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LA CONTRATACIÓN PÚBLICALA CONTRATACIÓN PÚBLICA
y lay la Nueva Ley de Contrataciones delNueva Ley de Contrataciones del
EstadoEstado
bienes, servicios y obrasbienes, servicios y obras
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
20142014
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Interés
Público
Interés
Privado
Interés
Público
Interés
Público
1.- Políticas
Incluir todos lo supuestos
2.- Uso de Recursos Públicos
Gestión por resultados,
transparencia, seguridad,
eficiencia, eficacia.
3.- Capacidades de gestión
Contractual
Operadores capacitados y
Éticos
4.- Rectoría
Supervisión, promoción, protección
del sistema
5.- Reglas de Acceso al Sistema
Registro Nacional de Proveedores
Nivel de vallas de acceso
Estado Proveedores
1.- Aprovechamiento legítimo
de Oportunidad de Negocio
Acceso efectivo al mercado:
i)Justicia distributiva
y equidad
ii) Competencia en caso de
igualdad de condiciones
2.- Desarrollo de Capacidades
Para todo proveedor, mediante la
acción del Estado y de Privados.
3.- Trámite, tiempo y costos
de transacción
Simplificación, menores costos
económicos y de oportunidad
Supervisión, Control Gubernamental, Vigilancia Ciudadana
1.- Interacción entre Actores
Definición de prácticas y políticas
contractuales
2.- Solución de Controversias
i)Focos de origen de conflictos
ii)Hitos de conflicto efectivo:
a) Actos preparatorios,
b)Procedimiento de selección,
c) Ejecución
Publicidad y Transacciones: SEACE
Contexto Internacional
Interacción
Nueva Ley de Contrataciones
del Estado
Ley N° 30225
Publicada el 11 de julio de 2014
Temas Generales
Ley
1.- Se dispone que se
encuentran fuera del ámbito
de aplicación y bajo
supervisión del OSCE, las
contrataciones cuyo valor
estimado o referencial no
superen las 8 UIT.
Art. 5, inciso a) Supuesto excluido
sujeto a supervisión del OSCE
Impacto
• Implicará mayores márgenes
económicos para
contrataciones no sujetas a los
procedimientos de la Ley de
Contrataciones del Estado.
• Traslada a la entidad la
responsabilidad sobre la
idoneidad y transparencia.
• Serán necesarios manuales
internos de contrataciones de
montos menores.
Temas generales
Ley
2.- Se elimina la posibilidad
de encargar procedimientos
de selección a organismos
internacionales.
Art. 6
Impacto
Las entidades conducirán
íntegramente sus
contrataciones, salvo los
casos de encargos a otras
entidades
Temas generales
Ley
3.- El encargo entre
entidades se podrá realizar
sobre los actos
preparatorios y
procedimientos de
selección.
Art. 6
Impacto
Se incrementa el posible
contenido del encargo, lo
cual puede ser beneficioso.
Temas generales
Ley
4.- Los impedimentos para
ser participante, postor y/o
contratista, se mantienen
con la misma fórmula
que la Ley de
Contrataciones aprobada
por el Decreto Legislativo
N° 1017.
Art. 11
Impacto
Se mantienen exactamente
los mismos impedimentos.
Temas generales
Ley
5.- El primer párrafo del
artículo 28 del proyecto de ley,
incluye la atribución de las
entidades para rechazar toda
oferta si determina que, luego
de haber solicitado por escrito
o por medios electrónicos al
proveedor la descripción a
detalle de todos los elementos
constitutivos de su oferta, se
susciten dudas razonables
sobre el incumplimiento del
contrato.
Art. 28
Impacto
La norma establece un
margen discrecional de
actuación a las entidades,
respecto de postores que
presenten ofertas percibidas
como temerarias y que, por
tanto, susciten dudas
razonables sobre el
incumplimiento del contrato
Programación y Actos Preparatorios
Ley
6.- Considerando que la planificación
es uno de los principales problemas del
sistema de compras públicas, se prevé
que la programación de los bienes,
servicios y obras en el cuadro de
necesidades deben encontrarse
vinculados al POI de conformidad con
el financiamiento previsto en el
proyecto de Ley de Presupuesto
correspondiente al siguiente año fiscal.
Asimismo, se ha previsto que los
requerimientos deben estar
acompañados de sus especificaciones
técnicas y deben prever el valor
estimado de dichas contrataciones, y la
fuente de financiamiento.
Art. 15
Impacto
• Implicará la necesidad de
incrementar mejoras en la
planificación de
contrataciones, por cuanto
obliga a vincular la
programación de las
contrataciones con el POI.
• Por otro lado, implica la
necesidad de incrementar el
entrenamiento de las
personas.
Programación y Actos Preparatorios
Ley
7.- Se plantea que las
Entidades del Poder Ejecutivo
que formulen políticas
nacionales y/o sectoriales del
Estado puedan efectuar
procesos de homologación,
para la uniformación de los
requerimientos de bienes y
servicios.
Art. 17
Impacto
Es una medida conveniente
para los casos de compras
corporativas y para la
estandarización en general.
Programación y Actos Preparatorios
Ley
8.- Se propone eliminar el uso del valor
referencial para las contrataciones de
bienes y servicios a fin de evitar la
distorsión de los precios y reemplazarlo
por un valor estimado que puede ser
público, pero que no debe ser la base
para rechazar o aceptar ofertas. Solo
podrán descartarse las ofertas que
susciten dudas razonables sobre la
ejecución del contrato o cuando la
Entidad no cuente con el presupuesto
suficiente. Dicha medida no se considera
en las contrataciones de obra debido a
los problemas que presentan actualmente
la elaboración de los expedientes
técnicos de obra, manteniéndose en éstas
el Valor Referencial tal como
históricamente se ha entendido.
Art. 18.
Impacto
• Sería un cambio muy
relevante en lo relacionado al
monto que la entidad está
dispuesta a pagar, pues, el
concepto de Valor Referencial
ya no será inmodificable para
el proceso, sino que sólo
tendría carácter indicativo. Es
una experiencia nueva para el
país y constituye una fórmula
intermedia entre el Valor
Referencial Público y el Valor
Referencial Reservado.
Programación y Actos Preparatorios
Ley
9.- Para las contrataciones que
se convoquen dentro del último
trimestre del año fiscal, y el
otorgamiento de la Buena Pro y
la suscripción del contrato se
realice el año fiscal siguiente,
se cuente con una constancia
de previsión de recursos por el
monto del valor estimado o
valor referencial, siendo que
para el otorgamiento de la
Buena Pro se debe contar con
la certificación de crédito
presupuestario.
Art. 19, inciso c)
Impacto
• Implicaría la necesidad
de establecer una
práctica o disposición
interna en las entidades,
para asegurar lo previsto
en dicha regulación.
