SESIÓN DE APRENDIZAJE Leemos un texto para identificar los sinónimos y los an...
Esquemas constitucion
1. La Constitución de 1.978. Estructura y Contenido
FECHAS IMPORTANTES DE LA
CONSTITUCION DE 1978
CONTENIDO
ESTRUCTURA
Aprobada en Las Cortes 31/10/1978 UN PREAMBULO 169 Artículos
Ratificada en Referéndum 06/12/1978 ONCE TITULOS
Sancionada por el Rey (fecha
C.E.)
27/12/1978 4 DISP. ADICIONALES
Publicada en el BOE (entrada en
vigor)
29/12/1278 9 DISP. TRANSITORIAS
Reforma Artículo 13..2 27/08/1992 1 DISP. DEROGATORIA
1 DISP. FINAL
PARTE
DOGMATICA
PREAMBULO
Exposición de motivos. Valor
declarativo pero no preceptivo.
TITULO
PRELIMINAR
Principios Generales en que se
basa la Constitución.
9 Artículos
(del 1-9)
TITULO I
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
FUNDAMENTALES
46 Artículos
(del 10-55)
Capítulo 1- Nacionalidad de españoles y
Extranjeros.
Capítulo 2- Derechos y Libertades.
Sección 1: -Derechos
Fundamentales y Libertades
Públicas.
Sección 2: -Derechos y
deberes de los ciudadanos.
Capítulo 3- Principios rectores de la
política social y económica.
Capítulo 4- Garantías de las Libertades y
Derechos fundamentales.
Capítulo 5-Suspensiónde los derechos y
libertades en los supuestos de estado de
excepción o de sitio.
PARTE
ORGANICA
TITULO II LA CORONA
10 Artículos
(del 56-65)
TITULO III DE LAS CORTES GENERALES
31 Artículos
(del 66-96)
Capítulo 1-(Quince Artículos)
Regulan lo referente a las
Cámaras Legislativas.Capítulo 2-(Doce Artículos)
Capítulo 3-(Cuatro Artículos)
TITULO IV
DEL GOBIERNO Y LA
ADMINISTRACIÓN
11 Artículos
(del 97-107)
TITULO V
DE LAS RELACIONES ENTRE EL
GOBIERNO Y LAS CORTES
GENERALES
9 Artículos
(del 108-116)
TITULO VI DEL PODER JUDICIAL
11 Artículos
(del 117-127)
TITULO VII DE LA ECONOMIA Y HACIENDA
9 Artículos
(del 128-136)
TITULO VIII
DE LA ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL DEL ESTADO
22 Artículos
(del 137-158)
Capítulo 1-Principios Generales de la
organización territorial del Estado.
Capítulo 2-Fijación de los Criterios
básicos de la Administración Local
(Municipios y Provincias)
Capítulo 3- Competencias de las
Comunidades Autónomas.
TITULO IX
DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
7 Artículos
(del 159-165)
REFORMA TITULO X
DE LA REFORMA
CONSTITUCIONAL
4 Artículos
2. (del 166-169)
DISPOSICIONES
ADICIONALES
1 Se reconocen los derechos históricos de los territorios forales.
2
Establece que la mayoría de edad no perjudica las situaciones amparadas por
los derechos forales en el ámbito del derecho privado
3
Se proclama el respeto al particular régimen económico y fiscal del
archipiélago canario.
4
Contempla el supuesto de que en una misma Comunidad Autónoma existan
varias Audiencias Territoriales (Sevilla, Granada en Andalucía – Valladolid y
Burgos en Com. Autónoma Castilla – León)
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
9
Situaciones provisionales o pasajeras. Se contempla la renovación del Tribunal
Constitucional, por sorteo, a los 3 y 6 años de la 1ª elección de sus miembros.
DISPOSICION
DEROGATORIA
1
La Constitución deroga expresamente una serie de normas jurídicas hasta
entonces en vigor, para terminar con una derogación general de cuantas
disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución.
DISPOSICION FINAL 1
Fecha de entrada en vigor de la Constitución Española publicada en el BOE
(29 de diciembre de 1978)
3. ..
Suspensión de Derechos y Libertades Públicas
CLASES SUPUESTOS DECLARACIÓN DURACIÓN DERECHOS
AFECTADOS
SUSPENSIÓN
GENERAL
ESTADO
DE
EXCEPCION
El Gobierno, previa
autorización del
Congreso
-No más de 30 días
-Prorrogable por otro
plazo igual
- Libertad y seguridad
(sólo en el estado de
sitio)
- inviolabilidad de
domicilio
- Secreto
comunicaciones
- Libertad de
circulación
- Libertad de
expresión (Salvo
producción y creación
literaria, artística,
científica y técnica
así como libertad de
cátedra. El secreto de
las comunicaciones
sólo por resolución
judicial.)
- Reunión y
manifestación
- Huelga
- Negociación
colectiva
ESTADO
DE
SITIO
El Congreso, por
Mayoría absoluta y a
propuesta del
Gobierno
La señalada por el
Congreso en cada
caso
SUSPENSION
INDIVIDUAL
Se aplica a bandas armadas y elementos terroristas Inviolabilidad del
domicilio
- Secreto
comunicaciones
- Duración máxima
de la detención
preventiva.
LIMITACIONES
DE
DERECHOS
ESTADO
DE
ALARMA
El Gobierno, dando
cuenta al Congreso
No más de 15
días
Prorrogables con
la autorización
del Congreso
Ninguno. Tan solo
podrán decretarse
algunas limitaciones
que no suponen
suspensión
4. El Defensor del Pueblo
CONCEPTO
Alto comisionado de las Cortes Generales designado por estas para la defensa de los derechos
fundamentales regulados por la CE.
CARACTERISTICAS
- Actúa con independencia de las fuerzas políticas.
- Tiene como misión defender los derechos de los particulares frente a las transgresiones de la
administración pública.
- Órgano unipersonal.
- Inviolabilidad.
- Inmunidad.
- Auxiliado por dos adjuntos en los que podrá delegar funciones.
ELECCION
- Cualquier español mayor de edad
- Elegido por las Cortes Generales
- 5 años.
- Su nombre será acreditado con las firmas del Presidente del Gobierno y del Senado y deberá ser
publicado en el BOE.
- Por mayoría simple se propondrán uno o varios candidatos al pleno del Congreso que deberá
decidir en el plazo de 10 días.
- Será designado quien obtenga una votación favorable igual a 3/5 del Congreso.
- Ratificado por una mayoría igual en el plazo de 20 días en el Senado.
CESE Y SUSTITUCION
- Por renuncia
- Por espiración del plazo de su mandato.
- Por muerte o incapacidad sobrevenida.
- Por actuar con notoria negligencia en el
cumplimiento de las obligaciones y deberes del
cargo.
- Por haber sido condenado mediante sentencia
firme por delito doloso
- La vacante se declarará por el Presidente del
Congreso en los tres primeros casos. En los
demás casos se decidirá por mayoría de 3/5 de
los componentes de cada Cámara.
- En plazo no superior a un mes se iniciará el
procedimiento de nombramiento del nuevo
Defensor del Pueblo.
- En caso de muerte, cese o incapacidad
desempeñaran sus funciones los adjuntos.
PRERROGATIVAS
- No sujeto a mandato imperativo
- Tiene plena autonomía
- Inmunidad
- Inviolabilidad
ACTUACION
- Quejas
- Presentación
- Cualquier Persona física o jurídica
- Por Escrito
- Plazo - Un año
- Investigación de la actuación administrativa
- Advertencia, recomendación, sugerencia al funcionario responsable.
- Informe anual a las Cortes.
Defensor del Pueblo. Tramitación de las quejas
REQUISITOS
- Firmada por el interesado.
- Indicar nombre, apellidos y domicilio.
- Escrito sea razonado en papel común
PROCEDIMIENTO
- Registra y acusa recibo de todas las quejas.
