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Santa Fe es Salud
Acuerdo provincial
por el derecho a la salud
Un proyecto que construye puentes con la comunidad santafesina, como forma de seguir
consolidando el Sistema de Salud, reconociendo nuestra historia para incidir en el presente y
construir juntos el futuro.
Desde el gobierno de la provincia de Santa Fe, nos proponemos un diálogo ciudadano para
la consolidación de nuestro sistema de salud, fundamentadas en la experiencia de la población
y sus derechos adquiridos.
Queremos construir un proyecto común, un compromiso de todos los ciudadanos, trabajadores
e instituciones de la sociedad civil respecto del sistema de salud queremos para nosotros y
futuras generaciones.
Concebimos la salud como un bien social dinámico, resultado de determinantes representadas
por la biología humana, el medioambiente que nos rodea, la organización de los servicios de
salud y los modos y estilos de vida de los individuos, sus familias y comunidades.
La participación es uno de los principios fundamentales en la defensa del sistema de Salud, a
partir de la intervención de la comunidad en las decisiones relacionadas con los servicios de
salud. Para fomentar la participación se generarán espacios plurales en todo el territorio
provincial, como también en un espacio virtual, donde la ciudadanía pueda informarse y
expresar su opinión.
2
PRINCIPIOS Y VALORES
DEL SISTEMA DE SALUD
PROVINCIAL
Qué decimos cuando decimos salud
Como derecho humano inalienable
Es un derecho fundamental que debe ser garantizado a todas las personas, forman parte de la
esencia de la persona y como derecho humano es inajenable.
Como sistema universal
Es la garantía de cuidado por parte de los servicios de salud con la máxima calidad, sin sufrir
dificultades financieras para obtenerlo.
Con gratuidad en la atención
Es la eximición de cualquier forma de pago directa en el área estatal; rigiendo la compensación
económica de los servicios prestados a personas con cobertura social o privada, por sus
respectivas entidades o jurisdicciones y de acuerdo a convenios con otras jurisdicciones
públicas.
Integral
Es el proceso de cuidado, haciendo énfasis en la promoción, prevención, asistencia y
rehabilitación, considerando el abordaje de las dimensiones biológicas, psicológicas, sociales y
culturales que condicionan la salud del individuo.
3
Equidad
Es garantizar servicios en relación a criterios que aseguren la eliminación de disparidades y
barreras en el acceso a una salud de calidad de acuerdo a las necesidades y posibilidades
individuales.
Accesibilidad
Es la posibilidad que tiene todo ciudadano de utilizar los servicios de salud teniendo en cuenta
variables geográficas, económicas, demográficas, sociales y culturales.
Participación
Es la intervención de la comunidad en los procesos de diagnóstico, formulación y elaboración
de planes, programas y proyectos y toma de decisiones relacionados con los servicios de
salud.
Calidad en la atención
Es la búsqueda continua por parte del Estado, individuos y comunidades de servicios de salud
eficientes que contemplen las necesidades particulares y colectivas de los ciudadanos en
relación a garantizar las mejores oportunidades y tratamientos basados en criterios humanistas
y científicos.
Integración Funcional e Intersectorialidad
Es la complementariedad e integración funcional entre las entidades públicas y/o privadas que
prestan servicios de salud a fin de una concurrencia armónica y atención integral sobre las
personas considerando los recursos y capacidad instalada.
4
DERECHOS DE LAS
PERSONAS
EN RELACIÓN CON LA SALUD
● El respeto a su persona, dignidad humana, identidad individual y cultural;
● La no discriminación por razones de género, económicas, culturales, sociales, religiosas,
raciales o de cualquier otra naturaleza;
● La privacidad, intimidad y confidencialidad absolutas de la información atinente a su
enfermedad, diagnóstico, tratamiento, pronóstico y/o proceso de recuperación; salvo que su
enfermedad revista carácter de riesgo de la salud pública, donde le corresponde la obligación
de denunciar la misma ante las autoridades correspondientes de salud pública más cercanas a
su domicilio.
● El derecho a la información completa y comprensible sobre su proceso de
salud/enfermedad, diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento, secuelas y
discapacidad, el acceso irrestricto a su historia clínica, y a la recepción de la información por
escrito al ingresar/ egresar de los centros asistenciales;
● La facultad de rehusarse al tratamiento, en pleno conocimiento de su enfermedad, con
garantía de información recibida (consentimiento informado), asumiendo absoluta la
responsabilidad de su decisión, con constancia escrita en historia clínica, salvo en los casos de
inconciencia-coma, alteraciones de sus facultades mentales o de riesgo para su vida o para la
salud pública; cuando sea mayor de edad. En el caso de niñas, niños y adolescentes, sus
padres, tutores o curadores, fehacientemente acreditado.
● La negativa a ser sometido a tratamiento médico o quirúrgico que implique riesgo para su
integridad física, su salud o su vida, sin su consentimiento previo o el de la persona llamada a
darlo legalmente si la primera estuviera impedida de hacerlo, salvo en los casos de
emergencia/ urgencia o cuando exista riesgo para la salud pública;
● La optimización de la calidad de vida hasta el fallecimiento, en caso de enfermedades
terminales; con implementación de cuidados paliativos previa evaluación y sugerencia de los
5
comités de bioéticas, con constancia y certificación en la historia clínica
● La posibilidad de acceder a vías de reclamos, quejas, sugerencias y propuestas expeditas y
habilitadas en el efector en que se atiende, y ante instancias superiores, en caso de resultar
necesario;
● La libertad absoluta de ejercer sus derechos reproductivos, garantizada por el acceso a
información correcta, certera y actualizada, capacitación/educación para la toma de decisiones,
atención especializada; y la provisión de los distintos tratamientos/métodos elegidos para el
ejercicio de la misma, que no impliquen riesgo de vida para las/los usuarios.
