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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIAPAS
FACULTAD DE DERECHO CAMPUS III
SAN CRISTÓBAL DE LAS CHIAPAS
SEMESTRE 1 GRUPO D
MATERIA:
NOCIONES DEL DERECHO
DOCENTE:
MTRO. BALLARDO EDUARDO MOLINA HERNÁNDEZ
ACTIVIDAD
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE
INVESTIGACIÓN
LAS PRINCIPALES ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO
DERECHO PÚBLICO, DERECHO PRIVADO, DERECHO OBJETIVO, DERECHO
SUBJETIVO, DERECHO VIGENTE, DERECHO POSITIVO Y EL DERECHO
NATURAL
ALUMNO:
JUAN LÓPEZ HERNÁNDEZ
18 de junio de 2021
Introducción al estudio del derecho
Juan López Hernández 1
Sumario: I.- introducción; II.- Derecho Público; III.- Derecho Privado; IV.-Derecho
Objetivo; V.-Derecho subjetivo; VI.- Derecho Vigente; VII.-Derecho Positivo; VIII.-
Derecho Natural; IX.-Conclusión; X.-Bibliografía
Resumen
En este presente trabajo de investigación hablaré sobre las diferentes ramas del derecho y es
una suma importancia del ser humano ya que sienta las bases filosóficas que nos permite
comprender la relación interdisciplinaria que tiene con las demás ramas del derecho. Los
seres humanos están plenamente impregnada, llena de juridicidad, ya que en nuestra vida
cotidiana llevamos a cabo hechos y actos jurídicos. Cabe destacar que el derecho está en
todas partes y en cada una de las etapas de la sociedad, así como en la vida de cada persona
establece las pautas de comportamiento para la vida humana en sociedad, tomando siempre
en consideración la cultura y los principios bajo los cuales se rige cada sociedad, mismos que
se plasman en las normas jurídicas. El derecho tiene una gran importancia de conocer y
diferenciar con otras ciencias, la ciencia en general tiene la misma relación con la ciencia
jurídica, filosofía, sociología y dogmática jurídica.
Palabras clave: libertad, igualdad, potestad jurídica, jurisprudencia, reconocimiento
histórico, administración pública, religión, derecho laboral, derecho rural y derechos
humanos.
I.-Introducción
Para comenzar esta investigación, primeramente, atenderemos a la definición nominal del
Derecho, el vocablo “derecho” toma su origen de la voz latina directum, que significa lo que
está conforme a la regla, a la ley, a la norma.
La voz latina ius, con la que se designó en Roma al derecho, no es sino una contracción de
iussum, participio del verbo jubere, que significa mandar, la definición del Derecho en
general, podemos definir de la siguiente manera:
1
Alumno 1º D/Facultad de Derecho Campus III, Universidad Autónoma de Chiapas/Nociones del Derecho
el derecho es un conjunto de normas jurídicas las cuales le permiten regirse los seres humanos
que establecen las bases de convivencia social la cual funciona de forma coactiva por parte
de un poder público, con el fin de alcanzar bien común, igualdad, libertad, certeza, justicia y
seguridad ciudadana. En general se entiendo por Derecho, conjunto de normas jurídicas,
creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de
incumplimiento. Es el tema muy importante de la materia Introducción al Estudio del
Derecho son las Normas y las Reglas que es una norma jurídica es una regla u ordenación
del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de
valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción.2
El derecho como norma de conducta coactiva surge ya desde las primeras civilizaciones con
una organización política, como las ubicadas en Mesopotamia, Fenicia, Palestina, Egipto,
Grecia. Los romanos fueron la primera y mayor civilización en dedicar sus mayores esfuerzos
a condicionar la generalidad de sus conductas, al imperio del derecho, como sus relaciones
de familia, el matrimonio, la adopción, la emancipación y la patria potestad; o las normas
patrimoniales del derecho civil, como los contratos y los derechos reales, donde los romanos
aún no han encontrado otra civilización que los alcance en profusión y creación jurídica. El
derecho romano fue un sistema normativo que rigió en la edad antigua y en la edad media,
en rama desde el año 753 a.c,. fecha de su fundación en la que nace como una pequeña aldea.3
El presente trabajo muestra una breve explicación de lo que es la Introducción al Estudio del
Derecho, se basa en la palabra derecho y todo lo que se puede entender de ésta, su relación
con otras ciencias, así como la diferencia, como el mismo tema lo dice la Introducción al
estudio de lo que es el derecho en todos sus aspectos y como se aplica. Nos introduciremos
a hablar sobre unas de sus ramas que son: Derecho público, Derecho privado, Derecho
Objetivo, Derecho subjetivo, Derecho Vigente, Derecho Positivo y el Derecho Natural su
definición, características y algunos ejemplos de cómo se presentan y desarrollan estos.
2
Diccionario jurídico 2018 http://diccionariojuridico.mx/definicion/derecho/
3
Floris Margadant Saavedra, Guillermo, El derecho privado romano. Porrúa, México, 30a.
edición, 2016.
Diversas acepciones de la palabra Derecho
Las acepciones de la palabra derecho principales son el Derecho público, Derecho privado,
Derecho Objetivo, Derecho subjetivo, Derecho Vigente, Derecho Positivo y el Derecho
Natural. La acepción proviene del latín directum que significa lo que está conforme a la regla.
II.-Derecho publico
En Roma el derecho público y el derecho privado se dividio en dos grandes partes: el derecho
público (ius publicum) y el derecho privado (ius pritatum). El primero, ius publicum,
comprendía el conjunto de normas que regulaban el gobierno del estado, la organización de
las magistraturas y el ius sacrum (r4eferente al culto y al sacerdocio); regulaba en concreto
las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos. El segundo, ius privatum, abarca
las normas tanto al derecho natural como del derecho de gentes y del derecho civil (ius
naturalis, ius Gentium e ius civile); en concreto regulaba las relaciones entre particulares. 4
El derecho público son las normas que regulan las actuaciones de los organismos del Estado
y las relaciones entre personas físicas o jurídicas de carácter privado con organismos de
la Administración Pública.5
La diferencia dentro del ordenamiento jurídico de normas de derecho privado y derecho
público fue establecida en derecho romano. El derecho público hacía referencia a cuestiones
del Estado romano y su forma de gobernar, como por ejemplo la forma de llegar a ser parte
del senado o establecer las funciones de las instituciones. Esta diferencia permanece en el
estudio de las normas jurídicas que rigen un Estado. Por una parte, las normas que organizan,
fiscalizan y regulan los organismos públicos y, por otra, las normas que regulan las relaciones
entre particulares privados. Las normas que constituyen el derecho público y que regulan la
función pública cumplen un fin esencial, el cual es proteger al ciudadano del abuso de poder
por parte del Estado.
