SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Descargar para leer sin conexión
tffi't',&t
perú . t
sanmarutn,i,qlri,rverde
GOBITRNO REGIONAL
0 7 llN0 ?0lt
ORDENANZA REGIONAL Nbos .2OT 4-GRSM/CR
Moyobamba,
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martin, de conformidad con lo previsto en los
Artículos 191' y 192" de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo
XIV delTítulo lV sobre Descenhalización - Ley N' 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N' 27783;laLey
Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N' 27867, sus modificatorias - Ley N' 27902;tey N" 28013; Ley N' 28926; Ley
N' 28961; Ley N" 28968 y Ley N' 29053, y demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
. Que, la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer -
CEDAW, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y que entró en vigor como
tratado internacionalel 03 de septiembre de 1981, señala que las mujeres deben desarrollar su vida política en condiciones
iguales a las de los hombre; aprobado por el estado peruano, el22 de diciembre del 2000, ratificándolo el 09 de abril del
2001, en su artículo 14 numeral 2 señala: "los estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la
discriminación contra la mujer en las zonas rurales, a fin de asegurar enhe hombres y mujeres su participación en el
desanollo rural y en sus beneficios....'.
Que, la Constitución Política en su Título l, Capítulo 1, artículo 1'proclama la defensa de la persona
humana y el respeto de su dignidad como fin supremo de la sociedad y el Estado y en su articulo 2", numeral 2.2 establece
expresamente el principio de igualdad ante la Ley, según el cual, nadie puede ser objeto de discriminación por razón de
edad, condición económica o social, ni de cualquier índole que afecte el pleno disfrute de sus derechos; mientras que en su
articulo 31'prescribe que es derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas ser elegidos y elegir libremente a sus
representantes y participar en los asuntos públicos.
Que, de conformidad con el artículo 60' de la Ley N" 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,
son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, entre otros, el de
formular, aprobar y evaluar las políticas de desanollo social e igualdad de oportunidades, en concordancia con la política
generaldel Gobiemo Nacional, los planes sectoriales y los programas conespondientes de los gobiernos locales; asícomo
promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades.
Que, la Ley N" 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres establece el marco
normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres
el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desanollo, bienestar y autonomia, impidiendo la discriminación en
todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad.
Que, mediante Decreto Supremo 009-2005-MIMDES aprueba el Plan Nacional de lgualdades de
Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010, cuyo objetivo es promover el desanollo del país mediante la
participación equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de género mediante acciones afirmativas en la salud,
educación, empleo, participación políüca; en un marco de respeto por los derechos humanos.
Que, el Decreto Supremo N" 027-2007-PCM, define y establece las Políticas Nacionales de
obfigatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, en el articulo 2", numeral 2.2 (De las Políticas
Nacionales), señala que además del cumplimiento de sus politicas y acciones sectoriales, constituyen Políücas Nacionales
de obligatodo cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobiemo Nacional, lmpulsar en
la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitaüvos
entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la enadicación de la violencia
familiar y sexual. Y en el numeral 6.4 prescribe que se debe "garantizar el respeto de los derechos de grupos vulnerables,
enadicando toda forma de discriminación".
{ffi o"ro -,
saRmarurnr'r'.tci<ilrv**'de
'
, GOBIERNO REGIONAL
oRPqNANZA REGTONAL Nss -201 4-GRSM/CR
Que, vla Decreto Supremo No 004-2012-M|MP, se aprueba el "Plan Nacional de lgualdad de Género
2012-2017', @nforme al cual se tiene ocho (8) objetivos estratégicos: 1) Promover y fortalecer la transversalización del
enfoque de género en los tres niveles de gobierno; 2) Fortalecer una cultura de respeto y valoración de las diferencias de
género; 3) Reducir brechas educativas entre mujeres y hombres; 4) Mejorar la salud de las mujeres y garantizar los
derechos sexuales y reproductivos de mujeres y hombres; 5) Garantizar los derechos económicos de las mujeres en
condiciones de equidad e igualdad de oportunidades con los hombres; 6) Reducir la violencia de género en sus diferentes
expresiones; 7) Incrementar la participación de mujeres y hombres en la toma de decisiones y la participación políüca y
ciudadana; y, 8) Valorar el aporte de las mujeres en el manejo sostenible de los recursos naturales; asimismo, consta de
sesenta (60) resultados esperados alalo2017.
Que, de acuerdo a información sistematizada por la Asociación Civil Transparencia respecto a la
participación política de las mujeres en la región san martín, se concluye que en el periodo 2011-2014 esta es minoritaria;
de las 10 alcaldias provinciales de San Martín, 02 son ocupadas por mujeres, representando sólo el 20%; de las 85
regidurias provinciales sólo 21 son mujeres, lo que equivale al24,710/o; en el nivel diskital, de 67 alcaldías dishitales, solo 2
son ocupadas por mujeres, lo que significa el 2.98o/o; incluir datos de regidurías de municipalidades distritales y su
porcentaje respecto del total.
Que, en la región San Martín, el Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martin al2021,
aprobado por Ordenanza Regional 0'17-2013-GRSM/CR el 27 de diciembre del 2013, establece que el desarrollo de la
Región debe incluir a toda la población y enfatiza medidas para la participación política de las mujeres. Así también el Plan
Regional de lgualdad de Oportunidades para hombres y mujeres 2011 - 2015, aprobado con Ordenanza Regional N' 016-
2011-GRSM/CR, 26 de mayo de 2011, promueve la participación ciudadana y politica de la mujer.
Que, el literal o) del artículo 210 de la Ley No 27867, tey Orgánica de Gobiemos Regionales,
establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a
observarlas en el plazo de quince (15) dias hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;
Que, el artículo 38o de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las
Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobiemo Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en
el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día viernes 02 de Mayo del presente añ0,
aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ART¡CULO PRIMERo: DECLARAR de interés prioritario y público, la promoción e implementación del
derecho a la participación política y ciudadana de las Mujeres en el ámbito de la Región San Martín, con énfasis en las
mujeres rurales e indígenas.
ARTJCULO S.EGUNDO: DECLARAR de interés prioritario y público la lucha contra la indocumentaciÓn
en la Región San Martín con énfasis en la realidad de las mujeres de zonas rurales, en pobreza y extrema pobreza, e
indígenas.
- ABIISUIqIEBSEBA: DECLARAR de interés prioritario y público que los espacios de concertación
-
y/o diálogo del Gobierno Regionalde San Martin estén compuestos paritariamente.
AFTICULO CUAR.rO: DECLARAR de interés prioritario y público la promoción_de la participación de
las organizaciones de rnujeres para lo cual el Gobierno Regional de San Martín, por medio de la DirecciÓn Regional de
Indusión Social e lgualdad de Oportunidades y en coordinación con las Municipalidades de su jurisdicciÓn, promoverá la
implementación dei servicio de asesoria legal para la formalización de organizaciones sociales, con énfasis en
organizaciones sociales de muieres.
ORDE
'ú'Y'¡
¡wyltvrtt
ffi.peru-r
sanmanlnr*gl{inverdé
GOBIERNO REGIONAT
REGIONAL NOOO5 .20 1 4-GRSM/CR
ENCARGAR a la Dirección Regional de Inclusión Social e lgualdad de
prevención, monitoreo y sanción de actos que constituyanOportunidades de San Martín, elabore e implemente un Plan de
acoso polftico en la Región San Martín.
ARTTCULO qEX,fO: ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San
Martin la aplicación de las medidas laborales y administrativas a que hubiere lugar en el marco del buen ambiente en las
relaciones de habajo y las normas de éüca de la función pública frente a los casos de acoso politico cometidos por
funcionarios/as y servidores públicos del Gobierno Regional; prestándose especial atención a los casos de acoso contra
mujeres para restringir o tratar de impedir su participación politica y ciudadana.
ARJICUL9SEPTffiO: DISFONER que la Gerencia General Regional del Gobiemo Regional de San
Martin, en coordinación con las Gerencias o áreas vinculadas establezcan un procedimiento de investigación y sanción a los
casos de acoso político ocurridos en la Región por parte de personas ajenas a la función pública en su relación con el
Gobiemo Regional que afecten la participación en los mecanismos regionales de participación política y ciudadana,
garantizando la legalidad, el debido procedimiento, la razonabilidad y la tipicidad; prestándose especial atenciÓn a las
acciones dirigidas contra las mujeres.
ART¡GULO OCTAVO: DISPONER que la Dirección Regional de Inclusión Social e lgualdad de
Oportunidades de San Martín incorpore en su Plan de Trabajo Anual, u otros instrumentos de gestiÓn, programas de
desanollo de capacidades dirigidos a mujeres lideresas y autoridades de la Región San Martín, sobre temas referidos a
gesüón pública, democracia, derechos humanos, entre otros que contribuyan en la formación y desarrollo de capacidades
de las mujeres en la Región.
ARTICULO NOVFNo: AUToRIZAR a las entidades involucradas en el alcance de la presente
Ordenanza Regional realizar las innovaciones y modificaciones normativas, administraüvas y operativas necesarias y/o el
desanollo de sus instrumentos de gestión para la implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO gECffiO: DISPONER que las entidades involucradas realicen acciones de coordinaciÓn y
articulación con actores públicos de la sociedad civil organizada y con las instituciones involucradas en el tema para la
implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARI¡CUL9 DECtUp PRIME-RO: MoDIFICAR el artículo 11'del Reglamento de Elección de
Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N'
00&2013 GRSM/CR, que dice:
"Los representantes de las autoridades municipales y de la sociedad civil ante el Consejo de
Coordinación Regional deberán ser como minimo el 50% de mujeres'
Quedando con el siguiente texto:
"El 60% de los integrantes deben ser autoridades municipales y el400/o deben ser representantes de la
sociedad civil (dirigentes sociales, representantes o miembros de organizaciones sociales). Al menos la
tercera parte del 40% delos representantes de la sociedad civil deberán corresponder a instituciones
empresariales y productores. Los representantes de las autoridades municipales y de la sociedad civil
ante el Consejo de Coordinación Regional deberán ser como minimo el 5070 de mujeres"
En las actualizaciones y/o cambios del Reglamento de elección de representantes de las
organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinaciones Regional, en el Gobiemo
Regionalde San Martín, se debe mantener la participación paritaria de género.
ART|CUL9 DECIMO pEGUNqO: INCoRPORAR en la Ordenanza Regional mediante la cual se
aprueba anualmente el lnicio y el Reghmento del Proceso Participativo de Presupuesto Bqadgs en el Resultado del año
fiscal conespondiente la siguiente disposición: "que el Consejo de Vigilancia Ciudadana (COVIC) estará compuesto por un
r.s*
. ^^i&t:-'.r-sanmarctn, rtq¡ii;nv*rde
. GOBIERNO REGIONAL
oRPENANZA REGIgNAL N"0o5 -20 I,Í-GBSM/CR
minimo de 4 personas elegidas de forma paritaria entre los y las representantes de la sociedad civil inscritos en el proceso
teniendo en cuenta las cualidades tanto técnicas como personales que las funciones a desempeñar demandan".
ARI¡9UIO DEC1M9.TERqER9: INCORPORAR en el artículo 8' de la Ordenanza Regional N' 024-
2012-GRSM/CR de 28 de diciembre de 2012 por la que se aprueba el Código de Ética del Consejo Regional de San Martín,
incorporando el literal 8.6 con el siguiente numeral:
'8.6 Acgso Folificg: consiste en la acción o acciones de presión, persecución, hostigamiento, amenaza,
contra las candidatos/as, autoridades, representantes y funcionarios/as, que buscan o impiden el libre
ejercicio de los derechos de participación politica y ciudadana. Se rechazan especialmente las acciones
dirigidas contra mujeres que buscan restringir o impiden su participación politica y ciudadana."
ARI¡CULq DEClilO CUART9: DISPONER que el Gobierno Regional y el Consejo Regional de San
Martin incluya en su Rendición de Cuentas Anual las acciones efectuadas respecto de la implementación de la presente
Ordenanza Regional.
ARTIqULo DECtMg AUlNTor ENCARGUESE a la Gerencia General Regionaldel Gobiemo Regional
de San Martin la previsión presupuestal para la implementar la presente Ordenanza Regional.
AFTICUL9 9Eqm0 gEXfO: ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional
de San Martín realice los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor
circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial 'El Peruano", previa promulgación del Presidente Regional del
Gobiemo Regionalde San Martín.
ART¡CULO DFCli4O SEPIIMO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regionaldeltrámite de lectura y
aprobación delActa, para proceder a su implementaciÓn conespondiente.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación
Dado en la Sede Centraldel Gobierno Regionalde San Martín a los 0 7.1{[t0 201[
PORTANTO:
Mando se publique y se cumPla

