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Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 7 DE DICIEMBRE DE 2015 No. 233
Í N D I C E
 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaría de Finanzas
 Acuerdo por el que se modifica el artículo Quinto Transitorio del Manual de Procedimientos y Lineamientos
Técnicos de Valuación Inmobiliaria, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 06 de diciembre de 2013 4
Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal
 Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales de los Participantes de las Actividades que Realiza
el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal tendientes a incentivar la Participación
Ciudadana en los Programas Transmitidos por Capital 21 6
Delegación Tlalpan
 Aviso por el que se modifica, el Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de Diversas
Actividades Institucionales a cargo de la Delegación Tlalpan, para el Ejercicio Fiscal 2015, específicamente en las
actividades que se indican, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 05 de enero de 2015 8
Tribunal Electoral del Distrito Federal
 Reforma al artículo 84 de los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
del Tribunal Electoral del Distrito Federal 13


 Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
Índice
Viene de la Pág. 1
 SECCIÓN DE AVISOS
 Lana Fast, S.C. de R.L. de C.V. 14
 Gestión de Recursos Guman, S.A. de C.V. 14
 DAP Servicios de Administración y Consultoría, S. de R.L. de C.V. 15
 Brain Media, S.A. de C.V. 15
 Computer Lerner Und Elektronik, S.A. de C.V. 16
 Apoyo de Sistemas Empresariales Poblanos, S.A. de C.V. 16
 Gesae, S.A. de C.V. 17
 Grupo Joyero del Pacifico P&P, S.A. de C.V. 17
 Tus Consulting, S.A. de C.V. 18
 Edictos 18
 Aviso 22
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL MANUAL
DE PROCEDIMIENTOS Y LINEAMIENTOS TÉCNICOS DE VALUACIÓN INMOBILIARIA,
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 06 DE DICIEMBRE DE
2013.
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas del Distrito Federal, con fundamento en los artículos
87, 94, primer párrafo y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15, fracción VIII, 16, fracción IV, 17 y 30,
fracciones VII, IX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, 7, fracciones II y III, 22,
23, 24, 48, fracción XVI, 73, fracción XIII, 116, 117, 118, 120, 121, 126, 127, 188, 242, 335 y 478 del Código Fiscal del
Distrito Federal; 7º, fracción VIII, 26, fracción X, 35 y 86, fracciones IX, X y XI del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al artículo 26, fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
corresponden a los titulares de las Secretarías en el ámbito de su competencia, vigilar que se cumpla estrictamente con las
disposiciones jurídicas y administrativas, en todos los asuntos a ellos asignados.
Que el formular y someter a la consideración superior los manuales de valuación, procedimientos y lineamientos técnicos a
los que se sujetará la actividad valuatoria para efectos fiscales en el Distrito Federal, es facultad de la Subtesorería de
Catastro y Padrón Territorial, dependiente de la Tesorería del Distrito Federal, de la Secretaría de Finanzas del Distrito
Federal, con fundamento en el artículo 86, fracción IX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Que el artículo 86, fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, establece que
corresponde a la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, autorizar, registrar y llevar un padrón actualizado de las
instituciones de crédito, sociedades civiles y mercantiles, los avalúos practicados por la Dirección General de Patrimonio
Inmobiliario y los corredores públicos, cuyo objeto exclusivo sea la realización de avalúos de inmuebles a través de peritos
valuadores que las auxilien en la práctica valuatoria, para efectos fiscales, en términos de lo que establece el Código Fiscal
del Distrito Federal.
Que con fecha 6 de diciembre de 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Manual de Procedimientos y
Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en esta
materia, en cuyo ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO se establece que a efecto de dar cumplimiento al requisito
señalado en el artículo 8, fracción B, numeral VII del citado Manual, los peritos valuadores independientes registrados ante
la Tesorería del Distrito Federal, contarían con un periodo de dos años, contados a partir de la fecha de publicación del
mismo, para exhibir la cédula profesional correspondiente que los acredite en la especialidad en valuación inmobiliaria y/o
maestría en valuación.
Que han transcurrido casi dos años contados a partir de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Manual
de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, sin que a la fecha la totalidad de los peritos
valuadores independientes que se encuentran registrados ante la Tesorería del Distrito Federal hayan exhibido su cédula
profesional correspondiente a la especialidad en valuación inmobiliaria y/o maestría en valuación, por lo que a fin de dar
cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8, fracción B, numeral VII, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS Y LINEAMIENTOS TÉCNICOS DE VALUACIÓN INMOBILIARIA, PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 06 DE DICIEMBRE DE 2013.
ÚNICO.- Se modifica el Artículo Quinto Transitorio del Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación
Inmobiliaria, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de diciembre de 2013, para quedar como sigue:
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5
ARTÍCULO QUINTO.- A efecto de dar cumplimiento al requisito señalado en el artículo 8, fracción B, numeral VII de
este Manual, los peritos valuadores independientes que actualmente tienen registro, tendrán hasta el 31 de diciembre de
2016, para exhibir la cédula profesional correspondiente a la especialidad en valuación inmobiliaria y/o maestría en
valuación. El padrón de peritos valuadores deberá actualizarse conforme a este Manual.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir del día de su publicación.
TERCERO.- Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, y transcurrido el plazo
señalado, a los peritos valuadores que no hayan exhibido su cédula correspondiente ante la Subtesorería de Catastro y
Padrón Territorial, se les cancelará automáticamente su registro, sin perjuicio de las responsabilidades que su conducta
genere, de conformidad con el Manual y con el Código Fiscal del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 01 de diciembre de 2015
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
EL SECRETARIO DE FINANZAS
(Firma)
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
MARCELA GÓMEZ ZALCE en mi carácter de Directora General del Sistema de Radio y Televisión Digital del
Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 87 primer párrafo y 91 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; los artículos 2 cuarto párrafo, 5 segundo párrafo y 36 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los
artículos 7 fracción I, último párrafo y 198 fracciones III y VII del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; los numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y
con base en el Acuerdo 1303/SO/30-10/2013, emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal, así como en los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal
corresponde al titular del ente público determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en
el ámbito de competencia.
Que de conformidad con el artículo 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal la
integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales están a cargo de los entes públicos y que su creación,
modificación o supresión de los Sistemas de Datos Personales deben publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece como
obligación para todos los entes públicos que la creación, modificación o supresión de los Sistemas de Datos Personales sólo
podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que el numeral 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece que el
acuerdo mediante el cual se determine la modificación de un sistema de datos personales deberá indicar las modificaciones
producidas en cualquiera de las fracciones a que hace referencia el artículo 7 de dichos Lineamientos.
Que con fecha 24 de septiembre de 2015 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se crea
el Sistema de Datos Personales de los Participantes de las Actividades que realiza el Sistema de Radio y Televisión Digital
del Gobierno del Distrito Federal tendientes a incentivar la Participación Ciudadana en los Programas Transmitidos por
Capital 21”.
Que la finalidad de la presente publicación es garantizar la actualización y confiabilidad de la información inscrita en el
Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales, respecto de los datos personales que posee este Órgano
Desconcentrado para brindar certeza jurídica al titular de los datos personales, haciendo para tal efecto la modificación al
Sistema de Datos de referencia, por lo que tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS
PARTICIPANTES DE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZA EL SISTEMA DE RADIO Y
TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL TENDIENTES A
INCENTIVAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS PROGRAMAS TRANSMITIDOS POR
CAPITAL 21.
Que el sistema de datos personales referido, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del sistema:
Se modifica la finalidad para quedar como sigue:
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7
Finalidad: Recabar y sistematizar los datos personales otorgados por las personas interesadas en participar en la actividades que
realiza el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal tendientes a incentivar la participación
ciudadana en los programas que transmite por la señal de radiodifusión XCDMX-TDT Capital 21, a efecto de coordinar el
registro, participación, reconocimientos, menciones, obsequios o premios que en su caso se otorguen de acuerdo con las
actividades programadas y/o convocatorias que para tal efecto se emitan, así como para mantenerlos informados de la
programación y/o eventos que pudieran ser de su interés. Los datos personales recabados, serán integrados en expedientes y bases
de datos.
II. Origen de los Datos, por lo que respecta al procedimiento de recolección u obtención de los datos personales, para quedar de
la siguiente manera:
La recolección de los datos personales será vía telefónica en los números oficiales del Sistema, en el registro que se encuentra
disponible en el sitio web http://www.capital21.df.gob.mx/ y/o de manera presencial en el lugar donde se lleven a cabo las
actividades que realice el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal, tendientes a incentivar la
participación ciudadana en los programas transmitidos por la señal de radiodifusión XCDMX-TDT Capital 21.
III. Estructura básica del sistema de datos personales, se adicionan los siguientes datos identificativos:
• Datos Identificativos: fecha de nacimiento, domicilio, firma y firma del padre o tutor en caso de menores de edad.
• Todos los datos solicitados son obligatorios.
• Modo de tratamiento utilizado: Mixto
IV. Cesión de Datos. Se elimina a los Usuarios: Patrocinadores de las actividades o concursos, ya que no se les proporcionará
ningún dato de los participantes.
V. Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar de la siguiente manera:
 Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Radio y Televisión.
 Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Radio y Televisión.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente Acuerdo en cumplimiento a lo previsto en la fracción
I del artículo 7° de la Ley de Protección del Sistema de Datos Personales para el Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
TERCERO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos realizará las acciones necesarias para actualizar las modificaciones
en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación.
CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, D.F., a 27 de noviembre de 2015
A T E N T A M E N T E
(Firma)
LIC. MARCELA GÓMEZ ZALCE
DIRECTORA GENERAL DEL SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL
8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
DELEGACIÓN TLALPAN
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, JEFA DELEGACIONAL EN TLAPAN, con fundamento en los artículos 87 tercer
párrafo, 104, 105 párrafo primero, 112 párrafo segundo y 117 fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 1, 2, 3 fracción III, 10 fracción XIV, 11 párrafo catorce, 37, 38 y 39 fracciones VIII, XLV y LXXXV de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal; 97, 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 120 del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, por lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE MODIFICA, EL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS
REGLAS DE OPERACIÓN DE DIVERSAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES A CARGO DE LA
DELEGACIÓN TLALPAN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, ESPECÍFICAMENTE EN LAS
ACTIVIDADES QUE SE INDICAN, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO
FEDERAL DE FECHA 05 DE ENERO DE 2015.
 Apoyos Sociales para la promoción de cultura de manejo de residuos sólidos.
 Apoyos Sociales a plomeras encargadas de realizar la instalación de sistemas de captación de agua pluvial y
reparación de fugas menores 2015.
Artículo Primero.- Se Modifica la Actividad Institucional “Apoyos Sociales para la promoción de cultura de manejo
de residuos sólidos” únicamente en las partes que se indica:
CONSIDERANDO
El derecho humano a un Medio Ambiente sano debe ser una prioridad que los gobiernos deben garantizar a la ciudadanía.
Actualmente la Ciudad de México cuenta con un problema que aqueja a diversos estratos socioeconómicos y culturales, la
acumulación de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, a la que comúnmente denominados basura. En la capital son
generadas en promedio, 12,664 toneladas diarias de residuos sólidos por más de 8, 800,000 habitantes, más la población
que se recolecta flotante que ingresa diariamente de los municipios de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).
De la basura aproximadamente, el 44% es de tipo orgánico y alrededor del 60% son inorgánicos.
Por tal motivo, es indispensable promover entre la ciudadanía una nueva cultura sobre el manejo y reducción de los residuos
sólidos, en cumplimiento con el Eje Estratégico del Gobierno Delegacional de Tlalpan dirigido a la preservación del Medio
Ambiente.
La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la Dirección de Ordenamiento Ecológico y
Educación Ambiental y la Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental, serán responsables de la actividad
institucional Apoyos Sociales para la Promoción de Cultura de Manejo de Residuos Sólidos.
A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Jefatura Delegacional en Tlalpan.
Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental.
B. OBJETIVOS Y ALCANCES.
Potenciar la participación social en la reducción, separación y aprovechamiento de los residuos sólidos, con una perspectiva
de Educación Ambiental haciendo énfasis en los principios de sustentabilidad.
Alcances: Difundir acciones de sensibilización y concientización dirigidas a los niños, niñas, jóvenes y ciudadanos sobre la
importancia de la separación y aprovechamiento de los residuos sólidos.
Líneas de acción:
 Implementar campañas que doten a la comunidad de información suficiente, para entender la complejidad del
problema y el adecuado manejo de los residuos sólidos.
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9
 Implementar acciones de participación entre los estudiantes de las escuelas públicas y privadas y en el ámbito de
las comunidades, barrios y colonias sobre manejo de residuos sólidos y la conservación y mejoramiento del
entorno.
 Promover la estrategia de minimización, consumo responsable, aprovechamiento y canalización de los
subproductos que se generan, mediante información precisa y capacitación a los ciudadanos.
E. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Requisitos:
 Conocer el ámbito territorial de la Delegación en Tlalpan.
 Tener facilidad de palabra y de vinculación con la gente.
 Apoyar y participar en las acciones de información de la actividad institucional.
 Disponibilidad de horario, según las necesidades del área.
 Presentar un informe mensual de sus actividades.
 Llevar a cabo una entrevista personal de evaluación.
 Entregar original y copia de los siguientes documentos:
- 2 fotografías tamaño infantil,
- Original y copia de acta de nacimiento,
- Original y copia de identificación oficial,
- Original y copia de comprobante de domicilio con vigencia máxima de dos meses,
- Original y copia de Cédula Única de Registro de Población (CURP),
- Currículum vitae,
- Carta compromiso firmada
(Los documentos originales, solo para cotejo de información)
 Acudir a capacitación en caso de que se convoque por parte de la Jefatura de Educación Ambiental.
Se procurará contar con el 50% de mujeres en el equipo de beneficiarios.
F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
La Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental será la responsable de la instrumentación del procedimiento
el cual consta de lo siguiente:
1) Verificar que el solicitante entregue por escrito su petición para participar en la actividad institucional.
2) Realizar al solicitante entrevista de evaluación correspondiente.
3) Verificar que el solicitante acuda a la capacitación introductoria en los días y horas previamente indicados.
4) Verificar que el beneficiario cumpla con las actividades e informes mensuales, así como informes parciales de
actividades.
5) Elaborará oficio de cancelación del apoyo social al beneficiario, por incumplimiento de las actividades acordadas o por
renuncia por así convenir a sus intereses, reasignándose dicho apoyo.
6) La Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental, será la responsable de la integración y resguardo de los
expedientes del beneficiario.
G. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Toda queja o inconformidad deberá ser ingresada a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) dirigida
a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, donde se valorará la queja o inconformidad y se
tomarán las acciones pertinentes.
I. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES
La Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental llevara a cabo el seguimiento a las actividades realizadas por
los beneficiarios de la Actividad Institucional. Así mismo elaborará un informe de las mismas considerando para ello, el
número de actividades realizadas/el número de actividades programadas.
J. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Las acciones de Cultura de Manejo de Residuos Sólidos se promoverán directamente entre la población en distintos
espacios y a través de diversos medios.
10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
Artículo Segundo.- Se Modifica la Actividad Institucional “Apoyos Sociales a plomeras encargadas de realizar la
instalación de sistemas de captación de agua pluvial y reparación de fugas menores 2015” únicamente en las partes
que se indica:
A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Jefatura Delegacional en Tlalpan.
Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental.
Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico.
B. OBJETIVOS Y ALCANCES
Otorgar apoyo económico a las plomeras encargadas de realizar trabajos de reparación de fugas menores en casa habitación
y unidades habitacionales, así como efectuar diagnóstico básico sobre fugas de agua a nivel domiciliario para su atención.
Objetivos específicos
 Apoyar a jefas de familia otorgando el apoyo económico.
 Fomentar y promover el auto empleo del oficio de plomería de mujeres tlalpenses.
 Integrar a las mujeres en actividades productivas redituables ejerciendo su oficio.
Alcances:
El Derecho al agua es primordial para la vida del ser humano, por ello es necesario contribuir a la preservación de recursos
naturales, a través de la generación de estrategias y establecimiento de infraestructura adecuada, para el mejor
aprovechamiento de agua pluvial. Así mismo es importante identificar las causas y realizar la reparación de fugas menores
domésticas como estrategia de ahorro y cuidado del agua. Los apoyos sociales a plomeras encargadas de realizar la
instalación de sistemas de captación de agua pluvial, reparación de fugas menores en casa habitación y unidades
habitacionales, levantar encuestas y brindar información sobre temas ambientales a la ciudadanía, se vinculan al cuidado y
uso óptimo del agua potable; de forma complementaria, tiene como eje prioritario abatir la desigualdad por discriminación
en los oficios empleados comúnmente para hombres, incluyendo a la mujer con su conocimiento y experiencia en
actividades que nos permitan reducir la brecha de la desigualdad.
C. CALENDARIO DE GASTO
A continuación se presenta el despliegue del calendario de gastos de apoyos sociales.
No. de
Beneficiarios
Apoyo
mes
Enero
Apoyo
mes
Febrero
Apoyo
mes
Marzo
Apoyo
mes
Abril
Apoyo
mes
Mayo
Apoyo
mes
Junio
Apoyo
mes
Julio
Apoyo
mes
Agosto
Apoyo
mes
Septiembre
18 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000
No de beneficiarios Apoyo mes de Octubre Apoyo mes de Noviembre Apoyo mes de Diciembre
5 20,000 20,000 20,000
D. MONTOS POR BENEFICIARIO Y COSTO DEL PROYECTO
Cada beneficiario recibirá un apoyo mensual de $4,000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.).
Costo total del proyecto hasta $ 708,000 (Setecientos ocho mil pesos 00/100 M.N.). El ejercicio de estos recursos, estará
sujeto a previa autorización de la suficiencia presupuestal.