4
Edgar Baqueiro rojas, & Rosalía Buenrostro Báez, r. (2014). Derecho civil, introducción y personas. México:
Oxford.
5
Álvarez Ledezma, Mario I., Introducción al derecho, McGraw-Hill, México, 2008.
Desarrollo
Desde mi punto de vista el derecho público son conjunto de normas que rigen las relaciones
con otros estados, rige también las relaciones entre los órganos del estado y las relaciones de
la sociedad cuando actúa como poder soberano. Es importante dar cuenta de que el Estado,
en todas las ocasiones, se posiciona en un lugar de soberanía con respecto a los individuos,
por lo que el derecho público es desde su origen una disciplina que plantea situaciones
desiguales, en donde se persigue la consecución de un interés público. Comenzare dando un
ejemplo sobre el tema ya mencionada:
La interpretación de lo establecido en la Constitución Nacional (derecho constitucional) para
determinar si se procedió correctamente o no en unos comicios presidenciales (derecho
electoral).
La revisión de los tratados internacionales de soberanía para mediar en un tercer país
en conflicto (derecho internacional público).
Defender a un trabajador al cual se le han violado sus derechos (derecho laboral).
Características del derecho público
Las características principales del derecho público son:
• Estas normas tienen la finalidad de organizar las instituciones públicas de un Estado.
• Velar por el interés general de los ciudadanos.
• Los particulares no pueden modificar las normas de este derecho público.
• Son normas impuestas para regir las relaciones entre particulares y organismos
públicos.
• Sus normas afectan a todos los ciudadanos y no a una relación particular.
• No prevalecen los pactos o acuerdos entre las partes, sino que las normas son
imperativas.
Tipos de normas
Los derechos tributarios, administrativos, penal o constitucional son una muestra de normas
del derecho público ya que regulan este tipo de materias:
• Definir y proteger derechos fundamentales.
• Establecer un sistema tributario.
• Establecer un sistema presupuestario.
• Regular los poderes del Estado.
• Regular la elección y funciones de los tribunales y jueces.
• Definir los delitos y sus penas correspondientes.
• Establecer el proceso judicial (plazos, recursos, etc).
III.- Derecho privado
El Derecho privado es el encargado de regular las relaciones entre los particulares, las cuales
son planteadas en su nombre y beneficio. El Derecho Privado se rige con las relaciones entre
particulares las que pueden ser de carácter familiar o patrimonial.6
Esta rama del derecho se rige por dos preceptos fundamentales, que son:
Autonomía de la voluntad: Estipula que las interacciones entre las personas, en la búsqueda
de sus propios intereses, se llevan a cabo de propia y libre voluntad, sin presencia de
coacciones, engaños, violencia u obligación. Sólo así podrán tener vigencia legal, siempre
que no contradigan lo establecido en ningún ordenamiento legal.
Igualdad ante la ley: En los actos privados los sujetos de derecho se someten al mismo
marco jurídico y se encuentran en un punto de igualdad ante la ley, es decir, ninguno escapa
a los designios de ésta ni puede exigir del otro nada sin un acuerdo de voluntades.
Ramas del derecho privado
El derecho privado comprende las siguientes ramas o categorías:
Derecho civil: Llamado también “derecho común”, regula las relaciones y transacciones
jurídicas entre las personas, así como lo que involucre a sus
derechos, libertades, patrimonios o transmisión de éstos.
Derecho comercial: Rige las transacciones comerciales y los intercambios de bienes
y servicios por dinero.
6
Morineau Iduarte, Martha e Iglesias González, Román. Derecho romano, Oxford, México 4a Edición, 2005,
páginas 31 y 32
Derecho laboral: Controla y ordena las relaciones entre patrones y trabajadores.
Derecho rural: Regula los asuntos de la vida en el campo y la producción agropecuaria.
Derecho internacional privado: Regula las transacciones comerciales que se producen
entre Estados y particulares de otras naciones, o entre dos Estados actuando como
particulares.
Desde mi punto de vista el Derecho privado le compete, entre muchas cosas, marcar los
hechos más importantes de la vida de una persona, la cual ha adquirido personalidad jurídica,
así como el de las personas morales. Se dice que el derecho privado está regido por el
principio de libertad. En este sentido cuando hablamos del testamento y el arrendamiento nos
referimos al derecho privado, privado por la materia que nos referimos a cosas y asunto
privado por su fuente, entonces entendemos que el testamento y el contrato son negocios
particulares, es decir privado por el conocimiento que se tiene de esos actos, porque se
otorgan y celebran en privado.
IV.-Derecho Objetivo
Para comenzar abordaré el tema del derecho objetivo Podríamos decir que el derecho como
concepto tiende a estar caracterizado por un conjunto de reglamentaciones y reglas que
buscan regir al hombre cuando este vive en sociedad. Desde tiempos pasados el hombre ha
experimentado cambios que le han permitido subsistir hasta nuestros días, puesto que de
forma natural el hombre es un ser político, es decir, tiene que relacionarse con los demás
individuos para poder solevantar sus necesidades básicas, y derivado de esto, los hombres se
vieron en la necesidad de crear un orden jurídico que regulara el actuar de cada individuo.
El Derecho objetivo son las normas jurídicas que prescribe una obligación y el derecho
subjetivo q es la facultad que posee el individuo de hacer valer los derechos. El Derecho
objetivo puede ser definido de la siguiente manera: como el conjunto de normas jurídicas que
forman el aparato jurídico de un Estado, es decir, el conjunto de preceptos de derecho que
constituyen todos los códigos de un Estado.
El derecho objetivo se refiere a aquella norma de ley que prescribe una obligación, esto se
detecta al aplicarle la estructura jurídica a la norma. El derecho en su sentido objetivo es un
conjunto de normas y reglas que impone deberes. así como la norma impone deberes, también
concede la facultad de exigir el cumplimiento del precepto jurídico, esto es, el derecho en
sentido subjetivo. Tenemos entonces que el derecho objetivo es la norma o el conjunto de
normas, y el derecho subjetivo es la facultad que se tiene para exigir el cumplimiento de la
norma.7
El Derecho objetivo según el autor García Máynez es “un conjunto de normas jurídicas, que
son preceptos imperativo- atributivos”, es decir, son reglas jurídicas que imponen derechos
y obligaciones, puesto que frente al obligado por la norma jurídica siempre existe otra
persona facultada para exigirle el cumplimiento de dicho mandato. El derecho objetivo tiene
dos connotaciones, una como derecho natural y otra como derecho positivo. Al primero lo
conforman, “aquellos principios y normas que rigen la conducta social de los hombres por
estar impresos en la naturaleza humana y conformarse al orden natural de las cosas”. Por su
parte, el derecho positivo es el conjunto de normas que cumplen con los procedimientos de
su elaboración en un país determinado.
