SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 14
Descargar para leer sin conexión
EL REFERENDO

LA CONSULTA POPULAR
"Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un
proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente" (Artículo
3, Ley 134 de 1994).

Teniendo en cuenta el ámbito territorial en que opere, el referendo se
clasifica en nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local;
atendiendo a la naturaleza de las normas objeto de referendo este puede ser
constitucional, legal o infralegal - normas jurídicas como ordenanzas,
acuerdos, resoluciones locales-; y en cualquiera de los casos, según lo que
con el mecanismo se persigue puede ser aprobatorio -cuando se quiere que
un proyecto normativo se consolide como norma jurídica-, o derogatorio -
cuando una norma ya vigente se pone en consideración de la ciudadanía,
quien         decide        si        la        deroga          o        no.

Es importante señalar que están excluidos del referendo derogatorio las
leyes aprobatorias de tratados internacionales, la ley del presupuesto y leyes
PROCEDIMIENTO PARA SU EJECUCIÓN

El procedimiento para efectuar un referendo inicia cuando los
promotores inscriben su solicitud ante la Registraduría del
Estado Civil y reciben el formulario con el cual deben recoger,
en un máximo de 6 meses, el apoyo del 10% de los
ciudadanos que integran el respectivo censo electoral. Si se
logra conseguir dicho apoyo el gobierno convoca mediante
Decreto a votaciones en las cuales se determina si se aprueba
o no el respectivo referendo. La decisión se adopta por la
mitad más uno de los votos, siempre que haya participado al
menos la cuarta parte del censo electoral respectivo.
Referendo Constitucional

En el caso del referendo constitucional, los promotores deben recoger en un
máximo de 6 meses, el apoyo del 5% de los ciudadanos que integran el
respectivo censo electoral. Si lo logran, el paso siguiente es la aprobación por
parte del Congreso de la respectiva ley de convocatoria (que contiene el texto
mismo de la reforma que será sometida a decisión popular). Seguidamente
viene el control que ejerce la Corte Constitucional, luego se dan las votaciones
en las cuales el pueblo decide si reforma o no la Constitución.

La decisión adoptada por el pueblo sólo tiene efectos jurídicos si así lo
determinan la mitad más uno de los votantes, siempre que haya participado al
menos la cuarta parte de quienes integran el respectivo censo electoral. Se
trata en este caso de requisitos que en gran parte se sustentan en las
exigencias                de                 la               Constitución.

Otro aspecto que debe tomarse en consideración es el siguiente: la actual
Constitución y la propia Ley 134 de 1994 contemplan el denominado referendo
constitucional que en principio es un avance con respecto a la Constitución
anterior, en la cual el único mecanismo de reforma era el Acto Legislativo.
Ahora en cambio existen tres posibilidades: el Acto Legislativo, la Asamblea
Constituyente y el Referendo.
Referendo Constitucional

Sin embargo, este es un avance en términos muy relativos pues en cualquiera de
los tres casos se requiere de la intervención del Congreso. Así, en el Acto Legislativo
el Congreso es el autor de la reforma; en la Asamblea Constituyente y en el
Referendo el Congreso debe expedir previamente la ley de convocatoria.

En consecuencia, una reforma a la Carta está supeditada en gran parte al interés
del Congreso de llevarla a cabo. De allí que en la práctica las reformas hechas a la
Constitución del 91 suelen adoptar la vía del Acto Legislativo, lo que parece
contradictorio cuando la propia Norma de normas pretendía marcar un tránsito hacia
una democracia más participativa.

Merecen además especial mención, el referendo derogatorio establecido en el
artículo 377 de la Constitución Política para las reformas constitucionales aprobadas
por el Congreso y que se refieran a los derechos fundamentales del Capítulo I del
Título II y a sus garantías, a los procedimientos de participación popular o al
congreso, en caso que así lo solicite el 5% de los ciudadanos del censo electoral. La
reforma se deroga siempre que voten en forma negativa la mayoría absoluta de los
votantes y que en la votación voten por lo menos una cuarta parte de las personas
inscritas en el censo electoral respectivo. Y además, el referendo aprobatorio
obligatorio que está consagrado en el artículo 307 de la Constitución Nacional como
requisito para convertir una región en entidad territorial.
Regulación constitucional y legal del referendo

