Cuáles son las fuentes del derecho internacional.pptx
Cuáles son las fuentes del
derecho internacional?
Nombre Del Alumno: Cruz Esmeralda Aguayo Sánchez.
Asignatura: Módulo 14 Internacionalización Del Derecho En Su Ámbito Público - DEIDPU
Licenciatura: En Derecho.
Programa Académico: División De Ciencias Sociales (DCS).
Grupo: DE-DEIDPU-2301-M14-002
Nombre del Docente: Mtra. Martha Elena Córdoba Roldán.
Lugar y fecha: Guadalajara; Jalisco a 13 de marzo de 2023.
Cuáles son las fuentes del derecho
internacional?
• El Derecho Internacional cruza las
fronteras de los Estados, creando un
sistema de reglas legales que regula las
actividades entre naciones. Las fuentes
del Derecho Internacional son las que
determinan de cual medio proviene o
pueden provenir las normas jurídicas,
o sea, que compone ese Derecho. Para
la mayoría de los autores sobre el tema,
las fuentes se dividen en materiales y
formales.
Las fuentes materiales
• Las fuentes materiales son el
contenido de una norma jurídica, ellas
determinan cómo se elaborará una
norma jurídica. Factores sociológicos,
económicos, psicológicos y culturales
llevan a una toma de decisión que
luego puede ser formalizada en otras
fuentes del Derecho Internacional. Las
fuentes materiales se refieren a estas
decisiones.
Las fuentes formales
Son los métodos y procesos de creación de normas jurídicas. Están citadas en el art. 38 del Estatuto de la Corte
Internacional de Justicia:
• «1. La Corte, cuya función es decidir en conformidad con el Derecho Internacional las controversias que le fueron
presentadas, se aplicará:
• Las convenciones internacionales, ya sean generales, o especiales, que establezcan reglas expresamente reconocidas por los Estados
litigantes;
• La costumbre internacional, como prueba de una práctica general aceptada como siendo el derecho;
• Los principios generales del derecho, reconocidos por las naciones civilizadas;
• En virtud de la excepción de la prestación del artículo 59, las decisiones judiciales y la doctrina de los juristas más calificados de
diferentes naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho.
• La presente disposición no afectará a la capacidad de la Corte para decidir una cuestión ex aequo et bono, si las partes están de
acuerdo».
El art. 38
• No tiene el propósito de ser exhaustiva. En él, solo se ejemplifican las
posibles fuentes del Derecho Internacional. Además, el Estatuto no establece
una jerarquía de nivel entre las fuentes, o sea, no hay grado jerárquico entre
las fuentes del Derecho Internacional. Vea a continuación, que son las
fuentes formales expresadas en el art. 38.
Tratados internacionales
• Ya hablamos sobre los tratados
internacionales (enlace a la publicación sobre
tratados) aquí en el blog. De manera general,
los tratados Internacionales son la principal
fuente del Derecho Internacional. Para la
validación de un tratado, es necesaria la
participación directa y democrática de los
Estados involucrados. Ellos son la fuente
directa, clara y de fácil comprobación pues es
necesaria su documentación por escrito y
ratificada (firmada) por todos los Estados
que se comprometen a cumplir sus normas.
Costumbres internacionales
• Las costumbres internacionales son
prácticas generales aceptadas como un
derecho. Son la segunda fuente principal
formal e, históricamente, la más antigua.
Para la formación de una costumbre, es
necesario dos elementos: el material, la
repetición generalizada de determinados
actos y el psicológico, la convicción de que
dichos actos se realizan por obligación. Las
costumbres deben ser probadas para que
tenga validez.
Medios auxiliares y nuevas fuentes
• Además de las fuentes primarias, el Derecho Internacional también tiene
como fuentes las decisiones judiciales y las doctrinas publicistas. Ellas se
denominan «nuevas fuentes» o medios auxiliares». Podemos citar:
Jurisprudencia –
• interpretaciones hechas por los tribunales que acaban determinando una
norma. son consideradas como medio auxiliar pues de ella no nacen nuevas
normas, apenas son registradas formas de interpretación del derecho.
Doctrina de los publicistas
• – los publicistas son aquellos que están versados en derecho público. Ya que
tienen el conocimiento para tal, sus interpretaciones del derecho también
pueden ser consideradas medios auxiliares así como la jurisprudencia.
Analogía y equidad –
• entran como un medio auxiliar en el caso de falta de normas jurídicas para un
caso dado. Tiene como objetivo conseguir una decisión más justa ante los
conflictos de intereses. La analogía es la aplicación de una norma jurídica
hecho para servir a otro caso similar, mientras que la equidad se da cuando
no hay ningún estándar legal capaz de cubrir el caso determinado.
Erga omnes –
• obligaciones impuestas a todos, independientemente de aceptación. Tiene
por finalidad preservar los valores fundamentales internacionales.