pedido_221185_25092023.pdf

F

Resolución de EMOP Maxim

ENTE DE LA MOVILIDAD PROVINCIAL
Resolución Nº 2596
MENDOZA, 25 DE SETIEMBRE DE 2023
VISTO: El expediente electrónico EX-2023-02391296-GDEMZA-EMOP en que tramita el recurso
de revocatoria interpuesto por la empresa AIST ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71701110-0,
con denominación de fantasía “MAXIM viajes y envíos”, en contra de la Resolución del Ente de
la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto
de 2023, se fijaron unos fundamentos y, a su tenor, se explicitó la sanción a la firma AIST
ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71701110-0, con denominación de fantasía “MAXIM viajes y
envíos”, de inhabilitación definitiva de la plataforma con arreglo al artículo 64, inc. b) de la Ley
N° 9.086.
Que la misma luce a Orden N° 44 de estas actuaciones administrativas, y se da por reproducida
íntegramente.
Que a Orden N° 45 consta su notificación a dicha empresa a día 25 de agosto de 2023.
Que a Orden N° 46 la empresa comparece con cargo de entrada a día 30 de agosto de 2023 a
las 08:40:43 hs, deduciendo recurso de revocatoria.
Que a través de su recurso de revocatoria, la interesada impugna, en síntesis, una notificación y
la validez de la resolución puesta en crisis porque arguye, con sus razones, pues la vulneración
de su derecho de defensa; la gravedad de la vigencia de la sanción, sumada a su falta de
gradualidad y proporcionalidad en sí; la nulidad de la resolución atacada con cierto resalte del
antecedente configurado por el expediente N° 6165371/23 que se abriera por denuncia de
APROTAM, del que no hubo poseído conocimiento alguno; y el agravio al derecho constitucional
al trabajo de sus socios-conductores. Ofrece Pruebas. Funda en Derecho. Se reserva el caso
federal. Y solicita que se suspenda la ejecución del acto administrativo comportado por la
Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto de 2023, sin
perjuicio de impetrar su revocación, con imposición de costas.
Que, ahora bien, abocada esta autoridad superior a la revisión del asunto, encuentra que se han
deslizado errores de sustanciación que implican ciertas nulidades procedimentales y la
necesidad de retrogradar la causa y mandar su sustanciación renovada con el lógico diferimiento
del análisis sustancial que cuadrare, oportunamente.
Que, dicho cuanto antecede, se aclara que, en este estado, toda consideración concreta sobre el
fondo del asunto queda y debe quedar, razonablemente, pues diferida para su oportunidad y, ello
así, tras observarse el debido proceso adjetivo previo al que a su vez le preceda la instrucción e
imputación formal que se han echado en falta. Y ciertamente, en este orden de ideas, se subraya
que no podrá preterirse, en su momento, a la oportunidad de formular alegatos previamente al
dictamen legal y atento a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley N° 9.003.
Página 1/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
Que igualmente se especifica, a todo evento, que la interposición de los recursos administrativos,
en principio, pues no conlleva la suspensión de efectos en sede administrativa a tenor del artículo
83 de la Ley N° 9.003.
Que no hay necesidad de más apreciaciones.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que, por lo expuesto, con arreglo a la normativa citada; a los artículos 1° y 39 de la Ley N°
9.003; a los artículos 1° y 98 de la Ley N° 9.024, modificados por el artículo 86 de la Ley N°
9.086 y el artículo 193 de la Ley N° 9.099, respectivamente; a los artículos 52 a 68 y 85 de la Ley
N° 9.086; a los artículos 55 a 63 del Decreto N° 1.512/2018; y al artículo 67 de la Ley N° 7.412,
modificado por el artículo 1° de la Ley N° 9.051; haciendo uso de las atribuciones conferidas por
los artículos 16, 22 y cctes. de la Ley N° 7.412, modificada por la Ley N° 9.051;
EL DIRECTORIO
DEL ENTE DE LA MOVILIDAD PROVINCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Declárese haber lugar al recurso de revocatoria entablado por la empresa AIST
ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71701110-0, con denominación de fantasía “MAXIM viajes y
envíos”, obrante a Orden N° 46 de este expediente electrónico EX-2023-02391296-GDEMZA-
EMOP, por los argumentos de nulidad procedimental expuestos en esta resolución, anulando y
revocando, en su consecuencia, a la Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N°
2.414/2023, de 25 de agosto de 2023, y quedando entonces sin efecto tanto la mentada
resolución como las actuaciones que corren agregadas desde Orden N° 41 a Orden N° 45,
inclusive, de este expediente electrónico EX- 2023-02391296-GDEMZA-EMOP, en razón de
nulidad procedimental principal o refleja, más sin que este pronunciamiento importe expedición
alguna sobre el fondo.
ARTÍCULO 2°.-Téngase presente lo demás expuesto en los considerandos de esta resolución.
ARTÍCULO 3°.-Devuélvanse las presentes actuaciones a los órganos competentes del Ente de
la Movilidad Provincial a fin y efecto de que se sirvan proceder a integrar estos actuados y a
formular la imputación formal que, a su criterio funcional, puedan estimar oponible siempre con
sujeción a las consideraciones rituales que ya contienen los motivos de esta resolución, y a sus
efectos.
ARTÍCULO 4°.-Comuníquese a la Secretaría de Servicios Públicos para su toma de razón.
ARTÍCULO 5°.-Publíquese la presente resolución en el B.O.E. y en el sitio web del E.Mo.P., con
difusión.
ARTÍCULO 6°.-Hágase saber que la presente resolución causa estado en sede administrativa,
facultándose la acción procesal administrativa que prevé el artículo 65, “in fine”, de la Ley N°
7.412.
Página 2/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
ARTÍCULO 7°.-Comuníquese a quienes más corresponda, cúmplase, dese al Registro Oficial y
archívese.
JORGE A. TEVES
PRESIDENTE EMOP
AGUSTINA LLAVER
DIRECTORA EMOP
LUCAS A. QUESADA
DIRECTOR EMOP
Publicaciones: 1
Fecha de Publicación Nro Boletín
26/09/2023 31954
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
Página 3/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica

Recomendados

Plazos remitir planillas_rrss_baja_recup por
Plazos remitir planillas_rrss_baja_recupPlazos remitir planillas_rrss_baja_recup
Plazos remitir planillas_rrss_baja_recupDiego Gebil
155 vistas4 diapositivas
Plazos remitir planillas_rrss_baja_recup por
Plazos remitir planillas_rrss_baja_recupPlazos remitir planillas_rrss_baja_recup
Plazos remitir planillas_rrss_baja_recupDiego Gebil
535 vistas4 diapositivas
Se declaró inconstitucional en (Pcia. Bs. As.), exigir el pago de deudas pend... por
Se declaró inconstitucional en (Pcia. Bs. As.), exigir el pago de deudas pend...Se declaró inconstitucional en (Pcia. Bs. As.), exigir el pago de deudas pend...
Se declaró inconstitucional en (Pcia. Bs. As.), exigir el pago de deudas pend...Mario Alfredo Blanco
603 vistas21 diapositivas
Res epre 241-243-244-14 por
Res epre 241-243-244-14Res epre 241-243-244-14
Res epre 241-243-244-14EPRE
219 vistas2 diapositivas
Res epre 65-66-67-69-14 por
Res epre 65-66-67-69-14Res epre 65-66-67-69-14
Res epre 65-66-67-69-14EPRE
239 vistas2 diapositivas
Res epre-382-384-385-386-14 por
Res epre-382-384-385-386-14Res epre-382-384-385-386-14
Res epre-382-384-385-386-14EPRE
205 vistas2 diapositivas

Más contenido relacionado

Similar a pedido_221185_25092023.pdf

Res epre 331-34-37-13 por
Res epre 331-34-37-13Res epre 331-34-37-13
Res epre 331-34-37-13EPRE
190 vistas1 diapositiva
Resolucion 289 cambio en aranceles por
Resolucion 289 cambio en arancelesResolucion 289 cambio en aranceles
Resolucion 289 cambio en arancelesDiego Gebil
668 vistas2 diapositivas
Decreto 763 codigo tributario El Salvador por
Decreto 763 codigo tributario El SalvadorDecreto 763 codigo tributario El Salvador
Decreto 763 codigo tributario El SalvadorElContadorPublico.com
637 vistas8 diapositivas
Res epre 83-85-86-14 por
Res epre 83-85-86-14Res epre 83-85-86-14
Res epre 83-85-86-14EPRE
302 vistas1 diapositiva
Res epre-387-388-389-390-14 por
Res epre-387-388-389-390-14Res epre-387-388-389-390-14
Res epre-387-388-389-390-14EPRE
163 vistas2 diapositivas
Res12 17 por
Res12 17Res12 17
Res12 17EPRE
28 vistas1 diapositiva

Similar a pedido_221185_25092023.pdf(20)

