rodea la cubierta, por chispas,
(2) Toda Autoridad competente para aprobar proyectos, autorizar flameos o explosiones producidos dentro de la misma.
la construcción y/o recepción de obras e/o instalaciones
http://www.minem.gob.pe/ 9
11. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 10
Área para equipos de conexión: Espacio o ambiente previsto en cerrada, que consiste en un montaje de largueros y herrajes
un edificio para acondicionar los equipos de conexión. dispuestos y construidos de tal forma que los conductores aislados
puedan ser colocados y retirados fácilmente, sin dañar su
A prueba de polvo: Cubierta construida de tal forma que el polvo aislamiento o cubierta.
no pueda entrar en la misma.
Canalización: Canal cerrado diseñado para portar alambres,
Arrancador (aplicado a motores): Dispositivo de control para cables o sistemas de barras, y a menos que se indique lo contrario
acelerar el motor desde su posición de reposo hasta su velocidad en el Código, este término incluye tuberías pesadas (rígidas y
normal, y para detener el motor; generalmente incluye protección flexibles, metálicas y no metálicas), tuberías livianas (metálicas
contra sobrecargas. y no metálicas), canalizaciones bajo el piso, pisos celulares,
canalizaciones de superficie, ductos de cables, bandejas de
Ascensor: Mecanismo de elevación y descenso equipado con una cables, ductos de barras y canaletas auxiliares.
cabina o plataforma que se mueve sobre guías en una dirección
vertical, pero no incluye máquinas para apilado que operan en un Canalización bajo piso: Canalización adecuada para utilizarse
solo piso, ni cables sin fin, fajas transportadoras, cadenas, cubetas embutida en el piso.
y mecanismos similares para acarreo de materiales.
Capacidad de corriente: La corriente que un conductor puede
Ascensor eléctrico: Ascensor en el cual el movimiento de la cabina Ilevar en forma continua bajo las condiciones de utilización, sin
se obtiene mediante un motor eléctrico que actúa directamente exceder su temperatura nominal.
sobre el mecanismo de elevación. Casa móvil (prefabricada): Unidad de vivienda transportable
construida para ser remolcada sobre su propio chasis.
Autoridad competente: Cualquier órgano designado por ley,
responsable respecto al Código, en su aplicación y cumplimiento.
Celda de piso celular: Espacio hueco, adecuado para ser usado
Bandeja de cables: Canalización que consiste en largueros y como una canalización de pisos celulares metálicos o de concreto,
planchas unidas entre sí, construida de tal forma que cuando ha con el eje de la celda paralelo al eje longitudinal del piso.
sido completamente instalada, los conductores y cables aislados
pueden ser fácilmente instalados o retirados sin dañar su Circuito no incendiario (circuito anti-ignición): Circuito en el
aislamiento. que cualquier chispa o efecto térmico producido, bajo condiciones
de operación preestablecidas o debido a apertura, cortocircuito o
Bandeja de cables en escalera: Estructura prefabricada que falla a tierra de un alambrado preparado en obra, no debe ser capaz
consiste de dos largueros laterales unidos por piezas transversales de provocar la ignición de gases o vapores inflamables prescritos.
separadas con aberturas mayores que 50 mm entre sí en dirección Circuito de comunicación: Circuito que es parte de un sistema
longitudinal. de comunicaciones.
Bandeja de cables no ventilada: Estructura prefabricada sin Circuito de control: Circuito que Ileva señales eléctricas que dan
aberturas entre los rieles laterales longitudinales, que consiste de mando a los dispositivos de control, pero no Ileva la corriente o
dos largueros laterales unidos por piezas transversales sin potencia que el dispositivo controla.
aberturas entre sí.
Circuito derivado: Porción de un alambrado que se extiende entre
el último dispositivo de sobrecorriente que protege el circuito y la
Bandeja de cables ventilada: Estructura prefabricada que consiste
en dos largueros laterales unidos por piezas transversales con o las salidas.
aberturas hasta de 50 mm entre sí, en dirección longitudinal.
Circuito derivado de conductores múltiples: Consiste en dos o
Barras: Conductor que se utiliza como una conexión común para más conductores no conectados a tierra que tienen una diferencia
los conductores correspondientes a dos o más circuitos. de tensión entre ellos y un conductor de tierra que tiene igual
diferencia de potencial entre él y cada conductor no conectado a
Barras, Ducto de: Canalización que consiste en un conducto tierra del sistema, con este conductor de tierra conectado al neutro.
metálico (incluyendo codos, uniones, en adición de tramos rectos)
que contiene barras que son soportadas sobre aisladores. Circuito de potencia de baja energía: Circuito diferente a los de
control remoto y a los de señal, que tiene el suministro de potencia
Cabezal de acceso: Canalización para conductores eléctricos limitado de acuerdo con lo establecido para los circuitos de control
asociada con una canalización subterránea o sistema de pisos remoto Clase 2.
celulares que posibilita el acceso a una determinada canalización
o celda. Circuito de potencia de tensión extra-baja (o de muy baja
tensión): Circuito, tal como un operador de válvulas o circuitos
Cable con aislante mineral: Cable que tiene uno o más similares, que no es un circuito de control remoto ni de señal,
conductores sólidos desnudos soportados y aislados por un pero que opera a no más de 30 V, y que es alimentado por un
material refractario altamente comprimido, encerrado en una transformador u otro dispositivo limitado en su potencia de
cubierta metálica tubular hermética a líquidos y a gases. salida a 1000 VA, y aprobado para este propósito, pero en el
cual la corriente no está limitada de acuerdo con los
Cable con cubierta de aluminio: Cable que consiste en uno o requerimientos para circuitos de Clase 2.
más conductores que tienen una cubierta exterior de aluminio o
aleación de aluminio hermética a los líquidos y a los gases. Circuito de señal: Circuito eléctrico diferente al de comunicaciones
que suministra energía a un dispositivo que da señales
Caja de conexión: Caja de toma que adicionalmente alberga el reconocibles, tal como los circuitos de timbre de puerta,
equipo de medición. También podrá albergar los dispositivos de zumbadores, sistema de Ilamadas por código, señales luminosas
protección y maniobra de la conexión. y otras similares.