V.- Derecho Subjetivo
De manera general podemos definir al derecho subjetivo como las facultades que el
ordenamiento jurídico le reconoce a un individuo o a las personas con la finalidad de que
exijan un cumplimiento determinado, o una abstención, que constituye para estos un deber
jurídico u obligación. Mencionare la definición mas completa del autor García Máynez:
define al Derecho subjetivo como “la posibilidad de hacer u omitir lícitamente algo, atribuida
a una persona o a su representante como consecuencias de un hecho jurídico, y correlativa
del deber, impuesto a otra u otras, de observar la conducta que hace posible el ejercicio del
derecho y permite el goce de las ventajas que del cumplimiento de tal deber derivan para el
titular”.
Es una situación que permite a la persona obrar justamente de una determinada forma, desde
mi punto de vista el Derecho subjetivo entiendo de la siguiente forma: Como la facultad o
poder que posee un individuo para ejercer sus propios derechos, limitar la conducta de los
demás o tener el privilegio de exigir la obligación de otro individuo en base a la norma
7 García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2011 pag36
jurídica. Derivado de la anterior definición concluyo que el derecho subjetivo posee dos
elementos esenciales.
VI.- derecho vigente
Esta presente investigación explicaré a detalle cual es la relación entre Derecho Vigente y
Derecho Positivo, a su vez tratar de explicar por qué se le considera un sinónimo ambos
términos y tras la investigación. En el transcurso de dicha investigación se tratará de llevar
cierto orden para que primero se logre entender cuál es el significado de cada uno para así
mismo poder hacer una relación entre ambos y poder comprender qué relación tienen.
Como el punto numero uno hablare sobre el derecho vigente es el conjunto de normas
imperativo atributivas que, en una cierta época y un país determinado, la autoridad política
declara obligatorias. El derecho vigente está integrado tanto por las reglas de origen
consuetudinario que el poder público reconoce, como por los preceptos que formula. La
vigencia deriva siempre de una serie de supuestos, los que son diferentes en las distintas
legislaciones. En este el derecho vigente es políticamente reconocido, es decir, el que el
Estado crea o aplica por medio de sus órganos.8
El derecho vigente sustituye, valga la redundancia, al que en otro tiempo fue vigente y se
opone a aquel que pasa a ser derogado. Este orden jurídico que permanece en vigencia abarca
todo el conjunto de normativas existentes que, por diferentes motivos, momento histórico y
país o nación, son promulgados por la clase política y declarados como necesarios o
imperativos. Todas las normativas están reguladas por el código consuetudinario que los
poderes públicos asumen y admiten. Esto quiere decir que todo depende de las circunstancias
sociales o la norma social que se genera en ese momento.
Características del derecho vigente
• El factor tiempo. Su vigencia está limitada en ejecución y acción. Dependen de un
tiempo determinado y un lugar concreto.
• No todo derecho vigente es positivo ni todo derecho positivo es vigente. Ya que el
derecho positivo pueden ser un conjunto de normas que hoy en día no se aplican. Al
8
García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.37 derecho
positivo/derecho vigente.
mismo tiempo, el derecho vigente puede no existir para regular una situación y hay
que recurrir al vigente.
• Su validez depende de los requisitos que debe cumplir, establecidos por las
normativas que lo rigen. En muchas ocasiones su validez viene determinada en la
propia promulgación de la norma.
• Es reconocido por el Estado ya que se crea a través de los distintos órganos que lo
conforman como el poder político a través de las cámaras, en el caso de una
democracia. Son leyes o normativas tradicionales, impuestas por el orden jurídico de
una nación que se consensuan a través de diferentes acuerdos sociales.
VII.- Derecho Positivo
el derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía por el
órgano estatal que ejerza la función legislativa. El derecho positivo puede ser de
aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población
determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No solo
se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre
escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.).
En otras palabras, se entiende que el derecho positivo es el derecho que está escrito a
diferencia del derecho natural (inherente al ser humano) y del consuetudinario (dictado por
la costumbre), el derecho positivo es impuesto colectivamente a favor de normar la
convivencia de las personas, sancionado por las instituciones del Estado conforme a lo
establecido en un código común un cuerpo de leyes escritas que, a su vez, pueden ser
cambiadas por consenso. Se trata de leyes fundamentadas en un pacto jurídico y social.
Derecho positivo vigente
El derecho positivo se caracteriza por gozar o carecer de vigencia. Es decir, si tiene vigencia
es porque la ley rige en la actualidad, y aún no ha sido derogada por otra ley, por lo cual todos
los ciudadanos están sujetos s su cumplimiento. Si por el contrario una ley carece de vigencia
quiere decir que es derogada por otra, por lo tanto, su cumplimiento no es obligatorio en
virtud de la existencia de la nueva ley, la cual goza de vigencia y su incumplimiento es
reprochable.
A continuación, presentaré diferentes ejemplos de aplicación del derecho positivo y su
finalidad.
Constituciones nacionales: Tienen la finalidad describir el marco legal sobre el cual es
regido un país. Por ejemplo, expone las funciones de los poderes públicos, las obligaciones
del Estado con los ciudadanos, así como las demás normas destinadas para el buen desarrollo
político, económico, social y cultural de un país.
Derecho a la educación pública: Se refiere al derecho que deben tener garantizados todos
los ciudadanos para tener acceso a la educación pública primaria, secundaria y universitaria
financiada por el Estado.
Códigos penales: Son una serie de leyes que estipulan los procesos judiciales y penales que
se corresponden ante cualquier delito, bien sea de menor o mayor grado. Por ejemplo,
agresiones, robos, homicidios, entre otros.
Documentos legales: Se refiere una serie de documentos que deben ser legalizados como las
partidas de nacimiento, actas de matrimonio, actas de defunción, actas de divorcio, entre
otros, los cuales al cambiar modifican el estado civil de los ciudadanos y sus
responsabilidades ante la ley.
Desde mi punto de vista el derecho positivo se puede entender que esta basada en el
positivismo, corriente filosófico-jurídica que considera que el único derecho válido es el que
ha sido creado por el ser humano. El hombre ha creado el Estado y en él ha constituido los
poderes en los que se manifestará la soberanía; el poder legislativo es quien originariamente
crea el derecho, mediante las leyes. El iusnaturalismo sostiene una tesis opuesta, según la
cual el derecho es único, anterior y superior al hombre, sustentado en valores supremos a los
cuales el ser humano puede aspirar mediante la razón.
