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DEONTOLOGÍA

EDEL ALEJANDRO PALAZUELOS GUERRERO
Deontología

 La palabra deontología es una neologismo que
 significa tratado de los deberes y derechos.
      “Diccionario Pequeño Larousse Ilustrado, 2003”

 Se ocupa principalmente de cuales son los deberes u
 obligaciones de todos aquellos que ejercen la misma
 profesión.
Deontología

 Carlos Arellano García afirma:


“la palabra deontología podría ser útil para aludir a los
   deberes que emergen de la ética profesional, pero
resulta una expresión mas amplia, pues generalmente
 la empleamos para establecer una comparación entre
               el “ser” y el “deber ser”.
Deontología

 Procede etimológicamente del griego “Deon,
  genitivo: Deontos= Lo que es necesario, preciso o
  debido; deber, obligación. Es decir, tratado del
  deber.
 El termino fue introducido a principios del siglo XIX
  por el filósofo ingles Jeremy Bentham.

 Cuando se aplica a una profesión definida se refiere
 al conocimiento de lo que es justo y conveniente para
 el ejercicio de la profesión.
¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?

 No, la confusión se debe a que coinciden en algunos
  aspectos, ya que las dos se fundan sobre una base
  exquisitamente moral y de conciencia.
 La deontología se refiere a las Reglas y Normas que regulan
  el ejercicio de la profesión. Estas reglas NO SE
  DISCUTEN deben respetarse en el ejercicio, y la falta de
  respeto se sanciona.
 Se expresan en los deberes y obligaciones a través de leyes,
  decretos etc.

 Por ejemplo: Tener titulo para ejercer. Hacer una
  residencia para obtener el titulo de especialista etc.
¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?

 Ética sin embargo, aunque su etimología se refiere a
 “Costumbres”, (costumbre de lo que es bueno y
 conveniente) va más allá de la deontología y se ocupa
 de aspectos en los que ésta (la deontología) fracasa
 para dar las respuestas necesarias.

 La ética, a diferencia de la deontología ES
 DISCUTIBLE ya que juega un rol fundamental la
 conciencia de cada uno, la experiencia, el instinto, la
 formación moral, el sentido de las cosas bien hechas,
 el sentido de lo que se puede y de lo que se debe.
¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?

 Como vemos estos aspectos son estrictamente
  personales, difieren de profesional a profesional ya
  que admite tantas visiones diferentes como personas
  diferentes existen.
 Por tal motivo no pueden dictarse reglas y normas,
  solo pueden hacerse declaraciones como la de
  Ginebra, de Helsinki, de Sydney etc. Pueden ser
  propuestas mediante códigos que se podrán aceptar
  o no (código de ética) pero nunca impuestas como
  normas o reglas.
¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?

 Muchos conceptos están en permanente revisión y se
 tratan en comités interdisciplinarios.

 Por ejemplo: Experimentación con humanos,
 Procreación artificial, clonación, madres de alquiler,
 ingeniería genética etc.
ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?




 Hasta los años 70 era prácticamente lo mismo hasta
 que, debido a los avances de la ciencia en general y
 de la biología molecular en particular, surgió la
 necesidad de separarlos.
ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?

 La Ética Médica se centra en la relación Médico –
  Paciente y Médico - médico.
 En sentido riguroso se interesa en aconsejar respecto
  de las conductas, prácticas y actitudes que debe tener
  el Médico en el ejercicio de profesión y en el uso de
  su ciencia y su conciencia para que estas se
  enmarquen en un contexto moral que se supone
  como “ideal”.
 Este supuesto “ideal” se sustenta en las sanas
  costumbres, en el sentido común y en principios ya
  aceptados o indiscutibles.
ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?

 La Bioética se centra en la investigación y en el
  progreso biomédico.
 Aplicado al ejercicio de la medicina, el vocablo fue
  usado por primera vez en 1803 por Thomas
  Percival.
 La bioética surge de la ética médica y supone un
  intento de conseguir un enfoque secular,
  interdisciplinario, prospectivo, global y sistemático
  de todas las cuestiones éticas que conciernen a la
  investigación sobre el ser humano y en especial a la
  biología y la medicina.
ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?

 En otras palabras podríamos decir que es la ética
 aplicada a las cuestiones planteadas por el progreso
 biomédico (Durand).

 Esta intervención técnica del hombre sobre su propia
 vida debe quedar sujeto a los principios elementales
 de la bioética que son: el respeto a la vida humana y
 el de la autodeterminación de la persona.
ANTECEDENTES

 El Consejo Internacional de Enfermeras     (CIE)
 adoptó por primera vez un Código internacional de
 ética para enfermeras en 1953.

