Este documento presenta el reglamento de reglas por la vida de una empresa minera. Establece 10 conductas esperadas y 10 reglas absolutas relacionadas a la seguridad. Detalla los capítulos de reconocimiento a trabajadores, intervención e informes de transgresiones, e investigación y sanciones por violaciones. El anexo describe cada regla por la vida para mejor entendimiento de lo que involucra. El objetivo es orientar las acciones de los trabajadores y asegurar su protección a través del cumplimiento estricto de las reglas de seguridad
ESTUDIO TÉCNICO DEL PROYECTO DE CREACION DE SOFTWARE PARA MANTENIMIENTO
REG-SSO-004 Reglas por la Vida.pdf
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2. REGLAMENTO
REGLAS POR LA VIDA
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INDICE DE VERSIONES
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0 15/05/2014 Creación del Reglamento
1 10/01/2018 Actualización de seguridad de acuerdo a las directrices de la casa matriz
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Tabla de Contenidos
CAPITULO I – OBJETIVO Y ALCANCE................................................................................................... 4
CAPITULO II – CONDUCTAS ESPERADAS Y REGLAS POR LA VIDA................................................ 4
CAPITULO III RECONOCIMIENTO A TRABAJADORES........................................................................ 6
CAPITULO IV INTERVENCIÓN Y REPORTE DE TRANSGRESIONES O INFRACCIONES................. 6
CAPITULO V ACCIONES ANTE TRANSGRESIONES O VIOLACIONES.............................................. 6
Anexo 1 – Descripción de las Reglas por La Vida................................................................................ 8
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CAPITULO I – OBJETIVO Y ALCANCE
Art.° 1. OBJETIVO
Orientar las acciones de los trabajadores en consistencia con las Conductas Esperadas, el cumplimiento
de la legislación vigente y los requisitos definidos en nuestro Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
Ocupacional. Asimismo, constituye una obligación, producto de su relación laboral, no infringir las Reglas
por La Vida y no incurrir en acciones u omisiones definidas como inaceptables. Cualquier incumplimiento
será tratado según lo indicado en el presente documento.
Art.° 2. ALCANCE
Aplica a todos los trabajadores de MCP y empresas contratistas, que desarrollan actividades en Minera
Chinalco Perú.
CAPITULO II – CONDUCTAS ESPERADAS Y REGLAS POR LA VIDA
Las Conductas Esperadas y las Reglas por La Vida de Minera Chinalco Perú establecen en forma clara
y simple "lo que hay que hacer y lo que no hay que hacer", cubriendo las actividades con mayor potencial
de riesgo en Seguridad. Es fundamental asegurarse que las reglas se siguen y las personas estén
protegidas.
Art.° 3. CONDUCTAS ESPERADAS
Las Conductas Esperadas son aquellas conductas que constituyen una guía para definir, orientar,
clarificar y regir los valores en Seguridad para Minera Chinalco Perú.
Un Sistema en Seguridad y Salud Ocupacional sólo será eficaz en la medida de que todos los
trabajadores adopten una actitud proactiva de prevención y cumplimiento. Esta actitud se debe
manifestar en una conducta altamente comprometida con la Seguridad y Salud Ocupacional en MCP.
En tal sentido, se definen para Minera Chinalco Perú las siguientes diez Conductas Esperadas:
1. Yo asumo mi seguridad y la de mis compañeros como una responsabilidad personal.
2. Yo identifico los peligros y evalúo los riesgos antes de empezar a trabajar.
3. Yo me aseguro de cumplir con las políticas, procedimientos y reglamentos; y además, que sean
seguidos y cumplidos por todas las personas, en todo momento.
4. Yo no trabajo en malas condiciones físicas. Si me encuentro mal de salud o fatigado avisare
a mi jefe inmediato superior.
5. Yo solicito ideas y sugerencias a los miembros de mi equipo, y las considero al tomar decisiones.
6. Yo mantengo mis áreas de trabajo limpias y ordenadas.
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7. Yo nunca dejare pasar los comportamientos inseguros sin tomar acciones inmediatas, y fomento a
que todos hagan lo mismo.
8. Yo dedico parte de mi tiempo a estar en campo, liderando el trabajo seguro con mi ejemplo.
9. Yo me aseguro en que todas las tareas sean bien planeadas, con el tiempo suficiente, para evitar
causar daños. Cuando existan tareas no planificadas, me aseguro de que se evalúen correctamente
los riesgos, a fin de controlarlos.