Caja de cortacircuitos: Un recinto de resistencia mecánica Combustión lenta - retardante a la llama (aplicado al
adecuada construida de material incombustible y resistente a la aislamiento de conductores): Aislamiento que tiene propiedades
absorción de humedad, diseñado para montaje sobre superficies de retardo de llama.
o empotrados con puertas batientes o cubiertas aseguradas a su
estructura.
Conducto: Parte de un sistema de canalización eléctrica cerrada
Caja de toma: Conjunto normalizado que comprende una caja de sección transversal circular, diferente de la tubería eléctrica
metálica o un gabinete construido de modo que pueda ser metálica o tubería eléctrica no metálica, en la cual se tienden
efectivamente bloqueado o sellado, que contiene fusibles o un conductores.
interruptor. Debe estar provista de medios para el accionamiento
manual rápido del dispositivo de desconexión en casos de Conducto metálico flexible: conducto de metal que puede
emergencia, y que eviten el acceso a su interior de personas no doblarse fácilmente sin el uso de herramientas.
autorizadas.
Conducto flexible a prueba de líquidos: hace referencia a:
Cámara o bóveda (para transformador o equipo eléctrico):
Recinto apartado, construido encima o bajo tierra, con paredes, (a) un conducto metálico que tiene una cubierta exterior
piso y techo resistentes al fuego, con el fin de que se instalen en él hermética a los líquidos; o
transformadores y otros equipos eléctricos.
(b) un conducto no metálico flexible hermético a los líquidos.
Canaleta auxiliar: Consiste en una canalización preparada con
planchas metálicas con el fin de incrementar el espacio de Conducto metálico rígido: conducto metálico de sección circular
alambrado de equipos eléctricos y encerrar los conductores de de las mismas dimensiones de una tubería estándar, roscada para
interconexión. poder unirse con otras similares, y diseñada para ubicar en ella
conductores, que obedece a la norma técnica para tubería metálica
Canaleta con tapa para cables: Canalización completamente pesada rígida.
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12. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 10
Conducto rígido: significa un conducto rígido de metal o un Dispositivo de corriente residual - Interruptor Diferencial (ID)
material no metálico; o Interruptor de falla a tierra (GFCI “Ground Fault Circuit
Interrupter”): Dispositivo para la protección de personas, cuya
Conducto rígido no metálico: conducto rígido de material no función es interrumpir automáticamente la corriente de un circuito,
metálico que no se permite ser roscado. en un tiempo predeterminado, cuando la corriente a tierra excede
un valor predeterminado. El proyectista debe verificar que exista
Conducto rígido no metálico liviano (PVC): conducto no metálico una adecuada coordinación entre los interruptores de falla a tierra
rígido de cloruro de polivinilo que puede ser instalado en paredes de una instalación. (Ver Anexo B).
o en el piso, o empotrada en el techo, que obedece a la norma
técnica para tubería rígida liviana de PVC. Puede trabajar con Dispositivo de sobrecarga: Dispositivo que brinda protección
temperaturas de hasta 75°C, que obedece a la norma técnica para contra corrientes excesivas, pero no necesariamente protege contra
tubería rígida pesada de cloruro de polivinilo (PVC). cortocircuitos, y es capaz de interrumpir un circuito, bien sea por
la fusión de un metal o por medios electromecánicos.
Conducto rígido de termoplástico libre de halógenos (HFT): Dispositivo de sobrecorriente: Dispositivo capaz de interrumpir
conducto rígido no metálico, fabricado con materiales libres de automáticamente un circuito eléctrico, tanto en condiciones
halógenos, que puede unirse con otras mediante acoples. Puede predeterminadas de sobrecarga como en condiciones de
soportar temperaturas de hasta 125°C, que obedece a la norma cortocircuito, bien sea por fusión de un metal o por medios
técnica para tubería rígida pesada de termoplástico libre de electromecánicos.
halógenos (HFT).
Ducto derivador de barras: Cubierta que contiene placas
Conductor: Alambre, cable u otra forma de metal, instalado con la terminales o barras que tienen conectores principales y derivados.
finalidad de transportar corriente eléctrica desde una pieza o equipo
eléctrico hacia otro o hacia tierra. Edificación, para propósitos eléctricos: Estructura sola o que
Conductor neutro: Conductor conectado a un punto neutro de un está aislada de las estructuras adyacentes por paredes
sistema y capaz de contribuir con la transmisión de la energía cortafuegos, con todas las aberturas existentes protegidas por
eléctrica. (Ver Anexo B). puertas cortafuegos de diseño normalizado.
Conductor de enlace equipotencial: Conductor que conecta las Electrodo de puesta a tierra: Sistema de tuberías metálicas de
partes metálicas no conductoras de corriente de los equipos agua u objeto metálico o dispositivo enterrado o embutido dentro
eléctricos, de las canalizaciones y de las cajas, con el conductor de la tierra, de manera tal que se tenga un buen contacto entre
de tierra del sistema. ambos, al cual se conecta eléctrica y mecánicamente el conductor
de puesta a tierra.