El referendo en general, lo podemos definir como aquél
mecanismo de participación democrática a través del cual se
convoca al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto
de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.
Como marco jurídico de regulación del mecanismo en estudio,
tenemos: Artículos 103, 377 y 378 de la Constitución Política y
la Ley Estatuaria 134 de 1994, a través de la cual se reguló
todo lo concerniente a los mecanismos de participación
ciudadana. Para el desarrollo del presente capítulo, se partirá
de las formas de referendo, las diferencias entre el referendo
y otros mecanismos de participación y posteriormente se
desarrollará con más profundidad, el referendo constitucional
Referendo derogatorio
Existen dos formas de referendo derogatorio, la primera que consiste
en el sometimiento a la decisión del pueblo sobre la derogación, total
o parcial, de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o
de una resolución local; y la segunda que consiste en el sometimiento
a decisión del pueblo sobre la derogatoria de una reforma
constitucional aprobada por el Congreso, relacionada con los
derechos fundamentales y sus garantías (Acción de tutela), con los
procedimientos de participación popular, o con el Congreso;
procedimiento que deberá ser solicitado por un 5% de los ciudadanos
que integran el censo electoral dentro de los 6 meses siguientes a la
promulgación del Acto Legislativo. En este último caso, se producirá la
derogatoria de la reforma constitucional con voto negativo de la
mayoría de los sufragantes, previa participación a lo menos de la
cuarta parte del censo electoral (Artículo 377 de la C.P.).
Referendo aprobatorio

Al igual que la anterior, existen dos formas de referendo
aprobatorio, la primera que consiste en el sometimiento a la
decisión del pueblo sobre la aprobación o rechazo, total o
parcial, de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un
acuerdo o de una resolución local; y la segunda el cual se prevé
como mecanismo para convertir una región en entidad territorial
(Artículos 306 y 307 de la C.P.), decisión adoptada por el
Congreso la cual deberá someterse a referendo de los
ciudadanos de los departamentos interesados. El referendo
aprobatorio, en el caso de aprobación de reforma constitucional,
ha sido llamado por la doctrina como referendo constitucional.
Diferencias entre el referendo y otros mecanismos de participación
                              ciudadana

El referendo, como mecanismo de participación, en ocasiones se confunde
con otros mecanismos de similar entidad como el plebiscito y la consulta
popular. Se pasa a desarrollar las diferencias entre el mecanismo en
estudio y los mencionados:

Los tres mecanismos se constituyen esencialmente en la consulta al
pueblo, diferenciándose en que el referendo, la consulta se circunscribe al
pronunciamiento sobre una norma, el plebiscito, la misma se realiza sobre
las políticas del ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso y el
tercero se constituye en un pronunciamiento sobre una decisión de
trascendencia nacional.

Adicionalmente, mediante el referendo y la consulta popular se puede
entrar a modificar la constitución, con el primer mecanismo de forma directa
y a través de la consulta se circunscribe a que el pueblo convoca o no a
una asamblea constituyente para que esta realice la mencionada reforma,
y por último por medio del plebiscito no se puede modificar la constitución.
Tramite del referendo constitucional

Como se adelantó en los apartes anteriores, el Referendo
constitucional es aquel a través del cual se somete a aprobación
del pueblo un texto de reforma constitucional, previa ley
aprobatoria del mismo por parte del Congreso de la República.
Dicho proyecto de ley, puede ser presentado por el Gobierno o
por un grupo de ciudadanos que representen no menos del 5%
del censo electoral.

La ley que aprueba el referendo, requiere la votación favorable
de la mayoría de los miembros de ambas Cámaras. El referendo
será presentado de manera que los electores puedan escoger
libremente en el temario o articulado que votan positivamente y el
que votan negativamente.
La aprobación de reformas a la Constitución por vía de referendo
requiere el voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes
y que el número de participantes en las elecciones exceda de la
cuarta parte del total de ciudadanos que integran el censo
La ley que convoca al referendo, está sometida a control
automático de constitucionalidad por parte de la Corte
Constitucional (Artículo 241 numeral 2 de la C.P.), quien se deberá
pronunciar sobre los vicios de forma en el procedimiento de
aprobación de la ley.

Una vez en firme el fallo de la Corte Constitucional, el Gobierno
Nacional convocará a referendo mediante decreto, en el término de
ocho días, y adoptará las demás disposiciones necesarias para su
ejecución. El Registrador del Estado Civil correspondiente, diseñará
la tarjeta electoral que será usada en la votación de referendos, la
cual deberá por lo menos contener:

1. La pregunta sobre si el ciudadano aprueba íntegramente la
norma que se somete a referendo, con la posibilidad de escoger
libremente el articulado que aprueban y el articulado que rechazan,
mediante casillas que permitan el voto a favor o en contra de cada
uno de los artículos, cuando el elector no vote el proyecto en
bloque. En todo caso, habrá una casilla para que vote el proyecto
2. Casillas para el sí, para el no y para el voto en blanco.

3. El articulado sometido a referendo.

Si como resultado de los escrutinios se obtiene la participación y
mayoría antes explicada para la aprobación, la decisión
adoptada en referendo se denominará acto legislativo y así se
encabezará el texto aprobado.

Una vez Aprobado un referendo, el Presidente de la República,
lo sancionará y dispondrá su promulgación en el término de
ocho (8) días, contados a partir de la declaración de los
resultados por parte de la Registraduría del Estado Civil
correspondiente, so pena de incurrir en causal de
mala conducta.
El acto legislativo aprobado entrará en vigencia a partir del
momento de la publicación, a menos que en la misma se
establezca otra fecha.

La publicación deberá hacerse a los ocho días siguientes a la
aprobación de los resultados por la organización electoral en el
Diario y de no realizarse, se entenderá surtida una vez vencido
dicho término, configurándose para el funcionario reticente una
causal de mala conducta.

Finalmente es importante señalar que el referendo se diferencia
del plebiscito en que este, que también es una consulta popular,
se refiere a una decisión que no se ha plasmado en un texto
normativo escrito.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaValengonzo
 
El poder politico
El poder politicoEl poder politico
El poder politicoTherazor224
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaluly2015
 
Sistema semipresidencialista
Sistema semipresidencialistaSistema semipresidencialista
Sistema semipresidencialistatigernight
 
ENSAYO PODER LEGISLATIVO
ENSAYO PODER LEGISLATIVOENSAYO PODER LEGISLATIVO
ENSAYO PODER LEGISLATIVOMARIA CORDERO
 
Mecanismos de participacion ciudadana 1
Mecanismos de participacion ciudadana 1Mecanismos de participacion ciudadana 1
Mecanismos de participacion ciudadana 1Juliana Castro
 
El referendum
El referendumEl referendum
El referendumVidicney
 
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechosMecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechosJuan Quiceno A
 
El cabildo abierto
El cabildo abiertoEl cabildo abierto
El cabildo abiertocasadelvocal
 
PROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEY
PROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEYPROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEY
PROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEYJanetthe Dz. Huéramo
 
Democracia participativa
Democracia participativaDemocracia participativa
Democracia participativaMiguel Pineda
 
Historia de la política en la antigüedad
Historia de la política en la antigüedadHistoria de la política en la antigüedad
Historia de la política en la antigüedadandreslozano96
 
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de Guatemala
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de GuatemalaAnálisis de la Ley del Organismo Legislativo de Guatemala
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de GuatemalaRocky Cifuentes
 
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...Escuela de Derecho; Univ. Arturo Prat
 
Mecanismos de participación democrática en el derecho Colombiano
Mecanismos de participación democrática en el derecho ColombianoMecanismos de participación democrática en el derecho Colombiano
Mecanismos de participación democrática en el derecho ColombianoMarcos Sánchez
 

La actualidad más candente (20)

Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 
El poder politico
El poder politicoEl poder politico
El poder politico
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadana
 
Sistema semipresidencialista
Sistema semipresidencialistaSistema semipresidencialista
Sistema semipresidencialista
 
ENSAYO PODER LEGISLATIVO
ENSAYO PODER LEGISLATIVOENSAYO PODER LEGISLATIVO
ENSAYO PODER LEGISLATIVO
 
Mecanismos de participacion ciudadana 1
Mecanismos de participacion ciudadana 1Mecanismos de participacion ciudadana 1
Mecanismos de participacion ciudadana 1
 
El referendum
El referendumEl referendum
El referendum
 
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechosMecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
 
Cabildo abierto
Cabildo abiertoCabildo abierto
Cabildo abierto
 
El cabildo abierto
El cabildo abiertoEl cabildo abierto
El cabildo abierto
 
PROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEY
PROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEYPROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEY
PROCEDIMIENTO DE LA DISCUSIÓN DE UNA INICIATIVA DE LEY
 
Democracia participativa
Democracia participativaDemocracia participativa
Democracia participativa
 
Historia de la política en la antigüedad
Historia de la política en la antigüedadHistoria de la política en la antigüedad
Historia de la política en la antigüedad
 
2. pluralismo
2. pluralismo2. pluralismo
2. pluralismo
 
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de Guatemala
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de GuatemalaAnálisis de la Ley del Organismo Legislativo de Guatemala
Análisis de la Ley del Organismo Legislativo de Guatemala
 
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
 
Mecanismos de participación democrática en el derecho Colombiano
Mecanismos de participación democrática en el derecho ColombianoMecanismos de participación democrática en el derecho Colombiano
Mecanismos de participación democrática en el derecho Colombiano
 
El referendo
El referendoEl referendo
El referendo
 
Análisis politico
Análisis politicoAnálisis politico
Análisis politico
 
Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 

Destacado

Participacion ciudadana
Participacion ciudadanaParticipacion ciudadana
Participacion ciudadanaCelia Aparicio
 
Los mecanismos de participación ciudadana
Los mecanismos de participación ciudadanaLos mecanismos de participación ciudadana
Los mecanismos de participación ciudadanaAlex Castaño
 
Mecanismos De Participacion Ciudadana
Mecanismos De Participacion CiudadanaMecanismos De Participacion Ciudadana
Mecanismos De Participacion Ciudadanajohannamacareo
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaSebastián Prieto
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptualWILSONN212
 
Cabildo abierto
Cabildo abiertoCabildo abierto
Cabildo abiertokarenJ30
 
Iniciativa legislativa popular
Iniciativa legislativa popularIniciativa legislativa popular
Iniciativa legislativa popularEduardo Marso
 
Mecanismos de particiopación ciudadana el voto
Mecanismos de particiopación ciudadana el votoMecanismos de particiopación ciudadana el voto
Mecanismos de particiopación ciudadana el votoCENTRO CRISTIANO
 
MAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANA
MAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANAMAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANA
MAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANAGiovanni Melendez
 
Mapa conceptual sobre participación cuidadana
Mapa conceptual sobre participación cuidadanaMapa conceptual sobre participación cuidadana
Mapa conceptual sobre participación cuidadanaDámaris Betsúa
 
Educacion MAPA CONCEPTUAL
Educacion MAPA CONCEPTUALEducacion MAPA CONCEPTUAL
Educacion MAPA CONCEPTUALNicole Coral
 
Referendo o plebiscito
Referendo o plebiscitoReferendo o plebiscito
Referendo o plebiscitocasadelvocal
 
Consulta, las contradicciones
Consulta, las contradiccionesConsulta, las contradicciones
Consulta, las contradiccionesMaria Romo
 

Destacado (20)

Consulta popular
Consulta popularConsulta popular
Consulta popular
 
Consulta popular
Consulta popularConsulta popular
Consulta popular
 
Participacion ciudadana
Participacion ciudadanaParticipacion ciudadana
Participacion ciudadana
 
Los mecanismos de participación ciudadana
Los mecanismos de participación ciudadanaLos mecanismos de participación ciudadana
Los mecanismos de participación ciudadana
 
Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 
Mecanismos De Participacion Ciudadana
Mecanismos De Participacion CiudadanaMecanismos De Participacion Ciudadana
Mecanismos De Participacion Ciudadana
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadana
 
Consulta popular
Consulta popularConsulta popular
Consulta popular
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Participacion ciudadana
Participacion ciudadanaParticipacion ciudadana
Participacion ciudadana
 
Cabildo abierto
Cabildo abiertoCabildo abierto
Cabildo abierto
 
Iniciativa legislativa popular
Iniciativa legislativa popularIniciativa legislativa popular
Iniciativa legislativa popular
 
El referendum
El referendumEl referendum
El referendum
 
Mecanismos de particiopación ciudadana el voto
Mecanismos de particiopación ciudadana el votoMecanismos de particiopación ciudadana el voto
Mecanismos de particiopación ciudadana el voto
 
MAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANA
MAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANAMAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANA
MAPA CONCEPTUAL PARTICIPACION CIUDADANA
 
Mapa conceptual sobre participación cuidadana
Mapa conceptual sobre participación cuidadanaMapa conceptual sobre participación cuidadana
Mapa conceptual sobre participación cuidadana
 
Educacion MAPA CONCEPTUAL
Educacion MAPA CONCEPTUALEducacion MAPA CONCEPTUAL
Educacion MAPA CONCEPTUAL
 