6
EJES PARA EL DEBATE
1. FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL ESTADO
PROVINCIAL
Sobre la autoridad que define la organización, conduce,
controla y regula el Sistema Provincial de Salud, formula las
políticas, dicta las normas para el cumplimiento de los
objetivos en la estrategia de atención primaria de la salud.
El Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, define,
conduce, controla y regula el Sistema Provincial de Salud
integrado por los subsistemas público, privado y de la seguridad social. Formula las políticas,
dicta las normas científico-administrativas y éticas para el cumplimiento de los objetivos del
mismo; define la organización, desarrolla la capacidad instalada de los servicios del Sistema de
Salud según criterios territoriales y adecuados a las necesidades de la población; establece los
niveles de atención de los efectores de salud y su rol en la red integrada de servicios,
garantizando el acceso y la continuidad asistencial a todos los habitantes del territorio
provincial; determina, consolida y acompaña las modalidades participación comunitaria en el
desarrollo y funcionamiento de servicios de salud; establece el régimen de referencia y
contrarreferencia de usuarios, entre los distintos niveles de atención a fin de lograr mejores
indicadores sanitarios y mayor satisfacción de los usuarios.
Se entiende al estado como rector político, ideológico, epistemológico y estratégico, en tanto
sistema que utiliza la atención primaria en salud como estrategia transversal a todo el sistema,
incluyendo los 3 niveles de atención, dispositivos, programas y el sistema de emergencias y
traslados. A su vez desarrolla normas de calidad, definiendo un mecanismo de
retroalimentación de datos sanitarios bajo las normativas vigentes; incentiva la formación y
capacitación de los trabajadores de la salud como actores fundamentales del sistema y
determina, consolida y acompaña las modalidades y formas de participación comunitaria en el
desarrollo y funcionamiento de servicios de salud.
7
2. INTEGRACIÓN DEL SISTEMA
PROVINCIAL DE SALUD
Sobre la integración del sistema de salud, producto de la
suma organizaciones, instituciones, recursos y personas
con el fin primordial de mejorar la salud; incluyendo la
articulación entre los tres subsistemas: el Público, el de la
Seguridad Social y el Privado.
El sistema de salud de la Provincia es una construcción
compleja, producto de la suma de todas las organizaciones, instituciones y recursos sanitarios
que interactúan y se interrelacionan de manera dinámica con el objetivo de garantizar la
promoción de la salud, prevención de la enfermedad y atención oportuna, conformando un
sistema abierto en constante adaptación acorde a las necesidades sanitarias de los individuos.
Se encuentra integrado por tres subsistemas: el Subsistema Público, el Subsistema de la
Seguridad Social y el Subsistema Privado, sobre los cuales el Ministerio de Salud debe ejercer
rectoría y control permanente.
Deben ser consideradas parte del Subsistema Público: los efectores de salud y sus equipos
de trabajo, dispositivos, programas públicos, organizados en redes que presten servicios de
salud, ya sean del orden provincial y/o municipal; así como otras entidades de carácter público
como Universidades Nacionales.
Deben ser consideradas parte del Subsistema de la Seguridad Social: las entidades o
instituciones sindicales y de la seguridad social, en lo pertinente a la prestación de servicios de
salud;
Deben ser consideradas parte del Subsistema Privado: las entidades o personas privadas
que presten servicios de salud, como ser: Entidades o instituciones privadas, asociaciones
civiles con o sin fines de lucro, empresas de medicina prepaga y Personas físicas o jurídicas.
8
3. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA
Sobre la organización de la red, la conformación de los
niveles de atención, los dispositivos de soporte, programas
y redes de apoyo tanto provinciales, municipales y
comunales, destinados al cuidado de la salud de los
habitantes de la provincia.
El sistema público provincial de salud se organiza sobre la base
de una red integrada de servicios de salud, con énfasis en la
descentralización territorial en regiones sanitarias o nodos con particularidades que requieren
presencia y cercanía.
La red integrada de servicios de salud: comprende el conjunto de efectores, dispositivos de
soporte y programas, dependientes de la administración provincial, municipal y comunal
destinados al cuidado de la salud de los habitantes de la provincia, así como también los
mecanismos por los que estos elementos se relacionan entre sí para un funcionamiento
integrado en el marco de la estrategia de Atención Primaria de la Salud.
Los elementos que componen la red deben tener un rol y responsabilidad de resolución, que en
conjunto den cuenta de las acciones de promoción y prevención de la salud, detección precoz y
control de enfermedades, tratamiento, rehabilitación, reinserción y cuidados domiciliarios
incluyendo atención de urgencia y emergencia. La red se configura garantizando la
accesibilidad de toda la población desde un primer nivel de atención hasta un tercer nivel, en
función de las necesidades de cuidados que el usuario requiera, incluyendo la garantía del
tránsito y el traslado de las personas entre los tres niveles de atención.
El Subsistema público de Salud organiza sus recursos de manera acorde a la estrategia de
Atención Primaria de la Salud, como modelo de atención.
Las Regiones Sanitarias: El Ministerio de Salud tiene la facultad/atribución para definir y
organizar las regiones sanitarias, de acuerdo a las necesidades territoriales para garantizar
cercanía, mejorando la accesibilidad a los servicios de salud, priorizando las acciones en zonas
de vulnerabilidad.
La regionalización de los servicios de salud es un proceso de organización de la red de
servicios a nivel territorial o local mediante la definición de áreas geográficas con el objeto de
atender las necesidades sanitarias específicas, con el objetivo de alcanzar condiciones
9
superiores de salud brindando accesibilidad y cobertura a la comunidad promoviendo su
imprescindible participación.
La autoridad de aplicación debe definir el rol de cada efector, dispositivo o programa de salud
del territorio provincial de acuerdo a la política sanitaria como parte integrante de la RED.
La red de Emergencias y Traslados cumplirá un rol articulador en la prestación de servicios,
enlazando los efectores y sus equipos de salud por según las necesidades y la posibilidad de
atención de cada efector; así como la respuesta oportuna y efectiva en las urgencias y
emergencias sanitarias y situaciones de desastre. Así mismo podrá celebrar convenios de
reciprocidad interjurisdiccionales e interprovinciales.
4. NIVELES DE ATENCIÓN
Sobre los niveles de atención, su composición e integración
para dar respuesta de las distintas necesidades de atención
de la población a lo largo y ancho de la provincia.
El conjunto de efectores que integran el sistema público
provincial de salud se encuentra organizado en tres niveles de
atención con el objeto de universalizar el acceso y la cobertura
de cuidados integrales de salud, interviniendo de manera
multidisciplinaria, oportuna, con un nivel de atención adecuado en función de las necesidades
de cuidado que requiera la población.
PRIMER NIVEL
Está integrado por Efectores de Salud sin Internación, Centros de Salud, distribuidos en todo el
territorio provincial en cercanía con la población. Compuestos por equiposde salud,
multidisciplinarios responsables de la adscripción poblacional en un territorio determinado,
adaptando sus servicios a las necesidades de la comunidad. En estos se realizan actividades
de promoción, prevención, educación para la salud, diagnósticos, tratamientos y rehabilitación.
Son Funciones del Primer Nivel:
a) Constituirse la puerta de entrada al sistema de salud, brindando accesibilidad en la atención
de los usuarios ambulatorios, y convertirse en el nivel de seguimiento de la salud particular,
10
familiar y comunitaria a partir de la adscripción de la población del territorio a cargo.
b) Concretar acciones permanentes de promoción, prevención, diagnóstico, atención
ambulatoria, cuidados domiciliarios y toda otra tarea relacionada con el cuidado de la salud, de
acuerdo a la capacidad de resolución que cada efector tenga asignada.
c) Posibilitar a todas las personas el acceso a la capacidad de su continuidad asistencial,
articulando con los demás niveles de atención empleando mecanismos de gestión de turnos,
referencia y contrarreferencia.
d) Asegurar la participación comunitaria en las tareas de promoción de la salud y prevención de
enfermedades.
e) Priorizar la constitución de equipos de trabajo de carácter multidisciplinario e intersectorial
para el abordaje de los determinantes de la salud de forma integral y completa.
SEGUNDO NIVEL
Está conformado por los efectores de baja y mediana atención asistencial y diagnóstica, las
acciones y prestaciones donde se requiere atención especializada, con énfasis en el apoyo
matricial ambulatorio, internación abreviada y la estabilización del usuario ante la urgencia y
emergencia.
Son Funciones del Segundo Nivel:
a) Constituirse como una referencia asistencial y diagnóstica entre el primer nivel de salud y los
Hospitales de referencia provincial.
b) Brindar permanentemente los servicios de atención de especialidades de baja y mediana
atención asistencial, de diagnóstico y Tratamientos terapéuticos y quirúrgicos, de rehabilitación,
y toda otra tarea relacionada con este nivel, y la capacidad de resolución que cada efector
tenga asignada;
c) Estudiar, coordinar y ejecutar prácticas de atención acorde a los nuevos avances
terapéuticos, como internación domiciliaria, cirugía no invasiva ambulatoria y hospital de día,
que posibiliten disminuir sensiblemente el tiempo de internación de los usuarios en los centros
asistenciales efectores;
d) Posibilitar a todas las personas el acceso a la capacidad de resolución de su patología,
conforme las necesidades de atención comprendiendo las necesidades socioculturales de cada
11
uno, implementando mecanismos dinámicos, eficaces y calificados de articulación entre
distintos niveles, y sistematización óptima de mecanismos de referencia y contrarreferencia;
e) Priorizar la constitución de equipos de trabajo de carácter multidisciplinario;
TERCER NIVEL
Está constituido por efectores de alta complejidad médica y tecnológica, estratégicamente
localizados a nivel regional con responsabilidad territorial. Representa el último nivel de
referencia de la red de cuidados, para una georreferencia determinada, configurando entre los
distintos efectores de alta complejidad una red de referencia entre sí. A tales efectos, la
autoridad de aplicación debe fortalecer y desarrollar los Hospitales referenciales de toda la
Provincia.
Son Funciones del Tercer Nivel:
1. Dar respuesta a las necesidades poblacionales de cuidados críticos e
intermedios, ya sean en internación o de manera ambulatoria, tanto en contextos terapéuticos
como diagnósticos.
2. Consolidar mecanismos efectivos de articulación, coordinación y complementación en
la producción de procesos asistenciales en red con otros niveles de atención asistencial, sean
éstos jurisdiccionales como extrajurisdiccionales, que garanticen el acceso a la atención
necesaria a este nivel.
5. PARTICIPACIÓN SOCIAL
Sobre la participación social en la construcción de la salud,
el empoderamiento de la ciudadanía en la promoción de la
salud como proceso social, cultural, psicológico y/o
político.
La participación social en la construcción de la salud se entiende
como la acción de actores sociales con capacidad, habilidad y
oportunidad para identificar problemas, necesidades, definir
prioridades, y formular y negociar sus propuestas en la perspectiva del desarrollo de la salud.
La participación comprende las acciones colectivas mediante las cuales la población enfrenta
los retos de la realidad, identifica y analiza sus problemas, formula y negocia propuestas y
12
satisface las necesidades en materia de salud, de una manera deliberada, democrática y
concertada.
