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CARACTERISTICAS DE LA LSC.ppt

  1. LEY DEL SERVICO CIVIL 1
  2. 2 MODERNIZACION DEL ESTADO Y LA NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL LEY Nº 30057
  3. Antecedentes Históricos 3
  4. 1. Diagnostico de la comisión multisectorial Diversidad de regímenes laborales. • Dispersión remunerativa. Locadores, bajo la modalidad de servicios no personales. • Excepción: “Islas de Modernidad”
  5. 2. Reforma previsional e intentos de reforma del empleo público Ley N° 28389 – Ley de Reforma Constitucional y su Reglamento Ley N° 28449 Quiebra del Decreto Ley 20530 – Stc del Tribunal Constitucional Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público 5
  6. 3. Inicio de la reforma Contratos no personales (SNP) – Válvula de Escape Mediante Ley 29157, se dicta el Decreto Legislativo N° 1057 – Contratos Administrativos de Servicios (CAS) Mediante Decreto Legislativo N° 1025 – Se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y la Creación del Tribunal del Servicio Civil. 6
  7. 1. Unificación de regímenes laborales en el Estado. 2. Gradualidad y eficiencia en la implementación de las políticas de SERVIR. 3. Operatividad del Sistema de Gestión de Compensaciones. 4. La evaluación de desempeño y la terminación del Servicio Civil. 5. Implementación progresiva y reglas de Implementación de la Ley del Servicio Civil. 6. Beneficios con la Nueva Ley del Servicio Civil. 7. Características de la Nueva Ley del Servicio Civil. 8. Derechos Colectivos. EJES TEMATICOS 7
  8. 1. Unificación de Regímenes 8
  9. • Contar con un Servicio Civil que ofrezca servicios de calidad en favor de la ciudadanía. – ‘Profesionalizar’ el Servicio Civil: ingreso, permanencia y progresión (ascendente y transversal) en base al Mérito. – Gradualmente, alcanzar un único régimen: terminar con el desorden en contrataciones, remuneraciones, deberes y derechos de los servidores. OBJETIVOS DE LA NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL
  10. MAYORES BENEFICIARIOS CON NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL (LEY 30057) Mejoras en Nuevo Servicio Civil CAS 276 728 Mayores ingresos vía aguinaldos y CTS X X Mayor compensación económica pensionable X X Carrera y capacidad de progresión y movilidad entre entidades: Carrera dinámica X X X Mayor permanencia (por carrera) X X Capacitación, mayor equidad en las compensaciones, claridad en régimen disciplinario, claridad en los permisos, licencias, etc. X X X 10
  11. 2. Gradualidad y eficiencia en la implementación de la NLSC
  12. CARACTERÍSTICAS DE LA REFORMA Mérito (acceso, progresión, permanencia) Igualdad de Oportunidades (acceso y progresión) Gestión de acuerdo a metas – mejora continua Servicio Civil 12
  13. Velocidad y profundidad de la reforma Interacción vertical • Implementación del régimen general por parte de SERVIR Interacción horizontal • Aplicación gradual por entidades. Interacción horizontal • Traslado voluntario de los trabajadores al régimen del servicio civil provenientes de los regímenes CAS, LBCA y LFE. 13
  14. 3. Operatividad del Sistema de Gestión de Compensaciones
  15. Categorías con la Ley N° 30057 Categorías en la Nueva Ley del Servicio Civil 1. Funcionarios públicos 2. Directivos públicos. 3. Servidores civiles de carrera. 4. Servidores de actividades complementarias. 15
  16. Cambio de Concepción en la Organización de la Carrera Enfocada en puestos y no en personas Ejemplos de familias de puestos: planeamiento y gestión del gasto; asesoramiento y resolución de controversias. Del “grado de instrucción” del Servidor (profesional, técnico, auxiliar) en régimen 276 A “familias de puestos” Conjunto de Puestos con funciones y características similares (necesidades del Estado) 16
  17. Puntos a precisar en la reglamentación de la NLSC (Nueva Ley del Servicio Civil). Agrupación en familias. • Se deberá precisar con limites numéricos la agrupación de familia por puestos para que no sea una ramificación frondosa. Remuneración. • Se deberá precisar las escalas remunerativas, de tal modo que no resulte inmanejable, tal como se da en la actualidad.
