6. Gobierno Central
◦ Poder Legislativo:
Reside en el Congreso y su principal
atribución es emitir, modificar y derogar
leyes.
7. Gobierno Central
◦ Poder Ejecutivo:
Encabezado por el Presidente de la República e
integrado por los ministros de Estado.
Encargado de la dirección política del Estado.
Realiza actividad normativa a través de decretos
y resoluciones
8. Gobierno Central
◦ Poder Judicial:
Es un organismo autónomo de la República del Perú
constituido por una organización organización
jerárquica de instituciones, que ejercen la potestad
de administrar justicia, que en teoría emana del
pueblo
9. Gobierno Central
◦ Poder Judicial:
Se divide en 5 niveles:
a) La Corte Suprema de la República
b) Las Cortes Superiores
c) Los Juzgados Especializados
d) Los Juzgados de Paz Letrados
e) Los Juzgados de Paz
10. Gobierno Regional
◦ Es autónomo en lo político, económico y administrativo.
◦ El Presidente Regional y el Consejo Regional son
elegidos por votación popular.
◦ Promueve el desarrollo y economía regional, fomenta las
inversiones, actividades y servicios públicos de su
responsabilidad.
11. Gobierno Local
◦ Esta constituido por municipalidades, provinciales y
distritales.
◦ Tiene autonomía política, económica y administrativa.
◦ Cumple diversas funciones, entre las cuales se cuenta
con el desarrollo urbano y la zonificación, la regulación
del trasporte publico, la limpieza publica, etc.
12. Organismos contemplados en la
Constitución
El Tribunal Constitucional
El Ministerio Publico
El Consejo Nacional de la Magistratura
La Defensoría del Pueblo
El Banco Central de Reserva del Perú
La Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones
13. Organismos no incluidos en la
Constitución
OSINERMING
OSIPTEL
SUNASS
SUNAT
CONCYTEC
INEI
INDECOPI
CONASEV
14. Empresas Estatales
Empresas del Estado de accionario único
Empresas del Estado con accionariado privado
Empresas del Estado con potestades publicas
16. ◦ La Constitución Política del Estado
◦ La Ley y las normas con rango de ley:
a) La Ley
b) Los Decretos Legislativos
c) Los Decretos de Urgencia
d) Los Decretos-Leyes
17. ◦ Los Tratados:
a) Tratados con rango constitucional
b) Tratados con rango de ley
c) Tratados con rango de D.S.
◦ Los Decretos Supremos
18. ◦ Otras normas del Poder Ejecutivo
a) Resoluciones Supremas
b) Resoluciones Ministeriales
c) Resoluciones Vice Ministeriales
d) Resoluciones Directorales
e) Otras resoluciones
19. ◦ Resoluciones expedidas por los organismos
reguladores o por entidades públicas
descentralizadas
Gobiernos Regionales:
a) Ordenanzas Regionales expedidas
por el Consejo Regional.
b) Decretos Regionales expedidos por
la Presidencia Regional
20. ◦ Resoluciones expedidas por los
organismos reguladores o por entidades
públicas descentralizadas
Gobiernos Locales:
a) Ordenanzas
b) Decretos de Alcaldía
c) Resoluciones de Alcaldía
21. ◦ Resoluciones expedidas por los
organismos reguladores o por entidades
públicas descentralizadas
Gobiernos Locales:
a) Ordenanzas
b) Decretos de Alcaldía
c) Resoluciones de Alcaldía
22. La noción de fuente de derecho nos
remite al origen del derecho, a su
proceso de formación y a su expresión
final.
23. a) La Ley
b) La Costumbre
c) La Jurisprudencia
d) La Doctrina
26. La concreción de los
fines del Poder es un
término genérico que
comprende diversas
modalidades de
manifestación
Reglamentación de leyes (a
través de los reglamentos).
Declaraciones de efectos jurídicos
individuales
(a través de los actos
administrativos).
Organización interna del ente
(a través de los actos de
administración interna).
Contratación para cumplir metas
(a través de los contratos de la
Administración Pública).
Ejecución propiamente tal
(a través de los hechos
administrativos).
28. La Función Administrativa la
ejerce la Administración
Pública.
29. La Administración Pública es el conjunto de:
Organismos,
Órganos y,
Personas-órgano estatales y no estatales
que ejercen la Función Administrativa del Poder.
32. Órgano de Dirección.- Conduce la entidad. Señala
lo que se debe hacer y las acciones a seguir.
Órgano de Línea.- Desarrolla las actividades que
explican la existencia de la entidad.
Órgano de Asesoría.- Proporciona opiniones
técnicas fundamentadas o información procesada
que sirve a los otros órganos como insumo para la
toma de decisiones.
