Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...
Boletín informativo julio 2013 Jose Martos
1. Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
Boletín Informativo
Año 2013, Julio
Vino y Derecho: Noticias
Abogado
especialista en
la industria
vitivinícola
Dentro de este
Boletín:
Fertilizantes 1
Documento
administrativo 1
Medidas
de apoyo 2
Bebidas
espirituosas 3
Seguros
Agrarios 3
José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Mediante el Real
Decreto 506/2013, de
28 de junio, se
aprueba la nueva
normativa sobre
productos fertilizantes.
El Real Decreto tiene
por objeto establecer la
normativa básica en
materia de productos
fertilizantes y las
normas necesarias de
coordinación con las
comunidades
autónomas.
Constituyen los fines
de este Real Decreto,
entre otros: a) regular
los aspectos relativo a
los abonos, b) definir y
tipificar los productos
fertilizantes, distintos de
los «abonos CE», que
puedan utilizarse en la
Productos fertilizantes, nueva normativa.
Documento administrativo electrónico,
impuestos especiales de fabricación.
Mediante la Orden
HAP/1229/2013, de 1
de julio, se aprueban
agricultura, c)
garantizar las riquezas
nutritivas y otras
características de los
productos fertilizantes,
d) prevenir los riesgos
para la salud y el medio
ambiente, y e) regular
el registro de productos
fertilizantes. Se
entiende por producto
fertilizante aquel
utilizado en agricultura
que, por su contenido
en nutrientes, facilita el
crecimiento de las
plantas, aumenta su
rendimiento y mejora la
calidad de las cosechas
o que, por su acción
específica, modifica,
según convenga, la
fertilidad del suelo o
sus características
físicas, químicas o
biológicas. Se
excluyen del ámbito
de aplicación del Real
Decreto, entre otros,
los "abonos CE", los
productos fitosanitarios
y los estiércoles que no
hayan sufrido algún
proceso de
transformación en una
planta técnica. Los
productos
fertilizantes deben
pertenecer a alguno de
los siguientes grupos:
abonos inorgánicos
nacionales, abonos
orgánicos, abonos
órgano-minerales, otros
abonos y productos
especiales, enmiendas
calizas, enmiendas
orgánicas y otras
enmiendas.
las normas de
cumplimentación del
documento
administrativo
electrónico interno y
el modelo 525
denominación de origen
demandada era " había
2. Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
«Documento de
acompañamiento de
emergencia interno»,
relativos al amparo de la
circulación de productos
objeto de los impuestos
especiales de
fabricación. El
documento administrativo
electrónico podrá amparar
la circulación de
productos vitivinícolas
sujetos a impuestos
especiales que circulen
en el ámbito interno en
régimen suspensivo
cuando el interesado,
manifieste expresamente
su consentimiento para la
cesión de los datos a la
autoridad competente. En
los envíos en régimen
suspensivo, con
aplicación de una
exención o a tipo
reducido, la circulación
con origen y destino en el
ámbito territorial interno
se realizará, con carácter
general, amparada en un
documento administrativo
electrónico. Los
mensajes
correspondientes al
documento administrativo
electrónico interno se
presentarán por vía
telemática, bien mediante
presentación electrónica
del mensaje, o bien por
transmisión electrónica de
datos. La Orden entró en
vigor el 1 de julio de 2013.
Medidas del programa de apoyo 2014-2018 al
sector vitivinícola español.
Mediante el Real
Decreto 548/2013, de 19
de julio se establece la
aplicación de las
medidas del programa
de apoyo 2014-2018 al
sector vitivinícola
español. Cabe destacar
como novedades que se
eliminan medidas
incluidas en el anterior
periodo quinquenal (2009
- 2013), como son la
destilación de alcohol de
uso de boca y la
destilación de crisis. Las
medidas de apoyo
recogidas por el Real
Decreto son (i) la
promoción de
mercados en terceros
países, (ii) la
reestructuración y
reconversión de
viñedos, (iii) la
eliminación de
subproductos, y (iv) las
inversiones.
Con relación a la
promoción en terceros
países, se desarrolla el
procedimiento de
aprobación de acciones y
programas para cada
ejercicio financiero, y se
va a dar prioridad a los
programas presentados
por nuevos beneficiarios
que no hayan recibido
apoyo anteriormente, y a
los beneficiarios que,
habiendo recibido ayuda
anteriormente, se dirigen
a un nuevo tercer país.
