Se ha denunciado esta presentación.
Se está descargando tu SlideShare. ×

CODIGO DE EDIFICACION DE VIVIENDA.pptx

Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio

Eche un vistazo a continuación

1 de 53 Anuncio

Más Contenido Relacionado

Similares a CODIGO DE EDIFICACION DE VIVIENDA.pptx (20)

Más reciente (20)

Anuncio

CODIGO DE EDIFICACION DE VIVIENDA.pptx

  1. 1. UNIVERSIDADAUTÓNOMADE CAMPECHE FACULTAD DE INGENIERÍA Lic. Ingeniería Civil Y Administración SUBCOMPETENCIA III MATRICULA 66210 MATERIA: INSTALACIONES EN LOS EDIFICIOS (001018-1120-32) ASESOR: Marco A Moreno Garcia GRADO Y GRUPO: 4B ALUMNA: Danna M Noh Escamilla NOMBRE DE LA TAREA: Código de edificación de vivienda FECHA: San Francisco de Campeche a 21 de Marzo del 2022 1
  2. 2. ÍNDICE Contenido Índice Introducción……………………………………………….…………………...3 Marco teórico Capítulo 48 - Requisitos generales paralas instalaciones eléctricas…………...4 Sección 4801.- Consideraciones generales…………………………………….4 Capítulo 49 - Alambrado y protección………………………………………..21 Sección 4901.- Identificación de las terminales………………………………21 Sección 4902.- Salidas de contactos………………………………………….33 Sección 4903.- Salidas requeridas para alumbrado…………………………...33 Sección 4904.- Acometidas …………………………………………………..42 Conclusión …………………..…………………………….………………….51 Referencias bibliográficas…………………………………………………….52 2
  3. 3. INTRODUCCIÓN En la ingeniería civil es importante tomar en cuenta ciertos aspectos para la construcción como los materiales, tipos de procesos, entre otros. Sin embargo, de igual forma es importante conocer los tipos de códigos para la edificación principalmente en las viviendas ya que son de suma importancia y es importante conocer estos lineamientos. El código de edificación de vivienda (CEV) es un documento modelo que al adoptarse normativamente provee a los gobiernos locales de México un instrumento actualizado y armonizado con los ordenamientos jurídicos que rigen la edificación en el ámbito nacional. De esta forma busca que se formule un modelo normativo que promueva as autoridades competentes, expidan, apliquen y mantengan en vigor y permanentemente actualizadas, disposiciones legales, normas oficiales mexicanas, códigos de procesos de edificación y/o reglamentos de construcción. A lo largo de este documento abarcare el tema de instalaciones eléctricas, centrándome en los capítulos 48 y 49 el cual habla sobre las instalaciones eléctricas que se emplean para dotar de energía a todo tipo de edificaciones, desde residenciales hasta proyectos industriales. La importancia del empleo de la energía eléctrica se debe a que gracias a ella tenemos alumbrado en cualquier obra, podemos hacer uso de aparatos eléctricos, maquinaria y equipo, conservar la temperatura de un espacio y mucho más. En este trabajo se conocerán características que deberán tener estas instalaciones, sus recomendaciones, brindando información de manera breve y concisa a los lectores, esperando que el documento sea de utilidad para cada uno de ellos y los ayude a comprender este tema de manera sencilla DANNA M NOH ESCAMILLA INSTALACIONES DE EDIFICIOS 4B 3
  4. 4. MARCO TEÓRICO 4
  5. 5. CAPÍTULO48 - REQUISITOSGENERALESPARALAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS SECCIÓN 4801.- CONSIDERACIONES GENERALES 4801.1 Alcance. Los siguientes capítulos cubren los requisitos para las instalaciones de energía eléctrica, definiendo los equipos, componentes internos y componentes externos, en vivienda unifamiliar o multifamiliar de hasta cinco niveles, sin límite de áreas construidas. Los elementos de las instalaciones a que se refiere este CEV están limitados a las instalaciones de energía eléctrica de 120/240V o 400A(ampere) máximo, en alimentación monofásica o bifásica. Los componentes externos donde aplica este CEV son la acometida, los circuitos alimentadores, la iluminación externa, instalaciones de aire acondicionado, bombas de agua, cableado de sistemas de paneles fotovoltaicos, entre otros, colocados en el interior o exterior de la vivienda. 4801.2. Aplicación. Para que la vivienda demuestre cumplimiento con este CEV, se deben aplicar las disposiciones administrativas del Capítulo 1 y lo dispuesto en los Capítulos de la parte 9. Los sistemas eléctricos, los equipos o los componentes no especificados o cubiertos en estos capítulos deben cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE- 2012-Instalaciones Eléctricas (utilización). 5
  6. 6. 4801.3 Normatividad. La instalación eléctrica de las tuberías, ductos, cajas y registros, los centros de carga, los interruptores termomagnéticos, los interruptores de navajas, los controles y arrancadores, los accesorios diversos, las unidades de alumbrado, las acometidas y subestaciones, los conductores, dispositivos, equipos; instalados en un edificio habitacional para la alimentación y distribución de energía eléctrica, deben cumplir las especificaciones que estipule el proyecto ejecutivo, y las Normas Mexicanas(NMX) y Normas Oficiales Mexicanas (NOM) como se define en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012- Instalaciones Eléctricas (utilización), por medio de certificados de producto emitidos por un Organismo de Certificación acreditado de acuerdo con la LFMN. 4801.4 Instalación. Los equipos eléctricos se deben instalar de manera limpia y profesional por personal calificado de acuerdo con Artículo 100 de la NOM-001-SEDE-2012. Si se utilizan tapas o placas metálicas en cajas de conexión o cajas de paso no metálicas, éstas deben introducirse como mínimo 6 mm por debajo de la superficie externa de las cajas. Las aberturas no utilizadas de las cajas de conexión, canalizaciones, canales auxiliares, gabinetes, carcasas o cajas de los equipos, se deben cerrar eficazmente para que ofrezcan una protección contra corto circuito o entrada de sustancias extrañas. Los componentes y equipos eléctricos deben seleccionarse, instalarse y usarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. 6
  7. 7. Las características del equipo eléctrico, una vez seleccionadas y establecidas en el Proyecto Ejecutivo Eléctrico no deben ser modificadas o reducirse su calidad durante el proceso de instalación. En muros divisorios entre viviendas en régimen de condominio, sólo se puede colocar apagadores, contactos eléctricos y su cableado, no se debe instalar equipos que pueden ser perforados. 4801.5 Protección de la estructura del edificio. Los elementos estructurales no deben ser perforados, cortados o modificados. Las instalaciones eléctricas en los espacios vacíos, montantes y conductos de ventilación o manipulación de aire deben hacerse de modo que no aumente la posible propagación del fuego o productos de la combustión. La penetración de instalaciones eléctricas a través de muros, particiones, pisos o cielorrasos clasificados como resistentes al fuego debe ser protegida por los métodos aprobados que permitan mantener a los elementos atravesados en su clasificación de resistentes al fuego 4801.6 Distancias de los conductores a las viviendas. Distancias de las construcciones a conductores de no más de 600 V nominales. 4801.6.1 Sobre los techados. Los tramos aéreos de conductores desnudos y cables de varios conductores expuestos a la intemperie de no más de 600 V nominales deben estar a una distancia vertical no inferior a 2.45 m por encima de la superficie de los techados. La distancia horizontal hacia el techado se debe mantener no inferior a 1.00m del borde del techado en todas las direcciones. 7