Conductor de puesta a tierra: Conductor utilizado para conectar
el equipo de conexión o el sistema, al electrodo de puesta a tierra. Empotrado: Inaccesible por la estructura o los acabados del
edificio.
Conectado (puesto) a tierra: Significa conectado efectivamente
con tierra, de manera tal que el camino a tierra tenga la capacidad Enlace equipotencial: Conexión de baja impedancia permanente
necesaria y la impedancia suficientemente baja como para que en de partes metálicas normalmente no energizadas, para formar una
todo momento, y bajo las condiciones probables más severas, la vía eléctricamente conductiva que asegure continuidad eléctrica y
corriente a través del conductor de conexión a tierra no provoque descargue cualquier corriente que sea aplicada.
tensiones dañinas:
Entidad suministradora: Compañía, empresa u otra organización
que suministra energía eléctrica a los usuarios.
(a) Entre los conductores de conexión a tierra y las superficies
conductoras expuestas vecinas que están en buen contacto Equipo de utilización: Equipo que utiliza energía eléctrica para
con tierra; aplicaciones en electromecánica, calefacción, iluminación, química
y propósitos similares.
(b) Entre los conductores de conexión a tierra y superficies
vecinas de la tierra misma. Equipo eléctrico: Término que incluye aparatos, artefactos,
dispositivos, instrumentos, maquinaria, materiales, etc., que son
Conector: Dispositivo que conecta dos o más conductores entre usados como partes en la generación, transformación, transmisión,
sí o uno o más conductores a un punto terminal, con el propósito distribución o utilización de un sistema de energía eléctrica; y, sin
de conectar circuitos eléctricos. ninguna restricción en general; lo precedente incluye cualquier
ensamble o combinación de materiales o cosas que puedan ser
Conector de caja: Dispositivo para asegurar un cable, a través de utilizadas o adaptadas para cumplir o ejecutar algún propósito
su cubierta o armadura, en el punto en que éste entra a una caja. particular o función, cuando se emplean en una instalación
eléctrica.
Conjunto de salidas múltiples: Caja de montaje embutida o sobre
la superficie, que Ileva circuitos derivados de dos alambres o de Establecimiento industrial: Edificación o parte de una edificación
alambrado múltiple para alimentar dos o más tomacorrientes del (que no son oficinas o espacio de exhibición), o una parte de un
tipo con conexión a tierra que están fijados en la caja. predio fuera de la edificación, en el cual laboran personas en
procesos de manufactura o en manipuleo de materiales,
Contratista eléctrico: Persona, compañía, corporación o sociedad distinguiéndose de las viviendas, oficinas y otros tipos de
contratada para ejecutar, para su propio uso o para uso por otros, ocupación.
cualquier trabajo relacionado con una instalación eléctrica, o
cualquier otro trabajo en el que requieran aplicarse las normas Estructura comercial o industrial móvil: Estructura transportable,
establecidas en el Código. diferente de una casa móvil, construida para ser remolcada sobre
su propio chasis.
Construcción no combustible: Construcción en la cual el grado
de seguridad contra fuego es obtenido por el uso de materiales no Estructura no reubicable: Unidad prefabricada para utilizarse con
combustibles para los elementos estructurales y otros componentes una cimentación permanente.
de la edificación.
Estructura reubicable: Unidad prefabricada para utilizarse sin una
Controlador: Dispositivo o grupo de dispositivos para controlar de cimentación permanente.
alguna manera predeterminada la potencia eléctrica suministrada
a los aparatos a los cuales está conectado. Expuesto, aplicable a partes vivas: Capaz de ser tocado en forma
inadvertida o aproximarse al mismo a distancia menor que la de
Cordón de extensión: Conjunto que consiste en un cordón flexible seguridad; esto es aplicable a partes que no han sido
o cable de alimentación de longitud adecuada, provisto con un adecuadamente cubiertas, separadas o aisladas.
enchufe en un extremo y de un tomacorriente en el otro.
Expuesto, aplicable a método de alambrado: Significa no
Cortacircuito térmico: Dispositivo que brinda protección contra embutido o no oculto.
corriente excesiva, pero no necesariamente contra cortocircuito, y
contiene adicionalmente un elemento de calefacción, y que afecta Frente muerto: Sin partes expuestas a personas por el lado que
a un fusible que abre el circuito. se opera el equipo.
Desenganche (Relé) de mínima tensión: Dispositivo que opera Gabinete: Caja de cubierta de resistencia mecánica adecuada,
con la reducción o falla de tensión para interrumpir la alimentación compuesta de material no combustible y resistente a la absorción
en el circuito principal, pero no impide su restablecimiento con el de humedad, diseñada para montaje superficial o empotrado,
retorno de tensión, a un valor seguro de operación. provista de una armadura, guarnición o contramarco, que soporta
puertas abisagradas u otros tipos de puertas.
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Sección 10
Hermético al polvo: Construido de tal forma que no entre polvo Lugares peligrosos: Son predios, edificaciones o partes de ellas
por la cubierta que lo encierra. en las cuales existe peligro de incendio o de explosión debido a
que:
Identificado:
(a) Se fabrican, utilizan o almacenan gases altamente
(a) Cuando se refiere a conductores, quiere decir que el conductor inflamables u otras substancias inflamables.
tiene:
(i) Una cubierta de color blanco o gris natural. (b) Existen polvos combustibles o partículas en suspensión, en
cantidades suficientes para producir una mezcla explosiva; o
(ii) Una o varias nervaduras longitudinales en relieve sobre aquellos en que sea impracticable evitar que tales polvos o
la superficie de la cubierta de los cordones flexibles, para partículas en suspensión se depositen en o sobre motores, u
indicar que es un conductor conectado a tierra o el otros equipos eléctricos, en cantidades tales que provoquen
conductor neutro. sobrecalentamientos por obstrucción de la irradiación normal,
o que se depositen sobre lámparas.
