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Tratados Internacionales U2.pptx

  1. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL DEL ZULIA PNF SISTEMAS DE CALIDAD Y AMBIENTE TRATADOS INTERNACIONALES AMBIENTALES
  2. Tratados Internacionales Los tratados internacionales entre Estados son regulados por la Convención de Viena, sobre el Derecho de los Tratados, de 1969. Los tratados internacionales entre Organizaciones Internacionales y entre estas y los Estados están regulados por la Convención de Viena de 1986. Un Tratado es el “acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos, y con independencia de denominación particular”. CVDT (1969)
  3. Tratados Internacionales  Tener carácter Vinculante.  Celebrados por sujetos de Derecho Internacional (Estados y Organizaciones Internacionales con poder para establecer acuerdos internacionales).  Regulado por el Derecho Internacional.  Establecido por escrito. CVDT (1969) Un instrumento jurídico debe cumplir un conjunto de criterios para que sea considerado como un tratado internacional, a saber:
  4. Denominaciones de los Tratados Internacionales Tratados Internacionales Acuerdo Convención Convenio Carta Pacto Protocolo Los tratados internacionales reciben diversos nombres sin perder su condición de Tratado.
  5. Tipos de Tratados Internacionales Tipos de tratados internacionales Cantidad de involucrados Bilaterales Multilaterales La duración Determinado Indeterminado Si permite la adhesión Abierto Cerrado Se crean entre dos países u organizaciones internacionales Se establecen entre tres o más Estados u Organizaciones Se indica el tiempo de finalización No indica el tiempo de finalización Admite miembros que no intervinieron en la negociación No admite nuevos miembros
  6. Tratados Internacionales ratificados por Venezuela Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en vigor desde el 1975. Su objetivo es velar por que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituya una amenaza para su supervivencia. Ratificado en 1977. Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, entró en vigor en 1988. Su objetivo es alentar a las Partes a promover la cooperación y adoptar medidas legislativas o administrativas en contra de actividades que puedan producir efectos adversos en la capa de ozono. Ratificado en1988. Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono del Convenio de Viena. Entró en vigor en 1989 ha sido ajustado en seis ocasiones y modificado en cuatro. Su objetivo es la protección de la capa de ozono mediante la toma de medidas para controlar la producción total mundial y el consumo de sustancias que la agotan. Ratificado en 1989. Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) fue adoptado en la Cumbre para la Tierra en 1992. Su objetivo es lograr la conservación de la diversidad biológica mediante el uso sostenible de sus componentes. Ratificado por Venezuela en 1994
  7. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático entró en vigor en marzo de 1994. Su objetivo es lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ratificada por Venezuela en1994 Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación. Entró en vigor en 1992, busca proteger la salud de las personas y el medio ambiente frente a los efectos perjudiciales de los desechos peligrosos. Ratificado por Venezuela en 1998. Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación entró en vigor en 1996 y es el único acuerdo internacional vinculante que relaciona el medio ambiente y el desarrollo con el manejo sostenible de los suelos, enfocándose en zonas áridas, semiáridas, sub-húmedas y secas, donde se encuentran algunos de los ecosistemas más vulnerables. Ratificado en 1998. Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático entró en vigor en el 2005. El Protocolo establece metas vinculantes de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para los países industrializados. Ratificado por Venezuela en 2005 Tratados Internacionales ratificados por Venezuela
  8. Convenio de Rotterdam, sobre el comercio internacional de plaguicidas y productos químicos peligrosos, en vigor desde 2004. Su objetivo es promover la responsabilidad compartida y esfuerzos conjuntos en el comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos para proteger la salud humana y el medio ambiente . Ratificado en el 2005. Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, entró en vigor en el 2004, tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs). Ratificado en el 2005. Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos fue adoptado en el 2001. Tiene por objetivo la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura Ratificado en el 2005. Tratados Internacionales ratificados por Venezuela
  9. Acuerdo de París 2015 Acuerdo que rige a partir de 2020 y pretende mantener el aumento de la temperatura global muy por debajo de los 2ºC, aumentando la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático . Ratificado en 2017. Convención de Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional Entró en vigor en 1975. Su objetivo es promover acciones nacionales y la cooperación internacional para la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos. Ratificado en 1988. El Protocolo de Nagoya, en vigor desde octubre 2014, es un acuerdo complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) que tiene como objetivo la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. Ratificado en 2018 Protocolo de Nagoya – Kuala Lumpur, sobre responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena Sobre Seguridad de la Biotecnología, en vigor desde 2010. Este proporciona normas y procedimientos internacionales en relación con el daño para la diversidad biológica resultante de los organismos vivos modificados (OVM) cuyo origen provenga de movimientos transfronterizos. Ratificado en 2018 Tratados Internacionales ratificados por Venezuela
  10. Acuerdo de Escazú. Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe), en vigor desde 2018. La convención de Bonn, sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), en vigor desde 1983, su objetivo es la conservación de las especies migratorias, sus hábitats y rutas de migración. Convenio de Londres referido a la Convención sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimientos de Desechos y otros materiales de 1972, es un acuerdo para controlar la contaminación del mar por vertimientos provenientes de buques y aeronaves. Tratados Internacionales no ratificados por Venezuela
  11. Facilitadora: MSc. María Alejandra Rodríguez Correo: scalegis@gmail.com Telegram: 0414-6706392 UNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL DEL ZULIA PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN SISTEMAS DE CALIDAD Y AMBIENTE UNIDAD CURRICULAR LEGISLACIÓN E IMPACTO AMBIENTAL