33. Órgano de Apoyo.- Proporciona bienes materiales
o inmateriales, recursos financieros, personal, así
como conduce circuitos administrativos internos,
con el propósito de facilitar el desarrollo de las
actividades de los otros órganos de la entidad.
Órgano de Control Institucional.- Evalúa
periódicamente el ejercicio de la Función
Administrativa por los otros órganos de la entidad,
para verificar el cumplimiento de las normas y
evaluar la calidad de la gestión.
34. El artículo 43º de la constitución Política señala
que el Estado es uno e indivisible; agregando
que “su gobierno es unitario, representativo y
descentralizado”.
A lo largo de la Constitución Política se alude a
diversas modalidades de gestión pública que
implica la desconcentración.
La organización de la Administración Pública
debe respetar los principios de Unidad,
Descentralización y Desconcentración.
35. En virtud a la Unidad, el comportamiento total de
la Administración Pública debe seguir una
Visión, Misión y Estrategia única.
36. En virtud a la
Descentralización
Orgánica, se crean
organismos distintos
al organismo
originario.
En virtud a la
Descentralización
Funcional, se
transfieren
atribuciones desde
un organismo (u
órgano) que las
concentra, hacia otro
organismo existente
o recién creado.
38. En virtud de la
Desconcentración
Orgánica, en un
organismo se crean
órganos ubicados en
lugares distintos al
lugar sede del
organismo.
En virtud de la
Desconcentración
Funcional, se delegan
atribuciones, desde un
órgano que las
concentra hacia otro
órgano ubicado dentro
o fuera del lugar sede
del organismo.
41. Ministerio (Rector. Incluye sus
órganos desconcentrados)
ORGANISMOS PÚBLICOS
ESCENTRALIZADOS (incluye sus
órganos desconcentrados)
PERSONAS JURÍDICAS Y
PERSONAS NATURALES
PRIVADAS
44. El Poder Ejecutivo
El Poder Legislativo
El Poder Judicial
Los Gobiernos Regionales
Los Gobiernos Locales
Los organismos a los que la
Constitución les da
autonomía
Entidades, organismos y
programas del Estado
Las empresas privadas que
brindan un servicio público
45. Regula las actuaciones de la
función administrativa del
Estado
El procedimiento administrativo
general desarrollado por las
entidades
Los procedimientos especiales
46. Integra un sistema orgánico que posee
autonomía respecto de otras ramas del
Derecho.
Posee principios propios que en muchos
casos no sirven para otras ramas del
Derecho, por su carácter público.
Existe un carácter supletorio y subsidiario
con ciertas disposiciones legales.
47. Administrados: PN o PJ que
participa en un procedimiento
administrativo y se someten a las
normas correspondientes.
Autoridad Administrativa:
agente de entidades que bajo
cualquier régimen jurídico ejercen
potestades públicas y conducen el
procedimiento administrativo.
48. El Procedimiento administrativo es el
cauce formal de la serie de actos en
que se concreta la actuación
administrativa para la realización de
un fin. El procedimiento tiene por
finalidad esencial la emisión de un
acto administrativo.
49. A diferencia de la actividad
privada, la actuación pública
requiere seguir unos cauces
formales, más o menos
estrictos, que constituyen la
garantía de los ciudadanos en el
doble sentido de que la
actuación es conforme con el
ordenamiento jurídico y que ésta
puede ser conocida y fiscalizada
por los ciudadanos.
51. ¿Que son estos principios?
Son postulados rectores que
tienen por finalidad guiar la acción
administrativa.
No cumplen una función supletoria
sino informadora del ordenamiento
jurídico
La Ley del Procedimiento
Administrativo General establece
16 principios, sin tener carácter
taxativo, es decir no excluyen
otros.
52. PRINCIPIOS
LEGALIDAD
DEBIDO
PROCEDIMIENTO
IMPULSO DE OFICIO RAZONABILIDAD
IMPARCIALIDAD INFORMALISMO
PRESUNCIÓN DE
VERACIDAD
CONDUCTA
PROCEDIMENTAL
CELERIDAD EFICACIA
VERDAD MATERIAL PARTICIPACIÓN
SIMPLICIDAD UNIFORMIDAD
PREDICTIBILIDAD
PRIVILEGIO DE
CONTROLES
POSTERIORES
53. Principio de Legalidad
Las autoridades administrativas deben
actuar con respeto a la Constitución, la Ley
y al Derecho.
Toda acción administrativa se
presenta como ejercicio de un poder
atribuido, delimitado y construido
previamente por Ley.