 En 1989 el Consejo General de Enfermería aprobó
 las normas deontológicas que ordenan el ejercicio de
 la profesión, las cuales tendrán carácter de
 obligatorias.
ANTECEDENTES

 Código internacional de ética para enfermeras tendrá
 significado como documento vivo si se aplica a las
 realidades de la enfermería y de la atención de salud
 en una sociedad cambiante.
 En enfermería, cada país debe tener un código
  deontológico.
 El código deontológico nacional es un elemento vivo,
  basado en una ética inspirada en el bienestar de las
  personas, para las que actuamos profesionalmente;
  convencidos que contribuiría a mantener un nivel
  profesional y un status social digno de nuestra
  profesión.
 El establecimiento de un código deontológico que
 sirva de marco para el ejercicio profesional ha de
 partir, necesariamente, de un marco conceptual que
 unifique y determine los conceptos que sobre el
 hombre, la sociedad, la salud y la propia enfermería
 tengan los profesionales que lo ejerzan.
Deberes fundamentales de Enfermeria

 Deberes fundamentales:


 Promover la salud


 Prevenir la enfermedad


 Restaurar la salud y


 Aliviar el sufrimiento
ELEMENTOS DEL CÓDIGO

 La enfermera y las personas
 La enfermera y la práctica
 La enfermera y la profesión
 La enfermera y sus compañeros de trabajo
Capitulo I
 Ámbito de aplicación (Art. 1 al 3)
 Se dispone la obligatoriedad del cumplimiento de
 todas las disposiciones contenidas en el código y
 también se determinan como función primordial
 del consejo general y de los colegios exigir el
 cumplimiento de los deberes recogidos en el
 código.
Capitulo II
 La enfermería y el ser humano, deberes de las
  enfermeras/ros. (Art 4 al 13)
 Se hace referencia al deber de la enfermera a
  respetar los derechos humanos y la libertad de
  elección del paciente, a la necesidad de obtener el
  son sentimiento previo y a informar al paciente.
 En el resto de los artículos se pone de manifiesto
 el derecho al ser humano a la vida, a la protección
 de la salud, a su intimidad y a no ser discriminado
 por ninguna razón.
Capitulo IV
 La enfermera ante la sociedad (Art. 23 al 30)
 Se hace exclusiva referencia al medio ambiente.
Capitulo V
 Promoción de la salud y bienestar social.
 (Art 31 al 34)
 Colaboración de las enfermeras en la promoción
  de la salud y en el reconocimiento del derecho del
  grupo social a participar en las decisiones que le
  conciernen
Capitulo VI
 La enfermera y los distintos físicos, psíquicos e
 incapacitados. (Art. 35 al 37)
Esta obligada a esforzarse en la identificación de
 las causas principales de las incapacidades a fin de
 prevenirlas, curarlas o rehabilitarlas, debiendo al
 mismo tiempo colaborar con organismos,
 instituciones o asociaciones que tengan la
 finalidad de la creación y desarroll0o de servicios
 de prevención y atención a minusválidos e
 incapacitados.
Capitulo VII
 El personal de enfermería y el derecho del niño a
  crecer en salud y dignidad, como obligación ética y
  responsabilidad social. (art. 38 al 42)
 Tiene la obligación de respetar los derechos del
  niño y promover el bienestar familiar para que los
  niños sean deseados, a la vez que debe contribuir,
  mediante su trabajo, a que los niños tengan
  adecuada alimentación, vivienda, educación… por
  otro lado, debe procurar la reinserción o adopción
  del los niños abandonados.
Capitulo VIII
 La enfermería ante el derecho a una ancianidad
  mas digna, saludable y feliz como contribución
  ética y social al desarrollo armonioso de la
  sociedad. (art 43 al 46)
 Obliga a la enfermera a incluir en sus programas
  de educación la atención integral al anciano. Que
  se denomina “Enfermería Geriátrica”.
Capitulo IX
El personal de enfermería ante el derecho que toda
 persona tiene a la libertad y seguridad y a ser
 reconocidos, tratados y respetados como seres
 humanos. (art 47 al 51)
Podrían estar incluidos en el capitulo II
Capitulo X
 Normas comunes en el ejercicio de la profesión.
  (art. 47 al 51)
 Se encuentra de nuevo el respeto a la dignidad, la
  no distinción por razones sociales, económicas,
  etc. Y la salvaguarda de los derechos humanos.
 La enfermera no aceptara hacerse cargo de un
  cliente que esta siendo atendido por otro colega
  sin el previo consentimiento de este, excepto por
  una causa muy justificada y en caso de
  emergencia.
Capitulo XI
 La educación y la investigación de la enfermería.
  (art 69 al 75)
 Se recuerda la obligatoriedad del
  perfeccionamiento profesional a través de la
  formación continuada, así como el llevar a cabo
  investigaciones que ayuden a mejorar los cuidados
  de enfermería.
Capitulo XII
 Condiciones de trabajo (art. 76 al 80)
 Se dice que la enfermera que accede a puestos de
  relevancia o responsabilidad deberá tratar en
  todo momento con corrección a sus colegas.
 Si se detecta alguna deficiencia en las
  instituciones sanitarias que pueda influir
  negativamente sobre la salud de los pacientes, se
  debe comunicar y se tomaran acciones oportunas.
Capitulo XIII
 Participación del personal de enfermería en la
  planificación sanitaria. (art. 81 al 84)
 Se obliga a participar en la planificación sanitaria,
  a nivel de los consejos de administración en que se
  deciden las políticas sanitarias.
 Se recuerda la obligatoriedad de ser responsables
  de los servicios de enfermería que se dirigen.
Normas adicionales
 Estas 6 normas adicionales hacen referencia a
 una serie de deberes que tiene la organización
 colegial en todos sus ámbitos, así como el
 recordatorio de la aplicación de las medidas
 legales a su alcance para quien no cumpa lo
 obligado en el código.
PRIMERA
 Se cumple una          • El Consejo General de
 efectiva calidad de       Enfermería asume la
 los servicios de          responsabilidad de:
 enfermería.
                              Preservar la autonomía
                                profesional y la auto
                         reglamentación en el control de
                            las condiciones de trabajo,
                          velando porque los estándares
                              éticos de la profesión se
                             mantengan actualizados.
SEGUNDA

 El Consejo General y los Colegios Profesionales de
 Enfermería deben prestar continua atención a los
 derechos, necesidades e intereses legítimos de los
 profesionales de Enfermería y de las personas que
 reciben sus cuidados.
TERCERA

 El Consejo General y los Colegios Profesionales de
 Enfermería deben adoptar actitud abierta a las
 diferentes corrientes que circulan en la profesión,
 siempre que redunde en una mejor calidad en la
 atención y cuidados hacia la salud de todos los
 ciudadanos.
CUARTA

 Con el fin de asegurar el respeto y la armonía
 profesional entre todos sus miembros, es esencial
 que exista una comunicación y colaboración
 constante entre el Consejo General, los Colegios
 Profesionales y cualquier otra Asociación de
 Enfermería.
QUINTA

 El Consejo General de Enfermería asume la
 responsabilidad de velar por los valores éticos de la
 Profesión, arbitrando las acciones pertinentes.
SEXTA

 Incurrirán en responsabilidad disciplinaria
  aquellos que por comisión, omisión o simple
  negligencia en el cumplimiento de sus funciones,
  se conduzcan en forma contraria a las
  disposiciones de este Código o de cualquier otra
  norma de obligado cumplimiento en materia ética
  o deontológica o permitan, con su abstención u
  omisión, que otros lo hagan sin aplicar las
  medidas legales a su alcance, en defensa de las
  reglas y preceptos éticos y deontológicos de la
  Enfermería.
El objetivo principal de la enfermería es el cuidado de la
salud del ser humano considerado con todos sus valores,
potencialidades y debilidades, mismos que son valorados
junto con las experiencias que la persona está enfrentando
en el momento que ha perdido su salud, la enfermera le
ayuda a entender y tener conocimiento de la situación, con
lo que le permite incorporar y confrontar sus valores en
situaciones adversas.
Beneficencia y no maleficencia
Justicia
Autonomía
Valor fundamental de la vida humana
Privacidad
Fidelidad
Veracidad
Confiabilidad
Solidaridad
Tolerancia
Terapéutico de totalidad
Doble efecto
DISPOSICIONES GENERALES

 Artículo primero.-
  El presente Código norma la conducta de la
 enfermera en sus relaciones con la ciudadanía, las
 instituciones, las personas que demandan sus
 servicios, las autoridades, sus colaboradores, sus
 colegas y será aplicable en todas sus actividades
 profesionales.
DEBERES PARA CON LAS PERSONAS


 Artículo segundo.- Respetar la vida, los derechos
 humanos y por consiguiente el
 derecho a la persona a decidir tratamientos y
 cuidados una vez informado.

 Artículo tercero.- Mantener una relación
 estrictamente profesional con la
 persona, en un ambiente de respeto mutuo y de
 reconocimiento de su dignidad,
 valores, costumbres y creencias.
 Artículo cuarto.- Proteger la integridad de la
 persona ante cualquier afectación ocasionada por
 la mala práctica de cualquier miembro del equipo
 de salud.