  8. 8. Excepción 1: Cuando la tensión eléctrica entre conductores no supere 300V y el techado tenga una pendiente mayor a 0.1 m por cada 0.3 m, se permite unareduccióndeladistanciaa1.00m Excepción 2: Cuando la tensión eléctrica entre conductores no supere 300V, se permite una reducción de la distancia únicamente sobre la parte que sobresalga del techado a no menos de 0.46 m si (1) los conductores no pasan a más de 1.80 m y de 1.20 m en horizontal sobre la parte saliente del techado y (2) terminan en una canalización que atraviese el techado o en un apoyo aprobado. Excepción 3: El requisito de mantener una distancia vertical de 1.00 m desde el borde del techado, no se debe aplicar al tramo final del conductor cuando éste está unido a un lateral del edificio. Excepción 4: El requisito de mantener una distancia vertical de 1.00m desde el borde del techado, no se debe aplicar al tramo final del conductor cuando éste está unido a un lateral del edificio. 4801.6.2 Con respecto a estructuras distintas de edificios o puentes. La distancia vertical, diagonal y horizontal a los anuncios, chimeneas, antenas de radio y televisión, depósitos y otras estructuras que no sean ni edificios ni puentes, no debe ser inferior a 1.00 m. 4801.6.4 Tramos finales. Se permite sujetar al edificio los tramos finales de los cables de los circuitos alimentadores o de los circuitos derivados al edificio que suministran o desde el que toman la energía, pero deben mantenerse a no menos de 1.00 m de las ventanas que se puedan abrir, puertas, porches, balcones, escaleras, peldaños, salidas de emergencia o similares 8
  9. 9. Excepción: Se permite que los conductores que pasan por encima de la parte superior de una ventana estén a menos de 1.00m exigido anteriormente. No se deben instalar conductores aéreos de circuitos alimentadores o derivados detrás de claros a través de los que se puedan pasar materiales, como los claros en granjas y en edificios comerciales, y no se deben instalar cuando obstruyan la entrada a esos claros. 4801.6.5 Zonas para escaleras de incendios. En las construcciones de más de tres plantas o de 15.00 m de altura, las líneas aéreas se deben tender, siempre que sea posible, de modo que quede un espacio (o zona) libre de 1.80m de ancho como mínimo, junto al edificio o que comience a no más de2.44m del edificio, para facilitar el uso de escaleras contra incendios cuando sea necesario. 4801.7 Ubicación y espacios libres de equipos. La dimensión del espacio de trabajo en la dirección de acceso para los tableros de control y a las partes en tensión que es probable que requieran examen, ajuste, servicio o mantenimiento mientras estén con energía, no debe ser menor de 0.90 m en profundidad, o no menor que el ancho del equipo. Las distancias deben ser medidas desde las partes con energía o al frente del equipo cerrado. Alrededor de todo equipo eléctrico debe existir y mantenerse un espacio de acceso y de trabajo suficiente que permita el funcionamiento y el mantenimiento rápido y seguro de dicho equipo, con excepción de lo que exija o permita la NOM-001-SEDE- 2012. Instalaciones Eléctricas (utilización). 9
  10. 10. En los espacios energizados de gabinetes, tableros, conductores, por razones de seguridad, deben ser instaladas señales o advertencias de precaución y/o peligro, deben tener controlado su acceso por medio de llaves o puertas para el acceso solo de personal autorizado. 4801.7.1 Distancias de trabajo. La medida del espacio de trabajo en dirección al acceso a las partes vivas que funcionen a 600 V nominales o menos a tierra y que puedan requerir examen, ajuste, servicio o mantenimiento mientras estén energizadas no debe ser inferior a la indicada en la Tabla 4801.7.1. Las distancias se deben medir desde las partes vivas, si están expuestas o desde el frente o abertura de la envolvente, si están encerradas. Las paredes de concreto, ladrillo o azulejo se deben considerar conectadas a tierra. 10
  11. 11. Las condiciones son las siguientes: 1. Partes vivas expuestas en un lado y no-vivas o conectadas a tierra en el otro lado del espacio de trabajo o partes vivas expuestas a ambos lados protegidas eficazmente por madera u otros materiales aislantes adecuados. No se deben considerar partes energizadas los cables o barras aislados que funcionen a no más de300V. 2. Partes vivas expuestas a un lado y conectadas a tierra al otro lado. 3. Partes vivas expuestas en ambos lados del espacio de trabajo (no protegidas como está previsto en la Condición 1), con el operador entre ambas. 4801.7.2 Altura hasta el techo. La altura mínima hasta el techo de los espacios de trabajo alrededor de equipo de acometida, tableros de distribución de fuerza, paneles de alumbrado o de los centros de controldemotoresdebeserde2.00m. Cuando el equipo eléctrico tenga más de 2.00 m. de altura, el espacio mínimo hasta el techo no debe ser inferior a la altura del equipo. Excepción: El equipo de acometida o los paneles de alumbrado en unidades de vivienda existentes que no superen 200A. 11
  12. 12. 4801.7.3 Espacios libres. El espacio de trabajo requerido por esta sección no se debe utilizar como almacén. Cuando las partes energizadas normalmente cerradas se exponen para su inspección o servicio, el espacio de trabajo debe estar debidamente identificado y libre. 4801.7.4 Acceso al espacio de trabajo. Debe haber al menos una entrada de área suficiente para dar acceso al espacio de trabajo alrededor del equipo eléctrico. 4801.7.5 Iluminación. Debe haber iluminación apropiada en todos los espacios de trabajo alrededor del equipo de acometida, tableros de distribución de fuerza, paneles de alumbrado o de los centros de control de motores instalados interiormente. No deben ser necesarios otros elementos de iluminación cuando el espacio de trabajo esté iluminado por una fuente de luz adyacente. En los cuartos de equipo eléctrico, la iluminación no debe estar controlada exclusivamente por medios automáticos. 4801.7.6 Espacio dedicado para equipos. En caso de existir, todos los tableros de distribución, cuadros de distribución y centros de control de motores, se deben ubicar en espacios dedicados para ese uso y protegerse contra daños. 12
  13. 13. 4801.7.5.1 Espacio dedicado para equipos al interior. En caso de existir, se debe cumplir con lo que se indica a continuación: a) Espacio dedicado a la instalación eléctrica. El espacio igual al ancho y a la profundidad del equipo, y que se extiende desde el piso hasta una altura de 1.80 metros sobre el equipo o hasta el falso plafón estructural, el que sea menor, se debe dedicar a la instalación eléctrica. En esta zona no se deben ubicar tuberías, conductos, aparatos de protección contra incendios ni otros equipos ajenos a la instalación eléctrica. Excepción: Los plafones suspendidos con paneles removibles se permiten dentro de la zona de 1.80 metros. b) Sistemas ajenos. Se permite que el área por encima del espacio dedicado exigido en a), con tenga sistemas ajenos siempre que se instale la protección para evitar daño al equipo eléctrico debido a condensación, fugas o rupturas en esos sistemas ajenos. c) Plafones suspendidos. No se considera como plafón estructural un plafón en declive, suspendido o similar, que no añada resistencia a la estructura del edificio. 4801.7.5.2 Espacio dedicado para equipos al exterior. En caso de existir, el equipo eléctrico exterior se debe instalar en envolventes adecuados y debe estar protegido contra el contacto accidental de personal no autorizado, o contra el tráfico vehicular, o contra fugas o escapes accidentales de sistemas de tuberías. En el espacio libre de trabajo (ver 4801.7) no se deben colocar aditamentos arquitectónicos ni otros equipos. 13
  14. 14. 4801.7.6 Envolventes o cuartos de equipo eléctrico con cerradura. Los envolventes que albergan aparatos eléctricos o los cuartos de equipo eléctrico que se controlan por medio de cerraduras con llave, se consideran accesibles solo para el personal calificado. 4801.7.7 Montaje y enfriamiento de equipo. a. Montaje. El equipo eléctrico debe estar firmemente sujeto a la superficie sobre la que está montado. No deben utilizarse taquetes de madera en agujeros en ladrillo, concreto, y eso o en materiales similares. b. Enfriamiento. En el caso que el equipo eléctrico que dependa de la circulación natural del aire y de los principios de la convección para el enfriamiento de sus superficies expuestas, debe instalarse de modo que las paredes o el equipo instalado al lado dejen el suficiente espacio para la circulación del aire sobre dichas superficies. Para los equipos diseñados para montarse en el suelo, se deben dejar espacios libres entre las superficies superiores y adyacentes, para que se disipe el aire caliente que circula hacia arriba. El equipo eléctrico con aberturas de ventilación debe instalarse de modo que las paredes u otros obstáculos no impidan la libre circulación del aire a través del equipo. 14
