1. Declaración universal de
principios éticos para psicólogos
ALUMNO: ROBINSON JAVIER CASTRO CUENCA
ID: 100065745
CORPORACION UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA
PROGRAMA: PSICOLOGIA
CURSO: ETICA
2. Principio 2 cuidado competente de las
personas y los pueblos
Este principio hace referencia a que se debe actuar en pro del
bienestar de las personas, ya sea a nivel individual, grupal o
comunitario etc.
3. Maximizar los beneficios
Debe haber un desarrollo equilibrado que potencie las habilidades de
las personas
Preservar la alud física, mental de las personas sin importar
cualquier condición.
Potencializar el autoconocimiento, enfocado en sus valores,
actitudes, experiencias y de lo importante que son para la sociedad.
4. Minimizar los riesgos
El psicólogo o psicóloga debe actuar de manera que no
genere ningún daño ya sea físico, mental o de alguna otra
forma a la persona o personas con las cuales se este
llevando una intervención.
Si hubo daño por algún motivo, el psicólogo o psicóloga
debe garantizar que se corrijan los efectos dañinos
resultados de sus actividades.
5. Justificación
Yo escogí el principio 2, cuidado competente de las personas y los pueblo.
Dado que habla de la responsabilidad que debe tener el psicólogo para con
el bienestar de las personas, evitando al máximo cualquier tipo de daño que
puedan sufrir.
En el caso de Andrea se evidencia que ella quiere y pide la eutanasia,
porque manifiesta que no quiere seguir viviendo.
El psicólogo debe evitar al máximo el daño que pueda sufrir Andrea,
buscando estrategias o herramientas para la intervención y asi evitar
cualquier daño.
Además de esto habla del respeto por la capacidad que tienen las personas
para tomar decisiones, y en el caso se menciona que los profesionales que
atienden a Andrea, afirman que la capacidad de ella para tomar decisiones
no se encuentra afectada.
6. Referencia
Gauthier, J., Pettifor, J., Ferrero, A. “La Declaración
universal de principios éticos para psicólogas y psicólogos:
un modelo con sensibilidad cultural para la creación y
revisión de códigos de ética”. Revista Crítica Año II N.º II:
06 – 22.