Manual de Convivencia y Formación
Para la
Comunidad Educativa
I.E.D. Elvia Vizcaíno De Todaro “INDEVIT”
Educamos para la excelencia a través de la formación en valores
CAPÍTULO I
NATURALEZA JURÍDICA, HORIZONTE INSTITUCIONAL, CONCEPCIÓN
FILOSÓFICA, SÍMBOLOS INSTITUCIONALES.
TÍTULO I NATURALEZA
JURÍDICA
Artículo 1. El Manual de Convivencia de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se
fundamenta legalmente en la Constitución Política de Colombia de 1991, Ley de
Infancia y Adolescencia o Ley 1098 de noviembre 8 del 2006, Ley General de
Educación o Ley 115 de febrero de 1994, Ley 715 del 2001, los Derechos
Internacionales del Niño, el Decreto 366 del 9 de febrero de 2009, el Decreto 1290 de
abril 16 de 2009 y las sentencias de la Corte Constitucional.
Con la Constitución Política se le delegaron a la educación responsabilidades
particulares con respecto a la formación para la paz y la convivencia, orientadas a
educar ciudadanos respetuosos de la ley, con formación democrática, respetuosos de la
diversidad y las diferencias, y capaces de tramitar y resolver sus conflictos de manera
pautada, sin recurrir a la violencia.
La Ley 115 de 1994 establece como uno de los fines de la educación la formación en el
respeto a la vida y demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de
convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, y también en el ejercicio de la
tolerancia y la libertad.
La Ley General de Educación define objetivos comunes para todos los niveles de la
educación y destaca el proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la
práctica del respeto a los derechos humanos.
El Decreto 1860 del Ministerio de educación establece pautas y objetivos para los
Manuales de Convivencia Escolar, los cuales deben incluir, entre otras, normas de
conducta que garanticen el mutuo respeto y procedimientos para resolver con
oportunidad y justicia los conflictos.
El Plan Decenal de Educación presenta el tema de la educación para la convivencia, la
paz y la democracia y presenta como uno de los desafíos para la educación nacional el
fortalecimiento de la sociedad civil y la promoción de la convivencia ciudadana. Para tal
efecto señala la importancia de construir reglas de juego y forjar una cultura y una ética
que permitan, a través del diálogo, el debate democrático y de la tolerancia con el otro,
la solución de los conflictos.
La Ley 715 de 2001 que reglamenta los recursos y competencias para la prestación de
servicios educativos y de salud, hace explícito que, entre las competencias de la Nación
en materia de educación, está el formular las políticas y objetivos de desarrollo, para el
sector educativo y dictar normas para la organización y prestar el servicio, así como
también, definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para la calidad de la
educación.
El Decreto 366 del 9 de febrero de 2009, en sus artículos 1 y 2 definen a los estudiantes
con discapacidad y con capacidades excepcionales, quienes por su condición son
objeto del servicio de apoyo pedagógico y tienen el derecho a recibir una educación
pertinente y sin ningún tipo de discriminación. Por lo anterior, este manual se ajusta a
los parámetros establecidos en el antes citado Decreto, puntualizando los deberes,
derechos y obligaciones relacionados con esta población.
Así mismo, este Manual se fundamenta en la Ley de Infancia y Adolescencia o Ley
1098 de noviembre 8 del 2006, particularmente en los Artículos 42, 43, 44 y 45, los
cuales consagran las obligaciones y el ámbito de acción de las instituciones educativas
frente al menor.
La corte constitucional
El presente manual de convivencia atiende a lo dispuesto por la corte constitucional en
relación con el comportamiento de los estudiantes en el marco constitucional. Al
respecto la corte constitucional advirtió que las instituciones educativas no están
obligadas a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada
desconozcan las directrices disciplinarias. El magistrado ponente señala “que el deber
de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento
y las buenas costumbres”, además, destacó a la vez que “los estudiantes tienen la
obligación de mantener la normas de presentación en los colegios, así como los
horario de entrada y salida de clases, recreo y asistencias, comportamiento y respeto
por sus profesores y compañeros “.(sentencia T-569/94, constitucional).
Dentro de las sentencias de la corte constitucional relacionadas con el comportamiento
de los estudiantes y padre de familia se encuentran la sentencia T-671/03, sentencia T-
767//05, sentencia T-917/06, sentencia T-917/06, sentencia T-360/08 y sentencia T-
481/09.
ARTÍCULO 2. El Elvia Vizcaíno de Todaro es una Institución Educativa de naturaleza
oficial, dedicada a la formación integral de sus estudiantes desde grado cero hasta
undécimo grado; cuyas particularidades institucionales son:
Nombre de la Institución : Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro
Municipio : Aracataca, Magdalena.
Aprobación oficial : Resolución No. 813 del 01 de Diciembre 2010
NIT : 819.002.122-0
Código municipal : 053
Código Icfes : 124529
Registro DANE : 147053000046
Dirección : Calle 5 # 3ª – 130 Camellón 20 de Julio
Teléfonos : 300 544 93 31
E – mail : iedindevit@hotmail.com
Rector : Lic. Hidalgo Polo Polo.
Estrato : Uno bajo
Calendario : A
Jornadas : a.m. - p.m.
Naturaleza : Oficial
Carácter : Mixto
Propiedad jurídica : Departamento
Titulo que otorga : Bachiller Técnico
Convenios : SENA para articular programas en el nivel de la
media técnica en los grados 10 y 11 (Procesamiento de
frutas y hortalizas y mantenimiento de equipos de computo)
TÍTULO II HORIZONTE
INSTITUCIONAL
Artículo 3. MISIÓN
La Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro es una organización
escolar de carácter oficial, integral e inclusiva, que responde a las necesidades
educativas de su contexto, ofreciendo los niveles de preescolar, básica y media técnica
en procesamiento de alimentos perecederos y mantenimiento de equipos de computo,
contribuyendo de manera eficaz con la formación de alta calidad de los niños, niñas y
jóvenes del municipio de Aracataca, de la región, de Colombia y el mundo, mediante el
cumplimiento de normas legales, éticas, sociales y constitucionales, garantizando así el
desarrollo humano en la construcción del conocimiento, el fomento del deporte y la
práctica de valores con sentido de pertenencia cultural y social.
Artículo 4. VISIÓN
En el año 2016, la Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro será
una organización escolar líder en el Municipio de Aracataca, la región y en Colombia
por ofrecer una educación inclusiva, integral y de alta calidad, reconocida por alcanzar
la excelencia académica y convivencial a través de la formación en valores y el
desarrollo de las competencias cognitivas, ciudadanas, laborales generales y
específicas en los niveles de pre – escolar, básica y media técnica en procesamiento de
alimentos perecederos y mantenimiento de equipos de computo; y destacada por
promover la ciencia, la cultura y el deporte en la comunidad educativa.
TÍTULO III CONCEPCIÓN
FILOSÓFICA
ARTÍCULO 5. VALORES GENERALES DE LA I.E.D. ELVIA VÍZCAÍNO DE TODARO
Nuestro compromiso como mediadores del proceso educativo de los estudiantes es
afianzar, desarrollar y encaminar primordialmente los siguientes valores:
RESPETO: Es la consideración, atención que se debe a una persona, que lleva a
reconocer los derechos y la dignidad de otro, se fundamenta en la dignidad de las
personas, de igual a igual compartida por todos, basado en el respeto a uno mismo y el
que se profesa al otro como persona. El respeto a los demás es la primera condición
para saber vivir y poner las bases a una autentica armonía, sin distinción de persona. El
Respeto a la naturaleza y a su entorno y a todo lo que esta contiene es unos de los
propósitos de formación Indevista.
El respeto nos hace tolerantes, el cual es un valor fundamental para la convivencia
pacífica entre las personas, con derecho a ser aceptado en su individualidad y su
diferencia.
PERSEVERANCIA: Mantenerse constante en nuestras metas, tareas y proyección, a
través de la disciplina y la dedicación, ejercitando diariamente nuestras fuerza de
voluntad, luchando contra la pereza, la negligencia y el descuido. La perseverancia nos
hace pacientes, dedicados y responsables.
FRATERNIDAD: Es la más clara evidencia del buen trato para demostrar nuestro
afecto personal, desinteresado y recíproco que nace y se fortalece con la capacidad de
servir y ser solidario, generoso, afectuoso, bondadoso y sincero con los otros.
SOLIDARIDAD: Cuando dos personas o más se unen con una actitud leal, generosa,
compasiva y fraternal, persiguiendo una causa noble y justa, con el fin de cambiar el
mundo, hacerlo más habitable y digno.
AUTONOMIA: Capacidad de dirigirse, a través de una percepción personal la cual le
permite el desarrollo de habilidades con su cuerpo, aptitudes y la toma de decisiones
para actuar sobre su realidad.
SENTIDO DE PERTENENCIA: Reconocimiento de la importancia, aplicación de valores
y criterios para todo lo que nos rodea, apropiados en el desarrollo integral de ser
humano y sus necesidades de interacción y respeto de todos y por todo.
JUSTICIA: Actitud moral o voluntad decidida de dar a cada uno lo que es suyo, basada
en el respeto, igualdad y orden. Lo cual permite reflejar actitud de paz, cooperación y
tolerancia, sin discriminación o diferencia.
EQUIDAD: Dar a cada quien lo que le corresponde o necesite.
RESPONSABILIDAD: Es un valor que está en la conciencia de la persona, que le
permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos,
siempre en el plano de lo moral.
CIVISMO: es el conjunto de ideas, sentimientos, actitudes y hábitos que hacen de los
individuos y grupos buenos miembros de las comunidades políticas en que se integran.
LEALTAD: Cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor.
INCLUSIÓN: El término inclusión se resalta como una actitud que engloba el escuchar,
dialogar, participar, cooperar, preguntar, confiar, aceptar y acoger las necesidades de la
diversidad. La práctica de este valor permite a la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro ver a
todos sus estudiantes como capaces de aprender y anima y honra todos los tipos de
diversidad, incrementando la posibilidad de una igualdad de oportunidades y con ello, la
mejora de la calidad educativa.
ARTÍCULO 6. PAUTAS Y ACUERDOS QUE GARANTIZAN LA CONVIVENCIA
ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y
REPRODUCTIVOS EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE LA I.E.D. ELVIA VIZCAÍNO
DE TODARO
1. Aprender a no agredir al congénere: base de todo modelo de convivencia social.
El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad en fuerza para el
amor y no para la muerte.
2. Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal grupal. La
convivencia social requiere aprender a conversar porque es a través de la
conversación que aprendemos a expresarnos, coincidir, discrepar y
comprometernos.
3. Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a
los otros, reconozco y acepto sus opiniones, aprendo a convivir.
4. Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos
propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no se aprende a
concertar con los otros.
5. Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el
bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros es una forma de expresar
amor a la vida.
6. Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia
social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo,
pero que en ningún momento somos superiores. No somos los “amos de la
naturaleza”.
7. Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y
cultural. El ser humano evoluciona a medida que su cultura evoluciona
TÍTULO IV SIMBOLOS
INSTITUCIONALES:
Artículo 7. CREDO INDEVISTA
Nosotros creemos:
En la existencia de un Dios que todo lo puede, que nos impulsa a vivir como hermanos
practicando la tolerancia.
Creemos que la voluntad de las personas es el mayor valor para alcanzar una meta y
asumir compromisos con la humanidad.
Creemos en nuestros padres y maestros por que nos orientan en la formación cristiana.
Creemos en nuestros amigos y amigas son un regalo, maravilloso que nos hace
comprender la vivencia cotidiana y nos ayudan a compartir nuestros sueños.
Creemos en mi Patria Colombia, como el mejor espacio sobre la tierra para amar y ser
amados, para nacer y morir.
Creemos en la justicia humana y divina que nos permite ser respetados y libres.
Creemos que la Educación es la oportunidad más grande que tiene los niños y niñas
de Colombia para forjarse una mejor vida.
Artículo 8. LEMA:
“Educamos para la excelencia a través de la formación en valores”.
Artículo 9. NUESTRA BANDERA:
La bandera está formada por dos franjas horizontales de igual tamaño: blanco en la
parte superior y verde en la parte inferior.
Blanco: Simboliza la paz como fruto de la confraternidad y
de la convivencia pacífica, como también la inocencia y la
pureza del espíritu de los niños y niñas de la Institución.
Verde: simboliza la riqueza de la flora y de los cultivos que
representan a nuestra región, como también la esperanza
de ver convertidos a los estudiantes de nuestra institución
en ciudadanos ejemplares.
Artículo 10. NUESTRO ESCUDO:
El escudo está representado en un círculo doble con una franja en la
parte superior, donde se aprecia la leyenda “educación Media”, con
letras blancas y fondo gris.
institución.
En la segunda franja en forma de lazo, está escrita la sigla “INDEVIT”,
cuyo significado corresponde a la abreviatura del nombre de la
El círculo central está dividido en dos por una línea horizontal. En la parte superior, con
fondo blanco, se encuentran dos manos entrelazadas que simbolizan la fraternidad. En
la parte inferior, con un fondo rosado, aparecen tres símbolos, así: un libro abierto, que
significa la enseñanza; cinco círculos olímpicos, que representan las actividades
deportivas; y por último, el búho, significando la sabiduría.
Artículo 11. HIMNO INDEVISTA
HIMNO INDEVISTA
Dios bendiga INDEVIT plantel querido
Porque a diario nos brinda educación
“aquí nos formamos para el futuro
Y así a Colombia la haremos mejor” (bis).
CORO:
INDEVIT eres grande y virtuoso
En tus aulas construimos el saber
“de la mano del maestro y de los padres
que nos guían en la paz y el bien” (bis).
La enseñanza que a bien nos imparte
Sirve de ejemplo en nuestra sociedad
“si somos justos y tolerantes
Practicaremos la fraternidad” (bis).
CORO:
INDEVIT eres grande y virtuoso
En tus aulas construimos el saber
“de la mano del maestro y de los padres
Que nos guían en la paz y el bien” Los
valores que aquí se cultivan
Hacen modelo a nuestra Institución
“si aquí nos educan en la excelencia
es nuestro orgullo9 llevarte en el corazón” (bis).
CORO:
INDEVIT eres el grande y virtuoso
En tus aulas construimos el saber
“de la mano del maestro y de los padres
que nos guían en la paz y el bien” (bis).
Autor: Hidalgo Polo
Artículo 12. UNIFORMES
Es un símbolo distintivo del colegio, se debe usar con respeto, dignidad y orgullo. El
estudiante que lo porte debe reflejar el perfil INDEVISTA ante la sociedad.
Artículo 13. JURAMENTO INDEVISTA
¿Juran ante Dios y prometen ante la patria poner en práctica los valores y
conocimientos cultivados en la institución, recordando siempre que la meta de todo ser
humano es la búsqueda del bien común y el servicio de los demás?
Sí, juro.
¿Juran respetar los símbolos institucionales, mantener lealtad al INDEVIT en los actos
públicos y privados de su vida como bachiller y profesional?
Sí, juro
Si así lo hacen, que Dios y la Patria los premien y, si no, que Él y Ella los demande.
Autor(a): Marelvis Pacheco
CAPÍTULO II
PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA
TÍTULO I
ADMISIÓN
ARTÍCULO 14. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, teniendo en cuenta la oferta y la
demanda y los principios de responsabilidad, equidad, inclusión y mérito, asignará los
cupos pertinentes a los niños, niñas y jóvenes aspirantes a ingresar como estudiante de
la Institución, en las jornadas que esta ofrece y, luego de establecer y publicar los
cupos disponibles, se seguirá el siguiente protocolo:
a. Aspirantes al grado pre-escolar:
Verificación de cumplimiento de la edad mínima para la matrícula e inscripción en el
SIMAT.
Suministro de la documentación mínima exigida por la secretaría general de la
Institución.
Asistencia y acompañamiento de orientación escolar y/o docentes de apoyo si es
pertinente.
Firma de los padres o acudientes de la matrícula ante la secretaria general de la
institución o su delegado.
b. Aspirantes a la básica primaria, secundaria y 10º:
Suministro de la documentación mínima exigida por la secretaría general de la
Institución.
Aplicación de una evaluación diagnóstica establecida por las coordinaciones de
convivencia y académica, orientación escolar y docentes de apoyo.
Publicación de estudiantes a quienes se les han asignado cupos.
Firma de los padres o acudientes de la matrícula ante la secretaria general de la
institución o su delegado.
c. Aspirantes a 11º:
De acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de
Todaro, el ingreso de estudiantes a grado once es improcedente, debido a que los
convenios establecidos con el SENA para la media técnica exigen un proceso de
formación que inicia desde el grado décimo.
TÍTULO II
MATRÍCULA
ARTÍCULO 15. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se ajustará a las resoluciones
anuales y demás normas legales expedidas por la Secretaría de Educación del
Magdalena y el Ministerio de Educación Nacional que establecen las orientaciones,
procedimientos y cronograma para la organización del proceso de asignación de cupos
y protocolización de la matrícula. Así mismo, los costos por el presente proceso son
determinados por las normas y condiciones expuestas por los entes antes citados.
Serán de obligatorio cumplimiento por parte de los padres de familia o acudientes de los
estudiantes nuevos o antiguos la presentación y entrega de la documentación requerida
para dinamizar y ejecutar el proceso de matrícula, el cual deberá hacerse dentro de los
tiempos establecidos en el cronograma.
La presentación de forma extemporánea de la documentación requerida o la ausencia
de ellos podrá dar lugar a la pérdida del cupo en la Institución, ya que su no
presentación dará a entender su deseo de no continuar vinculados con la Institución,
por lo que su cupo podrá ser asignado a quienes lo soliciten y cumplan con el proceso
de admisión.
Así mismo, es indispensable la presencia del estudiante y del padre de familia o
acudiente en el momento de la matrícula, la cual constituye un acto que formaliza la
vinculación del educando al servicio educativo.
La matrícula para los estudiantes antiguos estará mediada por las orientaciones,
recomendaciones y compromisos establecidos por las coordinaciones de convivencia y
académica, además, las que se deriven del seguimiento de orientación escolar y de los
docentes de apoyo. Los estudiantes nuevos deberán cumplir con lo estipulado en el
proceso de admisión descrito en el artículo 14 para efectos de matrícula.
CAPÍTULO III
PERFIL DEL ESTUDIANTE INDEVISTA, DEBERES Y DERECHOS
TÍTULO I
PERFIL DEL ESTUDIANTE INDEVISTA
Artículo 16. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro tiene como fundamentación la
formación humanista de sus estudiantes mediante la adopción de su modelo
pedagógico social desarrollista, el cual tiene como prioridad el ser humano, como un
agente potencializador y dinamizador de sus procesos de cambio, por eso el INDEVIT
pretende tener un perfil de sus estudiantes con las siguientes características:
Un estudiante que tenga la capacidad de reconocerse y reconocer al otro como
agente de cambio, de paz, convivencia y de tolerancia
Un estudiante critico, líder y orientador de sus procesos académicos y los de sus
compañeros
Un estudiante con sentido de pertenencia hacia su institución educativa
Un estudiante respetuoso de las diferencias personales, raciales, culturales y
sexuales de sus compañeros
Un estudiante con capacidad para mediar y/o solucionar conflictos entre sus
compañeros
Un estudiante que represente con responsabilidad su Institución educativa.
Un estudiante reflexivo, motivador, reconocedor de sus potencialidades y
debilidades para proponer alternativas de solución
Un estudiante que promueva la reflexión y el respeto por la vida
Un estudiante que profese respeto y cuidado hacia la naturaleza y consigo
mismo
Un estudiante que cuestione mediante argumentos los conceptos
epistemológicos y metodológicos cuando no esté de acuerdo.
Un estudiante que trabaje en equipo, generando alternativas para que sus
compañeros aprendan.
Un estudiante tolerante, respetuoso que cree ambientes de convivencia, equidad
y creatividad humana para innovar y transformar su entorno
Un estudiante que ponga en práctica el desarrollo de los valores institucionales
en los diferentes escenarios donde se desempeñe.
Un estudiante con habilidades y destrezas tecnológicas, informáticas y
productivas.
Un estudiante que da testimonio auténtico de valores religiosos, éticos y morales.
Un estudiante que protege su salud y la de las personas que le rodean, y
demuestra competencias para las artes y el deporte.
TÍTULO II
DEBERES Y DERECHOS DEL ESTUDIANTE INDEVISTA
Artículo 17. Además de los derechos fundamentales que se establecen en: Los
Derechos Humanos, Los Derechos del Niño, la Constitución Política de Colombia, la
Legislación Educativa Nacional, La Ley de Infancia y adolescencia, La Ley No. 1620
de 15 de Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario No. 1995 de 11 de Septiembre de
2013 y los Principios y
Valores Indevistas, los estudiantes de la Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro
gozan de los siguientes derechos y adquieren los siguientes deberes:
DERECHOS DEBERES
A la vida, en cada una de sus diversas
manifestaciones, desde el momento mismo de
la concepción.
Proteger la vida en cada una de sus
manifestaciones.
Ser evaluado en forma integral, oportuna y
permanente con justicia, equidad, claridad,
respeto y objetividad de acuerdo con la
legislación emanada por el MEN.
Prepararse y responder por su formación
integral en los tiempos establecidos por la
Institución.
Al debido proceso y agotar las instancias
establecidas en el conducto regular
Cumplir el conducto regular y respetar las
condiciones del debido proceso.
Recibir un trato justo, oportuno y respetuoso
por parte de cada uno de los miembros de la
comunidad educativa.
Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a
cada uno de los miembros de la comunidad
educativa.
Organizar y participar en actividades
extraescolares con el acompañamiento de los
directivos docentes, docentes y el permiso de
padres y/o acudientes.
Participar de manera responsable en las
actividades extraescolares.
Recibir formación integral según el perfil
Indevista, fortaleciendo adecuadamente todas
las dimensiones del ser humano.
Asumir y vivenciar la formación integral
Indevista ofrecida por la Institución.
Participar, elegir y ser elegido como miembro
del gobierno escolar y otros comités
reconocidos por la Institución.
Integrar y respetar las organizaciones
democráticas del gobierno escolar, cumpliendo
los compromisos y acuerdos de éstos.
Ser representado y asistido por sus padres y/o
acudiente en cualquier situación.
Informar a su representante (padres y/ o
acudiente) sobre los llamados y requerimientos
que haga la Institución.
Ser tenido en cuenta para recibir los estímulos
concedidos por la Institución.
Demostrar esfuerzo personal continuo para
merecer los estímulos concedidos por la
Institución.
Representar a la Institución en los diferentes
encuentros de acuerdo con el perfil requerido.
Actuar con lealtad y sentido de pertenencia
llevando el buen nombre de la Institución en
todos los eventos que participe dentro y fuera
de ella.
Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos
por la Institución para el desarrollo integral.
Hacer uso adecuado de los servicios y espacios
institucionales.
Ser respetado en su dignidad personal, sin
ningún tipo de discriminación por razones de
sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico,
discapacidad y posición social o económica.
Respetar la dignidad personal sin ninguna
discriminación y responder activamente a los
planes, programas y proyectos que ofrezca la
Institución, conforme al énfasis y la
reglamentación interna.
Recibir oportuna y adecuadamente la
información solicitada, la aclaración o la
corrección sobre la situación académica y
disciplinaria.
Asumir con responsabilidad la información
recibida haciendo buen uso de ella.
Presentar evaluaciones, trabajos o tareas que
no se hayan ejecutado en la fecha indicada,
con excusa justificada ante el Coordinador.
Justificar personalmente por escrito y con la
presencia de sus padres o acudiente, toda
ausencia o inasistencia a clase o a cualquier
acto programado por la Institución,
inmediatamente regrese al Colegio.
Expresar, discutir y examinar con libertad
doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro
del debido respeto a la opinión ajena y a la
cátedra mediante el procedimiento de reglas de
debate y petición.
Aceptar con sumo respeto las diferencias de
opinión de las demás personas.
Proponer estrategias metodológicas o
actividades que transformen la dinámica
estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de
la calidad en el proceso académico y de
convivencia.
Gestionar y participar en las actividades,
encaminadas a mejorar la calidad en los
procesos académicos y de convivencia.
Recibir asesoría y apoyo permanente de los
diferentes entes educativos (Internos- Externos)
para participar activamente en su formación
integral.
Hacer uso de las asesorías que le ofrecen los
entes educativos (Internos- Externos) en su
formación integral.
Conocer y participar con libertad en la
elaboración y vivencia de la doctrina, opiniones
y normatividad institucional. Ser respetado en
su creencia religiosa.
Respetar y cumplir con la normatividad y
doctrina que se practique en la Institución.
Al disfrute de la recreación, el deporte y el sano
esparcimiento en la Institución y fuera de ella.
Hacer buen uso del tiempo, medios,
instrumentos y espacios que le ofrece la
Institución para el disfrute del sano
esparcimiento, la recreación y el deporte.
Conocer el contenido de este manual con
anticipación a la matricula.
Asumir y cumplir lo establecido en el manual de
convivencia.
Conocer el sistema institucional de evaluación
de los estudiantes: criterios, procedimientos e
instrumentos de evaluación y promoción desde
el inicio del año escolar.
Cumplir con los compromisos académicos y de
convivencia definidos por el SIE.
Los estudiantes con NEE tienen el derecho a
recibir una educación diferencial, de acuerdo
con sus necesidades educativas especiales,
teniendo en cuenta la flexibilidad curricular.
Los estudiantes con NEE tienen el deber de
cumplir con los deberes académicos, teniendo
en cuenta las adaptaciones curriculares de
cada área y acorde con sus capacidades.
Los estudiantes con NEE tienen los mismos
derechos que cualquier otro miembro de la IED
Elvia Vizcaíno de Todaro, sin práctica
discriminatoria o excluyente, respetando sus
diferencias personales.
Los estudiantes con NEE deben cumplir con las
normas contempladas en el presente manual
de convivencia.
Los estudiantes con NEE tienen derecho a ser
evaluados en cada área, según las
adaptaciones curriculares y la formación dada
en su propia lengua (Lengua de Señas
Colombiana, L.S.C.)
Los estudiantes con NEE tienen el deber de
alcanzar los logros propuestos según las
adaptaciones curriculares y la formación dada
en su propia lengua (Lengua de Señas
Colombiana, L.S.C.)
Parágrafo 1: Los estudiantes con NEE (cognitiva, motora, visual, auditiva) tienen
derecho al acceso y permanencia en la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro. Sin embargo,
aquellos aspirantes o estudiantes con alteraciones neurológicas o psiquiátricas severas
que atenten contra su propia integridad y la de sus pares, no podrán ser integrados a la
Institución.
Parágrafo 2: Los estudiantes con limitaciones auditivas (sordos) tienen el derecho a
comunicarse a través de la Lengua de Señas Colombiana (LSC) como primera lengua;
y a tener un modelo lingüístico en la primaria y un intérprete de señas en la secundaria,
para su aprendizaje y uso. De no asignarse por la Secretaría de Educación, la
Institución realizará adecuaciones curriculares, teniendo en cuenta el apoyo del recurso
humano capacitado en LSC básica.
Parágrafo 3: Los estudiante que no hayan alcanzado los logros mínimos previstos para
la básica primaria y tengan dieciseis (16) años de edad, iniciarán, según
recomendaciones de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro, la educación para el trabajo y el
desarrollo humano, buscando el desarrollo de competencias laborales para su futuro.
CAPÍTULO IV
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA, DEBERES Y
DERECHOS
TÍTULO I
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA
Artículo 18. El Padre y la Madre de Familia o Acudiente de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de
Todaro se caracteriza por su coherencia de vida y valor para cumplir con eficiencia sus
deberes como representantes del educando ante la Institución Educativa. Posee sentido
de pertenencia por la Institución y capacidad de discernimiento crítico para exigir sus
derechos y denunciar las manipulaciones ideológicas, las injusticias, la violencia, la
opresión y todo cuanto mengüe la dignidad del ser humano. Contribuye
desinteresadamente al quehacer educativo para el progreso de la Institución,
demostrando empeño, entrega, entusiasmo, cuidado, alegría, optimismo permanentes
como primeros educadores de sus hijos. Participa activamente en la toma de decisiones
y acciones formativas que promueve la Institución, evidenciando liderazgo, honestidad y
responsabilidad en los compromisos adquiridos. Se preocupa permanentemente por el
desarrollo físico, afectivo, psicológico, intelectual, moral y espiritual de sus hijos o
acudidos, haciendo uso correcto de la autoridad mediante el diálogo como estrategia de
formación en la convivencia social, para el civismo y el compromiso académico.
TÍTULO II
DEBERES Y DERECHOS DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE INDEVISTA
Artículo 19. Los siguientes son los Derechos y Deberes de los Padres y Madres de
Familia o Acudientes de la Institución Educativa Elvia Vizcaíno de Todaro:
DERECHOS DEBERES
A la vida, en cada una de sus diversas
manifestaciones, desde el momento mismo de
la concepción.
Proteger la vida en cada una de sus
manifestaciones.
Conocer en cada período escolar, el
rendimiento académico y de convivencia y
evaluación de su hijo o acudido.
Informarse continuamente del proceso
académico y de convivencia de su hijo o
acudido en la Institución.
Al debido proceso y agotar las instancias
establecidas en el conducto regular.
Cumplir con las etapas e instancias del debido
proceso consagrado en el presente Manual.
Ser considerado y respetado en su dignidad,
recibiendo un trato amable y cordial por parte
de todos los miembros de la comunidad
educativa.
Mantener relaciones de respeto, diálogo y
colaboración con todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
Participar en todos los eventos propios del
proceso formativo de su hijo.
Apoyar y participar activa y eficazmente en las
actividades propias del proceso de formación
de su hijo.
Recibir educación humana y de calidad para
sus hijos.
Demostrar sentido de pertenencia por la
Institución con el apoyo a su filosofía,
proyectos, decisiones y exigencias.
Participar, elegir y ser elegido como miembro
del gobierno escolar y otros comités
reconocidos por la Institución.