  15. 15. 4801.8 Conductores eléctricos y conexiones. Los requisitos mostrados se aplican para los conductores y conexión es que forman parte de la instalación eléctrica de la vivienda. 4801.8.1 Conductores. Los conductores utilizados para transportar corriente eléctrica, en la vivienda, deben ser de cobre, si no se especifica el material del conductor, el material y las secciones transversales se deben aplicar como si fueran conductores de cobre. 4801.8.1.1 Tamaño nominal de los conductores. Los tamaños nominales de los conductores se expresan en mm² y opcionalmente su equivalente en AWG (American Wire Gage) o en mil circulares mil (kcmil). La dimensión mínima de los conductores para los circuitos de alimentación y los circuitos derivados debe ser de cobre calibre 14.El calibre del conductor de acuerdo a la ampacidad que maneja debe cumplir con lo indicado en laTabla310- 15(b)(16) de la NOM-001-SEDE-2012. 4801.8.1.2 Aislamiento individual del conductor. Los conductores portadores de corriente deben ser aislados. Para dar cumplimiento a éste CEV el aislamiento usado en la vivienda como mínimo debe ser tipo THW o equivalente, de acuerdo a la Tabla 310-15(b)(16) delaNOM-001-SEDE-2012. 15
  16. 16. 4801.8.1.3 Integridad del aislamiento. Cuando la instalación se encuentre terminada, los cables no deben tener dañado el aislamiento por mal manejo durante la instalación, el sistema debe estar libre de cortocircuitos y de conexiones a tierra de los conductores portadores de corriente. 4801.8.1.4 Conductores en paralelo. Los conductores de circuitos que están eléctricamente conectados en cada extremo para formar un solo conductor deben estar limitados a los tamaños No1/0. Los conductores en paralelo deben ser de la misma longitud, del mismo material conductor, de la misma área circular y del mismo tipo de aislamiento. Los conductores en paralelo deben ser terminados de manera semejante. Donde funcionen en conductos eléctricos o cables separados, el conducto eléctrico o los cables deben tener las mismas características físicas. 4801.8.1.6 Conductores del mismo circuito. Todos los conductores del mismo circuito y, donde sean utilizados, el conductor a tierra y todos los conductores a tierra de equipos deben estar contenidos dentro del mismo conducto eléctrico, cable o cordón. 16
  17. 17. 4801.8.1.7 Agentes dañinos. No es conveniente instalar conductores o equipos en locales húmedos o mojados; ni donde estén expuestos a gases, humos, vapores, líquidos u otros agentes que puedan tener un efecto dañino sobre los conductores o equipos; ni expuestos a temperaturas excesivas, en caso de que se instalen conductores en lugares húmedos o mojados deben tener un aislamiento tipo THW o equivalente como mínimo, tener cubierta metálica impermeable a la humedad y ser de un tipo aprobado para uso en lugares mojados. Para dar cumplimiento a este CEV no se deben instalar conductores eléctricos a la intemperie, expuestos a la luz solar directa, o enterrados sin una canalización o tubería de protección. 4801.8.2 Conexiones eléctricas. Debido a las diferentes características del cobre y del aluminio, deben usarse conectores o uniones a presión y terminales soldables apropiados para el material del conductor e instalarse adecuadamente. No es permitido unir terminales y conductores de materiales distintos, como cobre y aluminio. Para demostrar cumplimiento con este CEV no se deben utilizar materiales como soldadura, fundentes o compuestos, que cause daño a los conductores, sus aislamientos, la instalación o a los equipos. 17
  18. 18. 4801.8.2.1 Terminales. La conexión de los con-ductores a las terminales debe proporcionar una conexión segura, sin deterioro de los con-ductores y debe realizarse por medio de conectores de presión (incluyendo tornillos de fijación), conectores soldables o empalmes terminales flexibles. Excepción: Se permite la conexión por medio de tornillos o pernos roscados y tuercas en placas de sujeción de cables y tuercas para con-ductores de tamaño nominal de 5.26mm²(10 AWG) o menores. Las terminales para más de un conductor y las terminales utilizadas para conectar aluminio deben estar así identificadas. 4801.8.2.2 Empalmes o uniones. Los conductores deben empalmarse con dispositivos de presión adecuados según su uso: conectores de presión, conector tipo resorte y auto desforre, para el cumplimiento con este CEV no se deben usar empalmes soldados en el interior de la vivienda. Los empalmes por contacto deben tener una conexión firme tanto mecánica como eléctrica. Los empalmes, uniones y extremos libres de los conductores deben cubrirse con un aislamiento equivalente al de los conductores o con un dispositivo aislante adecuado. Los conectores o medios de empalme de los cables instalados en conductores que van directamente enterrados deben estar especificados para ese uso. Longitud del conductor para el empalme o terminación. Cuando los conductores sean em-palmados, terminados o conectados a accesorios o dispositivos, se debe proporcionar una longitud mínima de 150 mm de conductor libre en cada toma de corriente, empalme o punto de interruptor. 18
  19. 19. La longitud requerida debe ser medida desde el punto en la caja donde el conductor emerge del conducto eléctrico o de la envoltura del cable. Donde la abertura a una toma de corriente, aun empalme, o a un punto interruptor esté a menos de 200 mm en cualquier dimensión, cada conductor debe estar por lo menos 75 mm fuera de tal abertura. 4801.8.2.3 Limitaciones por temperatura. La temperatura nominal de operación del con-ductor, asociada con su capacidad de conducción de corriente, debe seleccionarse de forma que no exceda la temperatura de operación de cualquier elemento del sistema que tenga la menor temperatura de operación, como conectores, otros conductores o dispositivos. Se permite el uso de los conductores con temperatura nominal superior a la especificada para las terminales mediante ajuste o corrección de su capacidad de conducción de corriente o ambas. De acuerdo con la Tabla 310-15(b)(16) de la NOM-001-SEDE-2012. a) Las terminales de equipos para circuitos de 100 A nominales o menos o identificadas para conductoresdetamañonominal2.082 a 42.41 mm² (14 a 1 AWG), deben utilizarse para conductores con temperatura de operación del aislamiento máxima de 60 °C. Excepción 1: Se permite utilizar conducto-res de mayor temperatura nominal, siempre que la capacidad de conducción de corriente de los conductores se determine basándose en su capacidad a 60 °C, según el tamaño nominal de los conductores usados. 19
  20. 20. Excepción 2: Se permite el uso de equipos con conductores en sus terminales de la mayor temperatura de operación a la capacidad de conducción de corriente máxima, siempre que el equipo esté listado e identificado para usarse a la capacidad de estos conductores. Excepción 3: Se permite utilizar conducto-res de mayor temperatura nominal, siempre que la capacidad de conducción de corriente de los conductores se determine basándose en su capacidad a 75°C, según el tamaño nominal de los conductores empleados. Excepción 4: Se permite el uso de equipos con conductores, en sus terminales, de mayor temperatura de operación a la capacidad de conducción de corriente máxima, siempre que el equipo esté listado e identificado para usarse a la capacidad de estos conductores. NOTA: La información que aparezca en el equipo puede modificar adicionalmente el tamaño nominal y la temperatura de operación de los conductores conectados. 20
