1. I. Si se fija una prima
única
Artículo 286.- El salario
Artículo 285.- a comisión puede
La disminución Son trabajadores de comprender una prima II. Si se fijan las
importante y reiterada la empresa o sobre el valor de la primas sobre los
del volumen de las empresas a las que mercancía vendida o
presten sus servicios, pagos periódicos
operaciones colocada, sobre el pago
cuando su actividad inicial
sea permanente
salvo que concurran Artículo 287.- Para
Artículo 291.-
circunstancias rescisión de las determinar las
justificativas. relaciones de trabajo AGENTES DE COMERCIO primas
Artículo 288.- Las
Artículo 289.- Artículo 290.- No
El monto del salario diario se podrán ser removidos primasno podrán
tomará como base el de la zona o ruta que retenerse ni
promedio que resulte de los se les haya asignado, descontarse
salarios del último año sin su consentimiento