Programación y Actos Preparatorios
Ley
10.- Adicionalmente a la Licitación Pública, Concurso Público y
Subasta Inversa Electrónica, se proponen los siguientes tipos de
procedimiento de selección:
a) Adjudicación simplificada: Procedimiento para la
contratación de bienes, servicios u obras cuyo valor sea mayor a 8
UIT, y no supere el monto establecido para la Licitación o Concurso
Público.
b) Selección de consultores individuales: Aplicado para
la contratación de personas naturales que brinden servicios de
consultoría y que no requieren equipos de personal.
c) Comparación de precios: Para la contratación de
bienes y servicios fáciles de obtener y que sean de disponibilidad
inmediata.
d) Contratación directa: Nuevos supuestos:
•- Los servicios de consultoría que son la continuación
o actualización de un trabajo previo ejecutado por un consultor
individual.
•- La contratación de bienes servicios y/o consultorías
con fines de investigación, experimentación, estudio o desarrollo
científico o tecnológico.
•- La contratación del arrendamiento y la adquisición
de bienes inmuebles existentes.
•- Cuando exista necesidad urgente de la Entidad de
continuar con la ejecución de las prestaciones no ejecutadas
derivadas de un contrato resuelto o de un contrato declarado nulo.
•- Los servicios educativos de capacitación que
cuenten con un procedimiento de admisión.
Artículos 21 al 27
Impacto
• Se realizan fusiones de
tipos de procesos y se
precisan alcances de
unos nuevos.
• La experiencia indicará
su pertinencia.
Ejecución Contractual
Ley
11.- Respecto a la solución de controversias durante la
ejecución contractual, se ha previsto lo siguiente:
a)Se introduce la posibilidad de que las partes puedan utilizar
otros medios tales como la Junta de Resolución de Disputas
(Dispute Boards), a fin de lograr la pronta y óptima solución de
controversias que posibilite alcanzar, en las mejores
condiciones de oportunidad y costo, el objeto de la contratación.
b)Se prevé que el OSCE acredite a las instituciones arbitrales
que cumplan con los parámetros, requisitos y lineamientos que
sean establecidos en la Directiva correspondiente, con la
finalidad de asegurar que el servicio de organización y
administración de arbitrajes que brinden estas instituciones
reúnan los mínimos requisitos de calidad y seguridad.
c)Se crea el Registro Nacional de Árbitros, el cual permitirá
hacer de público conocimiento la nómina de potenciales
candidatos que se consideran calificados y especializados para
ser designados como árbitros del Estado.
•Así también, se crea el Registro Nacional de Secretarios
Arbitrales a fin de identificar a las personas encargadas de
prestar apoyo administrativo en la tramitación de los arbitrajes.
a)Se crea el Consejo de Ética, el cual se encarga de determinar
la comisión de infracciones y de imponer las sanciones
respectivas en función a lo previsto en el Código de Ética.
Art. 45
Impacto
• Se introduce como modalidad nueva la
Junta de Resolución de Disputas, para el
caso de obras, modalidad ésta que
consiste en un sistema de solución de
controversias que acompaña el
desarrollo de la ejecución contractual y
que ha mostrado mucha utilidad,
especialmente en inversiones sobre
obras de largo plazo de ejecución.
• Los aspectos relacionados al régimen
general de arbitraje, manifiestan el
propósito de que el ente rector
incremente su presencia e intervención
en el Sistema de Solución de
Controversias.
• Se deben evaluar los riesgos asociados.
Ejecución Contractual
Ley
12.- Se prevé que los funcionarios
pueden actuar discrecionalmente
para optar por la decisión
administrativa debidamente
sustentada que se considere más
conveniente, dentro del marco que
establece la ley, toda vez que en
una gestión por resultados se debe
garantizar que los procedimientos
de compras permitan el
cumplimiento de los fines y
objetivos públicos, de forma
oportuna y bajo las mejores
condiciones de calidad y precio.
Sexta Disposición
Complementaria Final
Impacto
• Implicaría un cambio relevante en el
sistema de evaluación de todas las
entidades públicas, por cuanto
facultaría a las entidades a evaluar
circunstancias especiales para la
modificación de los contratos durante
su ejecución (art. 34 del proyecto).
• Es decir, se flexibiliza un clásico
criterio de inmodificabilidad de los
contratos suscritos, salvo
excepciones previstas expresamente.
• Se admitiría un margen discrecional
mayor para que, en atención a
alcanzar la finalidad del contrato de
manera oportuna y eficiente y, sin
afectar el equilibrio económico, se
modifique el contrato.
Ejecución Contractual
Ley
13.- Considerando que existen
infracciones que no ameritan que
ciertos proveedores sean
retirados del mercado,
reduciendo así el espectro de
proveedores elegibles por las
Entidades, dentro de las
sanciones aplicables se ha
previsto incorporar a las multas,
las que no pueden ser menores
del cinco por ciento (5%) ni
mayores al quince por ciento
(15%) de la propuesta económica
o del contrato, según
corresponda.
Artículo 50, inciso 50.2, literal a)
Impacto
• La aplicación de multas,
en sustitución de
sanciones como la
inhabilitación, será una
experiencia nueva en el
país. La experiencia
indicará su pertinencia.
Lo que no varía …
aunque con inclusión de
determinados énfasis …
Entonces
• La Contratación Pública es
una manifestación
específica de la Función
Administrativa del Poder.
• Implica que por lo menos
una de las partes está
ejerciendo Función
Administrativa (la otra parte, si
es privado, ejerce su libertad y si es
otra entidad pública, también ejerce
Función administrativa del Poder)
• Tiene como instrumento
(forma jurídica) al contrato
de la Administración
Pública.
• Se sigue en cada caso un
procedimiento de
naturaleza administrativa,
denominado
Procedimiento de
Contratación
Administrativa.
• Se aplica el Derecho
Administrativo, que forma
parte del Derecho Público.
FUNCIÓN EN QUÉ CONSISTE FORMA
JURÍDICA
PROCEDIMIENTO QUIÉN LA EJERCE
A
D
M
I
N
I
S
T
R
A
T
I
V
A
Concretar los fines del Poder
La concreción de los fines del
Poder se hace de varias
maneras:
1.- Reglamentando normas con
naturaleza de ley.
2.- Emitiendo declaraciones de
la Administración Pública de
efectos jurídicos individuales
3.- Organizándose
internamente las entidades
(sistemas administrativos), en
materias de
-Planificación
-Presupuesto
-Contabilidad
-Tesorería
-Abastecimiento
-Personal
4.- Contratando en ejercicio de
Función Administrativa
5.- Ejecutando materialmente
Las formas
jurídicas
administrativas:
1.- El reglamento.
2.- El Acto
Administrativo.
3.- El Acto de
Administración
Interna.