  21. 21. CAPÍTULO49 - ALAMBRADOY PROTECCIÓN SECCIÓN 4901 IDENTIFICACIÓN DELASTERMINALES 4901.1 Medios de identificación de las terminales. La identificación de las terminales a las que va conectado el conductor puesto a tierra debe ser de color blanco. La identificación de las demás terminales debe ser de un color distinto del blanco. Excepción: Cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguren que la instalación sólo sea atendida por personas calificadas, de acuerdo a Artículo 100 de la NOM-001-SE-DE-2012, se permite que las terminales de los conductores puestos a tierra estén identificadas permanentemente en sus extremos en el momento de la instalación, mediante una clara marca blanca u otro medio igualmente eficaz. 4901.2 Identificación de las terminales. 4901.2.1 Terminales de dispositivos. Todos los dispositivos dotados de terminales para la conexión de conductores y destinados para conectarlos a más de un conductor del circuito, deben tener terminales debidamente marcadas para su identificación. Excepción 1: Cuando la conexión eléctrica de una terminal proyectada para conectarla al conductor puesto a tierra sea claramente identificada. Excepción 2: Las terminales de los paneles de alumbrado y control de los circuitos derivados de iluminación y aparatos eléctricos. Excepción 3: Los dispositivos con capacidad nominal demásde30A, excepto las clavijas de conexión con polaridad y los contactos eléctricos de toma de corriente con polaridad para aparatos eléctricos. 21
  22. 22. 4901.2.2 Contactos y clavijas de toma de corriente. En los contactos de toma de corriente, clavijas de aparatos eléctricos con polaridad y conectores de cordones para toma de corriente con polaridad, debe identificarse la terminal destinada para su conexión al conductor puesto a tierra (blanco o gris claro). La identificación se debe hacer por un metal o recubrimiento metálico de color blanco o con la palabra “blanco” o la letra “B” situada cerca de la terminal identificada. Si la terminal no es visible, el orificio de entrada del conductor para la conexión se debe pintar de blanco, marcar con la palabra “blanco” o la letra “B” Excepción: No es necesario identificar las terminales de las tomas de corriente para aparatos eléctricos de dos conductores sin polaridad. 4901.3 Identificación de los conductores no-puestos a tierra. Cuando haya en un edificio más de un sistema de tensión eléctrica (diferentes voltajes o diferentes fases), cada conductor de fase de cada sistema debe estar identificado por fase y por sistema. El medio de identificación se debe colocar permanentemente en cada panel de alumbrado y control de cada circuito derivado. NOTA: El medio de identificación de cada conductor de fase del sistema, siempre que sea accesible, puede ser a través de un código de colore sin dependiente, cinta de marcar, etiqueta u otro medio eficaz. 22
  23. 23. 4901.4 Códigos de colores de los circuitos derivados a) Conductor puesto a tierra (neutro). El conductor puesto a tierra de un circuito derivado se debe identificar mediante un color continuo blanco o gris claro. Cuando en la misma canalización, caja, canal auxiliar u otro tipo de envolvente haya conductores de distintos sistemas, si se requiere que un conductor del sistema esté puesto a tierra, debe tener forro exterior de color blanco o gris claro. Los conductores puestos a tierra de los demás sistemas, si son necesarios, deben tener forro exterior de color blanco con una tira de color identificable (que no sea verde) que vaya a lo largo del aislamiento o por cualquier otro medio de identificación. Excepción 1: El conductor puesto a tierra de un cable con forro metálico y aislamiento mineral se debe identificar en el momento de la instalación mediante marcas claras en sus extremos. b) Conductor de puesta a tierra de los equipos. El conductor de puesta a tierra de los equipos de un circuito derivado se debe identificar por un color verde continuos o la mente o con una o más franjas amarillas, excepto si está desnudo. c) Conductor de fase. - Cualquier color menos los descritos anteriormente. 4901.5 Medios de identificación de los conductores puestos a tierra. 4901. 5 .1 Tamaño nominal 13.3 mm2 (6 AWG) o inferior. Un conductor puesto a tierra (neutro) o inferior, se debe identificar por medio de un forro exterior continuo blanco o gris claro, que le cubra en toda su longitud. 23
  24. 24. Excepción 1: Los cables de varios conductores aislados con tela barnizada. Excepción 2: Cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguren que la instalación sólo sea atendida por personas calificadas, de acuerdoaArtículo100delaNOM-001-SE-DE-2012, se permite que los conductores puestos a tierra en cables multi conductores estén identificados permanentemente en sus extremos en el momento de la instalación, mediante una clara marca blanca u otro medio igualmente eficaz. Excepción 3: El conductor puesto a tierra de un cable con forro metálico y aislamiento mineral, se debe identificar en el momento de la instalación mediante marcas claras en sus extremos. Excepción 4: Un cable con un solo conductor resistente a la luz solar y con clasificación de intemperie, que se utilice como conductor puesto a tierra en los sistemas solares fotovoltaicos, se debe identificar en el momento de la instalación mediante una clara marca blanca en sus extremos. Para cables aéreos, la identificación se debe hacer como se indica anteriormente o por medio de una marca situada en el exterior del cable que lo identifique. Se debe considerar que cumplen lo establecido en esta sección los cables de cubierta exterior que presenten un color blanco o gris claro, con hilos de color en su blindaje que permitan identificar su origen o fabricante. 24
  25. 25. 4901.5.2 Tamaños nominales superiores a 13,3 mm2 (6 AWG). Un conductor aislado y puesto a tierra (neutro)de 13.3mm2 (6 AWG) o superior, se debe identificar por medio de un forro exterior continuo blanco o gris claro, que le cubra en toda su longitud, o una marca clara blanca en sus extremos en el momento de la instalación. Está permitido que los cables planos multi conductores de 21.15 mm2 (4 AWG) o mayores, lleven una marca por encima del conductor puesto a tierra. Excepción: Cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguren que la instalación sólo sea atendida por personas calificadas, de acuerdo con Artículo 100 de la NOM-001-SE-DE-2012, se permite que los conductores puestos a tierra en cables multi conductores estén identificados permanentemente en sus extremos en el momento de la instalación, mediante una clara marca blanca u otro medio igualmente eficaz. 4901.5.3 Cordones flexibles. Un conductor aislado que se usa como conductor puesto a tierra, si está contenido dentro de un cordón flexible, se debe identificar mediante un forro externo blanco o gris claro o por franjas o forro blancos. 4901.5.4 Conductores de distintos sistemas puestos a tierra. Cuando se instalen en la misma canalización, cable, caja, canal auxiliar u otro tipo de envolvente, conductores de diferentes sistemas. 25
  26. 26. Cada conductor puesto a tierra de otro sistema, en caso de ser necesario, debe tener un forro exterior blanco con una tira de distinto color (menos verde) claramente distinguible, que vaya a lo largo de todo el aislamiento, o mediante otro me-dio de identificación que distinga cada conductor puesto a tierra de cada sistema. 4901.5.5 Uso del color blanco o gris claro. Sólo se debe utilizar un forro continuo blanco o gris claro en un conductor, o una marca de color blanco o gris claro en un extremo para identificar el conductor puesto a tierra. Excepción 1: Se permite un conductor aislado con forro blanco o gris claro como conductor no puesto a tierra, cuando se identifique permanentemente para indicar su uso, mediante pintura u otro medio eficaz en sus extremos y en todos los lugares en donde el conductor sea visible y accesible. Excepción 2: Se permite un cable que contenga un conductor aislado con acabado exterior blanco o gris claro en curvas de interruptores unipolares de tres o cuatro vías, cuando el conductor blanco o gris claro se use para alimentar al interruptor, pero no como conductor de retorno desde el interruptor a la salida que alimenta. En estas aplicaciones no es necesario identificar el conductor blanco o gris claro. Excepción 3: Se permite un cordón flexible para conectar un aparato eléctrico que lleve un conductor identificado por su acabado exterior blanco o gris claro, ya sea que dichas salidas estén alimentadas o no por un circuito que tenga un conductor puesto a tierra. Excepción 4: Sólo si se requiere un conductor puesto a tierra blanco o gris claro en circuitos de menosde50V. 26