- Llegada la queja dos posibilidades:
a) Rechace
Escrito motivado (Porqué, qué, vías que hay, etc.)
Ejem: Tramitación judicial previa – rechaza.
Tramitación conjunta – Suspende
b) Admita
1) Investiga la queja
2) Solicita informe a la administración que es origen de la
queja
3) En quince día contestación por la administración
4) Si en quince día no hay contestación entonces informe del
Defensor del Pueblo por mala actuación de administración
que aparece en su informe anual.
PLAZO 1 AÑO (Desde que ocurrieron los hechos)
CARACTERÍSTICAS - Gratuito
- No preceptivo (obligatorio) abogado y procurador
- La correspondencia remitida desde centros de detención,
etc..., no puede ser censurada.
- Las conversaciones con sus ayudantes son secretas.
5. La Corona
REY
Título II de la CE. Art. 56-65. Su majestad Don Juan Carlos I es proclamado Rey de España el
22 Noviembre de 1975.
CORONA
- Hereditaria art. 57.1
- Parlamentaria, forma política monarquía parlamentaria. Art. 56.1.
- Jefe de Estado art. 56.1
- Representación en las relaciones internacionales.
- Inviolable art. 56.3
ATRIBUCIONES
- Atribuciones honoríficas - La justicia se administra en nombre del Rey.
- Ejerce el mando supremo de las fuerzas armadas.
- Ejerce el derecho de gracia.
- Ostenta el patronazgo de las reales academias.
- Nombra al Presidente del Tribunal Supremo.
- Nombra al Fiscal General del Estado.
- Nombra los 12 miembros del Tribunal Constitucional.
- Atribuciones Políticas - Convoca las elecciones, entre los 30 y 60 días después de la
finalización del mandato parlamentario.
- Convoca y disuelve las Cortes Generales.
- Sanciona y promulga las leyes ordenando su inmediata
publicación.
- Convoca referéndum para adoptar decisiones políticas de
especial transcendencia cuando lo solicite el Presidente del
Gobierno, que ha de esta autorizados por el Congreso de los
Diputados
- Atribuciones en relación
con el Gobierno
- Designa Presidente del Gobierno
- Destituye al Presidente del Gobierno
- Nombre y separa a los Ministros a propuesta de su Presidente.
- Preside las sesiones del Consejo de Ministros cuando lo estime
oportuno a petición del Presidente de Gobierno y con finalidad
informativa.
- Expide los Reales Decretos acordados en el Consejo de
Ministros.
- Atribuciones en la política
Exterior
- Manifiesta el consentimiento del Estado para obligarse
internamente por medio de tratados.
- Declara la guerra y firma la paz, previa autorización de las
Cortes Generales.
- Expide las cartas credenciales de los representantes
diplomáticos.
- Acredita y recibe a los representantes extranjeros.
6. Las Mayorías...
MAYORÍA CONCEPTO EJEMPLO
ABSOLUTA
Se exige el voto favorable de la
mitad más una de la totalidad
de las personas que
legalmente son miembros del
órgano de que se trate, estén
presentes o no.
Total diputados 350
Diputados presentes
200
Mayoría absoluta:
1/2 de 350 + 1 = 176
SIMPLE
O
RELATIVA
Más votos a favor que en contra,
de las personas presentes en
una sesión a la que asiste el
quórum legalmente necesario
Total diputados 350
Diputados presentes
200
Mayoría simple:
1/2 de 200 + 1 = 101
CUALIFICADA
O
ESPECIAL
Voto favorable de 2/3, 3/5, etc.
De la totalidad de los miembros
legales de un órgano, estén
presentes o no
Total diputados 350
Diputados presentes
200
Mayoría especial:
2/3 de 350 = 233
3/5 de 350 = 210
Composición del Congreso y del Senado
COMPOSICIÓN ELECCIÓN CIRCUNSCRIPCIÓN DURACIÓN ATRIBUCIONES
CONGRESO Mínimo 300
Máximo 400
Actual 350
- Sufragio
universal libre,
igual, directo y
secreto
- Son electores los
españoles en pleno
uso de sus
derechos políticos.