4.- El Contrato de
la
Administración
Pública.
5.- El Hecho
Administrativo
Los procedimientos de
naturaleza
administrativa:
1.- Procedimiento
Reglamentario
2.- Procedimiento
Administrativo.
3.- Procedimientos de
Administración Interna.
Éstos son:
-Procedimiento de
Planificación.
-Procedimiento de
Presupuesto.
-Procedimiento de
Contabilidad.
-Procedimiento de
Tesorería.
-Procedimiento de
Abastecimiento
-Procedimiento de
Personal
4.- Procedimiento de
Contratación
Administrativa
5.- Técnicas de
Ejecución y
Procedimientos
Normados de
Ejecución
La Administración
Pública.
La Administración
Pública está constituida
por los organismos,
órganos y personas-
órgano, estatales o no
estatales, que ejercer la
Función Administrativa
El organismo se
caracteriza por
constituir una unidad
con personalidad
jurídica propia.
El órgano forma parte
del organismo. No tiene
personalidad jurídica.
Su existencia se la debe
al organismo al cual
pertenece.
La persona-órgano es la
persona natural cuando
ejerce las atribuciones
que se le ha asignado
en el organismo al cual
está incorporado
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Relación Subyacente en el Contrato de la
Administración Pública
L ---------- L
L------ L
I
P
P----------- L
P-------------- P
Contrato Derecho
Privado
Contrato de la
Administración
Pública
Contrato Derecho
Social
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
privado
Sociedad impone
protección al más
débil
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
colectivo
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
colectivo
Centro de
interés
colectivo
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Concepto de Contrato de la Administración PúblicaConcepto de Contrato de la Administración Pública
Es el acuerdo de dos o más partes para crear,Es el acuerdo de dos o más partes para crear,
regular, modificar o extinguir una relaciónregular, modificar o extinguir una relación
jurídica patrimonial,jurídica patrimonial, en el cual por lo menosen el cual por lo menos
una de las partes es una entidad de launa de las partes es una entidad de la
Administración Pública.Administración Pública.
L ---------- L L------ L
I
P
P----------- L
P-------------- P
Contrato
Derecho
Privado
Contrato de la
Administración
Pública
Contrato
Derecho
Social
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Normativa Constitucional
El artículo 76º de la Constitución Política
“Contrataciones y
Adquisiciones del Estado.
Las obras y la adquisición de
suministros con utilización
de fondos o recursos
públicos se ejecutan
obligatoriamente por
contrata y licitación, así
como también la
adquisición o enajenación
de bienes.
La contratación de servicios
y proyectos cuya
importancia y cuyo monto
señala la Ley de
Presupuesto se hace por
concurso público. La ley
establece el procedimiento,
las excepciones y las
respectivas
responsabilidades”
Se distingue entre Contratación Privada y Contratación de la Administración Pública.Se distingue entre Contratación Privada y Contratación de la Administración Pública.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Normas Constitucionales y equivalentes
Normas con naturaleza de ley
Normas con naturaleza de
Reglamento
Jurisprudencia de autoridades
jurisdiccionales que interpretan
disposiciones administrativas
Precedentes Administrativos
(publicados)
Pronunciamientos vinculantes
de entidades facultadas para
interpretar normas administrativas
(debidamente difundidas)
FUENTES DE LA
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
(Escenario de Derecho
Administrativo
con insertos
de Derecho Privado
y de Derecho social)
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Principios de Derecho
Contractual Administrativo
Principios Generales de Derecho
Administrativo
Otros órdenes normativos
Derecho
Público
Derecho
Administrativo
Derecho Social
Derecho
Privado
Derecho
Contractual
Administrativo
Derecho
Penal (ejm)
PRECEDENCIAS DE REGÍMENES JURÍDICOS
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Rol de los Principios que rigen la Contratación
Pública
• Como parámetros
de la actuación
de quienes
participan en la
Contratación
Pública (todos los
actores públicos
y privados)
• Para elaborar
normas
• Para interpretar
• Para integrar
vacíos
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Técnica Normativa utilizada para
principios
• Se indican
expresamente
en la Ley
determinados
principios.
• Pero queda
abierta la
posibilidad de
aplicación de
otros
principios
existentes.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Principios
• Razonabilidad
• Eficiencia
• Economía
• Vigencia
Tecnológica
• Libre Concurrencia y
Competencia
• Publicidad
• Transparencia
• Moralidad
• Trato Justo e
Igualitario
• Imparcialidad
• Equidad
• Sostenibilidad
Ambiental
• Promoción del
Desarrollo Humano
La Nueva Ley
• Libertad de
concurrencia
• Igualdad de Trato
• Transparencia
• Publicidad
• Competencia
• Eficacia y
Eficiencia
• Vigencia
Tecnológica
• Sostenibilidad
Ambiental y
Social
• Equidad
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Diversos actores y materias constituyen el SistemaDiversos actores y materias constituyen el Sistema
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Intersección de
disciplinas
Dispersión o
Unificación del
Sistema
Respaldo constitucional
Temas colateralesInstitucionalidad
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Perspectivas de Aproximación al Tema
Jurídica, Logística,
Económica, Tecnológica,
Política, Otras
Complementación de perspectivas a todo nivel:
- Al formular políticas de Estado.
- Al diseñar el Sistema de Contratación Pública.
- Al trabajar dentro de cada entidad.
- Al trabajar dentro de cada proveedor.
- En la actuación de todo actor
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Esquema Básico de la Contratación Pública
ENTIDAD
-Determina
necesidades
-Determina Valor
referencial
-Establece
condiciones
financieras
-Invita a ofertar
-Evalúa la (s)
oferta (s)
-Adjudica la
buena pro
Línea
divisoria
PROVEEDORES
- Ofertan
Formación del Contrato de la
Administración Pública
Entidad Pública Proveedor
Acuerdo de Voluntades
Y
Perfeccionamiento
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Esquema del Procedimiento de Contratacioón
Administrativa
Contrato de
la
Administración
Pública
actuaciones
ricardo salazar chávezricardo salazar chávez
actuaciones
Actos Preparatorios Procedimiento de Selección
Ejecución
Contractual
y Liquidación
Contrato
de la
Administración
Pública
ricardo salazar chávezricardo salazar chávez
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Precedencias
Ley
Reglamento
Bases
Oferta Ganadora
Texto del Contrato
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Constitución
Obligaciones establecidas por la
Constitución Política y equivalentes
Obligaciones establecidas por
Ley(es)
Obligaciones establecidas por
Reglamento(s)
Obligaciones establecidas por
las Bases
Obligaciones establecidas por
la Oferta Aceptada
(la oferta con adjudicación de la buena pro
implica el consentimiento o acuerdo de
voluntades)
Obligaciones establecidas por
Acuerdo de voluntades, dentro
del margen de negociación
directa, cuando lo hay
COMPONENTES
DEL VÍNCULO
CONTRACTUAL
ADMINISTRATIVO
(no es lo mismo
Contenido del
Texto del Contrato
que contenido del
Vínculo Contractual.