  27. 27. 4901.6 Cálculo de circuitos derivados, alimentadores y acometidas. El tamaño nominal mínimo de los conductores del circuito derivado, sin aplicar ningún factor de ajuste o corrección, debe permitir una capacidad de conducción de corriente igual o mayor que la de la suma de la carga no continua, más el 125% de la carga continua. En caso de que no se tengan datos de la carga continua y no continua, los conductores de los circuitos derivados deben tener una ampacidad no menor que la correspondiente a la carga máxima que será alimentada. Nota 1.- Para el cálculo de la carga máxima, las salidas para iluminación y de contactos se deben considerar cuandomenosde180volt-amperepa-ra cada contacto sencillo o múltiple instalado en el mismo yugo y para cada salida de iluminación. Para demostrar cumplimiento con este CEV, la clasificación de los circuitos derivados debe ser de 30 A máximo. 4906.1 Requisitos. El tamaño mínimo de los conductores, la protección contra sobre corriente en ampere y la capacidad nominal mínima del contacto en ampere para los circuitos derivados de acuerdo con su clasificación descarga en ampere, se define en la Tabla 210-24 de la NOM-001-SEDE-2012 4906.1.1 Corriente de interrupción. Los equipos destinados a interrumpir corrientes de falla deben tener un rango nominal de interrupción no menor que la tensión nominal del circuito y la corriente existente en las termina-les de línea del equipo. 27
  28. 28. 4906.1.1.2 Capacidades de cortocircuito. Los dispositivos de protección contra sobre corriente y las corrientes de interrupción de falla a tierra de los equipos del circuito que se va a proteger, se deben elegir y coordinar de modo que permitan que los dispositivos para protección del circuito contra fallas operen para limpiar la falla sin causar daños a los equipos eléctricos del circuito. Se debe suponer que la falla puede ocurrir entre dos o más conductores del circuito o entre cualquier conductor del circuito y el(los) conductor(es)depuesta a tierra del equipo. 4901.7 Protección de circuito por falla a tierra. Todos los contactos eléctricos en instalaciones monofásicas, instalados en los lugares que se especifican a continuación, deben ofrecer protección a las personas mediante interruptor de circuito por falla a tierra, colocado en el mismo contacto: a) Cuartos de baño. b) Cocheras y partes de las construcciones sin terminar situadas a nivel del piso, que se utilicen como zonas de almacén o de trabajo. c) Cocinas. Cuando los receptáculos estén instalados en la superficie del mueble de cocina. d) Fregaderos. Cuando los receptáculos estén instalados para servir aparatos eléctricos situados en las barras y situados a menos de1.8 m del borde exterior del fregadero. d) En exteriores. e) Sótanos sin acabados, limitadas a zonas de almacén, de trabajo o similar. 28
  29. 29. SECCIÓN 4902.- SALIDAS DE CONTACTOS 4902.1 Salidas de contacto eléctrico. Para demostrar cumplimiento con este CEV las salidas de contacto eléctrico deben ser de 3 polos y deben tener el cable de conexión a tierra con continuidad hasta la varilla de tierra. 4902.2 Disposiciones generales. Se deben instalar contactos toma corriente como se especifica en los siguientes apartados. a) Cordón colgante. Un conector de cordón que esté soportado en un cordón colgante instalado per-manantemente, se debe considerar como salida para contacto. b) Conexiones de cordón. Se debe instalar una salida para contacto siempre que se utilicen cordones flexibles con clavija de conexión. Cuando se permita que los cordones flexibles estén conectados permanentemente, se debe permitir suprimir los contactos para dichos cordones. c) Salidas para contactos de aparatos eléctricos. Las salidas para contactos instaladas en una vivienda con aparatos eléctricos específicos, tales como lavadoras, deben instalarse a menos de 1,8 m del lugar definido para colocar el aparato eléctrico. 29
  30. 30. 4902.3 Salidas para contactos en unidades de vivienda a) Disposiciones generales. En las unidades de vivienda, en cada cuarto de cocina, sala de estar, sala, salón, biblioteca, cuarto de estudio, solario, comedor, recibidor, vestíbulo, biblioteca, terraza, recámara, cuarto de recreo o cualquier habitación similar, deben instalarse salidas para contactos de acuerdo con las disposiciones siguientes: 1) Separación. Las salidas para contactos deben instalarse de modo que ningún punto medido horizontalmente a largo de la línea del piso de cualquier espacio de pared esté a más de 1.80 metros, de una salida para contacto. 2) Espacio de pared. Cualquier espacio de 60 centímetros o más de ancho incluyendo el espacio que se mida en las esquinas y no interrumpido por aberturas de puertas o aberturas similares, chimeneas y gabinetes fijos. b) Pequeños aparatos eléctricos. Deben instalarse, por lo menos, dos circuitos derivados de 20 para los contactos ubicados en la cocina, desayunador, comedor, sala o áreas similares en las unidades de vivienda (incluyendo el cuarto de lavado de ropa y el equipo de refrigeración en cocinas). Estos circuitos no deben alimentar a otras salidas que no sean los contactos mencionados. c) Cuartos de baño. En los cuartos de baño de unidades de viviendas y debe instalar por lo menos un contacto a no más de 90 cm del borde exterior década lavabo. Las salidas de contacto se deben localizar en una pared o una división que sea adyacente al lavabo o a la cubierta del lavabo. 30
  31. 31. d) Viviendas unifamiliares y multifamiliares. En una vivienda unifamiliar y en cada unidad de una vivienda multifamiliar que esté a nivel del suelo, se debe instalar al menos una salida de contacto, con protección de intemperie, accesible mientras se está de pie al nivel del suelo y que esté ubicado a no más de 2.00 m sobre el suelo en la parte frontal, y en la posterior encaso que tenga una salida de la vivienda. e) Receptáculos mostradores. En las cocinas, baños y comedores de las unidades de vivienda los contactos no se deben instalar con la cara hacia arriba en las superficies de trabajo o en barras de los lavabos de los cuartos de baño. f) Sótanos y cocheras. En las viviendas unifamiliares, en cada sótano y en cada cochera con instalación eléctrica, se debe instalar por lo menos una salida para contacto, además de la prevista para la lavadora. g) Áreas de lavado. En unidades de vivienda se debe instalar por lo menos un contacto para lavadora. Excepción: En viviendas multifamiliares con áreas de lavado o en donde se permitan áreas de lavado, no se exigirá el contacto para lavadora. h) Pasillos. En las unidades de vivienda, los pasillos de 3.00 metros o más de longitud deben tener por lo menos una salida de contacto, la longitud del pasillo se mide a lo largo de la línea central del pasillo, sin pasar por ninguna puerta. 31
  32. 32. i) Salidas para equipos de calefacción, aire acondicionado y refrigeración. Debe instalarse una salida para contacto monofásica de 120 V y 15 ó 20A en un lugar accesible para el mantenimiento de los equipos de calefacción, refrigeración y aire acondicionado en las azoteas, áticos y espacios de poca altura. La salida para con contacto debe estar situada al mismo nivel y a una distancia no mayor de 7.50m del equipo 32