  18. 4. Evaluación de Desempeño y la Terminación del Servicio Civil.
  19. Evaluaciones Anual y obligatoria para todos los regímenes. Con reglas objetivas y en función a metas. SERVIR norma procedimiento y fiscaliza. Directivo Público. Servidor Civil de Carrera. Servidor de Actividades Complementarias. 19
  20. CAPACITACIÓN Para todos los regímenes y grupos. • Criterios objetivos para la gestión de la capacitación (mejora de productividad, planificación por necesidades de la entidad, resultados medibles, etc.) • Promueve eficacia de la capacitación: servidor que desaprueba formación debe devolver al Estado el dinero invertido. 20
  21. TERMINACIÓN DEL SERVICIO CIVIL • Causales: 1. Fallecimiento. 2. Renuncia. 3. Jubilación. 4. Mutuo Acuerdo. 5. Limite de Edad (70 años, exceptuando a funcionarios públicos de órganos colegiados) 6. Pérdida o renuncia de la nacionalidad peruana. 7. Inhabilitación para el ejercicio profesional o el ejercicio de la función pública mayor a tres meses. 8. No superar el período de prueba. 9. Supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u organizativas. 10. Extinción de la entidad por mandato normativo. 11. Por decisión discrecional, en el caso de los servidores de confianza y funcionarios públicos de libre nombramiento. 12. Cese por causa relativa a incapacidad física o mental. 13. De manera facultativa para el servidor, alcanzar la edad de 65 años.
  22. 5. Tránsito al nuevo régimen 22
  23. REGLAS DEL TRÁNSITO PARA SERVIDORES 276, 728 Y CAS 1. Servidores que pasen al nuevo régimen durante implementación: no requerirán hacerlo desde el primer nivel de la carrera. 2. Beneficios laborales de servidores: – 276 y 728 si deciden quedarse en su régimen, se quedan con sus beneficios de sus regímenes. – CAS: beneficios se mantienen hasta que culminen sus contratos. 3. Servidores 276 y 728 que concursen y no accedan: – Permanecen en su régimen hasta su jubilación (o pueden volver a concursar cuantas veces deseen). – LSC prohíbe ceses colectivos. – LSC prohíbe compra de renuncias. 23
  24. Flujograma Tránsito al Nuevo Régimen Aplicación a servidores 276 y 728: • Principios, Organización, Derechos Colectivos. • CTS, descuento por planillas, etc. 1 2 4 5 3 Inicio del pase de entidades Servidores entran al nuevo régimen Inicio de preparación para el tránsito Reglamentos: (1er semestre 2014) Aplicación a servidores 276, 278 y CAS de los artículos de: • Capacitación y evaluación de desempeño . • Regimen disciplinario y procedimiento sancionador. 5 de julio 2013 24
  25. 25 6. Beneficios con la Nueva Ley del Servicio Civil
  26. Beneficios del nuevo régimen Para los servidores (todos los grupos) Incremento de ingresos presentes: CAS y 276 pasan de 12 a 14 sueldos anuales. Incremento de ingresos futuros: 1 sueldo anual por CTS + totalidad del sueldo es pensionable Carrera: capacidad de progresión y movilidad Mas capacitación, mayor equidad remunerativa, claridad en régimen sancionador, etc. Para los ciudadanos Mayor continuidad en las políticas públicas y memoria institucional debido a menor rotación de Mayor calidad en el servicio gracias a personal mas calificado y reordenamiento de entidades. Mejor control y uso de recursos públicos gracias a reglas ordenadas. 26