Éste puede ser
más amplio).
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Objeto Normativa aplicable Organismo rector
1. Adquisición de bienes (compra – venta)
Legislación de Contrataciones del Estado OSCE
(Hasta el 31.01.09 era CONSUCODE)2. Servicios en general (locación de servicios)
3. Servicios de Consultoría (locación de servicios)
Incluye:
3.1.- Consultoría
3.2.- Asesoría
3.3.- Estudios
3.4.- Gerencia
3.5.- (otros similares).
4. Ejecución de obras (locación de obra)
5. Arrendamiento a favor del Estado
6. Préstamos a favor del Estado.
Incluye:
6.1.- Préstamos internos.
6.2.- Préstamos externos.
Legislación sobre financiamiento externo
e interno
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
7. Disposición de bienes del Estado
7.1 Venta de bienes del Estado
7.2 Arrendamiento de bienes del Estado
7.3 Afectación en uso
Legislación sobre propiedad del Estado Superintendencia de Bienes del Estado
8. Concesión
8.1 Concesión de infraestructura
8.2 Concesión de servicios
Legislación sobre concesiones PROINVERSIÓN y Organismos Reguladores
(PROINVERSIÓN, OSIPTEL,
OSINERGMIN, OSITRAN, SUNASS, entre
otros)
9. Personal
Legislación sobre personal de la
Administración Pública
Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo (MTPE)
Objetos contractuales más frecuentes
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Los Objetos Contractuales
• La Administración Pública puede celebrar todo tipo
de objetos contractuales, para el cumplimiento de
sus fines.
• Existen objetos contractuales celebrados con más
frecuencia.
• Los objetos contractuales más frecuentes, han sido
normados desde la perspectiva de la Contratación
Pública.
• Existen objetos contractuales de contratos de la
Administración Pública, que aún no han sido
normados desde la perspectiva de la Contratación
Pública. En ellos se aplica la precedencia de fuentes.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Obras Obras Obras Obras Obras Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Consultoria
Bns y Serv
Consultoria
Obras
Bns y Serv
Consultoria
Bns y Serv Bns y Serv Bns y Serv
Obras
Consultoria
Bns y Serv
Consultoria
Obras
Bns y Serv
Consultoria
Obras
Consultoria
Bns y Serv
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Evolución General del Sistema 1970 - 2014
Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Especial
Especial
Especial
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Tensión entre
Unificación y
Dispersión
Fases de la ContrataciónFases de la Contratación
Programación y
Actos
Preparatorios
Procedimiento
de Selección
Ejecución
contractual y
Liquidación
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Procedimiento de SelecciónProcedimiento de Selección
Conv Consul Observ Present
Propuest
Evaluac
Propues
Adjudic Suscr
contrat
Clásico
Subasta
Inversa
Conven
Marco
Régimen General
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
BID y Banco
Mundial
JBIC, AID,
UNOPS, OIM,
OEI,
Especiales,
DU, otros
BID y Banco
Mundial
JBIC, AID,
UNOPS, OIM,
OEI,
Especiales,
DU, otros
R. Paralelo
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Procedimiento de Selección
Clásico
Procedimiento de Selección
Clásico
Estructura
Básica
Convoca
toria
Consultas Observacio
nes
Presentación
Propuestas
Evaluación
Propuestas
Adjudicación Suscrip
Ción del
Contrato
Licitación
Pública y
Concurso
Público
Adjudicación
Directa
Pública ADP
Adjudicación
Directa Selectiva
ADS
Adjudicación de
Menor Cuantía
AMC
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Con nueva Ley
hay cambio de
denominaciones
y estructura
El SEACE
Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
Se circunscribe
dentro del Plan
de la Sociedad
de la Información
1.- Tecnologías de la
Información en el
ámbito Privado.
2.- Gobierno Electrónico
a.- Procedimientos
b.- SEACE
c.- Otros
¿Qué debemos encontrar en el
SEACE?
¡Todo!
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Procedimiento de SelecciónProcedimiento de Selección
Conv Consul Observ Present
Propuest
Evaluac
Propues
Adjudic Suscr
contrat
Clásico
Subasta
Inversa
Conven
Marco
Régimen General
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
• El conflicto puede originarse en cualquiera de las fases de la Contratación.
• Cualquier componente de cada fase de Contratación puede incubar el conflicto.
• La prevención del conflicto es la práctica sana a seguir recomendada.
• Surgido el conflicto, la oportunidad de su solución, depende del modelo
asumido en cada país.
Solución de Controversias durante el procedimiento de Selección,Solución de Controversias durante el procedimiento de Selección,
cuando proceso es a) Licitación Pública, b) Concurso Público, c)cuando proceso es a) Licitación Pública, b) Concurso Público, c)
Adjudicación Directa Pública y d) Procesos de Menor CuantíaAdjudicación Directa Pública y d) Procesos de Menor Cuantía
derivados de procesos declarados desiertos (precisar concepto)derivados de procesos declarados desiertos (precisar concepto)
ComitéComité
EspecialEspecial
Tribunal deTribunal de
ContratacionesContrataciones
Poder JudicialPoder Judicial
Desde Ley Nº 29873, publicada el 1º de
junio de 2012
Vía Administrativa Vía Judicial
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Solución de Controversias durante el procedimiento deSolución de Controversias durante el procedimiento de
Selección, cuando proceso es a) Adjudicación DirectaSelección, cuando proceso es a) Adjudicación Directa
Selectiva y b) Adjudicación de Menor Cuantía.Selectiva y b) Adjudicación de Menor Cuantía.