Res epre 331-34-37-13 por EPRE
Res epre 331-34-37-13Res epre 331-34-37-13
Res epre 331-34-37-13
EPRE190 vistas
Resolucion 289 cambio en aranceles por Diego Gebil
Resolucion 289 cambio en arancelesResolucion 289 cambio en aranceles
Resolucion 289 cambio en aranceles
Diego Gebil668 vistas
Res epre 83-85-86-14 por EPRE
Res epre 83-85-86-14Res epre 83-85-86-14
Res epre 83-85-86-14
EPRE302 vistas
Res epre-387-388-389-390-14 por EPRE
Res epre-387-388-389-390-14Res epre-387-388-389-390-14
Res epre-387-388-389-390-14
EPRE163 vistas
Res12 17 por EPRE
Res12 17Res12 17
Res12 17
EPRE28 vistas
Res epre 264-14 por EPRE
Res epre 264-14Res epre 264-14
Res epre 264-14
EPRE228 vistas
CLAUSURA DE TALLER MECANICO (Recuperado automáticamente).docx por PesqueraDisolmar
CLAUSURA DE TALLER MECANICO (Recuperado automáticamente).docxCLAUSURA DE TALLER MECANICO (Recuperado automáticamente).docx
CLAUSURA DE TALLER MECANICO (Recuperado automáticamente).docx
PesqueraDisolmar12 vistas
Res epre77 13 por EPRE
Res epre77 13Res epre77 13
Res epre77 13
EPRE115 vistas
Res epre 209-210-211-14 por EPRE
Res epre 209-210-211-14Res epre 209-210-211-14
Res epre 209-210-211-14
EPRE176 vistas
Res epre 200-201-249-14 por EPRE
Res epre 200-201-249-14Res epre 200-201-249-14
Res epre 200-201-249-14
EPRE185 vistas
Resolución del Ente de la Movilidad Pública para utilizar infracciones electr... por Mariano Manuel Bustos
Resolución del Ente de la Movilidad Pública para utilizar infracciones electr...Resolución del Ente de la Movilidad Pública para utilizar infracciones electr...
Resolución del Ente de la Movilidad Pública para utilizar infracciones electr...
Mariano Manuel Bustos1.4K vistas
Resolución N.° 3884-2023-SUNARP-TR.pdf por FidelJesus
Resolución N.° 3884-2023-SUNARP-TR.pdfResolución N.° 3884-2023-SUNARP-TR.pdf
Resolución N.° 3884-2023-SUNARP-TR.pdf
FidelJesus5 vistas
Res epre 130-133-134-14 por EPRE
Res epre 130-133-134-14Res epre 130-133-134-14
Res epre 130-133-134-14
EPRE274 vistas
Res141 17 por EPRE
Res141 17Res141 17
Res141 17
EPRE25 vistas

Más de FedeLemos3

Boletín Oficial por
Boletín OficialBoletín Oficial
Boletín OficialFedeLemos3
552 vistas1 diapositiva
sintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdf por
sintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdfsintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdf
sintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdfFedeLemos3
355 vistas92 diapositivas
Bartleby, el escribiente por
Bartleby, el escribienteBartleby, el escribiente
Bartleby, el escribienteFedeLemos3
403 vistas22 diapositivas
Nota a la Sec. de Energía por la falta de gasoil por
Nota a la Sec. de Energía por la falta de gasoilNota a la Sec. de Energía por la falta de gasoil
Nota a la Sec. de Energía por la falta de gasoilFedeLemos3
531 vistas3 diapositivas
Denuncia Insaurralde Clerici.pdf por
Denuncia Insaurralde Clerici.pdfDenuncia Insaurralde Clerici.pdf
Denuncia Insaurralde Clerici.pdfFedeLemos3
959 vistas12 diapositivas
Audiencia EMOP por
Audiencia EMOPAudiencia EMOP
Audiencia EMOPFedeLemos3
216 vistas51 diapositivas

Más de FedeLemos3(11)