El jurista Hans Kelsen en su aporte del derecho consideraba a la moral como parte de la
justicia, (que es uno de los fines del derecho); así, en su Teoría pura del Derecho dijo en tanto
la justicia es una exigencia de la moral, la relación entre moral y derecho queda comprendida
en la relación entre justicia y derecho. En ese entonces Hans Kelsen enseña en su obra que la
capacidad de ser justos que tienen los hombres, cuya carencia conduce a introducir el derecho
positivo en lugar del derecho natural, es tan solo una subjetivación de un
principio objetivo de justicia y no una cualidad que pueda establecerse empíricamente.9
VIII.- derecho natural
García Máynez, nos define el Derecho Natural como "un orden intrínsecamente justo, que
existe al lado o por encima del positivo… la regulación justa de cualquier situación concreta,
presente o venidera, y admite, por ende, la variedad, de contenidos del mismo Derecho, en
relación con las condiciones y exigencias. Ley natural, dice Eduardo García Máynez, es un
juicio que expresa relaciones constantes entre fenómenos. Norma de conducta es, en cambio,
una regla de comportamiento que impone deberes o confiere derechos; tienen en común que
ambas son producto del pensamiento del hombre.10
Entonces el derecho natural entendemos que es considerado como una de las fuentes del
derecho, junto a la costumbre (consuetudinario) y al derecho escrito (positivo), en mi punto
de vista en el derecho natural se pude decir que nacen junto con el ser humano, y por ende
son la base de los Derechos Humanos Universales como los entendemos hoy en día.
Derecho natural y Derecho positivo
• El Derecho natural y Derecho positivo posee como semejanza en que ambos son
conjunto de normas justas, reguladoras de la conducta humana. Pero a pesar de ello,
existe una diferencia entre estos dos sistemas:
• El Derecho natural, son un conjunto de valores o principios que se encuentran en la
naturaleza y conciencia del hombre. Por su parte, el Derecho positivo, son normas
dictadas por el Estado con el objetivo de regular la conducta del hombre en sociedad.
• El Derecho natural es universal y eterno. En cambio, el Derecho positivo es temporal
ya que este se adapta a los cambios de la sociedad, y rige a una sociedad determinada.
• El Derecho natural limita al Derecho Positivo, ya que paraliza al Derecho positivo en
el caso de contradecirlo, por ser una ley injusta, y al mismo tiempo lo orienta en su
creación.
9
Hans Kelsen teoría del derecho introducción al derecho McGraw-Hill, México, 2008. Pag 89
10
García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.40 derecho
positivo y natural
Mencionaré algunos ejemplos de derecho natural son:
Los derechos humanos contemporáneos: Ninguna ley del planeta puede contravenir
legalmente los derechos humanos, como son el derecho a la vida, a la educación, a tener un
nombre y una nacionalidad, a un justo proceso en caso de cometer algún crimen o a una
legítima defensa.
Los mandamientos católicos: En alguna época en que la Iglesia Católica controló jurídica
y políticamente a Occidente, lo hizo a través de sus leyes religiosas, que eran tenidas como
leyes naturales del humano, es decir, leyes divinas dictadas por Dios en el corazón mismo de
la gente.
Las leyes divinas de la antigüedad: Cuando las culturas ancestrales, como la helénica,
acudían a las leyes de sus dioses, éstas estaban por encima de Reyes y otras consideraciones
terrenas. Por ejemplo, Zeus el dios Griego protegía a los mensajeros, y se consideraba una
afrenta al Dios Padre matar al que trajera malas noticias.
Entendemos que la naturaleza ha hecho a los hombres libres e iguales; entre los derechos
naturales de los hombres se encuentra la libertad de todas sus opiniones y pensamientos, el
cuidado de su vida, el derecho a la propiedad, la disposición que sólo los hombres tienen
sobre su persona. El ejercicio de estos derechos naturales no tiene más límites que aquéllos
que aseguren su goce a los demás miembros de la sociedad, y son considerados como
universales inalienables e incondicionales.
IX.- conclusión
El trabajo de investigación realizado sobre las principales acepciones de la palabra derecho
son el derecho objetivo, subjetivo, positivo, natural, vigente, público y privado. El derecho es
un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos que se generan en la sociedad, la
acepción significa lo que está conforme a la regla.
Cabe destacar que el derecho está en todas partes y en cada una de las etapas de la sociedad,
así como en la vida de cada persona establece las pautas de comportamiento para la vida
humana en sociedad, tomando siempre en consideración la cultura y los principios bajo los
cuales se rige cada sociedad, mismos que se plasman en las normas jurídicas.
La conclusión general de esta investigación tiene objetivo de impartir información conocer
sobre las diferentes acepciones del derecho ya que es muy importante en nuestra vida
cotidiana y en la sociedad. Las ramas del derecho es muy importante conocer sobre la relación
con otras ciencias porque nos permite comprender la relación interdisciplinaria que tiene con
las demás ramas del derecho. Ya que en el derecho público y privado surge precisamente de
la división de estos, la importancia de tal distinción es porque tiene un carácter funcional en
cuanto permite la determinación y calificación del sector del ordenamiento aplicable a las
relaciones jurídicas, la fijación de los órganos.
El derecho positivo tiene validez tanto en el presente, como en el futuro, así como lo tuvo en
el pasado. De ahí que se diferencie del derecho vigente, el cual posee un tiempo determinado
de durabilidad y aplicación. El derecho natural prescribe conductas que se consideran
valiosas y positivas en sí es universal y eterno, mientras el derecho positivo regula conductas
que son normas dictadas por el Estado con el objetivo de regular la conducta del hombre en
sociedad.
Para terminar de concluir las diferentes acepciones de la palabra derecho pude comprender
el concepto de derecho, así como su historia, dado que la historia y las diferentes ramas y
características de cada una de ellas, es importante saber también de donde y como se aplica
el derecho, de tal manera en la materia se explican las principales características de las
diferentes disciplinas del tema ya mencionada. También pude comprender que, al hablar de
derecho, se tiene que entender los conceptos de leyes y normas, ya que el derecho son un
conjunto de normas. Al hablar del Derecho, significa comprenderlo en toda la extensión de
la palabra, desde su significado hasta como se puede, y donde se puede aplicar.
X.- Bibliografía
Alumno 1º D/Facultad de Derecho Campus III, Universidad Autónoma de Chiapas/Nociones del
Derecho
Álvarez Ledezma, Mario I., Introducción al derecho, McGraw-Hill, México, 2008. Pag 137
Diccionario jurídico 2018 http://diccionariojuridico.mx/definicion/derecho/
Edgar Baqueiro rojas, & Rosalía Buenrostro Báez, r. (2014). Derecho civil, introducción y personas. México:
Oxford.
Floris Margadant Saavedra, Guillermo, El derecho privado romano. Porrúa, México, 30a. edición,
2016.
