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Demanda de filiacion y alimentos dr. alfredo

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Demanda de filiacion y alimentos dr. alfredo

  1. 1. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 Exp : Esp.: Esc : N° 01 Sum : Demanda de Filiaciòn AL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TEOFILA MAGDALENA CARRION ECHEVARRIA, debidamente identificada con DNI N° 06664528, con domicilio real en ---------------------- ----------, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima y con domicilio procesal para estos efectos en la Casilla Nº24099- Terminal San Juan de Lurigancho, a Ud., con el debido respeto digo: I.- DEL PETITORIO. Recurro a vuestro despacho, para efectos de interponer demanda de: A.- PRETENSION PRINCIPAL: FILIACCION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL contra JIMMY WERNER MARIN VASQUEZ, con domicilio en el Jr. Triunfo Nº 359, Pacasmayo, Guadalupe, Departamento de La Libertad, a efectos de que previo los trámites de ley se declare la Filiación Judicial de Paternidad respecto a mi menor hija TANIA MARISELA MARIN CARRION. B.- PRETESION ACCESORIA: Que el demandado cumpla con pagar una pensión alimenticia a favor de mi menor hija TANIA MARISELA MARIN CARRION; ascendente a la suma de S/ 800.00 (OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES) la misma que deberá pagarse en forma adelantada.
  2. 2. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 II.- FUNDAMENTOS DE HECHO: A. RESPECTO A LA FILIACION: PRIMERO.- Que, producto de las relaciones amorosas con el demandado por varios años procreamos a nuestra menor hija TANIA MARISELA MARIN CARRION de 08 años de edad. SEGUNDO.- Que, es preciso aclarar que producto de la convivencia con el demandado tengo otros hijos que si han sido reconocidos por el demandado, cuyos nombres son VIVIANA ESPERANZA MARIN CARRION y KIARA VIANGELLY MARIN CARRION y conforme consta de las copias de las partidas que se adjuntan a la presente TERCERO.- Señor Juez, debo señalar que con el demandado hemos estado viviendo por varios años, hasta que de un momento a otro este decidió retirarse del hogar, dejándome sola y en estado de gestación de la menor TANIA MARISELA MARIN CARRION y de mis otros menores hijos, conforme consta de la denuncia policial por abandono que se adjunta a la presente. CUARTO.- Que, al nacimiento de mi menor hija TANIA MARISELA MARIN CARRION, le comuniqué este hecho al demandado a efectos de que concurra a reconocerla conforme es su obligación, sin embargo pese a mis continuos requerimientos el demandado no se apersonó a reconocer a mi hija, lo cual me obligó que tenga que hacerlo sola y conforme consta de la partida de nacimiento que se adjunta a la presente. QUINTO.- Que, siendo asì Señor Juez y ante la negativa hasta la fecha del demandado de apersonarse ante el Registro Civil a efectos de reconocer a nuestra hija, es que me veo en la obligación de interponer la presente acción. B. RESPECTO A LA PRETENSION ACCESORIA:
  3. 3. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 SEXTO.- Que, conforme lo he manifestado anteriormente el demandado decidió alejarse del hogar, cortando todo tipo de relación con mi persona, sin importarle el estado de gestación en el que me encontraba y sin pensar en el bienestar de mi hija por nacer. SÉPTIMO.- Que, ante el abandono del demandado me he visto obligada a solventar sola cada uno de los gastos que demanda el cuidado de mi menor hija TANIA MARISELA MARIN CARRION, tales como educación, salud, vivienda, recreación y otras propias de un menor de edad. OCTAVO.- Que, en efecto Señor Juez, pese a la situación en la que actualmente vivo en compañía de mi menor hija como madre soltera, el demandado no cumple con su obligación de padre y sin tener en cuenta que mi menor hija se encuentran en edad escolar y conforme es de apreciarse de las constancias de que se adjuntan a la presente. NOVENO.- Que, su Despacho deberá tener en cuenta que a la fecha el obligado, no tiene ningún tipo de carga familiar que soportar, excepto el sostenimiento de nuestra menor hija, lo cual le permite solventar los gastos de nuestra menor hija. IV.- FUNDAMENTO DE DERECHO. Amparo la presente demanda en lo establecido por el Art.1º y siguientes de la Ley Nº 28457-Ley de Filiación Judicial de Paternidad, así como los Art. 235°, 472° del Código Civil y los Arts. 424°, 425°, 546° inc. 1° y 547° del Código Procesal Civil, Art. 164° y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes, así como demás leyes aplicables y pertinentes. V.- MONTO DEL PETITORIO.
