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Escuela Academico Profesional de Derecho




Curso         :   Introducción a la Ciencias Jurídicas


Tema          :   Articulo Jurídico: Recursos   Naturales y la Sociedad


Docente       :   Dra. Kelly Melgarejo Morales


Alumno        :   Pablo Santos Miranda


Ciclo         :   I


                              Barranca Perú
Conga y Espinar una Caso Mas

                                    El derecho a un medio ambiente equilibrado o
                                    sano, es indiscutible que constituye un derecho
                                    fundamental     de     la   persona    reconocido
                                    constitucionalmente en la mayoría de los países
                                    del mundo, por ello, debe ser estrictamente
                                    respetado.
                                    El avance científico y la tecnología y la justicia
ciega, han hecho que este derecho esté siendo vulnerado, porque el hombre de estos
tiempos con su vasto conocimiento, está en plena capacidad de destruir el medio
ambiente si así lo quisiera.
Al igual que otros derechos, el derecho a gozar de
un ambiente sano surge con la Declaración
Universal de los Derechos Humanos en 1948. Por su
parte, la Declaración de Lisboa de 1988 emitida
dentro del marco de la “Conferencia Internacional
sobre garantías del Derecho Humano al Ambiente”,
exhortó a reconocer el derecho que tiene una
persona a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y a la
vez sugirió a los estados crear mecanismos jurídicos que hagan posible que cada
individuo pueda ejercer y exigir sin impedimentos, el derecho a habitar en
un medio ambiente saludable para el desarrollo de su vida.
En la Constitución peruana de 1979, en su artículo 123 se reconoció expresamente
como un derecho ciudadano, al derecho a habitar en un ambiente saludable y
ecológicamente equilibrado. Más recientemente en 1993, se reconoce (actual
Constitución peruana), el derecho al medio ambiente sano como un derecho
fundamental de las personas en el artículo 2, inciso 22.
Entonces son derechos de las comunidades y/o personas exigir que no se violenten
todos estos espacios, que la salud y el bienestar de todos los que vivimos en las
ciudades esté garantizado antes que cualquier otro interés económico             o de
desarrollo. Todos somos parte del medio ambiente y en la medida en que lo
hagamos nuestro y nos interesemos y participemos activamente empezaremos a ver
avances.
Los acontecimientos de Conga en Cajamarca y de Espinar en el Cusco son el
resultado de una combinatoria insólita: crecimiento económico basado en los
recursos no renovables en regiones con pobreza extrema, combinado con un proceso
de vulneración de derechos, la misma que en su gran parte lo hace las empresas
(Inversionistas) y peor aún si estos cumplen con irrisorios aportes (Canon Mineros)
al estado y los pueblos donde se encuentra esta inversión, lo más indignante es que
los que gobiernan estas regiones o pueblos no inviertan tal economía para el
desarrollo de sus pueblos, más    ven sus interés propios (individual y grupal),
haciendo que los pobladores no tenga el derecho a una buena educación, salud y los
servicios básicos.
Por Ejemplo En primer tema que llama la atención es que, tanto el Presidente de
la Región Cajamarca como el Alcalde de la Provincia de Espinar, tienen en común
dos cosas: de un lado, tienen una baja capacidad de ejecución de sus presupuestos
de inversión, sobre todo en infraestructura básica y, de otro, tratan de que la
actividad minera en su ámbito de gobierno se paralice o en el menor de los casos
que dicha actividad funcione en los términos que ellos quisieran, es decir
aumentando la tributación o las donaciones de acuerdo a su criterio. Curioso que
quienes no pueden ejecutar sus propios presupuestos quieran dejar de tener.
Pareciera que el tema del medio ambiente y los ingresos no es el problema, sino el
de imponer o de ser escuchado su punto de vista, se trata pues de un tema de
poder, respondiendo a proyectos políticos que se aprovechan de una coyuntura que
ellos mismos la crean, para crecer políticamente o para promover sus candidaturas
o sus partidos políticos. No les importa poner en juego la vida de sus electores o
seguidores   -por    momentos   pareciera   que   buscan   muertes-   a   raíz   del
exacerbamiento de los conflictos y del enfrentamiento con las fuerzas del orden,
olvidándose que de acuerdo a las Ley Nº 27972 en las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local,
con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines.


Entonces: ¿Quién vulnera más el derecho de los pueblos, los extranjeros
(Inversionistas) o el mismo peruano (gobernantes), quienes fueron
elegidos en democracia y en derecho a ser elegidos representantes de
los ciudadanos?


                                                   Autor: Pablo Santos Miranda.

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  • 3. Los acontecimientos de Conga en Cajamarca y de Espinar en el Cusco son el resultado de una combinatoria insólita: crecimiento económico basado en los recursos no renovables en regiones con pobreza extrema, combinado con un proceso de vulneración de derechos, la misma que en su gran parte lo hace las empresas (Inversionistas) y peor aún si estos cumplen con irrisorios aportes (Canon Mineros) al estado y los pueblos donde se encuentra esta inversión, lo más indignante es que los que gobiernan estas regiones o pueblos no inviertan tal economía para el desarrollo de sus pueblos, más ven sus interés propios (individual y grupal), haciendo que los pobladores no tenga el derecho a una buena educación, salud y los servicios básicos. Por Ejemplo En primer tema que llama la atención es que, tanto el Presidente de la Región Cajamarca como el Alcalde de la Provincia de Espinar, tienen en común dos cosas: de un lado, tienen una baja capacidad de ejecución de sus presupuestos de inversión, sobre todo en infraestructura básica y, de otro, tratan de que la actividad minera en su ámbito de gobierno se paralice o en el menor de los casos que dicha actividad funcione en los términos que ellos quisieran, es decir aumentando la tributación o las donaciones de acuerdo a su criterio. Curioso que quienes no pueden ejecutar sus propios presupuestos quieran dejar de tener. Pareciera que el tema del medio ambiente y los ingresos no es el problema, sino el de imponer o de ser escuchado su punto de vista, se trata pues de un tema de poder, respondiendo a proyectos políticos que se aprovechan de una coyuntura que ellos mismos la crean, para crecer políticamente o para promover sus candidaturas o sus partidos políticos. No les importa poner en juego la vida de sus electores o seguidores -por momentos pareciera que buscan muertes- a raíz del exacerbamiento de los conflictos y del enfrentamiento con las fuerzas del orden, olvidándose que de acuerdo a las Ley Nº 27972 en las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Entonces: ¿Quién vulnera más el derecho de los pueblos, los extranjeros (Inversionistas) o el mismo peruano (gobernantes), quienes fueron elegidos en democracia y en derecho a ser elegidos representantes de los ciudadanos? Autor: Pablo Santos Miranda.