SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 3
Descargar para leer sin conexión
7NORMAS LEGALESDomingo 29 de octubre de 2017El Peruano /
N° 28044, Ley General de Educación, la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial, modificada por la Ley N°
30541, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2017, el Decreto de Urgencia
N° 011-2017, y la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1.- Del Monto de la Remuneración Íntegra
Mensual–RIM de la Primera Escala Magisterial
Fíjese el monto de la Remuneración Íntegra
Mensual–RIM por hora de trabajo semanal–mensual
correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la
Carrera Pública Magisterial a la que se refiere la Ley
Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en S/ 66,67
(SESENTA Y SEIS Y 67/100 SOLES).
Artículo 2.- Modificación de los artículos 1 y 2
del Decreto Supremo N°  226‑2015-EF, modificado
mediante Decretos Supremos N°s 159-2016-EF y
191‑2017-EF
Modifíquese los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N°
226-2015-EF, modificado mediante Decretos Supremos
N°s 159-2016-EF y 191-2017-EF, que establece el monto,
criterios y condiciones de la remuneración mensual, las
bonificaciones por condiciones especiales de servicio
y las vacaciones truncas a otorgarse al profesorado
contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente,
conforme al texto siguiente:
“Artículo 1.- Remuneración Mensual del
Profesorado Contratado
El profesorado contratado en el marco del Contrato
de Servicio Docente percibe una remuneración mensual
de acuerdo con la jornada laboral establecida para la
modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios,
regulada en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
según el siguiente detalle:
Modalidad / Forma
Nivel /
Ciclo
Jornada
laboral
Remuneración
mensual S/
Educación Básica Regular–
EBR
Inicial 30 2 000,10
Primaria 30 2 000,10
Secundaria 30 2 000,10
Educación Básica Especial–
EBE
Inicial 30 2 000,10
Primaria 30 2 000,10
Educación Básica
Alternativa–EBA
Inicial /
Intermedio
30 2 000,10
Avanzado 26 1 733,42
Educación Técnico
Productiva–ETP
Básico y
Medio
30
2 000,10
Para el profesorado contratado que labora menos de
la jornada laboral establecida para la modalidad, forma,
nivel o ciclo en que presta sus servicios, el pago de la
remuneración mensual se realiza en forma proporcional a
las horas contratadas.
Artículo2.-RemuneraciónMensualdelProfesorado
Contratado en el PRONOEI, la ONDEC y la ODEC
Los profesores contratados que prestan servicios
como Profesor Coordinador en el Programa No
Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI) o como
Docente Coordinador en la Oficina Nacional Diocesana de
Educación Católica (ONDEC) o en la Oficina Diocesana de
Educación Católica (ODEC) perciben una remuneración
mensual de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y
80/100 SOLES (S/ 2 666,80).”
Artículo 3.- Implementación del nuevo monto de la
Remuneración Íntegra Mensual–RIM y del incremento
de la Remuneración Mensual del Profesorado
Contratado
La implementación del nuevo monto de la
Remuneración Íntegra Mensual–RIM y del incremento de
la Remuneración Mensual del Profesorado Contratado, a
que se refieren los artículos 1 y 2 del presente Decreto
Supremo, es efectiva a partir del mes de noviembre de
2017.
Artículo 4.- Derogatoria
Deróguense el Decreto Supremo N° 070-2017-EF y
las demás disposiciones que se opongan a lo establecido
por el presente Decreto Supremo.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de
Educación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- La Compensación Extraordinaria Transitoria
a que hace referencia la Primera Disposición
Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial, no está afecta a cargas
sociales ni tiene naturaleza pensionaria y es percibida
por el profesor durante su permanencia en el cargo y la
Escala Magisterial en la que fue ubicado producto de la
implementación de lo dispuesto en la citada Disposición.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
Claudia MarÍa Cooper Fort
Ministra de Economía y Finanzas
Idel Alfonso Vexler Talledo
Ministro de Educación
1581571-1
Establecen montos, condiciones,
características y vigencia de la asignación
por jornada de trabajo adicional y de la
asignación por cargo a otorgarse a los
profesores en el marco de la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial
Decreto Supremo
N° 306-2017-ef
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044,
Ley General de Educación, establece que corresponde
al Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales
de personal, programas de mejoramiento del personal
directivo, docente y administrativo del sector e implementar
la carrera pública magisterial;
Que, la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial,
norma las relaciones entre el Estado y los profesores
que prestan servicios en las instituciones y programas
educativos públicos de educación básica y técnico
productivo y en las instancias de gestión educativa
descentralizadas; asimismo, regula la Carrera Pública
Magisterial, los deberes y derechos de los profesores,
su formación continua, su evaluación, su proceso
disciplinario, sus remuneraciones y sus estímulos e
incentivos;
Que, el literal a) del artículo 56 de la citada Ley,
establece que adicionalmente a la remuneración íntegra
mensual, el profesor puede percibir una asignación
temporal que se otorga por el concepto de ejercicio de
cargos de responsabilidad en las diferentes áreas de
desempeño: directivos, especialistas, capacitadores y
jerárquicos;
Que, el artículo 58 de la Ley N° 29944 establece
que el Ministerio de Educación, en coordinación con
el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
8 NORMAS LEGALES Domingo 29 de octubre de 2017 / El Peruano
Presupuesto, establece los montos y criterios técnicos
de las asignaciones, basados en la jornada laboral de
cuarenta horas pedagógicas; asimismo establece que
estas asignaciones son otorgadas en tanto el profesor
desempeñe la función efectiva en el cargo, tipo y
ubicación de la institución educativa; correspondiendo
exclusivamente a la plaza, estando condicionadas al
servicio efectivo en la misma; siendo que en caso se
produzca el traslado del profesor a plaza distinta, este
las dejará de percibir y el profesor se adecuará a los
beneficios que le pudieran corresponder en la plaza de
destino;
Que, el artículo 70 de la Ley N° 29944, establece que el
encargo es la acción de personal que consiste en ocupar
un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la
ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor
responsabilidad; asimismo señala que el encargo es de
carácter temporal y excepcional, no genera derechos y no
puede exceder el período del ejercicio fiscal;
Que, el literal b) del artículo 124 del Reglamento de
la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 004-2013-ED, modificado por el Decreto Supremo
N°  005‑2017‑MINEDU, establece que las asignaciones
temporales se otorgan al profesor por el ejercicio de la
función bajo ciertas condiciones particulares o asumir
cargos o funciones de mayor responsabilidad, las mismas
que son percibidas siempre y cuando desarrolle su labor de
manera efectiva bajo estas condiciones; estableciéndose
que los criterios técnicos y montos de tales asignaciones
temporales son establecidas mediante Decreto Supremo;
Que, el numeral 137.1 del artículo 137 del Reglamento
de la Ley N° 29944, concordante con el artículo 64 de
dicha Ley, dispone que las asignaciones temporales,
incentivos y beneficios establecidos en la Ley y el referido
Reglamento, no se incorporan a la Remuneración
Integra Mensual – RIM del profesor, no tienen carácter
remunerativo ni pensionable y no se encuentran afectas
a cargas sociales;
Que, por su parte, el numeral 140.2 del artículo 140
del citado Reglamento, señala que profesores que se
desempeñan en el Área de Gestión Pedagógica, pueden
ampliar su jornada de trabajo hasta alcanzar las cuarenta
(40) horas para asumir otros cargos, siempre que la
necesidad del servicio lo justifique y se cuente con la
disponibilidad presupuestal correspondiente;
Que, el artículo 153 del mismo Reglamento establece
que el pago de las horas laboradas adicionalmente se
realiza en función al valor de la hora de trabajo de la
escala magisterial en la que se encuentra ubicado el
profesor, en tanto la necesidad del servicio lo justifique,
no siendo consideradas como parte de la Remuneración
Integra Mensual y se encuentran afectas a cargas sociales
en la misma proporción que la fijada para ésta y no se
considera para determinar la remuneración vacacional ni
las asignaciones temporales ni los beneficios que dispone
la Ley;
Que, el artículo 177 del Reglamento de la Ley N°
29944, señala que los tipos de encargo son: a) Encargo
de puesto: se autoriza en plaza orgánica vacante
debidamente presupuestada o en plaza vacante generada
por ausencia temporal del titular y b) Encargo de funciones:
se autoriza únicamente para asumir el cargo de director de
institución educativa, en caso ésta última no cuente con
la plaza orgánica vacante debidamente presupuestada,
siendo que en este caso el profesor encargado continúa
ejerciendo su labor docente en aula;
Que, el artículo 179 de dicho Reglamento establece
que en tanto esté vigente el encargo, el profesor percibe,
por la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada
de destino, la remuneración íntegra mensual que le
corresponde por la escala magisterial y la jornada de
trabajo de su cargo de origen, dejando de percibir las
asignaciones temporales del cargo de origen; asimismo,
establece que el profesor encargado conserva la plaza
en la que fue nombrado; correspondiéndole percibir,
las asignaciones temporales por cargo de destino y la
asignación por jornada de trabajo adicional de ser el caso;
señalándose, adicionalmente, que considerando que el
encargo no genera derechos por su naturaleza temporal,
la remuneración por jornada de trabajo adicional y la
asignación por cargo, no constituyen base de cálculo para
la remuneración vacacional de los profesores encargados;
Que, la Octava Disposición Complementaria Final
del aludido Reglamento, señala que los profesores
que laboran en instituciones educativas unidocentes
de Educación Básica Regular de los niveles de Inicial
y Primaria son ubicados en el cargo de profesor con
jornada de trabajo de treinta (30) horas, a quienes se les
encargará las funciones de Director de dichos planteles
en cada año lectivo; asimismo, establece que mientras
se encuentre desempeñando la función de Director de
la citada institución educativa, le corresponde percibir la
asignación por jornada de trabajo adicional;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 011-2017 se
dicta medidas extraordinarias y complementarias que
deberá observar el Gobierno Nacional y los Gobiernos
Regionales destinadas a continuar con la revalorización
de la profesión docente y la implementación de la Ley de
Reforma Magisterial;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Decreto
de Urgencia dispone que, a partir del mes de noviembre
de 2017, los profesores encargados en un cargo
directivo o jerárquico de institución educativa multigrado
o polidocente; así como, encargado de especialista en
educación, de acuerdo al artículo 177 del Reglamento de
la Ley de Reforma Magisterial, percibirán la asignación por
jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en
la que se encuentran, así como el 60% de la asignación
por cargo que perciben los profesores designados en
dichos cargos, en el marco de la Ley y su Reglamento;
Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del referido
Decreto de Urgencia, dispone que, a partir del mes de
noviembre de 2017, los profesores encargados en un
cargo de director en institución educativa unidocente, de
acuerdo a la Octava Disposición Complementaria Final
del Reglamento de la Ley, percibirán la asignación por
jornada de trabajo adicional según la escala magisterial
en la que se encuentran en el marco de la Ley N° 29944
y su Reglamento;
Que, el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia
Nº 011-2017, señala que mediante Decreto Supremo
refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el
Ministerio de Educación, a propuesta de este último, se
aprueban el monto, las condiciones, características y demás
disposiciones complementarias que resulten necesarias para
la implementación de lo señalado en los numerales 4.1 y 4.2
del artículo 4 del referido Decreto de Urgencia; asimismo,
dispone que para la aplicación del pago de encargaturas,
queda sin efecto el literal c) del numeral 26.1 del artículo 26
de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2017;
Que, el numeral 4.5 del artículo 4 del Decreto de
Urgencia Nº 011-2017, dispone que Para efectos de lo
dispuesto en el presente artículo, exceptúese al Ministerio
de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo
establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 30518, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
Que, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de
la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio
de Educación, a través del Informe Nº 509‑2017‑MINEDU/
VMGP/DIGEDD-DITEN, sustenta y propone los montos,
las condiciones, las características y la vigencia para el
otorgamientodelaasignaciónporjornadadetrabajoadicional
a favor de los profesores encargados en un cargo directivo o
jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente;
así como, encargado de especialista en educación; y la
asignación por jornada de trabajo adicional a favor de los
profesores encargados en un cargo de director en institución
educativa unidocente, en el marco de lo establecido en el
artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 011-2017;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto,
mediante Informe Nº  629‑2017‑MINEDU/SPE-OPEP-
UPP, señala que cuenta con los recursos necesarios para
el financiamiento de las medidas referidas al pago de la
asignación por jornada de trabajo adicional y asignación
por cargo a los profesores encargados en cargo de
mayor responsabilidad; en virtud de lo cual mediante
Oficio N° 02407-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de
Educación solicita dar trámite a las disposiciones para el
otorgamiento de las asignaciones antes indicadas en el
marco de la Ley N° 29944;
9NORMAS LEGALESDomingo 29 de octubre de 2017El Peruano /
Que, en consecuencia, resulta necesario establecer
el monto, condiciones, características y vigencia para
el otorgamiento de la asignación por jornada de trabajo
adicional a favor de los profesores encargados en un
cargo directivo o jerárquico de institución educativa
multigrado o polidocente; y encargado de especialista en
educación, así como la asignación por cargo que perciben
los designados en dichos cargos, en el marco de la citada
Ley; y, la asignación por jornada de trabajo adicional a
favor de los profesores encargados en un cargo de
director en institución educativa unidocente, conforme a lo
indicado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del
Decreto de Urgencia Nº 011-2017; y la Cuarta Disposición
Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1.- Asignación por Jornada de Trabajo
Adicional y Asignación por Cargo
1.1 Establézcase el monto de la Asignación por Jornada
de Trabajo Adicional que percibe el profesor encargado del
puesto o de las funciones, según corresponda, de Director,
Subdirector o Jerárquico de institución educativa multigrado
o polidocente; así como, el profesor encargado del puesto de
Especialista en Educación; según la escala magisterial en la
que se encuentra, conforme al siguiente detalle:
Escala Magisterial
Asignación por Jornada de Trabajo
Adicional S/
Profesor de 26 horas Profesor de 30 horas
Octava 1 960,10 1 400,07
Sétima 1 773,42 1 266,73
Sexta 1 633,42 1 166,73
Quinta 1 400,07 1 000,05
Cuarta 1 213,39 866,71
Tercera 1 120,26 800,04
Segunda 1 026,72 733,37
Primera 933,38 666,70
1.2 Establézcase el monto de la Asignación por Cargo
que percibe el profesor encargado del puesto o de las
funciones, según corresponda, de Director, Subdirector
o Jerárquico de institución educativa multigrado o
polidocente; así como, el profesor encargado del puesto
de Especialista en Educación, según la escala magisterial
en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle:
Cargo encargado
Asignación por Cargo
S/
Director de I.E. (1 turno de funcionamiento) 360,00
Director de I.E. (2 turnos de funcionamiento) 480,00
Subdirector de I.E. 240,00
Jerárquicos 180,00
Especialista en Educación 900,00
1.3 Establézcase el monto de la Asignación por
Jornada de Trabajo Adicional que percibe el profesor
encargado de las funciones de Director en una institución
educativa unidocente de la modalidad de Educación
Básica Regular de los niveles de educación Inicial
y Primaria, según la escala magisterial en la que se
encuentra, conforme al siguiente detalle:
Escala Magisterial
Asignación por Jornada de
Trabajo Adicional S/
Profesor de 30 horas
Octava 1 400,07
Sétima 1 266,73
Sexta 1 166,73
Escala Magisterial
Asignación por Jornada de
Trabajo Adicional S/
Profesor de 30 horas
Quinta 1 000,05
Cuarta 866,71
Tercera 800,04
Segunda 733,37
Primera 666,70
Artículo 2.- Vigencia y características de las
asignaciones
Las asignaciones temporales establecidas en el
artículo 1 del presente Decreto Supremo entran en
vigencia a partir del 01 de noviembre de 2017.
La Asignación por Cargo establecida en el numeral
1.2 del artículo 1 de la presente norma, no tiene carácter
remunerativo ni pensionable, no se incorpora a la
Remuneración Íntegra Mensual – RIM del profesor, no
forma base de cálculo para la asignación por tiempo
de servicios, compensación por tiempo de servicios,
vacaciones truncas, remuneración vacacional o cualquier
otro tipo de bonificaciones, asignaciones, asignaciones o
entregas, ni está afecta a cargas sociales.
Artículo 3.- Criterios Técnicos para la percepción
de las asignaciones
La Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y
la Asignación por Cargo, son percibidas por el profesor
encargado en tanto éste desempeñe el puesto o la función
efectiva, caso contrario dejará de percibirla.
En el caso de los profesores que perciben remuneración
por una jornada de trabajo de cuarenta (40) horas y que
asuman el encargo del puesto o de las funciones, según
corresponda, de un cargo Directivo, Jerárquico o el encargo
del puesto de Especialista en Educación, perciben la
Asignación por Cargo establecida en el numeral 1.2 del
artículo 1 del presente Decreto Supremo, dejando de percibir,
de ser el caso, la Asignación por Cargo que percibían en
atención a su cargo de origen.Asimismo, no les corresponde
percibir la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional.
Los profesores nombrados provenientes de la Ley N°
24029, Ley del Profesorado o de la Ley N° 29062, Ley
de la Carrera Pública Magisterial y comprendidos en la
Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial que asumen el
encargo del puesto o de las funciones, según corresponda,
de un cargo directivo o jerárquico de institución educativa
o el encargo del puesto de especialista en educación,
no podrán percibir adicionalmente, las asignaciones por
cargo y las que se deriven de esta acción de personal,
establecidas para su régimen laboral de procedencia.
La Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y de
la Asignación por Cargo, a las que se refiere el presente
Decreto Supremo, deben estar registradas en el Aplicativo
Informático del Registro Centralizado de Planillas y Datos
de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo del
Ministerio de Economía y Finanzas (AIRHSP).
Las Unidades Ejecutoras de los pliegos
correspondientes son responsables del otorgamiento
de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y
de la Asignación por Cargo, teniendo en cuenta las
características y criterios establecidos en la presente
norma, y la información registrada en el AIRHSP.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
Claudia MarÍa Cooper Fort
Ministra de Economía y Finanzas
Idel Alfonso Vexler Talledo
Ministro de Educación
1581571-2

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

ESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOS
ESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOSESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOS
ESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOSWalter Paz Quispe Santos
 
12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx
12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx
12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docxWalterAgamaReynaga1
 
Resolucion directoral de comite
Resolucion directoral de comiteResolucion directoral de comite
Resolucion directoral de comiteewilliamz
 
Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico
Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico
Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico JEDANNIE Apellidos
 
Informe jornada de reflexión
Informe jornada de reflexiónInforme jornada de reflexión
Informe jornada de reflexiónolgadolores
 
REGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
REGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVASREGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
REGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVASVICTOR SANCHEZ
 
R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...
R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...
R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...Edwin Bazan Ambar
 
07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos
07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos
07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulosJulio Quispe
 
Orientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completa
Orientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completaOrientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completa
Orientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completaColegio
 
DS.004-2013-ED Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944
DS.004-2013-ED  Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944DS.004-2013-ED  Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944
DS.004-2013-ED Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944Teresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
Rol del docente especialista en dificultad del aprendizaje
Rol del docente especialista en dificultad del aprendizajeRol del docente especialista en dificultad del aprendizaje
Rol del docente especialista en dificultad del aprendizajebelkysbecerra
 
Orientaciones para el coordinador pedagógico
Orientaciones para el coordinador pedagógicoOrientaciones para el coordinador pedagógico
Orientaciones para el coordinador pedagógicoSandraElizabethPasto
 
Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518
Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518
Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518Luis Vilchez H
 
UGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptx
UGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptxUGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptx
UGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptxWilliamEstradaSantos
 
Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO) Ley 29944
Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO)  Ley 29944Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO)  Ley 29944
Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO) Ley 29944Reinaldo Alvaro
 

La actualidad más candente (20)

ESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOS
ESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOSESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOS
ESTUDIO DE CASOS PARA LA EVALUACION DE DIRECTIVOS
 
REFUERZO_ESCOLAR.pptx
REFUERZO_ESCOLAR.pptxREFUERZO_ESCOLAR.pptx
REFUERZO_ESCOLAR.pptx
 
12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx
12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx
12. Resolución N° 22-2022 APROBACIÓN DE CONEI.docx
 
Resolucion directoral de comite
Resolucion directoral de comiteResolucion directoral de comite
Resolucion directoral de comite
 
Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico
Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico
Propuesta de Intervención, Acompañamiento y Seguimiento Pedagógico
 
Informe jornada de reflexión
Informe jornada de reflexiónInforme jornada de reflexión
Informe jornada de reflexión
 
Rdi 092 apafa
Rdi 092   apafaRdi 092   apafa
Rdi 092 apafa
 
REGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
REGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVASREGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
REGLAMENTO DE RECURSOS PROPIOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
 
R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...
R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...
R.D Nº 0520 2011-ED Procedimientos para el Desarrollo de Actividades de Capac...
 
Resolución 52 comité de tutoria
Resolución 52 comité de tutoriaResolución 52 comité de tutoria
Resolución 52 comité de tutoria
 
07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos
07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos
07 rd130-09 orientaciones para la autorización de nuevos módulos
 
Modelo resolución de evaluación
Modelo resolución de evaluaciónModelo resolución de evaluación
Modelo resolución de evaluación
 
Orientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completa
Orientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completaOrientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completa
Orientaciones de elaboracion de horarios escolares de jornada completa
 
DS.004-2013-ED Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944
DS.004-2013-ED  Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944DS.004-2013-ED  Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944
DS.004-2013-ED Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944
 
Rol del docente especialista en dificultad del aprendizaje
Rol del docente especialista en dificultad del aprendizajeRol del docente especialista en dificultad del aprendizaje
Rol del docente especialista en dificultad del aprendizaje
 
Orientaciones para el coordinador pedagógico
Orientaciones para el coordinador pedagógicoOrientaciones para el coordinador pedagógico
Orientaciones para el coordinador pedagógico
 
2. funciones de los auxiliares de educacion
2.  funciones de los auxiliares de educacion2.  funciones de los auxiliares de educacion
2. funciones de los auxiliares de educacion
 
Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518
Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518
Plan nual de trabajo de recursos propios de la i. e. nª 31518
 
UGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptx
UGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptxUGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptx
UGEL 02-Gestión de la Estrategia Refuerzo Escolar FINAL.pptx
 
Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO) Ley 29944
Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO)  Ley 29944Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO)  Ley 29944
Remuneraciones y asignaciones (CTS, ATS, LUTO Y SEPELIO) Ley 29944
 

Similar a Ds n° 306 2017-ef. establecen montos, condiciones, características y vigencia de la asignación por jornada de trabajo adicional y de la asignación por cargo a otorgarse a los profesores en el marco de la ley n°

Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...
Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...
Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...RUBENTH
 
D.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratados
D.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratadosD.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratados
D.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratadosrodo1965
 
¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef
¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef
¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-efColegio
 
Umentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre s
Umentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre sUmentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre s
Umentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre sNorma Vallejos
 
DS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIAL
DS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIALDS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIAL
DS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIALRUBENTH
 
Ds227 2013-ef asignac directores y subdirect
Ds227 2013-ef asignac directores y subdirectDs227 2013-ef asignac directores y subdirect
Ds227 2013-ef asignac directores y subdirectscostif
 
Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...
Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...
Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...Henry Fernando Quispe Amezquita
 
DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...
DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...
DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...Teresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
Ley que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposiciones
Ley que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposicionesLey que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposiciones
Ley que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposicionesColegio
 
Ley N° 30328 Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones
Ley N° 30328  Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposicionesLey N° 30328  Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones
Ley N° 30328 Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposicionesTeresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
Decreto salarial no. _171_____070214_-_dto_1278
Decreto salarial  no. _171_____070214_-_dto_1278Decreto salarial  no. _171_____070214_-_dto_1278
Decreto salarial no. _171_____070214_-_dto_1278karentorresgbm
 
Decreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentes
Decreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentesDecreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentes
Decreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentesOmar Jimenez
 
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1 aumento de suelto contratado
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1  aumento de suelto contratadoDecreto supremo-n-191-2017-ef-1  aumento de suelto contratado
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1 aumento de suelto contratadoColegio
 
D.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratados
D.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratadosD.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratados
D.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratadosEstela Polanco Ventura
 
Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...
Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...
Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...Teresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
Establecen monto, criterios y condiciones del docente contratado 4 de agosto...
Establecen monto, criterios y condiciones  del docente contratado 4 de agosto...Establecen monto, criterios y condiciones  del docente contratado 4 de agosto...
Establecen monto, criterios y condiciones del docente contratado 4 de agosto...Colegio
 
Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...
Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...
Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...Teresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-
Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-
Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-Robert RAYMUNDO TORRES
 

Similar a Ds n° 306 2017-ef. establecen montos, condiciones, características y vigencia de la asignación por jornada de trabajo adicional y de la asignación por cargo a otorgarse a los profesores en el marco de la ley n° (20)

Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...
Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...
Ds n° 307 2017-ef. establecen monto, criterios y condiciones para el pago de ...
 
D.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratados
D.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratadosD.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratados
D.S nº 226-2015-EF Pago a docentes contratados
 
¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef
¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef
¡Atención maestros contratados! modifican sueldo d.s.nº 226-2015-ef
 
DS.227-2013-EF
DS.227-2013-EFDS.227-2013-EF
DS.227-2013-EF
 
Umentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre s
Umentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre sUmentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre s
Umentan sueldo a profesores contratados y ahora ganarán entre s
 
DS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIAL
DS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIALDS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIAL
DS Nº 070- 2017-EF. FIJAN NUEVO RIM DE PRIMERA ESCALA MAGISTERIAL
 
Ds227 2013-ef asignac directores y subdirect
Ds227 2013-ef asignac directores y subdirectDs227 2013-ef asignac directores y subdirect
Ds227 2013-ef asignac directores y subdirect
 
Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...
Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...
Establecen remuneración mensual y asignaciones de los profesores contratados ...
 
DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...
DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...
DS.191-2017-EF establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración...
 