Se deberá promover el empoderamiento de la ciudadanía orientado a la Promoción de la Salud
como proceso social, cultural, psicológico o político mediante el cual los individuos y los grupos
sociales sean capaces de expresar sus necesidades, plantear sus preocupaciones, diseñar
estrategias de participación en la toma de decisiones y llevar a cabo acciones políticas,
sociales y culturales para hacer frente a las necesidades identificadas. Estimular el
apoderamiento conlleva beneficiar las aspiraciones de salud de las poblaciones y participar del
control sobre los mecanismos de rendición de cuentas y resultados sanitarios garantizando
mayores niveles de transparencia.
6. CALIDAD EN LOS SERVICIOS
Sobre la eficiencia, accesibilidad, satisfacción y avance
técnico- científico de la totalidad de los servicios sanitarios
y la atención en todos los niveles y subsistemas, en sus
múltiples dimensiones de aplicación.
La totalidad de los servicios sanitarios y la atención en todos los
niveles y subsistemas, en sus múltiples dimensiones de
aplicación (eficiencia, accesibilidad, satisfacción y avance
técnico- científico) deben procurar la excelencia y óptima prestación.
El Ministerio de Salud garantiza la evaluación de los procesos de Investigación y Bioética,
velando por el respeto del derecho al acceso y provisión de información completa y adecuada
sobre investigaciones relacionadas a la salud, siendo funciones de la autoridad ministerial el
control del registro y valoración de protocolos de Investigación Clínica; la evaluación de diseños
clínicos y formato de consentimientos informados; y la capacitación permanente de los equipos
de salud en temas de Bioética y seguridad de los usuarios, en base a normativas vigentes a
nivel nacional e internacional.
El Ministerio de Salud impulsa la capacitación de los equipos de salud en investigación,
promover la presentación de proyectos a desarrollar en forma colaborativa y que reflejen las
problemáticas identificadas como prioritarias en cada región. Se promoverá la comunicación,
transferencia y difusión de conocimientos provenientes de la investigación científica aplicada a
13
realidades locales, y su uso en el diseño de políticas sanitarias y en la toma de decisiones por
parte de los distintos actores políticos y sociales del sistema provincial de salud.
7. TECNOLOGÍA, MEDICAMENTOS E INSUMOS
SANITARIOS
Sobre el uso y evaluación de la tecnología sanitaria
entendida como conjunto de medicamentos, dispositivos y
procedimientos médicos o quirúrgicos usados en la
atención sanitaria, incluyendo a sus sistemas organizativos
y de soporte.
La tecnología sanitaria es el conjunto de medicamentos, dispositivos y procedimientos
médicos o quirúrgicos usados en la atención sanitaria, incluyendo a sus sistemas organizativos
y de soporte.
Es responsabilidad del Ministerio de Salud realizar la evaluación de la tecnología sanitaria a fin
de estimar el valor y contribución relativa a la mejora de la salud individual y colectiva, teniendo
en cuenta su impacto económico y social en relación al contexto local.
Medicamentos e insumos Sanitarios: Son bienes sociales y en ese carácter elementos
inseparables del proceso de protección/cuidado en función del Derecho a la Salud y
considerado en su integralidad.
Responsabilidades del sistema público respecto a medicamentos e insumos:
a) Garantizar medicamentos eficaces, accesibles y seguros a toda la población; controlando y
fiscalizando los procesos de producción, comercialización y dispensa que se llevan a cabo en
el territorio provincial, sea en instancias públicas o privadas.
b) Asegurar la distribución oportuna en cantidad y calidad, el acceso gratuito y la continuidad
de los tratamientos para todos los ciudadanos que los requieran, mediante la provisión pública
o de terceros.
14
c) Elaborar y actualizar permanentemente, a través de una Comisión conformada a sus
efectos, un Formulario Terapéutico Provincial de uso obligatorio en todos los establecimientos y
niveles del sistema público.
d) Generar un espacio central experto para evaluar de manera sistemática la calidad de
drogas, medicamentos e insumos para la salud, analizando en ese ámbito la información
procedente de la red de fármaco-vigilancia.
e) Estimular la producción pública de medicamentos y otros insumos de salud, priorizando los
de alto consumo y elevado costo, fortaleciendo el desarrollo de los laboratorios estatales ya
existentes.
f) Promover la suscripción de convenios de colaboración entre los laboratorios propios con
otros laboratorios de producción pública existentes en el territorio provincial o nacional a
efectos de un trabajo en redes.
g) Asegurar el registro sistemático e informatizado de todas las actividades referidas a la
adquisición, distribución, prescripción y dispensa de medicamentos utilizando nombre genérico
y en un todo acorde al Formulario Terapéutico Provincial.
8. MODELO DE FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA
Sobre el financiamiento del sistema de salud provincial y la
asignación de los recursos necesarios para garantizar el
acceso a la salud.
Se debe garantizar el funcionamiento y desarrollo del Sistema
Público de Salud Provincial mediante la asignación de los
recursos necesarios del presupuesto provincial adoptando el
modelo de subsidio a la oferta de servicios que posibilite la
mayor equidad asignativa.
Se deben incluir las partidas necesarias para cumplir con las tareas de regulación y control,
como así también para el funcionamiento de efectores de salud con dependencia municipal y/o
comunal, en tanto se consideren parte integrante de la Red del Sistema Público Provincial de
Salud.
15
Otros Recursos:
Facturación y Recupero: Los financiadores del Sistema de Salud cuyos afiliados y/o adherentes
sean atendidos en efectores de Salud Públicos Provinciales, deberán abonar dichas
prestaciones según los mecanismos y en los plazos que establezca la reglamentación. Dicha
obligación se extiende a las prestaciones de urgencia.
Tasas y aranceles: Las funciones de regulación y control del Sistema de Salud Provincial que
el propio ministerio realice en ejercicio de su poder de policía en materia sanitaria darán lugar a
la percepción de aranceles y tasas que se incorporarán al presupuesto de salud Provincial
como recursos propios de la Jurisdicción o del ente que corresponda.