ComitéComité
EspecialEspecial
Titular deTitular de
la Entidadla Entidad
Poder JudicialPoder Judicial
Desde Ley Nº 29873, publicada el 1º de junio de 2012
Vía Administrativa Vía Judicial
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Solución de Controversias durante laSolución de Controversias durante la
Ejecución ContractualEjecución Contractual
• ConciliaciónConciliación
yy
• Arbitraje.Arbitraje.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Tendencia Actual para la Contratación
Pública
Integración de losIntegración de los
sistemas desistemas de
contrataciones a nivelcontrataciones a nivel
regional y globalregional y global
Integración de losIntegración de los
sistemas desistemas de
contrataciones a nivelcontrataciones a nivel
regional y globalregional y global
Formación deFormación de
Capacidades,Capacidades,
Profesionalización yProfesionalización y
certificacionescertificaciones
(nacionales y globales)(nacionales y globales)
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Contratación publica y nueva ley de contrataciones

  • 1. LA CONTRATACIÓN PÚBLICALA CONTRATACIÓN PÚBLICA y lay la Nueva Ley de Contrataciones delNueva Ley de Contrataciones del EstadoEstado bienes, servicios y obrasbienes, servicios y obras Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez 20142014 Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 2. Interés Público Interés Privado Interés Público Interés Público 1.- Políticas Incluir todos lo supuestos 2.- Uso de Recursos Públicos Gestión por resultados, transparencia, seguridad, eficiencia, eficacia. 3.- Capacidades de gestión Contractual Operadores capacitados y Éticos 4.- Rectoría Supervisión, promoción, protección del sistema 5.- Reglas de Acceso al Sistema Registro Nacional de Proveedores Nivel de vallas de acceso Estado Proveedores 1.- Aprovechamiento legítimo de Oportunidad de Negocio Acceso efectivo al mercado: i)Justicia distributiva y equidad ii) Competencia en caso de igualdad de condiciones 2.- Desarrollo de Capacidades Para todo proveedor, mediante la acción del Estado y de Privados. 3.- Trámite, tiempo y costos de transacción Simplificación, menores costos económicos y de oportunidad Supervisión, Control Gubernamental, Vigilancia Ciudadana 1.- Interacción entre Actores Definición de prácticas y políticas contractuales 2.- Solución de Controversias i)Focos de origen de conflictos ii)Hitos de conflicto efectivo: a) Actos preparatorios, b)Procedimiento de selección, c) Ejecución Publicidad y Transacciones: SEACE Contexto Internacional Interacción
  • 3. Nueva Ley de Contrataciones del Estado Ley N° 30225 Publicada el 11 de julio de 2014
  • 4. Temas Generales Ley 1.- Se dispone que se encuentran fuera del ámbito de aplicación y bajo supervisión del OSCE, las contrataciones cuyo valor estimado o referencial no superen las 8 UIT. Art. 5, inciso a) Supuesto excluido sujeto a supervisión del OSCE Impacto • Implicará mayores márgenes económicos para contrataciones no sujetas a los procedimientos de la Ley de Contrataciones del Estado. • Traslada a la entidad la responsabilidad sobre la idoneidad y transparencia. • Serán necesarios manuales internos de contrataciones de montos menores.
  • 5. Temas generales Ley 2.- Se elimina la posibilidad de encargar procedimientos de selección a organismos internacionales. Art. 6 Impacto Las entidades conducirán íntegramente sus contrataciones, salvo los casos de encargos a otras entidades
  • 6. Temas generales Ley 3.- El encargo entre entidades se podrá realizar sobre los actos preparatorios y procedimientos de selección. Art. 6 Impacto Se incrementa el posible contenido del encargo, lo cual puede ser beneficioso.
  • 7. Temas generales Ley 4.- Los impedimentos para ser participante, postor y/o contratista, se mantienen con la misma fórmula que la Ley de Contrataciones aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017. Art. 11 Impacto Se mantienen exactamente los mismos impedimentos.
  • 8. Temas generales Ley 5.- El primer párrafo del artículo 28 del proyecto de ley, incluye la atribución de las entidades para rechazar toda oferta si determina que, luego de haber solicitado por escrito o por medios electrónicos al proveedor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, se susciten dudas razonables sobre el incumplimiento del contrato. Art. 28 Impacto La norma establece un margen discrecional de actuación a las entidades, respecto de postores que presenten ofertas percibidas como temerarias y que, por tanto, susciten dudas razonables sobre el incumplimiento del contrato
  • 9. Programación y Actos Preparatorios Ley 6.- Considerando que la planificación es uno de los principales problemas del sistema de compras públicas, se prevé que la programación de los bienes, servicios y obras en el cuadro de necesidades deben encontrarse vinculados al POI de conformidad con el financiamiento previsto en el proyecto de Ley de Presupuesto correspondiente al siguiente año fiscal. Asimismo, se ha previsto que los requerimientos deben estar acompañados de sus especificaciones técnicas y deben prever el valor estimado de dichas contrataciones, y la fuente de financiamiento. Art. 15 Impacto • Implicará la necesidad de incrementar mejoras en la planificación de contrataciones, por cuanto obliga a vincular la programación de las contrataciones con el POI. • Por otro lado, implica la necesidad de incrementar el entrenamiento de las personas.
  • 10. Programación y Actos Preparatorios Ley 7.- Se plantea que las Entidades del Poder Ejecutivo que formulen políticas nacionales y/o sectoriales del Estado puedan efectuar procesos de homologación, para la uniformación de los requerimientos de bienes y servicios. Art. 17 Impacto Es una medida conveniente para los casos de compras corporativas y para la estandarización en general.
  • 11. Programación y Actos Preparatorios Ley 8.- Se propone eliminar el uso del valor referencial para las contrataciones de bienes y servicios a fin de evitar la distorsión de los precios y reemplazarlo por un valor estimado que puede ser público, pero que no debe ser la base para rechazar o aceptar ofertas. Solo podrán descartarse las ofertas que susciten dudas razonables sobre la ejecución del contrato o cuando la Entidad no cuente con el presupuesto suficiente. Dicha medida no se considera en las contrataciones de obra debido a los problemas que presentan actualmente la elaboración de los expedientes técnicos de obra, manteniéndose en éstas el Valor Referencial tal como históricamente se ha entendido. Art. 18. Impacto • Sería un cambio muy relevante en lo relacionado al monto que la entidad está dispuesta a pagar, pues, el concepto de Valor Referencial ya no será inmodificable para el proceso, sino que sólo tendría carácter indicativo. Es una experiencia nueva para el país y constituye una fórmula intermedia entre el Valor Referencial Público y el Valor Referencial Reservado.
  • 12. Programación y Actos Preparatorios Ley 9.- Para las contrataciones que se convoquen dentro del último trimestre del año fiscal, y el otorgamiento de la Buena Pro y la suscripción del contrato se realice el año fiscal siguiente, se cuente con una constancia de previsión de recursos por el monto del valor estimado o valor referencial, siendo que para el otorgamiento de la Buena Pro se debe contar con la certificación de crédito presupuestario. Art. 19, inciso c) Impacto • Implicaría la necesidad de establecer una práctica o disposición interna en las entidades, para asegurar lo previsto en dicha regulación.
