Este documento resume los principales aspectos del Seguro General Obligatorio administrado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Explica que el SGO protege a trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales y otros contra enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, muerte e invalidez. Detalla los requisitos para la afiliación de trabajadores y las prestaciones cubiertas como atención médica, subsidios y compensación de gastos médicos.
2. INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL (IESS) Y
LA AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR
Principios rectores
El SEGURO GENERAL OBLIGATORIO forma parte del sistema nacional de
seguridad social y por lo tal su organización y funcionamiento se
fundamentan en principios de:
3. SUJECIÓN DE PROTECCIÓN
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL (IESS)
NORMAS GENERALES
Son sujetos obligados a solicitar la protección del SGO, en calidad de
afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de
una obra o prestación de un servicio, con relación laboral o sin ella; en
particular:
4. *EL TRABAJADOR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA.
*EL TRABAJADOR AUTÓNOMO.
*EL PROFESIONAL EN LIBRE EJERCICIO.
EL ADMINISTRADOR DE UN NEGOCIO.
*EL DUEÑO DE UNA EMPRESA UNIPERSONAL.
*EL MEJOR TRABAJADOR INDEPENDIENTE.
*DEMÁS ASEGURADOS OBLIGADOS AL RÉGIMEN DE SGO EN
VIRTUD DE LEYES Y DECRETOS ESPECIALES.
5. RIESGOS CUBIERTOS
El SGO protegerá a sus afiliados obligados contra las contingencias
que afecten su capacidad de trabajo y la obtención de un ingreso
acorde a su actividad habitual, en casos de:
Enfermedad
Maternidad
Riesgos de trabajo
Vejez, muerte, e invalidez (discapacidad)
Cesantía
6. AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR
INSCRIPCIÓN DEL TRABAJADOR:
Los empleadores están obligados a inscribir a sus trabajadores en el IESS
desde el primer día de labor.
REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN
ORIGINAL Y COPIA DE LA CÉDULA DE
IDENTIDAD, PAPELETA DE VOTACIÓN.
SER TRABAJADOR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA.
LOS TRÁMITES SE LOS REALIZA POR INTERNET, PARA
OBTENER LA CLAVE PERSONAL (SUSTITUCIÓN DEL CARNET
DE AFILIADO).
7. EL SEGURO SOCIAL CAMPESINO
Ofrecerá prestaciones de salud la cual incluye:
*maternidad a sus afiliados.
*protegerá al jefe de familia contra; vejez, muerte, e invalidez
(discapacidad).
REGÍMENES DE AFILIACIÓN
Están agrupados en cuatro regímenes de afiliación;
*SEGURO GENERAL OBLIGATORIO
*SEGURO GENERAL CAMPESINO*RÉGIMEN VOLUNTARIO
* RÉGIMEN ADICIONAL
8. SEGURO GENERAL OBLIGATORIO
Comprende a todos los que perciben un ingreso por la ejecución de una
obra o prestación de un servicio corporal o intelectual. Dentro de este
grupo están los empleados privados y los servidores públicos.
9. ART.4 RECURSOS DEL SEGURO GENERAL OBLIGATORIO
SE FINANCIARÁ CON LOS SIGUIENTES RECURSOS;
a) La aportación individual obligatoria de los afiliados, para cada seguro.
b) La aportación patronal obligatoria de los empleadores privados y públicos.
c) La aportación patronal obligatoria de los empleadores públicos, para cada seguro.
d) La contribución financiera obligatoria de Estado.
e) Las reservas técnicas del régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional.
f) Los saldos de las cuantas individuales de los afiliados al régimen de jubilación por ahorro
individual obligatorio.
g) Los ingresos provenientes del pago de los dividendos de la deuda pública y privada con el
IESS.
h) Los ingresos provenientes del pago de dividendos de la deuda del Gobierno Nacional con el
IESS.
i) Las rentas de cualquier clase que produzca propiedades, activos fijos y acciones en
empresas administradas por el IEES .
j) Los ingresos por enajenación de los activos de cada seguro administrado por el IESS.
k) Los ingresos por servicios de salud prestados por las unidades médicas del IESS.
10. ART. 7 PROTECCIÓN A LOS DISCAPACITADOS
Los no afiliados al SGO tendrá el carácter de una prestación
asistencial, financiada exclusivamente con la contribución obligatoria
del Estado, en las condiciones que determinará el RG de esta ley.
11. ART. 8 PROHIBICIONES
Prohíbe el establecimiento y el cobro de contribuciones ajenas a los fines
de SGO, el reconocimiento de otros beneficios distintos a los señalados en
esta Ley y sus reglamentos.
Prohíbe la devolución de aportes a los asegurados.
12. ENFERMEDAD
Los afiliados y los hijos durante el primer año de vida, jubilados, viudas con
derecho montepío, están protegidos contra la contingencia de enfermedad.
El seguro brindará las siguientes prestaciones:
Asistencia médica, quirúrgica, dental y farmacológica integral.
Atención médica domiciliaria.
Subsidio en dinero por enfermedad.
Atención médica mediante convenios suscritos con varias clínicas particulares.
13. PARA QUE EL AFILIADO SOLICITE UNA ATENCIÓN MÉDICA
DEBE PRESENTAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
Carné de afiliación
Cédula de ciudadanía
Aviso de enfermedad en un formulario del IESS que la empresa
entrega al trabajador (tiene una validez de dos meses).
Copia de las planillas de aportes de los últimos seis meses (afiliados
activos).
14. COMPENSACIÓN DE GASTOS MÉDICOS
Es el reembolso de los gastos originados en los casos de emergencia
grave y se lo efectuará siempre que el asegurado haya cumplido con la
condición d haber asistido a la unidad médica del IESS más cercana y
solo en caso de no ser atendido, solicitar certificación para acudir a la
unidad médica particular o pública.
*Estos requisitos son indispensables para pedir restitución de gastos
médicos por atención médica recibida en unidades ajenas al IESS.