En materia de
reestructuración y
reconversión de
viñedos, se han
establecido requisitos
mínimos y condiciones
que deben tener los
planes de
reestructuración, así
como la duración de las
medidas. Asimismo, el
Real Decreto ofrece a
través del programa de
apoyo al sector
vitivinícola ayudas para
inversiones en
instalaciones,
infraestructura vinícola y
comercialización de
vinos, así como al
desarrollo de nuevos
productos,
procedimientos y
tecnologías. En el enlace
http://www.slideshare.net/
JoseMartosMartinez/medi
das-del-programa-de-
apoyo-2014-2018-al-
3. Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
sector-vitivincola-espaol-
presentacion
se incluye más
información sobre el Real
Decreto.
Bebidas espirituosas, protección de la
indicación geográfica.
Mediante el Reglamento
de Ejecución (UE) núm.
716/2013 de la Comisión
de 25 de julio de 2013
se establecen
disposiciones de
aplicación del
Reglamento (CE) núm.
110/2008 del Parlamento
Europeo y del Consejo,
relativo a la definición,
designación,
presentación,
etiquetado y protección
de la indicación
geográfica de bebidas
espirituosas.
Uno de los objetos del
Reglamento de Ejecución
es el regular las
indicaciones geográficas
de las bebidas
espirituosas y la
utilización de un símbolo
de la Unión para las
indicaciones geográficas
de las bebidas
espirituosas. A los
efectos del Reglamento
se entiende por bebida
espirituosa las 46 bebidas
enumeradas en el anexo
II del Reglamento (CE)
núm. 110/2008, por
ejemplo, aguardiente de
vino, aguardiente de orujo
y orujo, ron, whisky,
vodka, ginebra, etc. La
solicitud de registro de
una indicación geográfica
deberá presentarse a la
Comisión Europea. Podrá
utilizarse para las bebidas
espirituosas el símbolo de
la Unión aprobado para
las denominaciones
geográficas registradas.
Plan de seguros agrarios 2013, uva de
vinificación.
La Entidad Estatal de
Seguros Agrarios
(ENESA) ha publicado la
guía con el plan de
seguros agrarios 2013.
En líneas generales las
novedades del plan para
el año 2013 son (i) se pasa
de un sistema de módulos
con coberturas crecientes,
a un seguro en el que
partiendo de un módulo
básico, se puedan
completar garantías de
manera voluntaria por los
asegurados, (ii) se
revisarán las coberturas
del módulo 2 para volver a
incluir, en su caso, los
daños excepcionales por
explotación, reduciendo así
el coste del seguro, (iii) se
avanza en el desarrollo de
la modalidad de
aseguramiento renovable
como contribución a la
simplificación del proceso
de contratación y la
fidelización de los
productores, y (iv) se podrá
subvencionar a las
organizaciones
profesionales agrarias y
entidades representativas
de las cooperativas
agrarias. Las novedades
específicas para el sector
vitivinícola son que se
actualizarán las bases de
datos de rendimientos de
los seguros de uva de
vinificación. La página 32
de la guía, destinada
específicamente a la uva
de vinificación para
4. Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
Península y Baleares,
dispone que el 1 de
octubre de 2013 se inicia el
plazo para la suscripción
del seguro y que la
subvención máxima será
del 59% (los porcentajes
de subvención para este
sector se recogen en la
página 17 de la guía). Esta
línea de seguro da
cobertura a la
producción de uva de
vinificación, las cepas y
los plantones contra los
riesgos de pedrisco,
helada, marchitez
fisiológica, riesgos
excepcionales de fauna
silvestre, incendio,
inundación – lluvia
torrencial, lluvia
persistente, y viento
huracanado) y resto de
adversidades climáticas
(incluida la sequía y las
plagas y enfermedades
que, produciéndose de
forma generalizada, no
puedan ser controladas por
el agricultor).
5. Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
Se informa que se pueden ejercitar
los derechos de acceso, oposición,
rectificación y cancelación
ante José Martos.
José Martos, abogado con 23 años de experiencia en el asesoramiento
legal a empresas como abogado externo e interno en Madrid, Nueva York,
Barcelona y Pamplona.
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Pídanos gratuitamente y sin compromiso presupuesto por asesorar
a su bodega en cualquiera de las materias objeto de este Boletín.
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Xiquena núm. 13
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José Martos
Teléfono móvil:
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e-mail:
martosmartinezjose
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