Introducción al Derecho AdministrativoIntroducción al Derecho Administrativo
Para el Dr. José Roberto Dromi es importante
conocer los siguientes conceptos, para comprender
mejor el Derecho Administrativo.
Sociedad:
La sociedad se conforma a través de la pluralidad de
hombres inteligentes y libres, unidos en torno a la
consecución de un bien común. implica cierto grado
de comunicación y cooperación.
Unidad y Orden:
La relación hombre y sociedad se conjuga a través del
orden. “Unitas Ordinis” , es la que explica cómo de
múltiples individualidades se logra una realidad
total, una unidad de organización o de asociación en
la búsqueda de su propio bien y de la comunidad.
La realidad política:
La realidad política afecta a los sectores sociales.
La realidad administrativa se apoya sobre un
sector de lo político, conformando una estructura
organizacional (Administración Pública) que se
articula con los individuos (Administrados), en el
ejercicio de una función (La administrativa)
Estado:
Los Griegos lo llamaban “Polis”
Los Romanos “República” o “civitas”
Los Germanos “Reich”
El estado es la forma de organización social,
económica, política soberana y coercitiva, formada
por un conjunto de instituciones, que tienen el poder
de regular la vida comunitaria en un territorio
nacional;
Estado, Poder y Derecho:
El poder implica el control, imperio,
dominio y jurisdicción que un hombre
dispone para concretar algo o imponer un
mandato. Así, el poder se relaciona con el
gobierno de un país. El poder actúa a través
del Derecho imponiendo límites.
El Derecho es el orden normativo e
institucional de la conducta humana en
sociedad, inspirado en postulados de justicia
y certeza jurídica, cuya base son las
relaciones sociales existentes que
determinan su contenido y carácter en un
lugar y momento dado.
Funciones del Poder:
El Estado Constitucional asigna diversas
funciones públicas a varios órganos
independientes estatales.
Función Gubernativa (Poder Ejecutivo)
Actividad estatal discrecional emitida en
ejercicio de una directa atribución
constitucional, que consistente en hacer
cumplir las leyes.
Este poder lo suele ejercer el gobierno por
parte del Jefe del Estado.
Función Legislativa (Poder Legislativo)
Actividad estatal reglada o discrecional con
límites constitucionales, para la elaboración
o creación del derecho a través de normas
jurídicas.
Función Jurisdiccional (Poder Judicial)
Actividad estatal reglada, comisionada
para dirimir controversias entre las partes
con fuerza de verdad legal.
Función Administrativa:
“Actividad Estatal directa, de gestión y servicio en función del interés
público para la ejecución concreta y práctica de los contenidos que el orden
político y el ordenamiento jurídico le asignan al Estado”
DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO
El derecho Administrativo es la rama
del derecho público interno que trata de
la administración y manejo de los
servicios públicos en base a
determinadas normas legales.
Conjunto de normas y principios que
regulan y rigen el ejercicio de una de las
funciones del poder, la administrativa.
Por ello podemos decir que el Derecho
Administrativo es el régimen jurídico de
la función administrativa y trata sobre
el circuito jurídico del obrar
administrativo.
(Roberto Dromi)
DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO
Conjunto de normas positivas y de
principios de Derecho Público de
aplicación concreta a la institución y
funcionamiento de los servicios
públicos y al consiguiente contralor
jurisdiccional de la administración
pública.
(Rafael Bielsa)
Rama del Derecho Público que regula la
actividad del Estado que se realiza en
forma de función administrativa siendo
dicha actividad del Estado, la que está
constituida por el conjunto de actos
operacionales y tareas que conforman a
la legislación positiva.(Gabino Fraga)
Formas Jurídicas de la
Administración:
Acto Administrativo:
Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio
de la función administrativa que produce efectos
jurídicos generales en forma directa.
Hecho Administrativo:
Es toda actividad material, traducida en
operaciones técnicas, actuaciones físicas,
ejecutadas en ejercicio de la Función
Administrativa.
Contrato Administrativo:
Es toda declaración bilateral o de voluntad
común, productora de efectos jurídicos,
entre dos personas de las cuales una está
en ejercicio de la función administrativa.
El objeto de estudio del Derecho Administrativo son las
circunstancias políticas, ideológicas, morales, sociales y
económicas que determinan las acciones y disposiciones
del Estado.
El Derecho Administrativo regula las relaciones entre los
particulares y el Poder Público, sobre la base del
conjunto de principios jurídicos de actuación acerca de la
actividad administrativa.
Puesto que debido a esta relación se pueden suscitar
controversias, cuando sus órganos y entidades cumplen
funciones administrativas en virtud de disposiciones
jurídicas que enmarcan su acción ejecutiva, bien en la
prestación de servicios o con determinada finalidad
concreta de la voluntad estatal, a tenor de la política de
orden interno e internacional que adopte el Estado, la
que incorpora a la referida Administración y a su
normativa reguladora.
EL DERECHO ADMINISTRATIVO Y SU OBJETO DE ESTUDIO
La constitucionalización de las distintas áreas
del Derecho es un fenómeno cada vez más
arraigado en nuestra cultura y contexto
jurídicos.
