Publicidad
Publicidad

Más contenido relacionado

Publicidad

Derecho constitucional - Derecho Constitucional Vzlano

  1. Derecho constitucional Nombre y apellido: Luis Castro C.I 18.332.802 Asignatura: Derecho constitucional Venezolano I Fecha: 25/10/2014 Universidad "Fermín Toro" Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Ciencia Política
  2. Se define como … La rama del ordenamiento jurídico que se ocupa de regular los órganos del Estado; el procedimiento a través del cual se manifiesta el poder o la voluntad del mismo, así como el reconocimiento y garantía de los derechos públicos subjetivos de los ciudadanos. Se denomina «Derecho constitucional» porque el texto normativo que sustenta esta disciplina científica y en el que se halla sistematizado este derecho es la Constitución.
  3. Se clasifica en : a) Particular: refiere al análisis del ordenamiento constitucional de un estado en particular. Esta disciplina estudia la organización y funcionamiento de los órganos e instituciones superiores del estado, contemplados en una determinada constitución política. b) General: estudia lo ordenamientos constitucionales en general, busca configurar esquemas amplios que comprendan varios ordenamientos constitucionales para llegar a una síntesis unificadora de la multiforme variedad existente. c) Comparado: procura confirmar entre sí las normas e instituciones constitucionales adoptadas en diferentes Estados, destacando aquellas notas similares y diferentes, pero todas ellas se encuentran necesariamente unidas por varios vínculos.
  4. Se forma en: - Público: es aquel que le interesa al estado. - Privado: es aquel que tiene interés particular.
  5. Tiene como objeto: Tiene por finalidad, de un lado, precisar la proporción de conocimientos que constituye el ámbito de su contenido y, de otro lado, diferenciarlo de las demás disciplinas que estrechamente se relacionan entre sí. Correctamente, puede afirmarse que el derecho constitucional tiene como objeto de estudio las instituciones políticas que constituyen o fundan el Estado. Aquellas que establecen el aparato del gobierno estatal, precisando el ámbito personal (la población) y territorial (el territorio) en el que se ejerce el poder estatal y regulan la organización y el funcionamiento de los órganos del aparato estatal (la forma de gobierno), las relaciones de éstos con los ciudadanos (la forma de estado) y la distribución territorial del poder (la estructura territorial del Estado). En consecuencia, el objeto de estudio del derecho constitucional comprende las instituciones políticas escritas como también las no escritas que, de una u otra forma, organizan el Estado y regulan el ámbito de poder. No es, pues, la pura norma la que interesa al Derecho Constitucional, sino la síntesis de la tensión entre la norma y la realidad a la que se enfrenta.
  6. Evolución histórica Grecia: Las instituciones de hoy en día corresponden al estudio del derecho constitucional que fueron analizadas en Grecia, desde un punto de vista filosófico y poco concreto. Se realizó para ese entonces el estudio y la organización del estado. Roma: El estudio del ordenamiento es fundamental del Estado. No se hizo en Roma en forma sistemática, sino más bien de manera incidental y apelando, para ello, a las instituciones del derecho privado.
  7. Evolución histórica Edad Media: Los problemas propios de la ordenación fundamental de la comunidad política fueron resultados en la edad media, en base a la tradición jurídica romana. Siglo XVII: Se inició en forma concreta el estudio de lo que más tarde llegará a ser el derecho constitucional. Para ello, las normas constitucionales inglesas, basadas en la costumbre, prestan valiosísimo concurso. Revoluciones Norteamericanas y Francesas: Las nuevas instituciones políticas, derivadas de los procesos revolucionarios, se consolidan y la doctrina sobre esta materia adquiere configuración de mayor contenido jurídico. Siglo XIX: El derecho constitucional alcanza plena autonomía científica. Esto se logra al librarse la naciente disciplina de la contaminación de la filosofía, la política y otras ciencias, que le impedían alcanzar un desarrollo independiente.
  8. Origen y evolución histórica del Derecho Constitucional Venezolano La Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estada y municipal), y entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo. Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Desde que devino una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la circunstancia, varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue promulgada el 30 de diciembre de 1999. Cada una de ellas ha tenido su razón política de ser y un impacto social determinado. He aquí un breve resumen de cada una de ellas y de su historia. La primera Constitución de Venezuela, y también de Hispanoamérica, fue aprobada en 1811. Sería la primera de una larga lista durante el siglo XIX y la mitad del siglo XX, causadas mayormente por guerras, triunfos momentáneos de revoluciones y gobiernos dictatoriales. En su mayoría las Constituciones son las mismas debido a que solo sufrieron modificaciones menores sobre todo durante el gobierno dictatorial del General Juan Vicente Gómez 1909-1935 . Los cambios más significativos son los contenidos en las Leyes Fundamentales de 1811, 1830, 1864, 1936, 1947, 1961 y 1999.
  9. Crisis del derecho constitucional Venezolano La crisis radica en mutación considerable en el curso de vida del país, al no tomar en cuenta la constitución y sus preceptos. El derecho constitucionalVenezolano entra en crisis cuando: Existen causas .. Económicas: por la perturbación que en esa esfera se produce por guerras, altos o bajos salarios, la inflación entre otros factores. Laborales: por falta de trabajo y alto índice de paro forzoso;. Ministeriales: cuando renuncia un gabinete o alguno de sus ministros y cuando se viola o se irrespeta la Constitución Nacional área sagrada del derecho constitucional.
  10. La constitución de Venezuela Esta Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales. El ex Presidente de la República, así como sus seguidores, la llaman la Constitución Bolivariana, por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de la llamada Quinta República. La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en reconocer los derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas y reconociendo derechos sobre los territorios ocupados ancestralmente. Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Publicidad