Notas del editor

  1. Los Tratados Internacionales son acuerdos de voluntades entre dos o más sujetos internacionales, bien sean Estados u Organizaciones internacionales, por medio de los cuales se establecen obligaciones entre las partes y producen efectos jurídicos, con el fin de mantener y mejorar las relaciones entre los países. Los derechos de un individuo es la facultad que le otorga el ordenamiento jurídico para que gocen de ciertos principios, libertades y garantías que deben ser asegurados por el Estado.
  2. Un instrumento debe cumplir algunos criterios para poder ser considerado como un "tratado" en sentido genérico.  En primer lugar, tiene que ser un instrumento vinculante, es decir, las partes contratantes están comprometidas a crear derechos y obligaciones legales.  En segundo lugar, el instrumento debe ser celebrado por los Estados u organizaciones internacionales con poder de establecer tratados; en tercer lugar, debe estar regido por el derecho internacional.  En tercer lugar, debe estar regido por el derecho internacional. Por último, el compromiso debe hacerse por escrito.  Incluso antes de la Convención de Viena de 1969 sobre el Derecho de los Tratados, la palabra "tratado" en su sentido genérico se solía reservar para los contratos celebrados por escrito.
  3. Para que un tratado internacional pueda efectuarse, es necesario que los participantes cumplan con un conjunto de condiciones, entre las que se pueden señalar: Los derechos de un individuo es la facultad que le otorga el ordenamiento jurídico para que gocen de ciertos principios, libertades y garantías que deben ser asegurados por el Estado.
  4. Para que un tratado internacional pueda efectuarse, es necesario que los participantes cumplan con un conjunto de condiciones, entre las que se pueden señalar: Los derechos de un individuo es la facultad que le otorga el ordenamiento jurídico para que gocen de ciertos principios, libertades y garantías que deben ser asegurados por el Estado.
  5. El Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación fue adoptado en respuesta a fuertes protestas públicas en los años 80, tras el descubrimiento de depósitos de desechos tóxicos en países en vía de desarrollo provenientes del extranjero. El convenio, en vigor desde mayo de 1992, busca proteger la salud de las personas y el medio ambiente frente a los efectos perjudiciales de los desechos peligrosos. Las disposiciones del Convenio giran en torno a la disminución de la generación de desechos peligrosos y la promoción de la gestión ambientalmente racional de los desechos peligrosos, la restricción de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos, y la aplicación de un sistema regulatorio para los movimientos permisibles de desechos peligrosos.    la Convención de las Naciones Unidas de  Lucha Contra de la Desertificación entró en vigor en 1996 y  es el único acuerdo internacional vinculante que relaciona el medio ambiente y el desarrollo con el manejo sostenible de los suelos. La convención se enfoca específicamente en zonas áridas, semiáridas y sub-húmedas y secas, donde se encuentran algunos de los ecosistemas más vulnerables. En el Convenio se destaca el importante papel desempeñado por la mujer en las regiones afectadas por la desertificación o la sequía y la importancia de garantizar a todos los niveles la plena participación de hombres y mujeres en los programas de lucha contra la desertificación y mitigación de los efectos de la sequía.
  6. El Convenio de Rotterdam, en vigor desde 2004,  tiene por objetivo promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños. El convenio establece un procedimiento de consentimiento previo informado (CPI) para la importación de productos químicos peligrosos.  El convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, que entró en vigor en el 2004, tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs).  El convenio requiere que las Partes tomen medidas para eliminar o reducir la producción, utilización, importación, exportación y emisión al medio ambiente de COPs e incluye disposiciones en cuanto al acceso a la información, la sensibilización y formación del público y la participación en el desarrollo de planes de aplicación.  El Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos fue adoptado en el 2001 durante la Trigésima Primera Sesión de la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Tiene por objetivo la conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización para lograr una agricultura sostenible y la seguridad alimentaria. El Tratado reconoce la significativa contribución de los agricultores a la diversidad de los cultivos que alimentan el mundo y busca proteger los conocimientos tradicionales y aumentar la participación en los procesos de adopción de decisiones de los mismos. 
  7. La 21ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 21) celebrada en París en 2015, concluyó con la adopción de la Decisión y del Acuerdo de Paris. Dicho Acuerdo regirá a partir de 2020 y pretenderá mantener el aumento de la temperatura global muy por debajo de los 2ºC, aumentando la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promoviendo la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de carbono. Para lograr las metas acordadas, el Acuerdo de Paris establece un marco de transparencia reforzado que tiene como fin el fomentar la confianza mutua y promover la aplicación efectiva del Acuerdo, aumentando la claridad y facilitando el seguimiento de los progresos realizados.  El Protocolo de Nagoya, en vigor desde octubre 2014, es un acuerdo complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) que tiene como objetivo la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. El protocolo proporciona una base sólida para una mayor certeza y transparencia jurídicas tanto para los proveedores como para los usuarios de recursos genéticos.  
  8. La 21ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 21) celebrada en París en 2015, concluyó con la adopción de la Decisión y del Acuerdo de Paris. Dicho Acuerdo regirá a partir de 2020 y pretenderá mantener el aumento de la temperatura global muy por debajo de los 2ºC, aumentando la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promoviendo la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de carbono. Para lograr las metas acordadas, el Acuerdo de Paris establece un marco de transparencia reforzado que tiene como fin el fomentar la confianza mutua y promover la aplicación efectiva del Acuerdo, aumentando la claridad y facilitando el seguimiento de los progresos realizados.  El Protocolo de Nagoya, en vigor desde octubre 2014, es un acuerdo complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) que tiene como objetivo la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. El protocolo proporciona una base sólida para una mayor certeza y transparencia jurídicas tanto para los proveedores como para los usuarios de recursos genéticos.  
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