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Demanda rectificación de partida.jul.2012.herrada

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  1. 1. SEC. LEGAL : EXP. N° : CUADERNO PRINCIPAL ESCRITO N° 01 SUMILLA : INTERPONGO DEMANDA DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE PUEBLO LIBRE LUIS ROGER HERRADA CHALCO identificado con D.N.I. 07469235, con domicilio en la Calle Gallese N.º189, distrito de Pueblo Libre y procesal en la Calle Gallese N.°189.Distrito de Pueblo Libre , ante Ud. Respetuosamente me presento y digo: I. VIA PROCEDIMENTAL Y PETITORIO Que, en VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, solicito la rectificación de la partida de nacimiento del señor LUIS ROGER HERRADA CHALCO, de fecha 15 DE ABRIL DE 1969, expedida por la Oficina de Registro del Estado Civil del Concejo Distrital de Bellavista, Callao. Que, interpongo demanda de rectificación de partida de nacimiento, siendo que mi petitorio persigue que se reconozca y consigne en mi partida de nacimiento el cambio del apellido materno de mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ, por lo que en razón a los hechos y por derecho solicito interpongo la presente demanda todo ello conforme a ley. II. COMPETENCIA Es competente el Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre: Porque, según se desprende del último párrafo del artículo 750 del Código Procesal Civil, los procesos de rectificación de partidas se ventilan ante los Juzgados de Paz Letrados. Porque el solicitante domicilia dentro de la competencia territorial del Juzgado, y según se señala el artículo 23º del Código Procesal Civil, en el proceso no contencioso es competente el Juez del lugar del domicilio de la persona que lo promueve o en cuyo interés se promueve, salvo disposición legal o pacto en contrario que no se dan en el caso particular.
  2. 2. III. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Que en fecha 02 de abril de 1969, nació el suscrito LUIS ROGER HERRADA CHALCO. 2. Que en fecha 04 de Octubre de 1968, contrajeron matrimonio mis padres, como así esta acreditado en la partida de matrimonio que obra en anexo (6.F.) 3. Que mi señor Padre Luis Inocente Herrada Crisóstomo me inscribió en los Registros Civiles de la Municipalidad de Bellavista, Callao generando en ese mismo acto la Partida de Nacimiento. 4. Que en los datos correspondientes a la declaración de mi señor padre en el rubro de DOÑA que responde a la condición de madre se consigno el nombre MARTINA CHALCO ZEVALLOS. 5. Que para efectos de dar argumentación a mi solicitud debo señalar que mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ en virtud a la partida de nacimiento N.°1182 correspondiente y la partida N.°1123 (ambas partidas que obran en anexos). Siendo que en esta ultima se aprecia que se modifico en virtud a una resolución judicial que determinó que en dicha partida se suprima el apellido MATERNO DE Zeballos y se adicione el apellido SANZ debiendo quedar en el futuro como MARTINA CHALCO SANZ (partida de nacimiento N.°1123) que obra en Anexo ( 6.C.). 6. Por lo que mi partida de nacimiento que obra en anexo (6.B.) DEBE Rectificarse y consignarse el nombre correcto de mi madre doña MARTINA CHALCO SANZ. 7. En nuestro sistema jurídico, al igual como ocurre en otros modelos que ofrece el derecho comparado, los referentes objetivos con los que se determina la identidad suelen ser patentizados a través de algún documento especial. En el caso particular del Perú, es el Documento Nacional de Identidad (DNI) que cumple tal rol o función, constituyéndose en un instrumento que permite no sólo identificar a la persona, sino también le facilita realizar actividades de diverso orden, como participar en comicios electorales, celebrar acuerdos contractuales, realizar transacciones comerciales, etc. Como se puede apreciar en la constancia RENIEC adjuntada en anexo (6.E.) 8. Que a efectos de acreditar mi filiación y entroncamiento familiar con el objeto de prever se menoscaben mis derechos en adelante por existir dicho error en mi partida de nacimiento dado que los hechos así lo señalan que mi señora Madre
  3. 3. tiene la identidad de MARTINA CHALCO SANZ, como así se acredita en la partida de nacimiento que obra en anexo (6.D.) 9. Cabe mencionar que siendo el suscrito mayor de edad tengo legitimidad para iniciar mi pretensión en la presente demanda de rectificación de partida y que se consigne el nombre de MARTINA CHALCO SANZ amparados en los medios probatorios, las facultades señaladas por el Código Adjetivo, así como las prerrogativas que tiene su judicatura para dar cumplimiento a este pretensión considerando que es un proceso no contencioso. 10. Considerando que mi domicilio real se ubica en el distrito de La Victoria, comprende competencia territorial al Juzgado de Paz Letrado de la circunscripción geográfica, como se acredita en anexos (6H). IV. FUNDAMENTACION JURIDICA Artículo 826 del Código Procesal Civil, de cuyo primer párrafo se desprende que la solicitud de rectificación de partida de nacimiento procede cuando el Juez considere atendible el motivo (y el error en los datos consignados en la referida partida es motivo suficiente para ordenar su rectificación). Artículo 827 del Código Procesal Civil, de cuyo inciso 2) se infiere que la solicitud de rectificación de partida de nacimiento será formulada por la persona cuya partida se trata de rectificar Amparo esta demanda en las disposiciones contenidas, en los artículos 826 y siguientes del Código Procesal Civil. V. MEDIOS PROBATORIOS Ofrezco como medios probatorios de mi pretensión: 1. La Copia del DNI del recurrente 2. Partida de Nacimiento del Recurrente LUIS ROGER HERRADA CHALCO 3. Partida de Nacimiento signada con los números 1123 4. Partida de Nacimiento signada con los números 1182 ( Continuación de la Partida N.°1123. ambas correspondientes a mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ 5. Copia Constancia RENIEC de mi señora MADRE MARTINA CHALCO SANZ. 6. Copia de la partida de Matrimonio de mis padres.
  4. 4. 7. Copia de recibo de servicios del domicilio, para acreditar residencia. VI. ANEXOS DE LA DEMANDA 6.A. Tasa de ofrecimiento de medios probatorios. 6.B. Partida de Nacimiento del Recurrente LUIS ROGER HERRADA CHALCO 6.C. Partida de Nacimiento signada con los números 1123 6.D.Partida de Nacimiento signada con los números 1182 ( Continuación de la Partida N.°1123. ambas correspondientes a mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ 6.E. Copia Constancia RENIEC de mi señora MADRE MARTINA CHALCO SANZ. 6.F Copia de la partida de Matrimonio de mis padres 6.G. Copia del DNI del recurrente 6.H Copia de recibo de servicios del domicilio, para acreditar residencia en Pueblo Libre. PRIMER OTRO SI DIGO : Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del código procesal civil otorgo al abogado Dr. Juan Francisco Arana Chalco, que suscribe la demanda, las facultades generales de representación judicial a que se refiere el artículo 74 del mismo cuerpo de leyes, declarando expresamente conocer los alcances de representación que se esta otorgando y señalándose como domicilio el designado al inicio de la demanda. SEGUNDO OTRO SI DIGO: Que de conformidad con lo establecido por el artículo 156 del código Procesal Civil, autorizamos a la señorita LUIS ALBERTO LLOSA MORAZZANI con DNI N°07219467 para efectos de preceder a la lectura del expediente, así como también para tramitar todos los oficios, y demás diligencias que impulsa el presente proceso. TERCER OTRO SI DIGO: que cumplimos con acompañar copia simple de la demanda, y sus anexos, la tasa judicial y ofrecimiento de pruebas y las cédulas de notificación respectivas. Lima, 26 de Julio de 2012

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