Este documento analiza la nueva Ley de Contrataciones del Estado publicada en 2014. Algunos de los cambios más importantes incluyen: 1) establecer un umbral de 8 UIT por debajo del cual las contrataciones estarán fuera del ámbito de la ley pero bajo supervisión del OSCE; 2) permitir encargos entre entidades públicas para los actos preparatorios y procesos de selección; y 3) introducir nuevos tipos de procedimientos como la adjudicación simplificada y la selección de consultores individuales. La ley
BITÁCORA DE ESTUDIO DE PROBLEMÁTICA. TUTORÍA V. PDF 2 UNIDAD.pdf
Contratación publica y nueva ley de contrataciones
1. LA CONTRATACIÓN PÚBLICALA CONTRATACIÓN PÚBLICA
y lay la Nueva Ley de Contrataciones delNueva Ley de Contrataciones del
EstadoEstado
bienes, servicios y obrasbienes, servicios y obras
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
20142014
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
2. Interés
Público
Interés
Privado
Interés
Público
Interés
Público
1.- Políticas
Incluir todos lo supuestos
2.- Uso de Recursos Públicos
Gestión por resultados,
transparencia, seguridad,
eficiencia, eficacia.
3.- Capacidades de gestión
Contractual
Operadores capacitados y
Éticos
4.- Rectoría
Supervisión, promoción, protección
del sistema
5.- Reglas de Acceso al Sistema
Registro Nacional de Proveedores
Nivel de vallas de acceso
Estado Proveedores
1.- Aprovechamiento legítimo
de Oportunidad de Negocio
Acceso efectivo al mercado:
i)Justicia distributiva
y equidad
ii) Competencia en caso de
igualdad de condiciones
2.- Desarrollo de Capacidades
Para todo proveedor, mediante la
acción del Estado y de Privados.
3.- Trámite, tiempo y costos
de transacción
Simplificación, menores costos
económicos y de oportunidad
Supervisión, Control Gubernamental, Vigilancia Ciudadana
1.- Interacción entre Actores
Definición de prácticas y políticas
contractuales
2.- Solución de Controversias
i)Focos de origen de conflictos
ii)Hitos de conflicto efectivo:
a) Actos preparatorios,
b)Procedimiento de selección,
c) Ejecución
Publicidad y Transacciones: SEACE
Contexto Internacional
Interacción
3. Nueva Ley de Contrataciones
del Estado
Ley N° 30225
Publicada el 11 de julio de 2014
4. Temas Generales
Ley
1.- Se dispone que se
encuentran fuera del ámbito
de aplicación y bajo
supervisión del OSCE, las
contrataciones cuyo valor
estimado o referencial no
superen las 8 UIT.
Art. 5, inciso a) Supuesto excluido
sujeto a supervisión del OSCE
Impacto
• Implicará mayores márgenes
económicos para
contrataciones no sujetas a los
procedimientos de la Ley de
Contrataciones del Estado.
• Traslada a la entidad la
responsabilidad sobre la
idoneidad y transparencia.
• Serán necesarios manuales
internos de contrataciones de
montos menores.
5. Temas generales
Ley
2.- Se elimina la posibilidad
de encargar procedimientos
de selección a organismos
internacionales.
Art. 6
Impacto
Las entidades conducirán
íntegramente sus
contrataciones, salvo los
casos de encargos a otras
entidades
6. Temas generales
Ley
3.- El encargo entre
entidades se podrá realizar
sobre los actos
preparatorios y
procedimientos de
selección.
Art. 6
Impacto
Se incrementa el posible
contenido del encargo, lo
cual puede ser beneficioso.
7. Temas generales
Ley
4.- Los impedimentos para
ser participante, postor y/o
contratista, se mantienen
con la misma fórmula
que la Ley de
Contrataciones aprobada
por el Decreto Legislativo
N° 1017.
Art. 11
Impacto
Se mantienen exactamente
los mismos impedimentos.
8. Temas generales
Ley
5.- El primer párrafo del
artículo 28 del proyecto de ley,
incluye la atribución de las
entidades para rechazar toda
oferta si determina que, luego
de haber solicitado por escrito
o por medios electrónicos al
proveedor la descripción a
detalle de todos los elementos
constitutivos de su oferta, se
susciten dudas razonables
sobre el incumplimiento del
contrato.