54. “Nadie está obligado a hacer lo que
la ley no manda, ni impedido de hacer
lo que ella no prohíbe”
¿Se aplica al principio de Legalidad?
56. Casuística del principio de Legalidad
¿Presidente de la República puede
crear una Ley que regule los arbitrios
del Cercado de Lima?
¿Alcalde puede crear un impuesto al
uso de autopistas?
57. Principio del Debido Procedimiento
Constituye una garantía dirigida a
consolidar el derecho de defensa.
Es un derecho constitucional tanto en el
ámbito judicial como el administrativo.
Comprende:
Derecho a exponer argumentos
Derecho a ofrecer y producir
pruebas.
Derecho a obtener una decisión
motivada y fundada en derecho
58. Negar la lectura de un expediente
Ausencia de notificación
Cobro coactivo de pagos antes de
vencerse.
Negar el ofrecimiento de pruebas en un
procedimiento
Principio del Debido Procedimiento
59. Demanda de Amparo: Ramón Hernando Salazar Yarlequé vs
Municipalidad de Surquillo
Materia: Exigencia previa de pago de tasa para impugnar
Principio del Debido Procedimiento
60. Principio de Impulso de Oficio
Supone dirigir e impulsar de oficio el
procedimiento independientemente si este
fue iniciado por el administrado o la entidad.
Se debe promover toda actuación que fuese
necesaria para su tramitación y superar
cualquier obstáculo.
Evitar el entorpecimiento o demora a causa
de diligencias innecesarias o meramente
formales
61. Principio de Razonabilidad
Se debe tener en cuenta en aquellas
decisiones de establezcan gravámenes
(sanciones, restricciones).
Decisiones deben adoptarse dentro de
los límites de la facultad atribuida.
Debe existir proporción entre los medios
a emplear y los fines públicos que se
tutela.
62. Si se venden CDs piratas ¿ cuánto de multa se debe aplicar?
1UIT ?
10 UIT ?
50 IUT ?
150 UIT ?
500 UIT ?
1000UIT ?
Principio de Razonabilidad
63. Principio de Imparcialidad
Se encuentra ligado al principio de igualdad.
Referido al aspecto subjetivo del funcionario
público, quien deber de actuar sin
favoritismos.
No se admite ninguna clase de discriminación
entre los administrados.
La Administración debe motivar sus
decisiones sobre la base de criterios
objetivos.
¿Doble instancia administrativa?
65. Principio de Informalismo
Se contrapone a la cultura del trámite
burocrático y formalista (cuestiones
procesales).
Las normas de procedimiento deben ser
interpretadas en forma favorable al
administrado.
La exigencia de aspectos formales deben ser
subsanados dentro del procedimiento,
siempre que ello no afecte derechos de
terceros o el interés público.
66. Principio de Presunción de Veracidad
Se presume que los documentos y declaraciones de los administrados
responden a la verdad de los hechos que ellos afirman.
67. Declaración Jurada – Régimen de Fedatarios - Tramitadores
Principio de Presunción de Veracidad
68. Principio de Conducta Procedimental
Todos los partícipes del procedimiento,
deben guiar sus actos dentro del respeto
mutuo, la colaboración y la buena fe.
Ninguna regulación puede interpretarse de
modo tal que ampare alguna conducta
contra la buena fe procesal.
Ejemplo: Cuestionar la competencia de una
instancia a la que previamente se sometió.
69. Principio de Celeridad
Los partícipes del procedimiento administrativo deben actuar de
modo tal que este sea dinámico.
Debe evitarse actuaciones procesales que dificulten su
desenvolvimiento o constituyan meros formalismos.
Emitir decisión en tiempo razonable, lo que no implica:
- Eximir del respeto al debido
procedimiento.
- Vulnerar el ordenamiento jurídico.
70. Principio de Eficacia
Hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto sobre los
formalismos, siempre que:
- No incida en su validez.
- No determinen la decisión final.
- No disminuyan las garantías.
- No causen indefensión a los administrados
Tiene relación con el principio de economía procesal.
La aplicación de este principio implica que la finalidad del acto se ajuste
al marco normativo aplicable.
71. Principio de Verdad Material
Implica verificar los hechos que sirven
de motivo a los actos administrativos.
Se deben actuar las pruebas
necesarias aun cuando no hayan sido
propuestas por los administrados.
La verdad real o material frente a la
verdad documental.
72. Principio de Participación
Brindar condiciones necesarias para acceder a la información que
posee la administración.
Excepciones:
- Información que afecte la intimidad personal.
- Información vinculada a la seguridad nacional.
- Información excluida por ley.
