2. ■ La aduana es aquel organismo estatal
encargado de intervenir en la entrada,
salida y tráfico de mercancía del territorio
nacional, su principal objetivo es percibir
los derechos fiscales de importación y
exportación, y está autorizado para
controlar el comercio exterior con las
prohibiciones y limitaciones que las leyes
establecen en relación a las mercancías.
3. ■ Dentro de las actividades que realiza el Estado en relación
con el comercio exterior y las mercancías que se introducen
y extraen del país en sus diferentes regímenes aduaneros se
encuentran las actividades:
■ Económicas.- Son aquellos procesos mediante los cuales
se crean los bienes y servicios destinados a satisfacer las
necesidades de los consumidores.
■ Fiscales.- Recaudación de los impuestos al comercio
exterior, beneficiando al gobierno.
■ Sociales.- Es aquella que se realiza para obtener los medios
para satisfacer las necesidades de una sociedad.
■ Financieras.- Conjunto de elecciones o decisiones
económicas que se materializan en la realización de
ingresos y gastos público
■ De higiene pública.- Esta función consiste en impedir la
entrada de productos nocivos a la salud o que por alguna
circunstancia estén infestados.
4. ■ El Derecho Aduanero es muy importante tanto en
el comercio nacional como en el internacional ya
que es la parte esencial de la legislación de un
país, es el encargado de regular el movimiento de
las mercancías que se exportan y se importan
entre los diferentes países, con el fin de proteger la
economía y la producción nacional.
■ Éste constituye un conjunto de normas legales las
cuales determinan el régimen fiscal al que deben
de someterse todas las personas que tienen
participación en el proceso de importación y
exportación. También se considera importante ya
que permite que la entrada, salida y tránsito de
mercancías por territorio nacional tengan una
función muy importante en la economía del país.
5. ■ El Derecho Aduanero, como conjunto de disposiciones
jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías de
territorio nacional, regula por medio de contribuciones y
regulaciones o restricciones no arancelarias,
precisamente, la entrada o salida de mercancías de
nuestro país.
■ Es un hecho que el monto recaudado por el Impuesto
General de Importación no es relevante para las finanzas
del Estado, pues es porcentaje pequeño del total de
ingresos, no obstante, el aspecto extrafiscal2 de los
tributos aduaneros, manifiesto en el porcentaje del
Impuesto General de Importación, brinda protección a la
planta productiva nacional pues pretende inhibir, inclusive
con regulaciones o restricciones no arancelarias, la
importación de diversos productos a nuestros país.
6. Funciones mas importantes
• Agilizar y facilitar los procedimientos de importación y exportación (dentro del marco
legislativo interno, de los acuerdos y tratados firmados por el país).
• Recolectar los impuestos aduaneros y verificar las transacciones de Comercio exterior.
• Generar las estadísticas del Comercio exterior.
• Recolectar los pagos compensatorios.
• Reprimir y advertir delitos aduaneros.
• Reconocer y registrar los controles fitosanitarios.
• Advertir y reprimir el tráfico de estupefacientes.
• Cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias.
7. EL DERECHO PENAL ADUANERO
■ El Derecho penal aduanero
forma parte del Derecho penal
en general. No obstante ello,
existen autores a quienes les
resulta intrascendente la
denominación de Derecho penal
aduanero o Derecho aduanero
penal.
8. ■ Basaldua enfatiza que referirse a un Derecho aduanero
administrativo, a un Derecho aduanero penal o a un Derecho
procesal aduanero es tan válido como referirse a un Derecho
administrativo aduanero, a un Derecho penal aduanero o a un
Derecho procesal aduanero. Y añade: “Se trata en definitiva tan
sólo de perspectivas diferentes.
■ Es decir, significa que el observador, el legislador, el científico,
entre otros, adoptan diferentes puntos de partida”. El ilícito que
determina el delito aduanero, se fundamenta en la omisión
por parte del contribuyente o responsable, como sujeto
deudor, de la obligación tributaria aduanera que la ley
mercado determina (lo que le atribuye a los respectivos tipos,
la característica de ley penal en blanco).
9. ■ La obligación de tributación aduanera permite
al estado la captación de recursos
provenientes del comercio exterior (así, los
servicios aduaneros son esenciales y están
destinados a facilitar el comercio exterior. El
encargado de la administración, recaudación,
control y fiscalización del tráfico internacional
de mercancías, medios de transporte y
personas, dentro del territorio aduanero,
corresponde al organismo del Estado
denominado Aduanas (artículos 1 y 7 del D.
Leg. 809 L.G.A.).
■ Silfredo Jorge Hugo Vizcardo, Facultad de
Derecho y Ciencia Política de la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
10. ■ LA CONFIANZA LEGÍTIMA Una serie
de fundamentos elementales del
derecho, directa o indirectamente, han
sido destacados por la jurisprudencia y
la doctrina como las fuentes del
principio de confianza legítima. Ello
son, el estado de derecho, la seguridad
jurídica, la buena fe, la dignidad
humana, la equidad, la justicia natural y
los derechos adquiridos, el efecto
liberatorio del pago, entre otros.
11. ■ RECEPTACIÓN ADUANERA.- Artículo 6.- Receptación
aduanera El que adquiere o recibe en donación, en prenda,
almacena, oculta, vende o ayuda a comercializar mercancías
cuyo valor sea superior a dos Unidades Impositivas Tributarias
y que de acuerdo a las circunstancias tenía conocimiento o se
comprueba que debía presumir que provenía de los delitos
contemplados en esta Ley, será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento
ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
■ TRÁFICO DE MERCANCÍAS PROHIBIDAS O
RESTRINGIDAS Artículo 8.- Mercancías prohibidas o
restringidas El que utilizando cualquier medio o artificio o
infringiendo normas específicas introduzca o extraiga del país
mercancías por cuantía superior a dos Unidades Impositivas
Tributarias cuya importación o exportación está prohibida o
restringida, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de ocho ni mayor de doce años y con setecientos treinta
a mil cuatrocientos sesenta días-multa.
12. Ley de los Delitos Aduaneros LEY Nº 28008
■ Contrabando
■ Artículo 1.- Contrabando El que se sustrae, elude o burla el
control aduanero ingresando mercancías del extranjero o las
extrae del territorio nacional o no las presenta para su
verificación o reconocimiento físico en las dependencias de la
Administración Aduanera o en los lugares habilitados para tal
efecto, cuyo valor sea superior a dos Unidades Impositivas
Tributarias, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de cinco ni mayor de ocho años, y con trescientos
sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.
■ DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA
■ Artículo 4.- Defraudación de Rentas de Aduana El que
mediante trámite aduanero, valiéndose de engaño, ardid,
astucia u otra forma fraudulenta deja de pagar en todo o en
parte los tributos u otro gravamen o los derechos antidumping
o compensatorios que gravan la importación o aproveche
ilícitamente una franquicia o beneficio tributario, será reprimido
con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de
ocho años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos
treinta días-multa.