Referendo o plebiscito
Referendo o plebiscitoReferendo o plebiscito
Referendo o plebiscito
 
Consulta, las contradicciones
Consulta, las contradiccionesConsulta, las contradicciones
Consulta, las contradicciones
 
Franquisme anys 40
Franquisme anys 40Franquisme anys 40
Franquisme anys 40
 

Similar a Referendo y consulta popular

Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.
Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.
Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.Ernesto Correa Gómez
 
Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanacamila19970606
 
Presentacion final
Presentacion finalPresentacion final
Presentacion finalWonik Basto
 
Mecanismos de participacion
Mecanismos de participacionMecanismos de participacion
Mecanismos de participacionRyan Palacios
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanacarlosrua009
 
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANAMECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANASergio Giraldo
 
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativaReferendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativaXiomara Narvaez
 
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativaReferendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativaKarlaArvelo
 
Reforma constitucional en colombia
Reforma constitucional en colombiaReforma constitucional en colombia
Reforma constitucional en colombiasistemas301
 
Reforma constitucional.pptx
Reforma constitucional.pptxReforma constitucional.pptx
Reforma constitucional.pptxRafael Suarez
 
Mecanismos de participacion ciudadana en colombia
Mecanismos de participacion ciudadana en colombiaMecanismos de participacion ciudadana en colombia
Mecanismos de participacion ciudadana en colombiaManuel Valencia
 
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely BecerraEnsayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely BecerraYUSBELYLISETBECERRAL
 
mecanismos de participación ciudadana
mecanismos de participación ciudadanamecanismos de participación ciudadana
mecanismos de participación ciudadanaOscar Bermudez Silva
 

Similar a Referendo y consulta popular (20)

Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 
Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 
Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.
Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.
Conceptos Introductorios. Educación Social y Cívica.
 
Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 
Plebiscito
PlebiscitoPlebiscito
Plebiscito
 
Presentacion final
Presentacion finalPresentacion final
Presentacion final
 
Mecanismos de participacion
Mecanismos de participacionMecanismos de participacion
Mecanismos de participacion
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadana
 
Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadanaMecanismos de participación ciudadana
Mecanismos de participación ciudadana
 
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANAMECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
 
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativaReferendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
 
Mecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadanaMecanismos de participacion ciudadana
Mecanismos de participacion ciudadana
 
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativaReferendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
Referendum a nivel estadal ; iniciativa legislativa
 
Mecanismos de participación
Mecanismos de participaciónMecanismos de participación
Mecanismos de participación
 
Reforma constitucional en colombia
Reforma constitucional en colombiaReforma constitucional en colombia
Reforma constitucional en colombia
 
Mecanismos de participación
Mecanismos de participaciónMecanismos de participación
Mecanismos de participación
 
Reforma constitucional.pptx
Reforma constitucional.pptxReforma constitucional.pptx
Reforma constitucional.pptx
 
Mecanismos de participacion ciudadana en colombia
Mecanismos de participacion ciudadana en colombiaMecanismos de participacion ciudadana en colombia
Mecanismos de participacion ciudadana en colombia
 
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely BecerraEnsayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
 
mecanismos de participación ciudadana
mecanismos de participación ciudadanamecanismos de participación ciudadana
mecanismos de participación ciudadana
 

Más de Jenny Acosta

Folleto plan de emergencias (328 downloads)
Folleto plan de emergencias (328 downloads)Folleto plan de emergencias (328 downloads)
Folleto plan de emergencias (328 downloads)Jenny Acosta
 
4 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp01
4 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp014 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp01
4 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp01Jenny Acosta
 
Aa1 evidence 1-my_profile
Aa1 evidence 1-my_profileAa1 evidence 1-my_profile
Aa1 evidence 1-my_profileJenny Acosta
 
Dessert sas: Postres mágicamente deliciosos
Dessert sas: Postres mágicamente deliciososDessert sas: Postres mágicamente deliciosos
Dessert sas: Postres mágicamente deliciososJenny Acosta
 
Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"Jenny Acosta
 
Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"Jenny Acosta
 
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA
PLANEACIÓN ESTRATÉGICAPLANEACIÓN ESTRATÉGICA
PLANEACIÓN ESTRATÉGICAJenny Acosta
 
Actividad 5 trabajo final
Actividad 5 trabajo finalActividad 5 trabajo final
Actividad 5 trabajo finalJenny Acosta
 
Informefinal ruth forerocortes
Informefinal ruth forerocortesInformefinal ruth forerocortes
Informefinal ruth forerocortesJenny Acosta
 
Informaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortesInformaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortesJenny Acosta
 
Informaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortesInformaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortesJenny Acosta
 
Valores cooperativos
Valores cooperativosValores cooperativos
Valores cooperativosJenny Acosta
 
Principios cooperativos
Principios cooperativosPrincipios cooperativos
Principios cooperativosJenny Acosta
 
Escudo del cooperativismo
Escudo del cooperativismoEscudo del cooperativismo
Escudo del cooperativismoJenny Acosta
 
BANDERA DEL COOPERATIVISMO
BANDERA DEL COOPERATIVISMOBANDERA DEL COOPERATIVISMO
BANDERA DEL COOPERATIVISMOJenny Acosta
 
Cooperativismo en colombia
Cooperativismo en colombiaCooperativismo en colombia
Cooperativismo en colombiaJenny Acosta
 

Más de Jenny Acosta (20)

Folleto plan de emergencias (328 downloads)
Folleto plan de emergencias (328 downloads)Folleto plan de emergencias (328 downloads)
Folleto plan de emergencias (328 downloads)
 
4 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp01
4 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp014 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp01
4 1-organizacionessolidarias-100705083132-phpapp01
 
Aa1 evidence 1-my_profile
Aa1 evidence 1-my_profileAa1 evidence 1-my_profile
Aa1 evidence 1-my_profile
 
Dessert sas: Postres mágicamente deliciosos
Dessert sas: Postres mágicamente deliciososDessert sas: Postres mágicamente deliciosos
Dessert sas: Postres mágicamente deliciosos
 
Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s.: "Postres mágicamente deliciosos"
 
Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"
Dessert s.a.s: "Postres mágicamente deliciosos"
 
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA
PLANEACIÓN ESTRATÉGICAPLANEACIÓN ESTRATÉGICA
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA
 
¿QUIÉNES SOMOS?
¿QUIÉNES SOMOS?¿QUIÉNES SOMOS?
¿QUIÉNES SOMOS?
 
Blog
BlogBlog
Blog
 
Actividad 5 trabajo final
Actividad 5 trabajo finalActividad 5 trabajo final
Actividad 5 trabajo final
 
Informefinal ruth forerocortes
Informefinal ruth forerocortesInformefinal ruth forerocortes
Informefinal ruth forerocortes
 
Informaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortesInformaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortes
 
Informaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortesInformaobservación ruth forerocortes
Informaobservación ruth forerocortes
 
Actividad 5
Actividad 5Actividad 5
Actividad 5
 
Valores cooperativos
Valores cooperativosValores cooperativos
Valores cooperativos
 
Principios cooperativos
Principios cooperativosPrincipios cooperativos
Principios cooperativos
 
Himno
HimnoHimno
Himno
 
Escudo del cooperativismo
Escudo del cooperativismoEscudo del cooperativismo
Escudo del cooperativismo
 
BANDERA DEL COOPERATIVISMO
BANDERA DEL COOPERATIVISMOBANDERA DEL COOPERATIVISMO
BANDERA DEL COOPERATIVISMO
 
Cooperativismo en colombia
Cooperativismo en colombiaCooperativismo en colombia
Cooperativismo en colombia
 