Tal vez la forma más evidente en que se haya
manifestado sea el creciente protagonismo del
Tribunal Constitucional (TC), supremo
intérprete de la Constitución, en la
significación de conceptos, derechos y
principios jurídicos que, a través de sus
sentencias, han afectado a la mayoría de
ramas del Derecho, incluido el Derecho
Administrativo.
Sea que esto se valore positiva o
negativamente, su relevancia para
comprender el derecho y sus efectos en la
actualidad es innegable.
CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
El Derecho Administrativo es importante
porque esta en relación directa con el
perfeccionamiento de la administración
general, evoluciona de acuerdo al desarrollo
de la ciencia y permite conocer la concepción
moderna de la administración pública.
El fundamento angular del Derecho
Administrativo es el Interés Público,
considerado como aspiración máxima de
colectividad y preocupación de todo gobierno.
(Bedoya Patrón)
IMPORTANCIA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO CONSTITUCIONAL.
Es la parte fundamental del Derecho Público,
el tronco del cual derivan las distintas ramas
que regulan la estructura del Estado.
Las normas del Derecho Administrativo son
un colorario de los principios fundamentales
establecidos en la Constitución.
RELACIONES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
DERECHO CIVIL.
En la antigüedad eran pocas las leyes del
Derecho Administrativo, todos aquellos
aspectos regulados por normas
administrativas eran reguladas por el Derecho
Civil.
DERECHO PENAL.
Las relaciones del Derecho Penal con el
Derecho Administrativo pueden referirse por
un lado al objeto contemplado por la norma
penal y por otro lado a la aplicación extensiva
de los dispositivos del código penal en
supuestos de Derecho Administrativo.
RELACIONES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
DERECHO LABORAL.
Ha sido el poder administrador quien ha
intervenido desde el siglo pasado en todas las
cuestiones del trabajo. La Administración se
ha visto obligada a resolver problemas
laborales, como accidentes de trabajo,
problemas salariales, etc.
Con fecha 11 de abril del 2001 fue publicada en el
Diario Oficial “El Peruano”, la Ley N° 27444 . “Ley
del Procedimiento Administrativo General”, la
misma que según lo establecido en su cuarta
disposición final y complementaria, entraría en
vigencia a los seis meses de su publicación oficial,
es decir el once de octubre del mismo año.
LEY N° 27444
La Ley vino a integrar el conjunto de normas dispersas
en materia procedimental administrativa dictadas
durante varios años en el Perú, como es el caso del
Texto único Ordenado de la Ley de Normas Generales
de Procedimientos Administrativos que fue aprobado
mediante Decreto Supremo N° 02- 94 – JUS, la Ley
25035 de Simplificación Administrativa dictada en
junio de 1989, a su vez reglamentada por el Decreto
Supremo N° 070 – 89 – PCM, modificado por el
Decreto Supremo N° 002- 90 – PCM.
En primer lugar, inicia desarrollando en el Título
Preliminar un conjunto de principios en materia
procedimental administrativa, que son pautas
rectoras que permiten llenar los posibles vacios
normativos de la propia norma, así como medio de
interpretación en caso de conceptos obscuros del
texto de la norma.
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY N° 27444
De otra parte, desarrolla el aspecto sustantivo de los
actos administrativos, sus características, requisitos de
valides y eficacia de ellos, así aborda el tema de la
notificación, desarrollando sus diferentes formas.
Desarrolla también el deber de colaboración entre
entidades administrativas y los mecanismos para
la asistencia reciproca, el intercambio de
información, celebración de convenios de
cooperación.
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY N° 27444
Dentro del marco constitucional, se establece el
derecho de todo ciudadano a formular su defensa o
efectuar descargos con carácter previo a la aplicación
de sanciones o la emisión de cualquier acto
administrativo que afecte sus derechos o intereses.
Se regula el ejercicio de la potestad sancionadora de la
administración pública, mediante un conjunto de
principios garantistas, normando el procedimiento
para la determinación de las infracciones
administrativas y la aplicación de sanciones.
BIELSA, Rafael. Derecho Administrativo, Buenos Aires, Editorial La Ley
DROMI, Roberto. Derecho Administrativo, Lima, Gaceta Jurídica, Lima, 2005
FRAGA, Gabino. Derecho Administrativo, México, Ed. Porrúa,
GARCIA DE ENTERRIA, Eduardo y RAMON FERNANDEZ, Tomás, Curso de
Derecho Administrativo, Tomo I, Palestra – Temis, Lima – Bogotá, Versión
latinonamericana en base a 12º ed, 2006
GORDILLO, Agustín. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo 1, Parte General,
6º ed, www.gordillo.com, Fundación de Derecho Administrativo
MARIENHOFF, Miguel. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I, Abeedo –
Perrot, Buenos Aires, 1965
MARTIN MATEO, Ramón, Manual de Derecho Administrativo, Madrid, Trivium,
14º ed.
PATRON FAURA, Pedro y PÁTRON BEDOYA, Pedro, Derecho Administrativo y
Administración Pública en el Perú, Lima, Ed. Grijley, 2004
LASTRA LASTRA, José Manuel, Fundamentos de Derecho, México, McGraw-Hill,
1995
STONER, James y WANKEL Charles, Administración, México, Ed. Prentice Hall
Hispanoamericana, 3ºed, 1989
TERRY, George y FRANKLIN, Stephen, Principios de Administración, México,
BIBLIOGRAFÍA