  33. 33. SECCIÓN 4903.- SALIDAS REQUERIDAS PARA ALUMBRADO 4903.1 Salidas requeridas para alumbrado. Las salidas para alumbrado se deben instalar de acuerdo con lo siguiente: a) Espacios interiores de la vivienda. Dormitorio, baño, vestíbulo, pasillos interiores, se deben instalar por lo menos una salida para alumbrado y adicionalmente, las necesarias para cubrir las necesidades particulares de cada local. b) Por lo menos una salida de alumbrado controla-da con un interruptor de pared, en pasillos exteriores, garajes adjuntos y garajes separados con energía eléctrica. c) Para garajes adjuntos y garajes independientes con energía eléctrica, se debe instalar por lo me-nos una salida de alumbrado controlada por un interruptor de pared para iluminar el lado exterior de las entradas o salidas con acceso a nivel del piso, la salida de alumbrado debe tener protección contra la intemperie. d) Por lo menos una salida de alumbrado controlada por interruptor de escalera, para las escaleras internas de la vivienda. Las salidas para alumbrado deben estar controladas por medio de interruptores de pared (apagadores) instalados en el mismo lugar que controlan. Excepción 1: En pasillos, escaleras y accesos exteriores, se permite el 33
  34. 34. Excepción 2: Se permitirá que las salidas de alumbrado estén controladas por sensores de presencia que: (1) sean adicionales a los interruptores de pared o (2) estén situados donde se instalan normalmente los interruptores de pared y estén equipados con un control manual adicional que per-mita que el sensor funcione como interruptor de pared. Excepción 3. Encima de las tinas de baño y regaderas. Ninguna parte de las luminarias conectadas mediante cordón, luminarias suspendidas con cordón, cable o cadena, rieles de alumbrado, colgantes o ventiladores (de aspas) suspendidos del plafón se debe ubicar dentro de la zona de 90 cm medidos horizontalmente y de 2.50mme-didos verticalmente, desde la parte superior del borde de la tina o de la parte superior del estanco de la regadera. Carga total conectada con cordón y clavija. Cuan-do dos o más contactos o salidas estén conecta-dos a un circuito derivado, un contacto no debe alimentar una carga total conectada con cordón y clavija que exceda el máximo especificado en la Tabla210-21(b)(2) delaNOM-001-SEDE-2012 4903.3 Alcance. La instalación de bombas de motor eléctrico se limita a la capacidad máxima de 30 A de los circuitos derivados que los alimentan. Para la instalación de bombas de mayor tamaño, además de los requisitos no contemplados en este CEV para este capítulo, se debe considerar lo definido en la NOM-001-SEDE-2012- InstalacionesEléctricas (utilización). 34
  35. 35. 4903.4 Motores y sus controladores 4903.4.1 Determinación de la ampacidad y del valor nominal de corriente de los motores. La capacidad de conducción de corriente de los circuitos derivados y la corriente nominal de los motores, se deben determinar por los valores de la placa de características colocada en el motor. La protección independiente contra sobrecargas de un motor se debe basar en el valor nominal de corriente de la placa de características del motor. 4903.4.2 Placa de identificación del motor. Un motor debe estar marcado, al menos, con la siguiente información, que permita determinar su carga para el cálculo del diámetro de los conductores del circuito que lo alimenta: a) Tensión y corriente nominales de plena carga b) Frecuencia nominal y número de fases c) Valor nominal en caballos de fuerza, para los motores de 93 W (⅛ hp) o mayores 4903.4.3 Protección contra líquidos. Se deben proporcionar guardas de protección o envolventes adecuados para proteger las partes expuestas portadoras de corriente de los motores y el aislamiento de las puntas de los cables de los motores, cuando se instalen directamente bajo los equipos o en otros lugares en donde es capaz que ocurran salpicaduras o aspersión de aceite, agua u otros líquidos, a no ser que el motor esté diseñado para las condiciones existentes. 35
  36. 36. 4903.4.4 Ventilación y mantenimiento. Los motores deben estar ubicados de modo que tengan ventilación adecuada y que el mantenimiento, como por ejemplo la lubricación de los rodamientos y el cambio de escobillas, puedan ser realizados fácilmente conductores para un motor usado en aplicaciones de corta duración, intermitentes, periódicas o variables, deben estar calculados para conducir una ampacidad no menor al 90% del valor no-minal de corriente de la placa de características del motor, de acuerdo a la Tabla 430-22(e) de la NOM- 001-SEDE-2012 4903.4.6 Motores de servicio intermitente y similares. Se permitirá que un motor, utilizado para una condición que es inherentemente de servicio de corta duración, intermitente, periódica o variable, esté protegido contra sobrecargas por el dispositivo protector contra cortocircuito y fallas a tierra del circuito derivado, siempre que el valor nominal o ajuste del dispositivo protector (fusibles injertados de tiempo) no exceda los valores indicados en la Tabla 430-52 de la NOM-001-SEDE-2012 4903.4.7 Fusibles. Se deben emplear fusibles para proteger a los motores contra sobrecargas, se debe insertar un fusible en cada conductor de fase y además en el conductor puesto a tierra. 36
  37. 37. 4903.4.8 Dispositivos diferentes de fusibles. Cuando se proteja un motor contra sobrecarga mediante dispositivos que no sean fusibles, el número mínimo permisible y la ubicación de las unidades de sobrecarga, como bobinas de disparo o relevadores, se determinan de acuerdo con la Tabla 430-37 de la NOM-001-SEDE-2012 4903.4.9 Motores conectados a circuitos derivados de uso general. La protección contra sobrecarga de los motores conectados a circuitos derivados de uso general se debe brindar como se especifica: a) No mayores de 746 W (1 hp). Se permitirá conectar uno o más motores sin dispositivo s individuales de protección contra sobrecarga a un circuito derivado de uso general, únicamente si la instalación cumple con tener un dispositivo separado de protección contra sobrecarga que sea sensible a la corriente del motor. b) De más de 746 W (1 hp). Se permitirá conectar motores protegidosanomásde20A, únicamente cuando cada motor esté protegido por un dispositivo de protección contra sobrecarga, tanto el controlador como el dispositivo de protección contra sobrecarga del motor deben estar aprobados para instalarlos en grupo con los dispositivos de protección contra cortocircuito y fallas a tierra del circuito derivado. 37
  38. 38. c) Conectados con cordón y clavija. Cuando un motor sea conectado a un circuito derivado por medio de una clavija a un contacto y no tenga instalado un dispositivo individual de protección contra sobrecarga, el valor nominal del contacto y de la clavija de conexión no debe ser mayor de15Aa120Vó240V, y se debe respetar lo especificado en la Tabla 210-21(b)(2) de la NOM-001-SEDE-2012. 4903.5 Alcance. Este artículo cubre los requisitos de instalación, de la capacidad de conducción de corriente y tamaño nominal mínimo de los conducto-res, para los circuitos alimentadores que suministran energía a las cargas de los circuitos derivados, para los requisitos no incluidos en este capítulo se aplica laNOM-001-SEDE-2012. 4903.6 Capacidad y tamaño nominales mínimos del conductor. Los conductores de los alimentadores deben tener una capacidad de conducción de corriente no inferior a la necesaria para suministrar energía a las cargas calculadas de los circuitos derivados. El tamaño mínimo del conductor del circuito alimentador antes de la aplicación de cualquier ajuste o de factores de corrección, debe tener una ampacidad permisible no menor a la carga no continua, más el 125% de la carga continua. Los conductores de los circuitos alimentadores de una unidad de vivienda no tienen que ser de mayor tamaño que los conductores de entrada de la acometida. El tamaño del conductor para circuitos alimentadores se selecciona de acuerdo con la Tabla 310-15(b)(7) de laNOM-001-SEDE-2012. 38