Asignación de Recursos:
La asignación de recursos, tanto sean de origen provincial, nacional o provenientes de
facturación y recupero por prestaciones, se realizarán de acuerdo a las necesidades de la red
sanitaria, distribuyendo los mismos de manera tal que garantice el funcionamiento de todos los
efectores del Sistema y garantice la continuidad asistencial de los usuarios.

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Santa Fe es Salud

  • 1. 1 Santa Fe es Salud Acuerdo provincial por el derecho a la salud Un proyecto que construye puentes con la comunidad santafesina, como forma de seguir consolidando el Sistema de Salud, reconociendo nuestra historia para incidir en el presente y construir juntos el futuro. Desde el gobierno de la provincia de Santa Fe, nos proponemos un diálogo ciudadano para la consolidación de nuestro sistema de salud, fundamentadas en la experiencia de la población y sus derechos adquiridos. Queremos construir un proyecto común, un compromiso de todos los ciudadanos, trabajadores e instituciones de la sociedad civil respecto del sistema de salud queremos para nosotros y futuras generaciones. Concebimos la salud como un bien social dinámico, resultado de determinantes representadas por la biología humana, el medioambiente que nos rodea, la organización de los servicios de salud y los modos y estilos de vida de los individuos, sus familias y comunidades. La participación es uno de los principios fundamentales en la defensa del sistema de Salud, a partir de la intervención de la comunidad en las decisiones relacionadas con los servicios de salud. Para fomentar la participación se generarán espacios plurales en todo el territorio provincial, como también en un espacio virtual, donde la ciudadanía pueda informarse y expresar su opinión.
  • 2. 2 PRINCIPIOS Y VALORES DEL SISTEMA DE SALUD PROVINCIAL Qué decimos cuando decimos salud Como derecho humano inalienable Es un derecho fundamental que debe ser garantizado a todas las personas, forman parte de la esencia de la persona y como derecho humano es inajenable. Como sistema universal Es la garantía de cuidado por parte de los servicios de salud con la máxima calidad, sin sufrir dificultades financieras para obtenerlo. Con gratuidad en la atención Es la eximición de cualquier forma de pago directa en el área estatal; rigiendo la compensación económica de los servicios prestados a personas con cobertura social o privada, por sus respectivas entidades o jurisdicciones y de acuerdo a convenios con otras jurisdicciones públicas. Integral Es el proceso de cuidado, haciendo énfasis en la promoción, prevención, asistencia y rehabilitación, considerando el abordaje de las dimensiones biológicas, psicológicas, sociales y culturales que condicionan la salud del individuo.
  • 3. 3 Equidad Es garantizar servicios en relación a criterios que aseguren la eliminación de disparidades y barreras en el acceso a una salud de calidad de acuerdo a las necesidades y posibilidades individuales. Accesibilidad Es la posibilidad que tiene todo ciudadano de utilizar los servicios de salud teniendo en cuenta variables geográficas, económicas, demográficas, sociales y culturales. Participación Es la intervención de la comunidad en los procesos de diagnóstico, formulación y elaboración de planes, programas y proyectos y toma de decisiones relacionados con los servicios de salud. Calidad en la atención Es la búsqueda continua por parte del Estado, individuos y comunidades de servicios de salud eficientes que contemplen las necesidades particulares y colectivas de los ciudadanos en relación a garantizar las mejores oportunidades y tratamientos basados en criterios humanistas y científicos. Integración Funcional e Intersectorialidad Es la complementariedad e integración funcional entre las entidades públicas y/o privadas que prestan servicios de salud a fin de una concurrencia armónica y atención integral sobre las personas considerando los recursos y capacidad instalada.
  • 4. 4 DERECHOS DE LAS PERSONAS EN RELACIÓN CON LA SALUD ● El respeto a su persona, dignidad humana, identidad individual y cultural; ● La no discriminación por razones de género, económicas, culturales, sociales, religiosas, raciales o de cualquier otra naturaleza; ● La privacidad, intimidad y confidencialidad absolutas de la información atinente a su enfermedad, diagnóstico, tratamiento, pronóstico y/o proceso de recuperación; salvo que su enfermedad revista carácter de riesgo de la salud pública, donde le corresponde la obligación de denunciar la misma ante las autoridades correspondientes de salud pública más cercanas a su domicilio. ● El derecho a la información completa y comprensible sobre su proceso de salud/enfermedad, diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento, secuelas y discapacidad, el acceso irrestricto a su historia clínica, y a la recepción de la información por escrito al ingresar/ egresar de los centros asistenciales; ● La facultad de rehusarse al tratamiento, en pleno conocimiento de su enfermedad, con garantía de información recibida (consentimiento informado), asumiendo absoluta la responsabilidad de su decisión, con constancia escrita en historia clínica, salvo en los casos de inconciencia-coma, alteraciones de sus facultades mentales o de riesgo para su vida o para la salud pública; cuando sea mayor de edad. En el caso de niñas, niños y adolescentes, sus padres, tutores o curadores, fehacientemente acreditado. ● La negativa a ser sometido a tratamiento médico o quirúrgico que implique riesgo para su integridad física, su salud o su vida, sin su consentimiento previo o el de la persona llamada a darlo legalmente si la primera estuviera impedida de hacerlo, salvo en los casos de emergencia/ urgencia o cuando exista riesgo para la salud pública; ● La optimización de la calidad de vida hasta el fallecimiento, en caso de enfermedades terminales; con implementación de cuidados paliativos previa evaluación y sugerencia de los
  • 5. 5 comités de bioéticas, con constancia y certificación en la historia clínica ● La posibilidad de acceder a vías de reclamos, quejas, sugerencias y propuestas expeditas y habilitadas en el efector en que se atiende, y ante instancias superiores, en caso de resultar necesario; ● La libertad absoluta de ejercer sus derechos reproductivos, garantizada por el acceso a información correcta, certera y actualizada, capacitación/educación para la toma de decisiones, atención especializada; y la provisión de los distintos tratamientos/métodos elegidos para el ejercicio de la misma, que no impliquen riesgo de vida para las/los usuarios.
