Instituto de Investigaciones Sociológicas
Lic.: Ciencias Sociales y Sociología Rural
Alumna: González Martínez Miriam
Tema: Sindicalismo y Reformas Laborales
Materia: Investigación y Nuevas Tecnologías
Mtra.: Laura Irene Gaytán Bohórquez
Grupo: 301
1
Introducción
Este trabajo representa una breve investigación, que se realizó con base a
páginas de internet vistas en clase, el cual conlleva a generar y cuestionar dudas
acerca de la importancia de los cambios generados a lo largo de la historia dentro
de los sindicatos nacionales y que influyen en la vida de todos los ciudadanos y
trabajadores.
No cabe duda que a lo largo del tiempo, se han ido modificando diversas reformas
laborales, pero en especial la propuesta por el ex presidente Felipe Calderón,
tiene una importancia grande, ya que representa cambios demasiados drásticos, y
se ha llegado a pensar que el gobierno federal quiere exterminar a los sindicatos,
también a los pensionados y no generar antigüedad en el trabajo, resulta como un
tipo de violación al artículo 123 de nuestra constitución.
3
Para iniciar este trabajo empezaremos por definir las palabras claves, sindicalismo
y reformas laborales y con ello darle un mejor entendimiento a este trabajo.
El concepto de sindicato permite identificar a una agrupación de gente
trabajadora que se desarrolla para defender los intereses financieros,
profesionales y sociales vinculados a las tareas que llevan a cabo quienes la
componen. Se trata de organizaciones de espíritu democrático que se dedican a
negociar con quienes dan empleo las condiciones de contratación.
Cada sindicato representanta y nuclea a trabajadores de rubros específicos y se
encarga de impulsar negociaciones colectivas con las empresas o grupos
empresariales. El monto de los salarios, los periodos de descanso, las vacaciones
que corresponden, la capacitación y las licencias son algunas de las cuestiones
que los sindicatos deben resolver con la patronal.
En este contexto cabe resaltar también que se conoce como contrato o convenio
colectivo de trabajo a aquel acuerdo que se establece entre un sindicato (o
conjunto de los mismos) y uno o más generadores de empleo.
Estos contratos dejan fijadas las condiciones mínimas implícitas en cada
contratación.
La unión de los trabajadores a través de un sindicato les confiere la fuerza y el
poder necesarios para negociar con las compañías, ya que suele ser difícil realizar
reclamos y obtener resultados satisfactorios por otros medios.
Los trabajadores cuentan con libertad sindical para organizarse de acuerdo a su
propia voluntad y sin injerencias del Estado, las firmas u otros sindicatos. Esto
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quiere decir que ningún empleador puede obligar a su empleado a desafiliarse de
un sindicato o a cambiarse a otro. Por otra parte, ningún sindicato está en
condiciones de afiliar a miembros por la fuerza.1
El concepto de reformas laborales es el Programa de actuación destinado a crear
puestos de trabajo, realizando modificaciones legislativas que permitan una mayor
flexibilidad del mercado laboral, por ejemplo introduciendo nuevas formas de
contratación.2
El sindicalismo en México fueron las primeras formas de agrupación de los
trabajadores fueron las sociedades Mutualistas que proporcionaban a sus socios
beneficios o protección en caso de una eventualidad en el trabajo o despidos.
Debido al crecimiento de estas sociedades y al aumento de ellas, hubo la
necesidad de unificarlas en una organización más grande y así unidos se
obtendría más fuerza y poder.
En México durante el Porfiriato se desarrolló una gran industria debido a la llegada
de capital extranjero y esto creció debido a que se explota a la gente marginada
que carecía de leyes que los protegieran y así trabajaban largas jornadas de
trabajo con poca remuneración económica. En esa época estaba prohibido tener
agrupaciones o revelarse en contra de la dictadura de Porfirio Díaz, los que lo
hacían,eran perseguidos y encarcelados y en ocasiones eran asesinados.
Esto no permitió que se diera la primera huelga de trabajadores de la industria
minera en Cananea, Sonora en 1906 y en 1907 los obreros textiles de Rio Blanco
1
Lee en : Definición de sindicato - Qué es, Significado y
Concepto http://definicion.de/sindicato/#ixzz2GyAO1xIG
2
Leer en<http://www.definicion-de.es/reforma-laboral/>
5
Veracruz, ambas reprimidas con violencia y con sangre por parte del gobierno.
El primero de julio de 1906 en el periódico Regeneración pública el programa y
manifiesto del Partido Liberal Mexicano donde destacan los siguientes puntos
fundamentales. Jornada laboral de ocho horas, salario mínimo, reglamentación de
trabajo a domicilio. Prohibición de empleo a menores de 14 años, medidas de
seguridad e higiene para los centros de trabajo, Casa Habitación para los obreros,
Indemnización por accidentes de trabajo, pago de salarios en efectivo, descanso
semanal,obligatorio.Estas y otras propuestas fueron negadas rotundamente por la
dictadura de Porfirio Díaz, después de la Revolución en México en el año de 1910
se continuo luchando contra la opresión de los dueños de las fabricas hacia la
clase trabajadora y es hasta la constitución de 1917 en el artículo °123 donde se
regulan las relaciones laborales del país y donde la CROM (Casa del Obrero
Mundial) establece su presencia en varias entidades del país, como el primer
organismo de Corporación Sindical.
Tras dolorosas jornadas que oscilaron de las mutualidades a las cooperativas,
surgieron penosamente las agrupaciones de lucha y defensa laboral. Aparecieron
así, a mediados del siglo XIX, como germen de sindicalismo organizaciones
importantes. A lo largo de esta experiencia, los obreros mexicanos se fueron
organizando en auténticos y verdaderos sindicatos bajo diferentes
denominaciones: ligas, uniones, fraternidades, círculos y frentes entre otros;
agrupaciones de lucha y resistencia que fueron exterminadas por el porfiriato.
Con la promulgación de la Ley Federal del trabajo, el 18 de agosto de 1931, bajo
el régimen sumiso al Jefe Máximo, del Presidente Pascual Ortiz Rubio, se
estableció un profundo debate sobre las bondades o menos, del citado
ordenamiento. Esta ley fue duramente criticada en materia sindical, por lo que
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respecta a dos cuestiones; el descuento y la entrega al sindicato de las cuotas
sindicales y la cláusula de exclusión, en dos modalidades: administración y
expulsión.
Este organismo perdió fuerza y se crearon otros como la CROM, CGT, CNCT,
CGOCM todas estas organizaciones se crearon con el fin de unificar a los
trabajadores de México pero es hasta el 24 de febrero de 1934 quedo formalmente
constituida la Confederación de Trabajadores de México, bajo el liderazgo de
Vicente Lombardo Toledano, donde las prioridades eran: eran el derecho de los
trabajadores a la huelga, vivienda y alimentación dignas de capacitación
competitiva y tener buenas condiciones de trabajo. Estas peticiones innovadoras
en la época atrae a las filas a sindicatos importantes como ferrocarrileros,
petroleros, electricistas, burócratas, maestros y profesionistas por lo cual adquiere
más fuerza y la unión de trabajados de México. Entre sus logros de esta
organización son la participación en la huelga de obreros agrícolas en la zona de
la Laguna contra los hacendados de la comarca así como también en el conflicto
con las industrias petroleras provocando así la expropiación petrolera.
En agosto de 1931 fue expedida la Ley federal del Trabajo y con ello se
reglamentó el Artículo 123 constitucional donde se plasmó el derecho que toda
persona tiene al trabajo digno y socialmente útil. Los trabajadores en México
concretaban sus aspiraciones en torno a los derechos de contratación colectiva,
de asociación y de huelga.
Sería en diciembre de 1960 que se reforma y adiciona el apartado ―B‖ al Artículo
123 de la Constitución General de la República. La Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado fue publicada el 28 de diciembre de 1963,
restringiendo derechos fundamentales como el de huelga.
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En 1976 el entonces Rector de la UNAM, Guillermo Soberón Acevedo, formuló su
proyecto de apartado ―C‖, a fin de regular las nuevas expresiones sindicales en el
ámbito universitario. Para ello incluso solicita audiencia con el Presidente de la
República para avanzar en la implementación de la nueva regulación laboral.
Estas reformas y modificaciones tanto a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos como a la Ley federal del Trabajo, han sido intentos por
―adecuar‖ las relaciones laborales a un marco que impida las expresiones de
descontento y malestar que en décadas pasadas han organizado verdaderos
movimientos contestatarios (ferrocarrileros, maestros, mineros, entre otros).
Las movilizaciones que siguieron los sindicatos de la UNAM y de estados como
Puebla, Guerrero, Oaxaca, Sinaloa, llevaron a que dicha iniciativa del apartado de
excepción el ―C‖, terminara en el congelador. Tres años habría de esperar la
nueva legislación para las universidades, elevándose el concepto de autonomía en
1980 a rango constitucional.
La bandera de los sindicatos universitarios en torno a la libertad e independencia
sindical se planteaba, oponiéndose a la burocracia sindical y corporativismo del
Congreso del Trabajo. Libertad de los asociados para elegir democráticamente a
sus representantes; libertad para elegir el sindicato que represente mejor sus
intereses, oponiéndose a cláusulas de exclusión; libertad para ejercer el derecho
de asociación con la oportunidad de obtener el registro sindical; libertad para
convocar al instrumento único que poseen los trabajadores cuando se han
agotado todos los espacios de mediación y conciliación: la huelga.
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El sexenio echeverrista sería testigo del nacimiento y fortalecimiento de un
movimiento independiente, el sindicalismo en las universidades. El sindicalismo
universitario abría las posibilidades de avanzar hacia un verdadero movimiento
independiente. En el Sindicato de Trabajadores y Empleados de la UNAM
(STEUNAM), los dirigentes prometían apoyar el proceso democratizador de las
universidades y ―luchar en las filas de la corriente sindical renovadora que habría
de convertirse en la sepulturera del ‗charrismo‘ y en la constructora de una
sociedad sin clases―.
Esta nueva expresión del sindicalismo mexicano tuvo implicaciones importantes.
El movimiento sindical universitario participó, junto con otros procesos, en una
corriente generalizada que desde décadas atrás confluyeron en un mismo
objetivo: la democratización de las estructuras económicas, sociales y políticas de
México.
Desde entonces, y hasta ahora, el debate continúa en torno a la asociación de los
trabajadores que les permita obtener mejores ingresos y prestaciones laborales, y
las condiciones de ―flexibilidad‖ que le permitan a México ser competitivo en un
mundo globalizado.
Ya en septiembre del 2000, el entonces Secretario del Trabajo, Mariano Palacios
Alcocer, señalaba que la ley laboral no sólo debía proteger a los trabajadores, sino
que los sindicatos tenían que ser un activo en las empresas y no un obstáculo
para concertar acuerdos correctos y apegados a la realidad económica de México.
Paradójicamente, Alejandro Martínez Gallardo, presidente de la Confederación de
Cámaras Industriales (Concamin), manifestaría la necesidad de que la inflación
baje para que los salarios de los trabajadores incrementen su valor real salario. Ya
9
que las negociaciones contractuales ―lo llevan a uno a elevar el valor nominal pero
no necesariamente el real en donde siempre las personas de menores recursos
salen más perjudicadas‖.
Un argumento más que hemos escuchado múltiples veces es que si se obliga a
las empresas a pagar un salario por arriba de la inflación, ―entonces las industrias
se van de México y buscan algún país donde pueda competir libremente y otorgar
un salario con base en la inflación‖.
Así, la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) intenta, desde los noventa, erigirse
en interlocutor. El 1° de agosto del 2001, Francisco Hernández Juárez encabezó
la comisión que visitó al entonces presidente Vicente Fox., exponiendo: "Es el
momento de modernizar y democratizar la relación entre el gobierno y las
organizaciones sociales, para dejar atrás la época del corporativismo autoritario y
pasar a una nueva fase democrática". El argumento de la UNT en contra fue que
el corporativismo se estructuró debido a un régimen presidencialista y autoritario,
con el monopolio de la representación y la hegemonía cultural y política de un
partido. Con ello esperaban el apoyo de Fox, al hacer clara alusión al Partido
Revolucionario Institucional (PRI) que gobernó al país por más de 70 años.
Por su parte, el Doctor en derecho del trabajo Néstor de Buen estimó que en la
iniciativa de ley para reformar el artículo 123 que el PAN presentó en la Cámara
de Senadores, no se llegaría a un acuerdo con facilidad. Señalando: "Mientras el
corporativismo se mantenga de esa manera, mientras el Estado controle los
registros sindicales las tomas de nota de los comités ejecutivos, las cosas no
funcionarán. Y no hay asomo de que estas situaciones vayan a cambiar. Una ley
nueva con esos mismos vicios antiguos no servirá para nada. Se pretende hacer
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un culto a la productividad, a la competitividad, a la calidad, y que la justicia social
se vaya a hacer gárgaras‖.
La administración de FOX fue la tercera que intentó sentar en la mesa a los
actores de la producción, es decir, más de 15 años de intentos sin lograr que el
Congreso legisle sobre modificaciones a la LFT. Carlos Abascal Carranza, el
entonces titular del ramo, instaló en Puebla en octubre de 2001 la Mesa central de
Diálogo para la reforma de la Ley Federal del trabajo y no le alcanzó su capital
para avanzar en la pretensión de reforma laboral. Allí expresó: "Si convocamos a
todos los sectores involucrados a participar, es con la intención y el ánimo de
hacer el gran cambio a una nueva cultura laboral, mediante la unión de
consensos, sin pasar por alto las dificultades que esto entraña. Habrá que realizar
acciones y desarrollar estrategias que impidan el cierre de fuentes de empleo."
Ahora, la iniciativa ―preferente‖ de reforma laboral que presenta Felipe Calderón
tiene movilizadas a las organizaciones sindicales. A unos días de dejar la
Presidencia, deja más que agitadas las aguas.
La gran pregunta es si esta reforma será el Réquiem del sindicalismo o una vez
más habrán de entender los gobiernos en turno que los logros obtenidos en la
lucha revolucionaria centenaria –y tan festejada- son irrevocables, irrenunciables
y, sobre todo, legítimos en la estructura misma de nuestro sistema político
mexicano3.
3
Consultar en : http://www.e-consulta.com/2012/index.php/2012-06-13-18-41-29/articulistas/item/reforma-
laboral-requiem-para-el-sindicalismo
11
Los sindicatos en México se encuentran en un momento crítico y decisivo.Por un
lado, han sido desplazados a un rol marginal como actores políticos y
organizaciones sociales. Por otro, surgen en ellos sectores que exigen formas de
relaciones laborales nuevas y progresistas y que parecen capaces de imprimirle
una nueva orientación al sindicalismo.
El movimiento sindical mexicano es muy débil. En 2005, solo 10,17% de la
población económicamente activa estaba organizada sindicalmente, lo que implica
que en los últimos 25 años los sindicatos mexicanos han perdido a más de la
mitad de sus afiliados. Las cifras del sector industrial son especialmente
alarmantes: el porcentaje de trabajadores sindicalizados pasó de 22% en 1992 a
11,6% en 2002. En general, la influencia política de las organizaciones de
trabajadores mexicanos es mínima y su poder de negociación muy limitado. Según
varias encuestas, alrededor de 70% de los ciudadanos no tiene confianza en
lossindicatos: solo la policía y los partidos políticos muestran peores resultados.
Sin embargo, al mismo tiempo algunos sectores del movimiento sindical se
encuentran en un proceso de recomposición que muestra una nueva dinámica y
nuevas posibilidades de influencia. Los conflictos generados en el estado de
Oaxaca, la disputa en la empresa Euzkadi y el caso del líder sindical Napoleón
Gómez Urrutia revelan una reorientación de algunos sectores del movimiento
sindical: en el primer caso, la demanda apuntó al fin de los contratos laborales
temporales y a un aumento salarial según el costo de la vida en Oaxaca; en el
segundo, se trató de la defensa de los contratos colectivos y la resistencia contra
la política del despido y el cierre de fábricas; y en el tercero, el conflicto giró
alrededor de la autonomía sindical.
