Derecho constitucional
Nombre y apellido:
Luis Castro C.I 18.332.802
Asignatura:
Derecho constitucional Venezolano I
Fecha: 25/10/2014
Universidad "Fermín Toro"
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Ciencia Política
Se define como …
La rama del ordenamiento jurídico que se ocupa de
regular los órganos del Estado; el procedimiento a través
del cual se manifiesta el poder o la voluntad del mismo, así
como el reconocimiento y garantía de los derechos
públicos subjetivos de los ciudadanos. Se denomina
«Derecho constitucional» porque el texto normativo que
sustenta esta disciplina científica y en el que se halla
sistematizado este derecho es la Constitución.
Se clasifica en :
a) Particular: refiere al análisis del ordenamiento constitucional de un
estado en particular. Esta disciplina estudia la organización y
funcionamiento de los órganos e instituciones superiores del estado,
contemplados en una determinada constitución política.
b) General: estudia lo ordenamientos constitucionales en general,
busca configurar esquemas amplios que comprendan varios
ordenamientos constitucionales para llegar a una síntesis unificadora
de la multiforme variedad existente.
c) Comparado: procura confirmar entre sí las normas e instituciones
constitucionales adoptadas en diferentes Estados, destacando
aquellas notas similares y diferentes, pero todas ellas se encuentran
necesariamente unidas por varios vínculos.
Se forma en:
- Público: es aquel que le interesa al
estado.
- Privado: es aquel que tiene interés
particular.
Tiene como objeto:
Tiene por finalidad, de un lado, precisar la proporción de conocimientos que
constituye el ámbito de su contenido y, de otro lado, diferenciarlo de las demás
disciplinas que estrechamente se relacionan entre sí. Correctamente, puede
afirmarse que el derecho constitucional tiene como objeto de estudio las
instituciones políticas que constituyen o fundan el Estado. Aquellas que establecen
el aparato del gobierno estatal, precisando el ámbito personal (la población) y
territorial (el territorio) en el que se ejerce el poder estatal y regulan la organización
y el funcionamiento de los órganos del aparato estatal (la forma de gobierno), las
relaciones de éstos con los ciudadanos (la forma de estado) y
la distribución territorial del poder (la estructura territorial del Estado).
En consecuencia, el objeto de estudio del derecho constitucional comprende las instituciones políticas escritas
como también las no escritas que, de una u otra forma, organizan el Estado y regulan el ámbito de poder. No es,
pues, la pura norma la que interesa al Derecho Constitucional, sino la síntesis de la tensión entre la norma y la
realidad a la que se enfrenta.
Evolución histórica
Grecia:
Las instituciones de hoy en día corresponden al
estudio del derecho constitucional que fueron
analizadas en Grecia, desde un punto de vista
filosófico y poco concreto. Se realizó para ese
entonces el estudio y la organización del estado.
Roma:
El estudio del ordenamiento es fundamental del Estado.
No se hizo en Roma en forma sistemática, sino más bien
de manera incidental y apelando, para ello, a las
instituciones del derecho privado.
Evolución histórica
Edad Media:
Los problemas propios de la ordenación
fundamental de la comunidad política
fueron resultados en la edad media, en
base a la tradición jurídica romana.
Siglo XVII:
Se inició en forma concreta el estudio de lo que
más tarde llegará a ser el derecho
constitucional. Para ello, las normas
constitucionales inglesas, basadas en la
costumbre, prestan valiosísimo concurso.
Revoluciones Norteamericanas y Francesas:
Las nuevas instituciones políticas, derivadas de
los procesos revolucionarios, se consolidan y la
doctrina sobre esta materia adquiere
configuración de mayor contenido jurídico.
Siglo XIX:
El derecho constitucional alcanza plena
autonomía científica. Esto se logra al librarse la
naciente disciplina de la contaminación de la
filosofía, la política y otras ciencias, que le
impedían alcanzar un desarrollo independiente.
Origen y evolución histórica del
Derecho Constitucional Venezolano
La Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir
jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de
la federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres niveles
diferenciados del gobierno (el nacional, estada y municipal), y entre todos aquellos y los ciudadanos;
asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el
poder se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la
sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo. Venezuela ha tenido
diversas constituciones a lo largo de su historia.
Desde que devino una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la
circunstancia, varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue promulgada el
30 de diciembre de 1999. Cada una de ellas ha tenido su razón política de ser y un impacto social
determinado. He aquí un breve resumen de cada una de ellas y de su historia.
La primera Constitución de Venezuela, y también de Hispanoamérica, fue aprobada en 1811. Sería la
primera de una larga lista durante el siglo XIX y la mitad del siglo XX, causadas mayormente por
guerras, triunfos momentáneos de revoluciones y gobiernos dictatoriales. En su mayoría las
Constituciones son las mismas debido a que solo sufrieron modificaciones menores sobre todo durante
el gobierno dictatorial del General Juan Vicente Gómez 1909-1935 . Los cambios más significativos son
los contenidos en las Leyes Fundamentales de 1811, 1830, 1864, 1936, 1947, 1961 y 1999.
Crisis del derecho constitucional
Venezolano
La crisis radica en mutación considerable en el curso de vida del país,
al no tomar en cuenta la constitución y sus preceptos.
El derecho constitucionalVenezolano entra en crisis cuando:
Existen causas ..
Económicas: por la perturbación que en esa esfera se produce
por guerras, altos o bajos salarios, la inflación entre otros factores.
Laborales: por falta de trabajo y alto índice de paro forzoso;.
Ministeriales: cuando renuncia un gabinete o alguno de sus ministros
y cuando se viola o se irrespeta la Constitución Nacional área sagrada
del derecho constitucional.
La constitución de Venezuela
Esta Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 es la Carta
Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de
febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo
Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los
partidos tradicionales. El ex Presidente de la República, así como sus seguidores,
la llaman la Constitución Bolivariana, por inspirarse en los ideales de Simón
Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de la
llamada Quinta República.
La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en reconocer los
derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas y
reconociendo derechos sobre los territorios ocupados ancestralmente. Desde el
punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocer el
derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado.