Teoria Gral Derecho.pptx

TEMA 1
TEORÍA GENERAL
DEL DERECHO
DRA. MAGUALIDA VELÁSQUEZ PATIÑO
TEORÍA GENERAL DEL DERECHO
La teoría del Derecho o teoría general
del Derecho es la ciencia jurídica que
estudia los elementos del Derecho u
ordenamiento jurídico existente en toda
organización social y los
fundamentos científicos y filosóficos que
lo han permitido evolucionar hasta
nuestros días.
La teoría del derecho tiene como
objetivo el análisis y la determinación
del ordenamiento jurídico, un
conjunto de normas que conforman
un solo derecho u ordenamiento
jurídico en una sociedad.
Solo a través de la comprensión del
ordenamiento jurídico, para
diferenciar al derecho de otros
ordenamientos como son el moral y
el de los usos sociales.
Fundamentos de la Teoría del Derecho.
Ontología: El estudio del ser
Axiología: Estudio de los Valores principalmente el de la justicia, el bien común y la
seguridad jurídica.
Deontología: se enfoca en los fines del derecho, en particular, orden, paz y
armonía sociales.
Epistemología: Estudia la norma, sentar las bases de la ciencia del derecho,
establecer los conceptos jurídicos fundamentales y las clasificaciones axiomáticas.
Metodología: Define el carácter científico del método peculiar del derecho, el racional, y
sus puntos de unión con los de las otras disciplinas sociales.
Escuelas de pensamiento.
Sociología del Derecho.
La sociología del derecho, también llamada sociología jurídica,
es aquella disciplina que estudia los problemas, las
implicaciones, y todo aquello concerniente a las relaciones
entre el derecho y la sociedad. A diferencia de la teoría del
derecho y de la filosofía política, el principal problema u objeto
de estudio de la sociología jurídica es el de la eficacia del
derecho.
Teoría jurídica crítica
Se refiere a un movimiento en el pensamiento
jurídico (la escuela de Frankfort) postula nociones
tales como: el derecho es simplemente política. El
lenguaje jurídico es un falso discurso que ayuda a
perpetuar las jerarquías: hombres sobre mujeres,
ricos sobre pobres, mayorías sobre minorías.
Pero, como sucede en Brasil,
ahora, hay perspectivas de teoría
crítica muy diversas entre sí, y
que no están conectadas a
categorías filosóficas del siglo XX,
sino del siglo XXI.
Teoría analítica del Derecho
El derecho es un lenguaje que nos sirve para conocer la realidad jurídica. Todo
objeto es real si puede medirse en dimensiones matemáticas: volumen, peso,
densidad, etc. Cualquier orden jurídico es un esquema de interpretación de la
realidad que dice qué es derecho; y es prescriptivo porque señala qué debe
hacer el hombre.
La ciencia jurídica, a diferencia del derecho, es descriptiva y nos
dice cómo es y como funciona el sistema normativo coactivo, su único
objeto de estudio. La teoría del derecho no debe ocuparse de nociones
fuera de su objeto de estudio, tales como los valores o las causas
sociales que motivan la creación de normas jurídicas.
Dichas nociones son el ámbito de investigación de la ética y la
sociología. Es pertinente aclarar que basta con conocer las bases del
lenguaje del derecho, su paradigma y reglas de creación y aplicación,
para describirlo y proveer a su eficacia.
INDIVIDUO, SOCIEDAD Y DERECHO
INTRODUCCIÓN E
IMPORTANCIA DEL
DERECHO:
Todos los seres humanos
nos desenvolvemos
dentro de determinadas
reglas de convivencia
social impuesta por la
sociedad y el Estado
Destinados a establecer
derechos, obligaciones,
garantías y normas.
Estudiar el derecho debe de hacerse como una
necesidad normativa, social y consuetudinaria.
El estado es el marco del respeto a los derechos
fundamentales y constitucionales.
Por ello se la concibe como
parte fundamental de la realidad
social, cultural, política, etc.
EL INDIVIDUO
El ser humano ocupa junto a
otros seres un el lugar en la
naturaleza, se diferencia con
estos otros seres por los
productos y manifestaciones
culturales, entre los que se
manifiestan en el derecho.
La existencia de reglas de
conducta como una forma
de guía.
El individuo y sociedad
El hombre por su
naturaleza social esta
obligado a vivir y
relacionarse con los de
su misma especie para
su conservación y
desarrollo integral.
Es obligado a vivir en
comunidad en un marco
de cooperación
reciproca y equilibrada.
La unidad entre
individuo a sociedad no
se encuentra
separadas. Se
complementan lo que
obliga vivir bajo normas.
Individuo y derecho
Las reglas y conductas
surgen como una
necesidad social
destinada a la
sobrevivencia,
seguridad, defensa,
protección, alimentación.