- Criterio de
representación
proporcional en el
Congreso y criterio
mayoritario en el
Senado.
- Fecha de las
elecciones: Entre
los 30 y 60 días
desde la
terminación del
mandato
- La Provincia
- Ceuta 1
- Melilla 1
4 años Representar al
pueblo español
Ejercer la potestad
legislativa
Aprobar los
presupuestos del
Estado
Controlar la acción
del Gobierno
SENADO Total 258
Prov. 208
CC.AA. 49
- Provincia: 4
- Gran Canaria: 3
- Mallorca: 3
- Tenerife: 3
- Ibiza: 1
- Formentera: 1
- Menorca: 1
- Fuerteventura:1
- Gomera: 1
- Hierro: 1
- Lanzarote: 1
- Palma: 1
- Ceuta: 2
- Melilla: 2
CC.AA. 1 más otro por
cada millón de habitantes
7. Tramitación de los Proyectos de Ley
PROYECTO DE LEY (Gobierno)
SE PRESENTA AL CONGRESO
EL CONGRESO LO PUBLICA EN EL B.O. Cortes
15 días desde la publicación para conocer y enmendar el texto (enmiendas a la totalidad o al articulado)
Pasa al proyecto con las enmiendas a la Comisión legislativa
SE VOTA POR EL CONGRESO
Votación no favorable = FIN Votación favorable
SENADO
Tienen dos meses para enmiendas(a la totalidad o al articulado)
CONGRESO
Favorable por el Senado = se vota por el congreso y se obtiene la Ley VETO
No favorable del Senado
Antes de 2 meses del veto pero mayoría absoluta del Congreso = Ley Después de 2 meses del veto del Senado por
mayoría simple del Congreso = Ley
8. El Gobierno
COMPOSICION
MIEBROS DE EXISTENCIA OBLIGATORIA
- Presidente.
- ministros
MIEMBROS DE EXISTENCIA NO
OBLIGATORIA
- Vicepresidentes
- y demás miembros
FUNCIONES
FUNCIONES POLITICAS
- Dirige política interior y exterior
- dirige la admón. Civil y militar
- dirige la defensa del estado
FUNCIONES NORMATIVAS
(ADMINISTRATIVAS)
- Ejerce una función ejecutiva
- ejerce una potestad reglamentaria
CESE
- Tras la celebración de elecciones generales
- perdida de confianza parlamentaria
- muerte o fallecimiento del presidente
RESPONSABILIDAD
- La responsabilidad criminal del presidente y del gobierno se exige en la sala segunda del
tribunal supremo (sala de lo penal)
Las Mayorías
...
MAYORÍA CONCEPTO EJEMPLO
ABSOLUTA
Se exige el voto favorable de la
mitad más una de la totalidad
de las personas que
legalmente son miembros del
órgano de que se trate, estén
presentes o no.
Total diputados 350
Diputados presentes
200
Mayoría absoluta:
1/2 de 350 + 1 = 176
SIMPLE O RELATIVA
Más votos a favor que en contra,
de las personas presentes en
una sesión a la que asiste el
quórum legalmente necesario
Total diputados 350
Diputados presentes
200
Mayoría simple:
1/2 de 200 + 1 = 101
CUALIFICADA O ESPECIAL
Voto favorable de 2/3, 3/5, etc.
De la totalidad de los miembros
legales de un órgano, estén
presentes o no
Total diputados 350
Diputados presentes
200
Mayoría especial:
2/3 de 350 = 233
3/5 de 350 = 210
9. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
RELACIONES DE
COORDINACION
- El Gobierno puede dirigir mensajes a las Cámaras
- El Gobierno goza de iniciativa legislativa
- El Cargo ministerial y el mandato parlamentario de los miembros del Gobierno son
compatibles.
- El Parlamento interviene en la designación del Presidente del Gobierno.
CONTROL DEL
GOBIERNO POR EL
PARLAMENTO
- Solicitud de información al Gobierno.
