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INSTITUCION EDUCATIVA FRANCISCO MANZANERA HENRÍQUEZ
                              Girardot – Cundinamarca – Nit. 890.680.240-7
      Creado por el Decreto Nº 1445 del 19 de Junio de 1979 – Emanado del Ministerio de Educación Nacional
  Código ICFES: Jornadas MAÑANA: 036152 – TARDE: 036160 – NOCTURNA: 036178 - DANE Nº. 225307-00824




        OTRO NIVEL – “MEGA”

    PACTO DE CONVIVENCIA
         AÑO 2013
1




El presente Pacto de Convivencia escolar contiene los siguientes capítulos que versan sobre los siguientes temas:

                                                                                                                                               Pagina

Introducción:      Misión, Visión                                                                                                              1
Capítulo I:         Identificación del plantel                                                                                                 2
Capítulo II:        Criterios de orden Administrativo                                                                                          2
Capítulo III:       Perfiles de los miembros de la Comunidad Educativa                                                                         4
Capitulo IV:        Derechos y Deberes                                                                                                         7
Capitulo V:         El respeto y la convivencia. Funciones de los miembros de la Comunidad Educativa                                           11
Capitulo VI:        Evaluación del comportamiento – principios y procedimientos
                    Debido proceso y órganos de participación estudiantil.                                                                     15
Capítulo VII:       Gobierno Escolar                                                                                                           21
Capitulo VIII:      Compromiso de la Institución                                                                                               25
Capitulo IX:        Estímulos                                                                                                                  26
Capitulo X:         Sistema Institucional de Evaluación (SIE)                                                                                  26
Capitulo XI:        Reformas al Pacto de convivencia                                                                                           30
Resolución Aprobación Pacto de Convivencia Escolar I. E. Francisco Manzanera Henríquez año 2013                                                33
ANEXOS
SENTENCIAS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA                                                                                                           34
Himno, escudo y bandera del Departamento de Cundinamarca                                                                                       37
Himno, escudo y Bandera de la Ciudad de Girardot
Himno y escudo de la I.E. FRANCISCO MANZANERA HENRIQUEZ

                                                            INSTITUCIÓN EDUCATIVA
                                                      “FRANCISCO MANZANERA HENRÍQUEZ”
                                                        PACTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
                                                                GIRARDOT - 2013

                                                                    INTRODUCCION

Este Pacto de Convivencia, es el apoyo a la labor diaria para el mejoramiento Intelectual, moral, ético, espiritual y social de los miembros de la
comunidad educativa y pretende pautar para una sana convivencia que permita el desarrollo de habilidades y cualidades personales con el fin de
alcanzar la excelencia que identifique nuestra institución como un espacio de construcción individual y colectiva. Teniendo esto en cuenta, cada
miembro de la comunidad educativa debe convertirse en promotor de procesos de crecimiento personal que conlleven a una sana convivencia con la
utilización de estrategias que permitan resolver situaciones académicas y relaciones cotidianas con argumentos, concertación, negociación pacifica y
productiva, estrechando lazos de fraternidad y mutua ayuda en la formación personal.

Se pretende utilizar mecanismos alternos de la solución de conflictos, dentro de un proceso de negociación, mediación y concertación como una
estrategia para manejar el conflicto, que es una manifestación de choque de intereses, de la existencia de necesidades y anhelos insatisfechos. Por
esta razón para resolver un conflicto, este se debe conocer y entender para aplicar el proceso de negociación preguntando a cada uno, qué le
preocupa? Qué le interesa? Qué necesita?, ¿Por qué y para qué quiere negociar? Teniendo en cuenta lo anterior nos debemos convertir en un
promotor de procesos de negociación pacíficos y productivos.

En esta medida el Texto que formaliza el PACTO DE CONVIVENCIA es una propuesta pedagógica, producto de la interacción y del trabajo de los
diferentes actores de la comunidad educativa, con el fin de buscar la motivación, la reflexión, la participación y la acción centradas en el acontecimiento
y cumplimiento racional de las normas legales establecidas por la comunidad y para la comunidad; de ahí su carácter de Ley o Norma Legal, que
establece igualmente las condiciones de admisión, permanencia o desvinculación del estudiante en la institución, las características y procesos del
servicio educativo, los deberes y derechos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, lo que compromete su obediencia y sentido de
pertenencia.

Es importante mencionar y consultar ante cualquier situación, algunas Sentencias de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA que se referencian al final de
este documento en los ANEXOS.

Finalmente mencionar que se Adopta por parte de la institución la LEY 201 de diciembre de 2012 la cual crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Se iniciara
en el año 2013 con la conformación del Comité de Convivencia escolar estipulado en dicha ley y se pondrá en funcionamiento durante el año 2013
como ente garante del cumplimiento de dicha ley.

MISION INSTITUCIONAL

La Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez asume con responsabilidad y criticidad, en el marco de la autonomía institucional, procesos
pedagógicos que ofrecen una formación integral altamente calificada a sus estudiantes. Para ello se exigirá como institución abierta al cambio, tolerante
y propiciadora de valores y actitudes favorables no solamente al desarrollo del conocimiento sino también al desarrollo sociocultural mediante prácticas
vivenciales que integren activa y efectivamente a los miembros de la comunidad manzanerista, permitiendo su crecimiento y realización personal
2



colectiva en los distintos contextos humanos del mundo actual y capacitando a los estudiantes en tecnologías que le permitan asumir los retos y
desafíos del mundo laboral.

VISION INSTITUCIONAL

La Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez, estatal, de carácter público en los niveles de Preescolar, Básica (primaria y secundaria),
Medias Técnicas en Gestión Ambiental, desarrollo y Mantenimiento en informática y Gestión Empresarial, así como la educación por ciclos en la
Jornada nocturna orientada por ciclos mediante el decreto 3011, promocionará bachilleres con una formación que posibilitará la continuación de sus
estudios superiores y/o el ingreso al campo laboral como gestores de proyectos empresariales y ambientales con altos índices de calidad y desempeño;
para que incida en el mejoramiento de las condiciones de vida de sus familias, como resultado de la formación que se ofrece en los proyectos micro-
empresariales. Una persona que encarnará lo filosófico, lo científico - técnico, lo artístico – lúdico de manera integral, es decir, seres capaces de
reflexión, acción de sentimiento, cuya razón sea sensible y su sensibilidad sea racional, que lo lleven a prepararse para la vida en condiciones dignas,
como futuros ciudadanos integrales y productivos.



                                                                   CAPITULO I
                                                          IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL
  1. Descripción del plantel.
  -Nombre                     : Institución Educativa francisco Manzanera Henríquez
  -Localización               : Girardot-Cundinamarca - Km. 1 vía a Nariño
  -Teléfono                   : 8361850 - 3204203663
  -Email                      : iemanzanera@hotmail.com

  2. Identificación Legal.
  -Propietario               : Municipio de Girardot - Cundinamarca
  -Representante Legal       : 2012 – LIC. OSCAR ROA RIAÑO
  -Fecha de Fundación        : Marzo 12 de 1979
  -Decreto de Creación       : 1445 del 19 de junio de 1979 Ministerio de educación Nacional.
  -Licencia de Funcionamiento: Jornada. Mañana. Resolución. 239 del 3 Diciembre/08 Secretaria de Educación Municipal
  -Resolución de Aprobación  : Jornada Nocturna: Nº 002253 Nov. 23/01
  -DANE                      : 225307-000824
  -NIT                       : 890.680.240-7
  -CODIGOS ICFES             : Jornada Mañana - 03615-2
                                Jornada Tarde - 03616-0
                                Jornada Nocturna - 03617-8
  -Carácter                  : Mixto
  -Orden                     : Institución Sin ánimo de lucro
  -Naturaleza                : Mixta
  -Tipo de Educación         : Formal (Jornadas mañana y tarde)
                                Formal de Adultos por ciclos Lectivos (Jornada. Nocturna)
  -Sedes                     : Jorge Eliecer Gaitán, Antonio Nariño, San Lorenzo y Santa Elena Jornada Mañana.
                                Buenos Aires, Francisco José de Caldas, República Ecuador Jornadas Mañana y Tarde.
  -Niveles de Formación       : Preescolar- Básica Primaria (Jornadas Mañana y Tarde) – Básica Secundaria – Media Técnica (Jornada Mañana)-
                                Media Académica Ciclos (Jornada Nocturna – decreto 3011).
  -Modalidad                 : Bachillerato Técnico en: - Gestión empresarial – Gestión Ambiental – Tecnología en Informática
                                Bachillerato Académico ciclos (Jornada Nocturna).
  - Horarios todas las Sedes : Grado Cero: Entrada 7:00 a.m. Salida 11:00 a.m.
                             Grados 1 a 5 Jornada Mañana: Entrada 6:50 a.m. Salida 11:50 a.m.
                             Grados 6 a 9 Jornada Mañana. Entrada 6:10 a.m. Salida 12:10 p.m.
                             Grados 10 y 11 Jornada Mañana. Entrada 6:10 a.m. Salida 2:10 p.m. (Según día de formación Técnica)
                            Grados 1 a 5 Jornada Tarde: Entrada 12:30 a.m. Salida 5:30 a.m.
                            Ciclos I a VI Jornada Noche: Entrada 6:00 p.m. Salida 9:30 p.m.


                                                                 CAPITULO II
                                                     CRITERIOS DE ORDEN ADMINISTRATIVO

ARTICULO 1. MARCO LEGAL. El presente Documento representa el Pacto de Convivencia de la Institución Educativa FRANCISCO MANZANERA
HENRIQUEZ, está fundamentado en la Constitución Política de 1991, en la Ley General de Educación (Ley 115 de febrero de 1994), en el Decreto
1860 de Agosto de 1994, Ley de infancia y Adolescencia (Ley 1098 de Noviembre de 2006). En la Resolución 03353 Educación sexual, Ley 30 de
1986, prevención de la drogadicción, Ley 33 de 1994, Sentencias de la corte Suprema de Justicia referentes al proceso formativo de los educandos y la
corresponsabilidad de la Institución y los padres de familia y/o acudientes, libertad religiosa, en el Estatuto Docente y en los Decretos sobre los
proyectos pedagógicos y otros.
3



OBJETIVO GENERAL
Comprometer a todos los estamentos que conforman la Comunidad Educativa de la Institución FRANCISCO MANZANERA HENRIQUEZ en el
cumplimiento de un PACTO DE CONVIVENCIA que establece normas acordadas conjuntamente y permite mantener relaciones de tipo social, familiar y
afectivo que conduzcan y contribuyan en la formación de Ciudadanos sentipensantes y actuantes, ejemplares para la Ciudad de Girardot.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
   - Conocer y asumir el contenido del Pacto de Convivencia para aprender a vivir con otras personas dentro de un ambiente cordial y familiar.
   - Comprometer al estudiante a ser sujeto de su formación integral a través del diálogo, buscando resolver las diferencias y conflictos, para fortalecer
   los valores de interés personal y grupal.
   - Dedicar todos nuestros esfuerzos para contribuir a una buena formación de los futuros ciudadanos de Girardot.
   - Contribuir en el fortalecimiento de la formación integral del estudiante para hacer de la institución un centro con una visión transformadora,
   participativa y democrática.
ARTICULO 2. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE: “Para ser estudiante la persona debe cumplir con las siguientes condiciones”
a. Cumplir con los requerimientos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional: Tener 5 años o cumplirlos en los tres primeros meses del año
escolar para el grado preescolar; de ser menores de 15 años y haber cursado y aprobado el grado quinto, para ser estudiante regular del grado sexto
en las jornadas diurnas, y para la jornada nocturna los requisitos del decreto No.3011/96, para otros grados haber sido promovido del grado
anterior. Quienes vienen de otras instituciones, observar un buen comportamiento, además de cumplir con el proceso de matrícula.
b. Estar apoyado y respaldado desde el momento de la matrícula por un acudiente o tutor para asistirlo en las situaciones que requiera, o cuando el
colegio lo solicite; y deberá cumplir con los compromisos que le corresponda en caso de ausencia total.
c. Asistir puntualmente al establecimiento escolar dentro del calendario académico según horario de cada jornada dado por la institución y/o en horario
que esta lo requiera.
d. Presentar los documentos auténticos requeridos para la matrícula.
PARAGRAFO 1. El estudiante que desee ingresar a Grado decimo será clasificado y asignado a un grado según la modalidad de las medias técnicas
     que sea de su interés y de las cuales se orientan en la Institución; Media Técnica en Sistemas, Administración o Medio ambiental.
PARAGRAFO 2: El estudiante que desee ingresar a Grado Once solamente podrá matricularse si cumple los requisitos académicos de las medias
     técnicas que se orientan en la Institución y que tengan sus respectivas valoraciones en Grado decimo o en grado Once si es en tiempo intermedio
     del proceso.
ARTICULO 3. MATRICULA: GRATUIDAD DE LA MATRÍCULA. Toda persona que quiera pertenecer a la Comunidad educativa de la Institución
Educativa Francisco Manzanera Henríquez deberá traer los documentos exigidos para la misma, obteniendo los beneficios de gratuidad en derechos
académicos, pensión y matrícula dando así cumplimiento del artículo 67 de la Constitución Política de Colombia.
PARAGRAFO 1. PROCESO DE MATRICULA. ADMISION: Para la institución es indispensable que cada familia cumpla con las fechas para matrículas
establecidas con la debida anticipación. No obstante, ofrece la oportunidad de realizar matrículas extemporáneas de acuerdo al cronograma
presentado por la secretaria de educación Municipal. Para el inicio de su proceso de matrícula un estudiante Nuevo deberá:
       a- Presentar diligenciado el respectivo formato u Hoja de pre-matrícula, la cual debe ser diligenciado después del mes de octubre del año
             inmediatamente anterior.
       b- Presentar entrevista con orientación escolar, para los estudiantes que llegan de las diferentes instituciones con el fin de conocer sus
             razones de vinculación, cambio de institución, responsabilidad y compromiso con los procesos educativos.
       c- Realizar la lectura y firmar Acta de aceptación del manual de convivencia.
       d- Presentar Certificados de estudios, observador del alumno y paz y salvo expedidos por la institución de procedencia.
       e- Certificado de estudios del último grado cursado
       f- Si desea ingresar a grado decimo u once, solamente podrá hacerlo bajo las modalidades de media técnica que se ofrecen en el momento en
             la institución y con el cumplimiento de los requisitos de matricula e inscripción en la institución de carácter técnico (SENA, UNAD u otra) que
             se encuentre en convenio con nuestra institución.
Si el estudiante ha cumplido con los criterios anteriores y habiendo la disponibilidad de cupo, se procede a efectuar la matrícula con la presencia de los
padres o acudiente y el estudiante en los días señalados para tal efecto, anexando los siguientes documentos: (también aplica para estudiantes
antiguos)
       a. Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento (hasta los 7 años, los mayores con tarjeta de identidad).
       b. Fotocopia del carné de afiliación a una E.P.S. (Ley 100/93).
       c. Paz y Salvo por todo concepto y certificación de comportamiento, expedidos por la Institución de procedencia.(igualmente los antiguos
             quienes lo obtendrán vía internet en la página institucional – www.iefmanzanera.edu.co)
       d. Certificado de estudios del año inmediatamente anterior
       e. Certificación de vacunas para los grados Pre-escolar, Primero y Segundo de primaria.
ARTICULO 4. COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES AL MATRICULARSE.
       a. El estudiante y su acudiente, deberán estar presentes en el momento de la matrícula, para recibir el Pacto de Convivencia, firmar y establecer
             los compromisos de tipo académico y disciplinario.
       b. Cumplir al pie de la letra con las disposiciones establecidas para que los niños, niñas y adolescentes, se comporten en un ambiente escolar de
             acuerdo a la ley (Pacto de convivencia de la Institución, decreto 1098, leyes de educación)
       c. Mantener en buen estado, todos los recursos que la institución dispone a su servicio y en caso de que los deteriore, el acudiente procederá a
             reparar los daños ocasionados por el estudiante.
       d. Conocer, aceptar y obrar conforme a las disposiciones o normas legales acordadas en el Pacto de convivencia y participar activamente en las
             futuras reformas que se le hagan, de acuerdo a lo que el estudiante analice y proponga como sugerencias.
       e. Asistir a los llamados del departamento de Orientación escolar al momento en que sea requerido, con previo aviso al docente de turno y de
             acuerdo a las solicitudes de ayuda del padre de familia, docente o directivo, adoptando cambios favorables percibidos por la comunidad
             educativa en general.
       f. Si ingresa a grado decimo u once debe asistir puntual y cumplidamente a los horarios establecidos para la media técnica a la que pertenezca.
             Así mismo debe cumplir con los horarios y jornadas que se establezcan para la preparación del ICFES y refuerzos académicos.
4



ARTICULO 5. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONVIVENCIA
   a. Aprender a no agredir al congénere: base de todo modelo de convivencia social. El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad
       en fuerza para el amor y no para la agresión.
   b. Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal y grupal. La convivencia social requiere aprender a conversar porque es a través
       de la conversación que aprendemos a expresarnos, coincidir, discrepar y comprometernos, y a escuchar porque es el valor que nos conecta al
       pensamiento y la opinión del otro.
   c. Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a los otros, reconozco y acepto sus opiniones, aprendo a
       convivir.
   d. Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no
       se aprende a concertar con los otros. Es decir, aprender a trabajar en equipo.
   e. Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros es
       una forma de expresar amor a la vida.
   f. Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y
       del universo, pero que en ningún momento somos superiores. No somos los “amos de la naturaleza”. Esto cabe además, si nos referimos al
       cuidado del entorno físico, como demostración de un imponderable sentido de pertenencia.
   g. Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y cultural. El ser humano evoluciona a medida que su cultura
       evoluciona.
ARTICULO 6. REQUISITOS PARA LA PERMANENCIA EN CALIDAD DE ESTUDIANTE. Para permanecer en la Institución Educativa Francisco
Manzanera Henríquez como estudiante activo, será necesario que el estudiante cumpla con los siguientes requisitos:
a. Tener Matrícula vigente, es decir estar registrado y activo en el sistema institucional y el SIMAT.
b. Asumir una actitud responsable frente a su rol de estudiante en cuanto a: puntualidad, sentido de pertenencia, respeto por si mismo y por los demás,
por el uniforme, por sus labores académicas, lúdico-recreativas y deportivas, así como el cuidado de su entorno, deseo de superación y progreso.
c. Ser asistido incondicionalmente por sus padres o acudientes en las diferentes eventualidades que la institución lo requiera o la circunstancia lo
amerite.
d. En ausencia total o de retiro forzoso del acudiente, este será reemplazado y el nuevo acudiente debe firmar la matrícula y deberá adquirir todos los
compromisos que con su función exigen.
e. participar y ser miembro activo de los diferentes comités que existan en la Institución.
ARTICULO 7. CAUSALES PARA LA PERDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE.
La persona pierde el carácter de estudiante de la institución y sus derechos como miembro de la institución por:
a. Incumplir con las condiciones señaladas en los artículos 1, 3 y 5 del presente Capitulo.
b. Cancelar voluntariamente la matrícula cuando el acudiente o tutor así lo determine.
c. Inasistencia habitual del 30% de la intensidad horaria de las clases en forma injustificada (Decreto 1860, Art. 53)
d. Ser excluido de la Institución después de un proceso disciplinario ratificado por el consejo directivo.
e. Presentar documentos falsos o alterados, cometer fraude en el momento de la matrícula o en cualquier situación de la vida escolar.
ARTÍCULO 8. UNIFORMES: Después de matriculado, todo estudiante sin excepción, debe respetar los uniformes institucionales y portarlos con decoro
dentro y fuera de la Institución. Estos serán los aquí definidos sin ningún tipo de modificación.
El uniforme de diario para todos los estudiantes
      a. Para las niñas desde pre-escolar hasta la media técnica es blusa camisera blanca de dacrón, con cuello sport, jardinera hecha con tela de
            poliéster, color grisáceo a cuadros verdes, prenses seguidos a cuatro centímetros cada uno, cinco centímetros arriba de la rodilla, según
            modelo presentado en Secretaria de la Institución. Zapatos negros de cordón y de lustrar, medias blancas de doblar al tobillo. Los accesorios
            como moños, bambas, hebillas o valacas deben ser blancos o negros. Si se desea se puede usar un Bicicletero bajo la falda.
      b. Para los niños y jóvenes de pre-escolar hasta la media técnica: pantalón azul petróleo, camibuso blanco de lacoste con el escudo de la
            institución bordado en el bolsillo al lado izquierdo, con ribetes en el cuello y en las mangas de color verde, según modelo presentado en la
            Secretaria de la Institución. Zapatos negros, lustrables y con cordones, medias color azul obscuro.
      El uniforme de educación física
            Para todos los niveles, el uniforme es una sudadera con pantalón Verde con una raya blanca a los dos lados exteriores de las piernas, buzo
            blanco cuello V con borde verde en el cuello y mangas, el escudo estampado o bordado en el pecho, según modelo presentado en
            Secretaria de la Institución. Tenis tradicionales blancos y medias blancas.
     Jornada Nocturna: En todos los ciclos el uniforme es uno solo: Buso Blanco cuello redondo y Pantalón Jean color azul.