El conflicto en Oaxaca, que se inició en mayo de 2006 y se mantiene hasta hoy,
fue desencadenado por la demanda del sindicato local de maestros, que exigía
regularizar los contratos laborales temporales y aumentar los sueldos según el
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verdadero costo de vida en el estado, un destino turístico con precios elevados. El
segundo caso es el de la demanda del sindicato de la empresa llantera Euzkadi,
que pertenecía al consorcio alemán Continental, que reabrió la planta cerrada
desde diciembre de 2001 sin el aviso que, por ley, debía dar a los trabajadores.
Este caso refleja la lucha por contratos colectivos y condiciones laborales contra
una empresa multinacional. Finalmente, la deposición oficial de Napoleón Gómez
Urrutia como secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros,
Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (STMMRM) por parte de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social desató una campaña conjunta de
distintas federaciones que rechazaban la intervención del Estado en asuntos
internos de los sindicatos. Esta alianza, sin embargo, se disolvió debido a
desacuerdos políticos en ocasión de las elecciones presidenciales de 2006.
Aunque diferentes, los tres conflictos señalados coinciden en la búsqueda de
mejores condiciones laborales y de vida y en el reclamo de que se respeten los
derechos fundamentales de los trabajadores. Este artículo analiza el papel y el
posicionamiento de los sindicatos mexicanos y cómo éstos se involucran, por un
lado, en el proceso de democratización que atraviesa México y, por otro, en el
contexto regional.
Las elecciones de 2006 y el conflicto en el estado de Oaxaca generaron la mayor
crisis social y política de México desde la instalación de la democracia. Desde un
punto de vista político y socioeconómico, el país se divide entre un norte
conservador, relativamente rico, y un sur más pobre. Tanto en el ámbito nacional
como en el estadual las prácticas del viejo sistema autoritario-corporativista
conviven con nuevas políticas y estructuras democráticas. La confrontación en
Oaxaca –estado ubicado en el sudeste del país– entre el sindicato del magisterio y
los movimientos sociales por un lado, y el gobernador por el otro, ilustran los
desequilibrios de la consolidación democrática. Así, mientras el país vivió una
13
elección presidencial muy disputada, en la cual se enfrentaron diferentes modelos
de desarrollo, los maestros y las organizaciones sociales de Oaxaca trataron de
poner fin al gobierno corrupto de Ulises Ruiz mediante huelgas y manifestaciones.
Como en otros casos, el gobierno federal inicialmente descuidó el problema,
considerándolo un asunto local. La tardía y desproporcionada intervención de las
fuerzas de seguridad y el arresto de más de cien activistas no contribuyeron a la
pacificación. Finalmente, el sindicato local de maestros obtuvo la promesa de
aumentos salariales y otras conquistas, pero muy poco de este acuerdo se ha
hecho realidad. Ya se hace sentir otra vez la radicalización del sindicato y de los
movimientos sociales.
El ejemplo de Oaxaca demostró cómo, en casos aislados, algunos sindicatos
locales luchan para mejorar las condiciones laborales enfrentando las prácticas
políticas antidemocráticas. Pero incluso estos casos deben ser analizados con
detalle. En el conflicto de Oaxaca, el poderoso gremio nacional de los maestros, el
Sindicato Nacional de Trabajadores de Educación (SNTE), con casi un millón y
medio de afiliados –lo que lo convierte en el sindicato más grande de América
Latina–, no se solidarizó con sus compañeros. Bajo la tutela de Elba Esther
Gordillo, recientemente designada presidenta vitalicia, la conducción nacional del
sindicato aprovechó la fuerza de los disidentes para insinuar un carácter plural y
democrático, pero en realidad esto es solo una fachada. En la Ciudad de México,
el SNTE ha demostrado cercanía con el gobierno federal en el afán de preservar
ciertos mecanismos de control.
Luego de las primeras elecciones democráticas, en 2000, los mexicanos
depositaron mucha expectativa en Vicente Fox, el primer presidente de la era
post-PRI. Sin embargo, su gobierno no produjo los anhelados cambios en la
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sociedad y los avances esperados en la consolidación de la democracia. La
agenda de reformas no se pudo realizar debido a la ausencia de consenso político
y a la falta de habilidad del presidente para negociar los puntos más sensibles. Por
eso, la consolidación democrática de las instituciones todavía tiene un largo
camino por recorrer. Junto con una reforma constitucional, financiera y de la
justicia, es necesario implementar una política económica, social y laboral más
equilibrada y justa. A pesar de que el país cuenta con un ingreso per cápita alto
para el promedio latinoamericano, cerca de 40% de la población mexicana
dispone de menos de dos dólares por día para sobrevivir. Al mismo tiempo, las
diferencias socioeconómicas entre el norte y el sur se reflejan en la distribución
desigual del ingreso. El subempleo y el sector informal representan más de la
mitad del mercado laboral. El poder adquisitivo de los salarios se ha reducido
constantemente desde los 80: se estima que, entre 1993 y 2005, el salario mínimo
real cayó 33,3%. Por su parte, el PIB creció en 2005 alrededor de 3%, lo que
implica un punto menos que el promedio de América Latina, y entre tres y cinco
puntos por debajo de las impresionantes tasas de crecimiento de países como
Argentina, Venezuela, Uruguay o Chile.
Un crecimiento de 3% no alcanza para generar los puestos de trabajo para los 80
millones de trabajadores que México tendrá probablemente en 2010. Losexpertos
en economía y finanzas coinciden en que para ello se necesitaría uncrecimiento
sostenido superior a 5%. Sin embargo, en el futuro cercano no se vislumbran
grandes fluctuaciones, ya que la integración mexicana en el espacio económico de
América del Norte ha implicado una fuerte dependencia respecto de la economía
estadounidense, que por el momento no muestra grandes oscilaciones. Esta
dependencia se refleja en las exportaciones y en las fuentes de divisas. Después
del petróleo, las remesas –es decir, los envíos dedinero de los migrantes
mexicanos en Estados Unidos a sus familiares en México– constituyen la segunda
fuente más importante de ingresos del país. El mayor riesgo para la economía
mexicana es la salud de la economía estadounidense
15
La intervención del Estado en el derecho laboral y la autonomía de los sindicatos
siguen siendo temas pendientes de la consolidación democrática mexicana. La
redefinición de las relaciones entre el Estado y la sociedad, al igual que la
recuperación de la mayoría de los sindicatos como órganos representativos y
defensores de los derechos de los trabajadores, es vital para la democracia
mexicana. El caso de Napoleón Gómez Urrutia, «depuesto» de su cargo de
secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros por la
Secretaría del Trabajo en 2006, ilustra los retos que enfrenta México en materia de
derecho laboral.
En febrero de 2006, 65 trabajadores murieron por la explosión de una mina en el
estado de Coahuila. El motivo fue la falta de seguridad en la mina, privatizada a
principios de los 90. Dos días antes del accidente, la Secretaría del Trabajo había
recibido una carta firmada por un pequeño grupo de trabajadores en la que éstos
exigían la deposición de Gómez Urrutia a causa de un desfalco de 55 millones de
dólares. Este monto tendría su origen en un fideicomiso que la empresa Grupo
México debía pagar a los trabajadores como indemnización a principios de los 90.