73. Principio de Simplicidad
Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben ser
sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria (requisitos
deben ser racionales y proporcionales)
74. Barreras burocráticas ilegales e irracionales
Exigir
renovaciones,
canjes o
actualizaciones de
licencias que son
de vigencia
indefinida
Principio de Simplicidad
75. Principio de Uniformidad
1. Establecer requisitos similares para trámites similares.
2. Las excepciones a los principios generales no serán convertidos
en la regla general.
3. Toda diferenciación deberá basarse en criterios objetivos
debidamente sustentados.
4. Ejemplo: Tasas, requisitos contenido en el TUPA
76. Principio de Predictibilidad
Brindar a los administrados información
veraz, completa y confiable sobre cada
trámite.
El administrado debe tener certeza sobre
cuál será el resultado final de su trámite.
Genera confianza en la ciudadanía y
reduce la carga de solicitudes inútiles o
claramente ilegales.
77. Principio de Privilegio de Controles Posteriores
La tramitación de los procedimientos
administrativos se sustentará en la
aplicación de la fiscalización posterior.
La autoridad administrativa se reserva el
derecho de:
- Comprobar la veracidad de la
información presentada.
- Comprobar el cumplimiento de la
normatividad sustantiva.
- Aplicar las sanciones por presentar
información falsa.
79. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
1. La precedencia en la atención del servicio público
requerido, guardando riguroso orden de ingreso.
80. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
2. Ser tratados con respeto y consideración por el personal de las
entidades, en condiciones de igualdad con los demás
administrados.
81. 3. Acceder, en cualquier momento, de
manera directa y sin limitación
alguna a la información contenida
en los expedientes de los
procedimientos administrativos en
que sean partes y a obtener
copias de los documentos
contenidos en el mismo
sufragando el costo que suponga
su pedido, salvo las excepciones
expresamente previstas por ley.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
82. 4. Acceder a la información gratuita
que deben brindar las entidades
del Estado sobre sus actividades
orientadas a la colectividad,
incluyendo sus fines,
competencias, funciones,
organigramas, ubicación de
dependencias, horarios de
atención, procedimientos y
características.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
83. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
5. A ser informados en los procedimientos de oficio sobre su
naturaleza, alcance y, de ser previsible, del plazo estimado de su
duración, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de
tal actuación.
www.upci.edu.pe
84. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
6. Participar responsable y progresivamente en la prestación y control
de los servicios públicos, asegurando su eficiencia y oportunidad.
85. 7. Al cumplimiento de los plazos
determinados para cada
servicio o actuación y exigirlo
así a las autoridades.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
86. 8. Ser asistidos por las entidades para el cumplimiento de sus
obligaciones.
9. Conocer la identidad de las autoridades y personal al servicio de la
entidad bajo cuya responsabilidad son tramitados los procedimientos
de su interés.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
87. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
10. A que las actuaciones de las entidades que les afecten sean
llevadas a cabo en la forma menos gravosa posible.
88. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
11. Al ejercicio responsable del derecho de formular análisis, críticas
o a cuestionar las decisiones y actuaciones de las entidades.
89. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
12. A exigir la responsabilidad de las entidades y del personal a su
servicio, cuando así corresponda legalmente.
90. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
13. Los demás derechos reconocidos por la Constitución o las leyes
91. 1. Abstenerse de formular
pretensiones o articulaciones
ilegales, de declarar hechos
contrarios a la verdad o no
confirmados como si fueran
fehacientes, de solicitar
actuaciones meramente dilatorias,
o de cualquier otro modo afectar
el principio de conducta
procedimental
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
92. DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS
2. Prestar su colaboración para el pertinente esclarecimiento de los
hechos.
93. 3. Proporcionar a la autoridad
cualquier información dirigida
a identificar a otros
administrados no
comparecientes con interés
legítimo en el procedimiento.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
94. DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS
4. Comprobar previamente a su presentación ante la entidad, la
autenticidad de la documentación sucedánea y de cualquier
otra información que se ampare en la presunción de veracidad.
.
www.upci.edu.pe
96. REPRESENTACION DE PERSONAS JURIDICAS
Las personas jurídicas pueden intervenir en el procedimiento a
través de sus representantes legales, quienes actúan premunidos
de los respectivos poderes.
97. COMPARECENCIA PERSONAL
Las entidades pueden convocar la comparecencia personal a su
sede de los administrados sólo cuando así le haya sido facultado
expresamente por ley.
Los administrados
pueden comparecer
asistidos por asesores
cuando sea necesario
para la mejor
exposición de la
verdad de los hechos.
98. COMPARECENCIA PERSONAL
A solicitud verbal del administrado, la entidad entrega al final del
acto, constancia de su comparecencia y copia del acta elaborada.