  27. Fuente: MEF – Módulo de Gestión de RRHH a setiembre 2012 Simulación de ingresos para un servidor 276 si pasa al nuevo régimen Puesto: Especialista legal de un Ministerio Edad: 56 años Régimen actual (D. Leg. 276) Nuevo régimen Ingresos mensuales: S/.1,470 CAFAE: S/.1,205 Básico: S/.0.05 + Otros ingresos remunerativos: S/. 265 Ingresos mensuales: S/. 1,470 Remuneración total Aguinaldo: S/.600 x 5 Aguinaldo: S/.2,940 se vuelve remunerativo CTS (a partir de 2013 y por los 9 años CTS (si pasa, recibiría por año): que le restan para los 65 años): S/. 260 S/. 1,470 CTS (a partir de 2013, considerando la misma compensación por 9 años de servicio): S/. 13,230 82% 18% 100% 27
  28. Fuente: MEF – Módulo de Gestión de RRHH a setiembre 2012 Simulación de ingresos para un servidor CAS si pasa al nuevo régimen Régimen actual (CAS) Nuevo régimen Ingresos mensuales: S/. 1,200 Ingresos mensuales: S/. 1,200 Aguinaldo: S/.600 x 4 Aguinaldo: S/. 2,400 CTS : S/.0 CTS (27 años): S/. 32,400 Recibe CTS Puesto: Contador en Gobierno Regional Edad: 38 años 28
  29. 7. Características de la Nueva Ley del Servicio Civil
  30. Auxiliares Técnicos Profesionales Funcionarios Servidores de Actividades Complementarias Funcionarios Públicos Directivos Públicos Servidores de Carrera Nuevo Servicio Civil Carrera Administrativa (D. Leg 276) Servidores de confianza Características estructurales de la Reforma 30
  31. Servidores públicos: 1’400,000 aprox. Se incluyen en reforma: 560,000 Nacional (240,800) Regional (123,200) Local (196,000) CAS (238,000) 276 (224,000) 728 (98,000) Reordenar según -Nuevo grupo -Nuevas familias y puestos -Nuevas remuneraciones NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL Se aplica supletoriamente a carreras especiales y 5 entidades excluidas (principios, incompatibilidades y régimen disciplinario) Nivel de Gobierno Régimen Datos aproximados en base a ENAHO 2011 y módulo MEF. Ámbito de la Reforma 31
  32. Personal no comprendido dentro de la Nueva Ley del Servicio Civil. • La Primera Disposición Complementaria Final señala quienes no están comprendidos dentro de la Ley: 1. Trabajadores de las empresas del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el D.L. N° 1023. 2. Servidores civiles del BCRP, Congreso de la República, SUNAT, SBS y AFP y la Contraloría General de la República. 3. Servidores sujetos a carreras especiales como: 3.1 Ley del Servicio Diplomático. 3.2 Ley Universitaria. 3.3 Ley de Reforma Magisterial. 3.4 Ley de la Carrera de los Profesionales de la Salud. 3.5 Ley de Situación Militar de los Oficiales de las FF.AA. 3.6 Ley de la Carrera y Situación del personal de la PNP. 3.7 Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria. 3.8 Ley Orgánica del Ministerio Público. 3.9 Ley de la Carrera Judicial.
  33. 8. Derechos Colectivos. 33
  34. CARACTERÍSTICAS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 1. No están comprendidos los funcionarios públicos, directivos públicos ni los servidores de confianza. 2. Los servidores tienen derecho a solicitar la mejora de sus compensaciones no económicas, incluyendo el cambio de condiciones de trabajo o condiciones de empleo. 3. Las contrapropuestas y propuestas de la entidad relativas a compensaciones económicas son nulas de pleno derecho. 4. El ejercicio del derecho a huelga permite a la entidad pública la contratación temporal y directa del personal necesario para garantizar la prestación de los servicios mínimos, desde el inicio de la huelga hasta su efectiva culminación.
  35. 35
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