2. OBJETO DEL ESTUDIO DEL
DERECHO
El Derecho: es el orden normativo e
institucional de la conducta humana en
sociedad, inspirado en postulados de justicia,
cuya base son las relaciones sociales
existentes, que determinan su contenido y
carácter.
“Conjunto de normas jurídicas positivas que surge de la
sociedad como un producto cultural generado dentro de leyes
y que tienen la finalidad de regular las relaciones entre los
miembros de esa sociedad las personas y de estas con el
Estado”.
CONCEPTO CLASICO
4. ▪Definir significa precisar con claridad y exactitud los caracteres
genéricos y diferenciales de una palabra o de un concepto.
Mario I. Álvarez, Introducción al estudio del derecho
5. Derecho Público.- es el “conjunto de normas
jurídicas que regulan la organización del
Estado y las relaciones que se dan entre este
y los sujetos particulares”.
DIVISIÓN DEL DERECHO O “SUMA DIVISIO” DEL
DERECHO
Derecho Privado.- es el “conjunto de normas jurídicas que
regulan las relaciones entre las personas particulares -sean
colectivas o individuales-y de éstas con el Estado, cuando
éste actúa como persona particular”.
7. TEORÍA DEL DERECHO
Aborda el estudio del concepto y estructura
del Derecho, el ser del Derecho en el contexto
político y social que le da vida, las relaciones y
diferencias entre el Derecho y otros sistemas
normativos, como la moral y las reglas del trato
social.
El derecho no solo trata sobre como debe ser, sino
también atiende al deber ser.
El Derecho, tradicionalmente, se ha dividido en las
categorías de Derecho público y
Derecho privado.
8. El derecho generalmente
emplea el método de
investigación, abordando
desde el punto de vista
dialéctico, correlaciona
todo progresiva y
permanentemente, a través
de tres elementos: la
integración del hecho, el
valor y la norma para crear
al derecho.
10. Lo primero implica la necesidad de una toma de datos
(cosa que caracteriza a toda auténtica investigación).
Lo segundo significa, a su vez, dos cosas: que no se trata de
una investigación de laboratorio sino de algo que se toma
«del mundo real» y que los objetos de estudio pueden ser
objetos o procesos.
11. ¿Qué puede ser un caso?
-Una persona: un artista, un político, un intelectual, un paciente,
etc.
-Un colectivo: un grupo musical, los profesores de una escuela,
etc.
-Una organización: una empresa, un medio de comunicación,
una ONG, etc.
-Una entidad de cualquier tipo: una ciudad, un barrio, un
organismo gubernamental, etc.
-Una política o un proceso: políticas educativas o de integración,
procesos de enseñanza, políticas de desarrollo o de derechos
humanos, estrategias de engagement de audiencias en medios
de comunicación, etc.