CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

ES UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA CASA RECIDENCIAL

CONTRATO ARRENDAMIENTO CANTABRIA
FOLIO N° RC2015/001 Página 1
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, DESOCUPACION Y ENTREGA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SEÑORA MARIA DEL
ROSARIO VERA CERVANTES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ARRENDADOR” Y POR LA OTRA
PARTE LA C. TAMMY GUERRERO AMARO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ARRENDATARIO” LOS
CUALES ESTAN DE ACUERDO EN SUJETARSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
Declaraciones:
I. Declaran “EL ARRENDADOR”:
A) Llamarse como ha quedado escrito, ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, al corriente en la manifestación y pago de sus
obligaciones fiscales, sin comprobarlo y con domicilio para oír y recibir notificaciones en el Lote 11 de la Región 100, Manzana 02, de la
ciudad Cancún, Quintana Roo.
B) Que es legítimo propietario del inmueble, mismo que se encuentra ubicado en la Smz 97 Manzana 3 Lote 87 Calle Madrid RESIDENCIAL
CANTABRIA en Cancún, Quintana Roo.
C) Que está de acuerdoenotorgar enarrendamientoa “EL ARRENDATARIO” el inmueble señaladoenel párrafoanterior.
II. Declara “EL ARRENDATARIO”:
A) Llamarse como ha quedado escrito, ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, al corriente en la manifestación y pago de sus
obligaciones fiscales, sin comprobarlo y con domicilio para oír y recibir notificaciones en la la Smz 97 Manzana 3 Lote 87 Calle Madrid
FRACIONANMIENTO CANTABRIA en Cancun, Quintana Roo.
B) Que es su deseo celebrar el presente Contrato de Arrendamiento, Desocupación y Entrega con “EL ARRENDADOR” respecto de “la casa
87 ” descritoenel incisoB, de la DeclaraciónI que antecede.
III. Las Partes Declaran:
A) Que se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad con la que comparecen a la celebración del presente Contrato,
estando facultados para obligarse en los términos ycondicionesque en el presente Instrumento se precisan.
B) Que deseancelebrar el presente Contrato de Arrendamiento, DesocupaciónyEntrega de acuerdoal contenido de las siguientes:
C l á u s u l a s :
Primera:
- “EL ARRENDADOR” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO” y éste recibe en tal concepto a su entera satisfacción, “ la casa 87”
descrito en el inciso B, de la Declaración I, del presente Instrumento, el cual se tiene por íntegramente reproducido como si a la letra se
insertase.
Segunda:
A. Ambas partes convienen en que el precio de la renta mensual durante la vigencia del presente contrato de arrendamiento
deberá ser cubierta por “EL ARRENDATARIO” en el domicilio de “EL ARRENDADOR” y será la cantidad de $7,000.00 (siete mil
pesos 00/100 Moneda Nacional), contando condos (2) díasde gracia para realizar el pago.
B. “EL ARRENDATARIO” deberá cubrir la cantidad por concepto de renta mensual arriba mencionada en el párrafo A de la clausula
segunda, todos los días veintiocho de cada mes. En el domicilio del Arrendador o en su caso a través de transferencia bancaria a
la cuenta número_______________________ a nombre de ________________ de ___________.
C. Si “EL ARRENDATARIO” no cubriere la renta convenida en el monto y forma establecida en el párrafo A de la clausula segunda,
se obliga adicionalmente a pagar a “EL ARRENDADOR” a título de intereses moratorios al tipo de 10% mensual, siendo la
cantidadde $700.00 al momento de pagar la mensualidadvencida.
Tercera:
-“EL ARRENDATARIO” conviene en que no podrá retener el pago del precio de la renta estipulada, ni ningún otro concepto adicional, ya
sea judicial o extrajudicialmente.
Cuarta:
-“EL ARRENDATARIO” no podrá ceder total o parcialmente, temporal o definitivamente los derechos yobligaciones derivados del presente
Contrato, ni subarrendar totalo parcialmente “LACASA87”, ni a título de comodato, concesión o cualquier otra figura jurídica.