  • 13. Programación y Actos Preparatorios Ley 10.- Adicionalmente a la Licitación Pública, Concurso Público y Subasta Inversa Electrónica, se proponen los siguientes tipos de procedimiento de selección: a) Adjudicación simplificada: Procedimiento para la contratación de bienes, servicios u obras cuyo valor sea mayor a 8 UIT, y no supere el monto establecido para la Licitación o Concurso Público. b) Selección de consultores individuales: Aplicado para la contratación de personas naturales que brinden servicios de consultoría y que no requieren equipos de personal. c) Comparación de precios: Para la contratación de bienes y servicios fáciles de obtener y que sean de disponibilidad inmediata. d) Contratación directa: Nuevos supuestos: •- Los servicios de consultoría que son la continuación o actualización de un trabajo previo ejecutado por un consultor individual. •- La contratación de bienes servicios y/o consultorías con fines de investigación, experimentación, estudio o desarrollo científico o tecnológico. •- La contratación del arrendamiento y la adquisición de bienes inmuebles existentes. •- Cuando exista necesidad urgente de la Entidad de continuar con la ejecución de las prestaciones no ejecutadas derivadas de un contrato resuelto o de un contrato declarado nulo. •- Los servicios educativos de capacitación que cuenten con un procedimiento de admisión. Artículos 21 al 27 Impacto • Se realizan fusiones de tipos de procesos y se precisan alcances de unos nuevos. • La experiencia indicará su pertinencia.
  • 14. Ejecución Contractual Ley 11.- Respecto a la solución de controversias durante la ejecución contractual, se ha previsto lo siguiente: a)Se introduce la posibilidad de que las partes puedan utilizar otros medios tales como la Junta de Resolución de Disputas (Dispute Boards), a fin de lograr la pronta y óptima solución de controversias que posibilite alcanzar, en las mejores condiciones de oportunidad y costo, el objeto de la contratación. b)Se prevé que el OSCE acredite a las instituciones arbitrales que cumplan con los parámetros, requisitos y lineamientos que sean establecidos en la Directiva correspondiente, con la finalidad de asegurar que el servicio de organización y administración de arbitrajes que brinden estas instituciones reúnan los mínimos requisitos de calidad y seguridad. c)Se crea el Registro Nacional de Árbitros, el cual permitirá hacer de público conocimiento la nómina de potenciales candidatos que se consideran calificados y especializados para ser designados como árbitros del Estado. •Así también, se crea el Registro Nacional de Secretarios Arbitrales a fin de identificar a las personas encargadas de prestar apoyo administrativo en la tramitación de los arbitrajes. a)Se crea el Consejo de Ética, el cual se encarga de determinar la comisión de infracciones y de imponer las sanciones respectivas en función a lo previsto en el Código de Ética. Art. 45 Impacto • Se introduce como modalidad nueva la Junta de Resolución de Disputas, para el caso de obras, modalidad ésta que consiste en un sistema de solución de controversias que acompaña el desarrollo de la ejecución contractual y que ha mostrado mucha utilidad, especialmente en inversiones sobre obras de largo plazo de ejecución. • Los aspectos relacionados al régimen general de arbitraje, manifiestan el propósito de que el ente rector incremente su presencia e intervención en el Sistema de Solución de Controversias. • Se deben evaluar los riesgos asociados.
  • 15. Ejecución Contractual Ley 12.- Se prevé que los funcionarios pueden actuar discrecionalmente para optar por la decisión administrativa debidamente sustentada que se considere más conveniente, dentro del marco que establece la ley, toda vez que en una gestión por resultados se debe garantizar que los procedimientos de compras permitan el cumplimiento de los fines y objetivos públicos, de forma oportuna y bajo las mejores condiciones de calidad y precio. Sexta Disposición Complementaria Final Impacto • Implicaría un cambio relevante en el sistema de evaluación de todas las entidades públicas, por cuanto facultaría a las entidades a evaluar circunstancias especiales para la modificación de los contratos durante su ejecución (art. 34 del proyecto). • Es decir, se flexibiliza un clásico criterio de inmodificabilidad de los contratos suscritos, salvo excepciones previstas expresamente. • Se admitiría un margen discrecional mayor para que, en atención a alcanzar la finalidad del contrato de manera oportuna y eficiente y, sin afectar el equilibrio económico, se modifique el contrato.
  • 16. Ejecución Contractual Ley 13.- Considerando que existen infracciones que no ameritan que ciertos proveedores sean retirados del mercado, reduciendo así el espectro de proveedores elegibles por las Entidades, dentro de las sanciones aplicables se ha previsto incorporar a las multas, las que no pueden ser menores del cinco por ciento (5%) ni mayores al quince por ciento (15%) de la propuesta económica o del contrato, según corresponda. Artículo 50, inciso 50.2, literal a) Impacto • La aplicación de multas, en sustitución de sanciones como la inhabilitación, será una experiencia nueva en el país. La experiencia indicará su pertinencia.
  • 17. Lo que no varía … aunque con inclusión de determinados énfasis …
  • 18. Entonces • La Contratación Pública es una manifestación específica de la Función Administrativa del Poder. • Implica que por lo menos una de las partes está ejerciendo Función Administrativa (la otra parte, si es privado, ejerce su libertad y si es otra entidad pública, también ejerce Función administrativa del Poder) • Tiene como instrumento (forma jurídica) al contrato de la Administración Pública. • Se sigue en cada caso un procedimiento de naturaleza administrativa, denominado Procedimiento de Contratación Administrativa. • Se aplica el Derecho Administrativo, que forma parte del Derecho Público.