ARTICULO 9. REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE, TUTOR O REPRESTANTE LEGAL.
Definición: El acudiente, tutor o representante legal es la persona (papá- mamá o familiar) que haga sus veces, Mayor de edad, que firme la matricula
junto con el estudiante.
Al firmar la matricula el padre de familia, acudiente, tutor o representante legal se compromete a:
            a- Responder por las necesidades y actuaciones de su acudido.
            b- Cumplir con los compromisos adquiridos y estipulados en el presente Pacto de convivencia escolar
            c- No tener impedimentos de orden moral o penal contemplados en la ley.
            d- Asistir incondicionalmente a las diferentes eventualidades que la institución requiere o la circunstancia lo amerite.
            e- Asumir la corresponsabilidad de los actos de sus acudidos y en caso de presentarse el padre de familia o acudiente debe reparar y pagar
            los daños ocasionados por el estudiante. En la jornada Nocturna los mismos estudiantes son responsables de ellos y sus actos. Esto no
            quiere decir que los padres de menores de edad (entre 15 y 17 años) no puedan responder o averiguar por la situación de ellos en la
            Institución.
            f- En ausencia total o de retiro forzoso del padre de familia, acudiente, tutor o representante legal, este será reemplazado y el nuevo
            acudiente debe firmar la matricula.
            g- Participar y ser miembro activo de las diferentes comisiones que existan en la Institución.
            h- Conocer los deberes y derechos plasmados en el presente Pacto de Convivencia
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ARTÍCULO 10. INHABILIDAD PARA SER ACUDIENTE, TUTOR O REPRESENTANTE LEGAL. Una persona está impedida de ser acudiente cuando
es menor de edad. Se exceptúan los estudiantes de la jornada nocturna y casos especiales debidamente Comprobados y justificados.


                                                              CAPITULO III
                                         PERFILES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
                     “POR UNA MEJOR CONVIVENCIA, CONCIENTICÉMONOS DE LO BUENO POR HACER Y LO MALO POR RECHAZAR”

CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN TENER LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA FRANCISCO MANZANERA HENRÍQUEZ.
ARTICULO 1. PERFIL DEL ESTUDIANTE: El estudiante se debe caracterizar por:
a) Desarrollar el sentido de pertenencia por su institución
b) Conocerse a sí mismo, amarse, resaltar sus cualidades y reconocer sus debilidades
c) Ser persona capaz de convivir en aprecio y respeto por la dignidad del otro
d) Aceptar y respetar las diferencias individuales
e) Manejar la solución de conflictos mediante el diálogo y el entendimiento evitando toda forma de violencia agresión y manipulación
f) Propender por un alto nivel de servicio, autoestima, autonomía y libertad, siempre que cumpla las normas vigentes de la institución
g) Mantener activo su espíritu de superación personal en todas las órdenes; ejercicio de sus derechos, higiene, presentación personal y excelente
comunicación.
h) Ser honesto y transparente en todas sus acciones manifestando coherencia entre lo que piensa y lo que hace,
i) Manifestar el deseo permanente de conocer, de aprender, de experimentar.
j) Dignificar y respetar toda forma de trabajo y de comportamiento humano, preocupándose por superarse y mejorar cada día más.
ARTICULO 2. PERFIL DEL DOCENTE
El docente manzanerista, debe caracterizarse por su autoestima y dignidad, reflejadas en:
a) El sentido de pertenencia y amor a la institución.
b) La defensa de sus derechos, fundamentada en una praxis política.
c) El amor por sí mismo y por su trabajo que se demuestre en su alta autoestima.
d) La responsabilidad, como profesional de la educación.
e) La honestidad, rectitud y coherencia entre su pensamiento, su acción y su exigencia.
f) La autonomía, la libertad y la creatividad, sin interferir en los espacios de los demás, y la defensa de la libertad de cátedra y de pensamiento.
g) El trato humanizante, considerando las situaciones particulares propias y ajenas, rechazando el autoritarismo, la imposición, la agresividad y la
manipulación en todas sus formas.
h) La creación de ambientes de tolerancia, respeto y lealtad.
i) El esfuerzo por ser modelo o ejemplo para la comunidad educativa.
j) La flexibilidad para adaptarse a los cambios del universo y del mundo, siempre y cuando contribuya a su supervivencia y crecimiento hacia el bien.
k) La preparación permanente y la actualización en el quehacer pedagógico, en una actitud investigativa e innovadora, dándose el espacio y el apoyo
para cumplir con ello.
l) La práctica educativa caracterizada por su actitud de maestro-guía, orientador, tutor, dinamizador de los procesos formativos y del desarrollo de las
competencias de sus educandos.
m) La actitud abierta, que le permita ser comprensivo y afectuoso frente a las diferencias y problemas individuales que se presentan en su trabajo
diario, y la capacidad de expresar su afecto y amabilidad, no temiendo estimular ni elogiar al otro, mirando más las cualidades que los desaciertos y
utilizando la crítica constructiva
ARTICULO 3. PERFIL DEL COORDINADOR.
Por su función de enlace entre los diferentes miembros que conforman la comunidad educativa Francisco Manzanera Henríquez, el coordinador debe
ser:
a) Un profesional convencido de su labor, tener idoneidad para conocer, manejar y apropiarse de la filosofía institucional
b) Un excelente comunicador
c) Una persona honesta, justa y con sentido de pertenencia por la institución
d) Conocer, manejar y apropiarse de la filosofía institucional
e) Reflejar su autoridad en la imparcialidad de sus actos, aprecio y respeto por todos sus semejantes.
f) Ser conciliador y mediador entre los diferentes entes de la comunidad educativa
g) Vigilante de los derechos humanos, código del menor y manual de convivencia, especialmente con los estudiantes a su cargo.
ARTICULO 4. PERFIL DE EL (LA) ORIENTADOR (A) ESCOLAR
El orientador escolar de la institución conforme a lo establecido en la ley debe:
       a- Saber observar y escuchar
       b- Poseer madurez afectiva y equilibrio interior
       c- Ser objetivo e imparcial
       d- No ser agresivo ni autoritario
       e- Poseer capacidad de empatía
       f- Aceptar a la persona q lo consulta y comprenderle
       g- Ser cordial, afable y accesible
       h- Guardar la intimidad del entrevistado
       i- Ser sincero, paciente y sereno
       j- Ser prudente y guardar el secreto profesional
ARTICULO 5. PERFIL DEL BACHILLER EGRESADO
La proyección que la institución aspira para los futuros Bachilleres Técnicos de la jornada Diurna y Académicos en la Jornada Nocturna, es:
a) Que cada egresado represente el ideal manzanerista de crecimiento, autonomía y responsabilidad.
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b) Que sea capaz de formar un hogar con visión clara de su paternidad o maternidad responsable, y de su fidelidad, a pesar de los cambios culturales
que rodeen la sociedad futura.
c) Que mantenga vivo en él, su espíritu de cultivo intelectual, sea a través de la profesionalización, sea a través de la educación no formal, o en último
caso de la autoformación, la cual deberá acompañar todas las demás formas de desarrollo.
d) Que hombres y mujeres estén formados políticamente para la toma de decisiones y acciones frente a problemas y situaciones que los afecten a ellos
o a su entorno, mediante el ejercicio participativo y democrático, en la convivencia diaria, donde la ley esté al servicio del hombre, y no a la inversa,
identificando y atacando distintas formas de manipulación, explotación, agresión y autoritarismo.
e) Que en su desempeño laboral se plasmen la preparación, autonomía, eficiencia y creatividad, siendo ejemplo para su grupo social, de tal modo que
llegue a ser una persona necesaria para su comunidad, logrando el desarrollo y bienestar personal y colectivo.
f) Que sea cálido, amoroso y respetuoso en sus relaciones, de tal modo que sea un facilitador de la armonía, de la paz y la vivencia de los valores
éticos y morales.
g) Que con todos sus actos aporte a la construcción de una nueva sociedad equitativa en oportunidades y acciones.
h) Que una vez saturado el mercado y la demanda laboral en la región, tenga la capacidad de proyectarse hacia otros espacios nacionales e
internacionales.
i) Que todo lo que produzca con su talento, bienes y servicios, redunde en el mejoramiento de la infraestructura de su colegio y de su entorno
inmediato.
ARTICULO 6. PERFIL DE LOS ADMINISTRATIVOS Y ASISTENCIALES
El personal asistencial es parte fundamental en el engranaje de la institución educativa. El perfil de estas personas está orientado a tener:
a) Sentido de pertenencia y amor por la institución.
b) Responsabilidad y eficiencia en el cumplimiento de sus funciones.
c) Trato amable, cordial, afectuoso hacia sí mismo y hacia toda la comunidad de la cual hace parte.
d) Seguimiento del conducto regular para el tratamiento y solución de situaciones problemáticas que lo ameriten.
e) Preparación continua que apoye su crecimiento personal y su mejor desempeño laboral.
f) Honestidad en cada acto de su quehacer personal y laboral.
g) Eficiencia en cada uno de los trabajos que les sean asignados
ARTICULO 7. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA
El hogar es la primera y más decisiva de las escuelas en la formación integral del ser humano. Por tanto, se constituye en punto de apoyo fundamental
para el trabajo de la Comunidad Manzanerista. El perfil deseable para los padres y acudientes Manzaneristas debe implicar primordialmente el
verdadero amor filial que se manifiesta en:
a) La preocupación constante por sus hijos o acudidos y su quehacer dentro y fuera de la institución.
b) El cumplimiento de los deberes exigidos por una paternidad- maternidad responsable: afecto, comprensión, diálogo, salud, alimentación, sueño,
respeto por su niñez y sus derechos, en forma equilibrada entre sus responsabilidades y su recreación; el apoyo en todas las circunstancias de la vida.
c) Buen trato, humano, respetuoso y cariñoso entre los mismos padres y hacia sus hijos. Este buen trato debe extenderse a todos los miembros de la
comunidad escolar.
d) En situaciones de padres separados, buen trato, evitando la contradicción de criterios y decisiones que se tomen respecto a sus hijos y que afecten
su desarrollo y formación.
e) Sentido de pertenencia, amor, defensa de la institución en general.
f) Aceptación y aporte de sugerencias que contribuyan al crecimiento de sí mismos, de sus hijos, y de la Institución.
g) Participación activa en las diferentes comisiones o comités que se constituyan en la Institución.
h) Participación constante e intervención en las actividades escolares y extra-escolares en las que es solicitado
ARTICULO 8. PERFIL DEL RECTOR
Su perfil estará enmarcado en la ley, por funciones y competencias:
FUNCIONES:
a) El Rector debe ser Educador: Para garantizar la calidad y la coherencia entre las acciones educativas y de la enseñanza en la institución educativa y
para que reconozca que el aspecto fundamental de la calidad es la experiencia educativa de niños y jóvenes.
b) El Rector como animador Pedagógico: Tener conciencia de que la motivación en el trabajo es inhibida o facilitada por la calidad de las relaciones que
debe establecer con un equipo, por la presencia de valores, su organización y su influencia con la conducción institucional, sabe escuchar, acompaña
desafíos, frustraciones, errores y abre la institución a los recursos exteriores, con las asociaciones barriales, culturales, artísticas, intelectuales y los
articula a los recursos internos con vista a hacer de la institución un taller de aprendizaje.
c) El Rector en función de informador y comunicador: Para reconocer las exigencias internas y externas tiene en cuenta a las personas, sus intereses y
preocupaciones. Sabe que dirigirse a docentes, padres o estudiantes, exige tener la capacidad de diseñar mensajes con los códigos adecuados. El
propósito primordial de esta función es asegurar que los estudiantes, las familias, los docentes y la comunidad toda, cuente con la información
pertinente.
d) El Rector como gestor de recursos: Es responsable de lograr una participación del conjunto de los mismos, de modo tal que satisfaga las demandas
y necesidades institucionales, para ello define la distribución interna de los medios de manera coherente con los objetivos y las acciones del proyecto.
Como gestor, el rector indaga sobre nuevas posibilidades de recursos didácticos y/o materiales.
e) El Rector en su función Administrativo- jurídica: Es el responsable de toda la tarea educativa realizada dentro o fuera de la institución, pero él
representa a la autoridad administrativa de educación del nivel local y debe velar por el respeto de la legislación escolar y su aplicación.
COMPETENCIAS:
Sobre los saberes y los conocimientos con los cuales debe estar familiarizado el Rector:
1. Dominio de una cultura amplia.
2. Dominio de lo socio- político.
3. Dominio de lo cultural- educativo.
4. Dominio de lo curricular – pedagógico.
5. Dominio de lo organizacional.
6. Dominio de lo jurídico – administrativo.
7. Dominio de lo comercial, económico y financiero.
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8. Sobre los métodos que debe utilizar, es decir, sobre el saber- hacer:
9. Métodos de animación y comunicación.
10. Métodos de diagnóstico.
11. Métodos de análisis prospectivo.
12. Métodos de gestión.
13. Métodos de regulación y evaluación.
14. Métodos de resolución de problemas.
15. Sobre las cualidades personales que debe tener, es decir, sobre el saber, ser y estar, actitudes y aptitudes:
16. Pro- activo.
17. Emprendedor.
18. Sensible a los cambios.
19. Capacidad de construir.
20. Capacidad de anticipación.
21. Capacidad de convocar a participar.
22. Flexibilidad.
23. Saber escuchar.
24. Persistencia y dedicación.
25. Desarrollo de la paciencia y la voluntad.
26. Seguridad en sí mismo.
27. Razonamiento lógico y analítico.
28. Capacidad de organización.
29. Creatividad y rigurosidad.
30. Saber mirar para ver y actuar.
31. Dominar el arte de la argumentación.
32. Flexibilidad conceptual.
33. Conciliador


                                                                    CAPITULO IV
                                                              DERECHOS Y DEBERES
     “Soy libre cuando actuando con responsabilidad, realizo todo cuanto me hace crecer como persona, sin interferir con la libertad de los demás”
                                      “Todo Derecho siempre lleva consigo el cumplimiento de un deber”