La Secretaría aceptó la solicitud y designó, mediante el procedimiento
denominado «toma de nota» (decreto), a Elías Morales Hernández, quien había
sido expulsado del sindicato, en reemplazo de GómezUrrutia. Desde entonces,
Gómez Urrutia se encuentra prófugo, pero la mayoría de los trabajadores y los
sindicalistas exigen su regreso. Se mezclan aquí dos problemas. Por un lado, el
escándalo de corrupción y, por otro, la intervención del gobierno en asuntos
internos de los sindicatos. Los casos de corrupción no son raros en México, por lo
que vale hacerse la pregunta: ¿por qué se escogió precisamente a Gómez
Urrutia? El depuesto secretario se había convertido en un sindicalista incómodo
para los empresarios por sus denuncias acerca de la fallas en la seguridad (si bien
éstas fueron formuladas solo después del accidente). Gómez Urrutia llegó a
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acusar a los responsables de asesinato industrial. Luchó por mejores condiciones
laborales y logró un aumento de sueldos de 8%; se opuso a la subcontratación y a
una reforma del derecho laboral flexibilizadora. Además, mantuvo una posición
independiente ante sus antiguos aliados en el órgano tradicional de coordinación,
el Congreso del Trabajo (CT), en elque la Confederación de Trabajadores de
México (CTM) ejerce mucha influencia. En 2005 y 2006, Gómez Urrutia había
intentado sin éxito obtener la presidencia del CT, oponiéndose al presidente en
funciones, el cuestionado secretario general del sindicato ferrocarrilero, Víctor
Flores, cuya reelección recibió el apoyo de la CTM. Desde entonces, las
federaciones corporativistas –aquellas que tradicionalmente representaban a los
sindicatos controlados por el Estado– se encuentran enfrentadas a Gómez Urrutia.
El esfuerzo conjunto de la Secretaría del Trabajo, las empresas y la CTM para
desplazarlo de su puesto no debería sorprenderEl caso revela asimismo algunos
puntos débiles de la consolidación democrática en México. El gobierno sigue
interviniendo en la libertad y la autonomía sindicales, permitiendo que sus
intereses políticos y económicos influyan en los asuntos internos de las
organizaciones de trabajadores. La «toma de nota», el mecanismo utilizado para
desplazar a Gómez Urrutia, podría interpretarse como un procedimiento
administrativo, como el simple registro público de un sindicato.
En realidad, se trata de una autorización gubernamental que, en la mayoría de los
casos, constituye un proceso largo, burocrático y político, decidido por el gobierno
del estado o el federal. Mientrasque las empresas, por ejemplo, pueden registrar
su organización en forma autónoma, solo con la participación obligada de un
notario, los sindicatos dependen del Estado. En el fondo, como subraya el
laborista Arturo Alcalde, «se trata a los trabajadores como menores de edad»
Hasta ahora, la UNT es la única federación de sindicatos que se ha opuesto a este
procedimiento.
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La solución a estos puntos conflictivos no depende solo de las decisiones y de la
actitud de las instituciones gubernamentales. Los propios sindicatos tienen que
asumir un papel activo. La alianza entre sindicatos tradicionales e independientes
–entre otros, CROC, UNT, CROM, COR y FSM– en el Frente Nacional por la
Unidad y la Autonomía Sindical (FNUAS), surgido a raíz del caso Gómez Urrutia,
revela la posibilidad de establecer alianzas en defensa de la autonomía sindical. Y
aunque se disolvió después de las elecciones presidenciales de 2006 por razones
políticas, sigue siendo un símbolo positivo: una protesta conjunta de federaciones
que se oponen a una política gubernamental poco amigable hacia los trabajadores
y que, mediante la movilización, denunciaron tanto las viejas prácticas
corporativistas como la intervención del Estado.
Contratos colectivos de protección patronal en las viejas prácticas del
corporativismo sindical, como la ausencia de transparencia, la sumisión frente al
Estado y el clientelismo, no han desaparecido, aunque perviven en un nuevo
contexto político y con otros significados. No es nuestra intención analizar aquí la
historia del corporativismo en México. Sin embargo, para entender el papel actual
de los sindicatos mexicanos, es importante ver hasta qué punto la transición hacia
la democracia y el fin del dominio del partido único han cambiado dicho sistema.
La transformación tiene su origen en el modelo económico neoliberal instalado tras
la crisis económica de 1982. La nueva política económica apostó a la reducción de
los subsidios, la privatización de empresas públicas, el retraimiento del Estado y la
liberalización del comercio. Esto rompió radicalmente con la política de integración
y compromiso social tradicional. Entre los símbolos persistentes de esta ruptura
podemos mencionar la abolición en 1992 de la inalienabilidad constitucional del
ejido –las tierras del Estado federal trabajadas por los campesinos– y las políticas
de liberalización del comercio yapertura externa que culminaron con la firma del
Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en 1994.
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Esta política generó consecuencias en el mercado laboral: se ajustó la producción
en aras de la competitividad, los contratos colectivos se flexibilizaron y la posición
de los sindicatos se debilitó. Desde entonces, el sector informal y
consecuentemente, los puestos de trabajo precarios sin representación sindical
han crecido considerablemente. El hecho de que las tradicionales federaciones
sindicales corporativistas no hayan encontrado respuestas adecuadas a estos
cambios revela su ineficacia para adaptarse a una economía crecientemente
globalizada. Como apéndice del Estado, los sindicatos corporativistas funcionaron
siempre como protectores del gobernante de turno, en lugar de actuar como
defensores de los intereses auténticos de los trabajadores.
Como señalamos, la ruptura del sistema de relaciones laborales se inició en los
80. Frente a estos cambios económicos de gran envergadura, las elecciones
nacionales de 2000, que simbolizaron el fin del dominio del PRI, tuvieron un
impacto casi insignificante. No obstante, el nuevo escenario político generado por
los comicios presidenciales de 2000 había alentado esperanzas de que se
produjeran avances en el ámbito de las relaciones laborales y en cuanto a la
relación de la política con el mercado de trabajo, esperanzas que se nutrieron del
cambio político general antes que de la oferta de los candidatos. Algunos
pensaron que el panorama de posibles transformaciones democráticas incluiría
también al sector sindical y la política laboral, que los cambios generarían una
nueva relación entre el Estado y los sindicatos corporativistas que implicaría el fin
de la sumisión política, y que también contribuirían a una verdadera reforma del
derecho laboral que integrara las cuestiones de la transparencia y la autonomía
sindical.
Sin embargo, hoy, en lugar de una relación independiente con el Estado, persiste
la tradición de los sindicatos corporativistas con un papel sumiso, sobre todo en
los casos del CT y la CTM. Y en vez de una cooperación entre las diferentes
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centrales sindicales, entre las federaciones corporativistas y las independientes,
para enfrentar cuestiones como la reforma del derecho laboral y los impactos de
las políticas económicas neoliberales en los trabajadores, el escenario aparece
aún más fragmentado que antes de 2000.
Con poco menos de un millón de afiliados, la CTM sigue siendo la mayor
federación sindical de México y la única que nuclea a trabajadores de todos
lossectores económicos, sobre todo de la industria y la construcción. El número de
sus miembros ha disminuido por diferentes motivos, entre ellos el hecho de que el
sector industrial tradicional se ha contraído. Según datos de 2005, la mayor parte
de la población trabaja en el sector de servicios (39%) y comercio (20%). Al tiempo
que el número de contratos colectivos pactados por la CTM se redujo, el
porcentaje de los firmados por los sindicatos independientes(en su mayoría
afiliados a la UNT) y los sindicatos blancos o amarillos (sindicatos empresariales)
se duplicó durante el gobierno de Vicente Fox, al pasar de 11% en 2000 a 22,6%
en 2005.
A pesar de la reducción de afiliados y del número de contratos colectivos pactados
por sus sindicatos, la CTM sigue mostrándose renuente a sacudirse la herencia
corporativista y no se atreve a ingresar en la era democrática. Aunque dentro de la
CTM existen diversas voces, su dirigencia prácticamente no se ha renovado, ni
estructural ni temáticamente. En la era post-PRI, la CTM mantiene su estrecha
asociación con ese partido. Tanto el actual secretario general, en funciones desde
agosto de 2006, como su antecesor, han sido políticos del PRI que apoyaron
oficialmente al candidato priista en las elecciones de 2006. No obstante, para
preservar los antiguos privilegios, la conducción de la CTM desarrolló una relación
pragmática con el gobierno de Fox y ahora con el de Felipe Calderón. Como
ejemplo, podemos mencionar que la CTM apoyó la propuesta para la reforma del
derecho laboral elaboradapor la Secretaría del Trabajo y las federaciones
20
Patronales durante la presidencia de Fox. Con esta posición, la organización se
ubicó ideológicamente cerca de los sindicatos de Monterrey, es decir, los
sindicatos blancos, dependientes de los empresarios, que tienen una presencia
desproporcionada en ese estado.
