1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Autora:
T.S.U. Cecimar
Cedeño
Profesora:
. Nilda Singer
SAIA: E
Barquisimeto, Septiembre 2017
POLITRAUMA
MEDICINA LEGAL
2. ¿ QUE ES EL POLI TRAUMATISMO?
Se define como aquella asociación de
múltiples lesiones traumáticas producidas en
un mismo accidente las cuales pueden ser de
riego vital para la vida del paciente.
3. ¿Cuales son los mecanismos de producción?
Accidentes de
Transito
Peatón ,Cinturón
Precipitación
(Auto causados-
suicidio)
Agresión
(accidente
Laboral)
4. ¿Cuál es la evaluación forense del poli traumatizado?
A) Obstrucción de las vía
aérea hipo ventilación
alveolar hipoxia
B) Hemorragia que conduce a
hipovolemia severa y por ultimo
el shock: hipovolémico
C)Trauma encefalograma
traumatismo raquimedular
5. ¿Qué Es el Trauma cráneo-encefálico y Raquimedular?
Se define como aquel accidente mas frecuente y peligroso en
nuestro medio suelen suceder por:
Conmoción
Contusión
Concusión
6. Traumas y afecciones laborales
Se puede decir que el trauma es aquel daño a la integridad física de un
individuo, los cuales pueden ser por energía mecánica, eléctrica, térmica,
química entre otros ocasionado de manera intencional causando lesiones
premeditadas o no intencional como accidentes
Lesión funcional y corporal
Las lesiones según el agente vulnerable se clasifican en:
Contusiones Heridas Quemaduras
7. Discapacidad temporal parcial y total permanente; absoluta y gran
discapacidad.
En el artículo 78 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo, nos señala: Las prestaciones dinerarias
del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se
derivan de los daños que ocasionen las enfermedades ocupacionales
o los accidentes de trabajo a una trabajadora o trabajador afiliado.
Se clasifican en:
Discapacidad temporal.
Discapacidad parcial permanente.
Discapacidad total permanente para el trabajo habitual
Discapacidad absoluta permanente para cualquier tipo de
actividad.
Gran discapacidad.
Muerte.
8. Accidentes de trabajo según la LOCYMART
Articulo 69
Accidente de trabajo
Articulo 70
Enfermedad ocupacional
Señala que un accidente de trabajo, es todo aquel suceso que produzca en el trabajador
o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o
posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o
sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.
Se define como los estados patológicos contraídos o agravados
con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el
trabajador (a) se encuentran obligados a trabajar tales como los
imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos,
condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos,
biológicos, factores psicosociales y emocionales.
9. Las Lesiones según el Código Civil Venezuela
El Artículo 417.
Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o
de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz
notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona
ofendida o producido alguna enfermedad mental o corporal que dure
veinte días o mas. la pena será de prisión de uno a cuatro años.
Lesiones Levísimas
Lesiones gravísimas
Artículo 414. El que hubiere inducido a algún individuo a
que se suicide o con tal fin lo haya ayudado, será
castigado, si el suicidio se consuma con presidio de siete a
diez años