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  1. Requisititos de los comprobantes fiscales María del Carmen González Pantoja 2017
  2. Objetivos Dar a conocer cuáles son sus requisitos de los comprobantes fiscales, de versión digital 3.3 que se espera sea la última modificación por la que tenga que pasar, ya que desde el año 2000 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició el proyecto de modernizar su plataforma tecnológica con el propósito de facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
  3. Fundamento Legal Código Fiscal Federal Artículo 29 y 29-A. Resolución miscelánea vigente. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5392168 &fecha=14/05/2015
  4. Investigación documental y de campo En las oficinas del SAT, en la delegación Aguascalientes observe el flujo de personas que esperaban a ser atendidos para realizar su sello digital o RFC, después realice un sondeo (la mayoría de ellos en desacuerdo por la nueva modificación al CFDI, ya que lo consideran innecesario y pérdida de tiempo), los dueños de pequeños negocios dicen solo realizar una factura al mes, les molesta ya que señalan que los contadores les cobran caro la realización de cada factura y que ellos no tiene el conocimiento para realizar facturas y no encuentran factible comprar los folios ya que no utilizan más de 15 al año y no le es redituable el pagar los gastos de un contador ni un pago mensual por facturación ilimitada.
  5. Requisitos de los comprobantes fiscales I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR (Consulta el procedimiento para obtenerlo). III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas. IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT. V. Sello digital del contribuyente que lo expide. VI. Lugar y fecha de expedición. VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
  6. IX. Valor unitario consignado en número. X. Importe total señalado en número o en letra, XI. Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades. XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos. XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria). XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación. Además, debe contener los siguientes datos: a) Fecha y hora de certificación. b) Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó el sellado.
  7. Resultados de Entrevista
  8. https://docs.google.com/forms/d/1P0IpEC_9-A54Jw3Su8e-TGcNg6HeJeKqAtxiLI3X2jc/edit
  9. Grafica de Estadísticas SAT
  10. Ejemplo de facturación con los requisitos señalados del Art. 29 y 29-A CFF
  11. Nueva actualización de CFDI
  12. Conclusiones Después de analizar la evolución de los CFDI me doy cuenta de la importancia y lo necesario que tiene llevar el control de los comprobantes para la administración tributaria, , y aunque en los últimos cinco años ha sido complicada para lograr una verdadera adaptación hasta llegar a la versión 3.3, que sea la última modificación inesperadas para los contribuyentes y contadores. Hasta la fecha hemos evolucionado a la par de las cuatro distintas formas para la emisión de comprobantes fiscales el CFDI (comprobante fiscal digital por internet), que es el más novedoso y el que previsiblemente quedará en un futuro como única forma válida de emitir los comprobantes fiscales; el CFD (Comprobante Fiscal Digital), para aquellos contribuyentes que ya los venían emitiendo bajo esta modalidad y que, de acuerdo con las disposiciones vigentes; comprobantes en papel impresos en talleres autorizados, siempre que estén dentro de su plazo de vigencia; Comprobantes con Código de Barras Bidimensional (Comprobantes con CBB), para los contribuyentes que se ubicaban en los supuestos para emitir los comprobantes fiscales con esta facilidad.
  13. !Gracias !
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