1. NUEVOS DELITOS
NUEVAS CONSECUENCIAS
DERIVADAS DEL DELITO
NUEVOS TRATAMIENTOS
LEGALES
MODIFICACIONES EN
TIPOS DELICTIVOS
Tráfico de órganos Art. 156 bis
Privación de la
patria potestad
Arts. 33, 39,
46 y DA 2ª
Responsabilidad
penal empresarial
Art. 31 bis
Penas de prisión
a extranjeros
Art. 89
No sólo se castiga al promotor del
transplante sino también al receptor
del órgano.
Se clasifica como pena grave y
privativa de derechos. Podrá
acordarla el juez de lo penal para
proteger al menor en función del
caso concreto.
Obligación de ejercer el debido
control sobre los empleados. En
casos extremadamente graves se
podría hasta disolver la empresa.
En caso de penas inferiores a 6 años se
modifican aspectos como la audiencia
previa al penado. Expulsión directa
si es sorprendido en la frontera. Se
prohíbe el regreso del expulsado
entre 5 y 10 años.
Acoso laboral
e inmobiliario
Arts. 172.1
y 173.1
Localización
permanente
Art. 37.1 y 4
Período de
seguridad
Art. 36.2
Delitos sexuales
contra menores
Art. 183
Dentro de los delitos contra la
integridad moral en relación con las
coacciones para impedir el legítimo
disfrute de la vivienda o los actos
hostiles o humillantes en el
ámbito profesional.
Podrá tener una duración de
hasta 6 meses. El Juez o Tribunal
podrá acordar el uso de medios
telemáticos para la localización
del reo.
Los pederastas y terroristas con
penas de prisión superiores a 5 años
no accederán al tercer grado hasta
cumplir, al menos, la mitad de la
condena.
Endurecimiento de las penas para
delitos sexuales contra menores de 13
años (de hasta 15 años de prisión).
Child grooming Art. 183 bis
Trabajos en
beneficio de la
comunidad
Art. 49 Prisión provisional Art. 58.1
Propiedad
intelectual
Art. 274
Captar menores con fines
pornográficos o acercarse a ellos
con propósitos sexuales utilizando
medios telemáticos.
Ampliación de los trabajos en
beneficio de la comunidad (talleres
formativos de educación sexual, vial,
reeducación cultural, etc.)
Se abona en la causa en la que fue
acordada. En ningún caso un mismo
periodo de privación de libertad
podrá ser abonado en más de una
causa.
Los “manteros” no irán a la cárcel
cuando así lo determine el juez por
tratarse de distribución al por menor
o el beneficio económico sea bajo.
LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio
Cuadro gráfico
2. NUEVOS DELITOS
NUEVAS CONSECUENCIAS
DERIVADAS DEL DELITO
NUEVOS TRATAMIENTOS
LEGALES
MODIFICACIONES EN
TIPOS DELICTIVOS
Prostitución
(clientela)
Art. 187 Libertad vigilada
Arts. 96.3
y 106
Prescripción
Arts. 131
a 133
Delitos en mercados
financieros
Art. 284
Penalización de aquel que acepte
u obtenga a cambio de una
remuneración o promesa, una
relación sexual con menor de edad o
incapaz.
Sometimiento a control judicial
una vez se cumplan las penas.
En delitos sexuales y terroristas podrá
alcanzar los 10 años de duración.
Nuevos plazos de prescripción para
algunos delitos. No prescribirán los
delitos de terrorismo con víctimas
mortales.
Se pena la difusión de noticias o
rumores y el uso de información
privilegiada referida a los mercados
de valores o instrumentos financieros.
Delitos
informáticos
Art. 264
Responsabilidad
Civil
Art. 116.3
Trata de seres
humanos Art. 177 bis Auxilio de la AEAT Art. 305.5
Borrar, dañar o hacer inaccesibles
datos o programas así como
acceder sin autorización y vulnerando
las seguridad a datos de un sistema
informático.
Se establece la de las personas
jurídicas de forma solidaria con las
personas físicas condenadas.
Se crea un título específico para
regular este tipo de conductas. Se
castiga especialmente cuando los
fines sean la explotación sexual, los
trabajos forzados o la extracción
de órganos.
La Agencia Tributaria auxiliará a los
jueces para el cobro de multas e
indemnizaciones por delitos contra
la Hacienda Pública y la Seguridad
Social.
Fraude de
inversores
Art. 282 bis Decomiso Art. 127
Estafa y
falsificación
Arts. 248.2
y 399 bis
Tráfico de drogas Art. 368
Prisión de hasta 4 años para el
administrador de una sociedad
emisora de valores que falsee la
información con el fin de captar
inversores, financiarse o colocar
activos.
Ampliación a los efectos, bienes,
instrumentos y ganancias procedentes
de actividades terroristas.
El Juez o Tribunal podrá acordar
la pérdida de los efectos que
provengan de la comisión de un
delito imprudente y de los bienes,
medios o instrumentos con que se
haya preparado o ejecutado.
Se contempla el uso de tarjetas
bancarias o cheques de viaje
en perjuicio de su titular o de un
tercero y se regula expresamente su
falsificación (hasta 8 años de cárcel).
Más facultades a los jueces para
individualizar la pena ya que podrán
imponer la pena inferior en grado
en atención a la escasa entidad
del hecho y a las circunstancias
personales del culpable.
Corrupción Art. 286 bis
Delitos contra el
Medio Ambiente
Arts. 325
a 339
Grupos criminales
Arts. 570
bis a 570
quáter
Delitos contra
la Comunidad
Internacional
Arts. 611
y 612
Cohecho entre particulares en
lo relativo al sector privado
y deportivo (corrupción de
administradores de empresas,
deportistas, árbitros y jueces).
Elevación de las penas y ampliación
del catálogo de conductas punibles.
Cuando concurra el riesgo con un
resultado lesivo constitutivo de tipo
delictivo, se apreciará únicamente
la pena más grave.
Nuevas figuras de organización
y grupo criminal encruadradas
dentro de la delincuencia organizada.
Se incorporan el reclutamiento de
“niños soldado”, delitos sexuales
en conflictos armados y la especial
protección de mujeres y niños.
3. NUEVOS DELITOS
NUEVAS CONSECUENCIAS
DERIVADAS DEL DELITO
NUEVOS TRATAMIENTOS
LEGALES
MODIFICACIONES EN
TIPOS DELICTIVOS
Delitos
urbanísticos
Art. 320 Seguridad vial
Arts. 385 bis
y 385 ter
Deslucimiento de
bienes (falta)
Art. 626
Por primera vez se castiga a
las autoridades y funcionarios
que amparen obras ilegales
incumpliendo sus obligaciones.
El vehículo utilizado en los hechos
previstos en todo el capítulo se
considerará instrumento del delito.
El juez podrá rebajar la pena
atendiendo a la menor entidad del
riesgo y otras circunstancias.
A partir de ahora, se aplica no sólo a
los bienes inmuebles sino también a
bienes muebles.
Conductas
terroristas
Arts. 576 y
576 bis
Captar, adiestrar, adoctrinar
o financiar de cualquier forma
conductas terroristas.
Actos de piratería
Arts. 616 ter
y 616 quáter
Aérea o marítima con uso de
violencia para apoderarse del buque
o aeronave o de su cargamento (hasta
15 años).