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INAI-DATOS.pptx

  1. Datos Biométricos Dra.Cynthia Solís
  2. Temario
  3. • Diferentes tipos de datos biométricos • Características inherentes a ciertos datos biométricos Datos biométricos • Diferentes estándares de datos biométricos • AFIS • Biometría de reconocimiento facial • Biometría de reconocimiento y análisis de iris ii. Tecnologías usualmente utilizadas para la obtención y tratamiento de datos biométricos. • 1. Legislación vigente en materia de protección de datos personales a. Legislación mexicana • b. Legislación Europea iii. Estándares internacionales y legislación internacional vigente • Legislación Española • Legislación Francesa i. GDPR
  4. Introducción Un poquito de historia…
  5. ¿Qué es un dato biométrico?
  6. Biometría BIO= VIDA METRÍA= MEDICIÓN, MEDIDA,
  7. Mediciones fisiológicas​ Morfológicas Biológicas Mediciones del comportamiento
  8. Características de los datos biométricos Universales Únicas Permanentes Registrables Medibles Más resistente a falsificaciones
  9. Diferentes tipos de datos biométricos HUELLAS DIGITALES BIOMETRÍA FACIAL IRIS PALMA DE LA MANO RECONOCIMIENTO BASADO EN EL ADN FORMA DE LA OREJA TERMOGRAFÍA FACIAL.
  10. Tecnologías usualmente utilizadas para la obtención y tratamiento de datos biométricos
  11. Estándares de datos biométricos • Estándares Internacionales • BioAPI • BAPI • CBEFF • ANSI X9.84 • NCITS • FBI • INTERPOL AFIS Expert Working Group
  12. AFIS (Automated Fingerprint Identification System) • El Sistema Automatizado de Identificación Dactilar, es una base de datos que sirve para verificar la identidad de una persona, a través de las características de sus huellas dactilares.
  13. • los Sistemas Automatizados de Identificación de Huellas Dactilares (AFIS) utilizados para la identificación criminal se han convertido en un elemento central del trabajo de la policía y otras agencias encargadas de hacer cumplir la ley en todo el mundo.
  14. 3 patrones principales de huellas dactilares Arcos Curvas Espirales
  15. Minucias
  16. Biometría Facial
  17. • Es una tecnología capaz de identificar o verificar a un sujeto a través de una imagen, vídeo o cualquier elemento audiovisual de su rostro • On boarding digital • Autenticación
  18. – Imágenes frontales de la cara – Imágenes de rostros y compresión • reconocimiento facial 3D • Pruebas y estándares de conformidad
  19. Diferentes tipos de imágenes Básica Frontal Full frontal Token frontal
  20. Dos principales formatos de compresión – JPEG-2000 Part- 1 Code Stream Format (ISO/IEC 15444-1) - JP2 file format (the JPEG2000 file format). – JPEG Sequential baseline (ISO/IEC 10918-1)
  21. ¿Es mejor 3D que 2D? Lo importante es la textura más que la dimensión
  22. Faceapp
  23. Reconocimiento y análisis de iris
  24. ¿Por qué usar el iris? El iris es la porción de color del ojo, en el centro del iris se encuentra la pupila. El patrón del iris de una persona es único y permanece inalterado a lo largo su vida. Se encuentra debidamente protegido del daño, por lo que es una parte adecuada del cuerpo para la autenticación biométrica.
  25. Ventajas del Iris como biométrico Es altamente preciso, rápido y presume de tener una exactitud de primera clase. Permanece inalterable a lo largo de la vida. Posibilita el distinguir gemelos. Los dos ojos son distintos y en su conjunto pueden otorgar mayor certeza. Mientras los ojos estén expuestos, el reconocimiento del iris se puede utilizar. El reconocimiento está disponible incluso de noche o en la oscuridad. Sin contacto (Contactless).
  26. El iris permite diagnosticar problemas de salud Aneurisma Tumor cerebral Esclerosis Múltiple Cáncer de sangre o piel Diabetes Arteritis Hipertensión Lupus ETS
  27. Legislación Vigente
  28. México
  29. LFPDPPP RLFPDPPP LGPDPPSO CIRCULAR ÚNICA DE BANCOS AFORES CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN * INE – RENAPO – SRE - FGR
  30. Europa
  31. GDPR REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS INICIATIVA « RECLAIM YOUR FACE »
  32. RGPD (Reglamento General de Protección de Datos en Europea)
  33. Artículo 4 • «datos biométricos»: datos personales obtenidos a partir de un tratamiento técnico específico, relativos a las características físicas, fisiológicas o conductuales de una persona física que permitan o confirmen la identificación única de dicha persona, como imágenes faciales o datos dactiloscópicos.
  34. Artículo 9 • Tratamiento de categorías especiales de datos personales • 1. Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales … datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física… • Salvo que concurra una de las circunstancias de excepción
  35. España
  36. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. • Artículo 6 bis. Registro de actividades de tratamiento. • Si la información incluyese datos personales que hagan referencia al origen racial, a la salud o a la vida sexual, incluyese datos genéticos o biométricos o contuviera datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas que no conllevasen la amonestación pública al infractor, el acceso solo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquel estuviera amparado por una norma con rango de ley.
  37. Francia
  38. LEY INFORMÁTICA Y LIBERTADES • Implementación en materia laboral – modelo francés (reglamento modelo CNIL) – sobre el tratamiento de datos biométricos como control de acceso al lugar de trabajo. • Justificar la necesidad específica del uso de la biometría • Distinguir tres tipos de sistemas biométricos de control de acceso basados ​​en el método de transmisión y almacenamiento de datos • Mantener una fuerte política de seguridad de datos • Nuevas medidas para la protección de datos biométricos
  39. Aplicaciones prácticas
  40. SAT – E-FIRMA ACCESOS BIOMÉTRICOS APLICACIONES BANCARIAS ABORDAJE EN AEROLÍNEAS ADUANAS Y SERVICIOS MIGRATORIOS SEGURIDAD EMPRESARIAL REGISTRO DE ASISTENCIAS SOCIAL MEDIA
  41. RIESGOS Y OPORTUNIDADES SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD TRATAMIENTO ABUSIVO DE DATOS PERSONALES DISCRIMINACIÓN VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS (PRESUNCIÓN DE INOCENCIA) SEGREGACIÓN RACIAL CONTROL GUBERNANTAL
  42. REFLEXIONES FINALES
  43. ¿PARA QUÉ USAR BIOMÉTRICOS? ¿SE JUSTIFICA O TENGO ALGUNA OTRA ALTERNATIVA? ¿ES PROPORCIONAL? ¿SE TIENEN FINALIDADES CLARAS, LEGÍTIMAS Y CONCRETAS? ¿QUÉ TIPO DE DATOS BIOMÉTRICOS Y POR QUÉ? ¿QUÉ MEDIDAS DE SEGURIDAD TENGO QUE APLICAR PARA RESGUARDARLOS? ¿QUÉ CRITERIOS DEBO TOMAR EN CUENTA PARA CONTRATAR ALGÚN PROVEEDOR?
  44. ¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!

Notas del editor

  1. Decisión de Ejecución (UE) 2021/27 de la Comisión de 7 de enero de 2021 sobre la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Iniciativa de la sociedad civil para la prohibición de las prácticas de vigilancia biométrica masiva» 
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