García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2011 pag 36 derecho objetivo
García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.37 derecho
positivo/derecho vigente.
García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.40 derecho
positivo y natural
Hans Kelsenteoria del derecho introducción al derecho McGraw-Hill, México, 2008. Pag 89
Morineau Iduarte, Martha e Iglesias González, Román. Derecho romano, Oxford, México 4a Edición, 2005,
páginas 31 y 32

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Introducción al derecho: las principales acepciones

  • 1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIAPAS FACULTAD DE DERECHO CAMPUS III SAN CRISTÓBAL DE LAS CHIAPAS SEMESTRE 1 GRUPO D MATERIA: NOCIONES DEL DERECHO DOCENTE: MTRO. BALLARDO EDUARDO MOLINA HERNÁNDEZ ACTIVIDAD ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE INVESTIGACIÓN LAS PRINCIPALES ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO DERECHO PÚBLICO, DERECHO PRIVADO, DERECHO OBJETIVO, DERECHO SUBJETIVO, DERECHO VIGENTE, DERECHO POSITIVO Y EL DERECHO NATURAL ALUMNO: JUAN LÓPEZ HERNÁNDEZ 18 de junio de 2021
  • 2. Introducción al estudio del derecho Juan López Hernández 1 Sumario: I.- introducción; II.- Derecho Público; III.- Derecho Privado; IV.-Derecho Objetivo; V.-Derecho subjetivo; VI.- Derecho Vigente; VII.-Derecho Positivo; VIII.- Derecho Natural; IX.-Conclusión; X.-Bibliografía Resumen En este presente trabajo de investigación hablaré sobre las diferentes ramas del derecho y es una suma importancia del ser humano ya que sienta las bases filosóficas que nos permite comprender la relación interdisciplinaria que tiene con las demás ramas del derecho. Los seres humanos están plenamente impregnada, llena de juridicidad, ya que en nuestra vida cotidiana llevamos a cabo hechos y actos jurídicos. Cabe destacar que el derecho está en todas partes y en cada una de las etapas de la sociedad, así como en la vida de cada persona establece las pautas de comportamiento para la vida humana en sociedad, tomando siempre en consideración la cultura y los principios bajo los cuales se rige cada sociedad, mismos que se plasman en las normas jurídicas. El derecho tiene una gran importancia de conocer y diferenciar con otras ciencias, la ciencia en general tiene la misma relación con la ciencia jurídica, filosofía, sociología y dogmática jurídica. Palabras clave: libertad, igualdad, potestad jurídica, jurisprudencia, reconocimiento histórico, administración pública, religión, derecho laboral, derecho rural y derechos humanos. I.-Introducción Para comenzar esta investigación, primeramente, atenderemos a la definición nominal del Derecho, el vocablo “derecho” toma su origen de la voz latina directum, que significa lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma. La voz latina ius, con la que se designó en Roma al derecho, no es sino una contracción de iussum, participio del verbo jubere, que significa mandar, la definición del Derecho en general, podemos definir de la siguiente manera: 1 Alumno 1º D/Facultad de Derecho Campus III, Universidad Autónoma de Chiapas/Nociones del Derecho
  • 3. el derecho es un conjunto de normas jurídicas las cuales le permiten regirse los seres humanos que establecen las bases de convivencia social la cual funciona de forma coactiva por parte de un poder público, con el fin de alcanzar bien común, igualdad, libertad, certeza, justicia y seguridad ciudadana. En general se entiendo por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento. Es el tema muy importante de la materia Introducción al Estudio del Derecho son las Normas y las Reglas que es una norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción.2 El derecho como norma de conducta coactiva surge ya desde las primeras civilizaciones con una organización política, como las ubicadas en Mesopotamia, Fenicia, Palestina, Egipto, Grecia. Los romanos fueron la primera y mayor civilización en dedicar sus mayores esfuerzos a condicionar la generalidad de sus conductas, al imperio del derecho, como sus relaciones de familia, el matrimonio, la adopción, la emancipación y la patria potestad; o las normas patrimoniales del derecho civil, como los contratos y los derechos reales, donde los romanos aún no han encontrado otra civilización que los alcance en profusión y creación jurídica. El derecho romano fue un sistema normativo que rigió en la edad antigua y en la edad media, en rama desde el año 753 a.c,. fecha de su fundación en la que nace como una pequeña aldea.3 El presente trabajo muestra una breve explicación de lo que es la Introducción al Estudio del Derecho, se basa en la palabra derecho y todo lo que se puede entender de ésta, su relación con otras ciencias, así como la diferencia, como el mismo tema lo dice la Introducción al estudio de lo que es el derecho en todos sus aspectos y como se aplica. Nos introduciremos a hablar sobre unas de sus ramas que son: Derecho público, Derecho privado, Derecho Objetivo, Derecho subjetivo, Derecho Vigente, Derecho Positivo y el Derecho Natural su definición, características y algunos ejemplos de cómo se presentan y desarrollan estos. 2 Diccionario jurídico 2018 http://diccionariojuridico.mx/definicion/derecho/ 3 Floris Margadant Saavedra, Guillermo, El derecho privado romano. Porrúa, México, 30a. edición, 2016.