Y por eso surge la
necesidad de construir la
estabilización sobre
bases objetivas
prácticas y útiles.
Dos siglos antes de
cristo surgen la ley XXII
tablas, que marca el
inicio del derecho
romano.
Vida social y derecho
El ser humano no
esta aislado, al
contrario se
interrelaciona
obligándose a
ajustar su conducta
a las reglas de
conducta social.
Normas
sustentadas en las
practicas
consuetudinarias
tradicionales
educativas
El hombre y la
mujer como seres
sociales y
racionales tienen
imperiosa
necesidad de
ajustar su
conducta.
Las normas y el Derecho
Todas las normas son
importantes para el desarrollo
de el ser humano ya que están
destinadas a guiar, ordenar,
regular la conducta humana.
Es bueno recordar que las
relaciones sociales no siempre
se desenvuelven de forma
neutral y armónica.
Derecho y sus diferentes percepciones.
El derecho ha generado
una serie de opiniones
de carácter teórico,
doctrinal e ideológico.
Los jurisconsultos se
pusieron a deliberar si el
derecho se circunscribía
exclusivamente a una
norma jurídica.
El Derecho como expresión cultural.
Cultura y
conjuntos de
bienes y valores
materiales, como
espirituales
heredadas por el
hombre dentro de
la sociedad en el
proceso de sus
actividades.
El derecho es un
producto cultural
elaborado por el
hombre de
manera directa
expresada en sus
normas jurídicas
en su medio
regulador.
El Derecho como Expresión social
Significa sociedad o contienda
de clases sociales.
Destinadas a la regulación de
las relaciones sociales con la
finalidad de guiar reglar y
garantizar la convivencia social.
El Derecho como expresión histórica
Historia= narración cronológica de los
acontecimientos generados en el tiempo y el
espacio.
El derecho es producto histórico que se da en el
contexto temporal y espacial influyendo en la
consolidación del desarrollo del conjunto de normas
destinadas a regularizar las relaciones sociales.
El Derecho como producto filosófico
Permite buscar esencia
del derecho con la
finalidad de lograr un
estudio crítico. Los
valores como la justicia.
El Derecho como producto normativo
Se presenta como un conjunto
organizado por normas q regula
la conducta de las persona en su
relación con los demás no de
forma aislada.
Consecuentemente las normas
jurídicas no son las únicas
ordenadoras y reguladoras de
las relaciones sociales.
El Derecho y la realidad social
El derecho se convierte en
una expresión de una
realidad social destinada a
materializar los principios
generales del derecho. Y
materialización de los fines
del derecho.
Gracias por
su atención!!!
..
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  • 1. TEMA 1 TEORÍA GENERAL DEL DERECHO DRA. MAGUALIDA VELÁSQUEZ PATIÑO
  • 2. TEORÍA GENERAL DEL DERECHO La teoría del Derecho o teoría general del Derecho es la ciencia jurídica que estudia los elementos del Derecho u ordenamiento jurídico existente en toda organización social y los fundamentos científicos y filosóficos que lo han permitido evolucionar hasta nuestros días.
  • 3. La teoría del derecho tiene como objetivo el análisis y la determinación del ordenamiento jurídico, un conjunto de normas que conforman un solo derecho u ordenamiento jurídico en una sociedad. Solo a través de la comprensión del ordenamiento jurídico, para diferenciar al derecho de otros ordenamientos como son el moral y el de los usos sociales.
  • 4. Fundamentos de la Teoría del Derecho. Ontología: El estudio del ser Axiología: Estudio de los Valores principalmente el de la justicia, el bien común y la seguridad jurídica. Deontología: se enfoca en los fines del derecho, en particular, orden, paz y armonía sociales. Epistemología: Estudia la norma, sentar las bases de la ciencia del derecho, establecer los conceptos jurídicos fundamentales y las clasificaciones axiomáticas. Metodología: Define el carácter científico del método peculiar del derecho, el racional, y sus puntos de unión con los de las otras disciplinas sociales.
  • 5. Escuelas de pensamiento. Sociología del Derecho. La sociología del derecho, también llamada sociología jurídica, es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y todo aquello concerniente a las relaciones entre el derecho y la sociedad. A diferencia de la teoría del derecho y de la filosofía política, el principal problema u objeto de estudio de la sociología jurídica es el de la eficacia del derecho.
  • 6. Teoría jurídica crítica Se refiere a un movimiento en el pensamiento jurídico (la escuela de Frankfort) postula nociones tales como: el derecho es simplemente política. El lenguaje jurídico es un falso discurso que ayuda a perpetuar las jerarquías: hombres sobre mujeres, ricos sobre pobres, mayorías sobre minorías. Pero, como sucede en Brasil, ahora, hay perspectivas de teoría crítica muy diversas entre sí, y que no están conectadas a categorías filosóficas del siglo XX, sino del siglo XXI.