Ley que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposiciones
Ley que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposicionesLey que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposiciones
Ley que establece medidas en materia educativa, entre otras otras disposiciones
 
Ley N° 30328 Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones
Ley N° 30328  Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposicionesLey N° 30328  Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones
Ley N° 30328 Establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones
 
Ley 29944 ley de Reforma Magisterial 24-11-2017
Ley 29944 ley de Reforma Magisterial 24-11-2017Ley 29944 ley de Reforma Magisterial 24-11-2017
Ley 29944 ley de Reforma Magisterial 24-11-2017
 
Decreto salarial no. _171_____070214_-_dto_1278
Decreto salarial  no. _171_____070214_-_dto_1278Decreto salarial  no. _171_____070214_-_dto_1278
Decreto salarial no. _171_____070214_-_dto_1278
 
Decreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentes
Decreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentesDecreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentes
Decreto 171 del 07 de febrero de 2014 tabla salarial docentes
 
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1 aumento de suelto contratado
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1  aumento de suelto contratadoDecreto supremo-n-191-2017-ef-1  aumento de suelto contratado
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1 aumento de suelto contratado
 
D.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratados
D.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratadosD.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratados
D.S. 191 2017-EF -Aumento de remuneración a contratados
 
Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...
Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...
Remuneración mensual y bonificaciones del profesorado contratado en el Sector...
 
Establecen monto, criterios y condiciones del docente contratado 4 de agosto...
Establecen monto, criterios y condiciones  del docente contratado 4 de agosto...Establecen monto, criterios y condiciones  del docente contratado 4 de agosto...
Establecen monto, criterios y condiciones del docente contratado 4 de agosto...
 
Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...
Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...
Establecen monto-criterios-y-condiciones-de-la-remuneracion-decreto-supremo-n...
 
Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-
Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-
Ley que-regula-la-politica-remunerativa-del-auxiliar-de-educ-ley-n-30493-
 

Más de RUBENTH

Normas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterial
Normas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterialNormas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterial
Normas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterialRUBENTH
 
RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...
RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...
RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...RUBENTH
 
PROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCO
PROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCOPROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCO
PROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCORUBENTH
 
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...RUBENTH
 
Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...
Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...
Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...RUBENTH
 
RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...
RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...
RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...RUBENTH
 
RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...RUBENTH
 
Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...RUBENTH
 
RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...
RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...
RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...RUBENTH
 
RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...
RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...
RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...RUBENTH
 
RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...
RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...
RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...RUBENTH
 
RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...
RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...
RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...RUBENTH
 
RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...
RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...
RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...RUBENTH
 
DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...
DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...
DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...RUBENTH
 
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988RUBENTH
 
RM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL
RM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIALRM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL
RM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIALRUBENTH
 
Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...
Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...
Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...RUBENTH
 
RSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULA
RSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULARSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULA
RSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULARUBENTH
 
DS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTES
DS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTESDS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTES
DS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTESRUBENTH
 
RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017
RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017
RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017RUBENTH
 

Más de RUBENTH (20)

Normas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterial
Normas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterialNormas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterial
Normas complementarias-de-la-ley-de-reforma-magisterial
 
RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...
RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...
RM Nº 271-2018-MINEDU. Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Insti...
 
PROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCO
PROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCOPROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCO
PROFESORES ASCENDIDOS EN LA REGIÓN CUSCO
 
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...
 
Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...
Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...
Ds n° 305 2017-ef. fijan remuneración íntegra mensual–rim de profesor de la p...
 
RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...
RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...
RESOLUCION-MINISTERIAL Nº 529-2017-MINEDU. Dejan sin efecto la RM Nº 350-2017...
 
RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
RM N° 350-2017-MINEDU. Implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
 
Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
Rm n° 350 2017-minedu. implementación y ejecución a nivel nacional, durante e...
 
RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...
RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...
RM N° 347 2017-MINEDU. Disposiciones para la ejecución de acciones de acondic...
 
RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...
RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...
RVM N° 094-2017-MINEDU. BASES DE LA XIV OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁT...
 
RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...
RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...
RVM N° 092-2017-MINEDU. Selección y contrato de especialistas en seguimiento ...
 
RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...
RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...
RSG N°137-2017-MINEDU. NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN EN ...
 
RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...
RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...
RSG N° 135-2017-MINEDU. INSTRUCTIVO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ...
 
DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...
DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...
DS Nº 005-2017-MINEDU. MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA LEY N...
 
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
DS Nº 004 2017-MINEDU. APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29988
 
RM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL
RM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIALRM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL
RM Nº 268-2017-MINEDU. CRONOGRAMA PARA ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL
 
Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...
Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...
Rsg Nº 116-2017-MINEDU. NORMA TECNICA PARA EL CONCURSO PUBLICO PARA ASCENSO D...
 
RSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULA
RSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULARSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULA
RSG N° 078 -2017-MINEDU. INSTRUMENTO RUBRICAS PARA OBSERVACIÓN EN AULA
 
DS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTES
DS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTESDS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTES
DS Nº 071- 2017-EF. FINANCIAMIENTO DE NUEVAS PLAZAS DOCENTES
 
RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017
RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017
RSG N° 075-2017-MINEDU. Lineamientos para admisión en IESP 2017
 

Último

1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO
1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO
1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADODJElvitt
 
21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf
21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf
21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdfceeabarcia
 
UNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacion
UNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacionUNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacion
UNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacionCarolVigo1
 
explicacionsobrelasemanasanta-190411100653.ppt
explicacionsobrelasemanasanta-190411100653.pptexplicacionsobrelasemanasanta-190411100653.ppt
explicacionsobrelasemanasanta-190411100653.pptjosemanuelcremades
 
1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf
1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf
1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdfdiana593621
 
Presentación: Actividad de Diálogos adolescentes.pptx
Presentación: Actividad de  Diálogos adolescentes.pptxPresentación: Actividad de  Diálogos adolescentes.pptx
Presentación: Actividad de Diálogos adolescentes.pptxNabel Paulino Guerra Huaranca
 
La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...
La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...
La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...Unidad de Espiritualidad Eudista
 
Presentación del tema: tecnología educativa
Presentación del tema: tecnología educativaPresentación del tema: tecnología educativa
Presentación del tema: tecnología educativaricardoruizaleman
 
Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificación
Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificaciónTema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificación
Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificaciónIES Vicent Andres Estelles
 
SECUENCIA DIDÁCTICA Matemática 1er grado
SECUENCIA  DIDÁCTICA Matemática 1er gradoSECUENCIA  DIDÁCTICA Matemática 1er grado
SECUENCIA DIDÁCTICA Matemática 1er gradoAnaMara883998
 