El derecho laboral mexicano tiene sus orígenes en los años 30 del siglo XX.
Desde entonces ha sido sometido varias veces a cambios menores, aunque no se
ha adaptado a la realidad laboral de las dos últimas décadas. Fox sugirió su
interés por flexibilizar la ley para crear un clima de inversiones atractivo, que en
teoría favorecería a los trabajadores, aunque sin tomar en cuenta sus intereses en
torno de nuevas posibilidades de participación y transparencia.
También entre los representantes obreros surgen muchas voces que proponen
una reforma del derecho laboral, originadas sobre todo en el sector progresista del
movimiento sindical. En efecto, los sindicatos «independientes», bajo el liderazgo
de la UNT intervienen de manera constructiva en el debate conpropuestas de
autonomía sindical, críticas a la intromisión del Estado e iniciativas para generar
más transparencia, por ejemplo a través del derecho de inspección de los
contratos colectivos, la eliminación de la práctica actual de registro de los
sindicatos ante la Secretaría del Trabajo y la independencia de las juntas de
arbitraje.
A todo esto se suma la lucha por abolir los «contratos de protección», un vestigio
del México antidemocrático. Muy usuales en los sindicatos corporativistas y
blancos, son contratos colectivos simulados, pactados a puertas cerradas entre un
patrón, un seudodirigente sindical y un abogado laboralista. Sirven exclusivamente
a los intereses del patrón ya que, con el aval de la Secretaría del Trabajo, evitan
que un sindicato auténtico exija la representación de los derechos de los
trabajadores. Muchas veces, los trabajadores ni siquiera saben que disponen de
un contrato colectivo. En cierta forma, estos contratos reflejan una cultura muy
21
presente en la actualidad, en la cual el secretario general o «líder» del sindicato
juega un papel central, mientras que los trabajadores asumen sus decisiones sin
mayores críticas. Aunque no existe un tipo único de contrato de protección, todos
comparten tres características: se firman entre representantes sindicales y
patronales sin que la mayoría de los trabajadores intervenga; son suscriptos por
sindicatos no elegidos democráticamente y se administran y revisan sin consultar
a los trabajadores. Para constituir «contratos de protección» no tienen que cumplir
necesariamente con las tres características pero en todos los casos revelan la
falta de libertad y autonomía sindicales, las prácticas internas sindicales
antidemocráticas y la ausencia de una conciencia de responsabilidad social por
parte de las empresas. Hoy, en México, estos contratos representan cerca de 80%
de la totalidad de los contratos colectivos.
A pesar de que constituye un obstáculo en el camino de la consolidación
democrática del país y de sus instituciones, el problema de los «contratos
deprotección» casi no se menciona en el debate político. La voz política de la
federación sindical independiente, la UNT, tiene un alcance limitado, ya que
susafiliados pertenecen casi exclusivamente al sector de servicios. Y es sobre
todo en el sector industrial y de la maquila, informal o dominado por los sindicatos
corporativistas, donde persisten estos «contratos de protección». Por ello, es
importante que confederaciones internacionales como la ORIT y algunas Global
Union Federations (GUF), junto con organizaciones nacionales como CROC, el
Centro Nacional de Promoción Social (Cenpros) y otras, denuncien públicamente
los «contratos de protección» y su papel dañino para los trabajadores.
Esto es doblemente válido para las trabajadoras. Afectadas por la misma
problemática, deberían tener un interés especial en la cooperación
interinstitucional. Como se sabe, las mujeres generalmente ganan menos que los
hombres por el mismo trabajo. Además, tienen mayor presencia en ciertos
sectores industriales (como la maquila o el trabajo en casa) en los cuales casi no
existe representación sindical.Los sindicatos no logran atraer a las mujeres porque
22
no suelen abordar sus intereses específicos, como la remuneración desigual, la
discriminación sexual y la compatibilidad entre la profesión y la familia.
Aunque en casi todas las organizaciones existen comités y programas de
capacitación para mujeres, que son importantes porque brindan un espacio de
reflexión para sus intereses específicos, en general las trabajadoras carecen de
oportunidades de alcanzar posiciones de liderazgo en estructuras dominadas por
hombres. Si los sindicatos logran convertirse en grupos de interés más auténticos,
enfocados en los asuntos de las trabajadoras, podrán atraer a nuevas afiliadas
que trabajan en sectores estratégicos y, además, ganar una mayor legitimidad e
influencia política.
El derecho laboral y la autonomía de los sindicatos siguen siendo temas
pendientes de la consolidación democrática mexicana. La redefinición de las
relaciones entre el Estado y la sociedad, al igual que la recuperación de la mayoría
de los sindicatos como órganos representativos y defensores de los derechos de
los trabajadores, es vital para la democracia mexicana4.
Durante mucho tiempo se ha tratado de prolongar la nueva Reforma Laboral, que
consiste en:
Contratación por tres vías
Lo que plantea la reforma laboral que discute el Congreso mexicano, de acuerdo a
lo que la especialista declaró a Univision.com, es que la contratación se dé por
tres situaciones:
4
Este artículo es copia fiel del publicado en la revista NUEVA SOCIEDAD No211, septiembre-octubre de
2007, ISSN: 0251-3552, <www.nuso.org>
23
1. ―El contrato a prueba, que lo teníamos completamente prohibido por la ley y
ahora se está permitiendo que se contrate a prueba no más de 30 días, en donde
se tiene que analizar si el trabajador tiene la capacidad para realizar el trabajo.
2. ―El trabajo por hora, que no es como lo comentan los trabajadores, que están
queriendo dividir el salario mínimo en ocho horas. Claro está que el valor hora no
llega ni a ocho pesos ($0.61 dólares). Lo que dice la propuesta es que,
independientemente de las horas que trabajen, tienen que ganar por lo menos el
salario mínimo. Esto quiere decir que si se le va a contratar por hora y no llega a
las ocho horas, de todas maneras debe cobrar el salario mínimo.
3. ―La nueva ley limita a los patrones que ahora no pueden contratar a través de
estas prestadoras de servicio a puestos que sí pueden quedar contratados dentro
de la empresa, sino que se tiene que justificar que su carácter es especializado,
no solamente contratar por contratar".
Estas modalidades de contratación, destaca la profesora, derivarán en que la
contratación no sea solo para la gente que tenga experiencia (pues implica un
contrato de capacitación en el que se enseñará al trabajador a realizar la labor que
se le va a encomendar), ni que los puestos sean dados por cuestiones de
compadrazgo, sino que respondan a las exigencias de la empresa en cuestión.
―Hoy en día el derecho de preferencia principal es por los conocimientos, por la
productividad, por lo que sepa el trabajador. Esto también cambia el concepto que
teníamos antes de cómo se podía ir subiendo en el escalafón‖, afirmó.
La jubilación, una inquietud para todos
24
Otro de los temas que se han asomado en las marchas en contra de la reforma
laboral propuesta por Felipe Calderón, es el temor por supuestas modificaciones al
tema de la jubilación, el retiro de los trabajadores con goce de un porcentaje de su
salario una vez que cumplen cierta edad.
Sin embargo, Curiosa negó que la discusión estuviera incluida en la reforma
laboral.
―Este tema ni siquiera podría estar en la reforma laboral, pues está contemplado
en la ley del seguro social. No podría estar en la reforma laboral porque no lo
contempla en sus artículos‖, afirmó la profesora.
A) Despidos y salarios
La reforma laboral del ejecutivo federal contempla que en caso de despidos, los
salarios vencidos a modo de indemnización serán generados únicamente desde la
fecha del despido hasta un tiempo máximo de doce meses.
Si el procedimiento legal sigue después de ese período y no se ha resuelto la
situación entre la empresa y el trabajador, sólo se generaría un interés.
Con lo anterior se busca fomentar la conservación de empleos, tratar de frenar los
despidos y evitar que los juicios laborales se alarguen más del tiempo necesario,
según fuentes oficiales.
La controversia en este punto se genera por lo que fuentes opositoras consideran
un abuso al limitar el pago de los salarios caídos, además de los modos para
notificar del despido, que de acuerdo a la reforma del ejecutivo federal puede
hacerse incluso a través de correo electrónico.
25
B) Subcontratación u Outsourcing
Buscando que el patrón no eluda el cumplimiento de sus obligaciones, la reforma
propone incluir el concepto de subcontratación.
Debe asegurarse por escrito que quien subcontrate tenga solvencia económica y
que tenga medios para garantizar la seguridad y salud de la persona
subcontratada
Lo que las fuentes opositoras piden es que las Outsourcing formalicen por escrito
las formas en que se garantizan los derechos mencionados al trabajador, pues de
modo contrario consideran que este apartado de la reforma sería ambiguo.
C) Períodos de prueba
El ejecutivo federal propone incorporar en la legislación nuevas modalidades de
contratación en base a períodos de prueba, contratos de capacitación inicial y
trabajos temporales.
Se busca, según fuentes oficiales, que de esta forma más personas se integren a
la economía formal y se rompa el círculo de personas que no son contratadas por
no contar con capacitación y experiencia previas.
Se pretende además que los trabajadores contratados bajo estas modalidades
tengan los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador en
proporción al tiempo establecido.
La controversia en este punto surge porque fuentes opositoras aseguran que se
abre la puerta para que los contratistas no den contratos indefinidos y los
trabajadores nunca lleguen a gozar en su totalidad de los beneficios de un empleo
de planta.
Otros puntos
26
La reforma laboral del presidente Calderón contempla también que los sindicatos
incluyan en sus estatutos fechas precisas para dar cuentas, sanciones claras para
los dirigentes y la incorporación de instancias donde resolver sus controversias
internas.
Se rechaza también el derecho de que se realicen varias huelgas emplazadas por
distintos sindicatos hacia un mismo patrón, pues si ese es el caso, se considerará
causal para evitar el emplazamiento a otra huelga.
Se mencionan también apartados que promueven los contratos por horas, para
que se realice el pago de esa manera, lo que ha generado controversia pues se ha
comparado la situación mexicana con la estadounidense, en la que el trabajador
mexicano ganaría menos, pues el nivel salarial del país es mucho más bajo que el
de Estados Unidos o incluso que el de Chile, además no se pagaría el domingo,
pues la idea es hora trabajada, hora pagada.
Ahora, pasemos a uno de los cambios más importantes en la reforma, el despido.
El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo impone actualmente al patrón la
obligación de dar al trabajador un aviso en el que se manifieste la fecha y causa o
causa de la rescisión. La falta de aviso, por sí sola hace que el despido sea
injustificado.
El artículo 47 vigente en la parte conducente dice lo siguiente:
"Artículo 47...
XV....
27
El patrón deberá dar al trabajador aviso escrito de la fecha y causa o causas de la
rescisión. El aviso deberá hacerse del conocimiento del trabajador, y en caso
de que éste se negare a recibirlo, el patrón dentro de los cinco días siguientes a la
fecha de la rescisión, deberá hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva,
proporcionando a ésta el domicilio que tenga registrado y solicitando su
notificación al trabajador. La falta de aviso al trabajador o a la Junta, por sí sola
bastará para considerar que el despido fue injustificado."
La reforma da un cambio radical con respecto a lo que dice este artículo y
determina lo siguiente:
"Artículo 47
XV...
El patrón deberá dar aviso en forma indistinta al trabajador o a la Junta de
Conciliación y Arbitraje competente, dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la fecha de la rescisión, proporcionando a ésta el domicilio y cualquier otro dato
que permita su localización, solicitando su notificación al trabajador.
En relación al párrafo que antecede, el patrón podrá dar aviso al trabajador de
manera personal o por correo certificado. La Junta de Conciliación y Arbitraje que
reciba el aviso de rescisión deberá comunicarlo al trabajador por cualquier medio
de comunicación que estime conveniente. El actuario de la Junta dará fe de la
notificación correspondiente. "
La falta de aviso al trabajador o a la Junta, por sí sola bastará para considerar que
el despido fue injustificado.
Veamos parte por parte los cambios de la reforma:
28
1. Elimina la obligación del patrón de que el aviso contenga la fecha y causas de la
rescisión. El trabajador simplemente desconocerá las razones por las que es
despedido.
2. El aviso ahora podrá ser entregado a la Junta de Conciliación y Arbitraje o al
trabajador de forma indistinta y no como lo exige la ley actual, que solo puede ser
entregado en la Junta en el caso de que el trabajador se niegue a recibirlo.
3. El patrón puede proporcionar el domicilio y cualquier otro dato que permita su
localización (Se mantiene la obligación de proporcionar el domicilio)
4. El aviso, por parte del patrón, se podrá hacer de forma personal o por correo
certificado.
5. La Junta que reciba el aviso debe darlo a conocer por cualquier medio que
estime conveniente y el actuario dará fe de la notificación correspondiente.
Así las cosas si el aviso del patrón se puede hacer por correo certificado, no será
necesario verificar que efectivamente, el trabajador lo haya recibido. Por otra
parte, cuándo la Junta debe realizar el aviso no queda claro a qué se refiere la
reforma con respecto a que podrá hacerlo por cualquier medio que estime
conveniente. ¿Se refiere a un aviso por teléfono, correo electrónico, celular? No
hay claridad en este punto aun cuando la reforma establezca que el actuario debe
dar fe de la notificación correspondiente. Existen muchas formas en las que una
persona puede ser notificada, y no precisamente de forma personal. La ley
determina que se puede tener por notificada a una persona simplemente dejando
una copia de la cédula de notificación en la puerta del domicilio al no encontrar a
29
la persona buscada. La reforma no específica que la notificación debe de ser
estrictamente de carácter personal por lo que hace al aviso de despido, y de esta
forma, se puede prestar a abusos por parte de los patrones y la Junta.
Para finalizar, el artículo 47 de la reforma podría ser considerado inconstitucional
al establecer una discriminación arbitraria entre los trabajadores y los trabajadores
domésticos ya que en su último párrafo dice:
El aviso a que se refiere este artículo no será exigible en los casos de los
trabajadores domésticos.5
Hay un asunto, muy de orden práctico que quisiéramos resaltar sobre la limitación
a un año para el pago de salarios caídos en la reforma laboral propuesta por
Felipe Calderón.
Cómo es sabido, los trabajos, cada vez son más precarios y peor pagados. El
salario mínimo en la zona A(el más alto) es de $62.33. Esto significa que el
trabajador con ese salario recibe un sueldo mensual de $ 1, 869.90 y anualmente
obtendría la cantidad de $ 22,437.60 por su trabajo.
Vamos a suponer que despiden a un trabajador que gana el salario mínimo y que
contrata a un abogado particular para tal efecto y que el juicio se resuelve de
forma favorable al trabajador en un año. El abogado que acude a la defensa de
un trabajador puede cobrar normalmente el 30% de lo recuperado en un juicio.
Esto significa en el ejemplo antes expuesto, que podría obtener la cantidad de
$6,731.28 (sólo de salarios caídos) por sus servicios.
5
Consultar en: http://www.fenixcomunicacion.com/2012/09/en-que-consiste-la-reforma-laboral-2012.html
30
Con la reforma, el pago de los salarios caídos se limita a un año y posteriormente,
se pagan los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de
salario, a razón de dos por ciento mensual, capitalizable al momento del pago.
El artículo reformado en la parte correspondiente de los salarios caídos dice lo
siguiente:
Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el
trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción
intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del
despido hasta por un período máximo de doce meses, en términos de lo
preceptuado en la última parte del párrafo anterior.
Si al término del plazo señalado en el párrafo anterior no ha concluido el
procedimiento o no se ha dado cumplimiento al laudo, se pagarán también al
trabajador los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de
salario, a razón del dos por ciento mensual, capitalizable al momento del pago. Lo
dispuesto en este párrafo no será aplicable para el pago de otro tipo de
indemnizaciones o prestaciones.