  • 6. 6 EJES PARA EL DEBATE 1. FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL ESTADO PROVINCIAL Sobre la autoridad que define la organización, conduce, controla y regula el Sistema Provincial de Salud, formula las políticas, dicta las normas para el cumplimiento de los objetivos en la estrategia de atención primaria de la salud. El Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, define, conduce, controla y regula el Sistema Provincial de Salud integrado por los subsistemas público, privado y de la seguridad social. Formula las políticas, dicta las normas científico-administrativas y éticas para el cumplimiento de los objetivos del mismo; define la organización, desarrolla la capacidad instalada de los servicios del Sistema de Salud según criterios territoriales y adecuados a las necesidades de la población; establece los niveles de atención de los efectores de salud y su rol en la red integrada de servicios, garantizando el acceso y la continuidad asistencial a todos los habitantes del territorio provincial; determina, consolida y acompaña las modalidades participación comunitaria en el desarrollo y funcionamiento de servicios de salud; establece el régimen de referencia y contrarreferencia de usuarios, entre los distintos niveles de atención a fin de lograr mejores indicadores sanitarios y mayor satisfacción de los usuarios. Se entiende al estado como rector político, ideológico, epistemológico y estratégico, en tanto sistema que utiliza la atención primaria en salud como estrategia transversal a todo el sistema, incluyendo los 3 niveles de atención, dispositivos, programas y el sistema de emergencias y traslados. A su vez desarrolla normas de calidad, definiendo un mecanismo de retroalimentación de datos sanitarios bajo las normativas vigentes; incentiva la formación y capacitación de los trabajadores de la salud como actores fundamentales del sistema y determina, consolida y acompaña las modalidades y formas de participación comunitaria en el desarrollo y funcionamiento de servicios de salud.
  • 7. 7 2. INTEGRACIÓN DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD Sobre la integración del sistema de salud, producto de la suma organizaciones, instituciones, recursos y personas con el fin primordial de mejorar la salud; incluyendo la articulación entre los tres subsistemas: el Público, el de la Seguridad Social y el Privado. El sistema de salud de la Provincia es una construcción compleja, producto de la suma de todas las organizaciones, instituciones y recursos sanitarios que interactúan y se interrelacionan de manera dinámica con el objetivo de garantizar la promoción de la salud, prevención de la enfermedad y atención oportuna, conformando un sistema abierto en constante adaptación acorde a las necesidades sanitarias de los individuos. Se encuentra integrado por tres subsistemas: el Subsistema Público, el Subsistema de la Seguridad Social y el Subsistema Privado, sobre los cuales el Ministerio de Salud debe ejercer rectoría y control permanente. Deben ser consideradas parte del Subsistema Público: los efectores de salud y sus equipos de trabajo, dispositivos, programas públicos, organizados en redes que presten servicios de salud, ya sean del orden provincial y/o municipal; así como otras entidades de carácter público como Universidades Nacionales. Deben ser consideradas parte del Subsistema de la Seguridad Social: las entidades o instituciones sindicales y de la seguridad social, en lo pertinente a la prestación de servicios de salud; Deben ser consideradas parte del Subsistema Privado: las entidades o personas privadas que presten servicios de salud, como ser: Entidades o instituciones privadas, asociaciones civiles con o sin fines de lucro, empresas de medicina prepaga y Personas físicas o jurídicas.
  • 8. 8 3. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA Sobre la organización de la red, la conformación de los niveles de atención, los dispositivos de soporte, programas y redes de apoyo tanto provinciales, municipales y comunales, destinados al cuidado de la salud de los habitantes de la provincia. El sistema público provincial de salud se organiza sobre la base de una red integrada de servicios de salud, con énfasis en la descentralización territorial en regiones sanitarias o nodos con particularidades que requieren presencia y cercanía. La red integrada de servicios de salud: comprende el conjunto de efectores, dispositivos de soporte y programas, dependientes de la administración provincial, municipal y comunal destinados al cuidado de la salud de los habitantes de la provincia, así como también los mecanismos por los que estos elementos se relacionan entre sí para un funcionamiento integrado en el marco de la estrategia de Atención Primaria de la Salud. Los elementos que componen la red deben tener un rol y responsabilidad de resolución, que en conjunto den cuenta de las acciones de promoción y prevención de la salud, detección precoz y control de enfermedades, tratamiento, rehabilitación, reinserción y cuidados domiciliarios incluyendo atención de urgencia y emergencia. La red se configura garantizando la accesibilidad de toda la población desde un primer nivel de atención hasta un tercer nivel, en función de las necesidades de cuidados que el usuario requiera, incluyendo la garantía del tránsito y el traslado de las personas entre los tres niveles de atención. El Subsistema público de Salud organiza sus recursos de manera acorde a la estrategia de Atención Primaria de la Salud, como modelo de atención. Las Regiones Sanitarias: El Ministerio de Salud tiene la facultad/atribución para definir y organizar las regiones sanitarias, de acuerdo a las necesidades territoriales para garantizar cercanía, mejorando la accesibilidad a los servicios de salud, priorizando las acciones en zonas de vulnerabilidad. La regionalización de los servicios de salud es un proceso de organización de la red de servicios a nivel territorial o local mediante la definición de áreas geográficas con el objeto de atender las necesidades sanitarias específicas, con el objetivo de alcanzar condiciones