  39. 39. 4903.7 Capacidad de conducción de corriente de los conductores de entrada de la acometida. La capacidad de conducción de corriente de los conductores del alimentador no debe ser inferior a la de los conductores de acometida cuando los conducto-res del alimentador transporten el total de la carga alimentada por los conductores de acometida con una intensidad máxima de 55 A 4903.8 Protección contra sobre corriente. Los alimentadores deben estar protegidos contra sobre corriente, la capacidad nominal del dispositivo de protección contra sobre corriente no debe ser menor a la carga no continua, más el 125% de la carga continua. 4903.9 Alimentadores con neutro común a) Se permite que hasta tres grupos de alimentadores de tres hilos o dos grupos de alimentadores cuatro o cinco hilos utilicen un neutro común. b) En canalizaciones o envolventes metálicas. Cuando estén instalados en una canalización u otra envolvente metálica, todos los conductores de todos los alimentadores con neutro común deben estar en-cerrados en la misma canalización o envolvente. 39
  40. 40. 4903.10 Diagramas de los alimentadores. Antes de la instalación de los circuitos alimentadores se debe elaborar un diagrama unifilar que muestre los detalles de dichos circuitos. Este diagrama debe mostrar la superficie en metros cuadrados del edificio u otra estructura alimentada por cada alimentador; la carga total conectada antes de aplicar factores de demanda; los factores de demanda aplicados; la carga calculada después de aplicar los factores de demanda; y el tipo, tamaño nominal y longitud de los conductores utilizados y de las canalizaciones. Además, debe mostrar la capacidad nominal o ajuste y la corriente de interrupción mínima requerida de los dispositivos de protección contra sobre corriente requeridos. Los conductores de alimentador deben diseñarse con un tamaño nominal tal que se evite una caída de tensióneléctricasuperioral3%enlatomadeco-rriente eléctrica más lejana para fuerza, calefacción, alumbrado o cualquier combinación de ellas, y la caída máxima de tensión eléctrica sumada de los circuitos alimentadores y derivados más lejana no supere 5%. 4903.11 Medios de puesta a tierra de los conductores. Cuando un alimentador suministre energía a circuitos derivados que requieran conductores de puesta a tierra de equipo, el alimentador debe incluir o prever un medio de puesta a tierra, al que se deben conectar los conductores de puesta a tierra del equipo de los circuitos derivados, el tamaño del conductor de puesta a tierra debe estar de acuerdo con la Tabla 250-66 de la NOM-001- SEDE-2012. 40
  41. 41. 4903.12 Conductores de fase derivados de sistemas puestos a tierra. Se permite derivar circuitos de corriente alterna de dos o más conductores de fase, desde los conductores de fase de circuitos que tengan un conductor neutro puesto a tierra. Los dispositivos de desconexión en cada circuito derivado deben tener un polo en cada conductor no puesto a tierra. 4903.13 Protección de las personas mediante interruptores con protección de falla a tierra. Se permite que los alimentadores que proporcionen energía a circuitos derivados de 15 A y 20 A para receptáculos estén protegidos por un interruptor con protección contra falla a tierra. NOTA: Para protección contra riesgos de incendio de origen eléctrico, los alimentadores que proporcionan corriente eléctrica a circuitos derivados de 15 A y 20 A pueden protegerse por dispositivos de corriente residual. 41
  42. 42. SECCIÓN 4904.- ACOMETIDAS 4904.2 Alcance. Este artículo cubre a los conductores y equipos de acometida, dispositivos para el control, medición y protección de las acometidas, así como de los requisitos para su instalación. 4904.1 Conductores de acometidas. Los conductores de acometida que suministran energía eléctrica a una edificación no deben atravesar el interior de otra edificación. No deben instalarse otros conductores que no sean conductores de acometida en el mismo conducto eléctrico o cable de acometida. 4904.3 Número de acometidas. Un edificio o vivienda a la que se suministre energía eléctrica debe tener sólo una acometida. Excepción 1: Cuando se requiera una acometida independiente para bombas contra incendios. Excepción 2: Para sistemas eléctricos de emergencia, de reserva legalmente obligatorios, de reserva opcionales o sistemas generadores en parale-lo, que requieran una acometida independiente. Excepción 3: Por capacidad. Se permiten dos o más acometidas: a) Cuando se requiera una capacidad de más de 2000 A, a una tensión eléctrica de alimentación de 600 V o menos. b) Cuando los requisitos de carga de una instalación monofásica sean superiores a los que la compañía eléctrica suministra normalmente a través de una sola acometida. c) por permiso especial. 42
  43. 43. Excepción 4: Edificios de gran superficie. Por permiso especial, en un solo edificio suficientemente grande como para necesitar dos o más acometidas. Excepción 5: Para distintas características, por ejemplo, distintas tensiones eléctricas o fases o para distintos usos, por ejemplo, distintas tarifas. Excepción 6: Las partes de un edificio que tengan entrada independiente por la calle y que no se comuniquen interiormente con el resto del edificio, pueden considerarse edificios separados, y, por lo tanto, abastecerse con diferentes acometidas. 4904.4 Identificación de acometidas y alimentadores. Cuando un edificio o vivienda esté alimenta-do por más de una acometida o por una combinación de circuitos derivados, circuitos alimentadores y acometidas, se debe instalar una placa o un directorio permanente en cada lugar de conexión de acometida identificando todas las demás acometidas, los circuitos alimentadores y los circuitos derivados que alimenten al inmueble y el área cubierta por cada uno de ellos. Un edificio no debe estar alimentado desde otro. Los conductores de acometida de un edificio no deben pasar a través del interior de otro edificio. 4904.4.1 Conductores considerados fuera del edificio. Se debe considerar que los conductores están fuera de un inmueble u otra estructura en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) si están instaladosnomenosde50mmdeconcreto por debajo del inmueble u otra estructura; (2) si están instalados en un edificio u otra estructura en una canalización empotrada en no menos de 50 mm de concreto o tabique, o(3)si están instalados en una bóveda de transformadores. 43
  44. 44. 4904.4.2 Otros conductores en canalizaciones o cables. Los conductores que no sean de acometida no se deben instalar en la misma canalización ni en el cable que los de acometida. Excepción 1: Conductores de puesta a tierra y puentes de unión. Excepción 2: Conductores de equipo de control de carga que tenga protección contra sobre corriente. 4904.4.3 Sellado de las canalizaciones. Cuando una canalización de acometida entra desde un sistema de distribución subterránea. También se deben sellar las canalizaciones de reserva o no utilizadas. Los selladores deben estar identifica-dos para utilizarse con el aislamiento, blindaje u otros componentes. 4904.4.4 Separación con puertas, ventanas y similares. Los conductores de acometida instala-dos como conductores o cables multi conductores deben estar aislados o tener cubierta, deben tener una separación mínima de 90 cm de las ventanas que se puedan abrir, puertas, porches, balco-nes, escaleras, peldaños, salidas de emergencia o similares. Excepción: Se permite que los conductores que pasen por encima de la parte superior de una ventana estén a menos de los 90 cm exigidos anteriormente. No se deben instalar conductores de acometida aérea por abajo de claros a través de los que pue-dan pasar materiales, como claros entre edificios, y no se deben instalar en donde obstruyan dichos claros. 44
  45. 45. 4904.5. Conductores de acometida aérea. A los con-ductores de acometida aérea hasta un inmueble o a otra estructura (como un poste) en los que se instale un medidor o un medio de desconexión, se les debe considerar como acometida aérea y ser instalados como tal. 4904.5.1 Aislamiento o cubierta. Los conductores de acometida deben soportar normalmente la exposición a los agentes atmosféricos y a otras condiciones de uso, sin que se produzcan fugas de corriente eléctrica perjudiciales. Los conductores individuales deben estar aislados o tener cubierta Excepción: Está permitido que el conductor de tierra de un cable multi conductor esté desnudo. 4904.5.2 Tamaño y capacidad nominal del conductor 4904.5.2.1 Disposiciones generales. Los con- ductores deben tener suficiente capacidad de conducción de corriente para transportar la corriente eléctrica de la carga alimentada calculada y deben tener una resistencia mecánica adecuada. 4904.5.2.2 Tamaño nominal mínimo del conductor. Los conductores deben tener un tamaño nominal no menor a 8.367mm²(8AWG) si son de cobre, o a 13.3 mm² (6 AWG) si son de aluminio. 4904.5.2.3 Conductores del electrodo de puesta a tierra. Un conductor del electrodo de pues-ta a tierra debe tener un tamaño nominal del conductor no menor al requerido en la Tabla 250-66 delaNOM-001-SEDE-2012. 45