  • 4. Diversas acepciones de la palabra Derecho Las acepciones de la palabra derecho principales son el Derecho público, Derecho privado, Derecho Objetivo, Derecho subjetivo, Derecho Vigente, Derecho Positivo y el Derecho Natural. La acepción proviene del latín directum que significa lo que está conforme a la regla. II.-Derecho publico En Roma el derecho público y el derecho privado se dividio en dos grandes partes: el derecho público (ius publicum) y el derecho privado (ius pritatum). El primero, ius publicum, comprendía el conjunto de normas que regulaban el gobierno del estado, la organización de las magistraturas y el ius sacrum (r4eferente al culto y al sacerdocio); regulaba en concreto las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos. El segundo, ius privatum, abarca las normas tanto al derecho natural como del derecho de gentes y del derecho civil (ius naturalis, ius Gentium e ius civile); en concreto regulaba las relaciones entre particulares. 4 El derecho público son las normas que regulan las actuaciones de los organismos del Estado y las relaciones entre personas físicas o jurídicas de carácter privado con organismos de la Administración Pública.5 La diferencia dentro del ordenamiento jurídico de normas de derecho privado y derecho público fue establecida en derecho romano. El derecho público hacía referencia a cuestiones del Estado romano y su forma de gobernar, como por ejemplo la forma de llegar a ser parte del senado o establecer las funciones de las instituciones. Esta diferencia permanece en el estudio de las normas jurídicas que rigen un Estado. Por una parte, las normas que organizan, fiscalizan y regulan los organismos públicos y, por otra, las normas que regulan las relaciones entre particulares privados. Las normas que constituyen el derecho público y que regulan la función pública cumplen un fin esencial, el cual es proteger al ciudadano del abuso de poder por parte del Estado. 4 Edgar Baqueiro rojas, & Rosalía Buenrostro Báez, r. (2014). Derecho civil, introducción y personas. México: Oxford. 5 Álvarez Ledezma, Mario I., Introducción al derecho, McGraw-Hill, México, 2008. Desarrollo
  • 5. Desde mi punto de vista el derecho público son conjunto de normas que rigen las relaciones con otros estados, rige también las relaciones entre los órganos del estado y las relaciones de la sociedad cuando actúa como poder soberano. Es importante dar cuenta de que el Estado, en todas las ocasiones, se posiciona en un lugar de soberanía con respecto a los individuos, por lo que el derecho público es desde su origen una disciplina que plantea situaciones desiguales, en donde se persigue la consecución de un interés público. Comenzare dando un ejemplo sobre el tema ya mencionada: La interpretación de lo establecido en la Constitución Nacional (derecho constitucional) para determinar si se procedió correctamente o no en unos comicios presidenciales (derecho electoral). La revisión de los tratados internacionales de soberanía para mediar en un tercer país en conflicto (derecho internacional público). Defender a un trabajador al cual se le han violado sus derechos (derecho laboral). Características del derecho público Las características principales del derecho público son: • Estas normas tienen la finalidad de organizar las instituciones públicas de un Estado. • Velar por el interés general de los ciudadanos. • Los particulares no pueden modificar las normas de este derecho público. • Son normas impuestas para regir las relaciones entre particulares y organismos públicos. • Sus normas afectan a todos los ciudadanos y no a una relación particular. • No prevalecen los pactos o acuerdos entre las partes, sino que las normas son imperativas. Tipos de normas Los derechos tributarios, administrativos, penal o constitucional son una muestra de normas del derecho público ya que regulan este tipo de materias: • Definir y proteger derechos fundamentales.
  • 6. • Establecer un sistema tributario. • Establecer un sistema presupuestario. • Regular los poderes del Estado. • Regular la elección y funciones de los tribunales y jueces. • Definir los delitos y sus penas correspondientes. • Establecer el proceso judicial (plazos, recursos, etc). III.- Derecho privado El Derecho privado es el encargado de regular las relaciones entre los particulares, las cuales son planteadas en su nombre y beneficio. El Derecho Privado se rige con las relaciones entre particulares las que pueden ser de carácter familiar o patrimonial.6 Esta rama del derecho se rige por dos preceptos fundamentales, que son: Autonomía de la voluntad: Estipula que las interacciones entre las personas, en la búsqueda de sus propios intereses, se llevan a cabo de propia y libre voluntad, sin presencia de coacciones, engaños, violencia u obligación. Sólo así podrán tener vigencia legal, siempre que no contradigan lo establecido en ningún ordenamiento legal. Igualdad ante la ley: En los actos privados los sujetos de derecho se someten al mismo marco jurídico y se encuentran en un punto de igualdad ante la ley, es decir, ninguno escapa a los designios de ésta ni puede exigir del otro nada sin un acuerdo de voluntades. Ramas del derecho privado El derecho privado comprende las siguientes ramas o categorías: Derecho civil: Llamado también “derecho común”, regula las relaciones y transacciones jurídicas entre las personas, así como lo que involucre a sus derechos, libertades, patrimonios o transmisión de éstos. Derecho comercial: Rige las transacciones comerciales y los intercambios de bienes y servicios por dinero. 6 Morineau Iduarte, Martha e Iglesias González, Román. Derecho romano, Oxford, México 4a Edición, 2005, páginas 31 y 32
  • 7. Derecho laboral: Controla y ordena las relaciones entre patrones y trabajadores. Derecho rural: Regula los asuntos de la vida en el campo y la producción agropecuaria. Derecho internacional privado: Regula las transacciones comerciales que se producen entre Estados y particulares de otras naciones, o entre dos Estados actuando como particulares. Desde mi punto de vista el Derecho privado le compete, entre muchas cosas, marcar los hechos más importantes de la vida de una persona, la cual ha adquirido personalidad jurídica, así como el de las personas morales. Se dice que el derecho privado está regido por el principio de libertad. En este sentido cuando hablamos del testamento y el arrendamiento nos referimos al derecho privado, privado por la materia que nos referimos a cosas y asunto privado por su fuente, entonces entendemos que el testamento y el contrato son negocios particulares, es decir privado por el conocimiento que se tiene de esos actos, porque se otorgan y celebran en privado. IV.-Derecho Objetivo Para comenzar abordaré el tema del derecho objetivo Podríamos decir que el derecho como concepto tiende a estar caracterizado por un conjunto de reglamentaciones y reglas que buscan regir al hombre cuando este vive en sociedad. Desde tiempos pasados el hombre ha experimentado cambios que le han permitido subsistir hasta nuestros días, puesto que de forma natural el hombre es un ser político, es decir, tiene que relacionarse con los demás individuos para poder solevantar sus necesidades básicas, y derivado de esto, los hombres se vieron en la necesidad de crear un orden jurídico que regulara el actuar de cada individuo. El Derecho objetivo son las normas jurídicas que prescribe una obligación y el derecho subjetivo q es la facultad que posee el individuo de hacer valer los derechos. El Derecho objetivo puede ser definido de la siguiente manera: como el conjunto de normas jurídicas que forman el aparato jurídico de un Estado, es decir, el conjunto de preceptos de derecho que constituyen todos los códigos de un Estado. El derecho objetivo se refiere a aquella norma de ley que prescribe una obligación, esto se detecta al aplicarle la estructura jurídica a la norma. El derecho en su sentido objetivo es un conjunto de normas y reglas que impone deberes. así como la norma impone deberes, también