- Preguntas e interpelaciones
- Comisiones de investigación
CUESTION DE
CONFIANZA
- Presentada por el presidente del Gobierno.
- Se otorga por mayoría simple del Congreso
- Consecuencias de su
Fracaso
- Dimisión Gobierno
- Elecciones
MOCION DE
CENSURA
- Se presenta por 1/10 de los Diputados
- Requisitos
- Candidatos alternos.
- No se votará hasta transcurrido 5
días.
- Aprobado por mayoría absoluta.
- Consecuencias
- Dimisión del Gobierno
- Nombramiento candidato
alternativo.
CONTROL DEL
PARLAMENTO POR EL
GOBIERNO
DISOLUCION DE LAS
CAMARAS POR EL
GOBIERNO
- AUTOMATICAMENTE; si el Congreso no otorga
investidura a ningún candidato a Presidente del Gobierno
en 2 meses.
- DISCRECIONAL; el Presidente previa deliberación con
el Consejo de Ministros puede disolver el Congreso, el
Senado o las dos Cámaras.
NO PROCEDE
DISOLUCIÓN
- Cuando esté en tramite una moción de censura.
- Antes de que transcurra un año de la última disolución.
10. El Gobierno
COMPOSICION
MIEBROS DE EXISTENCIA OBLIGATORIA
- Presidente.
- ministros
MIEMBROS DE EXISTENCIA NO
OBLIGATORIA
- Vicepresidentes
- y demás miembros
FUNCIONES
FUNCIONES POLITICAS
- Dirige política interior y exterior
- dirige la admón. Civil y militar
- dirige la defensa del estado
FUNCIONES NORMATIVAS
(ADMINISTRATIVAS)
- Ejerce una función ejecutiva
- ejerce una potestad reglamentaria
CESE
- Tras la celebración de elecciones generales
- perdida de confianza parlamentaria
- muerte o fallecimiento del presidente
RESPONSABILIDAD
- La responsabilidad criminal del presidente y del gobierno se exige en la sala segunda del
tribunal supremo (sala de lo penal)
Las Mayorías
...
MAYORÍA CONCEPTO EJEMPLO
ABSOLUTA
Se exige el voto favorable de la
mitad más una de la totalidad
de las personas que
legalmente son miembros del
órgano de que se trate, estén
presentes o no.
* Total diputados 350
* Diputados presentes 200
* Mayoría absoluta:
* 1/2 de 350 + 1 = 176
SIMPLE O RELATIVA
Más votos a favor que en contra,
de las personas presentes en
una sesión a la que asiste el
quórum legalmente necesario
* Total diputados 350
* Diputados presentes 200
* Mayoría simple:
* 1/2 de 200 + 1 = 101
CUALIFICADA O ESPECIAL
Voto favorable de 2/3, 3/5, etc.
De la totalidad de los miembros
legales de un órgano, estén
presentes o no
* Total diputados 350
* Diputados presentes 200
* Mayoría especial:
* 2/3 de 350 = 233
* 3/5 de 350 = 210
11. Las Administraciones Públicas
ADMINISTRACION
TERRITORIAL
COMPUESTA
Por aquellas entidades públicas que tienen por
base un territorio determinado con unos súbditos
a su cargo y con fines generales
ADMINISTRACION
GENERAL DEL
ESTADO
CENTRAL
Órganos
Superiores de
los
Departamentos
Ministeriales
· Ministros
· Secretarios de
Estado
Órganos
Directivos
Departamentos
Ministeriales
· Subsecretarios
· Secretarios
Generales
· Secretarios
Generales
Técnicos
· Directores
Generales
Técnicos
· Subdirectores
Generales.
PERIFERICA
· Delegados de Gobierno en la
Comunidad Autónoma.
· Subdelegado de Gobierno en la
Provincia
· Directores Insulares
ADMINISTRACION
AUTONOMICA
CENTRAL
· Consejerías
· Directores Generales
· Subdirectores Generales
Técnicos
PERIFERICA · Delegaciones Provinciales
ADMINISTRACION
LOCAL
PROVINCIAL · Diputaciones
MUNICIPIOS · Ayuntamientos
ADMINISTRACION NO
TERRITORIAL
Son Aquellas entidades públicas que carecen de territorio no tienen
súbditos y sus fines son específicos.
· Corporaciones
· Fundaciones
· Organismos públicos
· Organismo Autónomos
· Entidades públicas empresariales.
12. La Organización Territorial del Estado
zación territorial del Estado prevista en la C.E. comprende tres tipos de entes básicos
1. Municipios
2. Provincias
3. Comunidades Autónomas
IOS GENERALES
Principio de Autonomía: Gozan de Autonomía las CC.AA, provincias y municipios.
Principio de Solidaridad: La diferencia entre los diferentes estatutos no implica privilegios económicos o sociales.
Principio de Igualdad: los españoles tienen el mismo derecho y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional.
Principio de Libre circulación: libre circulación y establecimiento de las personas y libertad de circulación de bienes en
territorio nacional.
Principio democrático: las elecciones de los miembros de las corporaciones locales se harán democráticamente.
STRACION PUBLICA
Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común
- Administración General del Estado
- Administración de las Comunidades Autónomas
- Entidades que integran la Administración local
CACION ADMINITRACIO PÚBLICA
Territorial: conjunto de entidades públicas que tienen por base un territorio determinado.
Central: comprende el territorio nacional.
Autonómica: comprende el territorio de las CCAA.
Local: comprende el territorio provincial a cuyo frente estarán las Diputaciones y Municipal los ayuntamien
Islas: a cuyo frente estarán los Cabildos.
STRACION PUBLICA NO
ORIAL
Carecen de territorio, no tienen súbditos a su cargo y sus fines son específicos:
- Corporaciones: personas jurídicas de interés público reconocidos por la Ley. Ejemplo: colegios profesiona
cámaras oficiales.
- Fundaciones: personas jurídicas sin ánimo de lucro. Ejemplo; médicos sin frontera.
- Establecimientos públicos: entes fundados por el Estado y dotados económicamente, con personalidad jur
· Organismos autónomos: dependen de un Ministerio a los que corresponde el control de los resultados de s
actividad.
· Entidades públicas empresariales: dependen de un Ministerio y organismo autónomo. Establecimientos pú
establecimientos de beneficencia, establecimientos culturales, establecimientos financieros (Banco del Esta
13. ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO comprende:
Administración Central formada por:
- Ministerios: del que dependen órganos directivos y se ordenan
jerárquicamente.
· Subsecretaria: Del que dependerán la Secretaría General Técnica
(Funcionario) Dirección General y la Subdirección General.
· Directores Generales Técnicos: con Categoría de Director General.
Administración Periférica formada por:
- Delegaciones de Gobierno en CCAA: ejercerán bajo la dirección del
Delegado de Gobierno respectivo, la dirección y supervisión de todos
los servicios de la administración general del Estado y sus organismos
públicos en su territorio.
- Subdelegados del Gobierno: en las provincias que ejercerán bajo la
dirección del Delegado de Gobierno de la respectiva CCAA, la
dirección, supervisión de los servicios de la Admón. General del Estado
en la provincia.
- Direcciones Insulares: existirán en las islas en las que se determine y
bajo la dirección de los respectivos directores insulares ejercerán la
dirección y supervisión de la Admón. Gral. Del Estado. En la isla que se
trate.
ADMINISTRACION AUTONOMICA
Se divide como la Administración del Estado, en central y periférica.
La Central ejerce sus competencias en todo el territorio de la CCAA y la Periférica sólo alcanza al territorio de una
provincia, en las CCAA provinciales solo existirá la primera.
Administración Central Autonómica formada por: - Consejerías
- Secretarías Generales
- Direcciones Generales
Administración Periférica - Delegaciones Provinciales
ADMINISTRACION LOCAL
Gestiona asuntos de carácter administrativo que contribuyen a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la
comunidad vecinal formada por: Diputaciones a nivel de la provincia.
Ayuntamiento a nivel de municipio.