10. Yo detengo, en forma inmediata, cualquier trabajo que considere peligroso o inseguro.
Art.° 4. REGLAS POR LA VIDA
Las Reglas por La Vida representan una parte de la forma en como la empresa continua creando su
Cultura en Seguridad, necesaria para evitar fatalidades y lesiones graves, que la ayudan en su camino
a conseguir “Cero Daños”.
Dichas reglas están vinculadas a conductas seguras, son obligatorias y absolutas centradas en la
modificación de los comportamientos de los trabajadores y supervisores en el lugar de trabajo, mediante
la sensibilización en las actividades que tienen más probabilidades de producir fatalidades y en las
acciones que los individuos deben tomar para protegerse asimismo y a los demás.
Las Reglas por la Vida constituyen una instrucción para todos los trabajadores, que por ser inherentes a
las obligaciones específicas de cada labor, función o cargo laboral en la empresa, son parte esencial de
las obligaciones de cada uno de ellos en el desempeño de sus respectivas labores.
Las infracciones o transgresiones a dichas reglas constituyen actos, omisiones o imprudencias
temerarias que afectan gravemente a la integridad de las personas, los equipos, las instalaciones y al
normal funcionamiento de la empresa. Estas infracciones o transgresiones a las Reglas por la Vida son
inaceptables y darán origen a la aplicación de medidas disciplinarias, que inclusive pueden significar la
desvinculación del trabajador.
En tal sentido, se definen para Minera Chinalco Perú las siguientes diez Reglas por La Vida:
1. Yo SIEMPRE reportaré todo accidente, lesión o casi accidente en forma inmediata.
2. Yo SIEMPRE actuaré en forma segura y cumpliré con los procedimientos y normas de seguridad.
3. Yo SIEMPRE trabajaré con equipos, materiales y herramientas en buen estado; y para lo que fueron
diseñados.
4. Yo SIEMPRE ejecutaré los trabajos en altura usando equipos y dispositivos de prevención de caídas.
5. Yo SIEMPRE utilizaré el Equipo de Protección Personal designado para el área donde vaya a
ingresar.
6. Yo NUNCA conduciré vehículos u operaré equipos para los cuales no estoy autorizado.
7. Yo NUNCA me ubicaré dentro del alcance de caída de rocas, de cargas suspendidas y de voladuras.
8. Yo NUNCA intervendré equipos o fuentes de energía sin que antes se hayan des-energizado, aislado
y bloqueado.
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9. Yo NUNCA ingresaré a áreas restringidas, ni pondré fuera de servicio protecciones u otros
dispositivos de seguridad sin autorización.
10. Yo NUNCA realizaré trabajos de alto riesgo sin haber obtenido y llenado los permisos
correspondientes.
Para un mejor entendimiento de lo que involucra cada una de estas Reglas por La Vida revisar la
descripción que se hace para cada una ellas en el Anexo 1.
CAPITULO III RECONOCIMIENTO A TRABAJADORES
Art.° 5. Aquellos trabajadores que demuestren liderazgo y compromiso con las Conductas Esperadas y
las Reglas por La Vida, serán reconocidos de acuerdo a los Planes de Reconocimiento al
Personal que tiene Minera Chinalco Perú.
CAPITULO IV INTERVENCIÓN Y REPORTE DE TRANSGRESIONES O
INFRACCIONES
Art.° 6. Siempre se debe intervenir cuando haya un trabajo inseguro para hacerlo seguro. Esto aplica
cuando se observa transgresiones a Las Reglas por La Vida de nuestros pares, compañeros de
trabajo, supervisores y altos funcionarios. Todos estamos facultados a detener un trabajo que
consideramos inseguro. Lo que quiere conseguir la empresa es un entorno de trabajo seguro
para todos.
Art.° 7. Estas intervenciones pueden representar la última oportunidad de detener una transgresión a las
reglas antes de que se convierta en una lesión o mortalidad. Si el acto inseguro persiste o si la
violación pone en peligro la vida de las personas, debe escalar la intervención a la persona a
cargo de la actividad o trabajo o dirigirse a su supervisor directo.