En el periodo Octubre-Diciembre será hasta 5 beneficiarios con un apoyo mensual de $ 4,000 (cuatro mil pesos 00/100
M.N.). Costo total del proyecto en este periodo será de hasta $ 60,000 (Sesenta mil pesos 00/100 M.N.) El ejercicio de estos
recursos, estará sujeto a previa autorización de la suficiencia presupuestal.
E. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Requisitos:
 Ser mujer y vivir en la Delegación Tlalpan,
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
 Tener y demostrar conocimiento de plomería,
 Entregar en la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable los siguientes documentos en copia,
debiendo presentar los originales para cotejo:
- Constancia de estudios o constancia o diploma de curso de plomería.
- Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz o teléfono), con una antigüedad menor a dos meses.
- Identificación oficial con fotografía vigente (credencial de elector).
- Acta de nacimiento.
- Dos fotografías tamaño infantil.
 Ingresar por escrito una solicitud a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para acceder
a la actividad institucional.
Son sujetos susceptibles de apoyo, las mujeres habitantes de los Pueblos Originarios, barrios, colonias y unidades
habitacionales de la Delegación Tlalpan, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las
presentes Reglas de Operación.
La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable seleccionará a las personas que hayan ingresado cada
una los requisitos en tiempo y forma. Para el proceso de selección de los beneficiarias se aplicará el principio primero en
tiempo, primero en derecho en la entrega de la documentación correspondiente.
Quienes no resulten beneficiarias tras la aplicación del proceso de selección, pasarán a formar parte de una lista de espera
para su incorporación a dicha actividad cuando se genere algún cambio en la lista de beneficiarias.
F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
Difusión:
Se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el aviso por el que se da a conocer la actividad institucional Apoyos
Sociales a Plomeras Encargadas de Realizar la Instalación de Sistemas de Captación de Agua Pluvial y Reparación de Fugas
Menores 2015.
Acceso:
Ingresar por escrito dirigido a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, solicitud para acceder a
la actividad institucional en un lapso no mayor a 4 días hábiles posteriores a la fecha que, fue dado a conocer el presente
documento por la Jefa Delegacional, de acuerdo a sus atribuciones.
Registro:
La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la Dirección de Ordenamiento Ecológico y
Educación Ambiental por medio de la Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico, será la encargada de
revisar la documentación para la selección de las beneficiarias e integrará el expediente correspondiente.
Operación
 Las beneficiarias, se presentarán a recibir su apoyo económico en el lugar y fecha que señale la unidad ejecutora.
 Los cambios en la lista de beneficiarias serán por los motivos siguientes: incumplimiento en las actividades
programadas, cambio de residencia a otra delegación y renuncia voluntaria al programa.
 La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través, de la Dirección de Ordenamiento
Ecológico y Educación Ambiental por medio, de la Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico,
levantará Acta Administrativa para autorizar y dejar constancia de los cambios en la lista de beneficiarias.
 El monto del apoyo mensual a cada beneficiaria, será de $ 4000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.).
Las actividades para los meses de octubre, noviembre y diciembre se centrarán en la actualización de conocimiento de las
beneficiarias a través de capacitación externa y la realización de un diagnóstico de medidas sobre el cuidado del agua.
La Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico será la responsable de la supervisión y el seguimiento a la
actividad institucional a través de reportes semanales y foto-testimonios, mismos que deberán presentar las beneficiarias.
G. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Toda queja o inconformidad deberá ser ingresada por escrito a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana
(CESAC), misma que deberá dirigirse a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y en el caso que
no se resuelva la queja se podrá acudir a la Contraloría Interna de la Delegación Tlalpan.
12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
H. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
La Contraloría General del Gobierno del Distrito es el Órgano competente para conocer las denuncias de violación e
incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.
I.MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES
La Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental, a través de la Jefatura Unidad Departamental de
Ordenamiento Ecológico, será el área encargada de dar seguimiento al trabajo ejecutado por las beneficiarias. Tanto en la
integración del expediente como en la aplicación de controles. Además elaborará un informe de la actividad institucional.
Para dicho informe se considerará el número de personas atendidas/ entre el número de personas programadas.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para su debida observancia y cumplimiento.
Dado en la sede de la Jefatura Delegacional en Tlalpan a los trece días del mes de noviembre del año dos mil quince.
A T E N T A M E NT E
(Firma)
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO
JEFA DELEGACIONAL EN TLALPAN
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
REFORMA AL ARTÍCULO 84 DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL
DISTRITO FEDERAL
México, Distrito Federal, a treinta de noviembre de dos mil quince.
EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE
CONFIERE EL ARTÍCULO 159, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
DEL DISTRITO FEDERAL, EN REUNIÓN PRIVADA DE VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE,
APROBÓ LA “REFORMA AL ARTÍCULO 84 DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”,
CUYO CONTENIDO ES EL SIGUIENTE:
Se adiciona el último párrafo del artículo 84 de los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de
Servicios del Tribunal Electoral del Distrito Federal, para quedar como sigue:
Artículo 84.-
[…]
Tratándose de adjudicaciones directas, los contratos deberán suscribirse previo a las adquisiciones, a la entrega de bienes, al inicio
de los arrendamientos o de las prestaciones de servicios.
[…]
Artículos Transitorios
PRIMERO. La presente reforma a los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del
Tribunal Electoral del Distrito Federal entrará en vigor a partir del día siguiente al de su aprobación por el Pleno del Tribunal
Electoral del Distrito Federal.
SEGUNDO. Publíquese esta reforma en los Estrados y en el sitio de Internet del Tribunal, así como en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal.
Pablo Francisco Hernández Hernández, Secretario Técnico de la Secretaría General del Tribunal Electoral del Distrito Federal
C E R T I F I C A:
Que el presente documento constante de una foja útil (incluyendo la presente), con texto solo por el anverso, foliado, rubricado y
entresellado; concuerda fielmente con el texto original de la “REFORMA AL ARTÍCULO 84 DE LOS LINEAMIENTOS EN
MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL
DEL DISTRITO FEDERAL”, aprobada por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, en Reunión Privada celebrada el veinticuatro
de noviembre del año en curso.
Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 167, fracciones XI y XIV del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Distrito Federal; 28, párrafo segundo, 29 fracción XV y 31, fracciones VI y XI del Reglamento
Interior del Tribunal Electoral del Distrito Federal, para ser publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento al
artículo SEGUNDO transitorio del documento en cita.
México, Distrito Federal, a treinta de noviembre de dos mil quince. DOY FE.
(Firma)
PABLO FRANCISCO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO TÉCNICO DE LA SECRETARÍA GENERAL
DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
SECCIÓN DE AVISOS
LANA FAST SC DE RL DE CV
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2015
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN
ACTIVO PASIVO
EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00
CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00
CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00
SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00
CAPITAL SOCIAL $0.00
APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00
PERDIDAS ACUMULADAS $0.00
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00
TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00
(Firma)
JOSE LUIS ZARATE GALLEGOS
LIQUIDADOR
GESTIÓN DE RECURSOS GUMAN SA DE CV
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2015
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN
ACTIVO PASIVO
EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00
CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00
CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00
SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00
CAPITAL SOCIAL $0.00
APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00
PERDIDAS ACUMULADAS $0.00
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00
TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00
(Firma)
JOSE LUIS ZARATE GALLEGOS
LIQUIDADOR
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
DAP SERVICIOS DE ADMINISTRACION Y CONSULTORIA S. DE R.L DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 5 DE OCTUBRE DEL 2014
ACTIVO
CAJA 541
TOTAL ACTIVO 541
PASIVO
ACREEDORES DIVERSOS 296,335
TOTAL PASIVO 296,335
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL 50,000
PERDIDAS ACUMULADAS -45,423
PERDIDA DEL EJERCICIO -300,371
TOTAL CAPITAL CONTABLE -295,794
TOTAL PASIVO Y CAPITAL 541
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la
Ley General de Sociedades Mercantiles
México D.F. a 9 de octubre del 2015
(Firma)
Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA
BRAIN MEDIA S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE DICIEMBRE DEL 2014
ACTIVO
CAJA 4,608
OTROS ACTIVOS 1,476,731
TOTAL ACTIVO 1,481,339
PASIVO
CUENTAS POR PAGAR 1,544,255
TOTAL PASIVO 1,544,255
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL. 50,000
PERDIDAS ACUMULADAS 112,916
TOTAL CAPITAL CONTABLE -62,916
TOTAL PASIVO Y CAPITAL 1,481,339
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la
Ley General de Sociedades Mercantiles
México D.F. a 26 de mayo del 2015
(Firma)
Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA
16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
COMPUTER LERNER UND ELEKTRONIK S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 26 DE OCTUBRE DEL 2015
ACTIVO
CAJA 0
TOTAL ACTIVO 0
PASIVO
CUENTAS POR PAGAR 0
TOTAL PASIVO 0
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL 0
TOTAL CAPITAL CONTABLE 0
TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la
Ley General de Sociedades Mercantiles
México D.F. a 27 de Octubre del 2015
(Firma)
Liquidador.: LAZARO OSORNIO ESCALONA
APOYO DE SISTEMAS EMPRESARIALES POBLANOS S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE JUNIO DEL 2015
ACTIVO
CUENTAS POR COBRAR 50,000
TOTAL ACTIVO 50,000
PASIVO
CUENTAS POR PAGAR 0
TOTAL PASIVO 0
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL 50,000
TOTAL CAPITAL CONTABLE 50,000
TOTAL PASIVO Y CAPITAL 50,000
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la
Ley General de Sociedades Mercantiles
México D.F. a 24 de agosto del 2015
(Firma)
Liquidador.: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
GESAE S.A. DE C.V.