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FOLIO N° RC2015/001 Página 2
Quinta:
-La vigencia del presente contrato será por 12 meses para ambas partes, iniciando el dia LUNES 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2015 y
concluyendo el día MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 adicionalmente las partes convienen que “EL ARRENDADOR” no estará obligado
a prorrogar el presente contrato.
Queda obligado “EL ARRENDATARIO” a desocupar y a entregar la casa arrendado a “EL ARRENDADOR” al vencimiento del contrato
señalado en el párrafo anterior y en caso de que llegado éste continúe ocupándola, se entenderá que lo estará haciendo contra la
oposición expresa de “EL ARRENDADOR”, renunciando por lo mismo desde ahora “EL ARRENDATARIO” a cualquier derecho sobre
prórroga o renovacióndel contrato.
Ambas partes han acordado que en caso de que “EL ARRENDATARIO” no desocupe el inmueble arrendado a más tardarel día miércoles
29 de SEPTIEMBRE del 2016, este pagará a “EL ARRENDADOR” a título de pena convencional por el simple retraso en la entrega del
inmueble la cantidad de $7,000.00 (Siete mil pesos 00/100 M.N.) por cada mes que transcurra, sin que ello signifique prórroga o espera,
pudiendo “EL ARRENDADOR” ejercitar los derechos y acciones que le competan de conformidad con el presente contrato y las leyes
correspondientes.
Sexta:
- “DEPOSITO EN GARANTÍA. A la fecha de firma del presente Contrato, el Arrendatario entrega al Arrendador por conceptode depósitoen
garantía la cantidadde $ 7,000.00 (SIETE MIL Pesos, Moneda Nacional), equivalente a 1 mes(es)de renta. En casode variaciónenel monto
de la renta, este depósitose ajustará dentro de los cincodías siguientes, para que siempre corresponda a 1 mes(es) de la renta envigor.
Las partes acuerdan que el Arrendador no aplicará el depósito al pago de cualquier mensualidad vencida,o al pago de
cualquier otra obligación incumplida por el Arrendatario ya que dicho depósito no podrá utilizarsepara compensar la falta de
pago de los anteriores conceptos. Tampoco podrá el Arrendatario dejar de pagar rentas,basado en que las mismas quedarán
cubiertas con el mencionado depósito.
El Arrendatario autoriza expresamente al Arrendador a conservar dicho depósito (liberándolo dela obligación dedepositarlo
judicialmente) durante un plazo de sesenta días posteriores a que haya desocupado y entregado el Inmueble, autorizando en
este acto el Arrendatario al Arrendador a que éste haga uso del monto del depósito para aquellos arreglospor deterioros en
el Inmueble no derivados de su uso normal por parte del Arrendatario. Transcurrido esteplazo,el Arrendador devolverá al
Arrendatario el mencionado depósito sin interés ni rendimiento financiero alguno,siemprey cuando éste no se hubiere
ocupado en arreglar deterioros en el Inmueble no causados por su uso normal o no existiereningún saldo pendiente por
servicios a cargo del Arrendatario o por cualquier otro concepto.
Séptima:
“EL ARRENDATARIO” se compromete a responder por cualquier daño que la casa arrendado sufra durante el periodo de arrendamiento ya
sea por actos u omisiones de él y/o de las personas a quienes haya permitido el acceso a la misma, no deberá “EL ARRENDATARIO”
utilizarla para fin distinto al de casa habitación ni podrá variar su forma original, ni podrá subarrendar ni conceder a otras personas derecho
algunosobre ellaa menos que exista el consentimientoprevioypor escritode “EL ARRENDADOR”.
Octava:
-“EL ARRENDATARIO” cubrirá todos los gastos de reparaciones que sean necesarias para mantener la casa en buen estado, por su parte.
Bajo ningúnconceptopodrá “EL ARRENDATARIO” retener lasrentas.
“EL ARRENDADOR” no se obliga a haceren la casa arrendado recomposición, ni mejora alguna, sin embargo “EL ARRENDADOR” podrá
hacer lasreparacionesque le convengancuando lojuzgue necesario, a suabsoluta discreción.