  • 8. concede la facultad de exigir el cumplimiento del precepto jurídico, esto es, el derecho en sentido subjetivo. Tenemos entonces que el derecho objetivo es la norma o el conjunto de normas, y el derecho subjetivo es la facultad que se tiene para exigir el cumplimiento de la norma.7 El Derecho objetivo según el autor García Máynez es “un conjunto de normas jurídicas, que son preceptos imperativo- atributivos”, es decir, son reglas jurídicas que imponen derechos y obligaciones, puesto que frente al obligado por la norma jurídica siempre existe otra persona facultada para exigirle el cumplimiento de dicho mandato. El derecho objetivo tiene dos connotaciones, una como derecho natural y otra como derecho positivo. Al primero lo conforman, “aquellos principios y normas que rigen la conducta social de los hombres por estar impresos en la naturaleza humana y conformarse al orden natural de las cosas”. Por su parte, el derecho positivo es el conjunto de normas que cumplen con los procedimientos de su elaboración en un país determinado. V.- Derecho Subjetivo De manera general podemos definir al derecho subjetivo como las facultades que el ordenamiento jurídico le reconoce a un individuo o a las personas con la finalidad de que exijan un cumplimiento determinado, o una abstención, que constituye para estos un deber jurídico u obligación. Mencionare la definición mas completa del autor García Máynez: define al Derecho subjetivo como “la posibilidad de hacer u omitir lícitamente algo, atribuida a una persona o a su representante como consecuencias de un hecho jurídico, y correlativa del deber, impuesto a otra u otras, de observar la conducta que hace posible el ejercicio del derecho y permite el goce de las ventajas que del cumplimiento de tal deber derivan para el titular”. Es una situación que permite a la persona obrar justamente de una determinada forma, desde mi punto de vista el Derecho subjetivo entiendo de la siguiente forma: Como la facultad o poder que posee un individuo para ejercer sus propios derechos, limitar la conducta de los demás o tener el privilegio de exigir la obligación de otro individuo en base a la norma 7 García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2011 pag36
  • 9. jurídica. Derivado de la anterior definición concluyo que el derecho subjetivo posee dos elementos esenciales. VI.- derecho vigente Esta presente investigación explicaré a detalle cual es la relación entre Derecho Vigente y Derecho Positivo, a su vez tratar de explicar por qué se le considera un sinónimo ambos términos y tras la investigación. En el transcurso de dicha investigación se tratará de llevar cierto orden para que primero se logre entender cuál es el significado de cada uno para así mismo poder hacer una relación entre ambos y poder comprender qué relación tienen. Como el punto numero uno hablare sobre el derecho vigente es el conjunto de normas imperativo atributivas que, en una cierta época y un país determinado, la autoridad política declara obligatorias. El derecho vigente está integrado tanto por las reglas de origen consuetudinario que el poder público reconoce, como por los preceptos que formula. La vigencia deriva siempre de una serie de supuestos, los que son diferentes en las distintas legislaciones. En este el derecho vigente es políticamente reconocido, es decir, el que el Estado crea o aplica por medio de sus órganos.8 El derecho vigente sustituye, valga la redundancia, al que en otro tiempo fue vigente y se opone a aquel que pasa a ser derogado. Este orden jurídico que permanece en vigencia abarca todo el conjunto de normativas existentes que, por diferentes motivos, momento histórico y país o nación, son promulgados por la clase política y declarados como necesarios o imperativos. Todas las normativas están reguladas por el código consuetudinario que los poderes públicos asumen y admiten. Esto quiere decir que todo depende de las circunstancias sociales o la norma social que se genera en ese momento. Características del derecho vigente • El factor tiempo. Su vigencia está limitada en ejecución y acción. Dependen de un tiempo determinado y un lugar concreto. • No todo derecho vigente es positivo ni todo derecho positivo es vigente. Ya que el derecho positivo pueden ser un conjunto de normas que hoy en día no se aplican. Al 8 García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.37 derecho positivo/derecho vigente.
  • 10. mismo tiempo, el derecho vigente puede no existir para regular una situación y hay que recurrir al vigente. • Su validez depende de los requisitos que debe cumplir, establecidos por las normativas que lo rigen. En muchas ocasiones su validez viene determinada en la propia promulgación de la norma. • Es reconocido por el Estado ya que se crea a través de los distintos órganos que lo conforman como el poder político a través de las cámaras, en el caso de una democracia. Son leyes o normativas tradicionales, impuestas por el orden jurídico de una nación que se consensuan a través de diferentes acuerdos sociales. VII.- Derecho Positivo el derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía por el órgano estatal que ejerza la función legislativa. El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No solo se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.). En otras palabras, se entiende que el derecho positivo es el derecho que está escrito a diferencia del derecho natural (inherente al ser humano) y del consuetudinario (dictado por la costumbre), el derecho positivo es impuesto colectivamente a favor de normar la convivencia de las personas, sancionado por las instituciones del Estado conforme a lo establecido en un código común un cuerpo de leyes escritas que, a su vez, pueden ser cambiadas por consenso. Se trata de leyes fundamentadas en un pacto jurídico y social. Derecho positivo vigente El derecho positivo se caracteriza por gozar o carecer de vigencia. Es decir, si tiene vigencia es porque la ley rige en la actualidad, y aún no ha sido derogada por otra ley, por lo cual todos los ciudadanos están sujetos s su cumplimiento. Si por el contrario una ley carece de vigencia quiere decir que es derogada por otra, por lo tanto, su cumplimiento no es obligatorio en virtud de la existencia de la nueva ley, la cual goza de vigencia y su incumplimiento es reprochable.