  • 7. Teoría analítica del Derecho El derecho es un lenguaje que nos sirve para conocer la realidad jurídica. Todo objeto es real si puede medirse en dimensiones matemáticas: volumen, peso, densidad, etc. Cualquier orden jurídico es un esquema de interpretación de la realidad que dice qué es derecho; y es prescriptivo porque señala qué debe hacer el hombre. La ciencia jurídica, a diferencia del derecho, es descriptiva y nos dice cómo es y como funciona el sistema normativo coactivo, su único objeto de estudio. La teoría del derecho no debe ocuparse de nociones fuera de su objeto de estudio, tales como los valores o las causas sociales que motivan la creación de normas jurídicas. Dichas nociones son el ámbito de investigación de la ética y la sociología. Es pertinente aclarar que basta con conocer las bases del lenguaje del derecho, su paradigma y reglas de creación y aplicación, para describirlo y proveer a su eficacia.
  • 8. INDIVIDUO, SOCIEDAD Y DERECHO INTRODUCCIÓN E IMPORTANCIA DEL DERECHO: Todos los seres humanos nos desenvolvemos dentro de determinadas reglas de convivencia social impuesta por la sociedad y el Estado Destinados a establecer derechos, obligaciones, garantías y normas.
  • 9. Estudiar el derecho debe de hacerse como una necesidad normativa, social y consuetudinaria. El estado es el marco del respeto a los derechos fundamentales y constitucionales. Por ello se la concibe como parte fundamental de la realidad social, cultural, política, etc.
  • 10. EL INDIVIDUO El ser humano ocupa junto a otros seres un el lugar en la naturaleza, se diferencia con estos otros seres por los productos y manifestaciones culturales, entre los que se manifiestan en el derecho. La existencia de reglas de conducta como una forma de guía.
  • 11. El individuo y sociedad El hombre por su naturaleza social esta obligado a vivir y relacionarse con los de su misma especie para su conservación y desarrollo integral. Es obligado a vivir en comunidad en un marco de cooperación reciproca y equilibrada. La unidad entre individuo a sociedad no se encuentra separadas. Se complementan lo que obliga vivir bajo normas.
  • 12. Individuo y derecho Las reglas y conductas surgen como una necesidad social destinada a la sobrevivencia, seguridad, defensa, protección, alimentación. Y por eso surge la necesidad de construir la estabilización sobre bases objetivas prácticas y útiles. Dos siglos antes de cristo surgen la ley XXII tablas, que marca el inicio del derecho romano.
  • 13. Vida social y derecho El ser humano no esta aislado, al contrario se interrelaciona obligándose a ajustar su conducta a las reglas de conducta social. Normas sustentadas en las practicas consuetudinarias tradicionales educativas El hombre y la mujer como seres sociales y racionales tienen imperiosa necesidad de ajustar su conducta.
  • 14. Las normas y el Derecho Todas las normas son importantes para el desarrollo de el ser humano ya que están destinadas a guiar, ordenar, regular la conducta humana. Es bueno recordar que las relaciones sociales no siempre se desenvuelven de forma neutral y armónica.
  • 15. Derecho y sus diferentes percepciones. El derecho ha generado una serie de opiniones de carácter teórico, doctrinal e ideológico. Los jurisconsultos se pusieron a deliberar si el derecho se circunscribía exclusivamente a una norma jurídica.
  • 16. El Derecho como expresión cultural. Cultura y conjuntos de bienes y valores materiales, como espirituales heredadas por el hombre dentro de la sociedad en el proceso de sus actividades. El derecho es un producto cultural elaborado por el hombre de manera directa expresada en sus normas jurídicas en su medio regulador.
  • 17. El Derecho como Expresión social Significa sociedad o contienda de clases sociales. Destinadas a la regulación de las relaciones sociales con la finalidad de guiar reglar y garantizar la convivencia social.
  • 18. El Derecho como expresión histórica Historia= narración cronológica de los acontecimientos generados en el tiempo y el espacio. El derecho es producto histórico que se da en el contexto temporal y espacial influyendo en la consolidación del desarrollo del conjunto de normas destinadas a regularizar las relaciones sociales.
  • 19. El Derecho como producto filosófico Permite buscar esencia del derecho con la finalidad de lograr un estudio crítico. Los valores como la justicia.
  • 20. El Derecho como producto normativo Se presenta como un conjunto organizado por normas q regula la conducta de las persona en su relación con los demás no de forma aislada. Consecuentemente las normas jurídicas no son las únicas ordenadoras y reguladoras de las relaciones sociales.
  • 21. El Derecho y la realidad social El derecho se convierte en una expresión de una realidad social destinada a materializar los principios generales del derecho. Y materialización de los fines del derecho.