Respetar las organizaciones democráticas del
gobierno escolar, cumpliendo los compromisos
y acuerdos de éstos.
Representar al hijo o acudido en las situaciones
que lo requieran.
Asistir y representar al hijo o acudido en las
situaciones que lo requieran.
A que su hijo o acudido sea tenido en cuenta
para recibir los estímulos concedidos por la
Institución.
Estimular a su hijo o acudido para ser
merecedor de estímulos concedidos por la
Institución.
A que su hijo sea tenido en cuenta para
representar la Institución.
Apoyar a su hijo para representar a la
Institución en eventos dentro y fuera de ella.
Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos
por la Institución.
Hacer uso adecuado de los servicios y espacios
institucionales.
Recibir trato oportuno y respetuoso por parte de
directivos y docentes.
Dar trato respetuoso a cada uno de los
miembros de la comunidad.
A conocer los procesos de evaluación de sus
hijos oportunamente.
Asumir con responsabilidad la información
recibida haciendo buen uso de ella.
Acceder a permisos o autorizaciones realizadas
oportunamente.
Justificar a tiempo y por escrito las ausencias
y/o retrasos de su hijo o acudido.
Expresar, discutir y examinar con libertad
doctrinas, opiniones o conocimientos, a favor
del mejoramiento de la calidad educativa,
dentro del debido respeto a la opinión ajena y a
la cátedra mediante el procedimiento de reglas
de debate o petición.
Aceptar con sumo respeto las diferencias de
opinión de las demás personas.
Proponer estrategias metodológicas o
actividades que transformen la dinámica
estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de
la calidad en el proceso académico y de
convivencia.
Participar activamente y con responsabilidad en
las actividades encaminadas a mejorar la
calidad en los procesos académicos y de
convivencia.
Conocer y participar con libertad en la
elaboración y vivencia de la doctrina, opiniones
y normatividad institucional. Ser respetado en
su creencia religiosa.
Respetar y cumplir con la normatividad y
doctrina que se practique en la Institución.
A promover la recreación y el sano
esparcimiento de su hijo o acudido en la
Institución.
Participar en la recreación y el sano
esparcimiento de su hijo o acudido en la
Institución.
Hacer uso de los recursos de participación e
instancias consagrados en el presente Manual.
Asumir y cumplir lo establecido en el manual de
convivencia.
Recibir formación para el desarrollo integral de
su hijo(a) como complemento de la formación
familiar, sin perjuicio del desarrollo físico y
psicoafectivo del estudiante.
Participar en los proyectos de formación
integral organizados por la institución.
Velar porque su hijo o acudido responda
eficazmente a sus compromisos académicos y
de convivencia, sin excusa para eximirse de
esta responsabilidad.
Parágrafo: Los padres o acudientes de los estudiantes con NEE que son medicados,
tienen el deber de suministrarles los medicamentos adecuadamente, según las
indicaciones médicas. Así mismo, deberán informar oportunamente a la institución la
condición médica de dichos estudiantes.
CAPÍTULO V
PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA, DEBERES Y
DERECHOS
TÍTULO I
PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA
Artículo 20. El Docente y Directivo Docente de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro se
caracterizan por ser profesionales de la educación que humanizan y orientan a los
niños, niñas y jóvenes. Sus capacidades para comprender y orientar al estudiante
mediante el diálogo espontáneo, y con entusiasmo, alegría, optimismo, dinamismo y
decisión, les permiten desarrollar su creatividad e innovación de estrategias
pedagógicas y metodológicas para facilitar el proceso de enseñanza - aprendizaje.
Además de ser modelos en la práctica de valores, el docente y directivo docente
Indevistas se distinguen de entre los demás por ser pacientes, prudentes, humildes y
generosos, al igual que investigativos, académicos y productivos, por lo cual mantienen
un equilibrio intelectual y afectivo que reflejan siempre en su práctica pedagógica. Por
último, el docente y directivo docente Indevistas posee una imagen positiva de sí mismo
expresado en el empleo de un lenguaje claro, preciso, cordial y sencillo, y su excelente
presentación personal.
TÍTULO II
DEBERES Y DERECHOS DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE INDEVISTA
Artículo 21. Además de lo consagrado en la Constitución Política y las Leyes que
regulan el ejercicio de la Docencia:
DERECHOS DEBERES
A la vida, en cada una de sus diversas
manifestaciones, desde el momento mismo de
la concepción.
Proteger la vida en cada una de sus
manifestaciones.
Tener autonomía y ser respetados los criterios
de evaluación, siempre y cuando se ajusten a
las normas vigentes y estén de acuerdo con el
P.E.I.
Evaluar en forma integral, oportuna y
permanente con justicia, equidad, claridad,
respeto y objetividad de acuerdo con la
legislación emanada por el MEN.
Al debido proceso y agotar las instancias
establecidas en el conducto regular.
Cumplir el conducto regular y respetar las
condiciones del debido proceso.
Ser considerado y respetado en su dignidad,
recibiendo un trato amable y cordial por parte
de todos los miembros de la comunidad
educativa.
Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a
cada uno de los miembros de la comunidad
educativa.
Organizar y participar en actividades
extraescolares con la autorización de las
directivas.
Dar información oportuna sobre las actividades
a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o
por escrito.
Recibir formación integral según el perfil
Indevista.
Asumir y vivenciar la formación integral
Indevista ofrecida por la Institución.
Participar, elegir y ser elegido como miembro
del gobierno escolar y otros comités
reconocidos por la Institución.
Respetar las organizaciones democráticas del
gobierno escolar, cumpliendo los compromisos
y acuerdos de éstos.
Solicitar la presencia de los padres y/o
acudientes en cualquier momento en que lo
Atender a padres y/ o acudiente de los
estudiantes en los horarios establecidos para
crea necesario. tal fin.
Ser tenido en cuenta para recibir los estímulos
concedidos por la Institución
Demostrar esfuerzo personal continuo para
merecer los estímulos concedidos por la
Institución
Representar a la Institución en los diferentes
encuentros de acuerdo con el perfil requerido.
Actuar con lealtad y sentido de pertenencia,
llevando el buen nombre de la Institución en
todos los eventos que participe dentro y fuera
de ella.
Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos
por la Institución para el desarrollo integral.
Hacer uso adecuado de los servicios y espacios
institucionales.
Ser respetado en su dignidad personal, sin
ningún tipo de discriminación por razones de
sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico,
posición social o económica.
Respetar la dignidad personal sin ninguna
discriminación y responder activamente a los
planes, programas y proyectos que ofrezca la
Institución, conforme al énfasis y la
reglamentación interna.
Recibir oportuna y adecuadamente la
información solicitada, aclaración o corrección
sobre la situación laboral o distribución
académica.
Asumir con responsabilidad la asignación
académica según el área de su especialidad,
presentando un alto nivel de idoneidad en la
orientación de sus clases y estrategias
metodológicas empleadas.
Exigir excusa justificada con el visto bueno del
coordinador para poder presentar evaluaciones,
trabajos o tareas que no se hayan ejecutado en
la fecha indicada.
Acordar con el estudiante la presentación de
evaluaciones, trabajos o nivelaciones.
Expresar, discutir y examinar con libertad:
doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro
del debido respeto a la opinión ajena y a la
cátedra mediante el procedimiento de reglas de
debate y petición.
Aceptar con sumo respeto las diferencias de
opinión de las demás personas.
Proponer estrategias metodológicas o
actividades que transformen la dinámica
estudiantil en la búsqueda del mejoramiento de
la calidad en el proceso académico y de
convivencia.
Gestionar y participar en las actividades
encaminadas a mejorar la calidad en los
procesos académicos y de convivencia.
Recibir asesoría y apoyo permanente de los
diferentes entes educativos (Internos -
Externos) para mejorar su práctica docente.
Hacer uso de las asesorías que le ofrecen los
entes educativos (Internos - Externos) en su
formación integral.
Conocer y participar con libertad en la
elaboración y vivencia de las doctrinas,
opiniones y normatividad institucional. Ser
respetado en su creencia religiosa.
Respetar y cumplir con la normatividad y
doctrina que se practique en la Institución.
Al disfrute de la recreación y el sano
esparcimiento en la Institución y fuera de ella.
Hacer buen uso del tiempo, medios,
instrumentos y espacios que le ofrece la
Institución para el disfrute del sano
esparcimiento y la recreación.
Conocer el contenido de este manual con
anticipación.
Asumir y cumplir lo establecido en el manual de
convivencia.
Atender las necesidades educativas especiales,
realizando las adecuaciones curriculares
pertinentes según las características
particulares de los estudiantes.
Tener la orientación del docente o docentes de
apoyo de la Institución, para la realización de
las adecuaciones curriculares, acordes con las
capacidades del estudiante con NEE y
disposiciones de ley para esta población.
Detectar situaciones de violencia escolar,
haciendo seguimientos con base en las
políticas de prevención.
Contar con el apoyo de los diferentes
estamentos institucionales para atender las
situaciones generadoras de violencia escolar,
acudiendo a los mecanismos alternativos de
solución de conflictos planteados en el presente
manual.
CAPÍTULO VI
PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES,
DEBERES Y DERECHOS
TÍTULO I
PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES
Artículo 22. Las personas de la Administración y de Servicios Generales son muy
importantes en la educación y formación de quienes conforman la Comunidad
Educativa Indevista, ya que con su trabajo colaboran en la buena marcha de la
Institución.
El personal Administrativo y de Servicio General se debe caracterizar por:
a. Su lealtad a la Institución y a sus compañeros obrando siempre con sentido de
pertenencia.
b. Sus relaciones humanas que favorecen la armonía, la comunicación y la unión entre
todas las personas de la Comunidad Educativa.
c. Su dedicación y entrega total al cumplimiento de las funciones establecidas en el
P.E.l. de la Institución.
d. Su actitud positiva, su capacidad para comprender situaciones y dar solución a las
dificultades que se puedan presentar en el desarrollo de su trabajo.
e. Su puntualidad en el cumplimiento de su jornada de trabajo.
f. Su responsabilidad para desempeñar en forma óptima sus funciones.