  • 11. A continuación, presentaré diferentes ejemplos de aplicación del derecho positivo y su finalidad. Constituciones nacionales: Tienen la finalidad describir el marco legal sobre el cual es regido un país. Por ejemplo, expone las funciones de los poderes públicos, las obligaciones del Estado con los ciudadanos, así como las demás normas destinadas para el buen desarrollo político, económico, social y cultural de un país. Derecho a la educación pública: Se refiere al derecho que deben tener garantizados todos los ciudadanos para tener acceso a la educación pública primaria, secundaria y universitaria financiada por el Estado. Códigos penales: Son una serie de leyes que estipulan los procesos judiciales y penales que se corresponden ante cualquier delito, bien sea de menor o mayor grado. Por ejemplo, agresiones, robos, homicidios, entre otros. Documentos legales: Se refiere una serie de documentos que deben ser legalizados como las partidas de nacimiento, actas de matrimonio, actas de defunción, actas de divorcio, entre otros, los cuales al cambiar modifican el estado civil de los ciudadanos y sus responsabilidades ante la ley. Desde mi punto de vista el derecho positivo se puede entender que esta basada en el positivismo, corriente filosófico-jurídica que considera que el único derecho válido es el que ha sido creado por el ser humano. El hombre ha creado el Estado y en él ha constituido los poderes en los que se manifestará la soberanía; el poder legislativo es quien originariamente crea el derecho, mediante las leyes. El iusnaturalismo sostiene una tesis opuesta, según la cual el derecho es único, anterior y superior al hombre, sustentado en valores supremos a los cuales el ser humano puede aspirar mediante la razón. El jurista Hans Kelsen en su aporte del derecho consideraba a la moral como parte de la justicia, (que es uno de los fines del derecho); así, en su Teoría pura del Derecho dijo en tanto la justicia es una exigencia de la moral, la relación entre moral y derecho queda comprendida en la relación entre justicia y derecho. En ese entonces Hans Kelsen enseña en su obra que la capacidad de ser justos que tienen los hombres, cuya carencia conduce a introducir el derecho
  • 12. positivo en lugar del derecho natural, es tan solo una subjetivación de un principio objetivo de justicia y no una cualidad que pueda establecerse empíricamente.9 VIII.- derecho natural García Máynez, nos define el Derecho Natural como "un orden intrínsecamente justo, que existe al lado o por encima del positivo… la regulación justa de cualquier situación concreta, presente o venidera, y admite, por ende, la variedad, de contenidos del mismo Derecho, en relación con las condiciones y exigencias. Ley natural, dice Eduardo García Máynez, es un juicio que expresa relaciones constantes entre fenómenos. Norma de conducta es, en cambio, una regla de comportamiento que impone deberes o confiere derechos; tienen en común que ambas son producto del pensamiento del hombre.10 Entonces el derecho natural entendemos que es considerado como una de las fuentes del derecho, junto a la costumbre (consuetudinario) y al derecho escrito (positivo), en mi punto de vista en el derecho natural se pude decir que nacen junto con el ser humano, y por ende son la base de los Derechos Humanos Universales como los entendemos hoy en día. Derecho natural y Derecho positivo • El Derecho natural y Derecho positivo posee como semejanza en que ambos son conjunto de normas justas, reguladoras de la conducta humana. Pero a pesar de ello, existe una diferencia entre estos dos sistemas: • El Derecho natural, son un conjunto de valores o principios que se encuentran en la naturaleza y conciencia del hombre. Por su parte, el Derecho positivo, son normas dictadas por el Estado con el objetivo de regular la conducta del hombre en sociedad. • El Derecho natural es universal y eterno. En cambio, el Derecho positivo es temporal ya que este se adapta a los cambios de la sociedad, y rige a una sociedad determinada. • El Derecho natural limita al Derecho Positivo, ya que paraliza al Derecho positivo en el caso de contradecirlo, por ser una ley injusta, y al mismo tiempo lo orienta en su creación. 9 Hans Kelsen teoría del derecho introducción al derecho McGraw-Hill, México, 2008. Pag 89 10 García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.40 derecho positivo y natural
  • 13. Mencionaré algunos ejemplos de derecho natural son: Los derechos humanos contemporáneos: Ninguna ley del planeta puede contravenir legalmente los derechos humanos, como son el derecho a la vida, a la educación, a tener un nombre y una nacionalidad, a un justo proceso en caso de cometer algún crimen o a una legítima defensa. Los mandamientos católicos: En alguna época en que la Iglesia Católica controló jurídica y políticamente a Occidente, lo hizo a través de sus leyes religiosas, que eran tenidas como leyes naturales del humano, es decir, leyes divinas dictadas por Dios en el corazón mismo de la gente. Las leyes divinas de la antigüedad: Cuando las culturas ancestrales, como la helénica, acudían a las leyes de sus dioses, éstas estaban por encima de Reyes y otras consideraciones terrenas. Por ejemplo, Zeus el dios Griego protegía a los mensajeros, y se consideraba una afrenta al Dios Padre matar al que trajera malas noticias. Entendemos que la naturaleza ha hecho a los hombres libres e iguales; entre los derechos naturales de los hombres se encuentra la libertad de todas sus opiniones y pensamientos, el cuidado de su vida, el derecho a la propiedad, la disposición que sólo los hombres tienen sobre su persona. El ejercicio de estos derechos naturales no tiene más límites que aquéllos que aseguren su goce a los demás miembros de la sociedad, y son considerados como universales inalienables e incondicionales. IX.- conclusión El trabajo de investigación realizado sobre las principales acepciones de la palabra derecho son el derecho objetivo, subjetivo, positivo, natural, vigente, público y privado. El derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos que se generan en la sociedad, la acepción significa lo que está conforme a la regla. Cabe destacar que el derecho está en todas partes y en cada una de las etapas de la sociedad, así como en la vida de cada persona establece las pautas de comportamiento para la vida humana en sociedad, tomando siempre en consideración la cultura y los principios bajo los cuales se rige cada sociedad, mismos que se plasman en las normas jurídicas.
  • 14. La conclusión general de esta investigación tiene objetivo de impartir información conocer sobre las diferentes acepciones del derecho ya que es muy importante en nuestra vida cotidiana y en la sociedad. Las ramas del derecho es muy importante conocer sobre la relación con otras ciencias porque nos permite comprender la relación interdisciplinaria que tiene con las demás ramas del derecho. Ya que en el derecho público y privado surge precisamente de la división de estos, la importancia de tal distinción es porque tiene un carácter funcional en cuanto permite la determinación y calificación del sector del ordenamiento aplicable a las relaciones jurídicas, la fijación de los órganos. El derecho positivo tiene validez tanto en el presente, como en el futuro, así como lo tuvo en el pasado. De ahí que se diferencie del derecho vigente, el cual posee un tiempo determinado de durabilidad y aplicación. El derecho natural prescribe conductas que se consideran valiosas y positivas en sí es universal y eterno, mientras el derecho positivo regula conductas que son normas dictadas por el Estado con el objetivo de regular la conducta del hombre en sociedad. Para terminar de concluir las diferentes acepciones de la palabra derecho pude comprender el concepto de derecho, así como su historia, dado que la historia y las diferentes ramas y características de cada una de ellas, es importante saber también de donde y como se aplica el derecho, de tal manera en la materia se explican las principales características de las diferentes disciplinas del tema ya mencionada. También pude comprender que, al hablar de derecho, se tiene que entender los conceptos de leyes y normas, ya que el derecho son un conjunto de normas. Al hablar del Derecho, significa comprenderlo en toda la extensión de la palabra, desde su significado hasta como se puede, y donde se puede aplicar.
  • 15. X.- Bibliografía Alumno 1º D/Facultad de Derecho Campus III, Universidad Autónoma de Chiapas/Nociones del Derecho Álvarez Ledezma, Mario I., Introducción al derecho, McGraw-Hill, México, 2008. Pag 137 Diccionario jurídico 2018 http://diccionariojuridico.mx/definicion/derecho/ Edgar Baqueiro rojas, & Rosalía Buenrostro Báez, r. (2014). Derecho civil, introducción y personas. México: Oxford. Floris Margadant Saavedra, Guillermo, El derecho privado romano. Porrúa, México, 30a. edición, 2016. García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2011 pag 36 derecho objetivo García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.37 derecho positivo/derecho vigente. García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del Derecho, Porrúa, México, 2002 pag.40 derecho positivo y natural Hans Kelsenteoria del derecho introducción al derecho McGraw-Hill, México, 2008. Pag 89 Morineau Iduarte, Martha e Iglesias González, Román. Derecho romano, Oxford, México 4a Edición, 2005, páginas 31 y 32