 Artículo quinto.- Mantener una conducta honesta y
 leal; conducirse con una actitud de veracidad y
 confidencialidad salvaguardando en todo momento
 los intereses de la persona.
 Artículo sexto.- Comunicar a la persona los riesgos cuando
  existan, y los límites que tiene el secreto profesional ante
  circunstancias que impliquen mala intención o daño a
  terceros.

 Artículo séptimo.- Fomentar una cultura de autocuidado de la
  salud, con un enfoque anticipatorio y de prevención del daño,
  y propiciar un entorno seguro que prevenga riesgos y proteja a
  la persona.
 Artículo octavo.- Otorgar a la persona cuidados libres de
  riesgos, manteniendo un nivel de salud física, mental y social
  que no comprometa su capacidad.

 Artículo noveno.- Acordar, si fuera el caso, los honorarios que
  con motivo del desempeño de su trabajo percibirá, teniendo
  como base para determinarlo el principio de la voluntad de las
  partes, la proporcionalidad, el riesgo de exposición, tiempo y
  grado de especialización requerida.
DEBERES COMO PROFESIONISTAS

 Artículo décimo.- Aplicar los conocimientos
 científicos, técnicos y humanísticos
 debidamente actualizados en el desempeño de su
 profesión.

 Artículo décimo primero.- Asumir la responsabilidad
  de los asuntos inherentes a su profesión, solamente
  cuando tenga la competencia, y acreditación
  correspondiente para atenderlos e indicar los alcances
  y limitaciones de su trabajo
 Artículo décimo segundo.- Evitar que persona alguna
  utilice su nombre o cédula
  profesional para atender asuntos inherentes a su
  profesión.
 Artículo décimo tercero.- Contribuir al
  fortalecimiento de las condiciones de
  seguridad e higiene en el trabajo.
 Artículo décimo cuarto.- Prestar sus servicios margen
 de cualquier tendencia racista, elitista, sexista,
 política o bien por la naturaleza de la enfermedad.

 Artículo décimo quinto.- Ofrecer servicios de calidad
 avalados mediante la certificación periódica de sus
 conocimientos y competencias.
 Artículo décimo sexto.- Ser imparcial, objetiva y
 ajustarse a las circunstancias en las que se dieron los
 hechos, cuando tenga que emitir opinión o juicio
 profesional en cualquier situación o ante la autoridad
 competente.

 Artículo décimo sétimo.- Actuar con juicio crítico en
 la aplicación de las normas instituciones, tomando
 en cuenta la objeción de su conciencia.
DEBERES PARA CON DEMAS PERSONAL


 Artículo décimo octavo.- Compartir con objetividad
 sus conocimientos y experiencias a estudiantes y
 colegas de su profesión.

 Artículo décimo noveno.- Dar crédito a sus colegas,
 asesores y colaboradores en los trabajos elaborados
 individual conjuntamente evitando la competencia
 desleal.
 Artículo vigésimo.- Ser solidaria con sus colegas en
 todos aquellos aspectos considerados dentro de las
 normas éticas.

 Artículo vigésimo primero.- Respetar la opinión de
 sus colegas y cuando haya oposición de ideas
 consultar fuentes de información fidedignas y
 actuales o buscar asesoría de expertos.
 Artículo vigésimo segundo.- Mantener una relación
 de respeto y colaboración con colegas, asesores y
 otros profesionistas; y evitar lesionar el buen nombre
 y prestigio de éstos.
DEBERES PARA CON SU PROFESION


 Artículo vigésimo tercero.- Mantener el prestigio de
 su profesión, mediante el buen desempeño del
 ejercicio profesional.

 Artículo vigésimo cuarto.- Contribuir al desarrollo de
 su profesión a través de diferentes estrategias,
 incluyendo la investigación de su disciplina.
 Artículo vigésimo quinto.- Demostrar lealtad a los
 intereses legítimos de la profesión mediante su
 participación colegiada.
DEBERES PARA CON LA SOCIEDAD


 Artículo vigésimo sexto.- Prestar servicio social
 profesional por convicción solidaria y conciencia
 social.

 Artículo vigésimo séptimo.- Poner a disposición de la
 comunidad sus servicios profesionales ante cualquier
 circunstancia de emergencia.
 Artículo vigésimo octavo.- Buscar el equilibrio entre
 el desarrollo humano y la conservación de los
 recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a
 los derechos de las generaciones futuras.
La observancia del Código de Etica, para el personal
 de enfermería nos compromete a:

 1. Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos,
 manteniendo una conducta honesta y leal en el
 cuidado de las personas.
 2. Proteger la integridad de las personas ante
 cualquier afectación, otorgando cuidados de
 enfermería libres de riesgos.