ARTICULO 1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Todos los estudiantes de la Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez, tienen los derechos civiles fundamentales, sociales, económicos,
culturales, colectivos del medio ambiente, establecidos en la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia, la Ley General de Educación y
demás reglamentaciones que le atañen, por su condición de persona, colombiano, menor de edad, ciudadano (en caso de los estudiantes mayores de
edad). Como persona tiene derecho a velar por la defensa y protección de los mismos a partir de su condición de estudiante regular, debidamente
matriculado en el plantel, siendo miembro activo, participativo de la comunidad educativa. Tiene derecho a:
1. Ser tratados por parte de cada uno de los estamentos de la comunidad educativa con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser
     humano merece de sus semejantes en igualdad.
2. Recibir educación y formación que le garantice el pleno desarrollo de su personalidad y potenciar sus facultades con el fin de prepararlo para una
     vida activa, conociendo y respetando los derechos humanos, los valores culturales y el cuidado del medio ambiente natural con espíritu de paz,
     tolerancia y solidaridad.
3. Expresar su opinión, escuchar y ser escuchado con cultura y cortesía, ser orientado y orientar en aquellos casos de conflicto que perjudiquen y
     afecten la convivencia institucional.
4. Participar activamente en el proceso de formación y en las demás programaciones culturales, sociales, religiosas y deportivas del plantel.
5. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través de los conductos regulares (profesor, director de grupo, orientador,
     coordinador, Comité de Convivencia, Consejo Académico, Rectoría y Consejo Directivo), enmarcados en la veracidad, respeto por la institución y
     las personas vinculadas a ésta.
6. Conocer las anotaciones sobre su comportamiento que realicen el director de grupo, profesores, coordinadores, Unidad de Mediación o Comité de
     Convivencia, en la biografía escolar, para hacer las observaciones o los descargos respectivos.
7. Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil, que dispone la institución.
8. Elegir y ser elegido para representar a sus compañeros en los organismos de participación estudiantil.
9. Que sus conflictos se resuelvan por medios alternativos, siempre y cuando estén dentro del ámbito legal, tales como: la mediación, la conciliación
     en equidad, la negociación directa, el arbitraje y el diálogo.
10. Recibir estímulo cuando su comportamiento y actitudes lo ameriten.
11. Protección especial por razones de edad, salud, nutrición, condición socioeconómica, embarazo, limitaciones físicas, violencia intrafamiliar,
     abandono, desplazamiento, amenaza o de cualquier otra índole.
12. Optar por ser padre o madre con las consecuencias que dicha decisión conlleve.
13. Recibir educación en la prevención, el uso y el abuso de sustancias sicotrópicas y, de ser necesario, ser remitido a instituciones de apoyo
     especializado con la colaboración y compromiso oportuno del grupo familiar.
14. Ser remitido a institución especializada cuando a criterio del departamento de orientación escolar la situación del estudiante o de la familia lo
     amerita.
15. No ser sometidos(as) a castigos, burlas, escarnio público, señalamientos indebidos, estigmatización o similares.
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16. Recibir una copia del Manual de convivencia al inicio del año escolar o al momento de ingreso a la Institución.
17. Solicitar e impulsar cambios, ajustes y reformas al Manual de Convivencia que beneficien a la comunidad educativa.
18. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional.
19. Ser representado y apoyado, material y sicológicamente, por su núcleo familiar cuando se considere necesario para lograr la misión institucional.
20. Utilizar los servicios que ofrece la institución de acuerdo a los reglamentos establecidos.
21. Elegir de manera voluntaria y autónoma al iniciar el grado 10º su media técnica de acuerdo a las habilidades o capacidades que demuestren
    académicamente
22. Gozar de Derechos académicos tales como:
        La recepción puntual y calificada de su clase, actividades, informes y recursos, según las normas vigentes.
        El buen uso del tiempo libre: a espacios y medios adecuados para el desarrollo de actividades académicas, recreativas, artísticas, culturales y
         deportivas.
        Participar en actividades y grupos organizados de tipo científico, artístico y deportivo en representación del colegio.
        Conocer permanentemente el resultado de su proceso evaluativo, antes de ser procesada la información.
        Solicitar revisión de sus evaluaciones si se considera mal evaluado hasta pedir segundo evaluador, y a presentar examen de suficiencia, para
         optar otro grado si se considera capacitado. Estos procesos se harán por escrito a la comisión de evaluación y promoción.
        Tener condiciones favorables para su aprendizaje, contar con los elementos necesarios para desarrollar los procesos investigativos que exige
         la academia (biblioteca, laboratorio, y otros).
        Ser evaluado, siempre y cuando se encuentre en el momento de dichos procesos.
        Que se reivindique el error como una de las formas de acercarse al conocimiento, es decir, el de poder solicitar a cualquier docente que le
         permita rehacer la franja de saber dónde se ha equivocado.
        Que su opinión sea tenida en cuenta en la elaboración de planes y proyectos.
        Un adecuado servicio de restaurante, cafetería y restaurante escolar, con alimentos nutritivos, variados y económicos.
        Servicio del transporte, siempre y cuando haya disponibilidad, en la hora que sea requerido como un derecho comunitario y no con fines
         personales.
        Recibir los certificados de Secretaría, en los términos de la ley cuando sean solicitados.
23. Disfrutar derechos en torno al respeto y la sana convivencia. Derecho a:
        Exigir respeto por su integridad física, intelectual y moral sin distingo de raza religión, origen social, condiciones económicas, ideas y sexo.
        Un trato respetuoso y cordial por parte de todos.
        La igualdad de oportunidades
        La credibilidad, confianza y diálogo
        Conformar comités dinamizadores en el curso a que pertenezca.
        Tener la monitoria de áreas, curso y/o disciplina.
24. Tener sus derechos individuales en torno a:
        Su intimidad personal, familiar y a su buen nombre.
        Que se le respete su diferencia siempre y cuando no atente contra el bienestar de los demás.
        Presentar peticiones respetuosas y a obtener pronta solución.
        Contar con un debido proceso y poder apelar sin que esto implique en ningún momento el incremento de la sanción impuesta.
        Que se le tenga confianza y se le asignen responsabilidades de acuerdo al grado de desarrollo de esa confianza.
        No ser retirado de clase sin tener en cuenta los procesos establecidos para ello en el presente Pacto, siempre y cuando no afecte con su
         comportamiento el bienestar y armonía de los demás compañeros.
        Participar de un ambiente democrático, que le desarrolle la personalidad y donde se le garantice la libertad de conciencia.
        Conocer el programa a desarrollar en cada área y los resultados evaluativos.
25. Participar de los derechos colectivos. Derecho a:
        Exigir a las autoridades de la institución educativa, funcionamiento organizado según planeamiento.
        Que se respeten y hagan respetar los derechos y que se sancione todo aquel que atente contra los mismos.
        Que se le proporcionen programas de salud preventiva y orientación psicológica durante todo el ciclo educativo. Este programa debe ser
         coordinado y desarrollado por los departamentos de orientación escolar y enfermería.
        Que se le prepare durante todo el ciclo educativo para la presentación de las pruebas de estado e ingreso a la universidad.
        Recibir una buena orientación profesional que tienda a que el estudiante descubra sus propias aptitudes e intereses. Este programa se
         desarrollará mínimo de noveno a once grado y debe estar a cargo del departamento de orientación escolar.
        Convivir en un ambiente limpio, agradable que garantice calidad de vida.
26. Ser partícipe de los derechos concernientes a la Libre expresión y Comunicación: derecho a:
        Conformar comités dinamizadores en el curso a que pertenezca.
        Realizar las monitorias de áreas, de curso o de disciplina.
        Participar conjuntamente con sus padres o acudientes en la programación y ejecución de las actividades escolares y de los proyectos
         pedagógicos.
        Organizar y mejorar la emisora y el periódico estudiantil.

ARTICULO 2. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Todos los estudiantes que pertenezcan a la Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez, desde el momento de formar parte de la comunidad
educativa, deben asumir sus deberes civiles fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos del medio ambiente, establecidos en el
presente Pacto de Convivencia, los cuales se fundamentan en la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia, la Ley General de
Educación, algunas sentencias de la Corte Suprema de Justicia y demás reglamentaciones que le atañen, por su condición de persona, colombiano,
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menor de edad, ciudadano (en caso de los estudiantes mayores de edad). Como persona es su deber velar por la defensa y protección de los mismos a
partir de su condición de estudiante regular, debidamente matriculado en el plantel, siendo miembro activo, participativo de la comunidad educativa.
Algunos de sus deberes son:
1. Asistir puntualmente a clases y a las demás actividades que programe la institución dentro y fuera del horario escolar. La inasistencia sistemática es
     causal de pérdida de la asignatura. Cuando el estudiante llegue a la Institución tarde permanecerá fuera de la clase la primera hora, asumiendo la
     falla y el nivel del logro de la asignatura que corresponda. Al completar tres retardos el estudiante debe presentarse con sus padres. Durante esta
     hora estará bajo la supervisión del coordinador o los docentes de turno de acompañamiento y convivencia, donde debe realizar trabajo de
     formación que puede ser ambiental o desarrollo de talleres prácticos de formación y reflexión orientados por docentes o el departamento de
     orientación escolar, esto se hará durante la primera hora de clase. Al finalizar la actividad, el estudiante debe ingresar a su salón de clases y
     continuar las actividades académicas correspondientes.
2. Asistir puntual y constantemente al horario programado para las medias técnicas institucionales y las jornadas planeadas para la preparación de
     exámenes de estado y refuerzos académicos.
3. Portar con pulcritud, de manera correcta y con decoro el uniforme de diario y/o educación física conforme a lo establecido para cada actividad que se
     programe dentro y fuera de la institución, en donde debe ser un digno representante de la comunidad manzanerista. Así mismo debe hacerlo
     durante la asistencia cotidiana a la institución.
4. Evitar el uso de aditivos como pañoletas, cachuchas, joyas, buzos y moños de colores diferentes al blanco y demás aderezos que riñan con el buen
     uso de los uniformes.
5. Mantener un corte de cabello adecuado, estilo clásico para los hombres, que no refleje modas o ejemplos que atenten contra la buena presentación
     personal e imagen institucional, de igual manera las mujeres no deben usar maquillaje, ni esmaltes de colores en las uñas.
6. No portar armas, de ninguna clase, dentro y fuera de la institución
7. Abstenerse de portar, consumir y distribuir drogas dentro y fuera de la institución
8. Proteger e impedir el mal uso o la destrucción de los bienes de la institución, haciéndose responsable de los daños causados por su mal uso, su
     indebido comportamiento y teniendo claro la corresponsabilidad con su acudiente.
9. Actuar en todo momento y lugar con honestidad y responsabilidad reflejando y contribuyendo a la imagen institucional y personal.
10. Justificar ante el coordinador de disciplina y docente director de grupo en forma escrita sus ausencias una vez que se reintegre a clases. De lo
     contrario se citará al acudiente con el fin de informarlo y conocer las razones de la inasistencia.
11. Propender por mostrar siempre rendimiento académico satisfactorio.
12. Presentarse a la institución y/o a las actividades programadas en óptimas condiciones de aseo e higiene.
13. Asumir un comportamiento acorde a su roll de estudiante dentro y fuera de la institución.
14. No realizar, divulgar o participar en actividades subversivas de guerrilla, de paramilitarismo, de narcotráfico o de pandillas.
15. No realizar acto o acceso carnal contra persona, inducirla a prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas, o de cualquier manera atentar o violar su
     libertad sexual o influir negativamente en su educación sexual.
16. No Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer acto de constituya infracción académica o de convivencia, o que de cualquier
     manera atenta contra la moral, la ley, la salud y las buenas costumbres que exige la institución.
17. No ingresar a la sala de profesores sin la debida autorización ya que este es un lugar reservado dentro de la institución para el personal
     docente.
18. Mantener un trato cortés y digno con todo el personal de la comunidad educativa, sin ningún tipo de distinciones o discriminaciones.
19. Cumplir estrictamente con las tareas, trabajos y lecciones asignados por los docentes.
20. Respetar, acatar y apoyar al consejo estudiantil y compañeros con un margen de autoridad debido a que por alguna circunstancia estén liderando
     una actividad institucional o sean parte de algún comité organizador.
21. Propender por el cuidado de las jardineras y plantas que hacen parte del ornato y decoración institucional.
22. Ser leal y sincero con la Institución Francisco Manzanera Henríquez ya que ella es quien lo educa y debe sentirse responsable de su buena marcha.
23. Entonar con seriedad y respeto en los lugares y actividades que se requiera los himnos nacional de Colombia, departamental de Cundinamarca,
     municipal de Girardot e Institucional Francisco Manzanera Henríquez demostrando con su expresión el civismo y amor patrio.
24. Informar oportuna y claramente a los padres de familia o acudientes acerca de las reuniones y demás citaciones que le haga el colegio y del
     proceso de aprendizaje y obligaciones escolares que deben cumplir.
25. Cumplir con las horas de servicio social ya que es obligatorio para los grados 10º y 11º
26. Atender las sugerencias e indicaciones que le formulen respecto a la inasistencia, comportamiento, rendimiento académico y su formación integral.
27. Colaborar y ser responsable del aseo y conservación del salón, biblioteca, espacios abiertos y cerrados, baños, mobiliario escolar y material
     didáctico, demostrando así, amor, respeto por la naturaleza y preocupación por el orden y el aseo del espacio Educativo.
30. Normas para la convivencia en la biblioteca, cafetería, restaurante, espacios abiertos y cerrados.
a) Presentar el carnet cuando la Institución se lo suministre o documento de identificación para hacer uso del servicio
b) No dañar, no rayar, no romper, no extraer o arrancar las hojas de los libros o materiales consultados, ni los elementos como sillas, mesas, vitrinas y
todo aquello que este a su servicio.
c) Mantener la compostura, el orden y el silencio necesarios para no incomodar o molestar a otros estudiantes o personas usuarios o lectores.
d) No ingresar alimentos, ni bebidas a este recinto.
e) Devolver el material en el mismo estado que se le entrega, en el tiempo estipulado, en el horario establecido y cumplir con el reglamento de la
biblioteca.
f) La biblioteca debe ser de consulta e investigación, no aula de clase.
g) Las normas de respeto deben preservarse en la Cafetería, espacios abiertos y cerrados por ser compartidos por todos.
31. Cuidar los textos y libros de consulta, cuadernos, sillas y mesas de trabajo, no arrojar basuras en los pisos, no colocar avisos de ninguna clase en
muros, puertas y pupitres; dejar el aula correspondiente en perfecto estado de orden y aseo.
32. Utilizar dentro y fuera de las aulas un lenguaje decente y respetuoso que excluya toda palabra vulgar y ofensiva, lo mismo evitar un lenguaje
corporal ofensivo o mal intencionado.
33. Utilizar adecuadamente los recursos de la institución y Colaborarle a los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier otra
actividad propia del Gobierno escolar.
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34. Colaborar con el aseo y orden en su salón, el cuidado del jardín y sus alrededores de la institución y Aplicar normas de urbanidad: Saludar,
despedirse, dar gracias, pedir el favor y escuchar.
35. Al terminar el año escolar entregar en buenas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas.
36. Seguir el conducto regular en caso de cualquier situación de reclamación.
37. Guardar el comportamiento debido en cada una de las actividades del plantel: actos cívicos, convivencias, asambleas, ceremonias, actividades
pedagógicas, recreativas, culturales y en las horas de clase, aún en la ausencia del profesor, durante las horas de clases y en los cambios de estas.

ARTICULO 3. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES.
La familia como núcleo fundamental de la sociedad es el primer responsable de la formación de los hijos, tiene la obligación de brindarles una correcta
y adecuada educación y por tanto reconocerse como primera y principal educadora. Son derechos de los padres o personas que acuden a los
estudiantes:
1. Matricular a sus hijos en las instituciones educativas que correspondan a sus expectativas presentando la documentación requerida en la fecha
     señalada, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la Constitución, la Ley y el Proyecto Educativo
     Institucional.
2. Ser atendidos y escuchados oportunamente por las directivas, profesores, secretarias, y personal administrativo y auxiliar, bajo los criterios del
     respeto mutuo con el fin de resolver situaciones inherentes al compromiso educativo en horarios establecidos por cada centro educativo, siguiendo
     el conducto regular.
3. Participar en el Consejo de Padres, postularse para ser elegido y participar en la Asociación de Padres, Consejo directivo, Comisiones de evaluación
     y promoción y en los diferentes Comités Organizadores. Si es elegido, aceptar y cumplir con sus deberes.
4. Exigir calidad y cumplimiento en la prestación del servicio educativo.
5. Recibir de directivos, docentes, administrativos y personal operativo y asistencial un buen trato, cordial, amable y respetuoso.
6. Derecho a participación en la discusión, elaboración y modificación del Proyecto Educativo Institucional y el Pacto de convivencia.
7. Estar informado de todas las actividades que se desarrollen en la institución
8. Tener acceso al diálogo con el Director y Profesor, según horarios establecidos, cuando la situación académica o disciplinaria lo amerite.
9. Expresar sus inquietudes, puntos de vista, aportes, sugerencias dentro del marco preestablecido por la institución y participar en las actividades
recreativas, culturales, deportivas y formativas que la institución programe.
10. Recibir asesoría espiritual, de orientación, de formación y todos aquellos aspectos que sean fundamentales para el ser humano.
11. Recibir información clara y precisa sobre el rendimiento escolar y comportamiento de sus hijos.
12. Participar en los programas de formación de padres de familia que brinda la institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les
corresponde.
ARTICULO 4. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
1. Conocer, asumir y respetar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Pacto de Convivencia de la Institución.
2. Contribuir solidariamente con la institución educativa para la formación de los hijos.
3. Enseñar a los hijos a lucir con pulcritud y decoro los uniformes de la institución en todos los lugares a donde estén presentes.
4. Inculcar desde su hogar y mediante el ejemplo, la formación en valores, entre otros: justicia, respeto, solidaridad y la sana convivencia pacífica.
5. Garantizar que su hijo o acudido disfrute de los elementos, textos escolares, uniformes y útiles escolares que le permiten alcanzar los objetivos de
     sus procesos educativos, brindando un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar para que de cumplimiento a sus labores escolares y
     pueda tener un buen desempeño y así contribuir a su formación integral.
6. Asistir a las citaciones y requerimientos hechos por la institución, permanecer durante todo el tiempo en las reuniones programadas y reclamar
     personal y oportunamente los informes académicos y disciplinarios de sus hijos.
8. Justificar personalmente y ante quien corresponda las ausencias reiteradas de sus hijos haciéndolas en forma respetuosa, honesta y oportuna.
9. En virtud del principio legal de la corresponsabilidad y responsabilidad civil de los padres y/o acudientes, deben responder por los daños causados
     por sus hijos en los bienes del plantel o de sus compañeros.
10. Participar activamente en todas las actividades tendientes a mejorar la formación integral de sus hijos.
11. Ser puntual al hacer acompañamiento a su hijo o acudido en la entrada y salida del estudiante del plantel, de acuerdo a los horarios establecidos,
     para ingresarlo y llevarlo a su casa. Muy especialmente quienes tiene hijos en preescolar y primaria.
12. Todos los estudiantes de la Institución educativa deben ser cubiertos o amparados por un servicio médico, Sisben, A.R.S. u otra forma de atención
     médica. Cuando se presente una situación de emergencia, accidente o imprevisto en el que el estudiante requiera atención médica, la institución
     educativa automáticamente está autorizada para avisar, llamar al acudiente y llevar el estudiante al centro médico u hospitalario más cercano para
     velar por su salud. El padre o acudiente deberá cancelar directamente al centro médico u hospitalario los gastos que ocasione la atención médica.
13. Informar oportuna y permanentemente a la institución, la actualización de sus datos de localización tales como dirección y teléfonos.
14. Cumplir con el horario de atención a los padres de familia.
15. Cumplir oportunamente con los compromisos socio-culturales, deportivos y económicos (danzas, música, etc) y acompañar a sus hijos en las
actividades extra-escolares cuando esto sea solicitado por la institución.
16. Apoyar al profesor en el trabajo de formación integral que realiza con los hijos (talleres, conferencias, saldas, prácticas, etc.) y Revisar diariamente
las actividades escolares de sus hijos.
17. No fumar en las instalaciones de la institución durante el tiempo de su asistencia y tener siempre una presentación personal adecuada en cualquier
visita a la institución.
18. No desautorizar a los profesores haciendo comentarios desagradables delante de sus hijos y hacer los reclamos al docente en forma cordial dentro
de la Institución y en el horario establecido.
19. No permitir que sus hijos deambulen por las calles sin causa justificada vigilando a su vez las amistades con quienes alternan y solicitar
personalmente la cancelación de la matricula cuando por causa justificada haya lugar para ello.
20. Brindar amor, atención, comprensión y diálogo ante las dificultades de los hijos, propios de la edad y evitar intervenir agresivamente en los
problemas entre los alumnos a la hora de entrada, salida de la institución y dentro de la institución.

ARTICULO 5: DERECHOS DE LOS DOCENTES: Los educadores gozarán de todos los derechos enmarcados en el estatuto docente Capítulo II,
Artículo 36 del Decreto 2277 de 1979 y los del Decreto 1278 de 2000. Entre otros:
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a. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes, ante las autoridades
de orden Nacional, Departamental y Municipal.
b. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón
c. Recibir estímulos por su labor, profesional.
d. Participar de los programas de capacitación y bienestar social.
e. Disfrutar de vacaciones remuneradas
f. Solicitar y obtener los permisos y licencias de acuerdo con las disposiciones legales.
g. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas, religiosas o sindicales.
h. Recibir un trato cortes y respetuoso de los alumnos, padres de familia, administrativos y Directivos de la Institución.
i. Que se siga el debido proceso ante cualquier eventualidad, respetando el conducto regular y el derecho a la libertad de expresión, justificación y
explicación.

