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La Enfermera Comunitaria..ppt

  1. Bloque 3. La Enfermera Comunitaria. Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto Mexicano del Seguro Social. Universidad Americana del Comercio e Informática A.C. L.E.M.F. Fabián Quiroz Zendejas.
  2. Introducción. • La enfermería comunitaria está aplicada a la promoción y preservación de la salud de las poblaciones apoyada en un amplio espectro de conocimientos y técnicas científicas que permita una mejor conservación de la salud, teniendo como característica ser una práctica de enfermería comunitaria programada y continua, con la perspectiva y responsabilidad de ver a la población como un todo.
  3. • Es a su vez un servicio, cuyo propósito es contribuir individualmente y en colaboración con el equipo de salud, a promover la salud mediante la enseñanza y la prestación de cuidados La enfermería comunitaria está involucrada con la atención de la salud del hombre con un enfoque preventivo primario, secundario y terciario y en el primer nivel de atención teniendo como eje a la familia, la identificación de las necesidades sanitarias generales de la comunidad y la tarea de conseguir la participación de ésta.
  4. • La Licenciada en Enfermería requiere de los elementos teórico-metodológicos y multidisciplinarios para poder identificar y valorar los factores de riesgo que influyen en la salud integral del individuo, familia y comunidad como un todo e intervenir, circunscrita a las normas de los programas oficiales de salud, en las alternativas de solución de los problemas prioritarios, mediante la aplicación del Proceso de Enfermería.
  5. • La atención de Enfermería en el primer nivel de atención conforme al panorama epidemiológico y la investigación individual, familiar y comunitaria, aplicando estrategias que fomenten la cultura de salud, mediante medidas de promoción a la salud y protección específica.
  6. • La Licenciada en Enfermería deberá Aplicar el Proceso de Enfermería a individuos y grupos e integrará los elementos teórico-metodológicos en la elaboración del diagnóstico de salud y un programa de atención a la comunidad derivado del análisis de riesgos, las teorías de enfermería, considerando las implicaciones éticas y legales de su actuación.
  7. Antecedentes. La OMS manifiesta en una actitud favorable a la participación comunitaria en la salud mediante diversos documentos. • La declaración de Alma-Ata(1978). • Programas de salud para todos en el año 2000 (1981) • Real secreto de reforma de la atención primaria de salud. (1984) • Carta de Ottawa(1984). • Declaración de Adelaida(1988). • La declaración Sundsvall (1991). • La declaración de Yakarta(1997).
  8. Carta de Ottawa (1986).
  9. La declaración de Sundsvall (1991). • Centrada en la curación de ambientes favorables dado que las desigualdades y la pobreza crecientes amenazan la salud individual y colectiva.
  10. La declaración de Yakarta (1997). • Propone desbloquear el potencial de promoción de salud de muchos sectores de la sociedad de las comunidades locales y de las familias • Considera la cooperación como esencial para crear una alianza global para la promoción de la salud.
  11. Programas de salud para todos 2000. • Los estados miembros deberán contar con programas educativos que proporcionen a la población los conocimientos, las posibilidades y las motivaciones necesarias para adquirir y mantener la salud. • Deberán fundamentarse en la cooperación y el trabajo en equipo del personal de atención primaria, individuo, familia y grupo de colectividad. • Deberán estar dotados de mecanismos que coordinen los servicios de todos los sectores relacionados con la salud y dentro de un sistema de atención primaria ala salud. • Deberán estar dotados de procesos de gestión para el desarrollo sanitario, basados en la realización de la salud para todos. Que apliquen el compromiso activo de las colectividades y de todos los sectores enterados, en la sanidad y a este fin promover una orientación preferencial de los recursos aquellos aspectos prioritarios del desarrollo sanitario.
  12. Qué es la enfermería comunitaria. • Es la disciplina que sintetiza los conocimientos teóricos y las habilidades practicas de la enfermería y de la salud pública y los aplica como alternativas(estrategias) de trabajo en la comunidad con el fin de promover, mantener y restaurar la salud de la población contando con la participación (comunitaria) de esta, mediante cuidados directos e indirectos, a individuos, familias, otros grupos y a la propia comunidad social en su conjunto como miembro de un equipo multidisciplinario y a un marco de una población general de atención de salud.
  13. Principios de la enfermería comunitaria. • Enfermería Comunitaria se apoya en una base solida de enfermería integrando a su práctica de conocimientos de salud pública. • La responsabilidad de la enfermería comunitaria en la población como un todo. • La naturaleza de la práctica de la enfermería comunitaria se fundamenta a las necesidades y problemas de salud prioritarios de la población desde los procesos participantes. • La acción de enfermería comunitaria tendrá caracteres integrales e integrados.
  14. • La evaluación continuada y sistemática de la situación en salud, la clave para el proceso y mejoramiento de los servicios de salud. • La educación sanitaria es un instrumento de trabajo fundamental. • Enfermería Comunitaria debe trabajar con y para la comunidad promoviendo la participación comunitaria. • La familia es considerada por la enfermería comunitaria como su principal unidad de servicio.
  15. • Los problemas y necesidades de salud deben abordarse desde la calidad y interdisciplinaridad. • Enfermería comunitaria debe ser defensora de los valores que contribuyan a mantener una mayor solidaridad y justicia social, e igualdad de oportunidades.
  16. Objetivo de la enfermería comunitaria. • Satisfacer las necesidades de salud de la población con la participación del individuo y la colaboración de otros profesionales.
  17. Roles funcional de enfermería comunitaria. • Promovedoras de cuidados. • De educadora. • De administración. • De investigadora.
  18. Roles de actitud. • Defensora. • Asesora. • Promotora. • Coordinadora. • Impulsora. • Facilitadora. • Colaboradora.
  19. ¿Que es la enfermería? • Es la Disciplina que abarca los cuidados autónomos, y en colaboración que se presenta a las personas de todas las edades, familias, grupos, comunidades, enfermos o sanos. • Promover la salud. • Prevención de la enfermedad. • Cuidados. • Rehabilitación.
  20. ¿ Que es la enfermería comunitaria o de salud publica ? • Es la disciplina que desarrollan las enfermeras basadas en la aplicación de los cuidados a individuos sanos o enfermos en su medio habitual, contribuyendo a que adquieran habilidades, hábitos y conductas que fomentan sus autocuidados.
  21. Enfermería comunitaria. • La solución de necesidades de salud en forma progresivo y dinámica, requiere de una formación sistemática de elementos que conforman al personal, de enfermería en sus diferentes niveles, dicha formación debe contemplar los aspectos biológicos, Psicológicos, espiritual y social. • Desde el punto de vista profesional, se requiere que el personal participe EN y PARA, la comunidad con juicio crítico poder de decisión e iniciativa.
  22. El arte de la enfermería es el mas imaginativo y curativo sentido del conocimiento al servicio del ser humano.
  23. Atributos del cuidado. • Es intencional.- Planificado y dirigido. • Es un proceso.- Tiene etapas que requieren aprendizaje. • Es relacional.- Se da en proceso de interacción. • Personal.- Cada ser es individual. • Es contextual.- No es aislado del entorno • Se basa en la dignidad humana.- Requiere competencia, demanda, ética profesional.
  24. Principios de la enfermera. • La enfermería demuestra un compromiso personal, y profesional en el acto de cuidadora. • La enfermería acompaña a la persona, la familia o la comunidad manteniendo su dignidad y respetando sus diferencias. • La enfermería favorece el desarrollo específico del potencial de la persona, con su presencia atención y disponibilidad. • Se inicia con conocimientos específicos de la disciplina que se aplican en el acto de cuidar.
  25. • Integra conocimientos de otras disciplinas en busca de mayor comprensión de la existencia humana. • Aprovecha los conocimientos de los valores del cuidado. • Se compromete a promover la salud y favorecer la curación a lo largo de procesos interactivos. • Brinda cuidados individualizados en colaboración de la persona, la familia y la comunidad. • Reconoce su propia competencia y la de sus colegas a si como la de personal de otras disciplinas, a fin de optimizar el cuidado.
  26. Cuidado como desde la profesión. • Es una ciencia, conjuga conocimientos, sentimientos, fortaleza y humanitario. • Consiste en demostrar la autonomía del conocimiento del ser cuidado. Y del propio cuidador. • Regular siempre un espacio, un escenario y un contexto. • Quien cuida posee conocimiento, compromiso, auto capacitación, arte, práctica y ética.
  27. Cuidados de la Enfermera comunitaria. • El sujeto de la atención es la familia y el grupo comunitario. • Atiende las necesidades. • Ofrece, atención general, longitudinal y continuidad. • Promueve y implementa la participación de la comunidad. • La educación sanitaria es su instrumento de educación fundamental. • Forma parte del equipo de salud.
  28. Presenta cuidados continuos. • Educación sanitaria. • Asesoría con aspectos relacionados con salud. • Apoyo en las situaciones de crisis. • Coordina y gestiona recursos sociales y sanitarios.
  29. El sujeto de atención es la familia y grupo social. • Conocimiento que la familia posee. • Conocimiento científico. • Desarrollan condiciones saludables de vida.
  30. Promueve y respeta la participación comunitaria. • Desarrolla estrategias que promueve la participación comunitaria. • Deben tener instrumentos para tomar decisiones con respecto ala salud.
  31. Efectos de la creación de reforma de la atención primaria de salud. • Regulación de la asistencia. • Explicitación de las funciones propias de la atención primaria. • Cambios conceptuales en la organización del sistema.
  32. MARCO LEGAL.
  33. Relacionan algunos códigos de ética específicos de enfermería. • El Código de ética del Consejo Internacional de Enfermeras (CIE o ICN). • El Código de ética del Colegio Nacional de Enfermeras (México). • El Código de ética del Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería. • El Código de ética de la Comisión Interinstitucional de Enfermería de la Subsecretaría de Innovación y Calidad de la Secretaría de Salud (México).
  34. • La sociedad ha adquirido una mayor conciencia sobre sus derechos en materia de prestación de servicios de salud, así como el conocimiento de las diferentes instancias y herramientas jurídicas para hacer valer esos derechos. Esto hace que el riesgo de demandas por mala práctica en el Sector Salud, así como la acción al respecto por parte de las autoridades judiciales, se vean incrementados.
  35. Iatrogenia y Mala Práctica. • La iatrogenia se refiere al efecto dañino o perjudicial que resulta directa o indirectamente de la actividad diagnóstica o terapéutica del equipo de salud. Abarca desde los efectos colaterales de los medicamentos, las secuelas de los procedimientos, los daños ocasionados por el uso de tecnología, etc., hasta los errores por acción u omisión de los prestadores de servicios.
  36. • Por negligencia: Se refiere al descuido, a la omisión o abandono del paciente que le provoque un daño. • Por ignorancia: Cuando no se cuenta con los conocimientos necesarios y esperados en un profesional de enfermería para prestar un servicio que ofrezca seguridad a los usuarios. • Por impericia: En el caso que nos ocupa, se refiere a la falta de habilidad del profesional de enfermería para aplicar en el paciente los procedimientos necesarios durante su atención y que son atribuibles a su ámbito disciplinar. De una mala práctica de enfermería pueden derivarse tanto conductas tipificadas como delictivas, las que a su vez pueden ser de dos tipos: • Delito culposo: Es aquella conducta ilícita y delictiva en la que se ocasiona daño a otra u otras personas, pero en la que no hubo la intención de dañar (puede deberse a negligencia, ignorancia o impericia). • Delito doloso: En este caso la conducta ilícita y delictiva tuvo intencionalidad. Esto es, que el daño se ocasionó de manera consciente y voluntaria.
  37. Responsabilidad Civil. • Desde el punto de vista del Derecho (civil y penal), se considera “responsable” a un individuo, cuando de acuerdo al orden jurídico, es susceptible de ser sancionado. La responsabilidad jurídica siempre lleva implícito un “deber”. El deber u obligación legal es una conducta que de acuerdo a la ley, se debe hacer u omitir.
  38. Causas de Responsabilidad Civil. • Responsabilidad por los hechos propios: Cada quién es responsable de su propia conducta. • Responsabilidad por hechos ajenos: Se refiere a la responsabilidad de las personas de evitar que otras cometan hechos dañinos. Al respecto, hay dos grupos por los cuales se debe ser responsable: – En el primero están los niños y los discapacitados. – En el segundo están los daños causados por empleados y representantes. Tiene que ver con la selección del personal y con la supervisión técnica o administrativa del mismo, entre otros. • Responsabilidad por obra de las cosas: Se considera que si el daño fue causado por cosas u objetos, el dueño de ellos será responsable de las consecuencias.
  39. Responsabilidad Penal. • El ejercicio profesional de enfermería conlleva el riesgo de incurrir en conductas que constituyen infracciones a la normatividad jurídica. Este tipo de faltas en su mayoría, están establecidas en el Código Penal Federal y en las leyes reglamentarias, relativas al ejercicio de las profesiones, y en un momento dado, aunque no haya una legislación específica, pueden aplicarse a la enfermería.
  40. Casos legales en los que con mayor frecuencia puede involucrarse el profesional de enfermería son: • Revelación de secretos. • Responsabilidad profesional: Se refiere a la comisión de actos delictivos, ya sean dolosos o culposos, durante el ejercicio profesional (Artículo 228). • Falsedad: Se refiere a la falta de veracidad en el manejo de datos, información, documentos o al rendir declaraciones ante una autoridad (Artículo 246). • Usurpación de profesión. (Artículo 250). • Lesiones y homicidio. (Artículos 288 y 302). • Aborto: El artículo 331 (Código Penal Federal) establece la suspensión del ejercicio profesional por un período de 2 a 5 años, además de otras sanciones. • Abandono de personas: No atención de personas incapaces de cuidarse a sí mismas (niños, ancianos, etc., o a las personas enfermas), teniendo obligación de cuidarlos (Artículo 335).
  41. CONCLUSIONES.
  42. • Como podemos ver, son múltiples las causas por las cuales el profesional de enfermería puede verse involucrado en un problema legal. La primera línea de defensa al respecto, es conocer el marco legal y ejercer una práctica ajustada a la legislación en materia de salud, laboral, en la prestación de servicios, etc.
  43. • La enfermera comunitaria, pieza clave en beneficio de la comunidad.
  44. • La enfermería comunitaria es la parte de la enfermería que desarrolla y aplica deforma integral, en el marco de la salud pública, los cuidados al individuo, la familia y la comunidad en el proceso salud-enfermedad.
  45. • El profesional de enfermería comunitaria contribuye de forma específica a que los individuos, familia y comunidad adquieran habilidades, hábitos y conductas que fomenten su autocuidado en el marco dela atención primaria de salud (APS), la cual comprende promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, además de la prevención de la enfermedad.
  46. • La salud comunitaria es una disciplina erudita de servicio cuyo propósito es contribuir de manera individual y colectiva a promover un nivel funcional óptimo del usuario o cliente mediante la enseñanza y prestación de cuidados.
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