TÍTULO II
DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
GENERALES
Artículo 23. Además de los derechos considerados en la Constitución Política de
Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo, el Código de Procedimiento Laboral, el
personal administrativo y de servicios generales tendrá los siguientes derechos
asociados a unos deberes inherentes con cada uno de ellos:
DERECHOS DEBERES
Ser respetado como persona y como trabajador. Dar buen trato a todos los miembros de la comunidad
Educativa
Al reconocimiento de su trabajo con las implicaciones de
ley.
Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y
desempeñar sus funciones con eficiencia. Llevar la
relación de los trabajos realizados.
Ser informado oportunamente sobre las actividades del
Colegio y decisiones de carácter comunitario.
Cumplir los compromisos adquiridos y las órdenes e
instrucciones que le imparta el empleador y/o su
representante
La libertad de Expresión. Presentar opiniones respetuosas de interés general o
particular.
Al suministro oportuno de materiales para el desarrollo de
sus actividades.
Responder por el uso adecuado, seguridad y
mantenimiento de los equipos y uso óptimo de los
materiales confiados a su manejo.
La honra. Guardar rigurosamente la moral en todo lo relacionado
con su trabajo.
Capacitación y profesionalización. Participar activamente en los talleres, Jornadas
Pedagógicas y actividades de capacitación en los
espacios y tiempos acordados para ello.
CAPÍTULO VII
ESTÍMULOS A ESTUDIANTES, DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES, PADRES DE
FAMILIAS O ACUDIENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
GENERALES
TÍTULO I
ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 24. Se definen como “Estímulos” aquellos reconocimientos a los
estudiantes de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro que se destaquen en las diferentes
actividades escolares, a saber:
1. MEJOR ESTUDIANTE INDEVISTA: Se otorgará al estudiante que ocupe el
primer puesto a nivel académico y que se destaque en su comportamiento
individual, social, sentido de pertenencia y valores en general. La elección se
realiza entre los nominados por los Directores de Grupo en cada uno de las
secciones de primaria y bachillerato. Todos los nominados tendrán un diploma
de honor. El ganador del “Mejor Estudiante Indevista” obtiene una Medalla
Dorada y el reconocimiento de la comunidad Indevista. Las distinciones y
condecoración se harán en la ceremonia de clausura del año escolar.
2. MENCIÓN DE HONOR AL MEJOR BACHILLER DE LA PROMOCIÓN: Se
concede al mejor Estudiante entre los estudiantes del Grado Undécimo que
sobresale por su excelencia académica, práctica de valores y su compromiso
institucional. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación.
3. MEDALLA AL INDEVISTA DE TIEMPO COMPLETO: Se le asigna a
Estudiantes que al terminar el Undécimo Grado hayan cursado todos sus
estudios desde Transición a undécimo en la Institución. El reconocimiento será
entregado en la ceremonia de graduación.
4. PLACA DE HONOR: Concedida al estudiante que se encuentre ubicado dentro
de los primeros cien (100) puestos en las pruebas Saber – ICFES del grado
Undécimo. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de graduación.
5. MEJOR ESTUDIANTE DEL ÉNFASIS: Los departamentos de las áreas
productiva y de informática seleccionarán a los estudiantes de Undécimo Grado
(uno en cada énfasis) que por sus aportes y desempeño durante su proceso de
formación en los Énfasis hayan sido en excelentes. El reconocimiento será
entregado en la ceremonia de graduación.
6. RECONOCIMIENTO A LOS TALENTOS: Mención de Honor que exalta los
mejores desempeños artísticos, tecnológicos y/o deportivos de cada sección.
Los reconocimientos serán entregados en la ceremonia de clausura del año
escolar.
7. DISTINCIÓN INDEVISTA AL EDUCANDO CON ESPÍRITU DE MAYOR
SUPERACIÓN: Mención de Honor al estudiante que haya demostrado un
cambio positivo en su actitud, evidenciando esfuerzo y superación. Deberá
confirmar su capacidad autocrítica para aceptar dificultades y superarlas,
obteniendo las metas académicas y de convivencia establecidas en los
compromisos adquiridos con docentes, directivos docentes y padres de familia o
acudientes. El reconocimiento será entregado en la ceremonia de clausura del
año escolar y/o ceremonia de graduación.
8. DISTINCIÓN INDEVISTA AL EDUCANDO COMPROMETIDO Y CON MAYOR
NIVEL DE PERTENENCIA INSTITUCIONAL: Mención de Honor al estudiante
que haya evidenciado durante su permanencia en la Institución amor por su
colegio y por su grupo (alegría, entusiasmo, dinamismo y colaboración), además
de respeto por la Institución y vivencia de los valores. El reconocimiento será
entregado en la ceremonia de clausura del año escolar y/o ceremonia de
graduación.
9. IZADA DEL PABELLÓN NACIONAL: Honor otorgado a un estudiante de cada
curso destacado por la práctica de los valores respectivos según el criterio
definido para la izada y/o su excelente desempeño académico. La condecoración
se entregará en acto cívico programado por la Institución.
10. CUADRO DE HONOR: Conformado por los estudiantes destacados por su
excelente rendimiento académico y comportamental en cada periodo académico.
Parágrafo: Para los estímulos de los estudiantes en los diferentes aspectos descritos
anteriormente, previa aprobación presupuestal del Consejo Directivo, se entregarán
materiales didácticos que favorezcan sus aptitudes y talentos.
TÍTULO II
ESTÍMULOS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES
ARTÍCULO 25. Se definen como “Estímulos” aquellos reconocimientos a docentes y
directivos docentes de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro que se destaquen en las
diferentes actividades pedagógicas e institucionales, a saber:
1. DIPLOMA DE HONOR AL RECONOCIMIENTO DEL COMPROMISO DEL
DOCENTE: Se concede a los docentes y directivos docentes Indevistas que
demuestre en su desempeño excelencia académica y/o convivencial en el desarrollo
de los procesos de enseñanza-aprendizaje y en su calidez humana, testimoniada en
la cotidianidad de su profesión docente. La distinción se entregará en fecha
programada por el Consejo Directivo.
2. MENCIÓN DE HONOR AL MEJOR DIRECTOR DE GRUPO: La I.E.D. Elvia
Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor al Docente Director de Grupo que
demuestre durante el año escolar compromiso con el grupo a su cargo,
evidenciando en la orientación a su grupo, liderazgo en las actividades de sus
estudiantes, seguimientos disciplinarios y académicos permanentes y trabajo en
equipo con los padres de familia. La distinción se entregará en la fecha de clausura
programada por el Consejo Directivo.
3. MENCIÓN DE HONOR POR REPRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN: La I.E.D.
Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor al Docente o Directivo Docente
Indevistas que se destaquen en representación del colegio, por su espíritu
investigativo en una o más áreas del conocimiento y en el desarrollo de Proyectos
en Pro de la Comunidad Educativa. La distinción se entregará en la fecha
programada por el Consejo Directivo.
4. PLACA DE HONOR: La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Placa de Honor a
los docentes y directivos docentes Indevistas por antigüedad o servicios prestados
durante un tiempo mínimo de diez (10) años. Se procederá de la misma manera con
los docentes y directivos docentes que cumplan los 20 y 30 años de servicio en la
Institución. La distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo
Directivo.
5. EXALTACIÓN POR PRODUCCIÓN ACADÉMICA, ARTÍSTICA O LITERARIA: La
I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro concede Mención de Honor a los docentes y
directivos docentes Indevistas que evidencien producción académica, artística y/o
literaria reconocida en los contextos local, regional, nacional o internacional. La
distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo.
TÍTULO III
ESTÍMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
ARTÍCULO 26. Se concede, como estimulo, MENCIÓN DE HONOR a los Padres de
Familia o Acudientes que se destaquen en representación de la Comunidad Educativa,
por su espíritu de entrega y liderazgo a favor de la I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro y en
el desarrollo de Proyectos en pro de la Comunidad Educativa. La distinción se entregará
en la fecha programada por el Consejo Directivo.
TÍTULO IV
ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
GENERALES
ARTÍCULO 27. Se concede, como estimulo, MENCIÓN DE HONOR "ENTREGA
INDEVISTA” a los empleados administrativos y de servicios generales que se
destaquen por su entrega y dedicación en el cumplimiento de sus funciones. La
distinción se entregará en la fecha programada por el Consejo Directivo.
CAPÍTULO VIII
FALTAS Y CORRECTIVOS DE ESTUDIANTES, DOCENTES, DIRECTIVOS
DOCENTES, PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES, PERSONAL
ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES
TÍTULO I
FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 28. Faltas
Se entiende como una falta toda conducta del estudiante que altere el normal desarrollo
de las actividades escolares y en consecuencia la convivencia pacífica y el respeto a la
comunidad educativa. Tales conductas, que afectan la convivencia escolar y el ejercicio
de los derechos humanos, sexuales y reprductivos, serán corregidas previo
cumplimiento del debido proceso, cuyo propósito es la búsqueda de la verdad y el
derecho a la defensa; con un sentido disuasivo, correctivo, formativo y reeducativo que
no afecte la dignidad humana y en todo caso responda a las leyes, decretos, sentencias
y directivas ministeriales que preservan los derechos y estipulan los deberes de los
educandos.
Artículo 29. Graduación de las faltas
Las faltas de convivencia para efectos de los procesos de formación y disposiciones del
presente Manual se clasificarán como faltas leves, faltas graves y faltas muy graves de
acuerdo con su naturaleza y sus consecuencias, las modalidades y circunstancias del
hecho, los motivos determinantes, los antecedentes personales y comportamentales del
alumno.
Artículo 30. De las faltas leves
Se tipifica como falta leve de convivencia, toda aquella conducta inadecuada del
estudiante que causa malestar, demuestra un comportamiento que de algún modo
afecta los derechos de la comunidad educativa y evidencia incumplimiento de los
deberes estipulados en el presente Manual de Convivencia, dentro del marco de la Ley
1620 de 2013, en su artículo 40, en donde se especifican las situaciones. Estas faltas
son de Tipo I, es decir, conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones
esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso
generan daño al cuerpo o a la salud; serán investigadas por el docente que las conozca
y serán reportadas al director de grupo. Se entienden por faltas leves las siguientes:
1. El incumplimiento de cualquiera de las normas estipuladas en torno al uso y
porte del uniforme.