Esto significa el ejemplo anterior que 15 meses de salario serían $28,048.50, el
interés mensual sería de $560.97 y en consecuencia, el trabajador podría recibir
$6,731.64 por un año más de juicio y al abogado le serían pagados 2,019.49.
Cómo se puede observar, la cantidad que gana tanto el trabajador, como el
abogado, disminuye considerablemente. Si se toma en cuenta que los
31
trabajadores por obvias razones no pueden llevar los juicios por sí mismos de
forma adecuada y que son los abogados los que la realizan, esperando un pago a
cambio, en realidad el derecho del trabajo, en defensa de los trabajadores, deja de
ser un servicio redituable6.
En diferentes ocasiones partidos políticos mostraron su repudio en contra de dicha
reforma ya que ello generaba el deterioro de los sindicalismos en México. Así lo se
refirió el presidente nacional del Partido Acción Nacional (PAN), Gustavo Madero,
quien calificó la recién aprobada reforma laboral como un "retroceso histórico",
asegurando que en el Senado el partido insistirá en aprobar una reforma a la Ley
Federal del Trabajo completa, que beneficie no sólo la parte económica, sino
también la democracia y transparencia sindical.
En conferencia de prensa, el líder nacional del PAN indicó que la reforma laboral
es un desaprovechamiento histórico, que pierde la oportunidad de que el país
avance no sólo en materia económica sino de forma integral, por lo que aprovechó
para reprochar a la bancada de los partidos de izquierda por salir del recinto
durante la votación y permitir la aprobación de la iniciativa, la cual fue enviada por
el presidente Felipe Calderón, miembro de su partido.
Gustavo Madero señaló que la aprobación de la reforma a la ley del trabajo es
muestra de que la llegada de PRI al poder es un retroceso político del país, "no
sólo porque no incluyó el voto directo, libre y secreto, sino que permitió algo que
es más aberrante, el coto a mano alzada".
"Se privilegió mucho y bien, y en esa parte estamos satisfechos, en la parte
económica, pero muy insatisfechos en la parte política y democrática", señaló
Madero.
6
Consultar en : http://www.fenixcomunicacion.com/2012/09/los-salarios-caidos-en-la-reforma.html
32
Finalmente el presidente del PAN hizo un llamado a los trabajadores a leer la
reforma y no "dejarse engaña con aseveraciones tendenciosas que trata de
asustar y generar miedos, como lo que fue en su momento el rumor de que
pagarían el salario a 7 pesos la hora".
La reforma laboral aprobada en México, un retroceso histórico: Gustavo Madero.7
Por otra parte el PAN busca regresar a la reforma laboral los cambios en materia
sindical.
El partido intentará reintegrar al documento los puntos relativos a los sindicatos,
que el presidente Calderón considera "irrenunciables".
Los diputados del gobernante Partido Acción Nacional (PAN) buscarán reintegrar
al dictamen de reforma laboral las modificaciones en materia de sindicatos que
originalmente planteó la iniciativa del presidente Felipe Calderón.
El documento del mandatario, enviado a la Cámara baja el 1 de septiembre,
proponía crear nuevos tipos de contratación —inicial, por temporada y por periodo
de prueba—, limitar a un año los salarios que un patrón deba pagar a un
trabajador tras un juicio laboral, establecer permisos de paternidad para los
empleados hombres, así como obligar a las organizaciones sindicales a hacer
pública su información según la Ley Federal de Transparencia y elegir a sus
dirigentes mediante el voto libre, directo y secreto.
7
Consultar en: http://mx.ibtimes.com/articles/28223/20121002/reforma-laboral-gustavo-madero-retroceso-
mexico.htm
33
La mayoría de los puntos permanece en el dictamen que este miércoles fue
aprobado en lo general en la Comisión de Trabajo, pero los referentes a los
sindicatos fueron retirados por la presidencia de la comisión, a cargo de Carlos
Aceves del Olmo, diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y líder de
la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
Durante las sesiones de la comisión, los legisladores del PRI —un partido en el
que militan varios dirigentes gremiales, como los de petroleros y empleados del
sector público— afirmó que las propuestas de Calderón vulneran la autonomía
sindical.
Los panistas respaldaron el dictamen en lo general, aunque anunciaron que
retomarán el tema de los sindicatos en la discusión particular que se realizará este
jueves, antes de que la reforma sea llevada al pleno de la Cámara baja.
―Creemos que se debe reconocer expresamente el derecho de los trabajadores a
elegir de manera libre y secreta a su directiva, y la obligación de la directiva
sindical de rendir cuentas a los trabajadores‖, dijo a CNNMéxico el diputado
panista Ricardo Anaya, uno de los 30 integrantes de la comisión.
En su propuesta, Calderón señala que los trabajadores tienen el ―irrenunciable
derecho‖ de ―exigir cuentas claras y detalladas‖ a sus sindicatos. La semana
pasada, la defendió bajo el argumento de que los trabajadores deben tener la
facultad de conocer cómo se utilizan los recursos de sus organizaciones
gremiales, porque éstas se mantienen con las cuotas que se descuentan de sus
salarios.
Calderón, cuyo mandato concluye el 1 de diciembre, ya había hecho un primer
intento por lograr la aprobación de una reforma laboral a mediados de su gestión,
pero el tema no consiguió apoyo en el Congreso. Ahora volvió a intentarlo
34
mediante la figura de la iniciativa preferente, que entró en vigor con la reciente
reforma política y obliga a una cámara legislativa a votar una propuesta a más
tardar en 30 días.
El próximo presidente de México, el priista Enrique Peña Nieto, se pronunció en
ese contexto a favor de cambios a la legislación en la materia, aunque pidió tomar
en cuenta la opinión de los sindicatos.
―Moneda de cambio‖
En los partidos de izquierda, sin embargo, existen dudas acerca de que el PAN en
realidad quiera retomar el tema de los sindicatos.
El bloque —que conforman los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del
Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano— votó en contra del dictamen de reforma
laboral porque considera que afecta los derechos de los trabajadores para
favorecer a los empresarios. Sin embargo, sus propuestas coincidían con las del
PAN en el sentido de impulsar la democracia y la transparencia sindicales.
Luisa María Alcalde, diputada de Movimiento Ciudadano y también integrante de
la Comisión de Trabajo, dijo a CNNMéxico que es posible que el tema de los
sindicatos haya sido la "moneda de cambio" con la que negoció el PAN a cambio
de que el PRI apoyara sus planteamientos. Con 212 de 500 asientos, los priistas
representan la primera fuerza en la Cámara baja.
"Me parece lamentable que los partidos, el PRI y el PAN, respondan a intereses
de grupos, sobre todo al sector empresarial", señaló la legisladora.
35
"Vamos a discutir. Nosotros estamos a favor de la transparencia (de los
sindicatos). Esperemos que los panistas voten en ese sentido, que no haya sido
solo una banderita", agregó.
A lo largo de la semana, otros diputados de la izquierda han acusado al PAN y al
PRI de tener "prisas" por aprobar la reforma laboral y de excluirlos en la
elaboración del respetivo dictamen.
El PRD ha advertido que si el documento es avalado interpondrá una controversia
legal para detener su aplicación. Según el bloque de izquierda, si la medida entra
en vigor, los trabajadores resultarán afectados porque ganarán menos, podrán ser
despedidos con más facilidad y perderán prestaciones. Por el contrario, los
partidarios de la propuesta aseguran que ésta impulsará la economía y la
generación de empleos.8
También dejar en claro que durante esta reforma laboral propuesta por el ex
presidente Felipe Calderón hay gente o ciudadanía que no está a favor ni a favor
ni en contra
Algunos la defendieron vehementemente, mientras otros insistieron en que es
deficiente y hasta grosera. En las últimas semanas, la reforma laboral en México
ha sido llevada y traída más allá del Congreso del país: Ha sido tema de
innumerables conversaciones, y lleva irremediablemente a los interlocutores a
amarla u odiarla sin posturas intermedias.
8
Consultar en: http://mexico.cnn.com/nacional/2012/09/27/el-pan-busca-regresar-a-la-reforma-laboral-los-
cambios-en-materia-sindical
36
El punto malo de las modificaciones hechas a la reforma original propuesta por
Calderón –siempre de acuerdo a la especialista--, se ubica en el tema de los
sindicatos.