Art. 28
Impacto
La norma establece un
margen discrecional de
actuación a las entidades,
respecto de postores que
presenten ofertas percibidas
como temerarias y que, por
tanto, susciten dudas
razonables sobre el
incumplimiento del contrato
9. Programación y Actos Preparatorios
Ley
6.- Considerando que la planificación
es uno de los principales problemas del
sistema de compras públicas, se prevé
que la programación de los bienes,
servicios y obras en el cuadro de
necesidades deben encontrarse
vinculados al POI de conformidad con
el financiamiento previsto en el
proyecto de Ley de Presupuesto
correspondiente al siguiente año fiscal.
Asimismo, se ha previsto que los
requerimientos deben estar
acompañados de sus especificaciones
técnicas y deben prever el valor
estimado de dichas contrataciones, y la
fuente de financiamiento.
Art. 15
Impacto
• Implicará la necesidad de
incrementar mejoras en la
planificación de
contrataciones, por cuanto
obliga a vincular la
programación de las
contrataciones con el POI.
• Por otro lado, implica la
necesidad de incrementar el
entrenamiento de las
personas.
10. Programación y Actos Preparatorios
Ley
7.- Se plantea que las
Entidades del Poder Ejecutivo
que formulen políticas
nacionales y/o sectoriales del
Estado puedan efectuar
procesos de homologación,
para la uniformación de los
requerimientos de bienes y
servicios.
Art. 17
Impacto
Es una medida conveniente
para los casos de compras
corporativas y para la
estandarización en general.
11. Programación y Actos Preparatorios
Ley
8.- Se propone eliminar el uso del valor
referencial para las contrataciones de
bienes y servicios a fin de evitar la
distorsión de los precios y reemplazarlo
por un valor estimado que puede ser
público, pero que no debe ser la base
para rechazar o aceptar ofertas. Solo
podrán descartarse las ofertas que
susciten dudas razonables sobre la
ejecución del contrato o cuando la
Entidad no cuente con el presupuesto
suficiente. Dicha medida no se considera
en las contrataciones de obra debido a
los problemas que presentan actualmente
la elaboración de los expedientes
técnicos de obra, manteniéndose en éstas
el Valor Referencial tal como
históricamente se ha entendido.
Art. 18.
Impacto
• Sería un cambio muy
relevante en lo relacionado al
monto que la entidad está
dispuesta a pagar, pues, el
concepto de Valor Referencial
ya no será inmodificable para
el proceso, sino que sólo
tendría carácter indicativo. Es
una experiencia nueva para el
país y constituye una fórmula
intermedia entre el Valor
Referencial Público y el Valor
Referencial Reservado.
12. Programación y Actos Preparatorios
Ley
9.- Para las contrataciones que
se convoquen dentro del último
trimestre del año fiscal, y el
otorgamiento de la Buena Pro y
la suscripción del contrato se
realice el año fiscal siguiente,
se cuente con una constancia
de previsión de recursos por el
monto del valor estimado o
valor referencial, siendo que
para el otorgamiento de la
Buena Pro se debe contar con
la certificación de crédito
presupuestario.
Art. 19, inciso c)
Impacto
• Implicaría la necesidad
de establecer una
práctica o disposición
interna en las entidades,
para asegurar lo previsto
en dicha regulación.
13. Programación y Actos Preparatorios
Ley
10.- Adicionalmente a la Licitación Pública, Concurso Público y
Subasta Inversa Electrónica, se proponen los siguientes tipos de
procedimiento de selección:
a) Adjudicación simplificada: Procedimiento para la
contratación de bienes, servicios u obras cuyo valor sea mayor a 8
UIT, y no supere el monto establecido para la Licitación o Concurso
Público.
b) Selección de consultores individuales: Aplicado para
la contratación de personas naturales que brinden servicios de
consultoría y que no requieren equipos de personal.
c) Comparación de precios: Para la contratación de
bienes y servicios fáciles de obtener y que sean de disponibilidad
inmediata.
d) Contratación directa: Nuevos supuestos:
•- Los servicios de consultoría que son la continuación
o actualización de un trabajo previo ejecutado por un consultor
individual.