14. VIAS DE ACCESO A LA AUTONOMIA
ART. C.E. ENTES Iniciativa del proceso aut. COMPS a asumir
Vía general de acceso:
143
- Las provincias
limítrofes con caract.
Hcas, culturales y
económicas comunes
- Territorios insulares
- Provincias con entidad
regional histórica.
( vía seguida por :
Asturias, Cantabria, La
Rioja, Murcia, Com.Val.,
Aragón, C-LM,
Canarias, Extremadura,
Islas B., Madrid, C. y L.)
Corresponde a las Diputaciones
interesadas o al órgano
interinsular correspondiente y a las
2/3 partes de los municipios, cuya
población represente, al menos, la
mayoría del censo electoral de
cada provincia o isla (requisitos a
cumplir en 6 meses desde el 1º
acuerdo adoptado al respecto por
alguna de las Corp. Locales
interesadas. Si la iniciativa no
prospera, sólo reiterarse pasados
5 años )
Podrá asumir las comps del
art. 148.1.
Transcurridos 5 años,
podrán ampliarse a las de
148.2 CE.
Con la LO 9/92 se
transfirieron comps a 10
CCAA que accedieron a la
autonomía por la vía del
143
144 CE (cláusula de cierre
habilitando intervención
Cortes Generales en
ciertos supuestos )
- C.A. Uniprovinciales no
hcas.( Madrid )
- Territorios no
integrados en la
organización prov.
(Gibraltar...)
- Cortes Generals
podrán sustituir en la
iniciativa a las Corp.
Loc. del 143.2
Acuerdo de las Cortes Generales
mediante L.O. podrán por motivos
de interés general.
(Inclusión de Segovia en C. y L.)
Vía de acceso rápido a la
autonomía: 151.1
Todos los casos del
143.1 (esta vía de
iniciativa reforzada con
referéndum, solo fue
seguida por Andalucía)
Iniciativa aut dentro del plazo del
143.2 corresponde además de por
las Diputaciones o los órganos
interinsulares correspondientes,
por las ¾ partes de los municipios
de cada una de las provincias
afectadas que representen, al
menos, la mayoría del censo
electoral de cada una de ellas y
dicha iniciativa sea ratificada
mediante referéndum por el voto
afirmativo de la may. abs. de los
electores de cada prov. en los
términos que establezca una LO
Comps plenas del 148 y
149 ( sin necesidad de
dejar transcurrir el plazo de
5 años )
DTª 1 ( variante del 143 Regímenes
preautonómicos (incluye
a todas las CC.AA.
excepto Cantabria, La
Rioja, Madrid, Navarra )
El acuerdo del órgano
preautonómico puede asumir la
iniciativa de las Diputaciones por
mayoría abs. de sus miembros.
Comps del 148.1
pudiéndose llegar a las
comps plenas pasados 5
años.
DTª 2 ( vía excepcional ) Comunidades Hcas en
régimen de
preautonomía desde CE
1931(Cataluña, PV y
Galicia)
Acuerdo órganos preautonómicos
por mayoría absoluta,
comunicándolo al Gobierno.
Comps plenas
DT 4ª Navarra en caso de que
se hubiera querido
incorporar al PV
Acuerdo del órgano foral competente. Navarra se amparó en la
DA1ª donde con dudas podía entenderse que se plasmaba una
nueva vía sin el trámite de la iniciativa del proceso autonómico.
DT 5ª Ceuta y Melilla Acuerdo Ayuntamientos, por
mayoría absoluta y autorización de
las Cortes Generales mediante
L.Org.
EA han sido aprobados por
LO 1 y 2/1995 de 13 marzo.
15. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
CONCEPTO
Órgano de garantía. Da resoluciones en forma de sentencia, valor de cosa juzgada, a partir del día
siguiente de su publicación no cabe recurso contra ello. Con su sentencia se cierra definitivamente
el caso
JURISDICCION Sobre todo el territorio nacional
COMPOSICION
Doce
miembros
nombrados
por el Rey
- 4 Congreso de los Diputados. Mayoría de 3/5
- 4 Senado. Mayoría de 3/5
- 2 Consejo General del Poder Judicial. Mayoría de 3/5
- 2 A propuesta del Gobierno
NOMBRAMIENTO
- Nombrados entre magistrados, fiscales, profesores de universidad, funcionarios públicos
abogados. (+ de 15 años de ejercicio profesional) Art. 159.2
- Nombrados por un período de 9 años y renovaran por terceras partes cada 3 años.3
- No pueden ser nombrados por un período inmediato Art. 16 LO del Tribunal Constitucional.
- El Presidente si puede ser reelegido por una vez más.
INCOMPATIBILIDAD
ES
- Con todo mandato representativo
- Con cargos políticos o administrativos.
- Con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el
empleo al servicio de los mismos.
- El ejercicio de la carrera judicial y fiscal y con cualquier actividad profesional o mercantil.
COMPETENCIAS
- Recurso de inconstitucionalidad.
- Recurso de amparo; por violación de los derechos y
libertades fundamentales.
- Verificación de nombramientos de los magistrados del
TC
Conflictos de competencia; entre
Estado y Comunidades Autónomas y
entre Comunidades autónomas.
Impugnaciones
Otras que las leyes digan.
FUNCIONAMIENTO
En pleno Integrado: por todos los magistrados.
Preside: El Presidente del Tribunal Constitucional.
Funciones: Prácticamente todas excepto los recursos de amparo, competencia de las
salas
En Sala
(Dos
salas)
Sala 1ª (Seis magistrados). Presidida por el Presidente del Tribunal Constitucional.
Sala 2ª (Seis magistrados). Presidida por el Vicepresidente.
Funciones: recursos de amparo.
En
secciones
Para el despacho ordinario y la decisión sobre la admisibilidad o la inadmisibilidad de
los recursos el pleno y las salas constituirán secciones compuestas por el respectivo
presidente o quien le sustituya y dos magistrados.
ELECCION DEL
PRESIDENTE
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
- Nombrado entre los miembros del Tribunal Constitucional por el Rey a propuesta del Tribunal
Constitucional en pleno.
- Por un período de 3 años.
- En primera votación mayoría absoluta si no se obtuviese, en segunda votación por mayoría
simple.
LEGITIMADOS
PARA ITNERPONER
RECURSO DE
AMPARO ANTE EL
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL.
El Presidente
del Gobierno
QUIEN ESTA LEGITIMADO PARA
INTERPONER RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD
Toda persona
natural o jurídica
que invoque un
interés legitimo en
el asunto de que se
trate.
El Defensor
del Pueblo
El Defensor del
Pueblo
Un grupo de
50 o más
Diputados
El Ministerio Fiscal
Un grupo de
50 o más
Senadores
El Consejo de
Gobierno de
las CCAA
Asamblea
Legislativa de
las CCAA
16. ...Duración de los mandatos
Congreso de los Diputados 4 años (Art. 68.4 de la C.E.)
Senado 4 años (Art. 69.6 de la C.E.)
Defensor del Pueblo 5 años (Art. 2 de la L.O. 3/1981)
Tribunal Constitucional (Magistrados) 9 años, renovándose por terceras partes
cada tres años (Art. 159.3 C.E.)
Tribunal Constitucional (Presidente) 3 años, pudiendo ser reelegido por una
sola vez (Art. 9 de la L.O.T.C.)
Alcalde y Concejales 4 años (Art. 194 L.O.Reg.Elect.Gnal.)
Presidente y Diputados provinciales 4 años (Art. 205 LOREG)
Consejo General del Poder Judicial
(Vocales)
5 años, (Art. 122.3 Ce)
Los vocales salientes no pueden ser
reelegidos para un nuevo mandato de
conformidad con el Art. 112.4 de la
L.O.P.J.)
Consejo General del Poder Judicial
(Presidente)
5 años pudiendo ser reelegido por una
sola vez para un nuevo mandato (Art.
123.1 L.O.P.J.)
Jueces de Paz 4 años (Art. 101 LOPJ)