2. Retirarse de clase sin autorización.
3. Realizar durante la clase una actividad diferente a la solicitada por el maestro.
4. Interrumpir el normal desarrollo de la clase.
5. Llegar a la institución después de iniciada la jornada escolar, sin presentar
excusa justificada por escrito.
6. Llegar tarde a clases, asambleas u otra actividad sin tener una excusa
justificada.
7. No entregar al destinatario en la institución notas o cartas enviadas por sus
padres o acudientes.
8. No entregar o devolver debidamente firmadas las circulares o comunicados
enviados a casa por las autoridades de la institución.
9. Esconder los objetos personales de los compañeros.
10.Entrar a la sala de profesores sin autorización.
11.Ingresar a clases sin la debida autorización de la Coordinación de Convivencia
después de iniciada la jornada escolar.
12.Portar o usar cualquier tipo de aparato electrónico durante las actividades
pedagógicas sin previa autorización.
13.Comer o beber en áreas no autorizadas.
14.Mentir o engañar a docentes, coordinadores y a cualquier autoridad competente.
15. Arrojar papeles en el suelo y basuras dentro de las instalaciones del Colegio.
16. Asumir actitudes descomedidas e indelicadas ante las observaciones que le
hagan maestros, directivas o cualquier autoridad competente de la Institución.
17.Negarse a trabajar o a seguir las instrucciones de un docente, director de grupo o
coordinador. El docente debe tener en cuenta las circunstancias del porqué se
niega a realizar las actividades.
Parágrafo1°: El estudiante deberá presentar al coordinador, orientador escolar y/o
director de grupo un trabajo escrito donde se evidencie la lectura y reflexión del manual
de convivencia acorde con la falta cometida.
Parágrafo 2º: Si existe reincidencia en las faltas a la convivencia, se evalúa como una
falta grave y se procederá como tal.
Parágrafo 3º: El aparato electrónico será decomisado por la autoridad competente y
permanecerá en la Coordinación de Convivencia y se devolverá al Padre de Familia. En
caso de reincidir en la falta se dispondrán otras acciones.
Parágrafo 4º: La Institución no se hará responsable de la pérdida de cualquier aparato
electrónico, joyas y demás objetos de valor portados por los estudiantes sin previa
autorización.
Parágrafo 5º: Los estudiantes que lleguen después de la hora de entrada, firmarán un
libro de registro como constancia de su impuntualidad. Si persiste esta falta en más de
dos oportunidades, se notificará a su respectivo director de grupo, quien informará al
estudiante y al padre de familia o acudiente las repercusiones de dicho comportamiento
en los aspectos disciplinarios, académicos y de formación. Cabe anotar que dicho
comportamiento inapropiado es considerado como falta leve, y se procederá como tal.
Articulo 31. Medidas Pedagógicas por Faltas Leves
Con base en el Artículo 42 del Decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013, la I.E.D.
Elvia Vizcaíno de Todaro estableció los siguientes protocolos de atención a las
situaciones tipo I con las siguientes acciones correctivas:
1. Diálogo y reflexión personal por parte del docente. Reunir inmediatamente a las
partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas
expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de
relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a
buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos
y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo
involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará
constancia a través de acta firmada por las partes involucradas.
3. Segundo llamado de atención con registro por escrito en el observador del
alumno, estableciendo un compromiso por parte del estudiante.
4. Tercer llamado de atención con notificación al padre de familia o acudiente, con
registro por escrito en el observador del alumno, firmado por el estudiante, el
padre de familia o acudiente y el director de grupo estableciendo un compromiso.
5. Cuarto llamado de atención con notificación a la Coordinación de Convivencia.
Se citan a los padres de familia del estudiante involucrado en la situación y se
adoptan los correctivos previstos para faltas graves.
Artículo 32. De las Faltas Graves
Se tipifica como falta grave de convivencia toda aquella conducta del estudiante que
produce daño en la armonía institucional o de sus alrededores y compromete el
bienestar e integridad física, psicológica y moral de los miembros de la comunidad
educativa, independiente de que se cometa por primera vez.
Las siguientes faltas graves son de Tipo I, es decir, conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el
clima escolar, y que en ningún caso generan daño al cuerpo o a la salud; serán
investigadas por el docente que las conozca, reportadas al director de grupo y al comité
de convivencia escolar. Se entienden por faltas graves de tipo I, las siguientes:
Provocar daños o deterioro a enseres y equipo mobiliario de la institución o de otros.
1. Presentar en el año lectivo la comisión de 3 faltas leves.
2. No asistir a los eventos académicos, artísticos, culturales, deportivos u otros para
los cuales haya sido escogido y comprometan la imagen de la institución.
3. Irrumpir o entrar sin autorización en toda propiedad privada ubicada dentro de los
predios de la institución y sus alrededores.
4. Salir de la institución sin autorización del rector o coordinadores.
5. Cometer fraude de cualquier índole en evaluaciones, trabajos, tareas.
6. Cometer fraude por plagio de cualquier fuente de consulta, información e
investigación, incluyendo para esto toda información obtenida por la Internet.
7. Propiciar o efectuar fugas colectivas o individuales del salón de clase o de los
predios de la institución.
8. Propiciar, efectuar, o participar en actos de agresión física, verbal, moral,
discriminatoria; en manifestaciones de desorden, rebeldía y caos.
9. Realizar compraventa o canje de artículos no autorizados; bien
sea a compañeros, docentes o demás personal de la institución.
10. Circular por lugares restringidos sin el acompañamiento de un docente o directivo
en una actividad específica.
11. Desacato a la autoridad e incumplimiento de los correctivos impuestos.
12. Desacato a las órdenes y correctivos impartidos por las autoridades del plantel.
Las siguientes faltas graves son de Tipo II, es decir, situaciones de agresión escolar,
acoso escolar (Bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revisten las características
de la comisión de un delito y cumplen con cualquiera de las siguientes características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados.
Serán investigadas por el docente que las conozca, reportadas al director de grupo y
al comité de convivencia escolar. Se entienden por faltas graves de tipo II, las
siguientes:
1. Referirse a la Institución, docentes y empleados en forma irrespetuosa o con
palabras soeces.
2. Propiciar o participar en juegos bruscos que generen una agresión o pelea.
3. Irrespetar y dañar la propiedad de otra persona.
4. Reaccionar inadecuada o agresivamente a un juego brusco.
5. Levantar calumnias que lesionen la moral y el buen nombre de compañeros de
estudio, como de cualquier persona que labore en la institución.
6. Enviar mensajes insultantes u obscenos, amenazar, intimidar o atemorizar por
cualquier medio (redes sociales, correo electrónico, etc.) a los miembros de la
comunidad educativa o a cualquier otra persona.
7. Malos tratos o comportamientos inadecuados con los demás, como emplear
sobrenombres, usar vocabulario vulgar o soez, asumir actitudes irreverentes o
displicentes que irrespeten, ridiculicen, humillen, avergüencen, agredan o atenten
contra la autoestima (matoneo), de compañeros, a docentes u otras personas de
la comunidad, visitantes o transeúntes, dentro y fuera de la institución.
8. Incriminar a otra persona para evadir su responsabilidad o la de un compañero.
9. Portar, distribuir, conservar, elaborar, abrir o bajar electrónicamente cualquier tipo
de material pornográfico en las instalaciones de la institución o en sus
alrededores.
10. Manifestar comportamiento impropio e inadecuado durante actos
de la comunidad escolar, así como aquellos en los que se represente de forma
oficial a la institución.
11. Manifestar expresiones afectivas tales como besos y caricias dentro y fuera de la
institución portando el uniforme.
12. Divulgar a sus compañeros o compañeras sus actividades sexuales.
Articulo 33. Medidas Pedagógicas por Faltas Graves
Para la adopción de las medidas por Faltas Graves se realizarán las siguientes
acciones:
1. Escuchar al estudiante implicado con derecho a intervención por parte del
Coordinador de Convivencia y Director de Grupo.
2. Estudio de los antecedentes del estudiante analizando la ficha de seguimiento
disciplinario y el Registro de Convivencia. Si el mismo presenta matrícula en
observación o ha cometido dos (2) o más faltas graves se adoptarán las medidas
correspondientes a faltas muy graves.
3. Compromiso especial, manifestando el cambio de actitud, el cual debe ser
firmado por el estudiante, padres o acudientes, Director de Grupo y el
Coordinador de Convivencia.
4. Reparación para cada una de las faltas cometidas por los estudiantes de acuerdo
con su nivel o grado, la cual deberá ser concertada entre el Coordinador de
Convivencia, estudiante, padre de familia o acudiente, docentes y orientador
escolar.
5. Remisión al departamento de orientación escolar.
Las faltas graves estarán sujetas a correctivos como la suspensión hasta por 5 días
hábiles, la misma se cumplirá una vez se haya ejecutado el acto administrativo
correctivo o resuelto los recursos interpuestos y podrá contemplar:
1. Suspensión de actividades curriculares.
2. Asignación de actividades extracurriculares: la cual se cumplirá en las
instalaciones del plantel, o en su defecto en el lugar que señale el sancionador,
cumpliendo con las actividades que le sean asignadas, teniendo la oportunidad
de replantear su actitud y orientar su quehacer pedagógico.
3. Correctivo pedagógico: En la que se establece la participación activa en las
áreas de formación humana. (ética y valores y educación religiosa).
De acuerdo con el Artículo 43 del Decreto 1965, los protocolos de los establecimientos
educativos para la atención de las situaciones tipo II, deberán desarrollar como mínimo el
siguiente procedimiento:
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes,
actuación de la cual se dejará constancia.
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a
las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la
cual se dejará constancia.
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles
acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o
acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando,
en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños
causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima
de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la
situación reportada.
7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de
este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará
el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere
acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 del 11 de
Septiembre de 2013
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de
las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes.
9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar.
Parágrafo 1º: El comité de convivencia establecerá los parámetros para la elaboración
de un trabajo basado en los valores que el estudiante necesite reforzar, el cual deberá
ser socializado en el salón de clases con sus compañeros y director de grupo.