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014
Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014
Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014Laura Beristain
 
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988RUBENTH
 
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988Sute VI Sector
 
Congreso de la República - Estatuto del Servicio Parlamentario
Congreso de la República - Estatuto del Servicio ParlamentarioCongreso de la República - Estatuto del Servicio Parlamentario
Congreso de la República - Estatuto del Servicio ParlamentarioRooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Plan de gesti n de conocimiento
Plan de gesti n de conocimientoPlan de gesti n de conocimiento
Plan de gesti n de conocimientoCiri Panimboza
 
Nomenclador y Aranceles Profesionales para TS
Nomenclador y Aranceles Profesionales para TSNomenclador y Aranceles Profesionales para TS
Nomenclador y Aranceles Profesionales para TSIgui
 
Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010
Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010
Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010mannotazs
 
Presentacion secretaria de la mujer
Presentacion secretaria de la mujerPresentacion secretaria de la mujer
Presentacion secretaria de la mujerHaymarpaez
 
(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016
(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016
(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016Alcaldia Bolivar
 
Moción 2014 10 reglamento comisión fiestas
Moción 2014 10 reglamento comisión fiestasMoción 2014 10 reglamento comisión fiestas
Moción 2014 10 reglamento comisión fiestasUPyDNovelda
 
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013Miguel Miranda
 
consejo local
consejo localconsejo local
consejo localrebeca911
 
Reglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmt
Reglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmtReglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmt
Reglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmtAnaElenaGuerreroIbar1
 
Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...
Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...
Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...Jaime Alexander Osorio Sarria
 

La actualidad más candente (19)

Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014
Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014
Tercer Informe de Actividades Abr-Jun 2014
 
Ds 004-2017-minedu-reglamento-de-la-ley-n-29988
Ds 004-2017-minedu-reglamento-de-la-ley-n-29988Ds 004-2017-minedu-reglamento-de-la-ley-n-29988
Ds 004-2017-minedu-reglamento-de-la-ley-n-29988
 
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
 
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
 
Igualdad
IgualdadIgualdad
Igualdad
 
PLAN ANTICORRUPCIÓN
PLAN ANTICORRUPCIÓNPLAN ANTICORRUPCIÓN
PLAN ANTICORRUPCIÓN
 
Congreso de la República - Estatuto del Servicio Parlamentario
Congreso de la República - Estatuto del Servicio ParlamentarioCongreso de la República - Estatuto del Servicio Parlamentario
Congreso de la República - Estatuto del Servicio Parlamentario
 
Plan de gesti n de conocimiento
Plan de gesti n de conocimientoPlan de gesti n de conocimiento
Plan de gesti n de conocimiento
 
Politica General de Gobierno 2016 - 2020
Politica General de Gobierno 2016 - 2020Politica General de Gobierno 2016 - 2020
Politica General de Gobierno 2016 - 2020
 
Ley 60 de 1993
Ley 60 de 1993Ley 60 de 1993
Ley 60 de 1993
 
Nomenclador y Aranceles Profesionales para TS
Nomenclador y Aranceles Profesionales para TSNomenclador y Aranceles Profesionales para TS
Nomenclador y Aranceles Profesionales para TS
 
Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010
Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010
Acuerdo no. 06 de agosto 27 de 2010
 
Presentacion secretaria de la mujer
Presentacion secretaria de la mujerPresentacion secretaria de la mujer
Presentacion secretaria de la mujer
 
(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016
(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016
(P-077) PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2016
 
Moción 2014 10 reglamento comisión fiestas
Moción 2014 10 reglamento comisión fiestasMoción 2014 10 reglamento comisión fiestas
Moción 2014 10 reglamento comisión fiestas
 
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013
 
consejo local
consejo localconsejo local
consejo local
 
Reglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmt
Reglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmtReglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmt
Reglas de operación del programa por una vivienda digna para todos cmt
 
Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...
Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...
Antecedentes | El proceso de actualización de la política pública para las mu...
 

Destacado

Hist descarg
Hist descargHist descarg
Hist descargUNAM
 
Iniciativa que reforma el artículo 8o
Iniciativa que reforma el artículo 8oIniciativa que reforma el artículo 8o
Iniciativa que reforma el artículo 8oUNAM
 
Que reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadas
Que reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadasQue reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadas
Que reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadasUNAM
 
Analogía pc - cuerpo humano
Analogía pc - cuerpo humanoAnalogía pc - cuerpo humano
Analogía pc - cuerpo humanoAnibal Garcia
 
2011 congreso de practica profesional 2da circular
2011   congreso de practica profesional 2da circular2011   congreso de practica profesional 2da circular
2011 congreso de practica profesional 2da circularMalena Kareen Totino Soto
 
Ambientes colaborativos(1)
Ambientes colaborativos(1)Ambientes colaborativos(1)
Ambientes colaborativos(1)Lilianauptc
 
Ley General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junio
Ley General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junioLey General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junio
Ley General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junioUNAM
 
Semana de la Artesanía Peruana
Semana de la Artesanía PeruanaSemana de la Artesanía Peruana
Semana de la Artesanía PeruanaUGEL 07
 
Iniciativa final servicios sexuales
Iniciativa final servicios sexualesIniciativa final servicios sexuales
Iniciativa final servicios sexualesUNAM
 
Reforma Energetica_PAN
Reforma Energetica_PANReforma Energetica_PAN
Reforma Energetica_PANUNAM
 

Destacado (20)

Hist descarg
Hist descargHist descarg
Hist descarg
 
Natalia y ivan
Natalia y ivanNatalia y ivan
Natalia y ivan
 
Proyecto
ProyectoProyecto
Proyecto
 
El principito
El principitoEl principito
El principito
 
Laboratorio nº4
Laboratorio nº4Laboratorio nº4
Laboratorio nº4
 
Redes sociales para el congreso v (1)
Redes sociales para el congreso v (1)Redes sociales para el congreso v (1)
Redes sociales para el congreso v (1)
 
Iniciativa que reforma el artículo 8o
Iniciativa que reforma el artículo 8oIniciativa que reforma el artículo 8o
Iniciativa que reforma el artículo 8o
 
Que reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadas
Que reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadasQue reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadas
Que reforma los artículos 33,40 y 142 f uerzas armadas
 
Analogía pc - cuerpo humano
Analogía pc - cuerpo humanoAnalogía pc - cuerpo humano
Analogía pc - cuerpo humano
 
Tarea 8
Tarea 8Tarea 8
Tarea 8
 
2011 congreso de practica profesional 2da circular
2011   congreso de practica profesional 2da circular2011   congreso de practica profesional 2da circular
2011 congreso de practica profesional 2da circular
 
Compliance brief
Compliance briefCompliance brief
Compliance brief
 
Examen Redes
Examen RedesExamen Redes
Examen Redes
 
Metodologia1
Metodologia1Metodologia1
Metodologia1
 
Ambientes colaborativos(1)
Ambientes colaborativos(1)Ambientes colaborativos(1)
Ambientes colaborativos(1)
 
Ley General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junio
Ley General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junioLey General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junio
Ley General en Materia de Delitos Electorales_CAP_6_junio
 
Semana de la Artesanía Peruana
Semana de la Artesanía PeruanaSemana de la Artesanía Peruana
Semana de la Artesanía Peruana
 
Iniciativa final servicios sexuales
Iniciativa final servicios sexualesIniciativa final servicios sexuales
Iniciativa final servicios sexuales
 
Padres Malos
Padres MalosPadres Malos
Padres Malos
 
Reforma Energetica_PAN
Reforma Energetica_PANReforma Energetica_PAN
Reforma Energetica_PAN
 

Similar a Ordenanza regional 005 2014 GRSM/CR

entrega recepcion de indicios.pptx
entrega recepcion de indicios.pptxentrega recepcion de indicios.pptx
entrega recepcion de indicios.pptxdescargadocumentos1
 