Xardín de San Carlos (A Coruña) IES Monelos
Xardín de San Carlos (A Coruña) IES MonelosXardín de San Carlos (A Coruña) IES Monelos
Xardín de San Carlos (A Coruña) IES MonelosAgrela Elvixeo
 
EL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLA
EL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLAEL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLA
EL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
 
CIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCERO
CIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCEROCIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCERO
CIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCEROCEIP TIERRA DE PINARES
 
Concurso de Innovación Pedagógica T2 FONDEP 2024 Ccesa007.pdf
Concurso de Innovación Pedagógica  T2  FONDEP 2024 Ccesa007.pdfConcurso de Innovación Pedagógica  T2  FONDEP 2024 Ccesa007.pdf
Concurso de Innovación Pedagógica T2 FONDEP 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
CARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacion
CARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacionCARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacion
CARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacionCarolVigo1
 
U2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdf
U2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdfU2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdf
U2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdfJavier Correa
 
La poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didáctica
La poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didácticaLa poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didáctica
La poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didácticaIGNACIO BALLESTER PARDO
 

Último (20)

Tema 6.- La identidad visual corporativa y el naming.pdf
Tema 6.- La identidad visual corporativa y el naming.pdfTema 6.- La identidad visual corporativa y el naming.pdf
Tema 6.- La identidad visual corporativa y el naming.pdf
 
1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO
1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO
1ro Programación Anual D.P.C.C ACTUALIZADO
 
21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf
21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf
21 MARZO DIA INTERNACIONAL DOS BOSQUES.pdf
 
UNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacion
UNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacionUNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacion
UNIDAD DE APRENDIZAJE MARZO 2024.docx para educacion
 
Sesión de clase ES: Adoración sin fin...
Sesión de clase ES: Adoración sin fin...Sesión de clase ES: Adoración sin fin...
Sesión de clase ES: Adoración sin fin...
 
explicacionsobrelasemanasanta-190411100653.ppt
explicacionsobrelasemanasanta-190411100653.pptexplicacionsobrelasemanasanta-190411100653.ppt
explicacionsobrelasemanasanta-190411100653.ppt
 
Tema 5.- BASES DE DATOS Y GESTIÓN DE LA INF. PARA EL MARKETING.pdf
Tema 5.- BASES DE DATOS Y GESTIÓN DE LA INF. PARA EL MARKETING.pdfTema 5.- BASES DE DATOS Y GESTIÓN DE LA INF. PARA EL MARKETING.pdf
Tema 5.- BASES DE DATOS Y GESTIÓN DE LA INF. PARA EL MARKETING.pdf
 
1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf
1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf
1° GRADO UNIDAD DE APRENDIZAJE 0 - 2024.pdf
 
Presentación: Actividad de Diálogos adolescentes.pptx
Presentación: Actividad de  Diálogos adolescentes.pptxPresentación: Actividad de  Diálogos adolescentes.pptx
Presentación: Actividad de Diálogos adolescentes.pptx
 
La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...
La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...
La Congregación de Jesús y María, conocida también como los Eudistas, fue fun...
 
Presentación del tema: tecnología educativa
Presentación del tema: tecnología educativaPresentación del tema: tecnología educativa
Presentación del tema: tecnología educativa
 
Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificación
Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificaciónTema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificación
Tema 4 Rocas sedimentarias, características y clasificación
 
SECUENCIA DIDÁCTICA Matemática 1er grado
SECUENCIA  DIDÁCTICA Matemática 1er gradoSECUENCIA  DIDÁCTICA Matemática 1er grado
SECUENCIA DIDÁCTICA Matemática 1er grado
 
Xardín de San Carlos (A Coruña) IES Monelos
Xardín de San Carlos (A Coruña) IES MonelosXardín de San Carlos (A Coruña) IES Monelos
Xardín de San Carlos (A Coruña) IES Monelos
 
EL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLA
EL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLAEL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLA
EL BRILLO DEL ECLIPSE (CUENTO LITERARIO). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLA
 
CIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCERO
CIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCEROCIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCERO
CIENCIAS SOCIALES SEGUNDO TRIMESTRE TERCERO
 
Concurso de Innovación Pedagógica T2 FONDEP 2024 Ccesa007.pdf
Concurso de Innovación Pedagógica  T2  FONDEP 2024 Ccesa007.pdfConcurso de Innovación Pedagógica  T2  FONDEP 2024 Ccesa007.pdf
Concurso de Innovación Pedagógica T2 FONDEP 2024 Ccesa007.pdf
 
CARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacion
CARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacionCARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacion
CARPETA PEDAGÓGICA 2024.docx para educacion
 
U2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdf
U2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdfU2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdf
U2_EA2_descargable TICS PRESENCIAL 2.pdf
 
La poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didáctica
La poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didácticaLa poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didáctica
La poesía del encarcelamiento de Raúl Zurita en el aula: una propuesta didáctica
 

Ds n° 306 2017-ef. establecen montos, condiciones, características y vigencia de la asignación por jornada de trabajo adicional y de la asignación por cargo a otorgarse a los profesores en el marco de la ley n°

  • 1. 7NORMAS LEGALESDomingo 29 de octubre de 2017El Peruano / N° 28044, Ley General de Educación, la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificada por la Ley N° 30541, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Decreto de Urgencia N° 011-2017, y la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Del Monto de la Remuneración Íntegra Mensual–RIM de la Primera Escala Magisterial Fíjese el monto de la Remuneración Íntegra Mensual–RIM por hora de trabajo semanal–mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que se refiere la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en S/ 66,67 (SESENTA Y SEIS Y 67/100 SOLES). Artículo 2.- Modificación de los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N°  226‑2015-EF, modificado mediante Decretos Supremos N°s 159-2016-EF y 191‑2017-EF Modifíquese los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 226-2015-EF, modificado mediante Decretos Supremos N°s 159-2016-EF y 191-2017-EF, que establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las bonificaciones por condiciones especiales de servicio y las vacaciones truncas a otorgarse al profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente, conforme al texto siguiente: “Artículo 1.- Remuneración Mensual del Profesorado Contratado El profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente percibe una remuneración mensual de acuerdo con la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, regulada en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, según el siguiente detalle: Modalidad / Forma Nivel / Ciclo Jornada laboral Remuneración mensual S/ Educación Básica Regular– EBR Inicial 30 2 000,10 Primaria 30 2 000,10 Secundaria 30 2 000,10 Educación Básica Especial– EBE Inicial 30 2 000,10 Primaria 30 2 000,10 Educación Básica Alternativa–EBA Inicial / Intermedio 30 2 000,10 Avanzado 26 1 733,42 Educación Técnico Productiva–ETP Básico y Medio 30 2 000,10 Para el profesorado contratado que labora menos de la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, el pago de la remuneración mensual se realiza en forma proporcional a las horas contratadas. Artículo2.-RemuneraciónMensualdelProfesorado Contratado en el PRONOEI, la ONDEC y la ODEC Los profesores contratados que prestan servicios como Profesor Coordinador en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI) o como Docente Coordinador en la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC) o en la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC) perciben una remuneración mensual de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 80/100 SOLES (S/ 2 666,80).” Artículo 3.- Implementación del nuevo monto de la Remuneración Íntegra Mensual–RIM y del incremento de la Remuneración Mensual del Profesorado Contratado La implementación del nuevo monto de la Remuneración Íntegra Mensual–RIM y del incremento de la Remuneración Mensual del Profesorado Contratado, a que se refieren los artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo, es efectiva a partir del mes de noviembre de 2017. Artículo 4.- Derogatoria Deróguense el Decreto Supremo N° 070-2017-EF y las demás disposiciones que se opongan a lo establecido por el presente Decreto Supremo. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La Compensación Extraordinaria Transitoria a que hace referencia la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, no está afecta a cargas sociales ni tiene naturaleza pensionaria y es percibida por el profesor durante su permanencia en el cargo y la Escala Magisterial en la que fue ubicado producto de la implementación de lo dispuesto en la citada Disposición. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República Claudia MarÍa Cooper Fort Ministra de Economía y Finanzas Idel Alfonso Vexler Talledo Ministro de Educación 1581571-1 Establecen montos, condiciones, características y vigencia de la asignación por jornada de trabajo adicional y de la asignación por cargo a otorgarse a los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial Decreto Supremo N° 306-2017-ef EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que corresponde al Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, norma las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productivo y en las instancias de gestión educativa descentralizadas; asimismo, regula la Carrera Pública Magisterial, los deberes y derechos de los profesores, su formación continua, su evaluación, su proceso disciplinario, sus remuneraciones y sus estímulos e incentivos; Que, el literal a) del artículo 56 de la citada Ley, establece que adicionalmente a la remuneración íntegra mensual, el profesor puede percibir una asignación temporal que se otorga por el concepto de ejercicio de cargos de responsabilidad en las diferentes áreas de desempeño: directivos, especialistas, capacitadores y jerárquicos; Que, el artículo 58 de la Ley N° 29944 establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
  • 2. 8 NORMAS LEGALES Domingo 29 de octubre de 2017 / El Peruano Presupuesto, establece los montos y criterios técnicos de las asignaciones, basados en la jornada laboral de cuarenta horas pedagógicas; asimismo establece que estas asignaciones son otorgadas en tanto el profesor desempeñe la función efectiva en el cargo, tipo y ubicación de la institución educativa; correspondiendo exclusivamente a la plaza, estando condicionadas al servicio efectivo en la misma; siendo que en caso se produzca el traslado del profesor a plaza distinta, este las dejará de percibir y el profesor se adecuará a los beneficios que le pudieran corresponder en la plaza de destino; Que, el artículo 70 de la Ley N° 29944, establece que el encargo es la acción de personal que consiste en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad; asimismo señala que el encargo es de carácter temporal y excepcional, no genera derechos y no puede exceder el período del ejercicio fiscal; Que, el literal b) del artículo 124 del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-ED, modificado por el Decreto Supremo N°  005‑2017‑MINEDU, establece que las asignaciones temporales se otorgan al profesor por el ejercicio de la función bajo ciertas condiciones particulares o asumir cargos o funciones de mayor responsabilidad, las mismas que son percibidas siempre y cuando desarrolle su labor de manera efectiva bajo estas condiciones; estableciéndose que los criterios técnicos y montos de tales asignaciones temporales son establecidas mediante Decreto Supremo; Que, el numeral 137.1 del artículo 137 del Reglamento de la Ley N° 29944, concordante con el artículo 64 de dicha Ley, dispone que las asignaciones temporales, incentivos y beneficios establecidos en la Ley y el referido Reglamento, no se incorporan a la Remuneración Integra Mensual – RIM del profesor, no tienen carácter remunerativo ni pensionable y no se encuentran afectas a cargas sociales; Que, por su parte, el numeral 140.2 del artículo 140 del citado Reglamento, señala que profesores que se desempeñan en el Área de Gestión Pedagógica, pueden ampliar su jornada de trabajo hasta alcanzar las cuarenta (40) horas para asumir otros cargos, siempre que la necesidad del servicio lo justifique y se cuente con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, el artículo 153 del mismo Reglamento establece que el pago de las horas laboradas adicionalmente se realiza en función al valor de la hora de trabajo de la escala magisterial en la que se encuentra ubicado el profesor, en tanto la necesidad del servicio lo justifique, no siendo consideradas como parte de la Remuneración Integra Mensual y se encuentran afectas a cargas sociales en la misma proporción que la fijada para ésta y no se considera para determinar la remuneración vacacional ni las asignaciones temporales ni los beneficios que dispone la Ley; Que, el artículo 177 del Reglamento de la Ley N° 29944, señala que los tipos de encargo son: a) Encargo de puesto: se autoriza en plaza orgánica vacante debidamente presupuestada o en plaza vacante generada por ausencia temporal del titular y b) Encargo de funciones: se autoriza únicamente para asumir el cargo de director de institución educativa, en caso ésta última no cuente con la plaza orgánica vacante debidamente presupuestada, siendo que en este caso el profesor encargado continúa ejerciendo su labor docente en aula; Que, el artículo 179 de dicho Reglamento establece que en tanto esté vigente el encargo, el profesor percibe, por la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada de destino, la remuneración íntegra mensual que le corresponde por la escala magisterial y la jornada de trabajo de su cargo de origen, dejando de percibir las asignaciones temporales del cargo de origen; asimismo, establece que el profesor encargado conserva la plaza en la que fue nombrado; correspondiéndole percibir, las asignaciones temporales por cargo de destino y la asignación por jornada de trabajo adicional de ser el caso; señalándose, adicionalmente, que considerando que el encargo no genera derechos por su naturaleza temporal, la remuneración por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo, no constituyen base de cálculo para la remuneración vacacional de los profesores encargados; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del aludido Reglamento, señala que los profesores que laboran en instituciones educativas unidocentes de Educación Básica Regular de los niveles de Inicial y Primaria son ubicados en el cargo de profesor con jornada de trabajo de treinta (30) horas, a quienes se les encargará las funciones de Director de dichos planteles en cada año lectivo; asimismo, establece que mientras se encuentre desempeñando la función de Director de la citada institución educativa, le corresponde percibir la asignación por jornada de trabajo adicional; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 011-2017 se dicta medidas extraordinarias y complementarias que deberá observar el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales destinadas a continuar con la revalorización de la profesión docente y la implementación de la Ley de Reforma Magisterial; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia dispone que, a partir del mes de noviembre de 2017, los profesores encargados en un cargo directivo o jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; así como, encargado de especialista en educación, de acuerdo al artículo 177 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, percibirán la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en la que se encuentran, así como el 60% de la asignación por cargo que perciben los profesores designados en dichos cargos, en el marco de la Ley y su Reglamento; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del referido Decreto de Urgencia, dispone que, a partir del mes de noviembre de 2017, los profesores encargados en un cargo de director en institución educativa unidocente, de acuerdo a la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley, percibirán la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en la que se encuentran en el marco de la Ley N° 29944 y su Reglamento; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 011-2017, señala que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Educación, a propuesta de este último, se aprueban el monto, las condiciones, características y demás disposiciones complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo señalado en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 del referido Decreto de Urgencia; asimismo, dispone que para la aplicación del pago de encargaturas, queda sin efecto el literal c) del numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, el numeral 4.5 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 011-2017, dispone que Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, exceptúese al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 509‑2017‑MINEDU/ VMGP/DIGEDD-DITEN, sustenta y propone los montos, las condiciones, las características y la vigencia para el otorgamientodelaasignaciónporjornadadetrabajoadicional a favor de los profesores encargados en un cargo directivo o jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; así como, encargado de especialista en educación; y la asignación por jornada de trabajo adicional a favor de los profesores encargados en un cargo de director en institución educativa unidocente, en el marco de lo establecido en el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 011-2017; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe Nº  629‑2017‑MINEDU/SPE-OPEP- UPP, señala que cuenta con los recursos necesarios para el financiamiento de las medidas referidas al pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y asignación por cargo a los profesores encargados en cargo de mayor responsabilidad; en virtud de lo cual mediante Oficio N° 02407-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a las disposiciones para el otorgamiento de las asignaciones antes indicadas en el marco de la Ley N° 29944;
  • 3. 9NORMAS LEGALESDomingo 29 de octubre de 2017El Peruano / Que, en consecuencia, resulta necesario establecer el monto, condiciones, características y vigencia para el otorgamiento de la asignación por jornada de trabajo adicional a favor de los profesores encargados en un cargo directivo o jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; y encargado de especialista en educación, así como la asignación por cargo que perciben los designados en dichos cargos, en el marco de la citada Ley; y, la asignación por jornada de trabajo adicional a favor de los profesores encargados en un cargo de director en institución educativa unidocente, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 011-2017; y la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y Asignación por Cargo 1.1 Establézcase el monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional que percibe el profesor encargado del puesto o de las funciones, según corresponda, de Director, Subdirector o Jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; así como, el profesor encargado del puesto de Especialista en Educación; según la escala magisterial en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle: Escala Magisterial Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/ Profesor de 26 horas Profesor de 30 horas Octava 1 960,10 1 400,07 Sétima 1 773,42 1 266,73 Sexta 1 633,42 1 166,73 Quinta 1 400,07 1 000,05 Cuarta 1 213,39 866,71 Tercera 1 120,26 800,04 Segunda 1 026,72 733,37 Primera 933,38 666,70 1.2 Establézcase el monto de la Asignación por Cargo que percibe el profesor encargado del puesto o de las funciones, según corresponda, de Director, Subdirector o Jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; así como, el profesor encargado del puesto de Especialista en Educación, según la escala magisterial en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle: Cargo encargado Asignación por Cargo S/ Director de I.E. (1 turno de funcionamiento) 360,00 Director de I.E. (2 turnos de funcionamiento) 480,00 Subdirector de I.E. 240,00 Jerárquicos 180,00 Especialista en Educación 900,00 1.3 Establézcase el monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional que percibe el profesor encargado de las funciones de Director en una institución educativa unidocente de la modalidad de Educación Básica Regular de los niveles de educación Inicial y Primaria, según la escala magisterial en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle: Escala Magisterial Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/ Profesor de 30 horas Octava 1 400,07 Sétima 1 266,73 Sexta 1 166,73 Escala Magisterial Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/ Profesor de 30 horas Quinta 1 000,05 Cuarta 866,71 Tercera 800,04 Segunda 733,37 Primera 666,70 Artículo 2.- Vigencia y características de las asignaciones Las asignaciones temporales establecidas en el artículo 1 del presente Decreto Supremo entran en vigencia a partir del 01 de noviembre de 2017. La Asignación por Cargo establecida en el numeral 1.2 del artículo 1 de la presente norma, no tiene carácter remunerativo ni pensionable, no se incorpora a la Remuneración Íntegra Mensual – RIM del profesor, no forma base de cálculo para la asignación por tiempo de servicios, compensación por tiempo de servicios, vacaciones truncas, remuneración vacacional o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones, asignaciones o entregas, ni está afecta a cargas sociales. Artículo 3.- Criterios Técnicos para la percepción de las asignaciones La Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y la Asignación por Cargo, son percibidas por el profesor encargado en tanto éste desempeñe el puesto o la función efectiva, caso contrario dejará de percibirla. En el caso de los profesores que perciben remuneración por una jornada de trabajo de cuarenta (40) horas y que asuman el encargo del puesto o de las funciones, según corresponda, de un cargo Directivo, Jerárquico o el encargo del puesto de Especialista en Educación, perciben la Asignación por Cargo establecida en el numeral 1.2 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, dejando de percibir, de ser el caso, la Asignación por Cargo que percibían en atención a su cargo de origen.Asimismo, no les corresponde percibir la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional. Los profesores nombrados provenientes de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado o de la Ley N° 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial y comprendidos en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial que asumen el encargo del puesto o de las funciones, según corresponda, de un cargo directivo o jerárquico de institución educativa o el encargo del puesto de especialista en educación, no podrán percibir adicionalmente, las asignaciones por cargo y las que se deriven de esta acción de personal, establecidas para su régimen laboral de procedencia. La Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y de la Asignación por Cargo, a las que se refiere el presente Decreto Supremo, deben estar registradas en el Aplicativo Informático del Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (AIRHSP). Las Unidades Ejecutoras de los pliegos correspondientes son responsables del otorgamiento de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y de la Asignación por Cargo, teniendo en cuenta las características y criterios establecidos en la presente norma, y la información registrada en el AIRHSP. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República Claudia MarÍa Cooper Fort Ministra de Economía y Finanzas Idel Alfonso Vexler Talledo Ministro de Educación 1581571-2