Parágrafo 2º: En todo caso es potestad y responsabilidad del Coordinador y del Comité
de Convivencia analizar el caso y tomar la decisión respectiva. Cuando un estudiante
cometa fraude, esto repercutirá negativamente en la valoración de su desempeño
académico y se seguirá el proceso disciplinario descrito para faltas disciplinarias graves.
Parágrafo 3º: En los casos en que el estudiante haya sido suspendido de las
actividades académicas éste será el único responsable del incumplimiento de los
compromisos evaluativos previstos en esa fecha. Además, el estudiante, al retornar a
las jornadas de clase, deberá dar cuenta de los contenidos programáticos
desarrollados.
Parágrafo 3º: La suspensión de actividades académicas por faltas graves o muy graves
afectarán el resultado del proceso evaluativo del estudiante en el ámbito social y
personal de cada una de las áreas, tal medida aplicará en el periodo en que se cometió
la falta.
Articulo 34. De las Faltas Muy Graves
Se tipifica como falta muy grave todas aquellas que por su magnitud y trascendencia
afectan ostensiblemente la marcha institucional, además lesionan y perjudican
gravemente la integridad física, moral y psicológica de los otros miembros de la
comunidad educativa y sus alrededores. Estas faltas, que de acuerdo con el artículo 40
del Decreto No. 1965 de 2013 se clasifican en una situación tipo III, serán investigadas
por el docente que la conozca (o en su defecto por el director de grupo) y
posteriormente por el Coordinador de Convivencia quien iniciará la respectiva acción
con base en el reporte recibido y las pruebas aportadas, e informará al comité escolar
de convivencia para activar el respectivo protocolo. Se consideran faltas muy graves las
siguientes:
1. La acumulación de dos faltas graves.
2. Información, divulgación y participación en prácticas o ritos satánicos que
ocasionen o inciten al daño físico o psicológico; ya sea que se haga dentro o
fuera de la institución, en actividades pedagógicas, o durante cualquier actividad
o convocatoria auspiciada por la institución u otro plantel educativo.
3. Inducir de cualquier manera a compañeros(as) a asumir comportamientos
adictivos o inmorales, dentro de la institución o fuera de ésta cuando haya
representación oficial del mismo, o actividad auspiciada o convocada por cualquier
otro plantel educativo.
4. Suplantación de identidad y falsificación de documentos.
5. Sustracción intencional de documentos de carácter institucional.
6. Portar armas, explosivos, juegos pirotécnicos o cualquier otro elemento o
sustancia que ponga en peligro a la comunidad educativa, dentro de las
instalaciones de la institución o sus alrededores.
7. Cometer actos de vandalismo a las instalaciones de la Institución o pertenencias
de las personas que conforman la comunidad educativa.
8. Cometer robo, hurto o estafa.
9. Usar el nombre de la institución para fines o actividades no autorizadas por la
Rectoría, o que vayan en contra de los principios morales, éticos y espirituales
que rigen el plantel.
10. Tener, traficar, utilizar, consumir, o presentarse a la institución, o en cualquier
lugar en donde sea representante del mismo, bajo el influjo de bebidas
alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
11. Incitar, incurrir, participar o encubrir cualquier tipo de acoso, bien sea de índole
sexual, emocional, afectivo, físico o espiritual.
12. Llevar a cabo prácticas de exhibicionismo o masturbación dentro de la institución
o portando el uniforme fuera de ella.
13. Participar en cualquier acto de índole sexual en los predios de la institución o en
cualquier otro lugar en que se lleven a cabo actividades escolares.
14. Atentar contra el derecho a la vida.
15. Intento de soborno o extorsión comprobados, a compañeros, docentes, personal
directivo, administrativo o de servicio generales de la institución.
16. Coaccionar, amenazar a sus compañeros o a cualquier miembro de la
comunidad.
17. Falsificar, alterar, enmendar o tachar certificados de calificaciones, registros de
asistencia, recibos de pagos, lista de calificaciones, contratos o circulares.
18. Pertenecer a grupos o pandillas identificadas, cuyo objetivo sea cometer actos
ilícitos.
19. Ser cómplice de conductas o realizar actos tipificados como delitos en el Código
Penal Colombiano y en el Código de Infancia y Adolescencia.
Parágrafo 1: Se aplicará como correctivo pedagógico la participación del estudiante en
actos cívicos, culturales y deportivos, resaltando los valores que no se reflejaron en su
convivencia.
Parágrafo 2: En caso de incurrir en cualquiera de las acciones establecidas
anteriormente con el uniforme de la institución en cualquier contexto se entenderán
como falta muy grave.
Parágrafo 3: A los o las estudiantes, que por su estado civil (casados o unión libre);
orientación sexual o estado de embarazo, se les prohíbe incitar prácticas sexuales a
sus compañeros o compañeras a través de la divulgación de sus intimidades de pareja,
so pena de incurrir en falta muy grave y ser merecedor de los correctivos
correspondientes. En todo caso, el Departamento de Orientación Escolar deberá
identificar los casos descritos para aplicar estrategias que minimicen los riesgos de
alteración de la convivencia escolar.
Articulo 35. Medidas Pedagógicas por Faltas Muy Graves
El estudiante que incurra en falta muy grave podrá ser suspendido hasta por 8 días
hábiles, cuando existan serios elementos que permitan deducir que la permanencia del
estudiante en la institución interferirá en la investigación disciplinaria o ante la
posibilidad de la reiteración o comisión de nuevas faltas. La suspensión provisional la
decidirá el Coordinador de Convivencia o en su defecto el Rector. Para garantizar el
debido proceso, la institución desarrollará las siguientes acciones:
1. El acudiente debe ser notificado desde el inicio del proceso que curse en contra
de su hijo(a) o acudido(a). De tal notificación debe quedar constancia.
2. El estudiante involucrado tiene derecho a ser asistido desde el inicio por su
acudiente que escuchará la valoración con derecho a intervención.
3. Se lee el reporte de falta muy grave suministrado por el docente o persona que
conoce la falta.
4. Se escuchan los descargos del estudiante y se garantiza el derecho a la defensa.
5. Se revisan y analizan las evidencias a favor o en contra del estudiante, y se
establecen las responsabilidades.
6. En caso de encontrarse al estudiante responsable de los cargos que se le
imputan se remitirá al Consejo Directivo para la adopción de las disposiciones
finales, tales como reparación, matrícula en observación o la cancelación de la
misma.
De acuerdo con el Artículo 44 del Decreto 1965, los protocolos de los establecimientos
educativos para la atención de las situaciones tipo III, deberán desarrollar como mínimo el
siguiente procedimiento:
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes,
actuación de la cual se dejará constancia.
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio
más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de
la cual se dejará constancia.
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité
escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la
citación se dejará constancia.
5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el
comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de
aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la
autoridad competente.
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las
medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del
ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las
personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de
la cual se dejará constancia.
7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar.
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del
comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité
municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción
sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.
Parágrafo: Las faltas muy graves podrán dar lugar a la pérdida del cupo.
Artículo 36. Circunstancias que favorecen al estudiante en la responsabilidad de
sus actos:
Se considera circunstancias que atenúan la responsabilidad:
1. El haber observado una buena conducta anterior.
2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas.
3. El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta.
4. El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta antes
de iniciarse la acción correctiva.
5. El haber sido inducido a cometer la falta por un compañero u otra persona.
Artículo 37. Circunstancias que desfavorecen al estudiante en la responsabilidad
de sus actos:
Se considera como circunstancias que agravan la responsabilidad:
1. El haber sido objeto de correctivos por mala conducta dentro del año anterior y el
actual.
2. El efecto perturbador que la conducta produzca en la formación del alumno.
3. El haber procedido por motivos innobles.
4. El haber preparado premeditadamente la falta.
5. El haber obrado en complicidad de otras personas.
6. El haber cometido la falta para ocultar otra.
7. El haber cometido la falta aprovechando la confianza que en el alumno ha
depositado sus superiores, compañeros o padres de familia.
Parágrafo: Para tener en cuenta las circunstancias favorables o desfavorables de que
tratan los anteriores artículos en este Manual, la falta debe estar completamente
comprobada.
Artículo 38. Del derecho de defensa
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, todo
estudiante quien, a juicio de las autoridades competentes de la institución, haya
demostrado alguna conducta o haya incurrido en alguna falta contraria a lo dispuesto en
este Manual de Convivencia, tiene el derecho fundamental a la defensa y al debido
proceso. El derecho de defensa es parte integrante del debido proceso y destaca el
derecho que tiene cada estudiante a rendir sus descargos y presentar pruebas.
Para ser objeto de correctivos según la falta, se seguirán los procedimientos
contemplados en el Manual de Convivencia, respetando el principio de proporcionalidad
según la falta y actuando como sujeto activo bajo la observancia tutelar de sus padres o
acudientes para garantizar su defensa y el debido proceso.
TÍTULO II
FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES
Artículo 39. La Institución Educativa Departamental Elvia Vizcaíno de Todaro, en este
capítulo considera como Faltas y Correctivos de los Docentes las establecidas en La
Ley 734 del 05 de febrero de 2002 o Código Único Disciplinario, en los artículos 23 y 42
al 47, el Código Sustantivo del Trabajo y el Código de Procedimiento Laboral.
TÍTULO III
FALTAS Y CORRECTIVOS DE LOS PADRES DE FAMILIAS O ACUDIENTES
Artículo 40. La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro mantendrá un diálogo abierto y
constructivo con los padres y madres de familia y acudientes para dar pronta solución a
los inconvenientes que se generen en la relación establecida entre éstos y la Escuela.
Sin embargo, el incumplimiento de los deberes y/o compromisos de los padres y
madres de familia o acudientes, se notificará mediante informe escrito al Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar y/o Comisaría de Familia cuando sea pertinente y
necesario.
TÍTULO IV
FALTAS Y CORRECTIVOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
GENERALES
Artículo 41. Faltas
a. Sustraer de la Institución los útiles de trabajo y las materias primas o productos
elaborados.
b. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o
drogas enervantes.
c. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo, con excepción de las que
con autorización legal puedan llevar los celadores.
d. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento.
e. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores,
promover suspensiones intempestivas del trabajo o incitar a su declaración o
mantenimiento.
f. Hacer colectas, rifas, suscripciones o cualquier propaganda en los lugares de
trabajo.
g. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o
permanecer en él o retirarse.
h. Usar útiles o herramientas suministradas por la Institución para trabajos particulares
distintos a los contratos.