  4. 4. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 El monto del petitorio de la pretensión accesoria asciende a la suma de S/ 800 (OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). VI.- VIA PROCEDIMENTAL. La presente demanda deberá de tramitarse conforme al proceso Único, de conformidad a lo establecido por el Art. 164 del Código de los Niños y Adolescentes. VII.- MEDIOS PROBATORIOS Que, en calidad de medio probatorio ofrezco: 1. El mérito del Acta de Nacimiento de mi menor hijo EDWARD LUIS HUAYHUA GARCIA 2. El mérito del Acta de Nacimiento de mi menor hija PEGGI ROUSE HUAYHUA GARCIA 3. El mèrito del DNI de mi menor hijo EDWARD LUIS 4. El mèrito del DNI de mi menor hija Peggi Rouse. 5. El mèrito de la Constancia de estudios de Peggie Rouse 6. El mèrito de la Constancia de estudios de Edward Luis 7. El mèrito de Denuncia policial por abandono de hogar. 8. El mèrito de diversos gastos que efectuò a favor de mis hijos. 9. El mèrito de recibos de servicios públicos. 10. EL mérito de 02 Planilla de pagos del demandado. VIII.- ANEXOS: Que, en calidad de anexos adjunto: 1-A.- Copia de mi D.N.I 1-B.- Acta de Nacimiento de mi menor hijo EDWARD LUIS HUAYHUA GARCIA 1-C.- Acta de Nacimiento de mi menor hija PEGGI ROUSE HUAYHUA GARCIA
  5. 5. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 1-D.- Copia del DNI de mi menor hijo EDWARD LUIS 1-E.- Copia del DNI de mi menor hija Peggi Rouse. 1-F.- Constancia de estudios de Peggie Rouse 1-G.- Constancia de estudios de Edward Luis 1-H.- Denuncia policial por abandono de hogar. 1-I.- Diversos gastos que efectuò a favor de mis hijos. 1-J.- Diversos gastos de servicios públicos. 1-H.- 02 Planillas de pagos del demandado POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, admitir la presente demanda y declararla fundada en su oportunidad, con expresa condena de costos y costas. 1º OTROSI DIGO: Que, de conformidad a lo establecido por el Art. 80° del Código Procesal Civil delego la facultades de representación a que se refiere el Art. 74° del acotado, a favor del letrado que autoriza el presente escrito, declarando que estoy instruido de dicha delegación y de sus alcances, así mismo ratifico como mi domicilio el indicado en la introducción del presente escrito 2° OTROSI DIGO: Que, adjunto a la presente copia de la demanda para la otra parte. Lima, 14 de enero del 2013. __________________________ ELSA MELANIA GARCIA PALOMINO
  6. 6. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 Exp : Esp.: Esc : N° 02 Cuad.: CAUTELAR Sum: Asignación Anticipada SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO ELSA MELANIA GARCIA PALOMINO, debidamente identificada con DNI N° 41599474, con domicilio real en la Av. Libertad Mz. O Lote. 31, Canto Chico, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima y con domicilio procesal para estos efectos en el Jr. Celidonias Nº 629, (paradero 13) Las Flores, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, a Ud., atentamente digo: I.- PETITORIO.
  7. 7. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 Que, de conformidad a lo señalado por el Art. 675° del Código Procesal Civil Solicito la ASIGNACIÓN ANTICIPADA DE ALIMENTOS a favor de mis menores hijos EDWARD LUIS HUAYHUA GARCIA y PEGGI ROUSE HUAYHUA GARCIA; ascendente al 60% de todos los ingresos que percibe el demandando sea remuneración, incentivo, gratificación, bonificación, productividad, horas extras y demás que perciba en su calidad de trabajador de la empresa QROMA, la misma que deberá pagarse en forma adelantada. II.- FUNDAMENTOS DE HECHO Primero.- Que, conforme es de verse de las Partidas de nacimiento obrantes en la demanda, se encuentra plenamente acreditada de manera indubitable la relación Paterno filial, existente entre mis menores hijos y el demandado; de donde se desprende la Obligación del emplazado de acudir a nuestros menores hijos. Segundo.- Que, la Asignación Anticipada solicitada se hace necesaria, urgente e impostergable no pudiendo esperar el trámite del proceso principal, menos aún la sentencia, toda vez que la necesidad de mis menores hijos, son en la actualidad apremiantes, sobre todo teniendo en cuenta que estos tienes 11 y 06 años y en edad escolar, lo cual demanda muchos gastos. Tercero.- Que, en vista a lo antes señalado se hace necesario que su Despacho conceda la Asignación Anticipada solicitada a favor de mis menores hijos. III.- FUNDAMENTO DE DERECHO. Amparo la presente en los siguientes Arts. 610°, 675° y demás pertinentes del Código Procesal Civil. IV.- ORGANO DE AUXILIO JUDICIAL Que, señalo como Órgano de Auxilio Judicial a la empresa “Q ROMA” , a efectos de que cumpla con efectuar la retención del 60% de todos los