  • 9. 9 superiores de salud brindando accesibilidad y cobertura a la comunidad promoviendo su imprescindible participación. La autoridad de aplicación debe definir el rol de cada efector, dispositivo o programa de salud del territorio provincial de acuerdo a la política sanitaria como parte integrante de la RED. La red de Emergencias y Traslados cumplirá un rol articulador en la prestación de servicios, enlazando los efectores y sus equipos de salud por según las necesidades y la posibilidad de atención de cada efector; así como la respuesta oportuna y efectiva en las urgencias y emergencias sanitarias y situaciones de desastre. Así mismo podrá celebrar convenios de reciprocidad interjurisdiccionales e interprovinciales. 4. NIVELES DE ATENCIÓN Sobre los niveles de atención, su composición e integración para dar respuesta de las distintas necesidades de atención de la población a lo largo y ancho de la provincia. El conjunto de efectores que integran el sistema público provincial de salud se encuentra organizado en tres niveles de atención con el objeto de universalizar el acceso y la cobertura de cuidados integrales de salud, interviniendo de manera multidisciplinaria, oportuna, con un nivel de atención adecuado en función de las necesidades de cuidado que requiera la población. PRIMER NIVEL Está integrado por Efectores de Salud sin Internación, Centros de Salud, distribuidos en todo el territorio provincial en cercanía con la población. Compuestos por equiposde salud, multidisciplinarios responsables de la adscripción poblacional en un territorio determinado, adaptando sus servicios a las necesidades de la comunidad. En estos se realizan actividades de promoción, prevención, educación para la salud, diagnósticos, tratamientos y rehabilitación. Son Funciones del Primer Nivel: a) Constituirse la puerta de entrada al sistema de salud, brindando accesibilidad en la atención de los usuarios ambulatorios, y convertirse en el nivel de seguimiento de la salud particular,
  • 10. 10 familiar y comunitaria a partir de la adscripción de la población del territorio a cargo. b) Concretar acciones permanentes de promoción, prevención, diagnóstico, atención ambulatoria, cuidados domiciliarios y toda otra tarea relacionada con el cuidado de la salud, de acuerdo a la capacidad de resolución que cada efector tenga asignada. c) Posibilitar a todas las personas el acceso a la capacidad de su continuidad asistencial, articulando con los demás niveles de atención empleando mecanismos de gestión de turnos, referencia y contrarreferencia. d) Asegurar la participación comunitaria en las tareas de promoción de la salud y prevención de enfermedades. e) Priorizar la constitución de equipos de trabajo de carácter multidisciplinario e intersectorial para el abordaje de los determinantes de la salud de forma integral y completa. SEGUNDO NIVEL Está conformado por los efectores de baja y mediana atención asistencial y diagnóstica, las acciones y prestaciones donde se requiere atención especializada, con énfasis en el apoyo matricial ambulatorio, internación abreviada y la estabilización del usuario ante la urgencia y emergencia. Son Funciones del Segundo Nivel: a) Constituirse como una referencia asistencial y diagnóstica entre el primer nivel de salud y los Hospitales de referencia provincial. b) Brindar permanentemente los servicios de atención de especialidades de baja y mediana atención asistencial, de diagnóstico y Tratamientos terapéuticos y quirúrgicos, de rehabilitación, y toda otra tarea relacionada con este nivel, y la capacidad de resolución que cada efector tenga asignada; c) Estudiar, coordinar y ejecutar prácticas de atención acorde a los nuevos avances terapéuticos, como internación domiciliaria, cirugía no invasiva ambulatoria y hospital de día, que posibiliten disminuir sensiblemente el tiempo de internación de los usuarios en los centros asistenciales efectores; d) Posibilitar a todas las personas el acceso a la capacidad de resolución de su patología, conforme las necesidades de atención comprendiendo las necesidades socioculturales de cada
  • 11. 11 uno, implementando mecanismos dinámicos, eficaces y calificados de articulación entre distintos niveles, y sistematización óptima de mecanismos de referencia y contrarreferencia; e) Priorizar la constitución de equipos de trabajo de carácter multidisciplinario; TERCER NIVEL Está constituido por efectores de alta complejidad médica y tecnológica, estratégicamente localizados a nivel regional con responsabilidad territorial. Representa el último nivel de referencia de la red de cuidados, para una georreferencia determinada, configurando entre los distintos efectores de alta complejidad una red de referencia entre sí. A tales efectos, la autoridad de aplicación debe fortalecer y desarrollar los Hospitales referenciales de toda la Provincia. Son Funciones del Tercer Nivel: 1. Dar respuesta a las necesidades poblacionales de cuidados críticos e intermedios, ya sean en internación o de manera ambulatoria, tanto en contextos terapéuticos como diagnósticos. 2. Consolidar mecanismos efectivos de articulación, coordinación y complementación en la producción de procesos asistenciales en red con otros niveles de atención asistencial, sean éstos jurisdiccionales como extrajurisdiccionales, que garanticen el acceso a la atención necesaria a este nivel. 5. PARTICIPACIÓN SOCIAL Sobre la participación social en la construcción de la salud, el empoderamiento de la ciudadanía en la promoción de la salud como proceso social, cultural, psicológico y/o político. La participación social en la construcción de la salud se entiende como la acción de actores sociales con capacidad, habilidad y oportunidad para identificar problemas, necesidades, definir prioridades, y formular y negociar sus propuestas en la perspectiva del desarrollo de la salud. La participación comprende las acciones colectivas mediante las cuales la población enfrenta los retos de la realidad, identifica y analiza sus problemas, formula y negocia propuestas y