ARTICULO 6: DEBERES DE LOS DOCENTES: Sus deberes están legalmente constituidos en el Estatuto docente reglamentados en los Decretos
2277 de 1979 y 1278 de 2000. Los docentes miembros de esta Comunidad, con su formación académica exigida por el Ministerio de Educación
Nacional y una gran experiencia en el ejercicio de la docencia, conscientes de su papel de orientadores y líderes de la Comunidad Educativa,
colaborarán en la formación de un verdadero semillero de hombres nuevos, sujetos al cumplimiento de los principios y fundamentos que encierra el
proyecto Educativo institucional. Por lo tanto el docente de la comunidad educativa Francisco Manzanera Henríquez, se distinguirá por cumplir con
deberes tales como:
a. Mantener relaciones de cordialidad y respeto con todos los miembros de la comunidad educativa.
b. Tener espíritu de superación, preparación y actualización en las normas educativas, contando con el apoyo de la administración Municipal,
Departamental, Nacional y la Comunidad Educativa.
c. Brindar al alumno eficiente calidad de educación en lo humano, académico, cultural, deportivo, ambiental, ético y físico.
d. Motivar y ayudar a los alumnos que tienen bajo rendimiento académico para que superen sus dificultades.
e. Organizar salidas pedagógicas con la participación o colaboración de por lo menos 5 padres de familia. Con autorización del Consejo Directivo.
f. Comprometerse, tener sentido de pertenencia y querer su institución.
g. Estimular a los padres de familia y alumnos por su colaboración, rendimiento académico, actividades culturales y deportivas.
h. Dar a conocer y explicar oportunamente el Pacto de Convivencia a los alumnos y padres de familia.
i. Utilizar adecuadamente los recursos con que cuenta y le brinda la Institución.
j. Ser constante en el servicio a la comunidad. No maltratar a los niños física, verbal y psicológicamente y hacer los llamados de atención al alumno y al
padre de familia en privado.
k. Justificar oportunamente y por escrito sus ausencias, actuando con compromiso y la responsabilidad que conlleva su deber ser frente a los
estudiantes a su cargo en el momento de sus ausencias apoyándose en sus compañeros o equipo directivo.
l. Velar por el buen funcionamiento de la Institución.
m. Escuchar las objeciones que estén dentro de la ley, emitidas por el Consejo Directivo, padres de familia y alumnos buscando siempre el diálogo en
la solución a los problemas.
n. Inculcar al alumno el buen manejo del vocabulario en el trato con sus compañeros y profesores.
o. Enviar con anticipación las citaciones a los padres de familia para tratar casos particulares de situaciones específicas o reuniones y actividades en
general del plantel.


                                                             CAPITULO V
                                                     EL RESPETO Y LA CONVIVENCIA
                                        FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

ARTICULO 1. MANUAL DE FUNCIONES.
El manual de funciones es un instrumento auxiliar del administrador en el cual están escritas todas las funciones del personal que labora en una
institución educativa. Solamente tienen funciones específicas las personas que han sido nombradas y posesionadas para laborar en un cargo dentro de
la comunidad educativa. Estas están estipuladas legalmente en la ley General de Educación y la legislación emanada de la Secretaria de Educación
Municipal. Por lo tanto es un error colocarles funciones a los padres de familia, estudiantes, practicantes, etc. Cada funcionario debe recibir sus
funciones para evitar extralimitaciones. Por ello es importante plasmar en este Pacto de convivencia las funciones del personal docente, directivo y
administrativo
ARTICULO 2. FUNCIONES DE SECRETARIA
Los (as) Secretarios (as) dependen del Rector. Les corresponde llevar el registro y control de los aspectos legales de la institución.
1. Programar y organizar las actividades propias de su cargo.
2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones, admisiones, habilitaciones, validaciones, asistencia y Actas de
reuniones en las que sean citados para tal fin.
3. Realizar la organización y ejecución del proceso de matrícula de acuerdo a las especificaciones y capacitaciones dadas desde la Secretaria de
Educación Municipal.
4. Elaborar y mantener actualizadas las listas de los alumnos para efectos docentes y administrativos.
5. Mantener ordenada y actualizada la documentación de estudiantes, personal docente y administrativo.
6. Llevar los registros del servicio de los funcionarios de la institución.
7. Colaborar con el Rector en la elaboración de los diferentes tipos de informes solicitados.
8. Gestionar ante la dirección de núcleo el registro de los libros reglamentarios, certificados de estudios y tramitar los diplomas.
9. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones que le sean solicitadas.
10. Refrendar con su firma (debidamente autorizada y registrada) las certificaciones expedidas por el Rector del plantel.
11. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
12. Atender al público con respeto, eficiencia y consideración y en el horario establecido.
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13. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.
14. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
15. Responder con buen trato a cualquier miembro de la comunidad educativa.
16. Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.
17. Llevar y organizar la agenda de Rectoría y estar pendientes de los diferentes compromisos institucionales.

ARTICULO 3. FUNCIONES DEL AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Bibliotecario)
El Bibliotecario depende del Rector. Le corresponde administrar los servicios de biblioteca. Tiene entre otras las siguientes funciones:
1. Elaborar el plan anual de actividades en la biblioteca y presentarlo al Consejo Directivo para su aprobación.
2. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Consejo Directivo para su aprobación.
3. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y estudiantes sobre la adecuada utilización de la biblioteca.
4. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico.
5. Establecer y mantener intercambio bibliográfico con otras entidades educativas.
6. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre la utilización de los mismos.
7. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.
8. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno al Rector.
9. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
10. Responder por el uso adecuado mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo.
11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
12. Elaborar y sistematizar en archivos magnéticos el inventario de libros que existan en la biblioteca.
13. Dar buen trato a todo el personal que solicite sus servicios.
14. Exigir respeto por el lugar como centro de estudios y concentración, especialmente los buenos modales.
15. En el lugar exclusivo para la bibliotecaria se prohíbe la entrada a personas que no tengan relación laboral con la Institución.

ARTICULO 4. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO
De acuerdo a la Resolución No 13342 del 23 de julio de 1982, en su artículo 4o, el Coordinador Académico depende del Rector del Plantel, le
corresponde la administración académica de la institución. De él dependen los jefes de área y por relación de autoridad funcional, los profesores.
SON FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO
1. Liderar, orientar, asistir y participar en el Consejo Académico, las reuniones de área y en las demás en que sea requerido.
2. Colaborar con el Rector en la Planeación y evaluación Institucional.
3. Dirigir, organizar y sistematizar la Planeación y Programación Académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
4. Organizar a los profesores por áreas y asignaturas de acuerdo con las normas vigentes y Coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.
5. Coordinar la acción académica con la de administración de estudiantes y profesores. Organizando y desarrollando las Comisiones de Evaluación y
Promoción.
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación. Utilizar el software establecido para interactuar con los diferentes estamentos de la institución.
7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.
8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.
9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los jefes de área y el
Coordinador de Disciplina, presentarlos al consejo directivo para su aprobación.
10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
11. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes, (Estatuto Docente y Ley General de Educación).
12. Rendir periódicamente informe al rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas.
13. Presentar al rector las necesidades de material didáctico de las áreas respectivas.
14. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
15. Cumplir las demás funciones que, le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
16. Cumplir con la jornada laboral establecida.
17. Conceder permiso al personal bajo su cargo, en las horas laborales, y hasta por un día. Haciéndose responsable por el cumplimiento de los planes
de contingencia presentado por los docentes al momento de solicitar sus permisos. Estos deben ser registrados en el sistema del software institucional.
18. Hacer las observaciones que estime conveniente al personal a su cargo en su respectivo despacho, de forma verbal y/o escrita.
19. Organizar junto con la coordinación de convivencia formaciones de personal y, Direcciones de grupo debidamente planeadas y programadas,
mínimo cada 15 días con el objetivo de establecer una permanente y continua reflexión y comunicación entre estudiantes y directores de grupo que
contribuyan de manera eficaz al mejoramiento de la convivencia y el nivel académico de la institución.
20. Propender por el trabajo en equipo con los funcionarios que conforman el equipo directivo de la Institución.
21. Apoyarse y Hacer cumplir el Pacto de convivencia escolar en todas sus instancias y situaciones presentadas.

ARTICULO 5. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA
De acuerdo a la Resolución No. 13342 de 23 de julio de 1982, en su artículo 5o. el Coordinador de Disciplina o convivencia depende del Rector. Le
corresponde administrar profesores y estudiantes. Son funciones del coordinador de disciplina:
1. Participar en el Consejo Académico, comisiones de evaluación y promoción y en los demás en que sea requerido.
2. Colaborar con el Rector en la Planeación y Evaluación Institucional.
3. Dirigir las planeación y programación de la administración de estudiantes y profesores de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
4. Organizar y desarrollar Asambleas de Disciplina y de Docentes, propendiendo por el debido proceso.
5. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la coordinación académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás estamentos de la
comunidad educativa.
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación. Dando uso permanente al software institucional para interactuar con los diferentes estamentos
de la comunidad educativa y mantener actualizados y sistematizados los diferentes procesos de convivencia.
7. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.
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8. Colaborar con el Coordinador Académico, en la organización de los reemplazos en caso de ausencia de docentes según la necesidad y el caso.
9. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y estudiantes en cuanto al cumplimiento de los turnos de
acompañamiento y asistencia y llegadas tarde a la institución.
10. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes, realizando la distribución y asignación de turnos y zonas de
acompañamiento.
11. Rendir mensualmente informes al rector sobre las actividades de su dependencia, las llegadas tarde de estudiantes, docentes y personal auxiliar.
12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
14. Cumplir con la jornada laboral establecida.
15. Realizar formaciones de estudiantes mínimo cada 15 días con el acompañamiento de los docentes y el coordinador académico, con el objetivo de
hacer las observaciones y recomendaciones respectivas que contribuyan a una mejor convivencia y nivel disciplinario institucional.
19. Organizar junto con la coordinación académica y orientación escolar, Direcciones de grupo debidamente planeadas y programadas, mínimo cada
15 días con el objetivo de establecer una permanente y continua reflexión y comunicación entre estudiantes y directores de grupo que contribuyan de
manera eficaz al mejoramiento de la convivencia y el nivel académico de la institución.
20. Propender por el trabajo en equipo con los funcionarios que conforman el equipo directivo de la Institución.
21. Tener control permanente y diario sobre los observadores de los estudiantes y monitorear permanentemente el uso y actualización de la
información en el sistema institucional a través del software definido para tal efecto.
22. Apoyarse y Hacer cumplir el Pacto de convivencia escolar en todas sus instancias y situaciones presentadas.

ARTICULO 6. FUNCIONES DEL(LA) ORIENTADOR(A) ESCOLAR
De acuerdo a la Resolución No. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 9o. el ORIENTADOR ESCOLAR 0 CONSEJERO tiene las siguientes
funciones:
El orientador escolar o Consejero depende del Rector y de los Coordinadores cuando este pertenezca a la nómina de docentes. Le corresponde facilitar
los medios para que los alumnos y demás Estamentos de la comunidad educativa, identifiquen sus características y necesidades personales y sociales
para que tomen sus decisiones responsables y conscientemente, creando un ambiente que estimule el rendimiento escolar y la realización personal.
Entre otras son funciones del (la) orientador (a) escolar:
1. Participar y estar presente siempre en las asambleas de docentes, asambleas de convivencia, comisiones de evaluación y promocion, las reuniones
de directivos y en los Comités en que sea requerido.
2. Participar en la planeación del currículo.
3. Planear y programar en colaboración con los coordinadores, bibliotecaria y enfermera las actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios
establecidos por la Dirección del Plantel y Presentar al inicio del año escolar un plan de trabajo.
4. Coordinar su acción con los responsables de los demás servicios de bienestar.
5. Orientar y asesorar a los docentes, alumnos y padres de familia sobre la interpretación y aplicación de la filosofía educativa del Proyecto Educativo
Institucional.
6. Atender los casos especiales de comportamiento y/o académicos que se presenten en la Institución con el objetivo de orientarlos y ayudar a
encaminarlos en su mejoramiento y desarrollo de un proyecto de vida personal.
7. Elaborar y ejecutar los programas de exploración y orientación vocacional.
8. Colaborar con los docentes en la orientación de los estudiantes, proporcionándoles ayuda y remisión a entidades externas en los casos que se
requieran.
9. Programar y ejecutar actividades tendientes a formar personas lideres, responsables y comprometidas con un proyecto de vida.
10. Realizar investigaciones en la población estudiantil y elaborar y ejecutar propuestas tendientes al mejoramiento del proceso educativo.
11. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar en cada periodo académico informes al rector con copia a los
coordinadores y los docentes que lideran cada actividad..
12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. .
13. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
14. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos que le son remitidos a su despacho, y cuando sea necesario en coordinación
con los servicios de bienestar u organizaciones externas como casa de Justicia, bienestar familiar, comisaria de familia entre otros.
15. Presentar su plan de actividades anual y mensual al rector y a los coordinadores, y darlo a conocer a los docentes y estudiantes.
15. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
16. Interactuar y dar buen uso al software institucional manteniendo actualizada la información y comunicación con los diferentes estamentos de la
comunidad educativa

ARTICULO 7. FUNCIONES DE LOS DOCENTES
De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 7o. los profesores tienen las siguientes funciones:
Los profesores dependen del Rector o en su defecto del coordinador Académico y de convivencia. Les corresponde proporcionar la orientación y guía
de las actividades curriculares, para que los alumnos logren los cambios a nivel conceptual y de conducta propuesta.
1. Participar en la elaboración del planeamiento y programación actividades del área respectiva.
2. Programar y organizar las actividades de enseñanza aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos a nivel del
área, el Consejo academico y la asignación académica establecida por el coordinador académico.
3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
4. Participar en la realización de las actividades complementarias de su área o de otras áreas.
5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza -aprendizaje.
6. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área o Coordinador Académico las estrategias metodológicas a que den lugar el análisis de
resultados de la evaluación.
7. Diligenciar y entregar oportunamente al coordinador académico informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de los períodos de
evaluación, avalando las valoraciones con su firma, al igual que los informes escritos presentados a las comisiones de evaluación y promoción.
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8. Participar en el acompañamiento de estudiantes a la entrada, salida y durante los descansos, así como en el control disciplinario de alumnos
conforme lo determine el reglamento de la institución y presentar los casos especiales a los coordinadores, orientación escolar, al Director de grupo y/o
a la consejera para su tratamiento.
9. Presentar periódicamente informe al jefe de área o en su defecto al coordinador académico, sobre el desarrollo de las actividades propias de su
cargo.
10. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada.
11. Participar en los comités en que sea requerido.
12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
13. Cumplir los turnos de acompañamiento y disciplina que le sean asignados.
14. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas de la Institución.
15. Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en la Institución.
16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y material confiados a su manejo. De igual manera y
corresponsablemente con los estudiantes velar por el cuidado y preservación de los salones en los que imparta clase.
17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
18. Participar en el desarrollo de Proyectos e Investigaciones en la Institución.
19. Hacer buen uso del software institucional y mantener actualizada la información en dicho sistema. Entre otras planillas borradores, registros de
asistencia, diligenciamiento de observadores y citación de acudientes.
20. Evidenciar la interacción en la comunicación a través de la página institucional con los diferentes entes de la comunidad educativa, manteniendo
actualizada la información en la página.
21. Apoyarse y Hacer cumplir el Pacto de convivencia escolar en todas sus instancias y situaciones presentadas.

ARTICULO 8. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO
El profesor que le sea encargada la Dirección de Grupo tendrá además las siguientes funciones:
1. Participar en el planteamiento, programación y el manejo de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características
personales
2. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su dirección. Organizando y verificando el funcionamiento del mismo a
través de la conformación de los diferentes comités.
3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
4. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de
bienestar.
5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con orientación escolar proponer las soluciones más
adecuadas.
6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudiente, para coordinar la acción educativa.
7. Participar en los programas de bienestar organizados por coordinación u orientación escolar para los estudiantes del grupo a su cargo.
8. Rendir informes escritos o por medio de Actas debidamente firmadas de las direcciones de grupo y asambleas con estudiantes y de las demás
actividades académicas y disciplinarias, a los coordinadores de la Institución.
9. Organizar y diligenciar de forma adecuada los observadores u hojas de seguimiento de los estudiantes a su cargo y rendir el respectivo informe en
las Comisiones de Evaluación y promoción.

ARTICULO 9. FUNCIONES DEL(A) ENFERMERO(A)
De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 13, el Enfermero tiene las siguientes funciones:
El enfermero depende del Rector. Le corresponde colaborar con el desarrollo de los programas de promoción de la salud y prevención de la
enfermedad.
1. Planear y programar actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, anual y mensual.
2. Coordinar su acción con los responsables de los servicios de salud, de bienestar y entidades de la comunidad educativa.
3. Colaborar en la ejecución de los programas de salud.
4. Elaborar registro mensual de las actividades de enfermería realizadas
5. Prestar servicios de primeros auxilios y aplicación de tratamientos formulados por médicos
6. Elaborar periódicamente el inventario de necesidades de botiquín, equipos materiales y presentarlo al Rector.
7. Participar en la evaluación de las actividades de salud programadas y ejecutadas.
8. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
9. Colaborar con el mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo,
10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
11. Coordinar la prestación de los servicios de urgencias, con la EPS o ARS y su traslado correspondiente a la IPS.
12. Realizar acciones de prevención de enfermedades, embarazos a temprana edad, consumo de sustancias psicoactivas, etc.
13. Realizar acciones de prevención de enfermedades, embarazos a temprana edad, consumo de sustacias psicoactivas, etc.
14. Realizar las respectivas remisiones a los entes responsables en caso de embarazos, adicciones, trastornos de la salud, etc.
15. Hacer orientación a los estudiantes y a sus familias en caso de presentarse situaciones que afecten la salud de los educandos.
16. Hacer el seguimiento a los educandos que por sus antecedentes de saud lo requieran y solicitar la respectiva incapacidad y de ser necesario, el
     resumen de la historia clínica. especialmente a los educandos con limitaciones para las actividades físicas.
17. Realizar en coordinación con orientación escolar las acciones necesarias para velar por unas adecuada convivencia y elmantenimiento de la salud
física y emocional.

