2. Es la unión voluntaria, libre de vicios, de un hombre y una
mujer para realizar la comunidad de vida, en la que ambos
se procuran respeto, igualdad, asistencia y ayuda mutua;
pudiendo o no crear hijos de manera libre e informada
sobre la base de la paternidad y maternidad responsables.
Jurídicamente y
en el Ordenamiento Civil
Concepto
3. Se debe celebrar ante la autoridad administrativa
correspondiente, que es el Juez del registro civil, y éste debe
cumplir con las formalidades establecidas en la ley.
¿Quién lo hace?
Reconocimientoyefectoslegales
4. ¿Cuáles son los fines del
matrimonio?
Estabilizar las relaciones sexuales.
Crear una familia y libre
procreación.
Generar en ella condiciones de
óptimo desarrollo e igualdad.
Cohabitación y fidelidad.
La ayuda mutua.
La generación de deberes, derechos
y obligaciones.
Objeto
5. La doctrinaha debatido
sobrela naturaleza del matrimonio.
EL ACTO JURÍDICO
Se refiere a que su existencia,
reconocimiento y efectos; están
sujetos al cumplimiento, por parte
de los contrayentes, a los requisitos
y formalidades que para su
celebración se establecen en la ley
respectiva.
LA RELACIÓN JURÍDICA
Implica la necesaria existencia de la
manifestación de voluntad de los
contrayentes, en el acuerdo de
voluntades para celebrar el
matrimonio, que tiene como
resultado la creación de una
relación jurídica o vínculo familiar
sancionada por el Estado.
Elementos
6. a) EDAD
Como regla general, ambos deben ser mayores de 18 años
Excepción (si los contrayentes son menores de edad)
- 1° Ambos cuenten con 16 años cumplidos
- 2° Cuando cuenten con 14 años o menos, si la contrayente se
encuentra en estado de gravidez.
Requisitosdefondo
Requisitos
7. MAYORES DE EDAD
Basta con hacer expresa su voluntad de
contraer matrimonio libre de violencia y vicios.
b) CONSENTIMIENTO.- Consiste en la manifestación libre del
acuerdo de voluntades para contraer matrimonio, sin el cual el
matrimonio seria inválido o e inexistente.
En el caso de una mujer en estado de gravidez, se podrá eximir a los
contrayentes de la obtención del consentimiento exigido en los términos
de la ley a petición del padre o de la madre, (no procede en el caso de
menores de 14 años).
MENORES DE EDAD
16 años – Deberán obtener el consentimiento
de los que ejerzan la patria potestad o de su
tutor. A falta de éstos, deberá obtener el
consentimiento de juez de lo familiar.
Requisitosdefondo
8. c) DIFERENCIA DE SEXOS
El matrimonio lleva implícito, por definición,
que solo se puede contraer entre un hombre y
una mujer –se manifiesta en la doctrina y en la
legislación nacional, (en muchos países todavía
y tan sólo se reconoce en 15 de las 32
entidades del país).
En la actualidad ya existen Estados en
el mundo, que reconocen y regulan el
matrimonio homosexual, homologado
al heterosexual en la legislación
pertinente o mediante leyes
autónomas.
Requisitosdefondo
9. El matrimonio, en su regulación,
siempre ha tenido como sustento
la procreación, sin embargo, no
es el único fin, tiene otros que
tiene que ver con la comunidad
de vida, la ayuda, la asistencia
mutua.
Lo que permite considerar a esta
institución -Independientemente
de la heterosexualidad o no de
sus miembros, y la protección y
regulación de los derechos y
obligaciones de los mismos.
Requisitosdefondo
10. Obstáculospara contraer matrimonio
La falta de edad.
La falta de consentimiento.
El parentesco de consanguinidad.
La impotencia incurable para la cópula.
La violencia física o moral para la celebración del matrimonio
El parentesco por afinidad en línea recta sin limite de grado.
El adulterio entre las personas que quieren contraer matrimonio,
siempre que el adulterio se haya probado judicialmente
Padecer una enfermedad crónica e incurable, que además sea
contagiosa o hereditaria.
Padecer algún estado de incapacidad (en el supuesto de un mayor de
edad…)
El matrimonio subsistente con la persona distinta de aquella con que
se pretende contraer nupcias .
El parentesco civil extendido hasta los descendientes del adoptado,
por lo tanto, el adoptante no puede contraer matrimonio con el
adoptado o sus descendientes.
Impedimentos
11. a) Los contrayentes deben presentarse y celebrar el matrimonio ante el juez del
registro civil.
b) Deben presentar, al juez del registro civil, un escrito con: Nombres y apellidos; ,
edad, ocupación y domicilio de los contrayentes.
1) Nombre y apellidos de sus padres.
2) Nombres y apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos.
3) Declaración de no tener impedimento para contraer matrimonio
4) Manifestación de su voluntad para contraer matrimonio
5) El escrito deberá estar firmado por los solicitantes y además tener impresa su
huella digital
c) Al escrito deberán anexar:
Acta de nacimiento
Certificado medico ->que certifique su edad (cuando sean menores de 16
años)
Anexar documento público que identifique a cada uno
Convenio que celebran respecto a sus bienes presentes y los que adquieran en
el futuro durante el matrimonio, (el convenio deberá señalar el régimen de
bienes : sociedad conyugal o separación de bienes).