Artículo 42. Correctivos
La I.E.D. Elvia Vizcaíno de Todaro considera como correctivos del Personal
Administrativo y de Servicios Generales las establecidas en el Código Sustantivo del
Trabajo y el Código de Procedimiento Laboral. En tales situaciones, se informará veraz
y oportunamente a la Secretaría de Educación Departamental del Magdalena.
CAPÍTULO IX
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (MASC)
Artículo 43. Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC): son
posibilidades diferentes a la vía judicial para resolver los conflictos. Para la I.E.D. Elvia
Vizcaíno de Todaro las MASC son vistas como herramientas extrajudiciales que buscan
dar respuesta de forma pacífica a los conflictos de la Comunidad Educativa.
Algunos de estos mecanismos son:
a. LA CONCILIACION: La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a
través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus
diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
La conciliación es un procedimiento con una serie de etapas, a través de las cuales
las personas que se encuentran involucradas en un conflicto desistible, transigible o
determinado como conciliable por la ley, hallan la manera de resolverlo a través de
un acuerdo satisfactorio para ambas partes.
Además de las personas en conflicto, esta figura involucra también a un tercero
neutral e imparcial llamado conciliador que actúa, siempre habilitado por las partes,
facilitando el dialogo entre ellas y promoviendo formulas de acuerdo que permitan
llegar a soluciones satisfactorias para ambas partes.
b. LA MEDIACIÓN: es un medio de solución de los conflictos por el cual las partes
ocurren ante un órgano designado por ellas o instituido oficialmente, el cual propone
una solución que puede o no ser acogida por las partes.
Para Pinkas Flint la mediación constituye una variante del proceso de negociación.
Si bien aplica a esta las mismas reglas generales, difiere de la negociación en que
entra en escena un tercero denominado mediador. El rol del mediador es el de un
facilitador, quien recoge inquietudes, traduce estados de ánimo y ayuda a las partes
a confrontar sus pedidos con la realidad. En su rol, el mediador calma los estados de
ánimos exaltados, rebaja los pedidos exagerados, explica posiciones y recibe
confidencias.
PARAGRAFO: El Comité de Convivencia y los Departamentos de Ciencias Sociales,
Ética y Valores y Religión fomentarán, favorecerán y ejecutarán programas tendientes
al uso de las MASC por parte de los miembros de la comunidad educativa. Deberán
impulsar la formación de líderes escolares formados como generadores de paz positiva
y con altos niveles de conocimiento de las MASC.
CAPÍTULO X
GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 44. Según la propuesta educativa que plantea la ley 115 de 1994 y el
decreto 1860 de 1994, todos los colegios deberán organizar el gobierno escolar para la
participación democrática de los miembros de la comunidad educativa.
El gobierno escolar, es un instrumento para la participación, el compromiso con la
comunidad, para la construcción y aporte del crecimiento de la I.E.D. Elvia vizcaíno de
Todaro.
El gobierno escolar es elegido por votación para el periodo de un año lectivo y seguirá
cumpliendo sus funciones hasta cuando se elija el nuevo.
ARTÍCULO 45. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR:
La institución tendrá un Gobierno Escolar conformado por los siguientes órganos como
lo determina el decreto 1860 de 1994, en sus artículos 20, 21, 24, 29, 30 y 31, así:
1. El Rector.
2. El Consejo Directivo.
3. El Consejo Académico.
ARTÍCULO 46. EL RECTOR
Es el representante legal de la institución ante las autoridades educativas y el ejecutor
de las decisiones del gobierno escolar. Dentro de sus funciones más importantes se
destacan las siguientes:
1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional.
2. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de la educación en
la Institución.
3. Velar por el cumplimiento de las funciones de todos los estamentos del colegio
proporcionando los recursos necesarios para tal fin.
4. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en este manual.
5. Establecer mecanismos de comunicación entre los diferentes miembros de la
comunidad educativa.
ARTÍCULO 47. CONSEJO DIRECTIVO
Es la instancia superior administrativa y académica del colegio. Está integrado por
1. El Rector, quien lo preside y convoca ordinaria y extraordinariamente cuando lo
considere conveniente.
2. Dos representantes del personal docente, elegidos por ellos en una asamblea
por la mayoría de votos.
3. Dos representantes de los padres de familia.
4. Un representante elegido por el consejo estudiantil de alumnos del último grado
que ofrezca el colegio.
5. Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo.
6. Un representante del sector productivo, elegido por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 48. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
1. Tomar las decisiones para solucionar situaciones que afecten el funcionamiento
de la institución y que no sean competencia de otra autoridad.
2. Servir de última instancia para resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y administrativos con los estudiantes de la institución después de haber
agotado los procedimientos previstos en el manual de convivencia.
3. Adoptar el manual de convivencia institucional de conformidad con las normas
vigentes.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de
nuevos estudiantes.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente
presentado por el rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del
currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría
de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique
el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico y social
de los estudiantes que han de incorporarse al manual de convivencia
10. Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución.
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en la realización de
actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la
respectiva comunidad educativa.
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
15. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los
provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y
responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos,
uso de libros de texto y similares.
16. Darse su propio reglamento.
ARTÍCULO 49. EL CONSEJO ACADÉMICO
Este consejo es convocado y presidido por el Rector. Es la instancia superior en la
orientación pedagógica del colegio. Está conformado por:
1. El Rector quien lo preside o su delegado, designado por éste.
2. El coordinador Académico
3. Los Jefes de Departamento.
4. Representante del Dpto. de Psicología.
ARTÍCULO 50. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta
del Proyecto Educativo Institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con los procedimientos legales vigentes.
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la evaluación institucional.
5. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiantes con relación a las
evaluaciones de acuerdo con los artículos 50 y 56 del decreto 1860 de 1994.
6. Supervisar el proceso general de evaluación para elaborar propuestas de
mejoramiento y promoción estudiantil.
7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya
el Proyecto Educativo Institucional.
CAPÍTULO XI
COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
ARTÍCULA 51 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA INDEVISTA: La Institución cuenta
con el Comité Escolar de Convivencia, creado de acuerdo con lo reglamentado en la Ley
No. 1620 de 15 de marzo de 2013, "Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". Es un organismo
consultivo que evalúa los casos de incumplimiento del presente Reglamento por parte de
estudiantes. El comité escolar de convivencia estará conformado por:
1. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
2. El personero estudiantil
3. El docente con función de orientación
4. El coordinador cuando exista este cargo
5. El presidente del consejo de padres de familia
6. El presidente del consejo de estudiantes
7. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la
comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
ARTÍCULO 52. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: Son
funciones del comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros
de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región
y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas
que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar
perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante
estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del
establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo
29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a
las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos
sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo
con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito
escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón
por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de
la estructura del Sistema y de la Ruta.
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de
convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la
estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de
la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización
del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el
contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores
maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos
o estrategias de convivencia escolar
CAPÍTULO XII
REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 53. CONSEJO DE ESTUDIANTES
Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de
participación de los estudiantes, según lo establecido en el art. 93 y 142 de la ley 115 y
el art. 24 del Decreto 1860 de 1994, que contempla su conformación, denominación,
ámbito institucional de operaciones y duración.
ARTÍCULO 54. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
1. Darse su propia organización interna; sus reuniones serán presididas por el
representante estudiantil como presidente y el personero como fiscal.
2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del
establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
4. Presentar a través de su mesa directiva, en forma escrita en la tercera semana
siguiente a su formación los planes y cronograma de actividades a rectoría para
su estudio conciliatorio y su ubicación en el planeamiento institucional.
5. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya
el manual de convivencia.
ARTÍCULO 55. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
Según el artículo 28 del decreto 1860 de 1994, el personero será un estudiante del
último grado que ofrece la institución, encargado de promover el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las
leyes, los reglamentos y el manual de convivencia del colegio. No participa de manera
directa en ninguno de los organismos, pero desempeña una función muy importante
como la de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso
educativo y las funciones que le determina el decreto 1860, a través de diferentes
campañas y proyectos comunitarios.
ARTÍCULO 56. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
1. Es el encargado de promover la identidad, compromiso y participación de
todos en el proceso educativo, a través de diferentes campañas y proyectos
comunitarios.
2. Fomentar el cumplimiento del Manual de Convivencia.
3. Promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes y de los
valores y principios democráticos, para la cual podrá utilizar los medios de
comunicación interna de la institución, pedir la colaboración del Consejo de
Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
4. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre
lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad
sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
5. Presentar ante el Rector, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a
petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los
estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
6. Llevar por escrito un seguimiento de su labor realizada.
7. Participar en la designación de estímulos institucionales.
8. Sobresalir por el espíritu conciliador en la solución de conflictos.
9. Sobresalir por su liderazgo.
CAPÍTULO XIII
REPRESENTANTES DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTÍCULO 57. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
El Consejo de Padres de Familia se regirá de conformidad con lo establecido en el
decreto 1286 del 27 de abril de 2005.
ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las
evaluaciones periódicas de competencias y de las Pruebas de Estado.
2. Diseñar un manual de funciones y cronograma de actividades para cada año
lectivo.
3. Exigir que el colegio participe en la realización de pruebas de competencias y de
estado (ICFES).
4. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice
la institución.
5. Participar en la elaboración de los Planes de Mejoramiento y del logro de los
objetivos planteados.
6. Promover actividades de promoción de los padres de familia: Acompañamiento.
7. Hábitos de estudio. Autoestima. Ambientes de convivencia. Promoción de los
derechos del niño.
8. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y
concertación.
9. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco
de la Ley y la Constitución.
10.Promover actividades destinadas a la salud física y mental de los educandos,
solución de dificultades de aprendizaje, integración escolar y mejoramiento del
medio ambiente.
11.Presentar propuestas de modificación del PEI. Dcto. 1860 de 1994, Arts. 14,15 y
16. 11.