  • 12. 12 satisface las necesidades en materia de salud, de una manera deliberada, democrática y concertada. Se deberá promover el empoderamiento de la ciudadanía orientado a la Promoción de la Salud como proceso social, cultural, psicológico o político mediante el cual los individuos y los grupos sociales sean capaces de expresar sus necesidades, plantear sus preocupaciones, diseñar estrategias de participación en la toma de decisiones y llevar a cabo acciones políticas, sociales y culturales para hacer frente a las necesidades identificadas. Estimular el apoderamiento conlleva beneficiar las aspiraciones de salud de las poblaciones y participar del control sobre los mecanismos de rendición de cuentas y resultados sanitarios garantizando mayores niveles de transparencia. 6. CALIDAD EN LOS SERVICIOS Sobre la eficiencia, accesibilidad, satisfacción y avance técnico- científico de la totalidad de los servicios sanitarios y la atención en todos los niveles y subsistemas, en sus múltiples dimensiones de aplicación. La totalidad de los servicios sanitarios y la atención en todos los niveles y subsistemas, en sus múltiples dimensiones de aplicación (eficiencia, accesibilidad, satisfacción y avance técnico- científico) deben procurar la excelencia y óptima prestación. El Ministerio de Salud garantiza la evaluación de los procesos de Investigación y Bioética, velando por el respeto del derecho al acceso y provisión de información completa y adecuada sobre investigaciones relacionadas a la salud, siendo funciones de la autoridad ministerial el control del registro y valoración de protocolos de Investigación Clínica; la evaluación de diseños clínicos y formato de consentimientos informados; y la capacitación permanente de los equipos de salud en temas de Bioética y seguridad de los usuarios, en base a normativas vigentes a nivel nacional e internacional. El Ministerio de Salud impulsa la capacitación de los equipos de salud en investigación, promover la presentación de proyectos a desarrollar en forma colaborativa y que reflejen las problemáticas identificadas como prioritarias en cada región. Se promoverá la comunicación, transferencia y difusión de conocimientos provenientes de la investigación científica aplicada a
  • 13. 13 realidades locales, y su uso en el diseño de políticas sanitarias y en la toma de decisiones por parte de los distintos actores políticos y sociales del sistema provincial de salud. 7. TECNOLOGÍA, MEDICAMENTOS E INSUMOS SANITARIOS Sobre el uso y evaluación de la tecnología sanitaria entendida como conjunto de medicamentos, dispositivos y procedimientos médicos o quirúrgicos usados en la atención sanitaria, incluyendo a sus sistemas organizativos y de soporte. La tecnología sanitaria es el conjunto de medicamentos, dispositivos y procedimientos médicos o quirúrgicos usados en la atención sanitaria, incluyendo a sus sistemas organizativos y de soporte. Es responsabilidad del Ministerio de Salud realizar la evaluación de la tecnología sanitaria a fin de estimar el valor y contribución relativa a la mejora de la salud individual y colectiva, teniendo en cuenta su impacto económico y social en relación al contexto local. Medicamentos e insumos Sanitarios: Son bienes sociales y en ese carácter elementos inseparables del proceso de protección/cuidado en función del Derecho a la Salud y considerado en su integralidad. Responsabilidades del sistema público respecto a medicamentos e insumos: a) Garantizar medicamentos eficaces, accesibles y seguros a toda la población; controlando y fiscalizando los procesos de producción, comercialización y dispensa que se llevan a cabo en el territorio provincial, sea en instancias públicas o privadas. b) Asegurar la distribución oportuna en cantidad y calidad, el acceso gratuito y la continuidad de los tratamientos para todos los ciudadanos que los requieran, mediante la provisión pública o de terceros.
  • 14. 14 c) Elaborar y actualizar permanentemente, a través de una Comisión conformada a sus efectos, un Formulario Terapéutico Provincial de uso obligatorio en todos los establecimientos y niveles del sistema público. d) Generar un espacio central experto para evaluar de manera sistemática la calidad de drogas, medicamentos e insumos para la salud, analizando en ese ámbito la información procedente de la red de fármaco-vigilancia. e) Estimular la producción pública de medicamentos y otros insumos de salud, priorizando los de alto consumo y elevado costo, fortaleciendo el desarrollo de los laboratorios estatales ya existentes. f) Promover la suscripción de convenios de colaboración entre los laboratorios propios con otros laboratorios de producción pública existentes en el territorio provincial o nacional a efectos de un trabajo en redes. g) Asegurar el registro sistemático e informatizado de todas las actividades referidas a la adquisición, distribución, prescripción y dispensa de medicamentos utilizando nombre genérico y en un todo acorde al Formulario Terapéutico Provincial. 8. MODELO DE FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA Sobre el financiamiento del sistema de salud provincial y la asignación de los recursos necesarios para garantizar el acceso a la salud. Se debe garantizar el funcionamiento y desarrollo del Sistema Público de Salud Provincial mediante la asignación de los recursos necesarios del presupuesto provincial adoptando el modelo de subsidio a la oferta de servicios que posibilite la mayor equidad asignativa. Se deben incluir las partidas necesarias para cumplir con las tareas de regulación y control, como así también para el funcionamiento de efectores de salud con dependencia municipal y/o comunal, en tanto se consideren parte integrante de la Red del Sistema Público Provincial de Salud.
  • 15. 15 Otros Recursos: Facturación y Recupero: Los financiadores del Sistema de Salud cuyos afiliados y/o adherentes sean atendidos en efectores de Salud Públicos Provinciales, deberán abonar dichas prestaciones según los mecanismos y en los plazos que establezca la reglamentación. Dicha obligación se extiende a las prestaciones de urgencia. Tasas y aranceles: Las funciones de regulación y control del Sistema de Salud Provincial que el propio ministerio realice en ejercicio de su poder de policía en materia sanitaria darán lugar a la percepción de aranceles y tasas que se incorporarán al presupuesto de salud Provincial como recursos propios de la Jurisdicción o del ente que corresponda. Asignación de Recursos: La asignación de recursos, tanto sean de origen provincial, nacional o provenientes de facturación y recupero por prestaciones, se realizarán de acuerdo a las necesidades de la red sanitaria, distribuyendo los mismos de manera tal que garantice el funcionamiento de todos los efectores del Sistema y garantice la continuidad asistencial de los usuarios.