 3. Mantener una relación estrictamente profesional
 con las personas que atiende, sin distinción de raza,
 clase social, creencia religiosa y preferencia política.
 4. Asumir la responsabilidad como miembro del
 equipo de salud, enfocando los cuidados hacia la
 conservación de la salud y prevención del daño.

 5. Guardar el secreto profesional observando los
 límites del mismo, ante riesgo o daño a la propia
 persona o a terceros.
 8. Asumir el compromiso responsable de actualizar y
 aplicar los conocimientos científicos, técnicos y
 humanísticos de acuerdo a su competencia
 profesional.

 9. Pugnar por el desarrollo de la profesión y
 dignificar su ejercicio.

 10. Fomentar la participación y el espíritu de grupo
 para lograr los fines profesionales.

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Deontología

  • 2. Deontología  La palabra deontología es una neologismo que significa tratado de los deberes y derechos. “Diccionario Pequeño Larousse Ilustrado, 2003”  Se ocupa principalmente de cuales son los deberes u obligaciones de todos aquellos que ejercen la misma profesión.
  • 3. Deontología  Carlos Arellano García afirma: “la palabra deontología podría ser útil para aludir a los deberes que emergen de la ética profesional, pero resulta una expresión mas amplia, pues generalmente la empleamos para establecer una comparación entre el “ser” y el “deber ser”.
  • 4. Deontología  Procede etimológicamente del griego “Deon, genitivo: Deontos= Lo que es necesario, preciso o debido; deber, obligación. Es decir, tratado del deber.  El termino fue introducido a principios del siglo XIX por el filósofo ingles Jeremy Bentham.  Cuando se aplica a una profesión definida se refiere al conocimiento de lo que es justo y conveniente para el ejercicio de la profesión.
  • 5. ¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?  No, la confusión se debe a que coinciden en algunos aspectos, ya que las dos se fundan sobre una base exquisitamente moral y de conciencia.  La deontología se refiere a las Reglas y Normas que regulan el ejercicio de la profesión. Estas reglas NO SE DISCUTEN deben respetarse en el ejercicio, y la falta de respeto se sanciona.  Se expresan en los deberes y obligaciones a través de leyes, decretos etc.  Por ejemplo: Tener titulo para ejercer. Hacer una residencia para obtener el titulo de especialista etc.
  • 6. ¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?  Ética sin embargo, aunque su etimología se refiere a “Costumbres”, (costumbre de lo que es bueno y conveniente) va más allá de la deontología y se ocupa de aspectos en los que ésta (la deontología) fracasa para dar las respuestas necesarias.  La ética, a diferencia de la deontología ES DISCUTIBLE ya que juega un rol fundamental la conciencia de cada uno, la experiencia, el instinto, la formación moral, el sentido de las cosas bien hechas, el sentido de lo que se puede y de lo que se debe.
  • 7. ¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?  Como vemos estos aspectos son estrictamente personales, difieren de profesional a profesional ya que admite tantas visiones diferentes como personas diferentes existen.  Por tal motivo no pueden dictarse reglas y normas, solo pueden hacerse declaraciones como la de Ginebra, de Helsinki, de Sydney etc. Pueden ser propuestas mediante códigos que se podrán aceptar o no (código de ética) pero nunca impuestas como normas o reglas.
  • 8. ¿ES LO MISMO DEONTOLOGIA QUE ETICA?  Muchos conceptos están en permanente revisión y se tratan en comités interdisciplinarios.  Por ejemplo: Experimentación con humanos, Procreación artificial, clonación, madres de alquiler, ingeniería genética etc.
  • 9. ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?  Hasta los años 70 era prácticamente lo mismo hasta que, debido a los avances de la ciencia en general y de la biología molecular en particular, surgió la necesidad de separarlos.
  • 10. ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?  La Ética Médica se centra en la relación Médico – Paciente y Médico - médico.  En sentido riguroso se interesa en aconsejar respecto de las conductas, prácticas y actitudes que debe tener el Médico en el ejercicio de profesión y en el uso de su ciencia y su conciencia para que estas se enmarquen en un contexto moral que se supone como “ideal”.  Este supuesto “ideal” se sustenta en las sanas costumbres, en el sentido común y en principios ya aceptados o indiscutibles.
  • 11. ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?  La Bioética se centra en la investigación y en el progreso biomédico.  Aplicado al ejercicio de la medicina, el vocablo fue usado por primera vez en 1803 por Thomas Percival.  La bioética surge de la ética médica y supone un intento de conseguir un enfoque secular, interdisciplinario, prospectivo, global y sistemático de todas las cuestiones éticas que conciernen a la investigación sobre el ser humano y en especial a la biología y la medicina.