  46. 46. 4904.5.3 Separaciones o “claros”. Los conductores de acometida aérea no deben ser fácilmente accesibles y, en las acometidas menores a 600V nominales, deben cumplir las siguientes condiciones: 4904.5.3.1 Sobre los techos de los inmuebles. Los conductores deben tener una separación vertical no menor a 2.5m por encima de la superficie de los techos. La separación vertical sobre el nivel del techo se debe mantener a una separación no menor a 90 cm del borde del te-cho en todas las direcciones. Excepción 1: Cuando la tensión eléctrica entre conductores no supere 300 V, la separación del techopuedereducirsehastaen0.5m, si: (1) los conductores de la acometida pasan sobre el alero del techo en una longitud no mayor a 1,20 m y la parte menor de la acometida a 1.85m, y(2)terminan en una canalización de entrada o en un soporte aprobado. Excepción 2: Los requisitos de mantener una separación vertical de 90 cm de la orilla del te-cho, no deben aplicarse al remate del conductor donde la acometida aérea esté sujeta a la pared de un inmueble. 4904.5.3.2 Separación vertical del piso. Los conductores de acometida aérea de no más de 600 V nominales deben cumplir lo siguiente: 46
  47. 47. a) 3.0m a la entrada de la acometida eléctrica a los inmuebles y además en el punto más bajo de la curva de goteo del cable aéreo a la entrada eléctrica del inmueble y las áreas sobre el piso terminado, aceras o cualquier plataforma accesible sólo para peatones, medidos desde el nivel final o superficie accesible desde los que se puedan alcanzar, cuando los conductores de alimentación esténlimitadosa150V a tierra. b) 3.7m sobre inmuebles residenciales y sus accesos, cuando la tensión eléctrica esté limita-da a 300V a tierra. c) 4.5m en las zonas de 3.6m, cuando la tensión eléctrica supere 300 V a tierra. d) 5.5 m sobre la vía pública, calles o avenidas, zonas de estacionamiento con tráfico de vehículos de carga, vialidad en zonas no residenciales y otras áreas atravesadas por vehículos, tales como sembradíos, bosques, huertos o pastizales. 4904.5.4 Punto de fijación. El punto de fijación de los conductores de acometida aérea a un inmueble u otra estructura debe estar a la separación mínima especificada anteriormente. En ningún caso, este punto de fijación debe estar a menos de 3 m del piso terminado. 47
  48. 48. 4904.5.5 Medios de fijación. Los cables multi conductores utilizados en las acometidas aéreas se deben sujetar a los inmuebles u otras estructuras, por medio de accesorios o herrajes a probados e identificados para su uso con conductores de acometida. Para dar cumplimiento a este CEV, las acometidas con línea abierta con cable desnudo no se permiten. 4904.5.6 Mástiles de acometida como soporte. Cuando se utilice un mástil de acometida como soporte de los conductores de acometida aérea, debe ser de una resistencia adecuada o estar sujeto por abrazaderas o por alambres de retención que soporten con seguridad los esfuerzos que origina el cable de acometida, deben estar aprobados para su uso. Para dar cumplimiento a este CEV no se deben usar mástiles de tipo canalización. 4904.5.7 Soportes sobre los inmuebles. Los con-ductores de acometida aérea que pasen sobre unas estructuras sólidas. Cuando sea posible, dichos soportes deben estar independientes del inmueble. 4904.6 Acometidas subterráneas 4904.6.1 Aislamiento. Los conductores de acometida subterránea deben soportar las condiciones atmosféricas y otras circunstancias de uso, sin que se produzcan fugas de corriente eléctrica perjudiciales. Los conductores de acometida subterránea deben tener aislamiento para la tensión eléctrica aplicada. Excepción: Se permite que el conductor puesto a tierra no tenga aislamiento, en los casos siguientes: 48
  49. 49. a) Un conductor de cobre desnudo en una canalización. b) Un conductor de cobre desnudo directamente enterrado, si se estima que el cobre es adecuado para las condiciones del suelo. c) Un conductor de cobre desnudo directamente enterrado, sin tener en cuenta las condiciones del suelo, si forma parte de un cable especificado para uso subterráneo. d) Un conductor de aluminio o de cobre revestido de aluminio sin aislamiento o cubierta individual, si forma parte de un cable especificado para uso subterráneo directamente enterrado o dentro de una canalización enterrada. 4904.7 Puesta a tierra. Se deben conectar a tierra las partes metálicas no conductoras de equipo que se indican: a) Las canalizaciones de acometida, charolas, estructuras de electroductos, armadura o blindaje de los cables. b) Todos los envolventes de equipo de acometida que contengan conductores, conexión de medidores, cajas o similares, interpuestos en la canalización o blindaje. 49
  50. 50. c) Cualquier canalización metálica o envolvente por los que se lleve un conductor. Las conexiones se deben hacer en cada extremo y en todas las canalizaciones, cajas y envolventes que existan entre el equipo de acometida y el electrodo de puesta a tierra. El calibre del conductor de tierra debe ser seleccionado de acuerdo con la Tabla 250-122 de la NOM-001-SEDE-2012. 4904.8 Dispositivos de conexiones. La continuidad del conductor conectado a tierra en circuitos derivados y alimentadores de uno o varios conducto-res, no debe depender de la conexión a los dispositivos tales como bases, cajas de conexión, acero de cimentación y portalámparas. 4904.9 Conexiones de puesta a tierra del sistema. Un sistema de alambrado de inmuebles, que es alimentado por una acometida de corriente alterna que está puesta a tierra, debe tener un conductor del electrodo de puesta a tierra conectado al conductor puesto a tierra de acometida, para cada servicio 4904.10 Sistema de electrodos de puesta a tierra. En ningún caso, el valor de resistencia a tierra del sistema de electrodos de puesta a tierra puede ser mayor que 25Ω 4904.11 Electrodos permitidos para puesta a tierra. Los electrodos de varilla no deben tener menos de 2.44 m de longitud y deben ser de acero inoxidable o de acero recubierto con cobre o zinc, deben tener como mínimo16mm de diámetro. 50
  51. 51. CONCLUSIÓN Puedo concluir que la importancia de estos capítulos se engloba a las instalaciones eléctricas, esto a que se centra en las recomendaciones para este tipo de instalaciones, a lo largo del marco teórico conocí las características que deben tener estos elementos, sus medidas, lugares en donde instalar, de qué manera de instalan, los distintos tipos de conexiones, así como su aplicación. Este trabajo se ha realizado con el fin de dar a entender la instalación eléctrica de una vivienda, que se dividen en aéreas y subterráneas. Las aéreas son las de los postes y las subterráneas son las que van por debajo de la tierra. La importancia de este marco teórico me beneficia para futuros proyectos a trabajar ya que me brindo conocimientos generales que me ayudaran a emplear mis instalaciones de manera correcta. Y para finalizar puedo decir que las ventajas de utilizar este código se adentran al obtener el conocimiento para saber cómo emplear las instalaciones, los distintos tipos que existen, las medidas básicas de los elementos, conocer los materiales y el uso de cada uno de los muebles y elementos, etc. 51
  52. 52. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 1.- Comisión Nacional de Vivienda. (2017). CÓDIGO DE EDIFICACIÓN DE VIVIENDA 3a. edición. 29 de enero del 2022, de SEDATU Sitio web: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/320345/CEV_2017__FINAL_.p df 52
  53. 53. 53

×