Acta de defunción del cónyuge fallecido, si alguno de los contrayentes es viudo.
En el caso de que alguno de los contrayentes hubiera sido casado
anteriormente, copia de la resolución de sentencia de divorcio o de nulidad de
matrimonio
Requisitos para contraer matrimonio:
Requisitosdeforma
13. Contribuir a los fines del matrimonio, así
como la ayuda fidelidad y respeto
mutuos.
Vivir juntos, cohabitar y establecer el
domicilio conyugal.
Podrán realizar cualquier actividad,
siempre y cuando sea lícita y se realice
de común acuerdo.
Acceder a la tutela legítima en caso de
que alguno de ellos caiga en algún
supuesto de incapacidad.
Adquirir la nacionalidad mexicana del
cónyuge extranjero de conformidad a la
Ley de Nacionalidad.
• CÓNYUGES: Los derechos y obligaciones que
nacen del matrimonio, serán siempre iguales,
independientemente de su aportación económica
al sostenimiento del hogar.
Derechosyobligaciones
14. Los cónyuges tienen derecho a decidir de manera libre e informada el
numero y esparcimiento de sus hijos.
Hacer uso de cualquier método de reproducción asistida (será ejercido de
común acuerdo y en condiciones de igualdad).
Deberán contribuir económicamente al sostenimiento, alimentación,
educación de sus hijos.
Los cónyuges tienen autoridad y consideraciones iguales, por lo que
participaran de las decisiones, de común acuerdo (en el manejo del hogar, la
educación, formación y administración de los bienes, en cuanto a los hijos se
refiere.
NOTA: cuando no exista acuerdo, podrán acudir al juez de lo familiar.
HIJOS:
Derechosyobligaciones
15. Los cónyuges mayores de edad, tienen capacidad para administrar,
contratar o disponer de sus bienes propios, y ejercitar las acciones u oponer
las excepciones que a ellos corresponden, sin que necesiten el
consentimiento del otro.
Los cónyuges menores de edad, tendrán administración de sus bienes de
igual forma, pero necesitaran autorización judicial para enajenarlos,
gravarlos o hipotecarlos; y un tutor para sus negocios judiciales.
BIENES:
Derechosyobligaciones
El contrato de compra-
venta entre los cónyuges,
solo puede celebrarse
cuando éstos hayan
celebrado su matrimonio
bajo régimen de
separación de bienes.
Los cónyuges
tienen el
derecho a
acceder a la
sucesión
legitima.
16. Los cónyuges deberán contribuir económicamente al sostenimiento del hogar,
sin perjuicio de distribuirse en la forma y proporción que acuerden para ese
efecto, según sus posibilidades.
A lo anterior no esta obligado el imposibilitado para trabajar y que careciere
de bienes propios, el otro atenderá completamente los gastos.
El trabajo del hogar y el cuidado de los hijos se consideran una contribución
económica al sostenimiento del hogar.
Los cónyuges tendrán el derecho a beneficiarse de las prestaciones de la
seguridad social, respectivamente, de conformidad a las disposiciones de ley.
OTROS EFECTOS: Cargas económicas
Derechosyobligaciones
17. La incapacidad para contraer matrimonio, por falta de la edad
dispensada .
La falta de autorización para el matrimonio de los menores de edad.
Consentimiento del tutor o juez de lo familiar (en el caso de menores
de edad)
El parentesco
Adulterio
Atentado en contra de alguno de los cónyuges
Amenazas
Enfermedad e incapacidad para gobernarse.
Subsistencia de un matrimonio anterior.
Nulidaddelmatrimonio
18. Art. 235 del Código Civil
Establece que el matrimonio será nulo si se ha
celebrado, omitiendo algunas de las formalidades
que establece la ley para el acto de celebración.
Si el matrimonio se celebra sin haber cumplido con
alguno de los requisitos cuya omisión no esta
sancionada con la nulidad del acto, es valido,
aunque produce sanciones de naturaleza distinta de
la nulidad, es decir, se considera un matrimonio
ilícito.
La ilicitud en el matrimonio, connota una idea de
reprobación jurídica contra el acto que no debió
haberse celebrado, porque no se cumplieron
determinadas condiciones jurídicas, previas a la
celebración del matrimonio y que no son
intrínsecas, ni a las personas, ni al acto mismo, sino
que se refieren a cierta situación particular en que
se encuentra alguno de los contrayentes.
Nulidaddelmatrimonio
19. BIBLIOGRAFÍA
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25 de septiembre de 2018. Disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3270/4.pdf
García, J. (s.f.) Antología, Matrimonio. págs. 18 y 19
Alcocer, J. (2018) En 9 años avanza lento el matrimonio igualitario en
México Recuperado el 30 de septiembre de 2018. Disponible en:
https://www.publimetro.com.mx/mx/noticias/2018/06/22/en-9-anos-
avanza-lento-el-matrimonio-igualitario-en-mexico.html
Derecho Mexicano (2018) Derechos y obligaciones que contraes
cuando te casas. Recuperado el 26 de septiembre de 2018. Disponible
en: http://derechomexicano.com.mx/derechos-obligaciones-contraes-
cuando-te-casas/