2. SesiSesióón 4 :n 4 :
Seguro deSeguro de
ResponsabilidadResponsabilidad
Civil para CascosCivil para Cascos
MarMaríítimostimos
P&IP&I (PANDI)(PANDI)
3. ¿QUÉ ES EL P&I?
El seguro de P&I es un seguro
de base mutualista distinto del
clásico seguro de
responsabilidad civil. Se trata de
un seguro de indemnización
efectiva, cuyo objeto es cubrir al
asegurado el quebranto
patrimonial sufrido por haber
tenido que indemnizar a un
tercero.
4. ALCANCES DE LA COBERTURA ( P&I )
CL. IFVC -346 BUQUES PESQUEROS
COBERTURA:
• Pérdida de o daño a cualquier objeto fijo o móvil o propiedad.
• Reflotamiento, remoción o destrucción de cualquier objeto fijo o móvil o propiedad u
otra cosa, incluyendo los restos de la nave o cualquier negligencia o fracaso en el
reflotamiento, remoción o destrucción del mismo.
• Responsabilidad bajo contratos de remolques para los fines de entrar o salir del puerto
o maniobrar en el puerto
• Pérdida de vida, lesión corporal, enfermedad o pagos hechos para el salvamento de
vidas
• Gastos de hospitalización, médicos, gastos de funeral, gastos de repatriación
• Costo adicional de combustible, seguro, salarios, vituallas, provisiones y gastos de
puerto en que razonablemente se incurra con el sólo propósito de desembarcar de la
nave a personas lesionadas o polizones, refugiados o personas rescatadas en el mar
• Gastos adicionales derivados del brote de una enfermedad infecciosa a bordo de la
nave o en tierra
• Multas impuestas a la nave, al asegurado por cualquier acto de negligencia o violación
de estatutos de la dotación.
• Gastos por remoción de los restos de la nave de cualquier lugar.
• Costos legales en que incurra para evitar, aminorar e impugnar responsabilidades
5. ALCANCES DE LA COBERTURA ( P&I )
CL. IFVC -346 BUQUES PESQUEROS
EXCLUSIONES
• No cubre responsabilidad bajo leyes sociales de compensación laboral o de
responsabilidad de empleadores.
• Accidentes o enfermedad de trabajadores o de cualquier otra persona empleada
en cualquier calidad por el asegurado u otros en conexión con la nave o su
pesca, materiales o reparaciones
• Responsabilidad respecto de muerte o enfermedad de o lesiones a personas
empleadas bajo contrato de servicio o aprendizaje.
• Daños punitivos o de amonestación, como quiera que se describan
• Pasajeros
• Pesca, equipo de pesca u otras cosas o intereses cualesquiera que sea a bordo
de la nave
• Propiedad que pertenezca a constructores o reparadores o por la cual sean éstos
responsables, que se encuentren a bordo de la nave
• Responsabilidad que surja bajo un contrato de indemnización respecto de
contenedores, equipos, combustible u otra propiedad o esté arrendada por el
asegurado
6. ALCANCES DE LA COBERTURA ( P&I )
CL. IFVC -346 BUQUES PESQUEROS
EXCLUSIONES
• Dinero en efectivo, instrumentos negociables, metales o piedras preciosas u
objetos de valor de la tripulación
• Combustible, seguros, salarios, pertrechos, provisiones y gastos de puerto que
provengan de demora de la nave mientras espera un reemplazante del Capitán,
Oficiales o miembro de la Tripulación.
• Multas o penas pecuniarias como consecuencia de sobrecarga o pesca ilegal
• Polución o contaminación de cualquier bien raíz o propiedad, cosa, cualesquiera
que sea
• Avería gruesa, Sue and Labour y gastos de salvamento, salvamento y/o
responsabilidades por colisión en cualquier medida en que no sean recuperables
bajo las Cláusulas 8, 10 y 18 en razón de que el valor acordado y/o el monto
asegurado respecto de la nave resultara inadecuado.
7. ALCANCES DE LA COBERTURA ( P&I )
CL. IFVC -346 BUQUES PESQUEROS
Cláusula 20.6
“En ningún caso la responsabilidad de
los aseguradores bajo esta Cláusula
20 (P&I) respecto de cada accidente u
ocurrencia separada o serie de
accidentes que surjan de un mismo
evento excederá su parte proporcional
del valor asegurado de la nave.”
8. ALCANCES DE LA COBERTURA POR COLISION
CL. IFVC -346 BUQUES PESQUEROS
CL.18 RESPONSABILIDAD POR COLISION
18.1 Se paga cualquier suma pagada(s) por el asegurado a terceros en razón de
que éste sea legalmente responsable de los daños por:
– pérdida de o daño a cualquier otra nave o propiedad a bordo de cualquier
otra nave
– retraso o pérdida de uso de cualquier otra nave o propiedad a bordo de la
misma
– avería gruesa, salvamento, o salvamento contratado de cualquier otra
nave o propiedad a bordo de la misma, cuando tal pago por el asegurado
sea el resultado de la colisión de la nave aquí asegurada con cualquier
otra nave.
18.2 La indemnización establecida estará sujeta a las siguientes provisiones: …
– En ningún caso la responsabilidad total de los aseguradores bajo las Cláusulas
18.1 y 18.2 excederá la parte proporcional del valor asegurado de la nave
respecto de cualquier colisión.
18.3 Se pagaran también los costos legales en que incurra el asegurado o que el
asegurado pueda verse obligado a pagar al litigar su responsabilidad o
transar para limitarla, previo consentimiento por escrito de los aseguradores.
9. CL.18 RESPONSABILIDAD POR COLISION
EXCLUSIONES
Se excluye el pago de:
18.4.1 la remoción o disposición de obstáculos, restos
náufragos, cargamentos o cualquier otro objeto
18.4.2 cualquier propiedad real o personal o cualquier cosa
excepto otras naves o bienes a bordo de las mismas
18.4.3 El cargamento u otros bienes a bordo de la nave
asegurada o los compromisos de la nave asegurada
18.4.4 pérdida de vidas, lesión personal o enfermedades
18.4.5 la polución o contaminación de cualquier propiedad real o
personal o cualquiera otra cosa (excepto otras naves con las
cuales la nave asegurada haya entrado en colisión o los bienes
a bordo de las mismas).
ALCANCES DE LA COBERTURA POR COLISION
CL. IFVC -346 BUQUES PESQUEROS
13. HUNDIMIENTO SUBMARINO BAP “PACOCHA”
Secuela legal a consecuencia del siniestro:
• Proceso Administrativo ante la
autoridad marítima (Negligencia)
• Proceso Penal (Sentencias
condenatorias y Pagos de
Reparación Civil a favor de los
deudos)
• Proceso seguido por Marina de Guerra (Demanda daños
materiales, gastos de salvamento e indemnización)
• Procedimientos civiles seguidos por los deudos de los
miembros de la dotación fallecidos
• Procedimiento civil seguido por los sobrevivientes
14. OTRAS NAVES QUE REPRESENTAN RIESGOS
POTENCIALES DE COLISION CON PESQUEROS
•BUQUES PETROLEROS
•BUQUES GASEROS
•BUQUES MILITARES
•BARCOS PESQUEROS
•REMOLCADORES
•NAVES DE RECREO
16. TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS EN PERU
(RIESGO DE CONTAMINACION AMBIENTAL EN CASO DE COLISION)
40 millones de barriles al año
son transportados en tráfico de
cabotaje.
Petroperú contrata el transporte
de GLP y Nafta entre Talara y
Callao.
Existe un riesgo permanente
de contaminación ambiental.
17. ANALISIS ECONOMICO DEL DAÑO
AL MEDIO AMBIENTE
• 1989 Alaska / Exxon Valdez 2.800 millones de euros + 3.000
millones de euros ( pagos entre indemnizaciones, multas y trabajos
de limpieza)
• 2002 La Coruña / Aegean Sea. Afectados directamente 3.000
personas + Indemnizaciones y compensación de 277 millones de
euros, aportados entre el seguro, el fondo internacional y España.
• 2004 Galicia / Prestige,
Daño a diferentes actividades relacionadas con el medio marino,
no sólo la pesca y el marisqueo, si no también a los transportistas,
manipuladores, comerciantes, etc. (Reacción en Cadena)
paralización de pesca, el marisqueo y la acuicultura (pérdida de
ingresos)
Ingresos menores debido al desequilibrio ecológico.
Costos aproximados a los 600 millones de euros.
Turismo ( + 12 millones de euros)
18. ANALISIS ECONOMICO DEL DAÑO
DEL IMPACTO AMBIENTAL
• El seguro conocido como Club de P&I, son mutuales creadas por
los armadores para protegerse. Hay unas 15 en el mundo y las
líderes son las inglesas UK y Britannia y la noruega Gard. La
cobertura por contaminación por hidrocarburos es de hasta 1.000
millones de dólares. No obstante, el armador limita su
responsabilidad en función al convenio internacional CLC92, que
varían según el tonelaje de la nave. El mínimo son cuatro millones
de dólares por 5.000 toneladas y el máximo, 79 millones por
140.000.
• Si la indemnización es mayor que el tope particular, se activa el
Fondo Internacional, financiado por las petroleras, con un tope de
180 millones (incluido el P&I).
19. VENTAJAS DE CONTRATAR LA COBERTURA DE P & I
PARA UN BUQUE PESQUERO
• Mayor Límite de Responsabilidad (hasta US$ 500 millones de Límite de
Responsabilidad por evento
• Menores Deducibles
• Amparo por Contaminación (las responsabilidades, pérdidas, daños,
costes y gastos causados a consecuencia la descarga o escape desde el
buque asegurado de petróleo o cualquier otra sustancia o de la amenaza
de dicha descarga o escape.
• Excedentes de Responsabilidades por Colisión (ampara la posibilidad
que el Juez que ve la causa determine que el correcto valor contributorio
del buque al momento de producirse ésta, era superior a aquel que estipula
su Póliza de Seguro de Casco y Maquinaria, con lo cual el Armador tendría
que responder con su patrimonio para cubrir dicha diferencia).
• Responsabilidad por Naufragio (ampara las responsabilidades y gastos
relativos al levantamiento, retirada y destrucción de los restos del naufragio
del buque asegurado, asi como también cubren su iluminación y/o
marcado, así como el levantamiento, retirada, destrucción, iluminación y/o
marcado de cualquier cargamento que se encuentre a bordo.)
20. PARTE II RIESGOS DE PROTECCION E
INDEMNIZACION CUBIERTOS
REGLA 2 Cobertura general
Sección 1 Responsabilidades respecto a hombres de mar
Sección 2 Responsabilidad respecto a pasajeros
Sección 3 Responsabilidades respecto a personas distintas de hombres de mar o pasajeros
Sección 4 Gastos de cambio de derrota
Sección 5 Responsabilidades y gastos en relación con desertores, polizones y refugiados
Sección 6 Responsabilidades por salvamento de vidas humanas
Sección 7 Colisión con otros buques
Sección 8 Pérdida o daño a la propiedad
Sección 9 Contaminación
Sección 10 Remolque
Sección 11 Responsabilidad derivada de ciertas indemnizaciones y contratos
Sección 12 Responsabilidades por naufragio
Sección 13 Gastos por cuarentena
Sección 14 Responsabilidad por cargamento
Sección 15 Contribuciones en avería gruesa no recuperables
Sección 16 Proporción del buque en la avería gruesa
Sección 17 Propiedad a bordo del buque asegurado
Sección 18 Remuneración especial a los salvadores
Sección 19 Multas
Sección 20 Investigaciones y procedimientos penales
Sección 21 Responsabilidades y gastos incurridos por orden de los Administradores
Sección 22 Costes jurídicos y de medidas preventivas
21. PARTE V LIMITACIONES Y
EXCLUSIONES
PARTE V LIMITACIONES Y EXCLUSIONES
REGLA 15 Vínculo de las reglas a la Ley de Seguro Marítimo
REGLA 16 Pago previo del Miembro
REGLA 17 No existe responsabilidad hasta el abono de las cuotas
REGLA 18 Intereses
REGLA 19 Compensación
REGLA 20 Deducibles
REGLA 21A Límite de la responsabilidad de la Asociación por contaminación de hidrocarburos
REGLA 21B Límite de la responsabilidad de la Asociación en caso de reclamaciones por excedentes
REGLA 21C Límite de la responsabilidad de la Asociación por reclamaciones de flete, sobreestadía y defensa
REGLA 22 Otras limitaciones de responsabilidad de la Asociación
REGLA 23 Doble seguro
REGLA 24 Exclusión de las sumas asegurables al amparo de pólizas de casco
REGLA 25 Exclusión de responsabilidad por riesgos de guerra, de virus bioquímico o de ordenador
REGLA 26 Exclusión de responsabilidad por ciertos riesgos nucleares
REGLA 27 Exclusiones varias
REGLA 28 Responsabilidades excluidas respecto a buques de salvamento, buques de perforación, dragas y
otras operaciones especiales
REGLA 29 Responsabilidades excluidas respecto a personal no de mar
REGLA 30 Responsabilidades excluidas si son el resultado de la mala conducta deliberada
REGLA 31 Exclusión de responsabilidad por riesgos ilícitos, peligrosos o impropios
RELGA 32 Clasificación y certificación oficial del buque
REGLA 33 Peritaje de buques
REGLA 34 Peritaje de buques después de su desaparejo