  • 19. FUNCIÓN EN QUÉ CONSISTE FORMA JURÍDICA PROCEDIMIENTO QUIÉN LA EJERCE A D M I N I S T R A T I V A Concretar los fines del Poder La concreción de los fines del Poder se hace de varias maneras: 1.- Reglamentando normas con naturaleza de ley. 2.- Emitiendo declaraciones de la Administración Pública de efectos jurídicos individuales 3.- Organizándose internamente las entidades (sistemas administrativos), en materias de -Planificación -Presupuesto -Contabilidad -Tesorería -Abastecimiento -Personal 4.- Contratando en ejercicio de Función Administrativa 5.- Ejecutando materialmente Las formas jurídicas administrativas: 1.- El reglamento. 2.- El Acto Administrativo. 3.- El Acto de Administración Interna. 4.- El Contrato de la Administración Pública. 5.- El Hecho Administrativo Los procedimientos de naturaleza administrativa: 1.- Procedimiento Reglamentario 2.- Procedimiento Administrativo. 3.- Procedimientos de Administración Interna. Éstos son: -Procedimiento de Planificación. -Procedimiento de Presupuesto. -Procedimiento de Contabilidad. -Procedimiento de Tesorería. -Procedimiento de Abastecimiento -Procedimiento de Personal 4.- Procedimiento de Contratación Administrativa 5.- Técnicas de Ejecución y Procedimientos Normados de Ejecución La Administración Pública. La Administración Pública está constituida por los organismos, órganos y personas- órgano, estatales o no estatales, que ejercer la Función Administrativa El organismo se caracteriza por constituir una unidad con personalidad jurídica propia. El órgano forma parte del organismo. No tiene personalidad jurídica. Su existencia se la debe al organismo al cual pertenece. La persona-órgano es la persona natural cuando ejerce las atribuciones que se le ha asignado en el organismo al cual está incorporado Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 20. Relación Subyacente en el Contrato de la Administración Pública L ---------- L L------ L I P P----------- L P-------------- P Contrato Derecho Privado Contrato de la Administración Pública Contrato Derecho Social Centro de interés privado Centro de interés privado Centro de interés privado Sociedad impone protección al más débil Centro de interés privado Centro de interés colectivo Centro de interés privado Centro de interés colectivo Centro de interés colectivo Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 21. Concepto de Contrato de la Administración PúblicaConcepto de Contrato de la Administración Pública Es el acuerdo de dos o más partes para crear,Es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relaciónregular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial,jurídica patrimonial, en el cual por lo menosen el cual por lo menos una de las partes es una entidad de launa de las partes es una entidad de la Administración Pública.Administración Pública. L ---------- L L------ L I P P----------- L P-------------- P Contrato Derecho Privado Contrato de la Administración Pública Contrato Derecho Social Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 22. Normativa Constitucional El artículo 76º de la Constitución Política “Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación, así como también la adquisición o enajenación de bienes. La contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades” Se distingue entre Contratación Privada y Contratación de la Administración Pública.Se distingue entre Contratación Privada y Contratación de la Administración Pública. Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 23. Normas Constitucionales y equivalentes Normas con naturaleza de ley Normas con naturaleza de Reglamento Jurisprudencia de autoridades jurisdiccionales que interpretan disposiciones administrativas Precedentes Administrativos (publicados) Pronunciamientos vinculantes de entidades facultadas para interpretar normas administrativas (debidamente difundidas) FUENTES DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA (Escenario de Derecho Administrativo con insertos de Derecho Privado y de Derecho social) Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez Principios de Derecho Contractual Administrativo Principios Generales de Derecho Administrativo Otros órdenes normativos
  • 25. Rol de los Principios que rigen la Contratación Pública • Como parámetros de la actuación de quienes participan en la Contratación Pública (todos los actores públicos y privados) • Para elaborar normas • Para interpretar • Para integrar vacíos Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 26. Técnica Normativa utilizada para principios • Se indican expresamente en la Ley determinados principios. • Pero queda abierta la posibilidad de aplicación de otros principios existentes. Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 27. Principios • Razonabilidad • Eficiencia • Economía • Vigencia Tecnológica • Libre Concurrencia y Competencia • Publicidad • Transparencia • Moralidad • Trato Justo e Igualitario • Imparcialidad • Equidad • Sostenibilidad Ambiental • Promoción del Desarrollo Humano
  • 28. La Nueva Ley • Libertad de concurrencia • Igualdad de Trato • Transparencia • Publicidad • Competencia • Eficacia y Eficiencia • Vigencia Tecnológica • Sostenibilidad Ambiental y Social • Equidad Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 29. Diversos actores y materias constituyen el SistemaDiversos actores y materias constituyen el Sistema Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 30. Intersección de disciplinas Dispersión o Unificación del Sistema Respaldo constitucional Temas colateralesInstitucionalidad Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 31. Perspectivas de Aproximación al Tema Jurídica, Logística, Económica, Tecnológica, Política, Otras Complementación de perspectivas a todo nivel: - Al formular políticas de Estado. - Al diseñar el Sistema de Contratación Pública. - Al trabajar dentro de cada entidad. - Al trabajar dentro de cada proveedor. - En la actuación de todo actor Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 32. Esquema Básico de la Contratación Pública ENTIDAD -Determina necesidades -Determina Valor referencial -Establece condiciones financieras -Invita a ofertar -Evalúa la (s) oferta (s) -Adjudica la buena pro Línea divisoria PROVEEDORES - Ofertan
  • 33. Formación del Contrato de la Administración Pública Entidad Pública Proveedor Acuerdo de Voluntades Y Perfeccionamiento Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 34. Esquema del Procedimiento de Contratacioón Administrativa Contrato de la Administración Pública actuaciones ricardo salazar chávezricardo salazar chávez actuaciones Actos Preparatorios Procedimiento de Selección Ejecución Contractual y Liquidación
  • 35. Contrato de la Administración Pública ricardo salazar chávezricardo salazar chávez Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 36. Precedencias Ley Reglamento Bases Oferta Ganadora Texto del Contrato Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez Constitución
  • 37. Obligaciones establecidas por la Constitución Política y equivalentes Obligaciones establecidas por Ley(es) Obligaciones establecidas por Reglamento(s) Obligaciones establecidas por las Bases Obligaciones establecidas por la Oferta Aceptada (la oferta con adjudicación de la buena pro implica el consentimiento o acuerdo de voluntades) Obligaciones establecidas por Acuerdo de voluntades, dentro del margen de negociación directa, cuando lo hay COMPONENTES DEL VÍNCULO CONTRACTUAL ADMINISTRATIVO (no es lo mismo Contenido del Texto del Contrato que contenido del Vínculo Contractual. Éste puede ser más amplio). Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 38. Objeto Normativa aplicable Organismo rector 1. Adquisición de bienes (compra – venta) Legislación de Contrataciones del Estado OSCE (Hasta el 31.01.09 era CONSUCODE)2. Servicios en general (locación de servicios) 3. Servicios de Consultoría (locación de servicios) Incluye: 3.1.- Consultoría 3.2.- Asesoría 3.3.- Estudios 3.4.- Gerencia 3.5.- (otros similares). 4. Ejecución de obras (locación de obra) 5. Arrendamiento a favor del Estado 6. Préstamos a favor del Estado. Incluye: 6.1.- Préstamos internos. 6.2.