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Novena:
-Los pagos de servicios tales como teléfonos, luz, agua, cablevisión, cuota de mantenimiento y cualquier otro servicio que “EL
ARRENDATARIO” desee contratar, serán liquidados porél, el impuesto predial será cubierto por “EL ARRENDADOR”. También serán por
cuenta de “EL ARRENDATARIO” todas las exigencias de salubridad y sus infracciones, renunciando en lo que le favorezcan el Código Civil
para el Estadode Quintana Roo.
Décima:
-Toda remodelación o mejora que desee “EL ARRENDATARIO” efectuar en el inmueble arrendado deberá hacerse con el consentimiento
por escrito de “EL ARRENDADOR”, y deberá entregarse, al término del arrendamiento, en las mismas condiciones en que originalmente
“EL ARRENDATARIO” lo recibió. Además dichas remodelaciones o mejoras, deberán quedar en beneficio de la misma si así lo autoriza “EL
ARRENDADOR”.
“EL ARRENDATARIO” renuncia expresamente mediante esta cláusula al derecho del tanto y de preferencia a que se refieren el Código Civil
del Estado de Quintana Roo, en caso de que “EL ARRENDADOR” deseare vender la casa arrendado, quedando por lo tanto facultado “EL
ARRENDADOR” podrá vender la casa al mejor postor sin que tenga que pagar daños yperjuicios a “EL ARRENDATARIO”.
Décima primera:
-Serána cargo de “EL ARRENDADOR” las siguientes obligaciones:
A) No estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso de “LACASA 87” salvo por causasde reparacionesurgentes e indispensables.
B) A cumplir oportunamente con las demás obligaciones que él Código Civil vigente para el Estado de Quintana Roo, le impone a “EL
ARRENDADOR”.
Décima Segunda:
-Serána cargo de “EL ARRENDATARIO” las siguientes obligacionesconvencionales:
1.- A pagar cumplidamente la renta mensual estipulada, ya que de no ser así esto será causa de terminación anticipada que podrá
demandar “EL ARRENDADOR”.
2.- A no subarrendar dicha casa, ni parte de ella.
3.- A no hacer mejoras, ni cambioalgunoenla misma, sinconsentimientoprevio ypor escritode “EL ARRENDADOR”.
4.-A dejar en beneficio de la casa las mejoras que hiciera y a no cobrar a “EL ARRENDADOR” por ellas ni por las recomposiciones , ni por
reparacionescantidadalguna, renunciando “EL ARRENDATARIO” al efecto en cuantole favorezcan.
5.- A dar avisoa “EL ARRENDADOR” de toda novedadperjudicial para la casa.
6.- A ocupar personalmente la casa arrendadoya destinarloexclusivamente para casa habitación
7-. A conservar la casa y sus servicios y demás anexos de la misma y a devolver en las mismas buenas condiciones en que la recibe al
momentode firmar este documentocontractual.
8.- A respetar el reglamento interno de la residencial , para el buen conviviovecinal.
9.- A cumplir con todaslasdemásobligaciones que el CódigoCivil del Estadode Quintana Roo que impone a los Arrendatarios.
Décima Tercera:
-Seráncausa de rescisiónde este Contrato, ademásde lasseñaladas enel artículo273 del Código Civil de Quintana Roo, las siguientes:
1.- La falta de pago oportuno de dos meses de renta así como de cualquier otro concepto adicional que corresponda, conforme a lo
establecidoenel presente instrumento.
2.- La muerte de “EL ARRENDADOR” o de “EL ARRENDATARIO”.
3.- La transmisióndel derechode propiedaddel inmueble, por cualquier motivo.
4.- El hechode que “EL ARRENDATARIO” no ocupe personalmente la casa.
5.- La falta de cumplimientoa cualquiera de las obligaciones de “EL ARRENDATARIO” asumidas al amparodel presente contrato.
Décima Cuarta:
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-Todas las notificaciones o avisos que se tengan que dar Partes en cumplimiento a lo previsto en este Contrato se considerarán
oficialmente entregadas cuando se hagan personalmente, con firma recibido, a los representantes autorizados al efecto, y deberán
dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones del presente contrato, pudiendo variarlos en cualquier momento previa
notificaciónpor escritoque al efecto se haga conforme a lo previsto eneste Contrato.