•- La contratación de bienes servicios y/o consultorías
con fines de investigación, experimentación, estudio o desarrollo
científico o tecnológico.
•- La contratación del arrendamiento y la adquisición
de bienes inmuebles existentes.
•- Cuando exista necesidad urgente de la Entidad de
continuar con la ejecución de las prestaciones no ejecutadas
derivadas de un contrato resuelto o de un contrato declarado nulo.
•- Los servicios educativos de capacitación que
cuenten con un procedimiento de admisión.
Artículos 21 al 27
Impacto
• Se realizan fusiones de
tipos de procesos y se
precisan alcances de
unos nuevos.
• La experiencia indicará
su pertinencia.
14. Ejecución Contractual
Ley
11.- Respecto a la solución de controversias durante la
ejecución contractual, se ha previsto lo siguiente:
a)Se introduce la posibilidad de que las partes puedan utilizar
otros medios tales como la Junta de Resolución de Disputas
(Dispute Boards), a fin de lograr la pronta y óptima solución de
controversias que posibilite alcanzar, en las mejores
condiciones de oportunidad y costo, el objeto de la contratación.
b)Se prevé que el OSCE acredite a las instituciones arbitrales
que cumplan con los parámetros, requisitos y lineamientos que
sean establecidos en la Directiva correspondiente, con la
finalidad de asegurar que el servicio de organización y
administración de arbitrajes que brinden estas instituciones
reúnan los mínimos requisitos de calidad y seguridad.
c)Se crea el Registro Nacional de Árbitros, el cual permitirá
hacer de público conocimiento la nómina de potenciales
candidatos que se consideran calificados y especializados para
ser designados como árbitros del Estado.
•Así también, se crea el Registro Nacional de Secretarios
Arbitrales a fin de identificar a las personas encargadas de
prestar apoyo administrativo en la tramitación de los arbitrajes.
a)Se crea el Consejo de Ética, el cual se encarga de determinar
la comisión de infracciones y de imponer las sanciones
respectivas en función a lo previsto en el Código de Ética.
Art. 45
Impacto
• Se introduce como modalidad nueva la
Junta de Resolución de Disputas, para el
caso de obras, modalidad ésta que
consiste en un sistema de solución de
controversias que acompaña el
desarrollo de la ejecución contractual y
que ha mostrado mucha utilidad,
especialmente en inversiones sobre
obras de largo plazo de ejecución.
• Los aspectos relacionados al régimen
general de arbitraje, manifiestan el
propósito de que el ente rector
incremente su presencia e intervención
en el Sistema de Solución de
Controversias.
• Se deben evaluar los riesgos asociados.
15. Ejecución Contractual
Ley
12.- Se prevé que los funcionarios
pueden actuar discrecionalmente
para optar por la decisión
administrativa debidamente
sustentada que se considere más
conveniente, dentro del marco que
establece la ley, toda vez que en
una gestión por resultados se debe
garantizar que los procedimientos
de compras permitan el
cumplimiento de los fines y
objetivos públicos, de forma
oportuna y bajo las mejores
condiciones de calidad y precio.
Sexta Disposición
Complementaria Final
Impacto
• Implicaría un cambio relevante en el
sistema de evaluación de todas las
entidades públicas, por cuanto
facultaría a las entidades a evaluar
circunstancias especiales para la
modificación de los contratos durante
su ejecución (art. 34 del proyecto).
• Es decir, se flexibiliza un clásico
criterio de inmodificabilidad de los
contratos suscritos, salvo
excepciones previstas expresamente.
• Se admitiría un margen discrecional
mayor para que, en atención a
alcanzar la finalidad del contrato de
manera oportuna y eficiente y, sin
afectar el equilibrio económico, se
modifique el contrato.
16. Ejecución Contractual
Ley
13.- Considerando que existen
infracciones que no ameritan que
ciertos proveedores sean
retirados del mercado,
reduciendo así el espectro de
proveedores elegibles por las
Entidades, dentro de las
sanciones aplicables se ha
previsto incorporar a las multas,
las que no pueden ser menores
del cinco por ciento (5%) ni
mayores al quince por ciento
(15%) de la propuesta económica
o del contrato, según
corresponda.
Artículo 50, inciso 50.2, literal a)
Impacto
• La aplicación de multas,
en sustitución de
sanciones como la
inhabilitación, será una
experiencia nueva en el
país. La experiencia
indicará su pertinencia.
17. Lo que no varía …
aunque con inclusión de
determinados énfasis …
18. Entonces
• La Contratación Pública es
una manifestación
específica de la Función
Administrativa del Poder.
• Implica que por lo menos
una de las partes está
ejerciendo Función
Administrativa (la otra parte, si
es privado, ejerce su libertad y si es
otra entidad pública, también ejerce
Función administrativa del Poder)
• Tiene como instrumento
(forma jurídica) al contrato
de la Administración
Pública.
• Se sigue en cada caso un
procedimiento de
naturaleza administrativa,
denominado
Procedimiento de
Contratación
Administrativa.
• Se aplica el Derecho
Administrativo, que forma
parte del Derecho Público.
19. FUNCIÓN EN QUÉ CONSISTE FORMA
JURÍDICA
PROCEDIMIENTO QUIÉN LA EJERCE
A
D
M
I
N
I
S
T
R
A
T
I
V
A
Concretar los fines del Poder
La concreción de los fines del
Poder se hace de varias
maneras:
1.- Reglamentando normas con
naturaleza de ley.
2.- Emitiendo declaraciones de
la Administración Pública de
efectos jurídicos individuales
3.- Organizándose
internamente las entidades
(sistemas administrativos), en
materias de
-Planificación
-Presupuesto
-Contabilidad
-Tesorería
-Abastecimiento
-Personal
4.- Contratando en ejercicio de
Función Administrativa
5.- Ejecutando materialmente
Las formas
jurídicas
administrativas:
1.- El reglamento.
2.- El Acto
Administrativo.
3.- El Acto de
Administración
Interna.
4.- El Contrato de
la
Administración
Pública.
5.- El Hecho
Administrativo
Los procedimientos de
naturaleza
administrativa:
1.- Procedimiento
Reglamentario
2.- Procedimiento
Administrativo.
3.- Procedimientos de
Administración Interna.
Éstos son:
-Procedimiento de
Planificación.
-Procedimiento de
Presupuesto.
-Procedimiento de
Contabilidad.
-Procedimiento de
Tesorería.
-Procedimiento de
Abastecimiento
-Procedimiento de
Personal
4.- Procedimiento de
Contratación
Administrativa
5.- Técnicas de
Ejecución y
Procedimientos
Normados de
Ejecución
La Administración
Pública.
La Administración
Pública está constituida
por los organismos,
órganos y personas-
órgano, estatales o no
estatales, que ejercer la
Función Administrativa
El organismo se
caracteriza por
constituir una unidad
con personalidad
jurídica propia.
El órgano forma parte
del organismo. No tiene
personalidad jurídica.
Su existencia se la debe
al organismo al cual
pertenece.
La persona-órgano es la
persona natural cuando
ejerce las atribuciones
que se le ha asignado
en el organismo al cual
está incorporado
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
20. Relación Subyacente en el Contrato de la
Administración Pública
L ---------- L
L------ L
I
P
P----------- L
P-------------- P
Contrato Derecho
Privado
Contrato de la
Administración
Pública
Contrato Derecho
Social
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
privado
Sociedad impone
protección al más
débil
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
colectivo
Centro de
interés
privado
Centro de
interés
colectivo
Centro de
interés
colectivo
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
21. Concepto de Contrato de la Administración PúblicaConcepto de Contrato de la Administración Pública
Es el acuerdo de dos o más partes para crear,Es el acuerdo de dos o más partes para crear,
regular, modificar o extinguir una relaciónregular, modificar o extinguir una relación
jurídica patrimonial,jurídica patrimonial, en el cual por lo menosen el cual por lo menos
una de las partes es una entidad de launa de las partes es una entidad de la
Administración Pública.Administración Pública.
L ---------- L L------ L
I
P
P----------- L
P-------------- P
Contrato
Derecho
Privado
Contrato de la
Administración
Pública
Contrato
Derecho
Social
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
22. Normativa Constitucional
El artículo 76º de la Constitución Política
“Contrataciones y
Adquisiciones del Estado.
Las obras y la adquisición de
suministros con utilización
de fondos o recursos
públicos se ejecutan
obligatoriamente por
contrata y licitación, así
como también la
adquisición o enajenación
de bienes.
La contratación de servicios
y proyectos cuya
importancia y cuyo monto
señala la Ley de
Presupuesto se hace por
concurso público. La ley
establece el procedimiento,
las excepciones y las
respectivas
responsabilidades”
Se distingue entre Contratación Privada y Contratación de la Administración Pública.Se distingue entre Contratación Privada y Contratación de la Administración Pública.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
23. Normas Constitucionales y equivalentes
Normas con naturaleza de ley
Normas con naturaleza de
Reglamento
Jurisprudencia de autoridades
jurisdiccionales que interpretan
disposiciones administrativas
Precedentes Administrativos
(publicados)
Pronunciamientos vinculantes
de entidades facultadas para
interpretar normas administrativas
(debidamente difundidas)
FUENTES DE LA
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
(Escenario de Derecho
Administrativo
con insertos
de Derecho Privado
y de Derecho social)
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Principios de Derecho
Contractual Administrativo
Principios Generales de Derecho
Administrativo
Otros órdenes normativos
25. Rol de los Principios que rigen la Contratación
Pública
• Como parámetros
de la actuación
de quienes
participan en la
Contratación
Pública (todos los
actores públicos
y privados)
• Para elaborar
normas
• Para interpretar
• Para integrar
vacíos
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
26. Técnica Normativa utilizada para
principios
• Se indican
expresamente
en la Ley
determinados
principios.
• Pero queda
abierta la
posibilidad de
aplicación de
otros
principios
existentes.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
27. Principios
• Razonabilidad
• Eficiencia
• Economía
• Vigencia
Tecnológica
• Libre Concurrencia y
Competencia
• Publicidad
• Transparencia
• Moralidad
• Trato Justo e
Igualitario
• Imparcialidad
• Equidad
• Sostenibilidad
Ambiental
• Promoción del
Desarrollo Humano
28. La Nueva Ley
• Libertad de
concurrencia
• Igualdad de Trato
• Transparencia
• Publicidad
• Competencia
• Eficacia y
Eficiencia
• Vigencia
Tecnológica
• Sostenibilidad
Ambiental y
Social
• Equidad
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
29. Diversos actores y materias constituyen el SistemaDiversos actores y materias constituyen el Sistema
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
31. Perspectivas de Aproximación al Tema
Jurídica, Logística,
Económica, Tecnológica,
Política, Otras
Complementación de perspectivas a todo nivel:
- Al formular políticas de Estado.
- Al diseñar el Sistema de Contratación Pública.
- Al trabajar dentro de cada entidad.
- Al trabajar dentro de cada proveedor.
- En la actuación de todo actor
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
32. Esquema Básico de la Contratación Pública
ENTIDAD
-Determina
necesidades
-Determina Valor
referencial
-Establece
condiciones
financieras
-Invita a ofertar
-Evalúa la (s)
oferta (s)
-Adjudica la
buena pro
Línea
divisoria
PROVEEDORES
- Ofertan
33. Formación del Contrato de la
Administración Pública
Entidad Pública Proveedor
Acuerdo de Voluntades
Y
Perfeccionamiento
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
34. Esquema del Procedimiento de Contratacioón
Administrativa
Contrato de
la
Administración
Pública
actuaciones
ricardo salazar chávezricardo salazar chávez
actuaciones
Actos Preparatorios Procedimiento de Selección
Ejecución
Contractual
y Liquidación
37. Obligaciones establecidas por la
Constitución Política y equivalentes
Obligaciones establecidas por
Ley(es)
Obligaciones establecidas por
Reglamento(s)
Obligaciones establecidas por
las Bases
Obligaciones establecidas por
la Oferta Aceptada
(la oferta con adjudicación de la buena pro
implica el consentimiento o acuerdo de
voluntades)
Obligaciones establecidas por
Acuerdo de voluntades, dentro
del margen de negociación
directa, cuando lo hay
COMPONENTES
DEL VÍNCULO
CONTRACTUAL
ADMINISTRATIVO
(no es lo mismo
Contenido del
Texto del Contrato
que contenido del
Vínculo Contractual.
Éste puede ser
más amplio).
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
38. Objeto Normativa aplicable Organismo rector
1. Adquisición de bienes (compra – venta)
Legislación de Contrataciones del Estado OSCE
(Hasta el 31.01.09 era CONSUCODE)2. Servicios en general (locación de servicios)
3. Servicios de Consultoría (locación de servicios)
Incluye:
3.1.- Consultoría
3.2.- Asesoría
3.3.- Estudios
3.4.- Gerencia
3.5.- (otros similares).
4. Ejecución de obras (locación de obra)
5. Arrendamiento a favor del Estado
6. Préstamos a favor del Estado.
Incluye:
6.1.- Préstamos internos.
6.2.- Préstamos externos.
Legislación sobre financiamiento externo
e interno
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
7. Disposición de bienes del Estado
7.1 Venta de bienes del Estado
7.2 Arrendamiento de bienes del Estado
7.3 Afectación en uso
Legislación sobre propiedad del Estado Superintendencia de Bienes del Estado
8. Concesión
8.1 Concesión de infraestructura
8.2 Concesión de servicios
Legislación sobre concesiones PROINVERSIÓN y Organismos Reguladores
(PROINVERSIÓN, OSIPTEL,
OSINERGMIN, OSITRAN, SUNASS, entre
otros)
9. Personal
Legislación sobre personal de la
Administración Pública
Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo (MTPE)
Objetos contractuales más frecuentes
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
39. Los Objetos Contractuales
• La Administración Pública puede celebrar todo tipo
de objetos contractuales, para el cumplimiento de
sus fines.
• Existen objetos contractuales celebrados con más
frecuencia.
• Los objetos contractuales más frecuentes, han sido
normados desde la perspectiva de la Contratación
Pública.
• Existen objetos contractuales de contratos de la
Administración Pública, que aún no han sido
normados desde la perspectiva de la Contratación
Pública. En ellos se aplica la precedencia de fuentes.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
40. Obras Obras Obras Obras Obras Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Consultoria
Bns y Serv
Consultoria
Obras
Bns y Serv
Consultoria
Bns y Serv Bns y Serv Bns y Serv
Obras
Consultoria
Bns y Serv
Consultoria
Obras
Bns y Serv
Consultoria
Obras
Consultoria
Bns y Serv
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Internac
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Especial
Evolución General del Sistema 1970 - 2014
Obras
Bienes
Servicios
Consultoría
Especial
Especial
Especial
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Tensión entre
Unificación y
Dispersión
41. Fases de la ContrataciónFases de la Contratación
Programación y
Actos
Preparatorios
Procedimiento
de Selección
Ejecución
contractual y
Liquidación
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
42. Procedimiento de SelecciónProcedimiento de Selección
Conv Consul Observ Present
Propuest
Evaluac
Propues
Adjudic Suscr
contrat
Clásico
Subasta
Inversa
Conven
Marco
Régimen General
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
BID y Banco
Mundial
JBIC, AID,
UNOPS, OIM,
OEI,
Especiales,
DU, otros
BID y Banco
Mundial
JBIC, AID,
UNOPS, OIM,
OEI,
Especiales,
DU, otros
R. Paralelo
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
43. Procedimiento de Selección
Clásico
Procedimiento de Selección
Clásico
Estructura
Básica
Convoca
toria
Consultas Observacio
nes
Presentación
Propuestas
Evaluación
Propuestas
Adjudicación Suscrip
Ción del
Contrato
Licitación
Pública y
Concurso
Público
Adjudicación
Directa
Pública ADP
Adjudicación
Directa Selectiva
ADS
Adjudicación de
Menor Cuantía
AMC
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
Con nueva Ley
hay cambio de
denominaciones
y estructura
44. El SEACE
Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
Se circunscribe
dentro del Plan
de la Sociedad
de la Información
1.- Tecnologías de la
Información en el
ámbito Privado.