(b) Cuando se refiere a equipos eléctricos, tiene el sentido de
que los terminales para conexión del conductor de puesta a (c) Se usa, manipula o fabrica fibras fácilmente inflamables o
tierra o el conductor neutro deben ser identificables por estar materiales que producen partículas volátiles combustibles.
estañados, niquelados o con otro tipo de marca adecuada.
(d) Se almacena en fardos o contenedores, pero no se manipula
Inaccesible: o fabrica fibras fácilmente inflamables o materiales que
producen partículas volátiles combustibles.
(a) Cuando se refiere a una edificación o compartimento, indica
que está suficientemente apartado (remoto), ubicado o Lugar húmedo: Lugar interior o exterior donde normal o
resguardado de tal forma que no permite el ingreso inadvertido periódicamente se produce la condensación de la humedad dentro,
de personas no autorizadas. fuera o en lugares adyacentes a equipos eléctricos, e incluye
lugares parcialmente protegidos bajo campanas, marquesinas,
(b) Cuando se refiere a un equipo eléctrico, indica que está porches abiertos con techo y lugares similares.
cubierto por la estructura o acabados de la edificación en
que se encuentra, o localizado de tal forma que no permite Lugar mojado: Local en el cual líquidos sin control pueden gotear,
que personas no autorizadas puedan tocar o interferir salpicar o fluir sobre o contra equipos eléctricos.
inadvertidamente el equipo.
Lugar normal: Local seco en el cual, a presión atmosférica normal
Inspector o fiscalizador: Persona natural o jurídica delegada por y bajo condiciones de uso normales, el equipo eléctrico no está
la respectiva Autoridad competente, para efectuar la supervisión o demasiado expuesto a daños por causas mecánicas, polvo
fiscalización del cumplimiento del Código en las instalaciones excesivo, humedad o temperaturas extremas, y en el cual el equipo
eléctricas. eléctrico está completamente libre de la posibilidad de daño debido
a atmósferas corrosivas, inflamables o explosivas.
Inspecciones: Las inspecciones pueden ser: iniciales, antes de
la puesta en servicio de las instalaciones eléctricas, o periódicas. Lugar seco: Lugar en el que normalmente no existe humedad,
pero puede incluir lugares que temporalmente están expuestos a
Instalación eléctrica: lnstalación de alambrado y accesorios en humedad, como es el caso de edificios en construcción, en la
un terreno, edificación o predio, desde el punto o puntos donde el medida que se provea de ventilación adecuada para prevenir la
concesionario u otra entidad suministra la energía eléctrica hasta acumulación de humedad.
los puntos donde esta energía pueda ser utilizada por algún equipo;
también incluye la conexión del alambrado a los mencionados Luminaria: Unidad de alumbrado completa, diseñada para contener
equipos, así como la modificación, ampliación y reparación del la Iámpara y los dispositivos necesarios para conectarla al
alambrado. suministro eléctrico.
Interruptor automático: Dispositivo diseñado para abrir o cerrar Máquinas herramientas de corte de metal: Dispositivos de
un circuito de manera no automática, y para abrir el circuito accionamiento mecánico, no portátiles, utilizados con la finalidad
automáticamente, cuando se produce una sobrecorriente de quitar o eliminar metales en forma de viruta.
predeterminada, sin sufrir daño cuando es utilizado dentro de sus
valores nominales. Máquinas herramientas para trabajar metales: Dispositivos de
accionamiento mecánico, no portátiles, utilizados para prensar,
Interruptor automático de disparo instantáneo: Interruptor forjar, estampar, martillar, perforar o cortar metales.
automático diseñado para abrir solamente bajo condiciones de
cortocircuito. Mecanismo de elevación: Maquinaria y equipos utilizados para
la elevación y descenso de la cabina o plataforma del ascensor.
Interruptor diferencial (ID) o Interruptor de falla a tierra (GFCI):
Ver Dispositivo de corriente residual. Medio de desconexión: Dispositivo o grupo de dispositivos u otros
medios, mediante los cuales un circuito puede ser desconectado
Interruptor portátil de falla a tierra: Interruptor de falla a tierra de su fuente de alimentación.
que es del tipo de enchufe directo o específicamente diseñado
para recibir corriente por medio de un cordón flexible o cable. Motor de arranque por devanado partido: Motor acondicionado
para arrancar energizando primero una parte de su devanado y,
Intrínsecamente seguro: Significa que cualquier chispa o efecto subsecuentemente, energizar el resto de sus devanados en una o
térmico que pueda ocurrir durante el uso normal o alguna condición más etapas.
de falla probable de ocurrir, debe ser incapaz de ocasionar la
inflamación de un determinado gas, vapor o polvo inflamables. Motor de devanados múltiples: Motor que tiene devanados
múltiples y/o tomas en el devanado que permiten conectarlo o
Interruptor: Interruptor, seccionador de potencia, seccionador u reconectarlo en dos o más configuraciones para funcionar a una o
otro dispositivo diseñado para establecer, interrumpir o cambiar la más velocidades y/o tensiones.
conexión de un circuito.
Muerto, referido a equipo eléctrico: Significa que las partes
Interruptor de aislamiento (seccionador): Interruptor destinado conductoras de los equipos eléctricos están libres de toda conexión
para aislar un circuito eléctrico o un equipo de su fuente de eléctrica a una fuente de tensión, y no tienen una tensión diferente
alimentación. No tiene capacidad nominal de interrupción (no está de tensión de tierra.
diseñada para establecer o interrumpir el paso de corriente) y está
diseñado para ser operado únicamente después de que el circuito Nave: Denominación dada a barcos, botes o cualquier otro nombre
se ha abierto con otros medios. usado para designar medios de navegación.
Neutro: Designación de cualquier conductor, terminal o cualquier
Interruptor de circuito de motores: Interruptor del tipo cuchilla otro elemento conectado al punto neutro de una red polifásica.
manualmente operable o interruptor de acción rápida normalizado, (ver Anexo B).
con fusibles o sin ellos. Capaz de interrumpir la máxima corriente
de sobrecarga de un motor del mismo valor nominal en caballos Organización o ente de certificación acreditada: Organización
de fuerza que el interruptor a la tensión nominal. que ha sido acreditada por la autoridad competente para certificar
la calidad de los equipos, accesorios y materiales de acuerdo con
Interruptor de indicación: Interruptor de un diseño tal o marcado parámetros establecidos en las normas.
de tal forma que el hecho de que se encuentre en posición “cerrado”
o “abierto” puede ser fácilmente determinado por inspección. Parque para vehículos recreativos: Área o terreno destinado al
emplazamiento de vehículos recreativos o traileres.
Interruptor de uso general: Interruptor diseñado para usarse en
circuitos de distribución general y en circuitos derivados. Está Permiso: Autorización escrita oficial otorgada por la autoridad
normalizada en amperes y es capaz de interrumpir un circuito con responsable de la inspección, en un formato establecido para tal
su corriente nominal a su tensión nominal.
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14. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 10
fin, que permite el inicio de los trabajos relacionados con una telégrafo, comunicación de datos, intercomunicaciones, sistemas
instalación eléctrica. de llamadas, sistema de música por cable y otros sistemas de
naturaleza similar, pero excluye sistemas de alarma tales como de
Permiso especial: Permiso especial otorgado por la autoridad incendios, de humo, de intrusión; equipo de estaciones de radio y
responsable de la inspección. televisión, circuitos cerrados de televisión y sistemas de televisión
por cable.
Persona autorizada: Persona calificada que por la naturaleza de
sus obligaciones u ocupaciones debe aproximarse o manipular Sistema de puesta a tierra: Comprende todos los conductores,
equipos eléctricos, o persona que habiendo sido advertida de los conectores, abrazaderas, placas de conexión a tierra o tuberías, y
peligros involucrados, ha sido instruida o autorizada por alguien electrodos de puesta a tierra por medio de los cuales una instalación
que tiene autoridad para dar instrucciones o autorización. eléctrica es conectada a tierra
.
Persona calificada: Persona con los conocimientos necesarios y Sistema de televisión por cable: Es un sistema de distribución
que está familiarizada con la construcción (características) de los mediante cable coaxial o fibra óptica junto con amplificadores u
equipos, su operación, mantenimiento y los peligros involucrados. otros equipos necesarios para transmitir señales de frecuencia de
radio o televisión.
Piso celular: Conjunto de elementos de piso de forma celular,
metálicos o de concreto, consistente en unidades con espacios Sistema de utilización: Es un conjunto de instalaciones destinado
huecos (celdas), adecuados para utilizarse como canalizaciones. a llevar energía eléctrica suministrada a cada usuario, desde el
punto de entrega hasta los diversos artefactos eléctricos en los
Portalámparas: Dispositivo construido para el soporte mecánico que se produzca su transformación en otras formas de energía.
de lámparas, y para conectar a ella los conductores de alimentación.
Sistemas diferentes: Aquellos cuya energía proviene de
Portátil (aplicado a un equipo eléctrico): Significa que el equipo transformadores diferentes o de distintos bancos de
está especialmente diseñado para no ser utilizado en instalación transformadores, o de diferentes generadores u otras fuentes.
fija, y es alimentado a través de un cordón flexible o cable y un
enchufe de conexión. Soldado: Significa la unión de superficies metálicas por la fusión
entre ellas de una aleación metálica, por lo general de plomo y
Pozo de ascensor: Ducto, escotilla u otro tipo de abertura vertical estaño, o por proceso exotérmico.
o espacio en el cual opera o está diseñado para operar un ascensor,
una escalera eléctrica o un montacargas. Suministrador: Se entiende por suministrador a la entidad que
provee un servicio o un suministro de energía a otra entidad o a un
Puesta a tierra: Camino conductivo permanente y continuo con usuario final del mercado libre o regulado.
capacidad suficiente para conducir a tierra cualquier corriente de
falla probable que le sea impuesta por diseño, de impedancia Tablero o Panel de Distribución: Panel o conjunto de paneles
suficientemente baja para limitar la elevación de tensión sobre el diseñados para constituir un solo panel; incluye barras, dispositivos
terreno y facilitar la operación de los dispositivos de protección en automáticos de sobrecorriente, y con o sin interruptores para el
el circuito. control de circuitos de alumbrado y fuerza; construidos para su
colocación en un gabinete adosado o empotrado en la pared y
Resguardado: Cubierto, blindado, encerrado o protegido mediante accesible solo por un frente.
cubiertas o cajas, barreras, cercas o pantallas, o alfombras
aislantes, a fin de eliminar la posibilidad de un contacto peligroso Tablero de distribución o de control: Panel sencillo, bastidor o
o aproximación de personas u objetos. conjunto de paneles de gran tamaño, en el que se montan, por
delante o por la parte posterior, o por ambos, interruptores,
Régimen de carga: Requerimiento de servicio que demanda el dispositivos de protección contra sobrecorriente y otros dispositivos
grado de regularidad de una carga, se clasifica en: de protección, barras y conexiones diseñadas para transporta e
interrumpir las máximas corrientes de falla que puedan ocurrir en
Régimen continuo: Requerimiento de servicio que demanda los alimentadores de ingreso o de salida, e instrumentos en general.
la operación a una carga substancialmente constante por un Los tableros de distribución son accesibles generalmente por
período de tiempo indefinidamente largo. Carga continua - delante y por la parte posterior; y no están destinados para ser
Ver la Regla 050-104. instalados dentro de gabinetes.