Décima Quinta:
-El presente contrato y sus anexos deberán ser ratificados ante Notario Público de la elección del “EL ARRENDADOR” y homologados por
Juez competente en concepto y bajo los términos de una transacción para evitar y prevenir futuras controversias, en los términos
dispuestos porlos artículos 3134, 3141, 3149, 3150 y demás relativos del Código Civil para el Estado de Quintana Roo, por lo que una vez
homologados por el Juez competente, el mismo contrato y anexos, tendrán los efectos entre las partes y la misma eficacia y validez al de
cosa juzgada, obligándose las partes a estar y pasar por ella en los términos consignados en el artículo 3141 del Código Civil para el Estado
de Quintana Roo.
Décima Sexta:
-Ambas partes convienen en este acto, que la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Contrato será aplicable la legislación
vigente del Estado de Quintana Roo y Tribunales en la Ciudad de Cancún Quintana Roo, renunciando a la Jurisdicción o Fuero que porla
razón de sudomicilioactual o futuro, o por cualquier otra cosa, pudiere corresponderles.
Leído que fue el presente contrato por las partes y debidamente enteradas de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado a su
entera conformidad los involucrados y dos (2) testigos, en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, el día LUNES 28 DE SEPTIEMBRE DEL
2015.
-Se anexan los siguientes documentos:
1. Copia de identificaciones oficiales(ife)
2. Inventariode la casa
3. Fotos comprobatoriasdel estado físico de la casa yaccesorios
“EL ARRENDADOR” “EL ARRENDATARIO”
_______________________________ _______________________________
C. MARIA DEL ROSARIO VERA CERVANTES C. TAMMY GUERRERO AMARO
“TESTIGO 1” “TESTIGO 2”
_______________________________ _______________________________
C. ANNAKAREN JIMENEZ VERA C. ERIK ALEXANDER HERNANDEZ NUÑEZ
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  • 1. CONTRATO ARRENDAMIENTO CANTABRIA FOLIO N° RC2015/001 Página 1 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, DESOCUPACION Y ENTREGA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SEÑORA MARIA DEL ROSARIO VERA CERVANTES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ARRENDADOR” Y POR LA OTRA PARTE LA C. TAMMY GUERRERO AMARO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ARRENDATARIO” LOS CUALES ESTAN DE ACUERDO EN SUJETARSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: Declaraciones: I. Declaran “EL ARRENDADOR”: A) Llamarse como ha quedado escrito, ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, al corriente en la manifestación y pago de sus obligaciones fiscales, sin comprobarlo y con domicilio para oír y recibir notificaciones en el Lote 11 de la Región 100, Manzana 02, de la ciudad Cancún, Quintana Roo. B) Que es legítimo propietario del inmueble, mismo que se encuentra ubicado en la Smz 97 Manzana 3 Lote 87 Calle Madrid RESIDENCIAL CANTABRIA en Cancún, Quintana Roo. C) Que está de acuerdoenotorgar enarrendamientoa “EL ARRENDATARIO” el inmueble señaladoenel párrafoanterior. II. Declara “EL ARRENDATARIO”: A) Llamarse como ha quedado escrito, ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, al corriente en la manifestación y pago de sus obligaciones fiscales, sin comprobarlo y con domicilio para oír y recibir notificaciones en la la Smz 97 Manzana 3 Lote 87 Calle Madrid FRACIONANMIENTO CANTABRIA en Cancun, Quintana Roo. B) Que es su deseo celebrar el presente Contrato de Arrendamiento, Desocupación y Entrega con “EL ARRENDADOR” respecto de “la casa 87 ” descritoenel incisoB, de la DeclaraciónI que antecede. III. Las Partes Declaran: A) Que se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad con la que comparecen a la celebración del presente Contrato, estando facultados para obligarse en los términos ycondicionesque en el presente Instrumento se precisan. B) Que deseancelebrar el presente Contrato de Arrendamiento, DesocupaciónyEntrega de acuerdoal contenido de las siguientes: C l á u s u l a s : Primera: - “EL ARRENDADOR” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO” y éste recibe en tal concepto a su entera satisfacción, “ la casa 87” descrito en el inciso B, de la Declaración I, del presente Instrumento, el cual se tiene por íntegramente reproducido como si a la letra se insertase. Segunda: A. Ambas partes convienen en que el precio de la renta mensual durante la vigencia del presente contrato de arrendamiento deberá ser cubierta por “EL ARRENDATARIO” en el domicilio de “EL ARRENDADOR” y será la cantidad de $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 Moneda Nacional), contando condos (2) díasde gracia para realizar el pago. B. “EL ARRENDATARIO” deberá cubrir la cantidad por concepto de renta mensual arriba mencionada en el párrafo A de la clausula segunda, todos los días veintiocho de cada mes. En el domicilio del Arrendador o en su caso a través de transferencia bancaria a la cuenta número_______________________ a nombre de ________________ de ___________. C. Si “EL ARRENDATARIO” no cubriere la renta convenida en el monto y forma establecida en el párrafo A de la clausula segunda, se obliga adicionalmente a pagar a “EL ARRENDADOR” a título de intereses moratorios al tipo de 10% mensual, siendo la cantidadde $700.00 al momento de pagar la mensualidadvencida. Tercera: -“EL ARRENDATARIO” conviene en que no podrá retener el pago del precio de la renta estipulada, ni ningún otro concepto adicional, ya sea judicial o extrajudicialmente. Cuarta: -“EL ARRENDATARIO” no podrá ceder total o parcialmente, temporal o definitivamente los derechos yobligaciones derivados del presente Contrato, ni subarrendar totalo parcialmente “LACASA87”, ni a título de comodato, concesión o cualquier otra figura jurídica.
  • 2. CONTRATO ARRENDAMIENTO CANTABRIA FOLIO N° RC2015/001 Página 2 Quinta: -La vigencia del presente contrato será por 12 meses para ambas partes, iniciando el dia LUNES 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2015 y concluyendo el día MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 adicionalmente las partes convienen que “EL ARRENDADOR” no estará obligado a prorrogar el presente contrato. Queda obligado “EL ARRENDATARIO” a desocupar y a entregar la casa arrendado a “EL ARRENDADOR” al vencimiento del contrato señalado en el párrafo anterior y en caso de que llegado éste continúe ocupándola, se entenderá que lo estará haciendo contra la oposición expresa de “EL ARRENDADOR”, renunciando por lo mismo desde ahora “EL ARRENDATARIO” a cualquier derecho sobre prórroga o renovacióndel contrato. Ambas partes han acordado que en caso de que “EL ARRENDATARIO” no desocupe el inmueble arrendado a más tardarel día miércoles 29 de SEPTIEMBRE del 2016, este pagará a “EL ARRENDADOR” a título de pena convencional por el simple retraso en la entrega del inmueble la cantidad de $7,000.00 (Siete mil pesos 00/100 M.N.) por cada mes que transcurra, sin que ello signifique prórroga o espera, pudiendo “EL ARRENDADOR” ejercitar los derechos y acciones que le competan de conformidad con el presente contrato y las leyes correspondientes. Sexta: - “DEPOSITO EN GARANTÍA. A la fecha de firma del presente Contrato, el Arrendatario entrega al Arrendador por conceptode depósitoen garantía la cantidadde $ 7,000.00 (SIETE MIL Pesos, Moneda Nacional), equivalente a 1 mes(es)de renta. En casode variaciónenel monto de la renta, este depósitose ajustará dentro de los cincodías siguientes, para que siempre corresponda a 1 mes(es) de la renta envigor. Las partes acuerdan que el Arrendador no aplicará el depósito al pago de cualquier mensualidad vencida,o al pago de cualquier otra obligación incumplida por el Arrendatario ya que dicho depósito no podrá utilizarsepara compensar la falta de pago de los anteriores conceptos. Tampoco podrá el Arrendatario dejar de pagar rentas,basado en que las mismas quedarán cubiertas con el mencionado depósito. El Arrendatario autoriza expresamente al Arrendador a conservar dicho depósito (liberándolo dela obligación dedepositarlo judicialmente) durante un plazo de sesenta días posteriores a que haya desocupado y entregado el Inmueble, autorizando en este acto el Arrendatario al Arrendador a que éste haga uso del monto del depósito para aquellos arreglospor deterioros en el Inmueble no derivados de su uso normal por parte del Arrendatario. Transcurrido esteplazo,el Arrendador devolverá al Arrendatario el mencionado depósito sin interés ni rendimiento financiero alguno,siemprey cuando éste no se hubiere ocupado en arreglar deterioros en el Inmueble no causados por su uso normal o no existiereningún saldo pendiente por servicios a cargo del Arrendatario o por cualquier otro concepto. Séptima: “EL ARRENDATARIO” se compromete a responder por cualquier daño que la casa arrendado sufra durante el periodo de arrendamiento ya sea por actos u omisiones de él y/o de las personas a quienes haya permitido el acceso a la misma, no deberá “EL ARRENDATARIO” utilizarla para fin distinto al de casa habitación ni podrá variar su forma original, ni podrá subarrendar ni conceder a otras personas derecho algunosobre ellaa menos que exista el consentimientoprevioypor escritode “EL ARRENDADOR”. Octava: -“EL ARRENDATARIO” cubrirá todos los gastos de reparaciones que sean necesarias para mantener la casa en buen estado, por su parte. Bajo ningúnconceptopodrá “EL ARRENDATARIO” retener lasrentas. “EL ARRENDADOR” no se obliga a haceren la casa arrendado recomposición, ni mejora alguna, sin embargo “EL ARRENDADOR” podrá hacer lasreparacionesque le convengancuando lojuzgue necesario, a suabsoluta discreción.
  • 3. CONTRATO ARRENDAMIENTO CANTABRIA FOLIO N° RC2015/001 Página 3 Novena: -Los pagos de servicios tales como teléfonos, luz, agua, cablevisión, cuota de mantenimiento y cualquier otro servicio que “EL ARRENDATARIO” desee contratar, serán liquidados porél, el impuesto predial será cubierto por “EL ARRENDADOR”. También serán por cuenta de “EL ARRENDATARIO” todas las exigencias de salubridad y sus infracciones, renunciando en lo que le favorezcan el Código Civil para el Estadode Quintana Roo. Décima: -Toda remodelación o mejora que desee “EL ARRENDATARIO” efectuar en el inmueble arrendado deberá hacerse con el consentimiento por escrito de “EL ARRENDADOR”, y deberá entregarse, al término del arrendamiento, en las mismas condiciones en que originalmente “EL ARRENDATARIO” lo recibió. Además dichas remodelaciones o mejoras, deberán quedar en beneficio de la misma si así lo autoriza “EL ARRENDADOR”. “EL ARRENDATARIO” renuncia expresamente mediante esta cláusula al derecho del tanto y de preferencia a que se refieren el Código Civil del Estado de Quintana Roo, en caso de que “EL ARRENDADOR” deseare vender la casa arrendado, quedando por lo tanto facultado “EL ARRENDADOR” podrá vender la casa al mejor postor sin que tenga que pagar daños yperjuicios a “EL ARRENDATARIO”. Décima primera: -Serána cargo de “EL ARRENDADOR” las siguientes obligaciones: A) No estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso de “LACASA 87” salvo por causasde reparacionesurgentes e indispensables. B) A cumplir oportunamente con las demás obligaciones que él Código Civil vigente para el Estado de Quintana Roo, le impone a “EL ARRENDADOR”. Décima Segunda: -Serána cargo de “EL ARRENDATARIO” las siguientes obligacionesconvencionales: 1.- A pagar cumplidamente la renta mensual estipulada, ya que de no ser así esto será causa de terminación anticipada que podrá demandar “EL ARRENDADOR”. 2.- A no subarrendar dicha casa, ni parte de ella. 3.- A no hacer mejoras, ni cambioalgunoenla misma, sinconsentimientoprevio ypor escritode “EL ARRENDADOR”. 4.-A dejar en beneficio de la casa las mejoras que hiciera y a no cobrar a “EL ARRENDADOR” por ellas ni por las recomposiciones , ni por reparacionescantidadalguna, renunciando “EL ARRENDATARIO” al efecto en cuantole favorezcan. 5.- A dar avisoa “EL ARRENDADOR” de toda novedadperjudicial para la casa. 6.- A ocupar personalmente la casa arrendadoya destinarloexclusivamente para casa habitación 7-. A conservar la casa y sus servicios y demás anexos de la misma y a devolver en las mismas buenas condiciones en que la recibe al momentode firmar este documentocontractual. 8.- A respetar el reglamento interno de la residencial , para el buen conviviovecinal. 9.- A cumplir con todaslasdemásobligaciones que el CódigoCivil del Estadode Quintana Roo que impone a los Arrendatarios. Décima Tercera: -Seráncausa de rescisiónde este Contrato, ademásde lasseñaladas enel artículo273 del Código Civil de Quintana Roo, las siguientes: 1.- La falta de pago oportuno de dos meses de renta así como de cualquier otro concepto adicional que corresponda, conforme a lo establecidoenel presente instrumento. 2.- La muerte de “EL ARRENDADOR” o de “EL ARRENDATARIO”. 3.- La transmisióndel derechode propiedaddel inmueble, por cualquier motivo. 4.- El hechode que “EL ARRENDATARIO” no ocupe personalmente la casa. 5.- La falta de cumplimientoa cualquiera de las obligaciones de “EL ARRENDATARIO” asumidas al amparodel presente contrato. Décima Cuarta:
  • 4. CONTRATO ARRENDAMIENTO CANTABRIA FOLIO N° RC2015/001 Página 4 -Todas las notificaciones o avisos que se tengan que dar Partes en cumplimiento a lo previsto en este Contrato se considerarán oficialmente entregadas cuando se hagan personalmente, con firma recibido, a los representantes autorizados al efecto, y deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones del presente contrato, pudiendo variarlos en cualquier momento previa notificaciónpor escritoque al efecto se haga conforme a lo previsto eneste Contrato. Décima Quinta: -El presente contrato y sus anexos deberán ser ratificados ante Notario Público de la elección del “EL ARRENDADOR” y homologados por Juez competente en concepto y bajo los términos de una transacción para evitar y prevenir futuras controversias, en los términos dispuestos porlos artículos 3134, 3141, 3149, 3150 y demás relativos del Código Civil para el Estado de Quintana Roo, por lo que una vez homologados por el Juez competente, el mismo contrato y anexos, tendrán los efectos entre las partes y la misma eficacia y validez al de cosa juzgada, obligándose las partes a estar y pasar por ella en los términos consignados en el artículo 3141 del Código Civil para el Estado de Quintana Roo. Décima Sexta: -Ambas partes convienen en este acto, que la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Contrato será aplicable la legislación vigente del Estado de Quintana Roo y Tribunales en la Ciudad de Cancún Quintana Roo, renunciando a la Jurisdicción o Fuero que porla razón de sudomicilioactual o futuro, o por cualquier otra cosa, pudiere corresponderles. Leído que fue el presente contrato por las partes y debidamente enteradas de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado a su entera conformidad los involucrados y dos (2) testigos, en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, el día LUNES 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2015. -Se anexan los siguientes documentos: 1. Copia de identificaciones oficiales(ife) 2. Inventariode la casa 3. Fotos comprobatoriasdel estado físico de la casa yaccesorios “EL ARRENDADOR” “EL ARRENDATARIO” _______________________________ _______________________________ C. MARIA DEL ROSARIO VERA CERVANTES C. TAMMY GUERRERO AMARO “TESTIGO 1” “TESTIGO 2” _______________________________ _______________________________ C. ANNAKAREN JIMENEZ VERA C. ERIK ALEXANDER HERNANDEZ NUÑEZ
  • 5. CONTRATO ARRENDAMIENTO CANTABRIA FOLIO N° RC2015/001 Página 5