Referendo y consulta popular

  • 2. "Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente" (Artículo 3, Ley 134 de 1994). Teniendo en cuenta el ámbito territorial en que opere, el referendo se clasifica en nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local; atendiendo a la naturaleza de las normas objeto de referendo este puede ser constitucional, legal o infralegal - normas jurídicas como ordenanzas, acuerdos, resoluciones locales-; y en cualquiera de los casos, según lo que con el mecanismo se persigue puede ser aprobatorio -cuando se quiere que un proyecto normativo se consolide como norma jurídica-, o derogatorio - cuando una norma ya vigente se pone en consideración de la ciudadanía, quien decide si la deroga o no. Es importante señalar que están excluidos del referendo derogatorio las leyes aprobatorias de tratados internacionales, la ley del presupuesto y leyes
  • 3. PROCEDIMIENTO PARA SU EJECUCIÓN El procedimiento para efectuar un referendo inicia cuando los promotores inscriben su solicitud ante la Registraduría del Estado Civil y reciben el formulario con el cual deben recoger, en un máximo de 6 meses, el apoyo del 10% de los ciudadanos que integran el respectivo censo electoral. Si se logra conseguir dicho apoyo el gobierno convoca mediante Decreto a votaciones en las cuales se determina si se aprueba o no el respectivo referendo. La decisión se adopta por la mitad más uno de los votos, siempre que haya participado al menos la cuarta parte del censo electoral respectivo.
  • 4. Referendo Constitucional En el caso del referendo constitucional, los promotores deben recoger en un máximo de 6 meses, el apoyo del 5% de los ciudadanos que integran el respectivo censo electoral. Si lo logran, el paso siguiente es la aprobación por parte del Congreso de la respectiva ley de convocatoria (que contiene el texto mismo de la reforma que será sometida a decisión popular). Seguidamente viene el control que ejerce la Corte Constitucional, luego se dan las votaciones en las cuales el pueblo decide si reforma o no la Constitución. La decisión adoptada por el pueblo sólo tiene efectos jurídicos si así lo determinan la mitad más uno de los votantes, siempre que haya participado al menos la cuarta parte de quienes integran el respectivo censo electoral. Se trata en este caso de requisitos que en gran parte se sustentan en las exigencias de la Constitución. Otro aspecto que debe tomarse en consideración es el siguiente: la actual Constitución y la propia Ley 134 de 1994 contemplan el denominado referendo constitucional que en principio es un avance con respecto a la Constitución anterior, en la cual el único mecanismo de reforma era el Acto Legislativo. Ahora en cambio existen tres posibilidades: el Acto Legislativo, la Asamblea Constituyente y el Referendo.
  • 5. Referendo Constitucional Sin embargo, este es un avance en términos muy relativos pues en cualquiera de los tres casos se requiere de la intervención del Congreso. Así, en el Acto Legislativo el Congreso es el autor de la reforma; en la Asamblea Constituyente y en el Referendo el Congreso debe expedir previamente la ley de convocatoria. En consecuencia, una reforma a la Carta está supeditada en gran parte al interés del Congreso de llevarla a cabo. De allí que en la práctica las reformas hechas a la Constitución del 91 suelen adoptar la vía del Acto Legislativo, lo que parece contradictorio cuando la propia Norma de normas pretendía marcar un tránsito hacia una democracia más participativa. Merecen además especial mención, el referendo derogatorio establecido en el artículo 377 de la Constitución Política para las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso y que se refieran a los derechos fundamentales del Capítulo I del Título II y a sus garantías, a los procedimientos de participación popular o al congreso, en caso que así lo solicite el 5% de los ciudadanos del censo electoral. La reforma se deroga siempre que voten en forma negativa la mayoría absoluta de los votantes y que en la votación voten por lo menos una cuarta parte de las personas inscritas en el censo electoral respectivo. Y además, el referendo aprobatorio obligatorio que está consagrado en el artículo 307 de la Constitución Nacional como requisito para convertir una región en entidad territorial.
  • 6. Regulación constitucional y legal del referendo El referendo en general, lo podemos definir como aquél mecanismo de participación democrática a través del cual se convoca al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. Como marco jurídico de regulación del mecanismo en estudio, tenemos: Artículos 103, 377 y 378 de la Constitución Política y la Ley Estatuaria 134 de 1994, a través de la cual se reguló todo lo concerniente a los mecanismos de participación ciudadana. Para el desarrollo del presente capítulo, se partirá de las formas de referendo, las diferencias entre el referendo y otros mecanismos de participación y posteriormente se desarrollará con más profundidad, el referendo constitucional
  • 7.