  • 12. ETICA MEDICA Y BIOETICA ¿ES LO MISMO?  En otras palabras podríamos decir que es la ética aplicada a las cuestiones planteadas por el progreso biomédico (Durand).  Esta intervención técnica del hombre sobre su propia vida debe quedar sujeto a los principios elementales de la bioética que son: el respeto a la vida humana y el de la autodeterminación de la persona.
  • 13. ANTECEDENTES  El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) adoptó por primera vez un Código internacional de ética para enfermeras en 1953.  En 1989 el Consejo General de Enfermería aprobó las normas deontológicas que ordenan el ejercicio de la profesión, las cuales tendrán carácter de obligatorias.
  • 14. ANTECEDENTES  Código internacional de ética para enfermeras tendrá significado como documento vivo si se aplica a las realidades de la enfermería y de la atención de salud en una sociedad cambiante.
  • 15.  En enfermería, cada país debe tener un código deontológico.  El código deontológico nacional es un elemento vivo, basado en una ética inspirada en el bienestar de las personas, para las que actuamos profesionalmente; convencidos que contribuiría a mantener un nivel profesional y un status social digno de nuestra profesión.
  • 16.  El establecimiento de un código deontológico que sirva de marco para el ejercicio profesional ha de partir, necesariamente, de un marco conceptual que unifique y determine los conceptos que sobre el hombre, la sociedad, la salud y la propia enfermería tengan los profesionales que lo ejerzan.
  • 17. Deberes fundamentales de Enfermeria  Deberes fundamentales:  Promover la salud  Prevenir la enfermedad  Restaurar la salud y  Aliviar el sufrimiento
  • 18. ELEMENTOS DEL CÓDIGO  La enfermera y las personas  La enfermera y la práctica  La enfermera y la profesión  La enfermera y sus compañeros de trabajo
  • 19. Capitulo I  Ámbito de aplicación (Art. 1 al 3)  Se dispone la obligatoriedad del cumplimiento de todas las disposiciones contenidas en el código y también se determinan como función primordial del consejo general y de los colegios exigir el cumplimiento de los deberes recogidos en el código.
  • 20. Capitulo II  La enfermería y el ser humano, deberes de las enfermeras/ros. (Art 4 al 13)  Se hace referencia al deber de la enfermera a respetar los derechos humanos y la libertad de elección del paciente, a la necesidad de obtener el son sentimiento previo y a informar al paciente.
  • 21.  En el resto de los artículos se pone de manifiesto el derecho al ser humano a la vida, a la protección de la salud, a su intimidad y a no ser discriminado por ninguna razón.
  • 22. Capitulo IV  La enfermera ante la sociedad (Art. 23 al 30)  Se hace exclusiva referencia al medio ambiente.
  • 23. Capitulo V  Promoción de la salud y bienestar social. (Art 31 al 34)  Colaboración de las enfermeras en la promoción de la salud y en el reconocimiento del derecho del grupo social a participar en las decisiones que le conciernen
  • 24. Capitulo VI  La enfermera y los distintos físicos, psíquicos e incapacitados. (Art. 35 al 37) Esta obligada a esforzarse en la identificación de las causas principales de las incapacidades a fin de prevenirlas, curarlas o rehabilitarlas, debiendo al mismo tiempo colaborar con organismos, instituciones o asociaciones que tengan la finalidad de la creación y desarroll0o de servicios de prevención y atención a minusválidos e incapacitados.
  • 25. Capitulo VII  El personal de enfermería y el derecho del niño a crecer en salud y dignidad, como obligación ética y responsabilidad social. (art. 38 al 42)  Tiene la obligación de respetar los derechos del niño y promover el bienestar familiar para que los niños sean deseados, a la vez que debe contribuir, mediante su trabajo, a que los niños tengan adecuada alimentación, vivienda, educación… por otro lado, debe procurar la reinserción o adopción del los niños abandonados.
  • 26. Capitulo VIII  La enfermería ante el derecho a una ancianidad mas digna, saludable y feliz como contribución ética y social al desarrollo armonioso de la sociedad. (art 43 al 46)  Obliga a la enfermera a incluir en sus programas de educación la atención integral al anciano. Que se denomina “Enfermería Geriátrica”.
  • 27. Capitulo IX El personal de enfermería ante el derecho que toda persona tiene a la libertad y seguridad y a ser reconocidos, tratados y respetados como seres humanos. (art 47 al 51) Podrían estar incluidos en el capitulo II
  • 28. Capitulo X  Normas comunes en el ejercicio de la profesión. (art. 47 al 51)  Se encuentra de nuevo el respeto a la dignidad, la no distinción por razones sociales, económicas, etc. Y la salvaguarda de los derechos humanos.  La enfermera no aceptara hacerse cargo de un cliente que esta siendo atendido por otro colega sin el previo consentimiento de este, excepto por una causa muy justificada y en caso de emergencia.
