Clima de inseguridad y conmoción interna, delincuencia común y presencia de narcotráfico y el grupo subversivo = Decreto ejecutivo Nº 086 de 1992 (Estado Excepción).
Sentencia de 4 de julio de 2007
(Fondo, Reparaciones y Costas)
Clima de inseguridad y conmoción interna, delincuencia común y presencia de narcotráfico y
el grupo subversivo = Decreto ejecutivo Nº 086 de 1992 (Estado Excepción).
ESTADO DE EXCEPCIÓN + LEY DE SEGURIDAD NACIONAL = EXCESO DE
FUERZA POR PARTE DE AGENTES ESTATALES
ARTÍCULOS ANÁLIZADOS: 27, 2, 8, 4 DE LA CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS
HUMANOS
Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno, Derecho a la Vida, Suspensión de Garantías
Garantías Judiciales
ALLANAMIENTO PARCIAL
I. Suspensión de garantías en relación con las obligaciones de respetar y
garantizar los derechos, deber de adoptar disposiciones en orden interno, el
derecho a la vida, a las garantías judiciales y a la protección judicial.
II. Derecho a la vida en relación con la obligación general de respetar y
garantizar los derechos.
III. Garantías judiciales y protección judicial en relación a
la obligación general de respetar y garantizar los derechos.
a) El pago de una indemnización a
las familias de las víctimas que
asciende a un total de $ 804.000
dólares de los Estados Unidos de
América.
b) El Estado debe investigar por
todos los medios posibles para
identificar, enjuiciar y sancionar a
los responsables de la ejecución
extrajudicial de los señores Wilmer
Zambrano Vélez, José Miguel
Caicedo Cobeña y Segundo Olmedo
Caicedo Cobeña.
c) El Estado debe realizar un
acto público de reconocimiento de
su responsabilidad en la
ejecución extrajudicial de los
señores Wilmer Zambrano Vélez,
José Miguel Caicedo Cobeña y
Segundo Olmedo Caicedo
Cobeña.
d) El Estado debe publicar en el
Registro Oficial las partes
pertinentes de la sentencia.
e) El Estado debe reformar las
disposiciones legales sobre estados
de emergencia y en particular la
Ley de Seguridad Nacional de tal
forma que dejen de contravenir la
CADH.
f) El Estado debe implementar
programas de capacitación a los
miembros de la fuerza pública
sobre derechos humanos, uso
legítimo de la fuerza y estados de
emergencia, de acuerdo a los
estándares internacionales en esas
materias.