2.- Gobierno Electrónico
a.- Procedimientos
b.- SEACE
c.- Otros
46. Procedimiento de SelecciónProcedimiento de Selección
Conv Consul Observ Present
Propuest
Evaluac
Propues
Adjudic Suscr
contrat
Clásico
Subasta
Inversa
Conven
Marco
Régimen General
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
Ejecución
contrato
y Liqui
dación
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
•Ejecución de
prestaciones
• Declarac
conformidad
• Liquidación..
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
Programa
ción
y Actos
Preparato
rios
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
• Plan Anual de
Contrataciones
• Determin de
necesidades.
• Designación
Comité
Especial.
• Elaboración
de Bases.
• El conflicto puede originarse en cualquiera de las fases de la Contratación.
• Cualquier componente de cada fase de Contratación puede incubar el conflicto.
• La prevención del conflicto es la práctica sana a seguir recomendada.
• Surgido el conflicto, la oportunidad de su solución, depende del modelo
asumido en cada país.
47. Solución de Controversias durante el procedimiento de Selección,Solución de Controversias durante el procedimiento de Selección,
cuando proceso es a) Licitación Pública, b) Concurso Público, c)cuando proceso es a) Licitación Pública, b) Concurso Público, c)
Adjudicación Directa Pública y d) Procesos de Menor CuantíaAdjudicación Directa Pública y d) Procesos de Menor Cuantía
derivados de procesos declarados desiertos (precisar concepto)derivados de procesos declarados desiertos (precisar concepto)
ComitéComité
EspecialEspecial
Tribunal deTribunal de
ContratacionesContrataciones
Poder JudicialPoder Judicial
Desde Ley Nº 29873, publicada el 1º de
junio de 2012
Vía Administrativa Vía Judicial
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
48. Solución de Controversias durante el procedimiento deSolución de Controversias durante el procedimiento de
Selección, cuando proceso es a) Adjudicación DirectaSelección, cuando proceso es a) Adjudicación Directa
Selectiva y b) Adjudicación de Menor Cuantía.Selectiva y b) Adjudicación de Menor Cuantía.
ComitéComité
EspecialEspecial
Titular deTitular de
la Entidadla Entidad
Poder JudicialPoder Judicial
Desde Ley Nº 29873, publicada el 1º de junio de 2012
Vía Administrativa Vía Judicial
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
49. Solución de Controversias durante laSolución de Controversias durante la
Ejecución ContractualEjecución Contractual
• ConciliaciónConciliación
yy
• Arbitraje.Arbitraje.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
50. Tendencia Actual para la Contratación
Pública
Integración de losIntegración de los
sistemas desistemas de
contrataciones a nivelcontrataciones a nivel
regional y globalregional y global
Integración de losIntegración de los
sistemas desistemas de
contrataciones a nivelcontrataciones a nivel
regional y globalregional y global
Formación deFormación de
Capacidades,Capacidades,
Profesionalización yProfesionalización y
certificacionescertificaciones
(nacionales y globales)(nacionales y globales)
Formación deFormación de
Capacidades,Capacidades,
Profesionalización yProfesionalización y
certificacionescertificaciones
(nacionales y globales)(nacionales y globales)
Aplicación del
Principio de Valor
por Dinero
Aplicación del
Principio de Valor
por Dinero
Establecer un proceso
de rendición de
cuentas
Establecer un proceso
de rendición de
cuentas
Promoción de
Contratación
Pública para el
Desarrollo
Sustentable.
Promoción de
Contratación
Pública para el
Desarrollo
Sustentable.
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez
51. Sistemas de los países del Mundo
- Armonización.
- Mejoras y Monitoreo
- Red Mundial
Sistemas de los países del Mundo
- Armonización.
- Mejoras y Monitoreo
- Red Mundial
Tareas múltiples simultáneas, nacional, continental y
global
Sistema Nacional Peruano
- Coherencia interna
- Atender situaciones especiales
Sistema Nacional Peruano
- Coherencia interna
- Atender situaciones especiales
Sistemas de los países del Continente
-Armonización de principios, procedimientos,
prácticas.
- Integración de sistemas de contrataciones.
-Mejoramiento y monitoreo
- Red continental
Sistemas de los países del Continente
-Armonización de principios, procedimientos,
prácticas.
- Integración de sistemas de contrataciones.
-Mejoramiento y monitoreo
- Red continental
Ricardo Salazar ChávezRicardo Salazar Chávez