Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Justicia de paz
1. La Justicia de la
Paz
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
UNIDAD CURRICULAR: MEDIOS ALTERNOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTO 2016/A
Profesora: Mónica Parra Alumna: Yoscárol Sanabria
C.I. V-16.095.811
Sección: SAIA C
2. La Justicia de la Paz
Tomando como base la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela cuyos valores
superiores son la democracia, la justicia, la vida, la
libertad, la igualdad y la solidaridad, consideramos
como un deber impulsar la implementación de la
Justicia de Paz en las comunidades.
El artículo 258 de nuestra Carta Magna, la define como un medio de Justicia
Alternativa, el cual permitirá la resolución de conflictos de una forma eficaz,
en menor tiempo, sin trámites burocráticos ni dilaciones innecesarias y lo que
es más importante aún sin los costos que implica introducir una demanda en
un Tribunal, lo que ayudaría a los ciudadanos que no cuenten con los recursos
económicos suficientes a acceder a la justicia.
3. La Justicia de la Paz
La Justicia de Paz como instrumento para
resolver los conflictos cotidianos que se
generan en la vida en comunidad, es uno
de los procedimientos alternativos que
buscan superar la insuficiencia del
sistema de administración de justicia,
cuya importancia y utilidad tienen
reconocimiento en las sociedades que han
comprendido el efecto positivo que
generan al mejorar el clima de armonía
entre los miembros de la comunidad.
4. La Justicia de la Paz
El Juez de Paz como representante de un Juzgado
de Paz o Tribunal, en las comunidades, cuya
jurisdicción u ámbito local le compete, está
dirigida a brindarle información acerca de las
competencias que este debe tener para buscar
estrategias que le permitan buscar soluciones a
los conflictos que puedan presentarse en los
diferentes sectores bajo su cargo, y también
sobre este importante campo de la actividad
humana; además de proporcionar explicación
acerca de porque las personas deben acudir a
estas instancias para solucionar conflictos
sometidos a su competencia mediante
conciliación entre las partes.
5. La Justicia de la Paz
En la actualidad el Juez de Paz es
importante en virtud que los pueblos
viven en constantes controversias y
es por ello que se han visto en la
necesidad de buscar esta instancia
para resolver conflictos.
6. La Justicia de la Paz
Se hace necesario recalcar que este medio alternativo se resolución de
conflicto es una institución que facilitará la simplificación de trámites,
la ausencia de formalismos y dilaciones innecesarias, abaratando la
justicia y haciéndola más transparente y accesible a los ciudadanos;
permitiéndole a las personas que no cuentan con recursos económicos
suficientes acceder a la justicia, vivir en armonía y hermandad,
conceptos básicos para la paz de los pueblos.
7. La Justicia de la Paz
Los edificios de propiedad horizontal tienen reglamentos de
condominio, que establecen la manera cómo deben comportarse
los propietarios, qué parte de los gastos comunes le toca pagar a
cada uno, cuáles son los usos permitidos, etc. En este sentido,
pueden darse casos relacionados con el buen uso de las áreas
comunes de un edificio.
Por ejemplo, los muchachos juegan en los pasillos porque se está
remodelando el parque infantil o porque no hay tal parque y la
calle es demasiado peligrosa. Si bien es cierto que, los niños
tienen derecho a jugar, también es cierto que ensucian las
paredes, golpean las puertas y molestan a las familias que no
tienen niños pequeños.
Estés es un caso en el cual un Juez de Paz puede decidir, debido al
incumplimiento de los reglamentos en cuanto a la convivencia.
Caso N° 1
8. La Justicia de la Paz
Supongamos que una vecina molesta con la música a sus vecinos.
Supongamos también que el Juez de Paz de la zona cuenta con una
Ordenanza sobre ruidos molestos que establece que quien haga
cierto tipo de ruidos después de determinada hora será multado
con Bs. 10.000.
En estos casos, el Juez de Paz antes de ir y cobrar la multa
directamente, debe intentar conciliar la posición de la vecina con
los demás vecinos, intentando que ellos mismos logran solucionar
el problema que tienen que inclusive puede deberse al hecho de
que lo que le parece molesto a uno no le parece así a los otros.
Esto garantiza, además, que las partes tengan mejor disposición
para cumplir el acuerdo a que han llegado; en lugar del cobro
represivo una multa que probablemente empeore la convivencia
del lugar.
En el caso planteado, si no es posible llegar a un acuerdo
conciliatorio con la vecina, entonces el Juez de Paz podrá aplicar la
multa de los Bs. 10.000 que establece la Ordenanza.
Caso N° 2
9. La Justicia de la Paz
Caso N° 3
Supongamos que una persona retrocede y choca el carro que su vecino
acaba de comprar y el mismo no está asegurado. Cuando el afectado se
acerca al taller le informan que el monto de la reparación excede por
mucho los 4 salarios mínimos y la vecina que lo chocó, se niega a pagar la
reparación, porque insiste que el carro estaba mal estacionado y es por ello
que ocurrió el accidente. El monto de la reparación es el techo que la ley
pone para que el Juez de Paz conozca, no obstante, ambas partes deciden
acudir al Juez de Paz como tercero de buena fe para que decida por la vía
de la equidad quién tiene la razón y quién debe pagar la reparación.
Ante esta circunstancia el Juez de Paz deberá admitir su competencia, pues
las partes así lo decidieron y el Articulo 8 ord. 5 de la Ley Orgánica de
Justicia de Paz, así lo establece. En principio se debe buscar una solución
por la vía de la conciliación, siguiendo los pasos y medios descritos en el
capítulo correspondiente a ese procedimiento, con el fin de lograr que las
partes lleguen a un arreglo ellas mismas.
Si el procedimiento de conciliación no conduce a un acuerdo, o si las partes
insisten desde un principio que ya agotaron toda posibilidad de negociación
o conciliación, el Juez procederá a tomar una decisión conforme a la
equidad.