  8. 8. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 ingresos que percibe el demandando sea remuneración, incentivo, gratificación, bonificación, productividad, horas extras y demás que perciba en su calidad de trabajador de la citada empresa. V.- MEDIOS PROBATORIOS Que, en calidad de medios probatorios adjunto: 1. Copia de la demanda y anexos. VI.- ANEXOS Que, en calidad de anexos adjunto los siguientes documentos: 2-A.- Copia de mi DNI POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, admitir la presente conforme a ley. 1º OTROSI DIGO: Que, a la empresa “Q ROMA” se le deberá de notificar en la Av. César Vallejo Nº 1851, el Agustino, Provincia y Departamento de Lima a efectos de que proceda a efectuar el descuento ordenado. 2º OTROSI DIGO: Que, por medio de la presente y a efectos de que la empresa me deposite la pensión de alimentos debo señalar la cuenta Nº 0011- 0128- 0200251691- 68, del Banco BBVA Continental. 3º OTROSI DIGO: Que, por los mismos fundamentos del principal solicito que su despacho ordena a la empresa “QROMA”, la RETENCIÒN DEL 60% DE LA CTS del demandado, la misma que deberá ser depositada a nombre del Juzgado y en el dìa deberá ser informada al Banco donde se realizan los depósitos de CTS. Lima, 14 de enero del 2013. __________________________
  9. 9. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 ELSA MELANIA GARCIA PALOMINO Exp : 83- 2013-FC Esp.: Bajonero Esc : N° Sum : MEDIDA CAUTELAR AL SEÑOR JUEZ DEL 04 JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO ELSA MELANIA GARCIA PALOMINO, debidamente identificada con DNI N° 41599474, con domicilio real en la Av. Libertad Mz. O Lote. 31, Canto Chico, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima y con domicilio procesal para estos efectos en el Jr. Celidonias Nº 629, (paradero 13) Las Flores, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, a Ud., atentamente digo:
  10. 10. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 I.- DEL PETITORIO. Que, de conformidad a lo señalado por el Art. 657° del Código Procesal Civil Solicito MEDIDA CAUTELAR ESPECIFICA - MEDIDAS PARA FUTURA EJECUCIÓN FORZADA en forma de RETENCION a favor de mis menores hijos EDWARD LUIS HUAYHUA GARCIA y PEGGI ROUSE HUAYHUA GARCIA; ascendente al 60% DE LA COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS que corresponden al demandado EZEQUIEL HUAYHUA YAÑE en su calidad de trabajador de la empresa QROMA, la misma que deberá pagarse en forma adelantada. III.- FUNDAMENTOS DE HECHO PRIMERO.- Que, producto de las relaciones amorosas con el demandado por varios años procreamos a nuestros menores hijos EDWARD LUIS HUAYHUA GARCIA y PEGGI ROUSE HUAYHUA GARCIA; de 11 años y 06 años respectivamente. SEGUNDO.- Que, conforme es de verse de las Partidas de nacimiento obrantes en la demanda, se encuentra plenamente acreditada de manera indubitable la relación Paterno filial, existente entre mis menores hijos y el demandado; de donde se desprende la Obligación del emplazado de acudir a nuestros menores hijos. TERCERO.- Que, la Medida cautelar que estoy solicitando se hace necesaria, urgente e impostergable no pudiendo esperar el trámite del proceso principal, menos aún la sentencia, toda vez que nada me puede garantizar que el demandado no deje el centro de trabajo donde labora, logrando retirar de esa forma la totalidad que por Compensación de Tiempo de Servicios le corresponde.
  11. 11. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 CUARTO.- Que, en vista a lo antes señalado se hace necesario que su Despacho conceda a la Medida Cautelar solicitada a efectos de poder garantizar de esta manera la obligación alimentaria a favor de mis menores hijos. IV.- FUNDAMENTO DE DERECHO. Amparo la presente en los siguientes Arts. 610°, 657° y demás pertinentes del Código Procesal Civil. IV.- ORGANO DE AUXILIO JUDICIAL Que, señalo como Órgano de Auxilio Judicial a: - La empresa QROMA, con domicilio en la Av. Cèsar Vallejo Nº 1851, El Agustino, Provincia y Departamento de Lima. - El Banco BBVA HORIZONTE, con domicilio en Jr. Huancavelica Nº 246, Lima (referencia a dos cuadras del Jr. de La Unión). A efectos de que cumplan con efectuar la retención del 60% de la Compensación por Tiempo de Servicios que percibe el demandado, para lo cual deberá de oficiarse a dichas entidades. VII.- MEDIOS PROBATORIOS Que, en calidad de medio probatorio ofrezco: 11. El mérito de la demanda y anexos 12. El mérito del Admisorio. VIII.- ANEXOS: Que, en calidad de anexos adjunto: 1-A.- Copia de mi D.N.I 1-B.- Copia de la demanda y anexos 1-C.- Copia de Admisorio
  12. 12. CONSULTORIO JURIDICO CRISTIANO DR. ALFREDO ZEVALLOS I. Jr. Anèmonas Nº 401 (Esq. Jr. Los Lìquenes) Urb. Las Flores. Alt. Paradero 1 Av. Las Flores. S.J.L. Cel. 992606706 POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, admitir la presente conforme a ley. Lima, 25 de abril 2013

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