Modernización de la gestión pública.pptx
Modernización de la gestión pública.pptxModernización de la gestión pública.pptx
Modernización de la gestión pública.pptxDony134029
 
MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...
MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...
MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...NAYSHADAYANYANARICOT
 
Boletín derechos de las mujeres en el fast track
Boletín derechos de las mujeres en el fast trackBoletín derechos de las mujeres en el fast track
Boletín derechos de las mujeres en el fast trackCasa de la Mujer
 
Protocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdf
Protocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdfProtocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdf
Protocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdfIsabelSeverich
 
PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...
PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...
PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...UNFPA Boliva
 
DS, 004-2017-MINEDU Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...
DS, 004-2017-MINEDU  Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...DS, 004-2017-MINEDU  Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...
DS, 004-2017-MINEDU Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...Teresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
AM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docx
AM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docxAM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docx
AM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docxMaxVilchezUcancial1
 
LA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docx
LA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docxLA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docx
LA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docxEddyJustoCusicanquiF1
 
Proyecto de Ley
Proyecto de LeyProyecto de Ley
Proyecto de LeyLaTrenza
 
Decreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdf
Decreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdfDecreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdf
Decreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdfFundacion ACCION 13
 

Similar a Ordenanza regional 005 2014 GRSM/CR (20)

entrega recepcion de indicios.pptx
entrega recepcion de indicios.pptxentrega recepcion de indicios.pptx
entrega recepcion de indicios.pptx
 
R.a. no.158 reconocimiento cana(1)
R.a. no.158 reconocimiento cana(1)R.a. no.158 reconocimiento cana(1)
R.a. no.158 reconocimiento cana(1)
 
R.a. no.152 resolucion felicitacion dia internacional de la mujer(1)
R.a. no.152 resolucion felicitacion  dia internacional de la mujer(1)R.a. no.152 resolucion felicitacion  dia internacional de la mujer(1)
R.a. no.152 resolucion felicitacion dia internacional de la mujer(1)
 
Modernización de la gestión pública.pptx
Modernización de la gestión pública.pptxModernización de la gestión pública.pptx
Modernización de la gestión pública.pptx
 
MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...
MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...
MINJUS-DGDOJ-XXII-Heber-Cusma-Saldana-Modernización-de-la-Gestión-Pública RNG...
 
Boletín derechos de las mujeres en el fast track
Boletín derechos de las mujeres en el fast trackBoletín derechos de las mujeres en el fast track
Boletín derechos de las mujeres en el fast track
 
Protocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdf
Protocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdfProtocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdf
Protocolo Ruta Crítica Violencia Min Justicia.pdf
 
Oredenanzas municipales 2012 nº 004
Oredenanzas municipales 2012 nº 004Oredenanzas municipales 2012 nº 004
Oredenanzas municipales 2012 nº 004
 
PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...
PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...
PROTOCOLO Y RUTA INTERINSTITUCIONALES PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A VÍCTIMA...
 
R.a. no.97 comite especial pvl 2014
R.a. no.97 comite especial pvl 2014R.a. no.97 comite especial pvl 2014
R.a. no.97 comite especial pvl 2014
 
DS, 004-2017-MINEDU Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...
DS, 004-2017-MINEDU  Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...DS, 004-2017-MINEDU  Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...
DS, 004-2017-MINEDU Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988 que establece med...
 
R.a. no.96 reconociiento micromel
R.a. no.96 reconociiento micromelR.a. no.96 reconociiento micromel
R.a. no.96 reconociiento micromel
 
AM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docx
AM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docxAM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docx
AM. N° 009-2023 - RECONFORMACION PVL.docx
 
R.a. no.153 resolucion felicitacion juntas vecinales prof. vixtor tapara(1)
R.a. no.153 resolucion felicitacion  juntas vecinales prof. vixtor tapara(1)R.a. no.153 resolucion felicitacion  juntas vecinales prof. vixtor tapara(1)
R.a. no.153 resolucion felicitacion juntas vecinales prof. vixtor tapara(1)
 
Ley ordenamiento territorial_uso_gestion_suelo
Ley ordenamiento territorial_uso_gestion_sueloLey ordenamiento territorial_uso_gestion_suelo
Ley ordenamiento territorial_uso_gestion_suelo
 
R.a. no.085 reconocimiento junta directiva urb. villa florida
R.a. no.085 reconocimiento junta directiva urb. villa floridaR.a. no.085 reconocimiento junta directiva urb. villa florida
R.a. no.085 reconocimiento junta directiva urb. villa florida
 
LA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docx
LA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docxLA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docx
LA DESPATRIARCALIZACIÓN POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.docx
 
15022016 mat
15022016 mat15022016 mat
15022016 mat
 
Proyecto de Ley
Proyecto de LeyProyecto de Ley
Proyecto de Ley
 
Decreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdf
Decreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdfDecreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdf
Decreto 418 del 17 de marzo de 2020.pdf
 

Más de Asociación Civil Transparencia

Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...
Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...
Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...Asociación Civil Transparencia
 
Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...
Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...
Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...Asociación Civil Transparencia
 
Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad
Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidadAportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad
Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidadAsociación Civil Transparencia
 
Reglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso Electoral
Reglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso ElectoralReglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso Electoral
Reglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso ElectoralAsociación Civil Transparencia
 
10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral
10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral
10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoralAsociación Civil Transparencia
 
Aportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidad
Aportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidadAportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidad
Aportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidadAsociación Civil Transparencia
 
Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...
Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...
Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...Asociación Civil Transparencia
 
Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015
Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015
Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015Asociación Civil Transparencia
 
Recomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de Vida
Recomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de VidaRecomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de Vida
Recomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de VidaAsociación Civil Transparencia
 
Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...
Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...
Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...Asociación Civil Transparencia
 

Más de Asociación Civil Transparencia (20)

Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...
Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...
Acreditan a-la-asociacion-civil-transparencia-para-presentar-resolucion-no-00...
 
Publicidad estatal
Publicidad estatalPublicidad estatal
Publicidad estatal
 
Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...
Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...
Recomendaciones a los organismos electorales para garantizar el derecho al su...
 
Cartas enviadas a JNE, ONPE, RENIEC.
Cartas enviadas a JNE, ONPE, RENIEC.Cartas enviadas a JNE, ONPE, RENIEC.
Cartas enviadas a JNE, ONPE, RENIEC.
 
Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad
Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidadAportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad
Aportes al reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad
 
Reglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso Electoral
Reglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso ElectoralReglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso Electoral
Reglamento de la Ventanilla Única de Antecedentes de Uso Electoral
 
10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral
10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral
10 criterios para el uso de redes sociales en la campaña electoral
 
Aportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidad
Aportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidadAportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidad
Aportes reglamento propaganda electoral publicidad estatal y neutralidad
 
Aportes al nuevo formato de hoja de vida. 23.09.2015
Aportes al nuevo formato de hoja de vida. 23.09.2015Aportes al nuevo formato de hoja de vida. 23.09.2015
Aportes al nuevo formato de hoja de vida. 23.09.2015
 
Carta aportes nuevo_formato hdv
Carta aportes nuevo_formato hdvCarta aportes nuevo_formato hdv
Carta aportes nuevo_formato hdv
 
Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...
Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...
Carta_ Aportes al proyecto de reglamento sobre propaganda electoral y publici...
 
Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015
Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015
Aportes de Transparencia al reglamento de inscripción de candidatos. 23.09.2015
 
Recomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de Vida
Recomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de VidaRecomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de Vida
Recomendaciones del Ministerio de Cultura sobre la nueva Hoja de Vida
 
Directiva de neutralidad de la Defensoria del Pueblo
Directiva de neutralidad de la Defensoria del PuebloDirectiva de neutralidad de la Defensoria del Pueblo
Directiva de neutralidad de la Defensoria del Pueblo
 
Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...
Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...
Recomendaciones que Ashanti Perú envió al Jurado Nacional de Elecciones para ...
 
Transparencia, agosto 2015
Transparencia, agosto 2015Transparencia, agosto 2015
Transparencia, agosto 2015
 
Perú se proyecta a la OCDE
Perú se proyecta a la OCDEPerú se proyecta a la OCDE
Perú se proyecta a la OCDE
 
Transparencia julio, 2015
Transparencia julio, 2015Transparencia julio, 2015
Transparencia julio, 2015
 
Transparencia junio, 2015
Transparencia junio, 2015Transparencia junio, 2015
Transparencia junio, 2015
 
Transparencia, mayo, 2015
Transparencia, mayo, 2015Transparencia, mayo, 2015
Transparencia, mayo, 2015
 

Ordenanza regional 005 2014 GRSM/CR

  • 1. tffi't',&t perú . t sanmarutn,i,qlri,rverde GOBITRNO REGIONAL 0 7 llN0 ?0lt ORDENANZA REGIONAL Nbos .2OT 4-GRSM/CR Moyobamba, POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martin, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191' y 192" de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV delTítulo lV sobre Descenhalización - Ley N' 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N' 27783;laLey Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N' 27867, sus modificatorias - Ley N' 27902;tey N" 28013; Ley N' 28926; Ley N' 28961; Ley N" 28968 y Ley N' 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: . Que, la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer - CEDAW, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y que entró en vigor como tratado internacionalel 03 de septiembre de 1981, señala que las mujeres deben desarrollar su vida política en condiciones iguales a las de los hombre; aprobado por el estado peruano, el22 de diciembre del 2000, ratificándolo el 09 de abril del 2001, en su artículo 14 numeral 2 señala: "los estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales, a fin de asegurar enhe hombres y mujeres su participación en el desanollo rural y en sus beneficios....'. Que, la Constitución Política en su Título l, Capítulo 1, artículo 1'proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como fin supremo de la sociedad y el Estado y en su articulo 2", numeral 2.2 establece expresamente el principio de igualdad ante la Ley, según el cual, nadie puede ser objeto de discriminación por razón de edad, condición económica o social, ni de cualquier índole que afecte el pleno disfrute de sus derechos; mientras que en su articulo 31'prescribe que es derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas ser elegidos y elegir libremente a sus representantes y participar en los asuntos públicos. Que, de conformidad con el artículo 60' de la Ley N" 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, entre otros, el de formular, aprobar y evaluar las políticas de desanollo social e igualdad de oportunidades, en concordancia con la política generaldel Gobiemo Nacional, los planes sectoriales y los programas conespondientes de los gobiernos locales; asícomo promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades. Que, la Ley N" 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres establece el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desanollo, bienestar y autonomia, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad. Que, mediante Decreto Supremo 009-2005-MIMDES aprueba el Plan Nacional de lgualdades de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010, cuyo objetivo es promover el desanollo del país mediante la participación equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de género mediante acciones afirmativas en la salud, educación, empleo, participación políüca; en un marco de respeto por los derechos humanos. Que, el Decreto Supremo N" 027-2007-PCM, define y establece las Políticas Nacionales de obfigatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, en el articulo 2", numeral 2.2 (De las Políticas Nacionales), señala que además del cumplimiento de sus politicas y acciones sectoriales, constituyen Políücas Nacionales de obligatodo cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobiemo Nacional, lmpulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitaüvos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la enadicación de la violencia familiar y sexual. Y en el numeral 6.4 prescribe que se debe "garantizar el respeto de los derechos de grupos vulnerables, enadicando toda forma de discriminación".
  • 2. {ffi o"ro -, saRmarurnr'r'.tci<ilrv**'de ' , GOBIERNO REGIONAL oRPqNANZA REGTONAL Nss -201 4-GRSM/CR Que, vla Decreto Supremo No 004-2012-M|MP, se aprueba el "Plan Nacional de lgualdad de Género 2012-2017', @nforme al cual se tiene ocho (8) objetivos estratégicos: 1) Promover y fortalecer la transversalización del enfoque de género en los tres niveles de gobierno; 2) Fortalecer una cultura de respeto y valoración de las diferencias de género; 3) Reducir brechas educativas entre mujeres y hombres; 4) Mejorar la salud de las mujeres y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y hombres; 5) Garantizar los derechos económicos de las mujeres en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades con los hombres; 6) Reducir la violencia de género en sus diferentes expresiones; 7) Incrementar la participación de mujeres y hombres en la toma de decisiones y la participación políüca y ciudadana; y, 8) Valorar el aporte de las mujeres en el manejo sostenible de los recursos naturales; asimismo, consta de sesenta (60) resultados esperados alalo2017. Que, de acuerdo a información sistematizada por la Asociación Civil Transparencia respecto a la participación política de las mujeres en la región san martín, se concluye que en el periodo 2011-2014 esta es minoritaria; de las 10 alcaldias provinciales de San Martín, 02 son ocupadas por mujeres, representando sólo el 20%; de las 85 regidurias provinciales sólo 21 son mujeres, lo que equivale al24,710/o; en el nivel diskital, de 67 alcaldías dishitales, solo 2 son ocupadas por mujeres, lo que significa el 2.98o/o; incluir datos de regidurías de municipalidades distritales y su porcentaje respecto del total. Que, en la región San Martín, el Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martin al2021, aprobado por Ordenanza Regional 0'17-2013-GRSM/CR el 27 de diciembre del 2013, establece que el desarrollo de la Región debe incluir a toda la población y enfatiza medidas para la participación política de las mujeres. Así también el Plan Regional de lgualdad de Oportunidades para hombres y mujeres 2011 - 2015, aprobado con Ordenanza Regional N' 016- 2011-GRSM/CR, 26 de mayo de 2011, promueve la participación ciudadana y politica de la mujer. Que, el literal o) del artículo 210 de la Ley No 27867, tey Orgánica de Gobiemos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38o de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobiemo Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día viernes 02 de Mayo del presente añ0, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: ART¡CULO PRIMERo: DECLARAR de interés prioritario y público, la promoción e implementación del derecho a la participación política y ciudadana de las Mujeres en el ámbito de la Región San Martín, con énfasis en las mujeres rurales e indígenas. ARTJCULO S.EGUNDO: DECLARAR de interés prioritario y público la lucha contra la indocumentaciÓn en la Región San Martín con énfasis en la realidad de las mujeres de zonas rurales, en pobreza y extrema pobreza, e indígenas. - ABIISUIqIEBSEBA: DECLARAR de interés prioritario y público que los espacios de concertación - y/o diálogo del Gobierno Regionalde San Martin estén compuestos paritariamente. AFTICULO CUAR.rO: DECLARAR de interés prioritario y público la promoción_de la participación de las organizaciones de rnujeres para lo cual el Gobierno Regional de San Martín, por medio de la DirecciÓn Regional de Indusión Social e lgualdad de Oportunidades y en coordinación con las Municipalidades de su jurisdicciÓn, promoverá la implementación dei servicio de asesoria legal para la formalización de organizaciones sociales, con énfasis en organizaciones sociales de muieres.