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014
(Expresado en pesos)
(Balance Final de Liquidación)
ACTIVO PASIVO
CIRCULANTE CORTO PLAZO
ACREEDORES DIVERSOS 0
TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE 0 TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO 0
NO CIRCULANTE
TOTAL DEL PASIVO 0
TOTAL DE ACTIVO NO CIRCULANTE 0
CAPITAL CONTABLE
OTROS ACTIVOS CAPITAL SOCIAL 50,000
CAPITAL SOCIAL (SUSCRITO NO PAGADO) -50,000
RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. -10,584
RESULTADO DEL EJERCICIO 10,584
TOTAL DE OTROS ACTIVOS 0 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE 0
TOTAL ACTIVO 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0
Se hace constar que del Balance Final de Liquidación que se publica, no se desprende haber social a repartir a los
accionistas.
(Firma)
JULIETA SÁNCHEZ AGUILAR.
LIQUIDADORA DE LA SOCIEDAD GESAE, S.A DE C.V.
GRUPO JOYERO DEL PACIFICO P&P, S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 28 DE ABRIL DE 2015.
Activo Pasivo
Efectivo en caja $0 Capital $0
Cuota de reembolso por acción $0.0032484 M. N. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 247
Fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el Balance final de liquidación de la sociedad al 28 de
abril de 2015.
México, D.F. a 30 de abril de 2015.
Liquidador
(Firma)
Mónica Padrón Ramírez
18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
TUS CONSULTING, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE OCTUBRE DEL 2015
Cifras en pesos
El presente balance se publica para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles.
(Firma)
LIQUIDADOR.
Francisco Javier Pérez Rodríguez
E D I C T O S
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE
DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
CONSORCIO INDUSTRIAL SIMTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 31/2015-V, SEGUIDO POR IMPULSORA
DE DESARROLLO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE CONTRA CONSORCIO
INDUSTRIAL SIMTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE DICTO EL SIGUIENTE
ACUERDO:
“México, Distrito Federal, once de noviembre de dos mil quince.
En atención al escrito del actor y estado procesal que guarda el asunto, toda vez que se han agotado los medios para
localizar el domicilio de Consorcio, sociedad anónima de capital variable; en esas condiciones, con fundamento en el
artículo 1070 del Código de Comercio, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles,
aplicado supletoriamente al código de la materia, se ordena emplazar al enjuiciado en cita por edictos que se publicarán por
tres veces consecutivas y de manera simultánea tanto en el periódico El Sol de México, así como en la Gaceta Oficial del
Gobierno del Distrito Federal, haciéndole saber al demandado que debe presentarse ante el Juzgado Tercero de Distrito
en Materia Civil en el Distrito Federal dentro de treinta días contados a partir de la última publicación, conteste la demanda
incoada en su contra por Impulsora de Desarrollo Integral, sociedad anónima de capital variable, quedando a
disposición en el local de este juzgado copia simple del escrito de demanda, así como sus respectivos anexos; así mismo
señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, se harán
ACTIVO PASIVO
CIRCULANTE INMEDIATO A CORTO PLAZO
BANCOS 0.00 CUENTAS POR PAGAR 0.00
CUENTAS POR COBRAR 0.00
SUMA ACTIVO CIRCULANTE 0.00 SUMA PASIVO 0.00
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL 0.00
RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES 0.00
RESULTADO DEL EJERCICIO 0.00
SUMA CAPITAL 0.00
SUMA ACTIVO 0.00 SUMA PASIVO Y CAPITAL 0.00
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en términos del artículo 1069 del
Código de Comercio; de igual manera, se apercibe que en caso de no contestar la demanda, se tendrá por contestada en
sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra, conforme a lo dispuesto por el ordinal 332 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio.
Para los efectos anteriores, requiérase a la enjuiciante Impulsora de Desarrollo Integral, sociedad anónima de
capital variable, para que comparezca a este juzgado tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en calle
Sidar y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso tres, primer nivel,
Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, San Lázaro Distrito Federal, a efecto de cumplir lo siguiente: a) recoger
los edictos que se encuentran a su disposición, dentro del plazo de tres días contados a partir de que surta efectos la
notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 1079, fracción VI del código de Comercio; b) en
su oportunidad, exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día
siguiente que se pongan a su disposición los edictos; y c) exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días
siguientes a la última de ellas, apercibida que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dara de baja
el presente asunto por falta de interés, lo anterior atendiendo al principio de justicia pronta y expedita consagrado en el
artículo 17 constitucional.
Fíjese en la puerta de este juzgado copia íntegra del presente por todo el tiempo del emplazamiento.
Asimismo, se hace del conocimiento de la actora que los presentes edictos serán impresos el día que comparezca a
recibirlos en el local de este juzgado, con la salvedad que estos puedan ser firmados por cualquiera de los Secretarios de
Acuerdos adscritos a este órgano jurisdiccional.
Finalmente, dada la naturaleza del presente juicio, se deja a salvo el derecho de la actora para señalara bienes
susceptibles de embargo y suficientes que garanticen la cantidad reclamada.
Notifíquese por edictos a la enjuiciada y personalmente al accionante.
Lo proveyó y firma el Juez Tercero de distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, Felipe V Consuelo Soto,
ante la Secretaria Susana Guzmán Benavides, que autoriza. Doy fe.
MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL.
(Firma)
LIC. SUSANA GUZMAN BENAVIDES.
EDICTOS QUE SE PUBLICARAN TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO.
20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
EDICTO:
Esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 12 fracción I, 87, 91 y 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones II,
V, XII y XIII, 5, 7 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones I y IV, 6 último párrafo,
15, 194, 195, 196 fracción XII y 197 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2 fracciones
I, II, VI, X, XII, XV y XXII, 3, 4, 5, 30, 31, 32, 71, 72, 73, 74, 77, 78 fracción III y 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo del
Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, III, VII, VIII, XVI, XVII, XVIII, 3, 30 párrafo primero y fracción I, 33, 35, 37, 38, 40, 70, 71, 72
fracciones I y XVI, 73 fracciones I y II, 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, 75, 81 fracción IV, 82 fracciones I, VII, XI y XV de la Ley
de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 2 fracciones II, V, VI, VII, VIII, X, XI, 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 41
párrafos primero y último, 62, 65, 66, 69 fracción II inciso b), del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el
Distrito Federal; se hace del conocimiento de los FUNDADORES Y/O RESPRESENTANTE LEGAL así como DEL PUBLICO
EN GENERAL, que los miembros del Consejo Directivo de esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, reunidos en Sesión
Ordinaria No. 202, celebrada el 21 de octubre de 2015, emitieron Resolución dentro del expediente 095.1/738, relativa a la Asociación
Niños Verdes por Amor a México, I.A.P., con la que se decretó la procedencia para iniciar el Procedimiento de Extinción de dicha
Institución, acordándose lo siguiente:
“…Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 3, 30 Fracción I, 33, 34, 36, 37, 38, 70, 71, 72
fracciones I y XVI, 73 fracción I, 74 en todas sus fracciones, 75 y 81 fracción IV de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el
Distrito Federal; 1, 3, 22, 28, 38, 39, 62, 65 en todas sus fracciones, 66, 67 y 78 fracción VII del Reglamento de la Ley de Instituciones de
Asistencia Privada para el Distrito Federal; Artículos 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; así como
Artículos Vigésimo Noveno y Trigésimo de los Estatutos de la Institución, este Consejo Directivo procede a resolver lo siguiente:
PRIMERO. Se declarara procedente iniciar la extinción y en consecuencia la liquidación de la ASOCIACIÓN NIÑOS VERDES
POR AMOR A MEXICO, I.A.P., debido a que su situación actualiza la hipótesis prevista en la fracción I del artículo 30 de la Ley de
Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. SEGUNDO. Tener por nombrado como liquidador por parte de la Institución
al Lic. Jaime Piñón Valdivia, en razón de haber manifestado bajo protesta de decir verdad cumplir con los requisitos que al efecto
establece el artículo 36 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. TERCERO. Proceder a la designación
del liquidador por parte de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 33 de la Ley de
Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal y 25 de su Reglamento. CUARTO. Notifíquese a los liquidadores así como a
la solicitante, la presente resolución y que ésta podrá recurrirse ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, o
bien, interponer el recurso a que hacen referencia los artículos 108, 109, 110 y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal. QUINTO. Publíquese la presente resolución de Extinción, en la Gaceta Oficial del Gobierno del
Distrito Federal y en un periódico de mayor circulación por tres veces de tres en tres días. Lo anterior para los efectos legales a que haya
lugar…”
En virtud de lo anterior, se hace del conocimiento de Fundadores y/o Representante Legal de la institución de referencia; así como, de
todas aquellas personas físicas o morales que tengan interés en el ejercicio de alguna acción o de un derecho en relación a la Asociación
Niños Verdes por Amor a México, I.A.P., que deberán hacerlo valer ante la autoridad competente y de conformidad con la
normatividad aplicable al caso concreto. Sin perjuicio a lo anterior, y tratándose de la Resolución cuya parte medular se transcribió con
anterioridad, se les indica a todas aquellas personas que tengan interés y se consideren afectados por dicho acto administrativo, que
podrán interponer ante el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el recurso de inconformidad a que hacen referencia los artículos 108, 109,
110, 111, 112 y demás relativos y aplicables de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, dentro del término de 15
días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que surta sus efectos la presente notificación o bien, interponer el juicio de nulidad
ante la Sala Ordinaria en turno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 31 y 73 Ley Orgánica de dicho Tribunal. El presente se suscribe en México, Distrito Federal, el día 03 de noviembre de 2015.
(Firma)
Lic. Carlos Leonardo Madrid Varela
Presidente de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al
público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta
responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué en el año 2015, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época
inserta en el Índice será la Décima Octava.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal se realizará de lunes a viernes, en días hábiles,
pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se
requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23
24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera...................................................................................... $ 1,702.00
Media plana............................................................................................ 915.50
Un cuarto de plana ................................................................................. 570.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)

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  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 7 DE DICIEMBRE DE 2015 No. 233 Í N D I C E  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Finanzas  Acuerdo por el que se modifica el artículo Quinto Transitorio del Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 06 de diciembre de 2013 4 Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal  Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales de los Participantes de las Actividades que Realiza el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal tendientes a incentivar la Participación Ciudadana en los Programas Transmitidos por Capital 21 6 Delegación Tlalpan  Aviso por el que se modifica, el Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de Diversas Actividades Institucionales a cargo de la Delegación Tlalpan, para el Ejercicio Fiscal 2015, específicamente en las actividades que se indican, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 05 de enero de 2015 8 Tribunal Electoral del Distrito Federal  Reforma al artículo 84 de los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral del Distrito Federal 13    Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 Índice Viene de la Pág. 1  SECCIÓN DE AVISOS  Lana Fast, S.C. de R.L. de C.V. 14  Gestión de Recursos Guman, S.A. de C.V. 14  DAP Servicios de Administración y Consultoría, S. de R.L. de C.V. 15  Brain Media, S.A. de C.V. 15  Computer Lerner Und Elektronik, S.A. de C.V. 16  Apoyo de Sistemas Empresariales Poblanos, S.A. de C.V. 16  Gesae, S.A. de C.V. 17  Grupo Joyero del Pacifico P&P, S.A. de C.V. 17  Tus Consulting, S.A. de C.V. 18  Edictos 18  Aviso 22
  • 3. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE FINANZAS ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y LINEAMIENTOS TÉCNICOS DE VALUACIÓN INMOBILIARIA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 06 DE DICIEMBRE DE 2013. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87, 94, primer párrafo y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15, fracción VIII, 16, fracción IV, 17 y 30, fracciones VII, IX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, 7, fracciones II y III, 22, 23, 24, 48, fracción XVI, 73, fracción XIII, 116, 117, 118, 120, 121, 126, 127, 188, 242, 335 y 478 del Código Fiscal del Distrito Federal; 7º, fracción VIII, 26, fracción X, 35 y 86, fracciones IX, X y XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que de acuerdo al artículo 26, fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, corresponden a los titulares de las Secretarías en el ámbito de su competencia, vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones jurídicas y administrativas, en todos los asuntos a ellos asignados. Que el formular y someter a la consideración superior los manuales de valuación, procedimientos y lineamientos técnicos a los que se sujetará la actividad valuatoria para efectos fiscales en el Distrito Federal, es facultad de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, dependiente de la Tesorería del Distrito Federal, de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 86, fracción IX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Que el artículo 86, fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, establece que corresponde a la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, autorizar, registrar y llevar un padrón actualizado de las instituciones de crédito, sociedades civiles y mercantiles, los avalúos practicados por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario y los corredores públicos, cuyo objeto exclusivo sea la realización de avalúos de inmuebles a través de peritos valuadores que las auxilien en la práctica valuatoria, para efectos fiscales, en términos de lo que establece el Código Fiscal del Distrito Federal. Que con fecha 6 de diciembre de 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en esta materia, en cuyo ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO se establece que a efecto de dar cumplimiento al requisito señalado en el artículo 8, fracción B, numeral VII del citado Manual, los peritos valuadores independientes registrados ante la Tesorería del Distrito Federal, contarían con un periodo de dos años, contados a partir de la fecha de publicación del mismo, para exhibir la cédula profesional correspondiente que los acredite en la especialidad en valuación inmobiliaria y/o maestría en valuación. Que han transcurrido casi dos años contados a partir de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, sin que a la fecha la totalidad de los peritos valuadores independientes que se encuentran registrados ante la Tesorería del Distrito Federal hayan exhibido su cédula profesional correspondiente a la especialidad en valuación inmobiliaria y/o maestría en valuación, por lo que a fin de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8, fracción B, numeral VII, he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y LINEAMIENTOS TÉCNICOS DE VALUACIÓN INMOBILIARIA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 06 DE DICIEMBRE DE 2013. ÚNICO.- Se modifica el Artículo Quinto Transitorio del Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de diciembre de 2013, para quedar como sigue:
  • 5. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 ARTÍCULO QUINTO.- A efecto de dar cumplimiento al requisito señalado en el artículo 8, fracción B, numeral VII de este Manual, los peritos valuadores independientes que actualmente tienen registro, tendrán hasta el 31 de diciembre de 2016, para exhibir la cédula profesional correspondiente a la especialidad en valuación inmobiliaria y/o maestría en valuación. El padrón de peritos valuadores deberá actualizarse conforme a este Manual. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir del día de su publicación. TERCERO.- Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, y transcurrido el plazo señalado, a los peritos valuadores que no hayan exhibido su cédula correspondiente ante la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, se les cancelará automáticamente su registro, sin perjuicio de las responsabilidades que su conducta genere, de conformidad con el Manual y con el Código Fiscal del Distrito Federal. México, Distrito Federal, a 01 de diciembre de 2015 SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN EL SECRETARIO DE FINANZAS (Firma) EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL MARCELA GÓMEZ ZALCE en mi carácter de Directora General del Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 87 primer párrafo y 91 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; los artículos 2 cuarto párrafo, 5 segundo párrafo y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los artículos 7 fracción I, último párrafo y 198 fracciones III y VII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; los numerales 6 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y con base en el Acuerdo 1303/SO/30-10/2013, emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como en los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente público determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de competencia. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal la integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales están a cargo de los entes públicos y que su creación, modificación o supresión de los Sistemas de Datos Personales deben publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece como obligación para todos los entes públicos que la creación, modificación o supresión de los Sistemas de Datos Personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que el numeral 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece que el acuerdo mediante el cual se determine la modificación de un sistema de datos personales deberá indicar las modificaciones producidas en cualquiera de las fracciones a que hace referencia el artículo 7 de dichos Lineamientos. Que con fecha 24 de septiembre de 2015 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales de los Participantes de las Actividades que realiza el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal tendientes a incentivar la Participación Ciudadana en los Programas Transmitidos por Capital 21”. Que la finalidad de la presente publicación es garantizar la actualización y confiabilidad de la información inscrita en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales, respecto de los datos personales que posee este Órgano Desconcentrado para brindar certeza jurídica al titular de los datos personales, haciendo para tal efecto la modificación al Sistema de Datos de referencia, por lo que tengo a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LOS PARTICIPANTES DE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZA EL SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL TENDIENTES A INCENTIVAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS PROGRAMAS TRANSMITIDOS POR CAPITAL 21. Que el sistema de datos personales referido, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del sistema: Se modifica la finalidad para quedar como sigue:
  • 7. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 Finalidad: Recabar y sistematizar los datos personales otorgados por las personas interesadas en participar en la actividades que realiza el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal tendientes a incentivar la participación ciudadana en los programas que transmite por la señal de radiodifusión XCDMX-TDT Capital 21, a efecto de coordinar el registro, participación, reconocimientos, menciones, obsequios o premios que en su caso se otorguen de acuerdo con las actividades programadas y/o convocatorias que para tal efecto se emitan, así como para mantenerlos informados de la programación y/o eventos que pudieran ser de su interés. Los datos personales recabados, serán integrados en expedientes y bases de datos. II. Origen de los Datos, por lo que respecta al procedimiento de recolección u obtención de los datos personales, para quedar de la siguiente manera: La recolección de los datos personales será vía telefónica en los números oficiales del Sistema, en el registro que se encuentra disponible en el sitio web http://www.capital21.df.gob.mx/ y/o de manera presencial en el lugar donde se lleven a cabo las actividades que realice el Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal, tendientes a incentivar la participación ciudadana en los programas transmitidos por la señal de radiodifusión XCDMX-TDT Capital 21. III. Estructura básica del sistema de datos personales, se adicionan los siguientes datos identificativos: • Datos Identificativos: fecha de nacimiento, domicilio, firma y firma del padre o tutor en caso de menores de edad. • Todos los datos solicitados son obligatorios. • Modo de tratamiento utilizado: Mixto IV. Cesión de Datos. Se elimina a los Usuarios: Patrocinadores de las actividades o concursos, ya que no se les proporcionará ningún dato de los participantes. V. Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar de la siguiente manera:  Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Radio y Televisión.  Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director de Radio y Televisión. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente Acuerdo en cumplimiento a lo previsto en la fracción I del artículo 7° de la Ley de Protección del Sistema de Datos Personales para el Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos realizará las acciones necesarias para actualizar las modificaciones en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación. CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, D.F., a 27 de noviembre de 2015 A T E N T A M E N T E (Firma) LIC. MARCELA GÓMEZ ZALCE DIRECTORA GENERAL DEL SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 DELEGACIÓN TLALPAN CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, JEFA DELEGACIONAL EN TLAPAN, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105 párrafo primero, 112 párrafo segundo y 117 fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción III, 10 fracción XIV, 11 párrafo catorce, 37, 38 y 39 fracciones VIII, XLV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 97, 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 120 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, por lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE MODIFICA, EL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE DIVERSAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN TLALPAN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, ESPECÍFICAMENTE EN LAS ACTIVIDADES QUE SE INDICAN, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL DE FECHA 05 DE ENERO DE 2015.  Apoyos Sociales para la promoción de cultura de manejo de residuos sólidos.  Apoyos Sociales a plomeras encargadas de realizar la instalación de sistemas de captación de agua pluvial y reparación de fugas menores 2015. Artículo Primero.- Se Modifica la Actividad Institucional “Apoyos Sociales para la promoción de cultura de manejo de residuos sólidos” únicamente en las partes que se indica: CONSIDERANDO El derecho humano a un Medio Ambiente sano debe ser una prioridad que los gobiernos deben garantizar a la ciudadanía. Actualmente la Ciudad de México cuenta con un problema que aqueja a diversos estratos socioeconómicos y culturales, la acumulación de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, a la que comúnmente denominados basura. En la capital son generadas en promedio, 12,664 toneladas diarias de residuos sólidos por más de 8, 800,000 habitantes, más la población que se recolecta flotante que ingresa diariamente de los municipios de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM). De la basura aproximadamente, el 44% es de tipo orgánico y alrededor del 60% son inorgánicos. Por tal motivo, es indispensable promover entre la ciudadanía una nueva cultura sobre el manejo y reducción de los residuos sólidos, en cumplimiento con el Eje Estratégico del Gobierno Delegacional de Tlalpan dirigido a la preservación del Medio Ambiente. La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental y la Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental, serán responsables de la actividad institucional Apoyos Sociales para la Promoción de Cultura de Manejo de Residuos Sólidos. A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL Jefatura Delegacional en Tlalpan. Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental. B. OBJETIVOS Y ALCANCES. Potenciar la participación social en la reducción, separación y aprovechamiento de los residuos sólidos, con una perspectiva de Educación Ambiental haciendo énfasis en los principios de sustentabilidad. Alcances: Difundir acciones de sensibilización y concientización dirigidas a los niños, niñas, jóvenes y ciudadanos sobre la importancia de la separación y aprovechamiento de los residuos sólidos. Líneas de acción:  Implementar campañas que doten a la comunidad de información suficiente, para entender la complejidad del problema y el adecuado manejo de los residuos sólidos.
  • 9. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9  Implementar acciones de participación entre los estudiantes de las escuelas públicas y privadas y en el ámbito de las comunidades, barrios y colonias sobre manejo de residuos sólidos y la conservación y mejoramiento del entorno.  Promover la estrategia de minimización, consumo responsable, aprovechamiento y canalización de los subproductos que se generan, mediante información precisa y capacitación a los ciudadanos. E. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL Requisitos:  Conocer el ámbito territorial de la Delegación en Tlalpan.  Tener facilidad de palabra y de vinculación con la gente.  Apoyar y participar en las acciones de información de la actividad institucional.  Disponibilidad de horario, según las necesidades del área.  Presentar un informe mensual de sus actividades.  Llevar a cabo una entrevista personal de evaluación.  Entregar original y copia de los siguientes documentos: - 2 fotografías tamaño infantil, - Original y copia de acta de nacimiento, - Original y copia de identificación oficial, - Original y copia de comprobante de domicilio con vigencia máxima de dos meses, - Original y copia de Cédula Única de Registro de Población (CURP), - Currículum vitae, - Carta compromiso firmada (Los documentos originales, solo para cotejo de información)  Acudir a capacitación en caso de que se convoque por parte de la Jefatura de Educación Ambiental. Se procurará contar con el 50% de mujeres en el equipo de beneficiarios. F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN La Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental será la responsable de la instrumentación del procedimiento el cual consta de lo siguiente: 1) Verificar que el solicitante entregue por escrito su petición para participar en la actividad institucional. 2) Realizar al solicitante entrevista de evaluación correspondiente. 3) Verificar que el solicitante acuda a la capacitación introductoria en los días y horas previamente indicados. 4) Verificar que el beneficiario cumpla con las actividades e informes mensuales, así como informes parciales de actividades. 5) Elaborará oficio de cancelación del apoyo social al beneficiario, por incumplimiento de las actividades acordadas o por renuncia por así convenir a sus intereses, reasignándose dicho apoyo. 6) La Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental, será la responsable de la integración y resguardo de los expedientes del beneficiario. G. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Toda queja o inconformidad deberá ser ingresada a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) dirigida a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, donde se valorará la queja o inconformidad y se tomarán las acciones pertinentes. I. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES La Jefatura de Unidad Departamental de Educación Ambiental llevara a cabo el seguimiento a las actividades realizadas por los beneficiarios de la Actividad Institucional. Así mismo elaborará un informe de las mismas considerando para ello, el número de actividades realizadas/el número de actividades programadas. J. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Las acciones de Cultura de Manejo de Residuos Sólidos se promoverán directamente entre la población en distintos espacios y a través de diversos medios.
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 Artículo Segundo.- Se Modifica la Actividad Institucional “Apoyos Sociales a plomeras encargadas de realizar la instalación de sistemas de captación de agua pluvial y reparación de fugas menores 2015” únicamente en las partes que se indica: A. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL Jefatura Delegacional en Tlalpan. Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental. Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico. B. OBJETIVOS Y ALCANCES Otorgar apoyo económico a las plomeras encargadas de realizar trabajos de reparación de fugas menores en casa habitación y unidades habitacionales, así como efectuar diagnóstico básico sobre fugas de agua a nivel domiciliario para su atención. Objetivos específicos  Apoyar a jefas de familia otorgando el apoyo económico.  Fomentar y promover el auto empleo del oficio de plomería de mujeres tlalpenses.  Integrar a las mujeres en actividades productivas redituables ejerciendo su oficio. Alcances: El Derecho al agua es primordial para la vida del ser humano, por ello es necesario contribuir a la preservación de recursos naturales, a través de la generación de estrategias y establecimiento de infraestructura adecuada, para el mejor aprovechamiento de agua pluvial. Así mismo es importante identificar las causas y realizar la reparación de fugas menores domésticas como estrategia de ahorro y cuidado del agua. Los apoyos sociales a plomeras encargadas de realizar la instalación de sistemas de captación de agua pluvial, reparación de fugas menores en casa habitación y unidades habitacionales, levantar encuestas y brindar información sobre temas ambientales a la ciudadanía, se vinculan al cuidado y uso óptimo del agua potable; de forma complementaria, tiene como eje prioritario abatir la desigualdad por discriminación en los oficios empleados comúnmente para hombres, incluyendo a la mujer con su conocimiento y experiencia en actividades que nos permitan reducir la brecha de la desigualdad. C. CALENDARIO DE GASTO A continuación se presenta el despliegue del calendario de gastos de apoyos sociales. No. de Beneficiarios Apoyo mes Enero Apoyo mes Febrero Apoyo mes Marzo Apoyo mes Abril Apoyo mes Mayo Apoyo mes Junio Apoyo mes Julio Apoyo mes Agosto Apoyo mes Septiembre 18 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 72,000 No de beneficiarios Apoyo mes de Octubre Apoyo mes de Noviembre Apoyo mes de Diciembre 5 20,000 20,000 20,000 D. MONTOS POR BENEFICIARIO Y COSTO DEL PROYECTO Cada beneficiario recibirá un apoyo mensual de $4,000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.). Costo total del proyecto hasta $ 708,000 (Setecientos ocho mil pesos 00/100 M.N.). El ejercicio de estos recursos, estará sujeto a previa autorización de la suficiencia presupuestal. En el periodo Octubre-Diciembre será hasta 5 beneficiarios con un apoyo mensual de $ 4,000 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.). Costo total del proyecto en este periodo será de hasta $ 60,000 (Sesenta mil pesos 00/100 M.N.) El ejercicio de estos recursos, estará sujeto a previa autorización de la suficiencia presupuestal. E. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL Requisitos:  Ser mujer y vivir en la Delegación Tlalpan,
  • 11. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11  Tener y demostrar conocimiento de plomería,  Entregar en la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable los siguientes documentos en copia, debiendo presentar los originales para cotejo: - Constancia de estudios o constancia o diploma de curso de plomería. - Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz o teléfono), con una antigüedad menor a dos meses. - Identificación oficial con fotografía vigente (credencial de elector). - Acta de nacimiento. - Dos fotografías tamaño infantil.  Ingresar por escrito una solicitud a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para acceder a la actividad institucional. Son sujetos susceptibles de apoyo, las mujeres habitantes de los Pueblos Originarios, barrios, colonias y unidades habitacionales de la Delegación Tlalpan, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación. La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable seleccionará a las personas que hayan ingresado cada una los requisitos en tiempo y forma. Para el proceso de selección de los beneficiarias se aplicará el principio primero en tiempo, primero en derecho en la entrega de la documentación correspondiente. Quienes no resulten beneficiarias tras la aplicación del proceso de selección, pasarán a formar parte de una lista de espera para su incorporación a dicha actividad cuando se genere algún cambio en la lista de beneficiarias. F. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN Difusión: Se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el aviso por el que se da a conocer la actividad institucional Apoyos Sociales a Plomeras Encargadas de Realizar la Instalación de Sistemas de Captación de Agua Pluvial y Reparación de Fugas Menores 2015. Acceso: Ingresar por escrito dirigido a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, solicitud para acceder a la actividad institucional en un lapso no mayor a 4 días hábiles posteriores a la fecha que, fue dado a conocer el presente documento por la Jefa Delegacional, de acuerdo a sus atribuciones. Registro: La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental por medio de la Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico, será la encargada de revisar la documentación para la selección de las beneficiarias e integrará el expediente correspondiente. Operación  Las beneficiarias, se presentarán a recibir su apoyo económico en el lugar y fecha que señale la unidad ejecutora.  Los cambios en la lista de beneficiarias serán por los motivos siguientes: incumplimiento en las actividades programadas, cambio de residencia a otra delegación y renuncia voluntaria al programa.  La Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través, de la Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental por medio, de la Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico, levantará Acta Administrativa para autorizar y dejar constancia de los cambios en la lista de beneficiarias.  El monto del apoyo mensual a cada beneficiaria, será de $ 4000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.). Las actividades para los meses de octubre, noviembre y diciembre se centrarán en la actualización de conocimiento de las beneficiarias a través de capacitación externa y la realización de un diagnóstico de medidas sobre el cuidado del agua. La Jefatura de Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico será la responsable de la supervisión y el seguimiento a la actividad institucional a través de reportes semanales y foto-testimonios, mismos que deberán presentar las beneficiarias. G. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Toda queja o inconformidad deberá ser ingresada por escrito a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), misma que deberá dirigirse a la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y en el caso que no se resuelva la queja se podrá acudir a la Contraloría Interna de la Delegación Tlalpan.
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 H. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD La Contraloría General del Gobierno del Distrito es el Órgano competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. I.MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES La Dirección de Ordenamiento Ecológico y Educación Ambiental, a través de la Jefatura Unidad Departamental de Ordenamiento Ecológico, será el área encargada de dar seguimiento al trabajo ejecutado por las beneficiarias. Tanto en la integración del expediente como en la aplicación de controles. Además elaborará un informe de la actividad institucional. Para dicho informe se considerará el número de personas atendidas/ entre el número de personas programadas. TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para su debida observancia y cumplimiento. Dado en la sede de la Jefatura Delegacional en Tlalpan a los trece días del mes de noviembre del año dos mil quince. A T E N T A M E NT E (Firma) CLAUDIA SHEINBAUM PARDO JEFA DELEGACIONAL EN TLALPAN
  • 13. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13 TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL REFORMA AL ARTÍCULO 84 DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL México, Distrito Federal, a treinta de noviembre de dos mil quince. EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 159, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DEL DISTRITO FEDERAL, EN REUNIÓN PRIVADA DE VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, APROBÓ LA “REFORMA AL ARTÍCULO 84 DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”, CUYO CONTENIDO ES EL SIGUIENTE: Se adiciona el último párrafo del artículo 84 de los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral del Distrito Federal, para quedar como sigue: Artículo 84.- […] Tratándose de adjudicaciones directas, los contratos deberán suscribirse previo a las adquisiciones, a la entrega de bienes, al inicio de los arrendamientos o de las prestaciones de servicios. […] Artículos Transitorios PRIMERO. La presente reforma a los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral del Distrito Federal entrará en vigor a partir del día siguiente al de su aprobación por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal. SEGUNDO. Publíquese esta reforma en los Estrados y en el sitio de Internet del Tribunal, así como en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Pablo Francisco Hernández Hernández, Secretario Técnico de la Secretaría General del Tribunal Electoral del Distrito Federal C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de una foja útil (incluyendo la presente), con texto solo por el anverso, foliado, rubricado y entresellado; concuerda fielmente con el texto original de la “REFORMA AL ARTÍCULO 84 DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”, aprobada por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, en Reunión Privada celebrada el veinticuatro de noviembre del año en curso. Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 167, fracciones XI y XIV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal; 28, párrafo segundo, 29 fracción XV y 31, fracciones VI y XI del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Distrito Federal, para ser publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo SEGUNDO transitorio del documento en cita. México, Distrito Federal, a treinta de noviembre de dos mil quince. DOY FE. (Firma) PABLO FRANCISCO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ EL SECRETARIO TÉCNICO DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 SECCIÓN DE AVISOS LANA FAST SC DE RL DE CV BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2015 EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN ACTIVO PASIVO EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00 CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00 SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00 CAPITAL SOCIAL $0.00 APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00 PERDIDAS ACUMULADAS $0.00 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00 TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00 (Firma) JOSE LUIS ZARATE GALLEGOS LIQUIDADOR GESTIÓN DE RECURSOS GUMAN SA DE CV BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2015 EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN ACTIVO PASIVO EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00 CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00 SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00 CAPITAL SOCIAL $0.00 APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00 PERDIDAS ACUMULADAS $0.00 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00 TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00 (Firma) JOSE LUIS ZARATE GALLEGOS LIQUIDADOR
  • 15. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 DAP SERVICIOS DE ADMINISTRACION Y CONSULTORIA S. DE R.L DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 5 DE OCTUBRE DEL 2014 ACTIVO CAJA 541 TOTAL ACTIVO 541 PASIVO ACREEDORES DIVERSOS 296,335 TOTAL PASIVO 296,335 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50,000 PERDIDAS ACUMULADAS -45,423 PERDIDA DEL EJERCICIO -300,371 TOTAL CAPITAL CONTABLE -295,794 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 541 La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 9 de octubre del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA BRAIN MEDIA S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE DICIEMBRE DEL 2014 ACTIVO CAJA 4,608 OTROS ACTIVOS 1,476,731 TOTAL ACTIVO 1,481,339 PASIVO CUENTAS POR PAGAR 1,544,255 TOTAL PASIVO 1,544,255 CAPITAL CAPITAL SOCIAL. 50,000 PERDIDAS ACUMULADAS 112,916 TOTAL CAPITAL CONTABLE -62,916 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 1,481,339 La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 26 de mayo del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 COMPUTER LERNER UND ELEKTRONIK S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 26 DE OCTUBRE DEL 2015 ACTIVO CAJA 0 TOTAL ACTIVO 0 PASIVO CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 0 TOTAL CAPITAL CONTABLE 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0 La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 27 de Octubre del 2015 (Firma) Liquidador.: LAZARO OSORNIO ESCALONA APOYO DE SISTEMAS EMPRESARIALES POBLANOS S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE JUNIO DEL 2015 ACTIVO CUENTAS POR COBRAR 50,000 TOTAL ACTIVO 50,000 PASIVO CUENTAS POR PAGAR 0 TOTAL PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50,000 TOTAL CAPITAL CONTABLE 50,000 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 50,000 La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 24 de agosto del 2015 (Firma) Liquidador.: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA
  • 17. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17 GESAE S.A. DE C.V. ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 (Expresado en pesos) (Balance Final de Liquidación) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE CORTO PLAZO ACREEDORES DIVERSOS 0 TOTAL DE ACTIVO CIRCULANTE 0 TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO 0 NO CIRCULANTE TOTAL DEL PASIVO 0 TOTAL DE ACTIVO NO CIRCULANTE 0 CAPITAL CONTABLE OTROS ACTIVOS CAPITAL SOCIAL 50,000 CAPITAL SOCIAL (SUSCRITO NO PAGADO) -50,000 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. -10,584 RESULTADO DEL EJERCICIO 10,584 TOTAL DE OTROS ACTIVOS 0 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE 0 TOTAL ACTIVO 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0 Se hace constar que del Balance Final de Liquidación que se publica, no se desprende haber social a repartir a los accionistas. (Firma) JULIETA SÁNCHEZ AGUILAR. LIQUIDADORA DE LA SOCIEDAD GESAE, S.A DE C.V. GRUPO JOYERO DEL PACIFICO P&P, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 28 DE ABRIL DE 2015. Activo Pasivo Efectivo en caja $0 Capital $0 Cuota de reembolso por acción $0.0032484 M. N. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 247 Fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el Balance final de liquidación de la sociedad al 28 de abril de 2015. México, D.F. a 30 de abril de 2015. Liquidador (Firma) Mónica Padrón Ramírez
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 TUS CONSULTING, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION) BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE OCTUBRE DEL 2015 Cifras en pesos El presente balance se publica para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. (Firma) LIQUIDADOR. Francisco Javier Pérez Rodríguez E D I C T O S ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. EDICTO PARA EMPLAZAR A: CONSORCIO INDUSTRIAL SIMTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 31/2015-V, SEGUIDO POR IMPULSORA DE DESARROLLO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE CONTRA CONSORCIO INDUSTRIAL SIMTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE DICTO EL SIGUIENTE ACUERDO: “México, Distrito Federal, once de noviembre de dos mil quince. En atención al escrito del actor y estado procesal que guarda el asunto, toda vez que se han agotado los medios para localizar el domicilio de Consorcio, sociedad anónima de capital variable; en esas condiciones, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al código de la materia, se ordena emplazar al enjuiciado en cita por edictos que se publicarán por tres veces consecutivas y de manera simultánea tanto en el periódico El Sol de México, así como en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, haciéndole saber al demandado que debe presentarse ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal dentro de treinta días contados a partir de la última publicación, conteste la demanda incoada en su contra por Impulsora de Desarrollo Integral, sociedad anónima de capital variable, quedando a disposición en el local de este juzgado copia simple del escrito de demanda, así como sus respectivos anexos; así mismo señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, se harán ACTIVO PASIVO CIRCULANTE INMEDIATO A CORTO PLAZO BANCOS 0.00 CUENTAS POR PAGAR 0.00 CUENTAS POR COBRAR 0.00 SUMA ACTIVO CIRCULANTE 0.00 SUMA PASIVO 0.00 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 0.00 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES 0.00 RESULTADO DEL EJERCICIO 0.00 SUMA CAPITAL 0.00 SUMA ACTIVO 0.00 SUMA PASIVO Y CAPITAL 0.00
  • 19. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en términos del artículo 1069 del Código de Comercio; de igual manera, se apercibe que en caso de no contestar la demanda, se tendrá por contestada en sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra, conforme a lo dispuesto por el ordinal 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Para los efectos anteriores, requiérase a la enjuiciante Impulsora de Desarrollo Integral, sociedad anónima de capital variable, para que comparezca a este juzgado tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en calle Sidar y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso tres, primer nivel, Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, San Lázaro Distrito Federal, a efecto de cumplir lo siguiente: a) recoger los edictos que se encuentran a su disposición, dentro del plazo de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 1079, fracción VI del código de Comercio; b) en su oportunidad, exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día siguiente que se pongan a su disposición los edictos; y c) exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días siguientes a la última de ellas, apercibida que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dara de baja el presente asunto por falta de interés, lo anterior atendiendo al principio de justicia pronta y expedita consagrado en el artículo 17 constitucional. Fíjese en la puerta de este juzgado copia íntegra del presente por todo el tiempo del emplazamiento. Asimismo, se hace del conocimiento de la actora que los presentes edictos serán impresos el día que comparezca a recibirlos en el local de este juzgado, con la salvedad que estos puedan ser firmados por cualquiera de los Secretarios de Acuerdos adscritos a este órgano jurisdiccional. Finalmente, dada la naturaleza del presente juicio, se deja a salvo el derecho de la actora para señalara bienes susceptibles de embargo y suficientes que garanticen la cantidad reclamada. Notifíquese por edictos a la enjuiciada y personalmente al accionante. Lo proveyó y firma el Juez Tercero de distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, Felipe V Consuelo Soto, ante la Secretaria Susana Guzmán Benavides, que autoriza. Doy fe. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE. LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL. (Firma) LIC. SUSANA GUZMAN BENAVIDES. EDICTOS QUE SE PUBLICARAN TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO.
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 EDICTO: Esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 12 fracción I, 87, 91 y 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones II, V, XII y XIII, 5, 7 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones I y IV, 6 último párrafo, 15, 194, 195, 196 fracción XII y 197 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, VI, X, XII, XV y XXII, 3, 4, 5, 30, 31, 32, 71, 72, 73, 74, 77, 78 fracción III y 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, III, VII, VIII, XVI, XVII, XVIII, 3, 30 párrafo primero y fracción I, 33, 35, 37, 38, 40, 70, 71, 72 fracciones I y XVI, 73 fracciones I y II, 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, 75, 81 fracción IV, 82 fracciones I, VII, XI y XV de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 2 fracciones II, V, VI, VII, VIII, X, XI, 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 41 párrafos primero y último, 62, 65, 66, 69 fracción II inciso b), del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; se hace del conocimiento de los FUNDADORES Y/O RESPRESENTANTE LEGAL así como DEL PUBLICO EN GENERAL, que los miembros del Consejo Directivo de esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, reunidos en Sesión Ordinaria No. 202, celebrada el 21 de octubre de 2015, emitieron Resolución dentro del expediente 095.1/738, relativa a la Asociación Niños Verdes por Amor a México, I.A.P., con la que se decretó la procedencia para iniciar el Procedimiento de Extinción de dicha Institución, acordándose lo siguiente: “…Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 3, 30 Fracción I, 33, 34, 36, 37, 38, 70, 71, 72 fracciones I y XVI, 73 fracción I, 74 en todas sus fracciones, 75 y 81 fracción IV de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 3, 22, 28, 38, 39, 62, 65 en todas sus fracciones, 66, 67 y 78 fracción VII del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; Artículos 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; así como Artículos Vigésimo Noveno y Trigésimo de los Estatutos de la Institución, este Consejo Directivo procede a resolver lo siguiente: PRIMERO. Se declarara procedente iniciar la extinción y en consecuencia la liquidación de la ASOCIACIÓN NIÑOS VERDES POR AMOR A MEXICO, I.A.P., debido a que su situación actualiza la hipótesis prevista en la fracción I del artículo 30 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. SEGUNDO. Tener por nombrado como liquidador por parte de la Institución al Lic. Jaime Piñón Valdivia, en razón de haber manifestado bajo protesta de decir verdad cumplir con los requisitos que al efecto establece el artículo 36 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. TERCERO. Proceder a la designación del liquidador por parte de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 33 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal y 25 de su Reglamento. CUARTO. Notifíquese a los liquidadores así como a la solicitante, la presente resolución y que ésta podrá recurrirse ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, o bien, interponer el recurso a que hacen referencia los artículos 108, 109, 110 y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. QUINTO. Publíquese la presente resolución de Extinción, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal y en un periódico de mayor circulación por tres veces de tres en tres días. Lo anterior para los efectos legales a que haya lugar…” En virtud de lo anterior, se hace del conocimiento de Fundadores y/o Representante Legal de la institución de referencia; así como, de todas aquellas personas físicas o morales que tengan interés en el ejercicio de alguna acción o de un derecho en relación a la Asociación Niños Verdes por Amor a México, I.A.P., que deberán hacerlo valer ante la autoridad competente y de conformidad con la normatividad aplicable al caso concreto. Sin perjuicio a lo anterior, y tratándose de la Resolución cuya parte medular se transcribió con anterioridad, se les indica a todas aquellas personas que tengan interés y se consideren afectados por dicho acto administrativo, que podrán interponer ante el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el recurso de inconformidad a que hacen referencia los artículos 108, 109, 110, 111, 112 y demás relativos y aplicables de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, dentro del término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que surta sus efectos la presente notificación o bien, interponer el juicio de nulidad ante la Sala Ordinaria en turno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 y 73 Ley Orgánica de dicho Tribunal. El presente se suscribe en México, Distrito Federal, el día 03 de noviembre de 2015. (Firma) Lic. Carlos Leonardo Madrid Varela Presidente de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal
  • 21. 7 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
  • 22. 22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, siendo los siguientes:. 1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal, estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30 horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren. 2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. 3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones: I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2; III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo; VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word; VIII. Rotular el disco con el título del documento; IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar; X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes. 4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso. SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué en el año 2015, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el Índice será la Décima Octava. TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio. AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
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  • 24. 24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 de Diciembre de 2015 DIRECTORIO Jefe de Gobierno del Distrito Federal MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera...................................................................................... $ 1,702.00 Media plana............................................................................................ 915.50 Un cuarto de plana ................................................................................. 570.00 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $26.50)