Régimen de corta duración: Requerimiento de servicio que Teatro: Edificación o una parte de la misma para presentación al
demanda operación a una carga substancialmente constante público de obras teatrales, óperas, películas cinematográficas y
durante períodos de tiempo cortos y de duración definida. otras actuaciones.
Régimen intermitente: Requerimiento de servicio que
demanda la operación durante intervalos alternos Tensión a tierra: En circuitos conectados a tierra, es la tensión
específicamente definidos de: entre una parte viva no puesta a tierra y una parte conectada a
tierra, o en circuitos no conectados a tierra, es la mayor tensión
(a) Carga y en vacío; existente en el circuito.
(b) Carga y reposo; Tensión de un circuito: Es la mayor tensión efectiva (valor
medio cuadrático) entre dos conductores de un circuito dado.
(c) Carga, vacío y reposo.
Tensión:
Régimen periódico: Requerimiento de servicio de carga - Alta tensión: Cualquier tensión nominal mayor que 1000 V.
intermitente en el cual las condiciones de carga son - Baja tensión: Cualquier tensión nominal comprendida desde
regularmente recurrentes. 31 V hasta 1000 V.
- Extra-baja Tensión (Muy baja tensión): Cualquier valor de
Régimen variable: Requerimiento de servicio que demanda tensión inferior a 31 V.
la operación para cargas variables en intervalos de tiempo
variables en amplio grado. Tierra: Conexión a tierra obtenida a través de un electrodo de
puesta a tierra.
Resistente al fuego (aplicado a una edificación): Edificio
construido con mampostería, concreto reforzado o materiales Tomacorriente con toma de tierra: Tomacorriente de tres
equivalentes. contactos hembra, uno de los cuales está conectado al sistema
de puesta a tierra.
Riesgo eléctrico: Es la probabilidad de ocurrencia de un contacto
directo o indirecto con una instalación eléctrica, que pueda Tomacorriente doble: Dos dispositivos de contactos hembra, sobre
ocasionar daño personal o material, y/o interrupción de procesos.
un mismo yugo, instalados en una salida para la conexión de dos
Salida: Punto de la instalación de un alambrado de donde se toma enchufes.
energía para alimentar un equipo de utilización o artefacto.
Tomacorriente simple: Un dispositivo de contacto hembra en un
Seccionador: (Ver interruptor de aislamiento). yugo instalado en una salida para la conexión de un enchufe.
Sistema de alambrado prefabricado: Sistema de alambrado que Tubería eléctrica metálica: tubería de metal que tiene sección
contiene partes que son ensambladas en el proceso de transversal circular en la que se tienden conductores y que tiene
manufactura, y no pueden ser desarmadas en el lugar de la obra paredes más delgadas que el conducto metálico rígido y un
sin dañar o destruir el ensamble. diámetro exterior diferente que el conducto rígido, a fin de evitar
que puedan ser confundidos o empalmadas con otros de
Sistema de comunicación: Sistema eléctrico por el cual se pueden características estándar; que obedece a la norma técnica para
recibir o transmitir voces, sonidos o datos; incluyendo teléfono, tubería metálica liviana.
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15. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 20
Tubería eléctrica no metálica: tubería liviana fabricada de un de obtención de permisos y aprobaciones de ejecución, o cualquier
compuesto termoplástico, que puede ser fácilmente curvada y otro relacionado, son los correspondientes a la normatividad
acoplada mediante uniones y pegamento apropiado. Esta tubería vigente.
puede soportar una temperatura de operación continua de 75°C,
que obedece a la norma técnica para tubería no metálica corrugada. 020-006 Unidades y Símbolos (ver Anexo A-1)
Unidad de cocina fija: Artefacto para cocinar que incluye sus Todas las unidades de medida, sus nombres y símbolos, que se
alambres de conexión o terminales, y consiste en una o más utilicen en cualquier documento relacionado con la aplicación del
hornillas u hornos, o una combinación de ellos, construida de Código, deben estar de acuerdo con el Sistema Legal de Unidades
manera que la unidad está permanentemente empotrada en un de Medida del Perú (SLUMP) y las Normas DGE “Terminología en
mostrador o una pared. Electricidad” y “Símbolos Gráficos en Electricidad”.
Unidad de vivienda: Vivienda consistente en una casa separada, 020-008 Requerimientos Especiales
una unidad de una hilera de casas, o una unidad de una casa
semiseparada, dúplex, tríplex. etc. Las reglas correspondientes a instalaciones eléctricas ordinarias,
también son de aplicación a las instalaciones especiales o de
Unidad móvil de sección múltiple: Estructura compuesta por carácter particular, salvo los aspectos expresamente señalados
unidades móviles, cada una remolcable en su propio chasis; una en las Secciones pertinentes del Código.
vez remolcadas hasta su emplazamiento son acopladas entre sí
mecánica y eléctricamente, para formar una estructura única. 020-010 Prevención de los Peligros de la Electricidad (ver
Anexo A-2)
Unión: Accesorios de acoplamiento, tales como tuercas,
contratuercas, manguitos u otras partes de un sistema de Sobre prevención de accidentes derivados del uso de la
alambrado que están diseñados principalmente para trabajar electricidad, son de aplicación otras normas, tales como las que
mecánicamente antes que para cumplir una función eléctrica. rigen a los equipos de detección, equipos e implementos de
seguridad, letreros de advertencia, entrenamiento del personal en
Uso residencial: Utilización de una edificación o parte de ella por los procedimientos de trabajo, identificación de riesgos, primeros
personas para alojarse y pernoctar, pero no para albergue o para auxilios, utilización de equipos para combate de amagos de
recibir cuidado o tratamiento médico. incendio, etc., en tanto no se opongan al Código.