Boletín Oficial por FedeLemos3
Boletín OficialBoletín Oficial
Boletín Oficial
FedeLemos3552 vistas
sintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdf por FedeLemos3
sintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdfsintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdf
sintesis_2020-2021_sistema_universitario_argentino.pdf
FedeLemos3355 vistas
Bartleby, el escribiente por FedeLemos3
Bartleby, el escribienteBartleby, el escribiente
Bartleby, el escribiente
FedeLemos3403 vistas
Nota a la Sec. de Energía por la falta de gasoil por FedeLemos3
Nota a la Sec. de Energía por la falta de gasoilNota a la Sec. de Energía por la falta de gasoil
Nota a la Sec. de Energía por la falta de gasoil
FedeLemos3531 vistas
Denuncia Insaurralde Clerici.pdf por FedeLemos3
Denuncia Insaurralde Clerici.pdfDenuncia Insaurralde Clerici.pdf
Denuncia Insaurralde Clerici.pdf
FedeLemos3959 vistas
Audiencia EMOP por FedeLemos3
Audiencia EMOPAudiencia EMOP
Audiencia EMOP
FedeLemos3216 vistas
annual-survey-of-mining-companies-2022.pdf por FedeLemos3
annual-survey-of-mining-companies-2022.pdfannual-survey-of-mining-companies-2022.pdf
annual-survey-of-mining-companies-2022.pdf
FedeLemos3110 vistas
Proyecto de ley.pdf por FedeLemos3
Proyecto de ley.pdfProyecto de ley.pdf
Proyecto de ley.pdf
FedeLemos32.6K vistas
Programa-de-gestión-SAN-RAFAEL_compressed.pdf por FedeLemos3
Programa-de-gestión-SAN-RAFAEL_compressed.pdfPrograma-de-gestión-SAN-RAFAEL_compressed.pdf
Programa-de-gestión-SAN-RAFAEL_compressed.pdf
FedeLemos3246 vistas

Último

LA CRÓNICA 1061 por
LA CRÓNICA 1061LA CRÓNICA 1061
LA CRÓNICA 1061La Crónica Comarca de Antequera
17 vistas32 diapositivas
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_03_AL_09_DE_DICIEMBRE_DE_2023.pdf por
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_03_AL_09_DE_DICIEMBRE_DE_2023.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_03_AL_09_DE_DICIEMBRE_DE_2023.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_03_AL_09_DE_DICIEMBRE_DE_2023.pdfredaccionxalapa
3.5K vistas70 diapositivas
Fallo La Rioja Telecomunicaciones por
Fallo La Rioja TelecomunicacionesFallo La Rioja Telecomunicaciones
Fallo La Rioja TelecomunicacionesEduardoNelsonGerman1
14 vistas2 diapositivas
Proyecto de Presupuesto Municipalidad La Rioja 2024 por
Proyecto de Presupuesto Municipalidad La Rioja 2024Proyecto de Presupuesto Municipalidad La Rioja 2024
Proyecto de Presupuesto Municipalidad La Rioja 2024Eduardo Nelson German
15 vistas7 diapositivas
Fallo Rioja Vial SAU por
Fallo Rioja Vial SAUFallo Rioja Vial SAU
Fallo Rioja Vial SAUEduardoNelsonGerman1
10 vistas2 diapositivas
Boletín 42 noviembre 2023 por
Boletín 42 noviembre 2023Boletín 42 noviembre 2023
Boletín 42 noviembre 2023Nueva Canarias-BC
12 vistas50 diapositivas

