2. La educación es un derecho humano
fundamental y es deber ineludible e
inexcusable del Estado garantizar el
acceso, permanencia y calidad de la
educación para toda la población sin
ningún tipo de discriminación. Está
articulada a los instrumentos
internacionales de derechos humano.
Universalidad
Conclusión:
Este principio consiste sobre el derecho al libre
acceso a la educación y esto se refiere a no solo
tener que asistir a un centro educativo si no
mas bien a que se le facilite los recursos para
adquirirla y sobretodo obtener aprendizaje, no
dando importancia a la condición en que se
encuentre la persona, por tanto el sistema
educativo debe estar en continua evaluación
para si poder brindar una mejor educación.
3. Educación para el cambio
La educación constituye instrumento de
transformación de la sociedad; contribuye a la
construcción del país, de los proyectos de vida y
de la libertad de sus habitantes, pueblos y
nacionalidades; reconoce a las y los seres
humanos, en particular a las niñas, niños y
adolescentes, como centro del proceso de
aprendizajes y sujetos de derecho; y se organiza
sobre la base de los principios constitucionales.Conclusión :
Este principio refiere que nosotros como
docentes debemos cumplir nuestro deber con
responsabilidad y aparte como persona debemos
poner de parte para educarnos y no tener esa
mente retrograda de ver a las demás personas
diferentes y con menos derecho según su
condición social ya que se debe brindar más a
aquellos que más lo necesitan para que las
oportunidades sean mas enriquecedoras y
tengamos un avance universal.
4. Interés superior de los niños, niñas y
adolescentes
El interés superior de los niños, niñas y
adolescentes, está orientado a garantizar
el ejercicio efectivo del conjunto de sus
derechos e impone a todas las
instituciones y autoridades, públicas y
privadas, el deber de ajustar sus
decisiones y acciones para su atención.
Nadie podrá invocarlo contra norma
expresa y sin escuchar previamente la
opinión del niño, niña o adolescente
involucrado, que esté en condiciones de
expresarla.
Conclusión :
Este principio habla sobre el derecho de garantizar un
desarrollo integral del niño así como una vida plena,
como son las condiciones materiales y afectivas que
permitan vivir cómodamente emocional y física y
pueda alcanzar un mejor bienestar para ellos.
5. Conclusión:
Este principio se trata de la practica de
valores en la cual se debe basar en la
experiencia de cada individuo y social,
para evaluar la eficacia de determinados
comportamientos asociados con el
bienestar y la conciencia social y de esa
manera proporcionar una formación
general y integrada para que haya una
equidad de derechos y así poder
desaparecer la discriminación.
La educación debe basarse en la transmisión y práctica de
valores que promuevan la libertad personal, la democracia,
el respeto a los derechos, la responsabilidad, la solidaridad,
la tolerancia, el respeto a la diversidad de género,
generacional, étnica, social, por identidad de género,
condición de migración y creencia religiosa, la equidad, la
igualdad y la justicia y la eliminación de toda forma de
discriminación.
Educación en Valores
6. Los establecimientos educativos son
espacios democráticos de ejercicio de
los derechos humanos y promotores de
la cultura de paz, transformadores de la
realidad, transmisores y creadores de
conocimiento, promotores de la
interculturalidad, la equidad, la
inclusión, la democracia, la ciudadanía,
la convivencia social, la participación,
la integración social, nacional, andina,
latinoamericana y mundial.
Educación para la
democracia
Conclusiones :
Este principio menciona que el respeto
hacia que debemos reconocer diferentes
factores, el respeto por la diversidad
además se debe inculcar conocimientos
positivos hacia el niño para despertar su
curiosidad hacia el respeto social.
7. Corresponsabilidad
La educación demanda corresponsabilidad en
la formación e instrucción de las niñas, niños y
adolescentes y el esfuerzo compartido de
estudiantes, familias, docentes, centros
educativos, comunidad, instituciones del
Estado, medios de comunicación y el conjunto
de la sociedad, que se orientarán por los
principios de esta ley.
Conclusión :
Este principio recalca la importancia de una
buena educación ya sea en el ámbito escolar o en
el hogar, en este intervienen los padres, docentes
y comunidad educativa, para que todo tenga
mejores resultados con los aportes de cada uno,
con esto implementen otras alternativas para el
bienestar de todos los que conforman el ambito
educativo.
8. Conclusiones:
Estos principios están enfocados
mejorar la educación de nuestro país.
Calidad educativa y propiciar procesos
de equidad, inclusión y pertenencia
La educación es muy fundamental para el crecimiento y desarrollo de un país por lo que
su proceso de aplicación debe ser analizado para que este se adapte a los avances
científicos y tecnológicos del mundo tan cambiante en el que vivimos.
Además enfoca la tarea del docente como un proceso multidireccional en el cual se
transmite conocimientos valores, costumbres y formas de actuar ya que no solo se
produce a través de la palabra, pues está presente en sus acciones, sentimientos y
actitudes, además en forma conjunta con sus estudiantes construye el conocimiento.
9. Bibliografía
Educativa, D. N. (2015). LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL. Quito: MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
BIBLIOGRAFÍA