Usuario: Es la persona natural o jurídica que ocupa un predio y 020-012 Protección Ambiental (ver Anexo C)
está en posibilidad de hacer uso legal del suministro eléctrico
correspondiente; es el responsable de cumplir con las obligaciones Durante el diseño, construcción, operación y mantenimiento de
técnicas y/o económicas que se derivan de la utilización de la las instalaciones de utilización de la energía eléctrica, se deben
electricidad. adoptar las medidas necesarias para la preservación del ambiente.
Son de aplicación obligatoria las prescripciones sobre impacto
ambiental y programas de adecuación y manejo ambiental
Vehículo recreacional: Estructura portátil destinada a brindar aprobados por la Autoridad competente en materia ambiental del
alojamiento temporal durante viajes, vacaciones o actividades Ministerio de Energía y Minas.
recreacionales.
020-014 Inspecciones
Vivo (sinónimos: energizado, con tensión): Eléctricamente
conectado a una fuente de tensión o eléctricamente cargado de Toda instalación eléctrica, durante su ejecución y operación debe
modo que tenga una diferencia de potencial respecto a tierra. ser inspeccionada por la Autoridad competente, de acuerdo a los
procedimientos establecidos.
Para mayor información relacionada con las Definiciones, ver la
Norma DGE “Terminología en Electricidad” y para temas específicos 020-016 Reinspecciones
las Normas DGE y las Normas Técnicas Peruanas
correspondientes. Si se considera necesario, toda instalación puede ser
reinspeccionada, para lo cual el usuario debe dar las facilidades,
tal como en las inspecciones.
SECCIÓN 020 020-018 a 020-022
Estas reglas han sido dejadas expresamente en blanco.
PRESCRIPCIONES GENERALES
020-024 Uso de Materiales y Equipos Aprobados
Administrativas Los materiales y equipos usados en las instalaciones eléctricas,
deben contar con la aprobación por parte de la Autoridad
020-000 Autoridad competente, y ser de la clase, tipo y valor nominal que corresponda
al propósito específico para el que debe ser empleado. Ver la Regla
La Autoridad a la cual se refiere la Regla 010-006, en el ámbito de 010-006.
su competencia, está facultada para ejercer las siguientes
funciones: 020-026 Rechazo de Materiales y Equipos (ver Anexo B)
(a) Expedición de permisos especiales, en aplicación de la Regla Los materiales o equipos pueden ser rechazados por la Autoridad
020-030; o competente, si se verifica cualquiera de las siguientes condiciones:
(b) Aprobación de proyectos antes del inicio de trabajos de nuevas (a) Si el material o el equipo no cuenta con la aprobación de la
instalaciones, alteraciones o modificaciones de las existentes; Autoridad competente, o no cumple con los estándares, en
o lo que concierne a la muestra, sobre la que se concedió la
aprobación; o
(c) Inspección de obra; o
(b) Si las condiciones de empleo indican que el material o equipo
(d) Aprobación de equipos y materiales para instalaciones no es el adecuado; o
eléctricas, o
020-028 Inspección de los Trabajos Eléctricos
(e) Inspección, revisión, pruebas periódicas de las instalaciones
eléctricas en operación, informe correspondiente y sanción
cuando corresponda según lo indicado en el Código. Toda instalación eléctrica debe ser accesible para efectos de
inspección por parte de la Autoridad competente, antes de culminar
020-002 Responsabilidades de los Proyectistas los trabajos de acabado, entablado, u otra construcción similar de
la edificación.
Es responsabilidad de los proyectistas de instalaciones eléctricas
la conformidad del diseño, expresado en cualquier documento 020-030 Excepciones y Postergaciones
relacionado con las reglas del Código.
La Dirección General de Electricidad podrá otorgar excepciones
Así mismo, los diseños deben tomar en cuenta los aspectos de la para la aplicación de cualquier regla del Código. La excepción será
Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos. válida únicamente para la instalación para la que haya sido
solicitada. La excepción deberá ser solicitada previamente a la
020-004 Procedimientos realización de los trabajos correspondientes, y será procedente
sólo si está acompañada del sustento técnico que acredite que
Los procedimientos a seguir en aplicación del Código, sean éstos no se transgreden aspectos de seguridad.
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16. Codigo Nacional de Electricidad - Utilización
Sección 20
020-032 Daños e Interferencias (2) La nueva placa debe contener el nombre del fabricante e
información original de identificación, tal como el número de
(1) Ninguna persona debe dañar una instalación eléctrica o sus serie.
componentes.