Mientras la propuesta original de Calderón defendía una completa transparencia
sindical, tanto en la elección de los dirigentes (a través del voto secreto) como en
el uso de los recursos, ―desafortunadamente (ese tema) los legisladores lo
hicieron a un lado. Lo único que manejaron por lo que hace al sindicalismo es una
transparencia sindical al interior del mismo sindicato con respecto a los estatutos.
―Los estatutos de los sindicatos tienen que contener el procedimiento para la
elección de la directiva, de número de sus miembros, tiene que haber una votación
directa. Es todo lo que tocaron realmente en cuanto al tema sindical, cuando en
verdad era una parte importante de la reforma‖, lamentó Curiosa.
La profesora indicó además, que las huelgas debían estar también contempladas
en la reforma, junto con sus implicaciones, como los salarios caídos.
El sindicalismo y la huelga, definitivamente. Además también hizo falta el tema de
los salarios caídos. Por ese lado sí podría ser en un momento dado que
perjudicara a los trabajadores.
―Un juicio actualmente, en promedio, dura alrededor de tres años. Ahí procedían
los salarios caídos hasta que se acabara todo el procedimiento y el patrón pagara.
―Hoy en día, esos salarios caídos los están limitando a 12 meses. Pero la
propuesta dice que son 12 meses de salarios caídos como tope, pero también
habla de un porcentaje de interés, el dos por ciento de 15 meses del salario del
trabajador. Son dos penalizaciones que tiene el patrón.
―La gente dice que esto le pega terriblemente al trabajador, pero también hay que
tomar en cuenta que por muchos años han acabado empresas medianas o
37
pequeñas, donde inclusive los mismos trabajadores trataban de alargar los
procedimientos para que se les acumularan más salarios caídos.
―Hoy en día es claro que en este sentido les va a perjudicar esta reforma, pero yo
creo que es muy justa para los dos lados‖, de modo que no se afecte a ambas
partes en alargar intencionalmente la solución de un conflicto laboral.
La especialista Shalila Curioca sostiene que, con todo y los asuntos no
contemplados por esta reforma laboral –que por cierto considera que será
aprobada en breve en estos términos--, la reforma solo representa una regulación
de hechos que ya venían dándose a escondidas e incluso, por encima de la ley.
¿Por qué el debate?
Según la profesora, la controversia se originó por el delicado tema del sindicalismo
en México.
―Como la propuesta original sí los tocaba, empezaron con todo este escándalo
para que no fuera a pasar esta reforma, porque definitivamente golpeaba al
sindicalismo en México.
―Lo único que había que hacer era no acabar con el sindicalismo sino regularlo
bien. Como la reforma atentaba contra todo el sindicalismo sucio de nuestro país –
que yo siento que es lo que ha ido limitando la productividad y por eso los
extranjeros no quieren invertir, por el sindicalismo tan sucio--, empezaron a hacer
un escándalo con esta reforma‖9
A partir de esta reforma, se ha pensado que la reforma laboral exterminara los
sindicatos en México
9
Consultar en: http://noticias.univision.com/mexico/noticias/article/2012-10-18/reforma-labotal-mexicana-a-
favor-en-contra#ixzz2GsdR3dq9
38
La aprobación de la iniciativa de reforma laboral que presentó el presidente Felipe
Calderón al Congreso significaría la muerte del sindicalismo independiente en
México, pues cancela las dos pequeñas rendijas que tienen los trabajadores para
tener un contrato colectivo propio: los emplazamientos a huelga por firma de
contrato y el juicio de titularidad.
En México casi 90 por ciento de sindicatos independientes son producto de juicios
de titularidad, y la iniciativa cancela esa puerta fijando requisitos imposibles de
cumplir, ya que prácticamente los trabajadores tendrían que poner sobre aviso a la
empresa y hasta pedirle permiso para cambiar su sindicato.
El proyecto plantea además que si hay un juicio iniciado por un sindicato, otro no
puede demandar la titularidad del contrato hasta un año después; es decir, los
patrones pueden ponerse de acuerdo con las organizaciones de protección para
que haya demandas permanentes que impidan a los trabajadores llevar a cabo un
proceso legal para afiliarse a una agrupación independiente.
Esos aspectos, que plantea el proyecto calderonista, harían imposible tener
sindicatos independientes, subrayó el experto en derecho laboral Arturo Alcalde,
de la Asociación Nacional de Abogados Democrático (ANAD).
Explicó que en la iniciativa se estipulan los llamados requisitos de
procedibilidad que tendrán que cumplir los empleados antes de iniciar un juicio por
la titularidad del contrato colectivo de trabajo, los cuales indican que los
inconformes deberán dar sus nombres, firmar un acta y acreditar que están dados
de alta en la empresa, las cuales tienen la extendida práctica de despedir siempre
39
a quienes intentan afiliarse a sindicatos independientes. Así, teniendo los nombres
de los empleados, les será más fácil despedirlos.10
Esta nueva reforma ha generado, manifestaciones por parte de sindicatos a en
todo el país, también se ha mencionado que es una violación al artículo 123, y
repudian dicho cambio ya esto generara el declive de sindicatos de gran
importancia.
10
Consultar en: http://www.jornada.unam.mx/2012/09/11/politica/021n1pol
40
Anexos
Como lo mencione anterior mente estas son imágenes de manifestaciones en lo
ancho del país, en contra de la reforma laboral.
41
Conclusión
Este trabajo represento, la forma de adquirir más conocimiento de los Sindicatos
en México, cual es el poder que ejercen dentro de la sociedad y cuál es su
funcionamiento, de ellas, es sumamente importante mezclarse llenarse sobre esta
información, ya que de esta forma romperemos con la ignorancia, de dejarnos
llevar con lo que los medios de comunicación informan. Que tanto nos afectan las
nuevas reformas impulsadas por el ex presidente y que tanto violan los derechos
de los trabajadores.
Mucho se ha comentado que esta nueva reforma abrirá y generara más trabajo,
pero realmente esto le ara un bien al país, generara trabajos de calidad o solo
deteriorara la forma de llevar a cabo los contratos. A lo largo de dicho
nombramiento al cambio, se han realizado demasiadas manifestaciones que
incluyen marchas, plantones, bloqueos etc., pero que nada han solucionado, todo
quedo a manos del nuevo de los titulares del presidente en turno.
43
Referencias
GarcíaTéllez, Rosa María, 2012, ―Reforma Laboral: Réquiem para el Sindicalismo‖
en: http://www.e-consulta.com/2012/index.php/2012-06-13-18-41-
29/articulistas/item/reforma-laboral-requiem-para-el-sindicalismo
<Consulta 22/dic/12>
Este artículo es copia Fiel del publicado en la revista NUEVA SOCIEDAD No
211, septiembre-octubre de 2007, ISSN: 0251-3552, www.nuso.org<consulta
22/dic/12>
Anónimo, 2012,‖Reforma Laboral‖ enhttp://www.definicion-de.es/reforma-
laboral/<consulta: 28/dic/12>
Publicado por Fénix comunicación, <noticias y políticas urbanas>―Reforma
Laboral‖ en http://www.fenixcomunicacion.com/2012/09/en-que-consiste-la-
reforma-laboral-2012.html<consulta 28/dic/12>
Publicado por Fénix comunicación, <noticias y políticas urbanas>―Salarios Caidos‖
en, http://www.fenixcomunicacion.com/2012/09/los-salarios-caidos-en-la-
reforma.html<consulta 29/dic/12>
Cruz, María, 2012 ―La reforma laboral aprobada en México, un retroceso histórico:
Gustavo Madero‖ en http://mx.ibtimes.com/articles/28223/20121002/reforma-
laboral-gustavo-madero-retroceso-mexico.htm<consulta: 28/dic/12>
44
Torres Mauricio, 2012, ―El PAN busca regresar a la reforma laboral los cambios en
materia sindical‖ en http://mexico.cnn.com/nacional/2012/09/27/el-pan-busca-
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