- Préstamos externos. Legislación sobre financiamiento externo e interno Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) 7. Disposición de bienes del Estado 7.1 Venta de bienes del Estado 7.2 Arrendamiento de bienes del Estado 7.3 Afectación en uso Legislación sobre propiedad del Estado Superintendencia de Bienes del Estado 8. Concesión 8.1 Concesión de infraestructura 8.2 Concesión de servicios Legislación sobre concesiones PROINVERSIÓN y Organismos Reguladores (PROINVERSIÓN, OSIPTEL, OSINERGMIN, OSITRAN, SUNASS, entre otros) 9. Personal Legislación sobre personal de la Administración Pública Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) Objetos contractuales más frecuentes Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 39. Los Objetos Contractuales • La Administración Pública puede celebrar todo tipo de objetos contractuales, para el cumplimiento de sus fines. • Existen objetos contractuales celebrados con más frecuencia. • Los objetos contractuales más frecuentes, han sido normados desde la perspectiva de la Contratación Pública. • Existen objetos contractuales de contratos de la Administración Pública, que aún no han sido normados desde la perspectiva de la Contratación Pública. En ellos se aplica la precedencia de fuentes. Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 40. Obras Obras Obras Obras Obras Obras Bienes Servicios Consultoría Obras Bienes Servicios Consultoría Obras Bienes Servicios Consultoría Consultoria Bns y Serv Consultoria Obras Bns y Serv Consultoria Bns y Serv Bns y Serv Bns y Serv Obras Consultoria Bns y Serv Consultoria Obras Bns y Serv Consultoria Obras Consultoria Bns y Serv Especial Especial Especial Especial Especial Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Internac Especial Especial Especial Especial Especial Especial Especial Especial Evolución General del Sistema 1970 - 2014 Obras Bienes Servicios Consultoría Especial Especial Especial Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez Tensión entre Unificación y Dispersión
  • 41. Fases de la ContrataciónFases de la Contratación Programación y Actos Preparatorios Procedimiento de Selección Ejecución contractual y Liquidación Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 42. Procedimiento de SelecciónProcedimiento de Selección Conv Consul Observ Present Propuest Evaluac Propues Adjudic Suscr contrat Clásico Subasta Inversa Conven Marco Régimen General Ejecución contrato y Liqui dación Ejecución contrato y Liqui dación •Ejecución de prestaciones • Declarac conformidad • Liquidación.. •Ejecución de prestaciones • Declarac conformidad • Liquidación.. Programa ción y Actos Preparato rios Programa ción y Actos Preparato rios • Plan Anual de Contrataciones • Determin de necesidades. • Designación Comité Especial. • Elaboración de Bases. • Plan Anual de Contrataciones • Determin de necesidades. • Designación Comité Especial. • Elaboración de Bases. BID y Banco Mundial JBIC, AID, UNOPS, OIM, OEI, Especiales, DU, otros BID y Banco Mundial JBIC, AID, UNOPS, OIM, OEI, Especiales, DU, otros R. Paralelo Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 43. Procedimiento de Selección Clásico Procedimiento de Selección Clásico Estructura Básica Convoca toria Consultas Observacio nes Presentación Propuestas Evaluación Propuestas Adjudicación Suscrip Ción del Contrato Licitación Pública y Concurso Público Adjudicación Directa Pública ADP Adjudicación Directa Selectiva ADS Adjudicación de Menor Cuantía AMC Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez Con nueva Ley hay cambio de denominaciones y estructura
  • 44. El SEACE Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado Se circunscribe dentro del Plan de la Sociedad de la Información 1.- Tecnologías de la Información en el ámbito Privado. 2.- Gobierno Electrónico a.- Procedimientos b.- SEACE c.- Otros
  • 45. ¿Qué debemos encontrar en el SEACE? ¡Todo! Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 46. Procedimiento de SelecciónProcedimiento de Selección Conv Consul Observ Present Propuest Evaluac Propues Adjudic Suscr contrat Clásico Subasta Inversa Conven Marco Régimen General Ejecución contrato y Liqui dación Ejecución contrato y Liqui dación •Ejecución de prestaciones • Declarac conformidad • Liquidación.. •Ejecución de prestaciones • Declarac conformidad • Liquidación.. Programa ción y Actos Preparato rios Programa ción y Actos Preparato rios • Plan Anual de Contrataciones • Determin de necesidades. • Designación Comité Especial. • Elaboración de Bases. • Plan Anual de Contrataciones • Determin de necesidades. • Designación Comité Especial. • Elaboración de Bases. • El conflicto puede originarse en cualquiera de las fases de la Contratación. • Cualquier componente de cada fase de Contratación puede incubar el conflicto. • La prevención del conflicto es la práctica sana a seguir recomendada. • Surgido el conflicto, la oportunidad de su solución, depende del modelo asumido en cada país.
  • 47. Solución de Controversias durante el procedimiento de Selección,Solución de Controversias durante el procedimiento de Selección, cuando proceso es a) Licitación Pública, b) Concurso Público, c)cuando proceso es a) Licitación Pública, b) Concurso Público, c) Adjudicación Directa Pública y d) Procesos de Menor CuantíaAdjudicación Directa Pública y d) Procesos de Menor Cuantía derivados de procesos declarados desiertos (precisar concepto)derivados de procesos declarados desiertos (precisar concepto) ComitéComité EspecialEspecial Tribunal deTribunal de ContratacionesContrataciones Poder JudicialPoder Judicial Desde Ley Nº 29873, publicada el 1º de junio de 2012 Vía Administrativa Vía Judicial Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 48. Solución de Controversias durante el procedimiento deSolución de Controversias durante el procedimiento de Selección, cuando proceso es a) Adjudicación DirectaSelección, cuando proceso es a) Adjudicación Directa Selectiva y b) Adjudicación de Menor Cuantía.Selectiva y b) Adjudicación de Menor Cuantía. ComitéComité EspecialEspecial Titular deTitular de la Entidadla Entidad Poder JudicialPoder Judicial Desde Ley Nº 29873, publicada el 1º de junio de 2012 Vía Administrativa Vía Judicial Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 49. Solución de Controversias durante laSolución de Controversias durante la Ejecución ContractualEjecución Contractual • ConciliaciónConciliación yy • Arbitraje.Arbitraje. Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 50. Tendencia Actual para la Contratación Pública Integración de losIntegración de los sistemas desistemas de contrataciones a nivelcontrataciones a nivel regional y globalregional y global Integración de losIntegración de los sistemas desistemas de contrataciones a nivelcontrataciones a nivel regional y globalregional y global Formación deFormación de Capacidades,Capacidades, Profesionalización yProfesionalización y certificacionescertificaciones (nacionales y globales)(nacionales y globales) Formación deFormación de Capacidades,Capacidades, Profesionalización yProfesionalización y certificacionescertificaciones (nacionales y globales)(nacionales y globales) Aplicación del Principio de Valor por Dinero Aplicación del Principio de Valor por Dinero Establecer un proceso de rendición de cuentas Establecer un proceso de rendición de cuentas Promoción de Contratación Pública para el Desarrollo Sustentable. Promoción de Contratación Pública para el Desarrollo Sustentable. Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 51. Sistemas de los países del Mundo - Armonización. - Mejoras y Monitoreo - Red Mundial Sistemas de los países del Mundo - Armonización. - Mejoras y Monitoreo - Red Mundial Tareas múltiples simultáneas, nacional, continental y global Sistema Nacional Peruano - Coherencia interna - Atender situaciones especiales Sistema Nacional Peruano - Coherencia interna - Atender situaciones especiales Sistemas de los países del Continente -Armonización de principios, procedimientos, prácticas. - Integración de sistemas de contrataciones. -Mejoramiento y monitoreo - Red continental Sistemas de los países del Continente -Armonización de principios, procedimientos, prácticas. - Integración de sistemas de contrataciones. -Mejoramiento y monitoreo - Red continental Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
  • 52. Muchas Gracias Ricardo Salazar Chávez ricardosalazarchavez@gmail.com