ARTICULO 10. FUNCIONES DEL PAGADOR
De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982. En su Artículo 17. El PAGADOR tiene las siguientes funciones:
El pagador depende del Rector, le corresponde manejar los fondos de la Institución consignados en la cuenta de Fondo de Servicios Educativos
Institucionales y registrar las operaciones en los libros respectivos.
15



1. Planear y programar las actividades de su dependencia
2. Colaborar con el Rector en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto.
3. Participar en los Comités en que sea requerido.
4. Manejar y controlar los recursos financieros de la institución.
5. Tramitar oportunamente ante la DIAN las novedades, para cancelar puntualmente las obligaciones contraídas.
6. Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios de acuerdo con las normas vigentes.
7. Elaborar los boletines diarios de caja y bancos.
8. Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.
9. Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución presupuestal a la Contraloría (Municipal) y a la unidad administrativa de la cual
depende la Institución.
10. Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con la Institución y girar los cheques respectivos.
11. Hacer los descuentos de Ley y los demás que sean solicitados por autoridades competentes o por el interesado y enviarlos oportunamente a las
entidades correspondientes.
12. Registrar y tener en cuenta las novedades del personal.
13. Expedir constancias del pago, descuentos y certificados de paz y salvo del personal que lo solicite.
14. Elaborar mensualmente las certificaciones de control y asistencia laboral del personal de Servicios Generales y Celaduría.
15. Evaluar periódicamente las actividades programadas ejecutadas y presentar oportunamente informe al Rector.
16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento seguridad de los muebles y equipos y materiales confiados a su manejo.
17. Dar cumplimiento a las normas vigentes de manejo financiero en la cancelación de cuentas.
18. Realizar cotizaciones y colaborar en las compras de materiales y suministros, así como la contratación en mano de obra que sean necesarios y
ordenados por el Ordenador del Gasto.
19. Verificar las compras hechas.
20. Cumplir con la jornada laboral establecida y las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO 11. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 25. El AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES tiene las siguientes
funciones:
El Auxiliar de servicios Generales depende del Rector y los Coordinadores. Le corresponde atender el mantenimiento y aseo de la planta física, equipos
e instrumentos de trabajo.
1. Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.
2. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas.
3. Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado.
4. Colaborar en las actividades programadas por la Institución.
5. Informar a su inmediato superior (Rector, coordinadores) sobre las anomalías e irregularidades que se presenten.
6. Depositar la basura en los lugares asignados y establecidos en la institución.
7. Realizar labores de jardinería, pintura, y aseo en general sobre todo en vacaciones estudiantiles, mostrando su sentido de pertenencia a la
Institución.
8. No hacer quemas en lugares no aptas para ello.
9. Realizar diariamente el aseo de baños teniendo en cuenta los turnos y las necesidades.
10. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO 12. FUNCIONES DEL CELADOR
De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 25. El CELADOR tiene las siguientes funciones:
El Celador depende del Rector y coordinadores. Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes de la Institución.
1. Ejercer vigilancia en las diferentes zonas que conforman la Institución educativa.
2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos del plantel. Haciendo el registro en la minuta cuando sea necesario.
3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas y registradas en la
minuta diaria.
4. Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel. Hacer entrega y Recibo en cada cambio de turno de la planta física y registrar en la
minuta e informar a su compañero las novedades.
5. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. Dando rondas en la Institución de forma permanente y continua en intervalos de
tiempo no mayores a dos horas durante el turno.
6. Consignar en la minuta o en el libro de los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.
7. Responder por la pérdida de los bienes de la Institución, en el turno asignado.
8. Hacer buen uso de los elementos de dotación.
9. Prestar su servicio y laborar en forma responsable dada la delicadeza de su cargo.
10. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
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Pacto de Convivencia I.E. Francisco Manzanera Henríquez 2013