  • 8. Referendo derogatorio Existen dos formas de referendo derogatorio, la primera que consiste en el sometimiento a la decisión del pueblo sobre la derogación, total o parcial, de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o de una resolución local; y la segunda que consiste en el sometimiento a decisión del pueblo sobre la derogatoria de una reforma constitucional aprobada por el Congreso, relacionada con los derechos fundamentales y sus garantías (Acción de tutela), con los procedimientos de participación popular, o con el Congreso; procedimiento que deberá ser solicitado por un 5% de los ciudadanos que integran el censo electoral dentro de los 6 meses siguientes a la promulgación del Acto Legislativo. En este último caso, se producirá la derogatoria de la reforma constitucional con voto negativo de la mayoría de los sufragantes, previa participación a lo menos de la cuarta parte del censo electoral (Artículo 377 de la C.P.).
  • 9. Referendo aprobatorio Al igual que la anterior, existen dos formas de referendo aprobatorio, la primera que consiste en el sometimiento a la decisión del pueblo sobre la aprobación o rechazo, total o parcial, de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o de una resolución local; y la segunda el cual se prevé como mecanismo para convertir una región en entidad territorial (Artículos 306 y 307 de la C.P.), decisión adoptada por el Congreso la cual deberá someterse a referendo de los ciudadanos de los departamentos interesados. El referendo aprobatorio, en el caso de aprobación de reforma constitucional, ha sido llamado por la doctrina como referendo constitucional.
  • 10. Diferencias entre el referendo y otros mecanismos de participación ciudadana El referendo, como mecanismo de participación, en ocasiones se confunde con otros mecanismos de similar entidad como el plebiscito y la consulta popular. Se pasa a desarrollar las diferencias entre el mecanismo en estudio y los mencionados: Los tres mecanismos se constituyen esencialmente en la consulta al pueblo, diferenciándose en que el referendo, la consulta se circunscribe al pronunciamiento sobre una norma, el plebiscito, la misma se realiza sobre las políticas del ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso y el tercero se constituye en un pronunciamiento sobre una decisión de trascendencia nacional. Adicionalmente, mediante el referendo y la consulta popular se puede entrar a modificar la constitución, con el primer mecanismo de forma directa y a través de la consulta se circunscribe a que el pueblo convoca o no a una asamblea constituyente para que esta realice la mencionada reforma, y por último por medio del plebiscito no se puede modificar la constitución.
  • 11. Tramite del referendo constitucional Como se adelantó en los apartes anteriores, el Referendo constitucional es aquel a través del cual se somete a aprobación del pueblo un texto de reforma constitucional, previa ley aprobatoria del mismo por parte del Congreso de la República. Dicho proyecto de ley, puede ser presentado por el Gobierno o por un grupo de ciudadanos que representen no menos del 5% del censo electoral. La ley que aprueba el referendo, requiere la votación favorable de la mayoría de los miembros de ambas Cámaras. El referendo será presentado de manera que los electores puedan escoger libremente en el temario o articulado que votan positivamente y el que votan negativamente. La aprobación de reformas a la Constitución por vía de referendo requiere el voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes y que el número de participantes en las elecciones exceda de la cuarta parte del total de ciudadanos que integran el censo
  • 12. La ley que convoca al referendo, está sometida a control automático de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional (Artículo 241 numeral 2 de la C.P.), quien se deberá pronunciar sobre los vicios de forma en el procedimiento de aprobación de la ley. Una vez en firme el fallo de la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional convocará a referendo mediante decreto, en el término de ocho días, y adoptará las demás disposiciones necesarias para su ejecución. El Registrador del Estado Civil correspondiente, diseñará la tarjeta electoral que será usada en la votación de referendos, la cual deberá por lo menos contener: 1. La pregunta sobre si el ciudadano aprueba íntegramente la norma que se somete a referendo, con la posibilidad de escoger libremente el articulado que aprueban y el articulado que rechazan, mediante casillas que permitan el voto a favor o en contra de cada uno de los artículos, cuando el elector no vote el proyecto en bloque. En todo caso, habrá una casilla para que vote el proyecto
  • 13. 2. Casillas para el sí, para el no y para el voto en blanco. 3. El articulado sometido a referendo. Si como resultado de los escrutinios se obtiene la participación y mayoría antes explicada para la aprobación, la decisión adoptada en referendo se denominará acto legislativo y así se encabezará el texto aprobado. Una vez Aprobado un referendo, el Presidente de la República, lo sancionará y dispondrá su promulgación en el término de ocho (8) días, contados a partir de la declaración de los resultados por parte de la Registraduría del Estado Civil correspondiente, so pena de incurrir en causal de mala conducta.
  • 14. El acto legislativo aprobado entrará en vigencia a partir del momento de la publicación, a menos que en la misma se establezca otra fecha. La publicación deberá hacerse a los ocho días siguientes a la aprobación de los resultados por la organización electoral en el Diario y de no realizarse, se entenderá surtida una vez vencido dicho término, configurándose para el funcionario reticente una causal de mala conducta. Finalmente es importante señalar que el referendo se diferencia del plebiscito en que este, que también es una consulta popular, se refiere a una decisión que no se ha plasmado en un texto normativo escrito.