020-104 Sustitución
(2) Ninguna persona debe interferir o intervenir instalaciones
eléctricas salvo que, en el curso de cambio o reparación de Cuando no se dispone de equipo con dimensiones y características
equipos o estructuras no eléctricas, sea necesario desconectar nominales requeridas para un propósito dado, se puede utilizar
o desplazar componentes de una instalación eléctrica. Debe equipo de dimensiones y características nominales inmediatas
ser responsabilidad de quienes efectúen dichas cambios o superiores, a menos que se disponga una excepción en aplicación
reparaciones, dar aviso oportuno al propietario o responsable de la Regla 020-030.
de dicha instalación, obtener su autorización (salvo caso de
urgencia que comprometa la vida o la integridad de la 020-106 Tensión Contra Tierra en Unidades de Vivienda
instalación) y restituir a sus condiciones originales las
instalaciones eléctricas afectadas, tan pronto como el progreso Los circuitos derivados, en unidades de vivienda, no deben tener
de los trabajos lo permita. una tensión contra tierra que exceda los 250 V.
020-108 Calidad de Ejecución de las Instalaciones
020-034 Compatibilidad entre Instalaciones de Suministro y
de Utilización La ejecución de cualquier trabajo de instalación eléctrica debe ser
realizada por personal calificado y autorizado, utilizando productos
(1) Los sistemas eléctricos de suministro y de utilización deben certificados y aplicando las reglas del Código, de tal manera que
ser compatibles, en lo que se refiere al valor nominal de la la calidad sea aceptable.
tensión, configuración de los sistemas, máxima tensión a
tierra, conexión a tierra, neutro flotante, etc. 020-110 Material para Anclajes en Mampostería o Concreto
(2) Las instalaciones de suministro en los aspectos referidos en No se permite el empleo de madera u otro material similar como
la Subregla (1), deben cumplir con el Código Nacional de anclaje en la mampostería o concreto, para el apoyo de cualquier
Electricidad - Suministro. equipo eléctrico.
(3) Las instalaciones eléctricas de utilización, en los aspectos 020-112 Protección Contra la Corrosión de Materiales en
referidos en la Subregla (1), deben tomar en cuenta los tipos Trabajos de Alambrado
de esquemas de puesta a tierra del Anexo A-3 del Código.
(1) Los materiales utilizados en sistemas de alambrado, tales
como canalizaciones, cubiertas o blindaje de cables, cajas y
Generalidades Técnicas accesorios, deben ser adecuadamente protegidos contra los
efectos corrosivos del medio en que son instalados, o deben
ser de materiales resistentes a tales efectos.
020-100 Marcado de Equipos
(2) Se debe evitar en lo posible, el empleo de metales diferentes
(1) Cada pieza del equipo eléctrico debe llevar el marcado que cuando exista la posibilidad de corrosión galvánica.
sea necesario, para identificar el equipo y asegurar que sea
conveniente para la instalación particular: 020-114 Pastas de Soldadura
(a) Nombre del fabricante, marca de fábrica y otro símbolo En la soldadura de cobre y sus aleaciones se debe utilizar pasta
reconocido de identificación; no corrosiva de estos materiales.
(b) Número de catálogo o tipo; 020-116 Sección de Conductores
(c) Tensión; Cada vez que se mencione la sección de un conductor en el Código
sin especificar el material, se refiere a conductores de cobre.
(d) Corriente nominal;
020-118 Instalación de Equipo Eléctrico
(e) Potencia nominal;
El equipo eléctrico se debe instalar de tal manera que haya acceso
(f) Naturaleza de la corriente alterna o continua, o ambas; directo a la placa de características y a las partes del mismo que
requieran mantenimiento.
(g) Cantidad de fases;
020-120 Instalación de Equipo No Eléctrico
(h) Frecuencia en Hz;
El equipo no eléctrico no debe instalarse tan cerca del equipo
(i) Velocidad nominal en RPM; eléctrico como para crear condiciones peligrosas.
(j) Designación de terminales;
020-122 Empleo de Aislamiento Térmico
(k) Régimen continuo o intermitente;
(1) Cuando el espacio vacío en el entramado estructural de un
(l) Aprobación; edificio, tal como viguetas, montantes, travesaños, etc., deba
ser llenado con material aislante térmico; con relación a la
(m) Otras, según sea necesario. instalación del alambrado eléctrico, según sea el caso, se
deben aplicar las siguientes restricciones:
(2) Cada caja de conexión o de toma debe ser marcada de
manera visible, legible y permanente, con el máximo valor (a) Se debe poner especial cuidado en no exceder las
del dispositivo de sobrecorriente con el que puede ser temperaturas en el aislamiento eléctrico de los
instalada. conductores por contacto mutuo entre ellos, o en no
reducir la disipación del calor a través del aislamiento
(3) En cada tablero de distribución se debe indicar de manera térmico; y
visible y clara, respecto de cada interruptor automático,
interruptor o fusible: (b) Si los espacios vacíos son rellenados con material suelto
no corrosivo, no combustible y no conductivo, se puede
(a) La porción de la instalación que controla; y utilizar cualquier método de alambrado previsto en el
Código, pero se debe cuidar que no haya esfuerzos sobre
(b) La capacidad nominal del dispositivo de sobrecorriente los conductores, por peso o presión del material de
permitido. relleno; y
(4) No debe añadirse ni cambiarse la información para indicar (c) Si se emplea material aislante térmico en forma de
usos del equipo no permitidos por el Código. planchas rígidas, sujeto en un sitio de modo que no sea
posible que ejerza presión sobre los conductores que se
020-102 Equipo Reconstruido instalen después, no se requiere precauciones
especiales; y
(1) Cuando una máquina o equipo eléctrico es reconstruido o
rebobinado con variación de sus características nominales, (d) Si se emplea aislante térmico fabricado con metal o con
debe ser provisto de una nueva placa con las nuevas superficies metálicas, los cables con cubierta no metálica
características y marca o nombre de la persona o firma pueden instalarse en contacto con el aislamiento térmico;
responsable. y
http://www.minem.gob.pe/ 15