  • 3. ORDE 'ú'Y'¡ ¡wyltvrtt ffi.peru-r sanmanlnr*gl{inverdé GOBIERNO REGIONAT REGIONAL NOOO5 .20 1 4-GRSM/CR ENCARGAR a la Dirección Regional de Inclusión Social e lgualdad de prevención, monitoreo y sanción de actos que constituyanOportunidades de San Martín, elabore e implemente un Plan de acoso polftico en la Región San Martín. ARTTCULO qEX,fO: ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martin la aplicación de las medidas laborales y administrativas a que hubiere lugar en el marco del buen ambiente en las relaciones de habajo y las normas de éüca de la función pública frente a los casos de acoso politico cometidos por funcionarios/as y servidores públicos del Gobierno Regional; prestándose especial atención a los casos de acoso contra mujeres para restringir o tratar de impedir su participación politica y ciudadana. ARJICUL9SEPTffiO: DISFONER que la Gerencia General Regional del Gobiemo Regional de San Martin, en coordinación con las Gerencias o áreas vinculadas establezcan un procedimiento de investigación y sanción a los casos de acoso político ocurridos en la Región por parte de personas ajenas a la función pública en su relación con el Gobiemo Regional que afecten la participación en los mecanismos regionales de participación política y ciudadana, garantizando la legalidad, el debido procedimiento, la razonabilidad y la tipicidad; prestándose especial atenciÓn a las acciones dirigidas contra las mujeres. ART¡GULO OCTAVO: DISPONER que la Dirección Regional de Inclusión Social e lgualdad de Oportunidades de San Martín incorpore en su Plan de Trabajo Anual, u otros instrumentos de gestiÓn, programas de desanollo de capacidades dirigidos a mujeres lideresas y autoridades de la Región San Martín, sobre temas referidos a gesüón pública, democracia, derechos humanos, entre otros que contribuyan en la formación y desarrollo de capacidades de las mujeres en la Región. ARTICULO NOVFNo: AUToRIZAR a las entidades involucradas en el alcance de la presente Ordenanza Regional realizar las innovaciones y modificaciones normativas, administraüvas y operativas necesarias y/o el desanollo de sus instrumentos de gestión para la implementación de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO gECffiO: DISPONER que las entidades involucradas realicen acciones de coordinaciÓn y articulación con actores públicos de la sociedad civil organizada y con las instituciones involucradas en el tema para la implementación de la presente Ordenanza Regional. ARI¡CUL9 DECtUp PRIME-RO: MoDIFICAR el artículo 11'del Reglamento de Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N' 00&2013 GRSM/CR, que dice: "Los representantes de las autoridades municipales y de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional deberán ser como minimo el 50% de mujeres' Quedando con el siguiente texto: "El 60% de los integrantes deben ser autoridades municipales y el400/o deben ser representantes de la sociedad civil (dirigentes sociales, representantes o miembros de organizaciones sociales). Al menos la tercera parte del 40% delos representantes de la sociedad civil deberán corresponder a instituciones empresariales y productores. Los representantes de las autoridades municipales y de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional deberán ser como minimo el 5070 de mujeres" En las actualizaciones y/o cambios del Reglamento de elección de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinaciones Regional, en el Gobiemo Regionalde San Martín, se debe mantener la participación paritaria de género. ART|CUL9 DECIMO pEGUNqO: INCoRPORAR en la Ordenanza Regional mediante la cual se aprueba anualmente el lnicio y el Reghmento del Proceso Participativo de Presupuesto Bqadgs en el Resultado del año fiscal conespondiente la siguiente disposición: "que el Consejo de Vigilancia Ciudadana (COVIC) estará compuesto por un
  • 4. r.s* . ^^i&t:-'.r-sanmarctn, rtq¡ii;nv*rde . GOBIERNO REGIONAL oRPENANZA REGIgNAL N"0o5 -20 I,Í-GBSM/CR minimo de 4 personas elegidas de forma paritaria entre los y las representantes de la sociedad civil inscritos en el proceso teniendo en cuenta las cualidades tanto técnicas como personales que las funciones a desempeñar demandan". ARI¡9UIO DEC1M9.TERqER9: INCORPORAR en el artículo 8' de la Ordenanza Regional N' 024- 2012-GRSM/CR de 28 de diciembre de 2012 por la que se aprueba el Código de Ética del Consejo Regional de San Martín, incorporando el literal 8.6 con el siguiente numeral: '8.6 Acgso Folificg: consiste en la acción o acciones de presión, persecución, hostigamiento, amenaza, contra las candidatos/as, autoridades, representantes y funcionarios/as, que buscan o impiden el libre ejercicio de los derechos de participación politica y ciudadana. Se rechazan especialmente las acciones dirigidas contra mujeres que buscan restringir o impiden su participación politica y ciudadana." ARI¡CULq DEClilO CUART9: DISPONER que el Gobierno Regional y el Consejo Regional de San Martin incluya en su Rendición de Cuentas Anual las acciones efectuadas respecto de la implementación de la presente Ordenanza Regional. ARTIqULo DECtMg AUlNTor ENCARGUESE a la Gerencia General Regionaldel Gobiemo Regional de San Martin la previsión presupuestal para la implementar la presente Ordenanza Regional. AFTICUL9 9Eqm0 gEXfO: ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realice los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial 'El Peruano", previa promulgación del Presidente Regional del Gobiemo Regionalde San Martín. ART¡CULO DFCli4O SEPIIMO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regionaldeltrámite de lectura y aprobación delActa, para proceder a su implementaciÓn conespondiente. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación Dado en la Sede Centraldel Gobierno Regionalde San Martín a los 0 7.1{[t0 201[ PORTANTO: Mando se publique y se cumPla