  • 1. INSTITUCION EDUCATIVA FRANCISCO MANZANERA HENRÍQUEZ Girardot – Cundinamarca – Nit. 890.680.240-7 Creado por el Decreto Nº 1445 del 19 de Junio de 1979 – Emanado del Ministerio de Educación Nacional Código ICFES: Jornadas MAÑANA: 036152 – TARDE: 036160 – NOCTURNA: 036178 - DANE Nº. 225307-00824 OTRO NIVEL – “MEGA” PACTO DE CONVIVENCIA AÑO 2013
  • 2. 1 El presente Pacto de Convivencia escolar contiene los siguientes capítulos que versan sobre los siguientes temas: Pagina Introducción: Misión, Visión 1 Capítulo I: Identificación del plantel 2 Capítulo II: Criterios de orden Administrativo 2 Capítulo III: Perfiles de los miembros de la Comunidad Educativa 4 Capitulo IV: Derechos y Deberes 7 Capitulo V: El respeto y la convivencia. Funciones de los miembros de la Comunidad Educativa 11 Capitulo VI: Evaluación del comportamiento – principios y procedimientos Debido proceso y órganos de participación estudiantil. 15 Capítulo VII: Gobierno Escolar 21 Capitulo VIII: Compromiso de la Institución 25 Capitulo IX: Estímulos 26 Capitulo X: Sistema Institucional de Evaluación (SIE) 26 Capitulo XI: Reformas al Pacto de convivencia 30 Resolución Aprobación Pacto de Convivencia Escolar I. E. Francisco Manzanera Henríquez año 2013 33 ANEXOS SENTENCIAS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 34 Himno, escudo y bandera del Departamento de Cundinamarca 37 Himno, escudo y Bandera de la Ciudad de Girardot Himno y escudo de la I.E. FRANCISCO MANZANERA HENRIQUEZ INSTITUCIÓN EDUCATIVA “FRANCISCO MANZANERA HENRÍQUEZ” PACTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR GIRARDOT - 2013 INTRODUCCION Este Pacto de Convivencia, es el apoyo a la labor diaria para el mejoramiento Intelectual, moral, ético, espiritual y social de los miembros de la comunidad educativa y pretende pautar para una sana convivencia que permita el desarrollo de habilidades y cualidades personales con el fin de alcanzar la excelencia que identifique nuestra institución como un espacio de construcción individual y colectiva. Teniendo esto en cuenta, cada miembro de la comunidad educativa debe convertirse en promotor de procesos de crecimiento personal que conlleven a una sana convivencia con la utilización de estrategias que permitan resolver situaciones académicas y relaciones cotidianas con argumentos, concertación, negociación pacifica y productiva, estrechando lazos de fraternidad y mutua ayuda en la formación personal. Se pretende utilizar mecanismos alternos de la solución de conflictos, dentro de un proceso de negociación, mediación y concertación como una estrategia para manejar el conflicto, que es una manifestación de choque de intereses, de la existencia de necesidades y anhelos insatisfechos. Por esta razón para resolver un conflicto, este se debe conocer y entender para aplicar el proceso de negociación preguntando a cada uno, qué le preocupa? Qué le interesa? Qué necesita?, ¿Por qué y para qué quiere negociar? Teniendo en cuenta lo anterior nos debemos convertir en un promotor de procesos de negociación pacíficos y productivos. En esta medida el Texto que formaliza el PACTO DE CONVIVENCIA es una propuesta pedagógica, producto de la interacción y del trabajo de los diferentes actores de la comunidad educativa, con el fin de buscar la motivación, la reflexión, la participación y la acción centradas en el acontecimiento y cumplimiento racional de las normas legales establecidas por la comunidad y para la comunidad; de ahí su carácter de Ley o Norma Legal, que establece igualmente las condiciones de admisión, permanencia o desvinculación del estudiante en la institución, las características y procesos del servicio educativo, los deberes y derechos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, lo que compromete su obediencia y sentido de pertenencia. Es importante mencionar y consultar ante cualquier situación, algunas Sentencias de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA que se referencian al final de este documento en los ANEXOS. Finalmente mencionar que se Adopta por parte de la institución la LEY 201 de diciembre de 2012 la cual crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Se iniciara en el año 2013 con la conformación del Comité de Convivencia escolar estipulado en dicha ley y se pondrá en funcionamiento durante el año 2013 como ente garante del cumplimiento de dicha ley. MISION INSTITUCIONAL La Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez asume con responsabilidad y criticidad, en el marco de la autonomía institucional, procesos pedagógicos que ofrecen una formación integral altamente calificada a sus estudiantes. Para ello se exigirá como institución abierta al cambio, tolerante y propiciadora de valores y actitudes favorables no solamente al desarrollo del conocimiento sino también al desarrollo sociocultural mediante prácticas vivenciales que integren activa y efectivamente a los miembros de la comunidad manzanerista, permitiendo su crecimiento y realización personal
  • 3. 2 colectiva en los distintos contextos humanos del mundo actual y capacitando a los estudiantes en tecnologías que le permitan asumir los retos y desafíos del mundo laboral. VISION INSTITUCIONAL La Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez, estatal, de carácter público en los niveles de Preescolar, Básica (primaria y secundaria), Medias Técnicas en Gestión Ambiental, desarrollo y Mantenimiento en informática y Gestión Empresarial, así como la educación por ciclos en la Jornada nocturna orientada por ciclos mediante el decreto 3011, promocionará bachilleres con una formación que posibilitará la continuación de sus estudios superiores y/o el ingreso al campo laboral como gestores de proyectos empresariales y ambientales con altos índices de calidad y desempeño; para que incida en el mejoramiento de las condiciones de vida de sus familias, como resultado de la formación que se ofrece en los proyectos micro- empresariales. Una persona que encarnará lo filosófico, lo científico - técnico, lo artístico – lúdico de manera integral, es decir, seres capaces de reflexión, acción de sentimiento, cuya razón sea sensible y su sensibilidad sea racional, que lo lleven a prepararse para la vida en condiciones dignas, como futuros ciudadanos integrales y productivos. CAPITULO I IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL 1. Descripción del plantel. -Nombre : Institución Educativa francisco Manzanera Henríquez -Localización : Girardot-Cundinamarca - Km. 1 vía a Nariño -Teléfono : 8361850 - 3204203663 -Email : iemanzanera@hotmail.com 2. Identificación Legal. -Propietario : Municipio de Girardot - Cundinamarca -Representante Legal : 2012 – LIC. OSCAR ROA RIAÑO -Fecha de Fundación : Marzo 12 de 1979 -Decreto de Creación : 1445 del 19 de junio de 1979 Ministerio de educación Nacional. -Licencia de Funcionamiento: Jornada. Mañana. Resolución. 239 del 3 Diciembre/08 Secretaria de Educación Municipal -Resolución de Aprobación : Jornada Nocturna: Nº 002253 Nov. 23/01 -DANE : 225307-000824 -NIT : 890.680.240-7 -CODIGOS ICFES : Jornada Mañana - 03615-2 Jornada Tarde - 03616-0 Jornada Nocturna - 03617-8 -Carácter : Mixto -Orden : Institución Sin ánimo de lucro -Naturaleza : Mixta -Tipo de Educación : Formal (Jornadas mañana y tarde) Formal de Adultos por ciclos Lectivos (Jornada. Nocturna) -Sedes : Jorge Eliecer Gaitán, Antonio Nariño, San Lorenzo y Santa Elena Jornada Mañana. Buenos Aires, Francisco José de Caldas, República Ecuador Jornadas Mañana y Tarde. -Niveles de Formación : Preescolar- Básica Primaria (Jornadas Mañana y Tarde) – Básica Secundaria – Media Técnica (Jornada Mañana)- Media Académica Ciclos (Jornada Nocturna – decreto 3011). -Modalidad : Bachillerato Técnico en: - Gestión empresarial – Gestión Ambiental – Tecnología en Informática Bachillerato Académico ciclos (Jornada Nocturna). - Horarios todas las Sedes : Grado Cero: Entrada 7:00 a.m. Salida 11:00 a.m. Grados 1 a 5 Jornada Mañana: Entrada 6:50 a.m. Salida 11:50 a.m. Grados 6 a 9 Jornada Mañana. Entrada 6:10 a.m. Salida 12:10 p.m. Grados 10 y 11 Jornada Mañana. Entrada 6:10 a.m. Salida 2:10 p.m. (Según día de formación Técnica) Grados 1 a 5 Jornada Tarde: Entrada 12:30 a.m. Salida 5:30 a.m. Ciclos I a VI Jornada Noche: Entrada 6:00 p.m. Salida 9:30 p.m. CAPITULO II CRITERIOS DE ORDEN ADMINISTRATIVO ARTICULO 1. MARCO LEGAL. El presente Documento representa el Pacto de Convivencia de la Institución Educativa FRANCISCO MANZANERA HENRIQUEZ, está fundamentado en la Constitución Política de 1991, en la Ley General de Educación (Ley 115 de febrero de 1994), en el Decreto 1860 de Agosto de 1994, Ley de infancia y Adolescencia (Ley 1098 de Noviembre de 2006). En la Resolución 03353 Educación sexual, Ley 30 de 1986, prevención de la drogadicción, Ley 33 de 1994, Sentencias de la corte Suprema de Justicia referentes al proceso formativo de los educandos y la corresponsabilidad de la Institución y los padres de familia y/o acudientes, libertad religiosa, en el Estatuto Docente y en los Decretos sobre los proyectos pedagógicos y otros.
  • 4. 3 OBJETIVO GENERAL Comprometer a todos los estamentos que conforman la Comunidad Educativa de la Institución FRANCISCO MANZANERA HENRIQUEZ en el cumplimiento de un PACTO DE CONVIVENCIA que establece normas acordadas conjuntamente y permite mantener relaciones de tipo social, familiar y afectivo que conduzcan y contribuyan en la formación de Ciudadanos sentipensantes y actuantes, ejemplares para la Ciudad de Girardot. OBJETIVOS ESPECIFICOS - Conocer y asumir el contenido del Pacto de Convivencia para aprender a vivir con otras personas dentro de un ambiente cordial y familiar. - Comprometer al estudiante a ser sujeto de su formación integral a través del diálogo, buscando resolver las diferencias y conflictos, para fortalecer los valores de interés personal y grupal. - Dedicar todos nuestros esfuerzos para contribuir a una buena formación de los futuros ciudadanos de Girardot. - Contribuir en el fortalecimiento de la formación integral del estudiante para hacer de la institución un centro con una visión transformadora, participativa y democrática. ARTICULO 2. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE: “Para ser estudiante la persona debe cumplir con las siguientes condiciones” a. Cumplir con los requerimientos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional: Tener 5 años o cumplirlos en los tres primeros meses del año escolar para el grado preescolar; de ser menores de 15 años y haber cursado y aprobado el grado quinto, para ser estudiante regular del grado sexto en las jornadas diurnas, y para la jornada nocturna los requisitos del decreto No.3011/96, para otros grados haber sido promovido del grado anterior. Quienes vienen de otras instituciones, observar un buen comportamiento, además de cumplir con el proceso de matrícula. b. Estar apoyado y respaldado desde el momento de la matrícula por un acudiente o tutor para asistirlo en las situaciones que requiera, o cuando el colegio lo solicite; y deberá cumplir con los compromisos que le corresponda en caso de ausencia total. c. Asistir puntualmente al establecimiento escolar dentro del calendario académico según horario de cada jornada dado por la institución y/o en horario que esta lo requiera. d. Presentar los documentos auténticos requeridos para la matrícula. PARAGRAFO 1. El estudiante que desee ingresar a Grado decimo será clasificado y asignado a un grado según la modalidad de las medias técnicas que sea de su interés y de las cuales se orientan en la Institución; Media Técnica en Sistemas, Administración o Medio ambiental. PARAGRAFO 2: El estudiante que desee ingresar a Grado Once solamente podrá matricularse si cumple los requisitos académicos de las medias técnicas que se orientan en la Institución y que tengan sus respectivas valoraciones en Grado decimo o en grado Once si es en tiempo intermedio del proceso. ARTICULO 3. MATRICULA: GRATUIDAD DE LA MATRÍCULA. Toda persona que quiera pertenecer a la Comunidad educativa de la Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez deberá traer los documentos exigidos para la misma, obteniendo los beneficios de gratuidad en derechos académicos, pensión y matrícula dando así cumplimiento del artículo 67 de la Constitución Política de Colombia. PARAGRAFO 1. PROCESO DE MATRICULA. ADMISION: Para la institución es indispensable que cada familia cumpla con las fechas para matrículas establecidas con la debida anticipación. No obstante, ofrece la oportunidad de realizar matrículas extemporáneas de acuerdo al cronograma presentado por la secretaria de educación Municipal. Para el inicio de su proceso de matrícula un estudiante Nuevo deberá: a- Presentar diligenciado el respectivo formato u Hoja de pre-matrícula, la cual debe ser diligenciado después del mes de octubre del año inmediatamente anterior. b- Presentar entrevista con orientación escolar, para los estudiantes que llegan de las diferentes instituciones con el fin de conocer sus razones de vinculación, cambio de institución, responsabilidad y compromiso con los procesos educativos. c- Realizar la lectura y firmar Acta de aceptación del manual de convivencia. d- Presentar Certificados de estudios, observador del alumno y paz y salvo expedidos por la institución de procedencia. e- Certificado de estudios del último grado cursado f- Si desea ingresar a grado decimo u once, solamente podrá hacerlo bajo las modalidades de media técnica que se ofrecen en el momento en la institución y con el cumplimiento de los requisitos de matricula e inscripción en la institución de carácter técnico (SENA, UNAD u otra) que se encuentre en convenio con nuestra institución. Si el estudiante ha cumplido con los criterios anteriores y habiendo la disponibilidad de cupo, se procede a efectuar la matrícula con la presencia de los padres o acudiente y el estudiante en los días señalados para tal efecto, anexando los siguientes documentos: (también aplica para estudiantes antiguos) a. Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento (hasta los 7 años, los mayores con tarjeta de identidad). b. Fotocopia del carné de afiliación a una E.P.S. (Ley 100/93). c. Paz y Salvo por todo concepto y certificación de comportamiento, expedidos por la Institución de procedencia.(igualmente los antiguos quienes lo obtendrán vía internet en la página institucional – www.iefmanzanera.edu.co) d. Certificado de estudios del año inmediatamente anterior e. Certificación de vacunas para los grados Pre-escolar, Primero y Segundo de primaria. ARTICULO 4. COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES AL MATRICULARSE. a. El estudiante y su acudiente, deberán estar presentes en el momento de la matrícula, para recibir el Pacto de Convivencia, firmar y establecer los compromisos de tipo académico y disciplinario. b. Cumplir al pie de la letra con las disposiciones establecidas para que los niños, niñas y adolescentes, se comporten en un ambiente escolar de acuerdo a la ley (Pacto de convivencia de la Institución, decreto 1098, leyes de educación) c. Mantener en buen estado, todos los recursos que la institución dispone a su servicio y en caso de que los deteriore, el acudiente procederá a reparar los daños ocasionados por el estudiante. d. Conocer, aceptar y obrar conforme a las disposiciones o normas legales acordadas en el Pacto de convivencia y participar activamente en las futuras reformas que se le hagan, de acuerdo a lo que el estudiante analice y proponga como sugerencias. e. Asistir a los llamados del departamento de Orientación escolar al momento en que sea requerido, con previo aviso al docente de turno y de acuerdo a las solicitudes de ayuda del padre de familia, docente o directivo, adoptando cambios favorables percibidos por la comunidad educativa en general. f. Si ingresa a grado decimo u once debe asistir puntual y cumplidamente a los horarios establecidos para la media técnica a la que pertenezca. Así mismo debe cumplir con los horarios y jornadas que se establezcan para la preparación del ICFES y refuerzos académicos.
  • 5. 4 ARTICULO 5. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONVIVENCIA a. Aprender a no agredir al congénere: base de todo modelo de convivencia social. El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad en fuerza para el amor y no para la agresión. b. Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal y grupal. La convivencia social requiere aprender a conversar porque es a través de la conversación que aprendemos a expresarnos, coincidir, discrepar y comprometernos, y a escuchar porque es el valor que nos conecta al pensamiento y la opinión del otro. c. Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a los otros, reconozco y acepto sus opiniones, aprendo a convivir. d. Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no se aprende a concertar con los otros. Es decir, aprender a trabajar en equipo. e. Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros es una forma de expresar amor a la vida. f. Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo, pero que en ningún momento somos superiores. No somos los “amos de la naturaleza”. Esto cabe además, si nos referimos al cuidado del entorno físico, como demostración de un imponderable sentido de pertenencia. g. Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y cultural. El ser humano evoluciona a medida que su cultura evoluciona. ARTICULO 6. REQUISITOS PARA LA PERMANENCIA EN CALIDAD DE ESTUDIANTE. Para permanecer en la Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez como estudiante activo, será necesario que el estudiante cumpla con los siguientes requisitos: a. Tener Matrícula vigente, es decir estar registrado y activo en el sistema institucional y el SIMAT. b. Asumir una actitud responsable frente a su rol de estudiante en cuanto a: puntualidad, sentido de pertenencia, respeto por si mismo y por los demás, por el uniforme, por sus labores académicas, lúdico-recreativas y deportivas, así como el cuidado de su entorno, deseo de superación y progreso. c. Ser asistido incondicionalmente por sus padres o acudientes en las diferentes eventualidades que la institución lo requiera o la circunstancia lo amerite. d. En ausencia total o de retiro forzoso del acudiente, este será reemplazado y el nuevo acudiente debe firmar la matrícula y deberá adquirir todos los compromisos que con su función exigen. e. participar y ser miembro activo de los diferentes comités que existan en la Institución. ARTICULO 7. CAUSALES PARA LA PERDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE. La persona pierde el carácter de estudiante de la institución y sus derechos como miembro de la institución por: a. Incumplir con las condiciones señaladas en los artículos 1, 3 y 5 del presente Capitulo. b. Cancelar voluntariamente la matrícula cuando el acudiente o tutor así lo determine. c. Inasistencia habitual del 30% de la intensidad horaria de las clases en forma injustificada (Decreto 1860, Art. 53) d. Ser excluido de la Institución después de un proceso disciplinario ratificado por el consejo directivo. e. Presentar documentos falsos o alterados, cometer fraude en el momento de la matrícula o en cualquier situación de la vida escolar. ARTÍCULO 8. UNIFORMES: Después de matriculado, todo estudiante sin excepción, debe respetar los uniformes institucionales y portarlos con decoro dentro y fuera de la Institución. Estos serán los aquí definidos sin ningún tipo de modificación. El uniforme de diario para todos los estudiantes a. Para las niñas desde pre-escolar hasta la media técnica es blusa camisera blanca de dacrón, con cuello sport, jardinera hecha con tela de poliéster, color grisáceo a cuadros verdes, prenses seguidos a cuatro centímetros cada uno, cinco centímetros arriba de la rodilla, según modelo presentado en Secretaria de la Institución. Zapatos negros de cordón y de lustrar, medias blancas de doblar al tobillo. Los accesorios como moños, bambas, hebillas o valacas deben ser blancos o negros. Si se desea se puede usar un Bicicletero bajo la falda. b. Para los niños y jóvenes de pre-escolar hasta la media técnica: pantalón azul petróleo, camibuso blanco de lacoste con el escudo de la institución bordado en el bolsillo al lado izquierdo, con ribetes en el cuello y en las mangas de color verde, según modelo presentado en la Secretaria de la Institución. Zapatos negros, lustrables y con cordones, medias color azul obscuro. El uniforme de educación física Para todos los niveles, el uniforme es una sudadera con pantalón Verde con una raya blanca a los dos lados exteriores de las piernas, buzo blanco cuello V con borde verde en el cuello y mangas, el escudo estampado o bordado en el pecho, según modelo presentado en Secretaria de la Institución. Tenis tradicionales blancos y medias blancas. Jornada Nocturna: En todos los ciclos el uniforme es uno solo: Buso Blanco cuello redondo y Pantalón Jean color azul. ARTICULO 9. REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE, TUTOR O REPRESTANTE LEGAL. Definición: El acudiente, tutor o representante legal es la persona (papá- mamá o familiar) que haga sus veces, Mayor de edad, que firme la matricula junto con el estudiante. Al firmar la matricula el padre de familia, acudiente, tutor o representante legal se compromete a: a- Responder por las necesidades y actuaciones de su acudido. b- Cumplir con los compromisos adquiridos y estipulados en el presente Pacto de convivencia escolar c- No tener impedimentos de orden moral o penal contemplados en la ley. d- Asistir incondicionalmente a las diferentes eventualidades que la institución requiere o la circunstancia lo amerite. e- Asumir la corresponsabilidad de los actos de sus acudidos y en caso de presentarse el padre de familia o acudiente debe reparar y pagar los daños ocasionados por el estudiante. En la jornada Nocturna los mismos estudiantes son responsables de ellos y sus actos. Esto no quiere decir que los padres de menores de edad (entre 15 y 17 años) no puedan responder o averiguar por la situación de ellos en la Institución. f- En ausencia total o de retiro forzoso del padre de familia, acudiente, tutor o representante legal, este será reemplazado y el nuevo acudiente debe firmar la matricula. g- Participar y ser miembro activo de las diferentes comisiones que existan en la Institución. h- Conocer los deberes y derechos plasmados en el presente Pacto de Convivencia
  • 6. 5 ARTÍCULO 10. INHABILIDAD PARA SER ACUDIENTE, TUTOR O REPRESENTANTE LEGAL. Una persona está impedida de ser acudiente cuando es menor de edad. Se exceptúan los estudiantes de la jornada nocturna y casos especiales debidamente Comprobados y justificados. CAPITULO III PERFILES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA “POR UNA MEJOR CONVIVENCIA, CONCIENTICÉMONOS DE LO BUENO POR HACER Y LO MALO POR RECHAZAR” CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN TENER LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA FRANCISCO MANZANERA HENRÍQUEZ. ARTICULO 1. PERFIL DEL ESTUDIANTE: El estudiante se debe caracterizar por: a) Desarrollar el sentido de pertenencia por su institución b) Conocerse a sí mismo, amarse, resaltar sus cualidades y reconocer sus debilidades c) Ser persona capaz de convivir en aprecio y respeto por la dignidad del otro d) Aceptar y respetar las diferencias individuales e) Manejar la solución de conflictos mediante el diálogo y el entendimiento evitando toda forma de violencia agresión y manipulación f) Propender por un alto nivel de servicio, autoestima, autonomía y libertad, siempre que cumpla las normas vigentes de la institución g) Mantener activo su espíritu de superación personal en todas las órdenes; ejercicio de sus derechos, higiene, presentación personal y excelente comunicación. h) Ser honesto y transparente en todas sus acciones manifestando coherencia entre lo que piensa y lo que hace, i) Manifestar el deseo permanente de conocer, de aprender, de experimentar. j) Dignificar y respetar toda forma de trabajo y de comportamiento humano, preocupándose por superarse y mejorar cada día más. ARTICULO 2. PERFIL DEL DOCENTE El docente manzanerista, debe caracterizarse por su autoestima y dignidad, reflejadas en: a) El sentido de pertenencia y amor a la institución. b) La defensa de sus derechos, fundamentada en una praxis política. c) El amor por sí mismo y por su trabajo que se demuestre en su alta autoestima. d) La responsabilidad, como profesional de la educación. e) La honestidad, rectitud y coherencia entre su pensamiento, su acción y su exigencia. f) La autonomía, la libertad y la creatividad, sin interferir en los espacios de los demás, y la defensa de la libertad de cátedra y de pensamiento. g) El trato humanizante, considerando las situaciones particulares propias y ajenas, rechazando el autoritarismo, la imposición, la agresividad y la manipulación en todas sus formas. h) La creación de ambientes de tolerancia, respeto y lealtad. i) El esfuerzo por ser modelo o ejemplo para la comunidad educativa. j) La flexibilidad para adaptarse a los cambios del universo y del mundo, siempre y cuando contribuya a su supervivencia y crecimiento hacia el bien. k) La preparación permanente y la actualización en el quehacer pedagógico, en una actitud investigativa e innovadora, dándose el espacio y el apoyo para cumplir con ello. l) La práctica educativa caracterizada por su actitud de maestro-guía, orientador, tutor, dinamizador de los procesos formativos y del desarrollo de las competencias de sus educandos. m) La actitud abierta, que le permita ser comprensivo y afectuoso frente a las diferencias y problemas individuales que se presentan en su trabajo diario, y la capacidad de expresar su afecto y amabilidad, no temiendo estimular ni elogiar al otro, mirando más las cualidades que los desaciertos y utilizando la crítica constructiva ARTICULO 3. PERFIL DEL COORDINADOR. Por su función de enlace entre los diferentes miembros que conforman la comunidad educativa Francisco Manzanera Henríquez, el coordinador debe ser: a) Un profesional convencido de su labor, tener idoneidad para conocer, manejar y apropiarse de la filosofía institucional b) Un excelente comunicador c) Una persona honesta, justa y con sentido de pertenencia por la institución d) Conocer, manejar y apropiarse de la filosofía institucional e) Reflejar su autoridad en la imparcialidad de sus actos, aprecio y respeto por todos sus semejantes. f) Ser conciliador y mediador entre los diferentes entes de la comunidad educativa g) Vigilante de los derechos humanos, código del menor y manual de convivencia, especialmente con los estudiantes a su cargo. ARTICULO 4. PERFIL DE EL (LA) ORIENTADOR (A) ESCOLAR El orientador escolar de la institución conforme a lo establecido en la ley debe: a- Saber observar y escuchar b- Poseer madurez afectiva y equilibrio interior c- Ser objetivo e imparcial d- No ser agresivo ni autoritario e- Poseer capacidad de empatía f- Aceptar a la persona q lo consulta y comprenderle g- Ser cordial, afable y accesible h- Guardar la intimidad del entrevistado i- Ser sincero, paciente y sereno j- Ser prudente y guardar el secreto profesional ARTICULO 5. PERFIL DEL BACHILLER EGRESADO La proyección que la institución aspira para los futuros Bachilleres Técnicos de la jornada Diurna y Académicos en la Jornada Nocturna, es: a) Que cada egresado represente el ideal manzanerista de crecimiento, autonomía y responsabilidad.