  • 29. Capitulo XI  La educación y la investigación de la enfermería. (art 69 al 75)  Se recuerda la obligatoriedad del perfeccionamiento profesional a través de la formación continuada, así como el llevar a cabo investigaciones que ayuden a mejorar los cuidados de enfermería.
  • 30. Capitulo XII  Condiciones de trabajo (art. 76 al 80)  Se dice que la enfermera que accede a puestos de relevancia o responsabilidad deberá tratar en todo momento con corrección a sus colegas.  Si se detecta alguna deficiencia en las instituciones sanitarias que pueda influir negativamente sobre la salud de los pacientes, se debe comunicar y se tomaran acciones oportunas.
  • 31. Capitulo XIII  Participación del personal de enfermería en la planificación sanitaria. (art. 81 al 84)  Se obliga a participar en la planificación sanitaria, a nivel de los consejos de administración en que se deciden las políticas sanitarias.  Se recuerda la obligatoriedad de ser responsables de los servicios de enfermería que se dirigen.
  • 32. Normas adicionales  Estas 6 normas adicionales hacen referencia a una serie de deberes que tiene la organización colegial en todos sus ámbitos, así como el recordatorio de la aplicación de las medidas legales a su alcance para quien no cumpa lo obligado en el código.
  • 33. PRIMERA  Se cumple una • El Consejo General de efectiva calidad de Enfermería asume la los servicios de responsabilidad de: enfermería. Preservar la autonomía profesional y la auto reglamentación en el control de las condiciones de trabajo, velando porque los estándares éticos de la profesión se mantengan actualizados.
  • 34. SEGUNDA  El Consejo General y los Colegios Profesionales de Enfermería deben prestar continua atención a los derechos, necesidades e intereses legítimos de los profesionales de Enfermería y de las personas que reciben sus cuidados.
  • 35. TERCERA  El Consejo General y los Colegios Profesionales de Enfermería deben adoptar actitud abierta a las diferentes corrientes que circulan en la profesión, siempre que redunde en una mejor calidad en la atención y cuidados hacia la salud de todos los ciudadanos.
  • 36. CUARTA  Con el fin de asegurar el respeto y la armonía profesional entre todos sus miembros, es esencial que exista una comunicación y colaboración constante entre el Consejo General, los Colegios Profesionales y cualquier otra Asociación de Enfermería.
  • 37. QUINTA  El Consejo General de Enfermería asume la responsabilidad de velar por los valores éticos de la Profesión, arbitrando las acciones pertinentes.
  • 38. SEXTA  Incurrirán en responsabilidad disciplinaria aquellos que por comisión, omisión o simple negligencia en el cumplimiento de sus funciones, se conduzcan en forma contraria a las disposiciones de este Código o de cualquier otra norma de obligado cumplimiento en materia ética o deontológica o permitan, con su abstención u omisión, que otros lo hagan sin aplicar las medidas legales a su alcance, en defensa de las reglas y preceptos éticos y deontológicos de la Enfermería.
  • 39. El objetivo principal de la enfermería es el cuidado de la salud del ser humano considerado con todos sus valores, potencialidades y debilidades, mismos que son valorados junto con las experiencias que la persona está enfrentando en el momento que ha perdido su salud, la enfermera le ayuda a entender y tener conocimiento de la situación, con lo que le permite incorporar y confrontar sus valores en situaciones adversas.
  • 40. Beneficencia y no maleficencia Justicia Autonomía Valor fundamental de la vida humana Privacidad Fidelidad Veracidad Confiabilidad Solidaridad Tolerancia Terapéutico de totalidad Doble efecto
  • 41. DISPOSICIONES GENERALES  Artículo primero.- El presente Código norma la conducta de la enfermera en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, las personas que demandan sus servicios, las autoridades, sus colaboradores, sus colegas y será aplicable en todas sus actividades profesionales.
  • 42. DEBERES PARA CON LAS PERSONAS  Artículo segundo.- Respetar la vida, los derechos humanos y por consiguiente el derecho a la persona a decidir tratamientos y cuidados una vez informado.  Artículo tercero.- Mantener una relación estrictamente profesional con la persona, en un ambiente de respeto mutuo y de reconocimiento de su dignidad, valores, costumbres y creencias.
  • 43.  Artículo cuarto.- Proteger la integridad de la persona ante cualquier afectación ocasionada por la mala práctica de cualquier miembro del equipo de salud.  Artículo quinto.- Mantener una conducta honesta y leal; conducirse con una actitud de veracidad y confidencialidad salvaguardando en todo momento los intereses de la persona.
  • 44.  Artículo sexto.- Comunicar a la persona los riesgos cuando existan, y los límites que tiene el secreto profesional ante circunstancias que impliquen mala intención o daño a terceros.  Artículo séptimo.- Fomentar una cultura de autocuidado de la salud, con un enfoque anticipatorio y de prevención del daño, y propiciar un entorno seguro que prevenga riesgos y proteja a la persona.
  • 45.  Artículo octavo.- Otorgar a la persona cuidados libres de riesgos, manteniendo un nivel de salud física, mental y social que no comprometa su capacidad.  Artículo noveno.- Acordar, si fuera el caso, los honorarios que con motivo del desempeño de su trabajo percibirá, teniendo como base para determinarlo el principio de la voluntad de las partes, la proporcionalidad, el riesgo de exposición, tiempo y grado de especialización requerida.
  • 46. DEBERES COMO PROFESIONISTAS  Artículo décimo.- Aplicar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos debidamente actualizados en el desempeño de su profesión.  Artículo décimo primero.- Asumir la responsabilidad de los asuntos inherentes a su profesión, solamente cuando tenga la competencia, y acreditación correspondiente para atenderlos e indicar los alcances y limitaciones de su trabajo
  • 47.  Artículo décimo segundo.- Evitar que persona alguna utilice su nombre o cédula profesional para atender asuntos inherentes a su profesión.  Artículo décimo tercero.- Contribuir al fortalecimiento de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.
  • 48.  Artículo décimo cuarto.- Prestar sus servicios margen de cualquier tendencia racista, elitista, sexista, política o bien por la naturaleza de la enfermedad.  Artículo décimo quinto.- Ofrecer servicios de calidad avalados mediante la certificación periódica de sus conocimientos y competencias.
  • 49.  Artículo décimo sexto.- Ser imparcial, objetiva y ajustarse a las circunstancias en las que se dieron los hechos, cuando tenga que emitir opinión o juicio profesional en cualquier situación o ante la autoridad competente.  Artículo décimo sétimo.- Actuar con juicio crítico en la aplicación de las normas instituciones, tomando en cuenta la objeción de su conciencia.
  • 50. DEBERES PARA CON DEMAS PERSONAL  Artículo décimo octavo.- Compartir con objetividad sus conocimientos y experiencias a estudiantes y colegas de su profesión.  Artículo décimo noveno.- Dar crédito a sus colegas, asesores y colaboradores en los trabajos elaborados individual conjuntamente evitando la competencia desleal.
  • 51.  Artículo vigésimo.- Ser solidaria con sus colegas en todos aquellos aspectos considerados dentro de las normas éticas.  Artículo vigésimo primero.- Respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas consultar fuentes de información fidedignas y actuales o buscar asesoría de expertos.
  • 52.  Artículo vigésimo segundo.- Mantener una relación de respeto y colaboración con colegas, asesores y otros profesionistas; y evitar lesionar el buen nombre y prestigio de éstos.
  • 53. DEBERES PARA CON SU PROFESION  Artículo vigésimo tercero.- Mantener el prestigio de su profesión, mediante el buen desempeño del ejercicio profesional.  Artículo vigésimo cuarto.- Contribuir al desarrollo de su profesión a través de diferentes estrategias, incluyendo la investigación de su disciplina.
  • 54.  Artículo vigésimo quinto.- Demostrar lealtad a los intereses legítimos de la profesión mediante su participación colegiada.
  • 55. DEBERES PARA CON LA SOCIEDAD  Artículo vigésimo sexto.- Prestar servicio social profesional por convicción solidaria y conciencia social.  Artículo vigésimo séptimo.- Poner a disposición de la comunidad sus servicios profesionales ante cualquier circunstancia de emergencia.
  • 56.  Artículo vigésimo octavo.- Buscar el equilibrio entre el desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras.
  • 57. La observancia del Código de Etica, para el personal de enfermería nos compromete a:  1. Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos, manteniendo una conducta honesta y leal en el cuidado de las personas.
  • 58.  2. Proteger la integridad de las personas ante cualquier afectación, otorgando cuidados de enfermería libres de riesgos.  3. Mantener una relación estrictamente profesional con las personas que atiende, sin distinción de raza, clase social, creencia religiosa y preferencia política.
  • 59.  4. Asumir la responsabilidad como miembro del equipo de salud, enfocando los cuidados hacia la conservación de la salud y prevención del daño.  5. Guardar el secreto profesional observando los límites del mismo, ante riesgo o daño a la propia persona o a terceros.
  • 60.  8. Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos de acuerdo a su competencia profesional.  9. Pugnar por el desarrollo de la profesión y dignificar su ejercicio.  10. Fomentar la participación y el espíritu de grupo para lograr los fines profesionales.