Art.° 8. La empresa espera y anima a que todos los trabajadores reporten las transgresiones o
violaciones a las reglas, a fin de que se pueda mejorar la seguridad en sus operaciones. No se
quiere inculcar una cultura que impida a las personas intervenir.
Art.° 9. La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional es responsable del monitoreo aleatorio del
cumplimiento del presente reglamento.
CAPITULO V ACCIONES ANTE TRANSGRESIONES O VIOLACIONES
Art.° 10. INVESTIGACIÓN
El proceso de investigación se realizará inmediatamente después reportado el evento. Especial
importancia se dará a la actitud del trabajador antes, durante y después de cometida la transgresión
investigada, a la calificación de intencionalidad o de grave negligencia de las conductas u omisiones, al
grado de conocimiento de la norma o procedimiento requerido a través del entrenamiento, la experiencia
o la comunicación, a las circunstancias personales, al potencial de riesgo expuesto a las personas o
equipos y a las fallas organizacionales que hubieren contribuido de manera determinante a la
transgresión.
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La Gerencia de Área involucrada será la responsable de la investigación inicial. Sin embargo, la Gerencia
de RR.HH y SS.GG es quién establecerá si hubo o no transgresión o violación a Las Reglas por La Vida.
En caso de identificarse una transgresión o violación, la Gerencia de RR.HH y SS.GG determinará las
sanciones a tomar.
Art.° 11. SANCIONES
El incumplimiento o transgresión de cualquier Regla por la Vida podrá resultar en una acción disciplinaria
de acuerdo al Procedimiento Medidas disciplinarias de Recursos Humanos, incluyendo, la
terminación del vínculo laboral con MCP y/o contratista. Si el empleado es consciente de la norma o
procedimiento requerido a través del entrenamiento, la experiencia o la comunicación, y no cumplió con
esa norma o procedimiento, se aplicará la medida disciplinaria que corresponda. Además, si un
supervisor tolera las condiciones para la desobediencia de las reglas o permite seguir adelante a pesar
de que se viola una regla, la medida disciplinaria también se hará extensiva al supervisor.
Para violaciones en actividades de alto riesgo, el principio general es que "Si Usted elige romper las
reglas, Usted elige no trabajar para MCP”.
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Anexo 1 – Descripción de las Reglas por La Vida
1. El Reporte Inmediato de la Ocurrencia de Incidentes a su Supervisor Inmediato y al Centro
de Control.
Es responsabilidad de cada trabajador reportar los incidentes que ocurran a su Supervisor Inmediato
y éste a la vez al Centro de Control.
De acuerdo a lo estipulado en el DS N°024-2016-EM, Artículo 167.- “Todos los incidentes,
incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales deben ser
investigados por el respectivo supervisor del área de trabajo, con la finalidad de encontrar las causas
raíces que lo provocaron y dictar las medidas preventivas y correctivas que eviten su
recurrencia. Las medidas dictadas serán de monitoreo permanente por la Alta Gerencia de la
unidad minera, hasta su cumplimiento. Las investigaciones realizadas estarán puestas a
disposición de la autoridad competente y su respectivo inspector o fiscalizador, cuando lo
requiera.
2. El Cumplimiento de los Procedimientos y Normas de Seguridad.
En Minera Chinalco Perú, se han establecido procedimientos y normas de Seguridad que debemos
cumplir durante nuestra estadía en las operaciones, esto incluye trabajos de alto riesgo y trabajos en
general, que no involucran riesgos considerables y que están estipulados en procedimientos y
normas generales en los que el Trabajador será entrenado y deberá cumplir. Si a pesar que un
trabajador en general es capacitado en un procedimiento y no lo cumple en campo, se deberán
determinar las causas del incumplimiento y en base a ello tomar las medidas correctivas necesarias.
3. El Uso de Herramientas Manuales y Eléctricas Portátiles
De acuerdo al estándar de MCP en seguridad en Herramientas Manuales y Eléctricas portátiles, es
necesario utilizar siempre las herramientas en buen estado y de acuerdo al trabajo para lo cual fueron
diseñadas. El mal uso de las mismas puede causar lesiones serias.
4. El Uso del Sistema de Protección Contra Caídas en Trabajos en Altura
Según el DS N° 024–2016-EM se considera Trabajos en Altura, todo trabajo que se realice por
encima del 1.80 mts sobre el nivel del piso, para lo cual los trabajadores deben utilizar un sistema de
protección en caso de caídas a distinto nivel. El Trabajador deberá usar el sistema de forma
obligatoria, en bien de salvaguardar su propia vida.
5. El Uso del Equipo de Protección Personal (EPP)
El estándar de EPP de MCP específica los tipos de equipos de protección personal generales que
se deben utilizar para cada caso, así mismo es responsabilidad de cada área solicitar EPP puntual
para los trabajadores que realicen trabajos específicos, evidenciar la entrega y exigir su uso dentro
de las áreas de trabajo.
6. Incumplimiento a las Normas de Tránsito y Operación de Equipos de MCP
Específicamente el conducir y/u operar un vehículo/equipo para el cual NO se encuentra autorizado,
de acuerdo a lo estipulado en el estándar EST-SSO-001 Vehículos Livianos, Pesado y Equipos
Móviles se considera una falta grave.
Para efecto del presente documento, se aplicarán medidas correctivas adicionales a lo establecido
en el Estándar, para los trabajadores que se vean involucrados en el incumplimiento de Normas de
Tránsito de acuerdo a la falta.
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7. De Ubicarse en la Proyección de Energía
Todo personal deberá evitar ubicarse en lugar de proyección de energía y respetar los radios de
voladura, o colocarse debajo de una carga suspendida o proyección de partículas. Los daños que
pudieren ocasionar en los trabajadores expuestos a esta energía pueden ser mortales.
8. Incumplimiento al Estándar de Bloqueo y Etiquetado
Jamás se debe intervenir un equipo o fuente de energía sin antes haber des-energizado y bloqueado
respectivamente. Según el DS N° 024-2016-EM Art. 346 dice: “El titular de actividad minera debe
identificar las diferentes fuentes de energía eléctrica, neumática, hidráulica, mecánica,
química y térmica durante las actividades de construcción, montaje, procesos de operación,
mantenimiento, limpieza, ajustes, emergencias y otros, y está en la obligación de establecer
estándares y procedimientos para su bloqueo y señalización, a fin de evitar accidentes de
trabajo por el accionamiento involuntario de equipos por la energía residual o el arranque
involuntario de equipos y maquinarias por parte de los trabajadores. Todo equipo o
maquinaria que exige bloqueo para las actividades señaladas debe ser señalizado, de manera
que se alerte sobre la prohibición de trabajo sin el bloqueo”, así como la intervención de todo
sistema energizado en las Operaciones.
9. Ingresar a Zonas Restringidas e Intervenir o Poner Fuera de Servicio Protecciones o Guardas
La protección de partes móviles es un tema fundamental en MCP, el retirar una guarda o protección
de una máquina y/o equipo puede ser mortal, así como también ingresar a zonas o áreas restringidas
sin autorización, esto nos expondrá a tener contacto con partes móviles o exponernos a Peligros que
no hemos sino comunicados o desconocemos.
10. Realizar un Trabajo de Alto Riesgo sin Haber Obtenido y Llenado los Permisos
Correspondientes
De acuerdo a lo estipulado en el DS N° 024 – 2016 EM, se considera lo siguiente:
Artículo 129.- Todo titular de actividad minera establecerá estándares, procedimientos y
prácticas como mínimo para trabajos de alto riesgo tales como:
a) Trabajos en espacios confinados.
b) Trabajos en caliente.
c) Excavaciones mayores o iguales de 1.50 metros.
d) Trabajos en altura.
e) Trabajos eléctricos en alta tensión.
f) Trabajos de instalación, operación, manejo de equipos y materiales radiactivos.
g) Otros
Articulo 130.- Permiso Escrito para Trabajos de Alto Riesgo (PETAR), es un documento autorizado
y firmado para cada turno por el ingeniero supervisor y superintendente o responsable del área de
trabajo, que permite efectuar trabajos en zonas o ubicaciones que son peligrosas y consideradas de
alto riesgo.
Las persona involucradas en el trabajo de Alto Riesgo relacionado a un PETAR y que no hayan
firmado, es considerado falta grave y será causal de medidas correctivas impuestas por la
Supervisión en coordinación con RR HH y SS.GG de acuerdo al Procedimiento medidas
disciplinarias de Recursos Humanos.