pedido_221185_25092023.pdf

  • 1. ENTE DE LA MOVILIDAD PROVINCIAL Resolución Nº 2596 MENDOZA, 25 DE SETIEMBRE DE 2023 VISTO: El expediente electrónico EX-2023-02391296-GDEMZA-EMOP en que tramita el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa AIST ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71701110-0, con denominación de fantasía “MAXIM viajes y envíos”, en contra de la Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto de 2023; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto de 2023, se fijaron unos fundamentos y, a su tenor, se explicitó la sanción a la firma AIST ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71701110-0, con denominación de fantasía “MAXIM viajes y envíos”, de inhabilitación definitiva de la plataforma con arreglo al artículo 64, inc. b) de la Ley N° 9.086. Que la misma luce a Orden N° 44 de estas actuaciones administrativas, y se da por reproducida íntegramente. Que a Orden N° 45 consta su notificación a dicha empresa a día 25 de agosto de 2023. Que a Orden N° 46 la empresa comparece con cargo de entrada a día 30 de agosto de 2023 a las 08:40:43 hs, deduciendo recurso de revocatoria. Que a través de su recurso de revocatoria, la interesada impugna, en síntesis, una notificación y la validez de la resolución puesta en crisis porque arguye, con sus razones, pues la vulneración de su derecho de defensa; la gravedad de la vigencia de la sanción, sumada a su falta de gradualidad y proporcionalidad en sí; la nulidad de la resolución atacada con cierto resalte del antecedente configurado por el expediente N° 6165371/23 que se abriera por denuncia de APROTAM, del que no hubo poseído conocimiento alguno; y el agravio al derecho constitucional al trabajo de sus socios-conductores. Ofrece Pruebas. Funda en Derecho. Se reserva el caso federal. Y solicita que se suspenda la ejecución del acto administrativo comportado por la Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto de 2023, sin perjuicio de impetrar su revocación, con imposición de costas. Que, ahora bien, abocada esta autoridad superior a la revisión del asunto, encuentra que se han deslizado errores de sustanciación que implican ciertas nulidades procedimentales y la necesidad de retrogradar la causa y mandar su sustanciación renovada con el lógico diferimiento del análisis sustancial que cuadrare, oportunamente. Que, dicho cuanto antecede, se aclara que, en este estado, toda consideración concreta sobre el fondo del asunto queda y debe quedar, razonablemente, pues diferida para su oportunidad y, ello así, tras observarse el debido proceso adjetivo previo al que a su vez le preceda la instrucción e imputación formal que se han echado en falta. Y ciertamente, en este orden de ideas, se subraya que no podrá preterirse, en su momento, a la oportunidad de formular alegatos previamente al dictamen legal y atento a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley N° 9.003. Página 1/3 Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
  • 2. Que igualmente se especifica, a todo evento, que la interposición de los recursos administrativos, en principio, pues no conlleva la suspensión de efectos en sede administrativa a tenor del artículo 83 de la Ley N° 9.003. Que no hay necesidad de más apreciaciones. Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete. Que, por lo expuesto, con arreglo a la normativa citada; a los artículos 1° y 39 de la Ley N° 9.003; a los artículos 1° y 98 de la Ley N° 9.024, modificados por el artículo 86 de la Ley N° 9.086 y el artículo 193 de la Ley N° 9.099, respectivamente; a los artículos 52 a 68 y 85 de la Ley N° 9.086; a los artículos 55 a 63 del Decreto N° 1.512/2018; y al artículo 67 de la Ley N° 7.412, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 9.051; haciendo uso de las atribuciones conferidas por los artículos 16, 22 y cctes. de la Ley N° 7.412, modificada por la Ley N° 9.051; EL DIRECTORIO DEL ENTE DE LA MOVILIDAD PROVINCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1°.-Declárese haber lugar al recurso de revocatoria entablado por la empresa AIST ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71701110-0, con denominación de fantasía “MAXIM viajes y envíos”, obrante a Orden N° 46 de este expediente electrónico EX-2023-02391296-GDEMZA- EMOP, por los argumentos de nulidad procedimental expuestos en esta resolución, anulando y revocando, en su consecuencia, a la Resolución del Ente de la Movilidad Provincial N° 2.414/2023, de 25 de agosto de 2023, y quedando entonces sin efecto tanto la mentada resolución como las actuaciones que corren agregadas desde Orden N° 41 a Orden N° 45, inclusive, de este expediente electrónico EX- 2023-02391296-GDEMZA-EMOP, en razón de nulidad procedimental principal o refleja, más sin que este pronunciamiento importe expedición alguna sobre el fondo. ARTÍCULO 2°.-Téngase presente lo demás expuesto en los considerandos de esta resolución. ARTÍCULO 3°.-Devuélvanse las presentes actuaciones a los órganos competentes del Ente de la Movilidad Provincial a fin y efecto de que se sirvan proceder a integrar estos actuados y a formular la imputación formal que, a su criterio funcional, puedan estimar oponible siempre con sujeción a las consideraciones rituales que ya contienen los motivos de esta resolución, y a sus efectos. ARTÍCULO 4°.-Comuníquese a la Secretaría de Servicios Públicos para su toma de razón. ARTÍCULO 5°.-Publíquese la presente resolución en el B.O.E. y en el sitio web del E.Mo.P., con difusión. ARTÍCULO 6°.-Hágase saber que la presente resolución causa estado en sede administrativa, facultándose la acción procesal administrativa que prevé el artículo 65, “in fine”, de la Ley N° 7.412. Página 2/3 Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
  • 3. ARTÍCULO 7°.-Comuníquese a quienes más corresponda, cúmplase, dese al Registro Oficial y archívese. JORGE A. TEVES PRESIDENTE EMOP AGUSTINA LLAVER DIRECTORA EMOP LUCAS A. QUESADA DIRECTOR EMOP Publicaciones: 1 Fecha de Publicación Nro Boletín 26/09/2023 31954 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) Página 3/3 Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica