PRESENTACIÓN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, Materia Medios Electrónicos de Pago dictada por la PROFESORA CLAUDIA MADRID, Maestría de Derecho Internacional Privado en la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
1. E- GOLD
MEDIO DE PAGO ELECTRÓNICO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
CENTRO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
ESPECIALIZACION EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Arelys Fuenmayor. DIP
Soraima Tirado M. Mercantil
Realizado por:
3. MEDIOS DE PAGO ELECTRÓNICOS
Sistema de pago que facilita la aceptación
del mismo para las transacciones en línea
vía web.
Acción de transferencia de dinero entre
compradores y vendedores
Acción de compra venta a través de una
entidad financiera autorizada por ambos.
Electrónica de fondos.
Cheques nominativos.
Tarjetas de debito o crédito.
4. “Es una moneda virtual convertible ya que su
valor puede convertirse a moneda corriente o
de curso legal y viceversa.”
Pablo Fernandez Burgueño (Abanlex)
Madrid- España
E-GOLD
5. “Representación Digital de Valor, no emitida
por un Banco Central, institución financiera u
Organismo emisor de dinero electrónico, la
cual en algunas circunstancias puede ser usada
como una alternativa al dinero”.
E-GOLD
Banco Central Europeo
6. “Se encuentra ubicado sobre un servidor
aparentemente seguro y exclusivo que para
registrarse solo es necesario el nombre,
dirección y teléfono, no piden cuenta
bancaria, ni tarjeta de crédito.”
2018 Generalitat Valenciana.
• Conselleria d'Economia Sostenible, Sectors
Productius, Comerç i Treball
• El portal del comerç sostenible
E-GOLD
7. E-GOLD
Es un sistema de pago que utiliza una plataforma
aparentemente confiable, basado en cuentas que
hacen posible que la gente utilice Oro como
dinero.
Sistema de pago que permite a la gente enviar una
cantidad específica de Oro a otras cuentas.
Sólo cambia la propiedad: el Oro depositado en la
bóveda permanece en su lugar.
8. E-GOLD
Procedimiento y generalidades
• Fondos que se transfieran a la cuenta E-Gold, se
convierten en oro automáticamente. Y están repaldados
por el gold metal.
• Si ingresamos 100 US$ a una cuenta de E-gold, se
convierten en gramos de oro, dependiendo de la
cotización del día.
• Para crear una cuenta de E-gold no necesita ingresar
datos bancarios ni números de tarjetas de crédito,
solamente su e-mail y un nombre de usuario.
9. • En todo momento informa sobre la cantidad de Oro o
Metal que se encuentra en circulación así como las
reservas.
• Luego de realizar el pago no se permite
cancelación.
10. • El oro físico que respalda el valor de E-gold debe estar a salvo de
riesgos físicos, legales y políticos.
• El oro se guarda en la forma de lingotes homologados, depositados
en bóvedas con una certificación especial.
• El metal depositado no podrá ser objeto de ningún embargo o
gravamen de ningún tipo.
• El oro no se puede retirar de la bóveda, así como ninguna otra
disposición puede hacerse sin el consentimiento escrito de e-gold
E-GOLD
Aspectos Legales
11. • Ambos sistemas son muy acentuados.
• Crean un sistema alternativo de dinero e
independiente.
• Ambos están alejados de los controles financieros que
los grandes gobiernos puedan tener sobre los fondos de
los particulares.
E-GOLD Y BITCOIN
Semejanzas
12. E-Gold está fuertemente relacionado a casos de:
Delito
Cibernético
Robo de Identidades Lavado de dinero Tráfico de datos de
tarjetas de crédito
E-GOLD
Aspectos Negativos
14. ASPECTOS NEGATIVOS
• Sistema de pago electrónico que facilitaba la financiación de
grupos terroristas. Al Qaeda.
• Influyó en el posicionamiento de estos grupos terroristas en
Bélgica y Francia por la facilidad del lavado de dinero para su
subsistencia y evolución.
• Atracción masiva de Hackers a nivel mundial.
• Sistema de pago que facilitaba la estafa y falsificación de
identidades.
• Resultaba atractivo porque el pago se realizaba con lingotes de
oro.
15. PROCESOS JUDICIALES
Desde 2008 las cosas no han ido bien para E-Gold, con una serie
de procesos judiciales y cortes en la operatividad de la web.
ESTADOS UNIDOS IRAN AFGANISTAN
Maryland
Su creación fue un problema en vista de la ausencia de normativa
que pudiese regular esta actividad.
Florida NY
ARGENTINA
16. • “When commercial digital currency emerged in 1996, this new
financial product was not recognized or identified by existing US
financial regulations.
• No existing US laws defi ned a digital currency system, a digital
currency exchange agent, or a digital token backed by gold.
• No judge had ever rendered an opinion on the topic, and no
individual had been prosecuted for breaking the law as it related
to financial transactions and digital currency.
• Just like the new drone technology, digital currency that
circulated online was a brand-new technology.”
P.C. Mullan, A History of Digital Currency in the United States.
E-GOLD - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
CLÁUSULAS JURISDICCIONALES Y MEDIOS APLICABLES.
17. • “The July 2011 FinCEN MSB regulations (Federal Register / Vol. 76, No.
140 / Thursday, July 21, 2011 / Rules and Regulations 43585) also
clarified this issue.
• This Under the final rule, foreign-located MSBs will have the same
reporting and recordkeeping and other requirements as MSBs with a
physical presence in the United States, with respect to their activities in
the United States.
• Foreign-located MSBs will also be required to designate a person who
resides in the United States to function as an agent to accept service of
legal process, including with respect to BSA compliance.
• Operated with a published anti-money laundering program. All Money
Service Businesses in the USA require an AML program. However, since
the e-gold platform was not recognized by its operators as a financial
institution.”
P.C. Mullan, A History of Digital Currency in the United States.
CLÁUSULAS JURISDICCIONALES Y MEDIOS APLICABLES
18. The District Court, Judge Rosemary Collyer , held that:
1. “Money transmitting business” in governing criminal
statute was not restricted to business that handled cash;
2. Defendants operated “money transmitting business”
within meaning of Money and Finance Code provision
mandating registration of such businesses;
3. The criminal statute was not void for vagueness;
4. Rule of lenity was not applicable; and
5. No novel statutory construction was involved in the
instant prosecution.
Sentencia Estados Unidos América :
19. E-GOLD EUROPA
Innovación y competencia
Directiva Nro. CE/2007/64
• La primera directiva en servicios de pago se enfocó en la
competencia, introduciendo un nueva categoría en el servicio
de pago.
• Ofreciendo figuras híbridas, en el pago institucional en
particular, dando accesos a servicios de pago de altas
tecnologías en sectores de empresas ( telecomunicaciones)
autorizadas a utilizar el servicio de pago con actividades
tradicionales de los compradores, motivados en adquirir y
comprar.
20. E-GOLD – EUROPA
Innovación e integración Financiera
Regulación 260/2012
(ERPB) Euro Retail Payment Board Se crea para la evolución del pago
electrónico en la estructura del
mercado europeo
La regulación apoya la
innovación del pago creando e
integrando pagos al mercado
con la regulación aplicada en
Europa.
SEPA
21. E-GOLD - EUROPA
Cláusulas Jurisdiccionales y Medios Aplicables
SEPA ( Zona única de pagos en euros):
El proyecto en el eurosistema fue motivado por la
necesidad de aumentar la competencia, transparencia
buen gobierno y estándares que llevaron a la justa
aplicación de los pagos servicios e infraestructuras en aras
de promover los innovadores pagos electrónicos.
SEPA estandariza el pago electrónico de en euros de todos
los países d ela Comunidad Económia Europea.
La tendencia regulatoria de estos países es fuerte
haciéndole enfásis al pago eficiente llamándoles a la
innovación.
22. E-GOLD - RUSIA
Febrero 2014: El gobierno ruso prohibió
formalmente el “Bitcoin”, argumentando que
esta moneda digital podría enredar a los
ciudadanos en actividades ilícitas, ya que la
misma ha sido utilizada para financiar
actividades terroristas.
23. E-GOLD - BRASIL
Octubre 2013: Promulgó un estatuto en la creación
e intercambio de una moneda electrónica, para
regular las “bitcoin” al igual que otras monedas
digitales que fueron sujetas a las mismas políticas
que las monedas convencionales.
24. E-GOLD EN VENEZUELA
• El valor de la moneda digital bitcoin crece y crece. Y una
de las causas es la crisis que atraviesa Venezuela.
• El bitcoin ha tenido una fuerte contracción en el número de
transacciones que con ella se hacen por lo caras de las
mismas.
• Es por eso que muchos usuarios han puesto el ojo en “bitcoin
cash”, una versión de bitcoin con comisiones más bajas.
25. • El gobierno Venezolano, debería generar confianza ya que el valor
de las criptomonedas, en general, se determina en función de esa
confianza hacia las personas que las utilizan y no en bienes
físicos.
• Es una forma de dinero fiduciario en el mundo digital; además de
que muy pocas partes del mundo estas monedas están reguladas
por los gobiernos
• Las criptomonedas son impulsadas precisamente para no tener
ningún tipo de contacto o no estar bajo la regulación, la
supervisión o la aprobación del sistema bancario tradicional o de
algún Gobierno
26. • No se descarta la posibilidad de que en Venezuela se hayan
realizado por parte estatal o por particulares, negociaciones bajo
el modo de pago electrónico de E-gold, con la diferencia de que si
bien es cierto no hay reglamentaión alguna al respecto, tendría un
respaldo del estado en vista de sus últimos anuncios relacionados
con el tema.
• El particular que vive en su día a día la crisis económica, vende lo
que tiene en Oro, para poder subsistir.
• Posiblemente con esta compra-venta del metal precioso se cree
allí una cadena que conlleve a la negoción electrónica con E-Gold.
• Pudiera decirse que con últimos anuncios relacionados con el
tema, las criptomonedas indirectamente tendrían el
reconocimiento del Gobierno Venezolano”.
27. • E-Gold fue el primer sistema comercial de pago en línea de oro
digital.
• En los Estados Unidos fue la moneda virtual más notable de
finales de los años 90 y del año 2000
• El oro no fue el único metal digital que la compañía ofreció a
través de la plataforma digital.
• Fué uno de los primeros sistemas de pago que permitió a los
usuarios ejecutar complicadas transacciones financieras globales
fuera del sistema bancario regulado.
• El nacimiento de E-Gold y el consiguiente proceso legal en los
Estados Unidos, fueron eventos históricos en el mundo de los
pagos en línea.
CONSIDERACIONES FINALES
28. De acuerdo con Mauro Matties:
“E-Gold es un institución no bancaria, que presta servicio
financiero” al cambiar oro en físico por dinero.”
• E-Gold, es una operación activa, porque entrega dinero
electrónico y dá la oportunidad para acceder a esa
cantidad de dinero determinada según las condiciones
pactadas.
• Las condiciones pactadas vienen dadas por el valor del
gramo de oro, al cambio del día.
29. “Egold no es un banco, eso ya lo sabemos, pero hay
que tener en cuenta que como tal, como no es un
banco, los fondos no estan respaldados como sucede
con las entidades bancarias.”
“Pocas veces nos paramos a mirar los términos y
condiciones de los sistemas de pago. Al contrario que
páginas para ganar dinero en internet, estas tienen
una gran cantidad de normas que en algunos casos
nos afectan para el simple manejo de estos sistemas..”
Soraima Tirado Malavé
Arelys Fuenmayor
OPINIONES DEL EQUIPO DE TRABAJO
30. “Estados Unidos, dejó bien claro que E-Gold no podía
ser usada de forma fraudulenta y que el usuario
tendría que acatar la jurisdicción a la que estuviera
sujeta”
“La empresa E-Gold.com, estuvo registrada en San Kitts y
Nevis, una pequeña isla en el Mar del Caribe considerada un
paraíso fiscal. Muchas empresas de Estados Unidos y Europa
suelen domiciliarse en estos países. Los Casinos Online
americanos, se registran en dichas islas ya que hoy por hoy en
los Estados Unidos son ilegales dichas empresas.”
Soraima Tirado Malavé
Arelys Fuenmayor
31. “Sorprendente que se utilice este
tipo de Criptomonedas para lavado
de dinero y financiamiento de grupo
terroristas.”
34. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
• Giambelucca, Gino y Masi, Paola. The regulatory
machine An Institucional Approach to Innovative
Payments in Europe, University of Siena, Italy.
• Mullan, P. Carl: A History of Digital Currency in the
United States, Noviembre 2017.
• Ramos Suárez, Fernando. Bitcoin, Dinero Digital,
prevención de blanqueo de capitales, Universidad Rey
Juan Carlos, Mayo 2015, Madrid, España.
• FATF, Report on New Payments Methods, USA, 2006