  • 7. 6 b) Que sea capaz de formar un hogar con visión clara de su paternidad o maternidad responsable, y de su fidelidad, a pesar de los cambios culturales que rodeen la sociedad futura. c) Que mantenga vivo en él, su espíritu de cultivo intelectual, sea a través de la profesionalización, sea a través de la educación no formal, o en último caso de la autoformación, la cual deberá acompañar todas las demás formas de desarrollo. d) Que hombres y mujeres estén formados políticamente para la toma de decisiones y acciones frente a problemas y situaciones que los afecten a ellos o a su entorno, mediante el ejercicio participativo y democrático, en la convivencia diaria, donde la ley esté al servicio del hombre, y no a la inversa, identificando y atacando distintas formas de manipulación, explotación, agresión y autoritarismo. e) Que en su desempeño laboral se plasmen la preparación, autonomía, eficiencia y creatividad, siendo ejemplo para su grupo social, de tal modo que llegue a ser una persona necesaria para su comunidad, logrando el desarrollo y bienestar personal y colectivo. f) Que sea cálido, amoroso y respetuoso en sus relaciones, de tal modo que sea un facilitador de la armonía, de la paz y la vivencia de los valores éticos y morales. g) Que con todos sus actos aporte a la construcción de una nueva sociedad equitativa en oportunidades y acciones. h) Que una vez saturado el mercado y la demanda laboral en la región, tenga la capacidad de proyectarse hacia otros espacios nacionales e internacionales. i) Que todo lo que produzca con su talento, bienes y servicios, redunde en el mejoramiento de la infraestructura de su colegio y de su entorno inmediato. ARTICULO 6. PERFIL DE LOS ADMINISTRATIVOS Y ASISTENCIALES El personal asistencial es parte fundamental en el engranaje de la institución educativa. El perfil de estas personas está orientado a tener: a) Sentido de pertenencia y amor por la institución. b) Responsabilidad y eficiencia en el cumplimiento de sus funciones. c) Trato amable, cordial, afectuoso hacia sí mismo y hacia toda la comunidad de la cual hace parte. d) Seguimiento del conducto regular para el tratamiento y solución de situaciones problemáticas que lo ameriten. e) Preparación continua que apoye su crecimiento personal y su mejor desempeño laboral. f) Honestidad en cada acto de su quehacer personal y laboral. g) Eficiencia en cada uno de los trabajos que les sean asignados ARTICULO 7. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA El hogar es la primera y más decisiva de las escuelas en la formación integral del ser humano. Por tanto, se constituye en punto de apoyo fundamental para el trabajo de la Comunidad Manzanerista. El perfil deseable para los padres y acudientes Manzaneristas debe implicar primordialmente el verdadero amor filial que se manifiesta en: a) La preocupación constante por sus hijos o acudidos y su quehacer dentro y fuera de la institución. b) El cumplimiento de los deberes exigidos por una paternidad- maternidad responsable: afecto, comprensión, diálogo, salud, alimentación, sueño, respeto por su niñez y sus derechos, en forma equilibrada entre sus responsabilidades y su recreación; el apoyo en todas las circunstancias de la vida. c) Buen trato, humano, respetuoso y cariñoso entre los mismos padres y hacia sus hijos. Este buen trato debe extenderse a todos los miembros de la comunidad escolar. d) En situaciones de padres separados, buen trato, evitando la contradicción de criterios y decisiones que se tomen respecto a sus hijos y que afecten su desarrollo y formación. e) Sentido de pertenencia, amor, defensa de la institución en general. f) Aceptación y aporte de sugerencias que contribuyan al crecimiento de sí mismos, de sus hijos, y de la Institución. g) Participación activa en las diferentes comisiones o comités que se constituyan en la Institución. h) Participación constante e intervención en las actividades escolares y extra-escolares en las que es solicitado ARTICULO 8. PERFIL DEL RECTOR Su perfil estará enmarcado en la ley, por funciones y competencias: FUNCIONES: a) El Rector debe ser Educador: Para garantizar la calidad y la coherencia entre las acciones educativas y de la enseñanza en la institución educativa y para que reconozca que el aspecto fundamental de la calidad es la experiencia educativa de niños y jóvenes. b) El Rector como animador Pedagógico: Tener conciencia de que la motivación en el trabajo es inhibida o facilitada por la calidad de las relaciones que debe establecer con un equipo, por la presencia de valores, su organización y su influencia con la conducción institucional, sabe escuchar, acompaña desafíos, frustraciones, errores y abre la institución a los recursos exteriores, con las asociaciones barriales, culturales, artísticas, intelectuales y los articula a los recursos internos con vista a hacer de la institución un taller de aprendizaje. c) El Rector en función de informador y comunicador: Para reconocer las exigencias internas y externas tiene en cuenta a las personas, sus intereses y preocupaciones. Sabe que dirigirse a docentes, padres o estudiantes, exige tener la capacidad de diseñar mensajes con los códigos adecuados. El propósito primordial de esta función es asegurar que los estudiantes, las familias, los docentes y la comunidad toda, cuente con la información pertinente. d) El Rector como gestor de recursos: Es responsable de lograr una participación del conjunto de los mismos, de modo tal que satisfaga las demandas y necesidades institucionales, para ello define la distribución interna de los medios de manera coherente con los objetivos y las acciones del proyecto. Como gestor, el rector indaga sobre nuevas posibilidades de recursos didácticos y/o materiales. e) El Rector en su función Administrativo- jurídica: Es el responsable de toda la tarea educativa realizada dentro o fuera de la institución, pero él representa a la autoridad administrativa de educación del nivel local y debe velar por el respeto de la legislación escolar y su aplicación. COMPETENCIAS: Sobre los saberes y los conocimientos con los cuales debe estar familiarizado el Rector: 1. Dominio de una cultura amplia. 2. Dominio de lo socio- político. 3. Dominio de lo cultural- educativo. 4. Dominio de lo curricular – pedagógico. 5. Dominio de lo organizacional. 6. Dominio de lo jurídico – administrativo. 7. Dominio de lo comercial, económico y financiero.
  • 8. 7 8. Sobre los métodos que debe utilizar, es decir, sobre el saber- hacer: 9. Métodos de animación y comunicación. 10. Métodos de diagnóstico. 11. Métodos de análisis prospectivo. 12. Métodos de gestión. 13. Métodos de regulación y evaluación. 14. Métodos de resolución de problemas. 15. Sobre las cualidades personales que debe tener, es decir, sobre el saber, ser y estar, actitudes y aptitudes: 16. Pro- activo. 17. Emprendedor. 18. Sensible a los cambios. 19. Capacidad de construir. 20. Capacidad de anticipación. 21. Capacidad de convocar a participar. 22. Flexibilidad. 23. Saber escuchar. 24. Persistencia y dedicación. 25. Desarrollo de la paciencia y la voluntad. 26. Seguridad en sí mismo. 27. Razonamiento lógico y analítico. 28. Capacidad de organización. 29. Creatividad y rigurosidad. 30. Saber mirar para ver y actuar. 31. Dominar el arte de la argumentación. 32. Flexibilidad conceptual. 33. Conciliador CAPITULO IV DERECHOS Y DEBERES “Soy libre cuando actuando con responsabilidad, realizo todo cuanto me hace crecer como persona, sin interferir con la libertad de los demás” “Todo Derecho siempre lleva consigo el cumplimiento de un deber” ARTICULO 1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Todos los estudiantes de la Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez, tienen los derechos civiles fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos del medio ambiente, establecidos en la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia, la Ley General de Educación y demás reglamentaciones que le atañen, por su condición de persona, colombiano, menor de edad, ciudadano (en caso de los estudiantes mayores de edad). Como persona tiene derecho a velar por la defensa y protección de los mismos a partir de su condición de estudiante regular, debidamente matriculado en el plantel, siendo miembro activo, participativo de la comunidad educativa. Tiene derecho a: 1. Ser tratados por parte de cada uno de los estamentos de la comunidad educativa con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes en igualdad. 2. Recibir educación y formación que le garantice el pleno desarrollo de su personalidad y potenciar sus facultades con el fin de prepararlo para una vida activa, conociendo y respetando los derechos humanos, los valores culturales y el cuidado del medio ambiente natural con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad. 3. Expresar su opinión, escuchar y ser escuchado con cultura y cortesía, ser orientado y orientar en aquellos casos de conflicto que perjudiquen y afecten la convivencia institucional. 4. Participar activamente en el proceso de formación y en las demás programaciones culturales, sociales, religiosas y deportivas del plantel. 5. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través de los conductos regulares (profesor, director de grupo, orientador, coordinador, Comité de Convivencia, Consejo Académico, Rectoría y Consejo Directivo), enmarcados en la veracidad, respeto por la institución y las personas vinculadas a ésta. 6. Conocer las anotaciones sobre su comportamiento que realicen el director de grupo, profesores, coordinadores, Unidad de Mediación o Comité de Convivencia, en la biografía escolar, para hacer las observaciones o los descargos respectivos. 7. Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil, que dispone la institución. 8. Elegir y ser elegido para representar a sus compañeros en los organismos de participación estudiantil. 9. Que sus conflictos se resuelvan por medios alternativos, siempre y cuando estén dentro del ámbito legal, tales como: la mediación, la conciliación en equidad, la negociación directa, el arbitraje y el diálogo. 10. Recibir estímulo cuando su comportamiento y actitudes lo ameriten. 11. Protección especial por razones de edad, salud, nutrición, condición socioeconómica, embarazo, limitaciones físicas, violencia intrafamiliar, abandono, desplazamiento, amenaza o de cualquier otra índole. 12. Optar por ser padre o madre con las consecuencias que dicha decisión conlleve. 13. Recibir educación en la prevención, el uso y el abuso de sustancias sicotrópicas y, de ser necesario, ser remitido a instituciones de apoyo especializado con la colaboración y compromiso oportuno del grupo familiar. 14. Ser remitido a institución especializada cuando a criterio del departamento de orientación escolar la situación del estudiante o de la familia lo amerita. 15. No ser sometidos(as) a castigos, burlas, escarnio público, señalamientos indebidos, estigmatización o similares.
  • 9. 8 16. Recibir una copia del Manual de convivencia al inicio del año escolar o al momento de ingreso a la Institución. 17. Solicitar e impulsar cambios, ajustes y reformas al Manual de Convivencia que beneficien a la comunidad educativa. 18. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional. 19. Ser representado y apoyado, material y sicológicamente, por su núcleo familiar cuando se considere necesario para lograr la misión institucional. 20. Utilizar los servicios que ofrece la institución de acuerdo a los reglamentos establecidos. 21. Elegir de manera voluntaria y autónoma al iniciar el grado 10º su media técnica de acuerdo a las habilidades o capacidades que demuestren académicamente 22. Gozar de Derechos académicos tales como:  La recepción puntual y calificada de su clase, actividades, informes y recursos, según las normas vigentes.  El buen uso del tiempo libre: a espacios y medios adecuados para el desarrollo de actividades académicas, recreativas, artísticas, culturales y deportivas.  Participar en actividades y grupos organizados de tipo científico, artístico y deportivo en representación del colegio.  Conocer permanentemente el resultado de su proceso evaluativo, antes de ser procesada la información.  Solicitar revisión de sus evaluaciones si se considera mal evaluado hasta pedir segundo evaluador, y a presentar examen de suficiencia, para optar otro grado si se considera capacitado. Estos procesos se harán por escrito a la comisión de evaluación y promoción.  Tener condiciones favorables para su aprendizaje, contar con los elementos necesarios para desarrollar los procesos investigativos que exige la academia (biblioteca, laboratorio, y otros).  Ser evaluado, siempre y cuando se encuentre en el momento de dichos procesos.  Que se reivindique el error como una de las formas de acercarse al conocimiento, es decir, el de poder solicitar a cualquier docente que le permita rehacer la franja de saber dónde se ha equivocado.  Que su opinión sea tenida en cuenta en la elaboración de planes y proyectos.  Un adecuado servicio de restaurante, cafetería y restaurante escolar, con alimentos nutritivos, variados y económicos.  Servicio del transporte, siempre y cuando haya disponibilidad, en la hora que sea requerido como un derecho comunitario y no con fines personales.  Recibir los certificados de Secretaría, en los términos de la ley cuando sean solicitados. 23. Disfrutar derechos en torno al respeto y la sana convivencia. Derecho a:  Exigir respeto por su integridad física, intelectual y moral sin distingo de raza religión, origen social, condiciones económicas, ideas y sexo.  Un trato respetuoso y cordial por parte de todos.  La igualdad de oportunidades  La credibilidad, confianza y diálogo  Conformar comités dinamizadores en el curso a que pertenezca.  Tener la monitoria de áreas, curso y/o disciplina. 24. Tener sus derechos individuales en torno a:  Su intimidad personal, familiar y a su buen nombre.  Que se le respete su diferencia siempre y cuando no atente contra el bienestar de los demás.  Presentar peticiones respetuosas y a obtener pronta solución.  Contar con un debido proceso y poder apelar sin que esto implique en ningún momento el incremento de la sanción impuesta.  Que se le tenga confianza y se le asignen responsabilidades de acuerdo al grado de desarrollo de esa confianza.  No ser retirado de clase sin tener en cuenta los procesos establecidos para ello en el presente Pacto, siempre y cuando no afecte con su comportamiento el bienestar y armonía de los demás compañeros.  Participar de un ambiente democrático, que le desarrolle la personalidad y donde se le garantice la libertad de conciencia.  Conocer el programa a desarrollar en cada área y los resultados evaluativos. 25. Participar de los derechos colectivos. Derecho a:  Exigir a las autoridades de la institución educativa, funcionamiento organizado según planeamiento.  Que se respeten y hagan respetar los derechos y que se sancione todo aquel que atente contra los mismos.  Que se le proporcionen programas de salud preventiva y orientación psicológica durante todo el ciclo educativo. Este programa debe ser coordinado y desarrollado por los departamentos de orientación escolar y enfermería.  Que se le prepare durante todo el ciclo educativo para la presentación de las pruebas de estado e ingreso a la universidad.  Recibir una buena orientación profesional que tienda a que el estudiante descubra sus propias aptitudes e intereses. Este programa se desarrollará mínimo de noveno a once grado y debe estar a cargo del departamento de orientación escolar.  Convivir en un ambiente limpio, agradable que garantice calidad de vida. 26. Ser partícipe de los derechos concernientes a la Libre expresión y Comunicación: derecho a:  Conformar comités dinamizadores en el curso a que pertenezca.  Realizar las monitorias de áreas, de curso o de disciplina.  Participar conjuntamente con sus padres o acudientes en la programación y ejecución de las actividades escolares y de los proyectos pedagógicos.  Organizar y mejorar la emisora y el periódico estudiantil. ARTICULO 2. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Todos los estudiantes que pertenezcan a la Institución Educativa Francisco Manzanera Henríquez, desde el momento de formar parte de la comunidad educativa, deben asumir sus deberes civiles fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos del medio ambiente, establecidos en el presente Pacto de Convivencia, los cuales se fundamentan en la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia, la Ley General de Educación, algunas sentencias de la Corte Suprema de Justicia y demás reglamentaciones que le atañen, por su condición de persona, colombiano,
  • 10. 9 menor de edad, ciudadano (en caso de los estudiantes mayores de edad). Como persona es su deber velar por la defensa y protección de los mismos a partir de su condición de estudiante regular, debidamente matriculado en el plantel, siendo miembro activo, participativo de la comunidad educativa. Algunos de sus deberes son: 1. Asistir puntualmente a clases y a las demás actividades que programe la institución dentro y fuera del horario escolar. La inasistencia sistemática es causal de pérdida de la asignatura. Cuando el estudiante llegue a la Institución tarde permanecerá fuera de la clase la primera hora, asumiendo la falla y el nivel del logro de la asignatura que corresponda. Al completar tres retardos el estudiante debe presentarse con sus padres. Durante esta hora estará bajo la supervisión del coordinador o los docentes de turno de acompañamiento y convivencia, donde debe realizar trabajo de formación que puede ser ambiental o desarrollo de talleres prácticos de formación y reflexión orientados por docentes o el departamento de orientación escolar, esto se hará durante la primera hora de clase. Al finalizar la actividad, el estudiante debe ingresar a su salón de clases y continuar las actividades académicas correspondientes. 2. Asistir puntual y constantemente al horario programado para las medias técnicas institucionales y las jornadas planeadas para la preparación de exámenes de estado y refuerzos académicos. 3. Portar con pulcritud, de manera correcta y con decoro el uniforme de diario y/o educación física conforme a lo establecido para cada actividad que se programe dentro y fuera de la institución, en donde debe ser un digno representante de la comunidad manzanerista. Así mismo debe hacerlo durante la asistencia cotidiana a la institución. 4. Evitar el uso de aditivos como pañoletas, cachuchas, joyas, buzos y moños de colores diferentes al blanco y demás aderezos que riñan con el buen uso de los uniformes. 5. Mantener un corte de cabello adecuado, estilo clásico para los hombres, que no refleje modas o ejemplos que atenten contra la buena presentación personal e imagen institucional, de igual manera las mujeres no deben usar maquillaje, ni esmaltes de colores en las uñas. 6. No portar armas, de ninguna clase, dentro y fuera de la institución 7. Abstenerse de portar, consumir y distribuir drogas dentro y fuera de la institución 8. Proteger e impedir el mal uso o la destrucción de los bienes de la institución, haciéndose responsable de los daños causados por su mal uso, su indebido comportamiento y teniendo claro la corresponsabilidad con su acudiente. 9. Actuar en todo momento y lugar con honestidad y responsabilidad reflejando y contribuyendo a la imagen institucional y personal. 10. Justificar ante el coordinador de disciplina y docente director de grupo en forma escrita sus ausencias una vez que se reintegre a clases. De lo contrario se citará al acudiente con el fin de informarlo y conocer las razones de la inasistencia. 11. Propender por mostrar siempre rendimiento académico satisfactorio. 12. Presentarse a la institución y/o a las actividades programadas en óptimas condiciones de aseo e higiene. 13. Asumir un comportamiento acorde a su roll de estudiante dentro y fuera de la institución. 14. No realizar, divulgar o participar en actividades subversivas de guerrilla, de paramilitarismo, de narcotráfico o de pandillas. 15. No realizar acto o acceso carnal contra persona, inducirla a prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas, o de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual o influir negativamente en su educación sexual. 16. No Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer acto de constituya infracción académica o de convivencia, o que de cualquier manera atenta contra la moral, la ley, la salud y las buenas costumbres que exige la institución. 17. No ingresar a la sala de profesores sin la debida autorización ya que este es un lugar reservado dentro de la institución para el personal docente. 18. Mantener un trato cortés y digno con todo el personal de la comunidad educativa, sin ningún tipo de distinciones o discriminaciones. 19. Cumplir estrictamente con las tareas, trabajos y lecciones asignados por los docentes. 20. Respetar, acatar y apoyar al consejo estudiantil y compañeros con un margen de autoridad debido a que por alguna circunstancia estén liderando una actividad institucional o sean parte de algún comité organizador. 21. Propender por el cuidado de las jardineras y plantas que hacen parte del ornato y decoración institucional. 22. Ser leal y sincero con la Institución Francisco Manzanera Henríquez ya que ella es quien lo educa y debe sentirse responsable de su buena marcha. 23. Entonar con seriedad y respeto en los lugares y actividades que se requiera los himnos nacional de Colombia, departamental de Cundinamarca, municipal de Girardot e Institucional Francisco Manzanera Henríquez demostrando con su expresión el civismo y amor patrio. 24. Informar oportuna y claramente a los padres de familia o acudientes acerca de las reuniones y demás citaciones que le haga el colegio y del proceso de aprendizaje y obligaciones escolares que deben cumplir. 25. Cumplir con las horas de servicio social ya que es obligatorio para los grados 10º y 11º 26. Atender las sugerencias e indicaciones que le formulen respecto a la inasistencia, comportamiento, rendimiento académico y su formación integral. 27. Colaborar y ser responsable del aseo y conservación del salón, biblioteca, espacios abiertos y cerrados, baños, mobiliario escolar y material didáctico, demostrando así, amor, respeto por la naturaleza y preocupación por el orden y el aseo del espacio Educativo. 30. Normas para la convivencia en la biblioteca, cafetería, restaurante, espacios abiertos y cerrados. a) Presentar el carnet cuando la Institución se lo suministre o documento de identificación para hacer uso del servicio b) No dañar, no rayar, no romper, no extraer o arrancar las hojas de los libros o materiales consultados, ni los elementos como sillas, mesas, vitrinas y todo aquello que este a su servicio. c) Mantener la compostura, el orden y el silencio necesarios para no incomodar o molestar a otros estudiantes o personas usuarios o lectores. d) No ingresar alimentos, ni bebidas a este recinto. e) Devolver el material en el mismo estado que se le entrega, en el tiempo estipulado, en el horario establecido y cumplir con el reglamento de la biblioteca. f) La biblioteca debe ser de consulta e investigación, no aula de clase. g) Las normas de respeto deben preservarse en la Cafetería, espacios abiertos y cerrados por ser compartidos por todos. 31. Cuidar los textos y libros de consulta, cuadernos, sillas y mesas de trabajo, no arrojar basuras en los pisos, no colocar avisos de ninguna clase en muros, puertas y pupitres; dejar el aula correspondiente en perfecto estado de orden y aseo. 32. Utilizar dentro y fuera de las aulas un lenguaje decente y respetuoso que excluya toda palabra vulgar y ofensiva, lo mismo evitar un lenguaje corporal ofensivo o mal intencionado. 33. Utilizar adecuadamente los recursos de la institución y Colaborarle a los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier otra actividad propia del Gobierno escolar.
  • 11. 10 34. Colaborar con el aseo y orden en su salón, el cuidado del jardín y sus alrededores de la institución y Aplicar normas de urbanidad: Saludar, despedirse, dar gracias, pedir el favor y escuchar. 35. Al terminar el año escolar entregar en buenas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas. 36. Seguir el conducto regular en caso de cualquier situación de reclamación. 37. Guardar el comportamiento debido en cada una de las actividades del plantel: actos cívicos, convivencias, asambleas, ceremonias, actividades pedagógicas, recreativas, culturales y en las horas de clase, aún en la ausencia del profesor, durante las horas de clases y en los cambios de estas. ARTICULO 3. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. La familia como núcleo fundamental de la sociedad es el primer responsable de la formación de los hijos, tiene la obligación de brindarles una correcta y adecuada educación y por tanto reconocerse como primera y principal educadora. Son derechos de los padres o personas que acuden a los estudiantes: 1. Matricular a sus hijos en las instituciones educativas que correspondan a sus expectativas presentando la documentación requerida en la fecha señalada, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la Constitución, la Ley y el Proyecto Educativo Institucional. 2. Ser atendidos y escuchados oportunamente por las directivas, profesores, secretarias, y personal administrativo y auxiliar, bajo los criterios del respeto mutuo con el fin de resolver situaciones inherentes al compromiso educativo en horarios establecidos por cada centro educativo, siguiendo el conducto regular. 3. Participar en el Consejo de Padres, postularse para ser elegido y participar en la Asociación de Padres, Consejo directivo, Comisiones de evaluación y promoción y en los diferentes Comités Organizadores. Si es elegido, aceptar y cumplir con sus deberes. 4. Exigir calidad y cumplimiento en la prestación del servicio educativo. 5. Recibir de directivos, docentes, administrativos y personal operativo y asistencial un buen trato, cordial, amable y respetuoso. 6. Derecho a participación en la discusión, elaboración y modificación del Proyecto Educativo Institucional y el Pacto de convivencia. 7. Estar informado de todas las actividades que se desarrollen en la institución 8. Tener acceso al diálogo con el Director y Profesor, según horarios establecidos, cuando la situación académica o disciplinaria lo amerite. 9. Expresar sus inquietudes, puntos de vista, aportes, sugerencias dentro del marco preestablecido por la institución y participar en las actividades recreativas, culturales, deportivas y formativas que la institución programe. 10. Recibir asesoría espiritual, de orientación, de formación y todos aquellos aspectos que sean fundamentales para el ser humano. 11. Recibir información clara y precisa sobre el rendimiento escolar y comportamiento de sus hijos. 12. Participar en los programas de formación de padres de familia que brinda la institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde. ARTICULO 4. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES 1. Conocer, asumir y respetar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Pacto de Convivencia de la Institución. 2. Contribuir solidariamente con la institución educativa para la formación de los hijos. 3. Enseñar a los hijos a lucir con pulcritud y decoro los uniformes de la institución en todos los lugares a donde estén presentes. 4. Inculcar desde su hogar y mediante el ejemplo, la formación en valores, entre otros: justicia, respeto, solidaridad y la sana convivencia pacífica. 5. Garantizar que su hijo o acudido disfrute de los elementos, textos escolares, uniformes y útiles escolares que le permiten alcanzar los objetivos de sus procesos educativos, brindando un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar para que de cumplimiento a sus labores escolares y pueda tener un buen desempeño y así contribuir a su formación integral. 6. Asistir a las citaciones y requerimientos hechos por la institución, permanecer durante todo el tiempo en las reuniones programadas y reclamar personal y oportunamente los informes académicos y disciplinarios de sus hijos. 8. Justificar personalmente y ante quien corresponda las ausencias reiteradas de sus hijos haciéndolas en forma respetuosa, honesta y oportuna. 9. En virtud del principio legal de la corresponsabilidad y responsabilidad civil de los padres y/o acudientes, deben responder por los daños causados por sus hijos en los bienes del plantel o de sus compañeros. 10. Participar activamente en todas las actividades tendientes a mejorar la formación integral de sus hijos. 11. Ser puntual al hacer acompañamiento a su hijo o acudido en la entrada y salida del estudiante del plantel, de acuerdo a los horarios establecidos, para ingresarlo y llevarlo a su casa. Muy especialmente quienes tiene hijos en preescolar y primaria. 12. Todos los estudiantes de la Institución educativa deben ser cubiertos o amparados por un servicio médico, Sisben, A.R.S. u otra forma de atención médica. Cuando se presente una situación de emergencia, accidente o imprevisto en el que el estudiante requiera atención médica, la institución educativa automáticamente está autorizada para avisar, llamar al acudiente y llevar el estudiante al centro médico u hospitalario más cercano para velar por su salud. El padre o acudiente deberá cancelar directamente al centro médico u hospitalario los gastos que ocasione la atención médica. 13. Informar oportuna y permanentemente a la institución, la actualización de sus datos de localización tales como dirección y teléfonos. 14. Cumplir con el horario de atención a los padres de familia. 15. Cumplir oportunamente con los compromisos socio-culturales, deportivos y económicos (danzas, música, etc) y acompañar a sus hijos en las actividades extra-escolares cuando esto sea solicitado por la institución. 16. Apoyar al profesor en el trabajo de formación integral que realiza con los hijos (talleres, conferencias, saldas, prácticas, etc.) y Revisar diariamente las actividades escolares de sus hijos. 17. No fumar en las instalaciones de la institución durante el tiempo de su asistencia y tener siempre una presentación personal adecuada en cualquier visita a la institución. 18. No desautorizar a los profesores haciendo comentarios desagradables delante de sus hijos y hacer los reclamos al docente en forma cordial dentro de la Institución y en el horario establecido. 19. No permitir que sus hijos deambulen por las calles sin causa justificada vigilando a su vez las amistades con quienes alternan y solicitar personalmente la cancelación de la matricula cuando por causa justificada haya lugar para ello. 20. Brindar amor, atención, comprensión y diálogo ante las dificultades de los hijos, propios de la edad y evitar intervenir agresivamente en los problemas entre los alumnos a la hora de entrada, salida de la institución y dentro de la institución. ARTICULO 5: DERECHOS DE LOS DOCENTES: Los educadores gozarán de todos los derechos enmarcados en el estatuto docente Capítulo II, Artículo 36 del Decreto 2277 de 1979 y los del Decreto 1278 de 2000. Entre otros:
  • 12. 11 a. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes, ante las autoridades de orden Nacional, Departamental y Municipal. b. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el escalafón c. Recibir estímulos por su labor, profesional. d. Participar de los programas de capacitación y bienestar social. e. Disfrutar de vacaciones remuneradas f. Solicitar y obtener los permisos y licencias de acuerdo con las disposiciones legales. g. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas, religiosas o sindicales. h. Recibir un trato cortes y respetuoso de los alumnos, padres de familia, administrativos y Directivos de la Institución. i. Que se siga el debido proceso ante cualquier eventualidad, respetando el conducto regular y el derecho a la libertad de expresión, justificación y explicación. ARTICULO 6: DEBERES DE LOS DOCENTES: Sus deberes están legalmente constituidos en el Estatuto docente reglamentados en los Decretos 2277 de 1979 y 1278 de 2000. Los docentes miembros de esta Comunidad, con su formación académica exigida por el Ministerio de Educación Nacional y una gran experiencia en el ejercicio de la docencia, conscientes de su papel de orientadores y líderes de la Comunidad Educativa, colaborarán en la formación de un verdadero semillero de hombres nuevos, sujetos al cumplimiento de los principios y fundamentos que encierra el proyecto Educativo institucional. Por lo tanto el docente de la comunidad educativa Francisco Manzanera Henríquez, se distinguirá por cumplir con deberes tales como: a. Mantener relaciones de cordialidad y respeto con todos los miembros de la comunidad educativa. b. Tener espíritu de superación, preparación y actualización en las normas educativas, contando con el apoyo de la administración Municipal, Departamental, Nacional y la Comunidad Educativa. c. Brindar al alumno eficiente calidad de educación en lo humano, académico, cultural, deportivo, ambiental, ético y físico. d. Motivar y ayudar a los alumnos que tienen bajo rendimiento académico para que superen sus dificultades. e. Organizar salidas pedagógicas con la participación o colaboración de por lo menos 5 padres de familia. Con autorización del Consejo Directivo. f. Comprometerse, tener sentido de pertenencia y querer su institución. g. Estimular a los padres de familia y alumnos por su colaboración, rendimiento académico, actividades culturales y deportivas. h. Dar a conocer y explicar oportunamente el Pacto de Convivencia a los alumnos y padres de familia. i. Utilizar adecuadamente los recursos con que cuenta y le brinda la Institución. j. Ser constante en el servicio a la comunidad. No maltratar a los niños física, verbal y psicológicamente y hacer los llamados de atención al alumno y al padre de familia en privado. k. Justificar oportunamente y por escrito sus ausencias, actuando con compromiso y la responsabilidad que conlleva su deber ser frente a los estudiantes a su cargo en el momento de sus ausencias apoyándose en sus compañeros o equipo directivo. l. Velar por el buen funcionamiento de la Institución. m. Escuchar las objeciones que estén dentro de la ley, emitidas por el Consejo Directivo, padres de familia y alumnos buscando siempre el diálogo en la solución a los problemas. n. Inculcar al alumno el buen manejo del vocabulario en el trato con sus compañeros y profesores. o. Enviar con anticipación las citaciones a los padres de familia para tratar casos particulares de situaciones específicas o reuniones y actividades en general del plantel. CAPITULO V EL RESPETO Y LA CONVIVENCIA FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ARTICULO 1. MANUAL DE FUNCIONES. El manual de funciones es un instrumento auxiliar del administrador en el cual están escritas todas las funciones del personal que labora en una institución educativa. Solamente tienen funciones específicas las personas que han sido nombradas y posesionadas para laborar en un cargo dentro de la comunidad educativa. Estas están estipuladas legalmente en la ley General de Educación y la legislación emanada de la Secretaria de Educación Municipal. Por lo tanto es un error colocarles funciones a los padres de familia, estudiantes, practicantes, etc. Cada funcionario debe recibir sus funciones para evitar extralimitaciones. Por ello es importante plasmar en este Pacto de convivencia las funciones del personal docente, directivo y administrativo ARTICULO 2. FUNCIONES DE SECRETARIA Los (as) Secretarios (as) dependen del Rector. Les corresponde llevar el registro y control de los aspectos legales de la institución. 1. Programar y organizar las actividades propias de su cargo. 2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones, admisiones, habilitaciones, validaciones, asistencia y Actas de reuniones en las que sean citados para tal fin. 3. Realizar la organización y ejecución del proceso de matrícula de acuerdo a las especificaciones y capacitaciones dadas desde la Secretaria de Educación Municipal. 4. Elaborar y mantener actualizadas las listas de los alumnos para efectos docentes y administrativos. 5. Mantener ordenada y actualizada la documentación de estudiantes, personal docente y administrativo. 6. Llevar los registros del servicio de los funcionarios de la institución. 7. Colaborar con el Rector en la elaboración de los diferentes tipos de informes solicitados. 8. Gestionar ante la dirección de núcleo el registro de los libros reglamentarios, certificados de estudios y tramitar los diplomas. 9. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones que le sean solicitadas. 10. Refrendar con su firma (debidamente autorizada y registrada) las certificaciones expedidas por el Rector del plantel. 11. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 12. Atender al público con respeto, eficiencia y consideración y en el horario establecido.
  • 13. 12 13. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo. 14. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 15. Responder con buen trato a cualquier miembro de la comunidad educativa. 16. Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados. 17. Llevar y organizar la agenda de Rectoría y estar pendientes de los diferentes compromisos institucionales. ARTICULO 3. FUNCIONES DEL AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Bibliotecario) El Bibliotecario depende del Rector. Le corresponde administrar los servicios de biblioteca. Tiene entre otras las siguientes funciones: 1. Elaborar el plan anual de actividades en la biblioteca y presentarlo al Consejo Directivo para su aprobación. 2. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Consejo Directivo para su aprobación. 3. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y estudiantes sobre la adecuada utilización de la biblioteca. 4. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico. 5. Establecer y mantener intercambio bibliográfico con otras entidades educativas. 6. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre la utilización de los mismos. 7. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados. 8. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno al Rector. 9. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 10. Responder por el uso adecuado mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo. 11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 12. Elaborar y sistematizar en archivos magnéticos el inventario de libros que existan en la biblioteca. 13. Dar buen trato a todo el personal que solicite sus servicios. 14. Exigir respeto por el lugar como centro de estudios y concentración, especialmente los buenos modales. 15. En el lugar exclusivo para la bibliotecaria se prohíbe la entrada a personas que no tengan relación laboral con la Institución. ARTICULO 4. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO De acuerdo a la Resolución No 13342 del 23 de julio de 1982, en su artículo 4o, el Coordinador Académico depende del Rector del Plantel, le corresponde la administración académica de la institución. De él dependen los jefes de área y por relación de autoridad funcional, los profesores. SON FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO 1. Liderar, orientar, asistir y participar en el Consejo Académico, las reuniones de área y en las demás en que sea requerido. 2. Colaborar con el Rector en la Planeación y evaluación Institucional. 3. Dirigir, organizar y sistematizar la Planeación y Programación Académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares. 4. Organizar a los profesores por áreas y asignaturas de acuerdo con las normas vigentes y Coordinar sus acciones para el logro de los objetivos. 5. Coordinar la acción académica con la de administración de estudiantes y profesores. Organizando y desarrollando las Comisiones de Evaluación y Promoción. 6. Establecer canales y mecanismos de comunicación. Utilizar el software establecido para interactuar con los diferentes estamentos de la institución. 7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas. 8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar. 9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los jefes de área y el Coordinador de Disciplina, presentarlos al consejo directivo para su aprobación. 10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. 11. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes, (Estatuto Docente y Ley General de Educación). 12. Rendir periódicamente informe al rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas. 13. Presentar al rector las necesidades de material didáctico de las áreas respectivas. 14. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 15. Cumplir las demás funciones que, le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 16. Cumplir con la jornada laboral establecida. 17. Conceder permiso al personal bajo su cargo, en las horas laborales, y hasta por un día. Haciéndose responsable por el cumplimiento de los planes de contingencia presentado por los docentes al momento de solicitar sus permisos. Estos deben ser registrados en el sistema del software institucional. 18. Hacer las observaciones que estime conveniente al personal a su cargo en su respectivo despacho, de forma verbal y/o escrita. 19. Organizar junto con la coordinación de convivencia formaciones de personal y, Direcciones de grupo debidamente planeadas y programadas, mínimo cada 15 días con el objetivo de establecer una permanente y continua reflexión y comunicación entre estudiantes y directores de grupo que contribuyan de manera eficaz al mejoramiento de la convivencia y el nivel académico de la institución. 20. Propender por el trabajo en equipo con los funcionarios que conforman el equipo directivo de la Institución. 21. Apoyarse y Hacer cumplir el Pacto de convivencia escolar en todas sus instancias y situaciones presentadas. ARTICULO 5. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA De acuerdo a la Resolución No. 13342 de 23 de julio de 1982, en su artículo 5o. el Coordinador de Disciplina o convivencia depende del Rector. Le corresponde administrar profesores y estudiantes. Son funciones del coordinador de disciplina: 1. Participar en el Consejo Académico, comisiones de evaluación y promoción y en los demás en que sea requerido. 2. Colaborar con el Rector en la Planeación y Evaluación Institucional. 3. Dirigir las planeación y programación de la administración de estudiantes y profesores de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares. 4. Organizar y desarrollar Asambleas de Disciplina y de Docentes, propendiendo por el debido proceso. 5. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la coordinación académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa. 6. Establecer canales y mecanismos de comunicación. Dando uso permanente al software institucional para interactuar con los diferentes estamentos de la comunidad educativa y mantener actualizados y sistematizados los diferentes procesos de convivencia. 7. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.
  • 14. 13 8. Colaborar con el Coordinador Académico, en la organización de los reemplazos en caso de ausencia de docentes según la necesidad y el caso. 9. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y estudiantes en cuanto al cumplimiento de los turnos de acompañamiento y asistencia y llegadas tarde a la institución. 10. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes, realizando la distribución y asignación de turnos y zonas de acompañamiento. 11. Rendir mensualmente informes al rector sobre las actividades de su dependencia, las llegadas tarde de estudiantes, docentes y personal auxiliar. 12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 14. Cumplir con la jornada laboral establecida. 15. Realizar formaciones de estudiantes mínimo cada 15 días con el acompañamiento de los docentes y el coordinador académico, con el objetivo de hacer las observaciones y recomendaciones respectivas que contribuyan a una mejor convivencia y nivel disciplinario institucional. 19. Organizar junto con la coordinación académica y orientación escolar, Direcciones de grupo debidamente planeadas y programadas, mínimo cada 15 días con el objetivo de establecer una permanente y continua reflexión y comunicación entre estudiantes y directores de grupo que contribuyan de manera eficaz al mejoramiento de la convivencia y el nivel académico de la institución. 20. Propender por el trabajo en equipo con los funcionarios que conforman el equipo directivo de la Institución. 21. Tener control permanente y diario sobre los observadores de los estudiantes y monitorear permanentemente el uso y actualización de la información en el sistema institucional a través del software definido para tal efecto. 22. Apoyarse y Hacer cumplir el Pacto de convivencia escolar en todas sus instancias y situaciones presentadas. ARTICULO 6. FUNCIONES DEL(LA) ORIENTADOR(A) ESCOLAR De acuerdo a la Resolución No. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 9o. el ORIENTADOR ESCOLAR 0 CONSEJERO tiene las siguientes funciones: El orientador escolar o Consejero depende del Rector y de los Coordinadores cuando este pertenezca a la nómina de docentes. Le corresponde facilitar los medios para que los alumnos y demás Estamentos de la comunidad educativa, identifiquen sus características y necesidades personales y sociales para que tomen sus decisiones responsables y conscientemente, creando un ambiente que estimule el rendimiento escolar y la realización personal. Entre otras son funciones del (la) orientador (a) escolar: 1. Participar y estar presente siempre en las asambleas de docentes, asambleas de convivencia, comisiones de evaluación y promocion, las reuniones de directivos y en los Comités en que sea requerido. 2. Participar en la planeación del currículo. 3. Planear y programar en colaboración con los coordinadores, bibliotecaria y enfermera las actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Plantel y Presentar al inicio del año escolar un plan de trabajo. 4. Coordinar su acción con los responsables de los demás servicios de bienestar. 5. Orientar y asesorar a los docentes, alumnos y padres de familia sobre la interpretación y aplicación de la filosofía educativa del Proyecto Educativo Institucional. 6. Atender los casos especiales de comportamiento y/o académicos que se presenten en la Institución con el objetivo de orientarlos y ayudar a encaminarlos en su mejoramiento y desarrollo de un proyecto de vida personal. 7. Elaborar y ejecutar los programas de exploración y orientación vocacional. 8. Colaborar con los docentes en la orientación de los estudiantes, proporcionándoles ayuda y remisión a entidades externas en los casos que se requieran. 9. Programar y ejecutar actividades tendientes a formar personas lideres, responsables y comprometidas con un proyecto de vida. 10. Realizar investigaciones en la población estudiantil y elaborar y ejecutar propuestas tendientes al mejoramiento del proceso educativo. 11. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar en cada periodo académico informes al rector con copia a los coordinadores y los docentes que lideran cada actividad.. 12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. . 13. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 14. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos que le son remitidos a su despacho, y cuando sea necesario en coordinación con los servicios de bienestar u organizaciones externas como casa de Justicia, bienestar familiar, comisaria de familia entre otros. 15. Presentar su plan de actividades anual y mensual al rector y a los coordinadores, y darlo a conocer a los docentes y estudiantes. 15. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida. 16. Interactuar y dar buen uso al software institucional manteniendo actualizada la información y comunicación con los diferentes estamentos de la comunidad educativa ARTICULO 7. FUNCIONES DE LOS DOCENTES De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 7o. los profesores tienen las siguientes funciones: Los profesores dependen del Rector o en su defecto del coordinador Académico y de convivencia. Les corresponde proporcionar la orientación y guía de las actividades curriculares, para que los alumnos logren los cambios a nivel conceptual y de conducta propuesta. 1. Participar en la elaboración del planeamiento y programación actividades del área respectiva. 2. Programar y organizar las actividades de enseñanza aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos a nivel del área, el Consejo academico y la asignación académica establecida por el coordinador académico. 3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo. 4. Participar en la realización de las actividades complementarias de su área o de otras áreas. 5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza -aprendizaje. 6. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área o Coordinador Académico las estrategias metodológicas a que den lugar el análisis de resultados de la evaluación. 7. Diligenciar y entregar oportunamente al coordinador académico informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de los períodos de evaluación, avalando las valoraciones con su firma, al igual que los informes escritos presentados a las comisiones de evaluación y promoción.
  • 15. 14 8. Participar en el acompañamiento de estudiantes a la entrada, salida y durante los descansos, así como en el control disciplinario de alumnos conforme lo determine el reglamento de la institución y presentar los casos especiales a los coordinadores, orientación escolar, al Director de grupo y/o a la consejera para su tratamiento. 9. Presentar periódicamente informe al jefe de área o en su defecto al coordinador académico, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo. 10. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada. 11. Participar en los comités en que sea requerido. 12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. 13. Cumplir los turnos de acompañamiento y disciplina que le sean asignados. 14. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas de la Institución. 15. Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en la Institución. 16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y material confiados a su manejo. De igual manera y corresponsablemente con los estudiantes velar por el cuidado y preservación de los salones en los que imparta clase. 17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 18. Participar en el desarrollo de Proyectos e Investigaciones en la Institución. 19. Hacer buen uso del software institucional y mantener actualizada la información en dicho sistema. Entre otras planillas borradores, registros de asistencia, diligenciamiento de observadores y citación de acudientes. 20. Evidenciar la interacción en la comunicación a través de la página institucional con los diferentes entes de la comunidad educativa, manteniendo actualizada la información en la página. 21. Apoyarse y Hacer cumplir el Pacto de convivencia escolar en todas sus instancias y situaciones presentadas. ARTICULO 8. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO El profesor que le sea encargada la Dirección de Grupo tendrá además las siguientes funciones: 1. Participar en el planteamiento, programación y el manejo de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personales 2. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su dirección. Organizando y verificando el funcionamiento del mismo a través de la conformación de los diferentes comités. 3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 4. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar. 5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con orientación escolar proponer las soluciones más adecuadas. 6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudiente, para coordinar la acción educativa. 7. Participar en los programas de bienestar organizados por coordinación u orientación escolar para los estudiantes del grupo a su cargo. 8. Rendir informes escritos o por medio de Actas debidamente firmadas de las direcciones de grupo y asambleas con estudiantes y de las demás actividades académicas y disciplinarias, a los coordinadores de la Institución. 9. Organizar y diligenciar de forma adecuada los observadores u hojas de seguimiento de los estudiantes a su cargo y rendir el respectivo informe en las Comisiones de Evaluación y promoción. ARTICULO 9. FUNCIONES DEL(A) ENFERMERO(A) De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 13, el Enfermero tiene las siguientes funciones: El enfermero depende del Rector. Le corresponde colaborar con el desarrollo de los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. 1. Planear y programar actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, anual y mensual. 2. Coordinar su acción con los responsables de los servicios de salud, de bienestar y entidades de la comunidad educativa. 3. Colaborar en la ejecución de los programas de salud. 4. Elaborar registro mensual de las actividades de enfermería realizadas 5. Prestar servicios de primeros auxilios y aplicación de tratamientos formulados por médicos 6. Elaborar periódicamente el inventario de necesidades de botiquín, equipos materiales y presentarlo al Rector. 7. Participar en la evaluación de las actividades de salud programadas y ejecutadas. 8. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida. 9. Colaborar con el mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo, 10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 11. Coordinar la prestación de los servicios de urgencias, con la EPS o ARS y su traslado correspondiente a la IPS. 12. Realizar acciones de prevención de enfermedades, embarazos a temprana edad, consumo de sustancias psicoactivas, etc. 13. Realizar acciones de prevención de enfermedades, embarazos a temprana edad, consumo de sustacias psicoactivas, etc. 14. Realizar las respectivas remisiones a los entes responsables en caso de embarazos, adicciones, trastornos de la salud, etc. 15. Hacer orientación a los estudiantes y a sus familias en caso de presentarse situaciones que afecten la salud de los educandos. 16. Hacer el seguimiento a los educandos que por sus antecedentes de saud lo requieran y solicitar la respectiva incapacidad y de ser necesario, el resumen de la historia clínica. especialmente a los educandos con limitaciones para las actividades físicas. 17. Realizar en coordinación con orientación escolar las acciones necesarias para velar por unas adecuada convivencia y elmantenimiento de la salud física y emocional. ARTICULO 10. FUNCIONES DEL PAGADOR De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982. En su Artículo 17. El PAGADOR tiene las siguientes funciones: El pagador depende del Rector, le corresponde manejar los fondos de la Institución consignados en la cuenta de Fondo de Servicios Educativos Institucionales y registrar las operaciones en los libros respectivos.
  • 16. 15 1. Planear y programar las actividades de su dependencia 2. Colaborar con el Rector en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto. 3. Participar en los Comités en que sea requerido. 4. Manejar y controlar los recursos financieros de la institución. 5. Tramitar oportunamente ante la DIAN las novedades, para cancelar puntualmente las obligaciones contraídas. 6. Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios de acuerdo con las normas vigentes. 7. Elaborar los boletines diarios de caja y bancos. 8. Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual. 9. Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución presupuestal a la Contraloría (Municipal) y a la unidad administrativa de la cual depende la Institución. 10. Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con la Institución y girar los cheques respectivos. 11. Hacer los descuentos de Ley y los demás que sean solicitados por autoridades competentes o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades correspondientes. 12. Registrar y tener en cuenta las novedades del personal. 13. Expedir constancias del pago, descuentos y certificados de paz y salvo del personal que lo solicite. 14. Elaborar mensualmente las certificaciones de control y asistencia laboral del personal de Servicios Generales y Celaduría. 15. Evaluar periódicamente las actividades programadas ejecutadas y presentar oportunamente informe al Rector. 16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento seguridad de los muebles y equipos y materiales confiados a su manejo. 17. Dar cumplimiento a las normas vigentes de manejo financiero en la cancelación de cuentas. 18. Realizar cotizaciones y colaborar en las compras de materiales y suministros, así como la contratación en mano de obra que sean necesarios y ordenados por el Ordenador del Gasto. 19. Verificar las compras hechas. 20. Cumplir con la jornada laboral establecida y las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. ARTICULO 11. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 25. El AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES tiene las siguientes funciones: El Auxiliar de servicios Generales depende del Rector y los Coordinadores. Le corresponde atender el mantenimiento y aseo de la planta física, equipos e instrumentos de trabajo. 1. Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas. 2. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas. 3. Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado. 4. Colaborar en las actividades programadas por la Institución. 5. Informar a su inmediato superior (Rector, coordinadores) sobre las anomalías e irregularidades que se presenten. 6. Depositar la basura en los lugares asignados y establecidos en la institución. 7. Realizar labores de jardinería, pintura, y aseo en general sobre todo en vacaciones estudiantiles, mostrando su sentido de pertenencia a la Institución. 8. No hacer quemas en lugares no aptas para ello. 9. Realizar diariamente el aseo de baños teniendo en cuenta los turnos y las necesidades. 10. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. ARTICULO 12. FUNCIONES DEL CELADOR De acuerdo a la Resolución no. 13342 del 23 de julio de 1.982, en su Artículo 25. El CELADOR tiene las siguientes funciones: El Celador depende del Rector y coordinadores. Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes de la Institución. 1. Ejercer vigilancia en las diferentes zonas que conforman la Institución educativa. 2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos del plantel. Haciendo el registro en la minuta cuando sea necesario. 3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas y registradas en la minuta diaria. 4. Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel. Hacer entrega y Recibo en cada cambio de turno de la planta física y registrar en la minuta e informar a su compañero las novedades. 5. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. Dando rondas en la Institución de forma permanente y continua en intervalos de tiempo no mayores a dos horas durante el turno. 6. Consignar en la minuta o en el libro de los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas. 7. Responder por la pérdida de los bienes de la Institución, en el turno asignado. 8. Hacer buen uso de los elementos de dotación. 9. Prestar su servicio y laborar en forma responsable dada la delicadeza de su cargo. 10. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida. 11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.