Sunass mabel morillo, ivan lucich

Regulación de los Valores
Máximos Admisibles
2
 VMA: Decreto Supremo Nº 021-2009-VIVIENDA.
 Reglamento de VMA: Decreto Supremo Nº 003-2011-VIVIENDA.
 Directiva sobre VMA: Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012-
SUNASS-CD.
 Metodología para determinar el pago adicional por exceso de
concentración de parámetros: Resolución de Consejo Directivo Nº
025-2011-SUNASS-CD.
Ley General de Servicio de Saneamiento (Ley 26338) y su Reglamento
(TUO 023-2005-VIVIENDA).
MARCO LEGAL
3
3
3
RED DE
COLECTORES
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE
AGUAS RESIDUALES
4
Aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o
parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no
doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado
sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a
las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos
de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas
residuales, y tiene influencias negativas en los procesos de
tratamiento de las aguas residuales.
4
DEFINICIÓN DE VMA
5
Las aguas residuales no
domésticas son las
descargas de líquidos
producidos por actividades
económicas, comerciales e
industriales distintas a las
generadas como producto de
la preparación de alimentos,
del aseo personal y de
desechos fisiológicos.
DEFINICION DE ARND
6
Actualmente las descargas de
aguas residuales no domésticas
contienen concentraciones
elevadas de sustancias
contaminantes y/o tóxicas que
pasarán a ser reguladas,
controladas y fiscalizadas para
evitar el deterioro de los sistemas
de infraestructura sanitaria y del
Tratamiento de Aguas Residuales.
JUSTIFICACIÓN DE LA NORMA
7
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Demanda Bioquímica
de Oxígeno
mg/L DBO5 500
Demanda Química de
Oxígeno
mg/L DQO 1000
Sólidos Suspendidos
Totales
mg/L
SST 500
Aceites y Grasas mg/L A y G 100
APROBACIÓN DE VMA
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA
Anexo Nº 1
8
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Aluminio mg/L Al 10
Arsénico mg/L As 0.5
Boro mg/L B 4
Cadmio mg/L Cd 0.2
Cianuro mg/L CN- 1
Cobre mg/L Cu 3
Cromo
hexavalente
mg/L Cr+6 0.5
Cromo total mg/L Cr 10
Manganeso mg/L Mn 4
Mercurio mg/L Hg 0.02
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Níquel mg/L Ni 4
Plomo mg/L Pb 0.5
Sulfatos mg/L SO4-2 300
Sulfuros mg/L S-2 5
Zinc mg/L Zn 10
Nitrógeno
Amoniacal
mg/L NH+4 80
pH* Unidad pH 6-9
Solidos
Sedimentables*
mg/L/h S.D. 8.5
Temperatura* oC T o <85
Sulfuros mg/L S-2 5
(*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán
determinados a partir del análisis de una muestra compuesta.
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA
Anexo Nº 2
APROBACIÓN DE VMA
9
Garantizar la
sostenibilidad de la
infraestructura de
alcantarillado y de
tratamiento AR.
Reducir los costos en
operación y
mantenimiento
ocasionados por el
exceso del valor de
concentración de VMA
en las redes de
alcantarillado.
Restringir los excesos
del valor de
concentración de VMA
en las descargas de
aguas residuales no
domésticas.
UND traten sus aguas
residuales
¿QUÉ BUSCA LA NORMA?
10
Descargas permitidas: Son
aquellas que no exceden los
VMA establecidos en los Anexos 1
Y 2.
No originan pago adicional o
sanción.
TRATAMIENTO DE LAS
DESCARGAS NO DOMESTICAS
11
• Descargas no permitidas:
Son aquellas que sobrepasan los VMA
establecidos en el Anexo 2.
• Descargas prohibidas:
– Residuos sólidos, líquidos o gaseosos, que
puedan causar daño.
– Material orgánico
– Mezclas inflamables, radioactivas,
explosivas, corrosivas, tóxicas o venenosas.
– Todas aquellas que puedan causar
obstrucciones físicas, interferencias,
perturbaciones, sedimentos y/o
incrustaciones que impidan el flujo de las
aguas residuales.
– Otros.
11
TRATAMIENTO DE LAS
DESCARGAS NO DOMESTICAS
12
Si cumplen con los VMA se suspende
el cobro del pago adicional.
El usuario deberá:
Adecuar sus
descargas
Presentar nuevos
análisis
La EPS efectúa el cobro del pago
adicional por exceso de
concentración de parámetros.
¿Qué sucede si los
resultados superan los
VMA establecidos en el
Anexo Nº 1 ?
13
¿Qué sucede si los
resultados superan los
VMA establecidos en el
Anexo Nº 2 ?
Si se cumplen con los VMA se
repone el servicio.
El usuario deberá:
Adecuar sus
descargas
Presentar
nuevos análisis
La EPS debe suspender el servicio
de alcantarillado sanitario.
14
 Presentar anualmente la Declaración Jurada de UND, a la EPS.
 Implementar un sistema de tratamiento de aguas residuales,
cuando sus descargas excedan o puedan exceder los VMA del
Anexo 2.
 Efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los
parámetros fijados en el Anexo 1.
 Pagar el importe correspondiente a la toma de muestra
inopinada, análisis y cualquier otro gasto relacionado a la labor
realizada por el laboratorio acreditado, siempre que los valores
del parámetro analizado sobrepase los VMA.
 Implementar los mecanismos o dispositivo especiales para la
toma de muestra inopinada.
OBLIGACIONES DE LOS UND
15
 Solicitar directamente a cualquier laboratorio acreditado ante
el INDECOPI, la toma de muestra y análisis de los parámetros de
los VMA en sus descargas para la presentación de la
Declaración Jurada.
 Presenciar la toma de muestra inopinada, a participar de dicho
acto y a suscribir el Acta de Toma de Muestra Inopinada.
 Presentar reclamos, si consideran que ha sido vulnerado alguno
de sus derechos.
 Recibir información sobre la normatividad, las modificaciones y
actualizaciones respecto a los VMA.
DERECHOS DE LOS UND
16
 Vigilancia y cumplimiento de las disposiciones contenidas en los
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA y 003-2011-VIVIENDA.
 Solicitar a los UND la presentación de la Declaración Jurada.
 Mantener actualizado el Registro de UND, debiendo entregar a
éstos un código de registro.
 Monitoreo y Control de los VMA de las descargas de las ARND.
 Realizar pruebas de ensayo inopinadas como mínimo al 5% de los
UND inscritos en el Registro, seleccionados en forma aleatoria.
 Realizar un estudio del efecto que causan las descargas de los
parámetros que superan los VMA a su infraestructura de
alcantarillado y a los procesos en las PTARs.
OBLIGACIONES DE LAS EPS
17
Es la base de datos de la EPS donde se
incluye a todos aquellos UND que cumplen
los requisitos de las normativas. La EPS
otorga el Código de Registro de Usuarios.
Plazo de EPS para solicitar DDJJ:
UND nuevos: 3 meses
UND en actividad: 6 meses (a partir del 5
de setiembre de 2013)
Plazo de UND para presentar los Requisitos
 Cómo máximo 30 días hábiles (a partir del
requerimiento efectuado por la EPS)
REGISTRO DE UND
18
Requisitos para registrarse: (D.S. 003-2011-VIVIENDA)
 Declaración Jurada de Usuario no Doméstico, de acuerdo al
Anexo I, que deberá contener los resultados de los análisis
efectuados por un Laboratorio Acreditado por INDECOPI para
cada uno de los parámetros establecidos en los Anexos Nº 1 y 2
del D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA, los cuales hayan sido
muestreados por dicho laboratorio.
 Copia legalizada de la licencia de funcionamiento vigente
 Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal.
 Ficha Registro Único de Contribuyente – Acreditación del inicio
de actividades.
 Copia de factibilidad de servicios, otorgado por la EPS o
autorización de conexión del servicio de agua y saneamiento
emitido por un prestador distinto de la EPS.
REGISTRO DE UND
19
19
EPS requiere
presentación de
DECLARACIÓN
JURADA. La EPS
debe mantener
actualizado registro
Los usuarios deben
cumplir los
requisitos que
exige el
Reglamento.
Adicionalmente
deben adjuntar
croquis de sus
procesos
unitarios y
diagrama del
flujo de tipo de
tratamiento
Verificado el cumplimiento de los requisitos, la EPS procederá a
registrar al UND.
PROCEDIMIENTO PARA EL
REGISTRO DE UND
20
• Que cumplan con efectuar el monitoreo y control de la
concentración de parámetros de descargas de ARND en el
alcantarillado sanitario.
• Que solicite a los UND la presentación de la Declaración Jurada.
• Que mantenga actualizado el Registro de UND, debiendo
entregar a éstos un código de registro.
• Que realice pruebas de ensayo como mínimo al 5% de los UND.
• Que realice un estudio del efecto que causan las descargas de
parámetros que superan los VMA a su infraestructura y a los
procesos en las PTARs.
SUPERVISIÓN Y
FISCALIZACION A LAS EPS
21
ALGUNAS INFRACCIONES
Leves
• Presentación extemporánea de la documentación solicitada por la
EPS, excepto para el caso de D.J. de UND.
Graves
• Exceder los VMA del Anexo 2.
• No presentar los requisitos para registrarse o presentarlos fuera de plazo
• Falsedad de la D.J. del usuario
• No cumplir con efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los VMA,
por 2 periodos consecutivos o por 2 periodos no consecutivos en un periodo de 4
meses
• Retrasar y/o impedir cualquier forma de toma de muestra o toma de muestra
inopinada.
Muy
Graves
• a) Reponer el servicio de alcantarillado cerrado por la EPS, b)
Cometer 2 faltas graves, en un periodo de 6 meses.
22
ALGUNAS SANCIONES
Amonestaci
ón Escrita
• Implica una
llamada de
atención
escrita
emitida por la
EPS en caso
de cometer
infracciones
leves.
Suspensión
Temporal
• Interrupción
temporal del
servicio de
alcantarillado.
Se aplica en
caso de
cometer las
infracciones
graves.
Suspensión
Definitiva
• Implica la
interrupción
definitiva del
servicio de
alcantarillado
en caso de
infracciones
muy graves.
23
Metodología de calculo del pago
por exceso a los VMA de las
descargas de aguas residuales
de usuarios no domésticos.
24
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Demanda Bioquímica
de Oxígeno
mg/L DBO5 500
Demanda Química de
Oxígeno
mg/L DQO 1000
Sólidos Suspendidos
Totales
mg/L
SST 500
Aceites y Grasas mg/L A y G 100
APROBACIÓN DE VMA
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA
Anexo Nº 1
2525
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Aluminio mg/L Al 10
Arsénico mg/L As 0.5
Boro mg/L B 4
Cadmio mg/L Cd 0.2
Cianuro mg/L CN- 1
Cobre mg/L Cu 3
Cromo
hexavalente
mg/L Cr+6 0.5
Cromo total mg/L Cr 10
Manganeso mg/L Mn 4
Mercurio mg/L Hg 0.02
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA
Níquel mg/L Ni 4
Plomo mg/L Pb 0.5
Sulfatos mg/L SO4-2 300
Sulfuros mg/L S-2 5
Zinc mg/L Zn 10
Nitrógeno
Amoniacal
mg/L NH+4 80
pH* Unidad pH 6-9
Solidos
Sedimentables*
mg/L/h S.D. 8.5
Temperatura* oC T o <85
Sulfuros mg/L S-2 5
(*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán
determinados a partir del análisis de una muestra compuesta.
D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA
Anexo Nº 2
APROBACIÓN DE VMA
2626
26
26
RED DE
COLECTORES
PUNTOS DE TOMA DE MUESTRAS
DE ANALISIS DE VMA
Toma de Muestra
VMA
Toma de Muestra
VMA
USUARIOS NO DOMESTICOS
27
Pago adicional por
exceder los VMA
Ejemplo 1: Industria de alimentos
Volumen de agua potable consumido = 3000 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 6.135 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad Valores
Máximos
Admisibles
Concentración
de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de
Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 6600 Supera
Demanda Química de
Oxígeno
DQO mg/l 1.000 9800 Supera
Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 4652 Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 592 Supera
28
Definición de Rangos de Parámetros
RANGO
PARAMETROS
DBO5 DQO SST A-G
VMA (mg/l) 500 1,000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150
Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200
Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450
Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.000,1 - 10.000 450,1 - 1.000
Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000
Pago adicional por
exceder los VMA
29
Definición de Factores Individuales (Fi)
RANGO
FACTORES INDIVIDUALES
DBO5 DQO SST A-G
TOTALASIGNACION
PORCENTUAL
25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%
Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%
Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%
Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS
Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS
Pago adicional por
exceder los VMA
30
¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F)
para calcular el pago adicional?
𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺
350%
Aplicando la ecuación:
Factores Individuales:
F = 1000%
250% 200% 200%
Pago adicional por
exceder los VMA
31
¿Cuál es el PAGO ADICIONAL?
𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 6.135 x 1000%
Facturación Actual por el Servicio de
Alcantarillado (sin VMA): S/. 6.135
𝑷𝑨 = S/. 61.350
Pago adicional por
exceder los VMA
32
Beneficio económico por tratar las aguas residuales
(Costo anual de PTAR Lodos Activados para 237.600 Kg DBO5/año)
• Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:
Pago por superar V.M.A. = S/. 736.200 por año (gasto por exceso de VMA)
• Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA:
Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento
= S/. 356.399 por año
Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales –
GiZ. El costo no incluye costo de terreno.
Pago adicional por
exceder los VMA
33
Ejemplo 2: SERVICIOS DE ALIMENTACION
Volumen de agua potable consumido = 4100 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 8436,2 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad Valores
Máximos
Admisibles
Concentración
de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de
Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 5.500 Supera
Demanda Química de
Oxígeno
DQO mg/l 1.000 7056 Supera
Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 3310 Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 470 Supera
Pago adicional por
exceder los VMA
34
Definición de Rangos de Parámetros
RANGO
PARAMETROS
DBO5 DQO SST A-G
VMA (mg/l) 500 1,000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150
Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200
Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450
Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.000,1 - 10.000 450,1 - 1.000
Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000
Pago adicional por
exceder los VMA
35
Definición de Factores Individuales (Fi)
RANGO
FACTORES INDIVIDUALES
DBO5 DQO SST A-G
TOTALASIGNACION
PORCENTUAL
25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%
Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%
Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%
Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS
Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS
Pago adicional por
exceder los VMA
36
¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F)
para calcular el pago adicional?
𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺
350%
Aplicando la ecuación:
Factores Individuales:
F = 1000%
250% 200% 200%
Pago adicional por
exceder los VMA
37
¿Cuál es el PAGO ADICIONAL?
𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 8436 x 1.000%
Facturación Actual por el Servicio de
Alcantarillado (sin VMA): S/. 8436
𝑷𝑨 = S/. 84.360
Pago adicional por
exceder los VMA
38
Beneficio económico por tratar las aguas residuales
(Costo anual de PTAR Lodos Activados para 270.600 Kg DBO5/año)
• Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:
Pago por superar V.M.A. = S/. 1 012.344 por año (gasto por exceso de VMA)
• Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA:
Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento
= S/. 405.900 por año
Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales –
GiZ. El costo no incluye costo de terreno.
Pago adicional por
exceder los VMA
39
Ejemplo 3: INDUSTRIA DE ALIMENTOS
Volumen de agua potable consumido = 1500 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 2.997 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad Valores
Máximos
Admisibles
Concentración
de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de
Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 1.690 Supera
Demanda Química de
Oxígeno
DQO mg/l 1.000 2.800 Supera
Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 381 No Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 240 Supera
Pago adicional por
exceder los VMA
40
Definición de Rangos de Parámetros
RANGO
PARAMETROS
DBO5 DQO SST A-G
VMA (mg/l) 500 1,000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150
Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200
Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450
Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.001 - 10.000 451 - 1.000
Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000
Pago adicional por
exceder los VMA
41
Definición de Factores Individuales (Fi)
RANGO
FACTORES INDIVIDUALES
DBO5 DQO SST A-G
TOTALASIGNACION
PORCENTUAL
25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%
Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%
Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%
Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS
Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS
Pago adicional por
exceder los VMA
42
¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F)
para calcular el pago adicional?
𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺
350%
Aplicando la ecuación:
Factores Individuales:
F = 620%
250% 0%
Pago adicional por
exceder los VMA
20%
43
¿Cuál es el PAGO ADICIONAL?
𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 2.997 x 620%
Facturación Actual por el Servicio de
Alcantarillado (sin VMA): S/. 2.997
𝑷𝑨 = S/. 18.581
Pago adicional por
exceder los VMA
44
Beneficio económico por tratar las aguas residuales
(Costo anual de PTAR Lodos Activados para 30.420 Kg DBO5/año)
• Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:
Pago por superar V.M.A. = S/. 222.977 por año (gasto por exceso de VMA)
• Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA:
Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento
= S/. 45.630 por año
Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales –
GiZ. El costo no incluye costo de terreno.
Pago adicional por
exceder los VMA
45
Ejemplo 4: INDUSTRIA QUIMICA
Volumen de agua potable consumido = 953 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 1.859,3 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad Valores
Máximos
Admisibles
Concentración
de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de
Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 2.710 Supera
Demanda Química de
Oxígeno
DQO mg/l 1.000 2.218 Supera
Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 72 No Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 36 No supera
Pago adicional por
exceder los VMA
46
Definición de Rangos de Parámetros
RANGO
PARAMETROS
DBO5 DQO SST A-G
VMA (mg/l) 500 1,000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150
Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200
Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450
Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.001 - 10.000 451 - 1.000
Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000
Pago adicional por
exceder los VMA
47
Definición de Factores Individuales (Fi)
RANGO
FACTORES INDIVIDUALES
DBO5 DQO SST A-G
TOTALASIGNACION
PORCENTUAL
25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%
Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%
Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%
Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS
Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS
Pago adicional por
exceder los VMA
48
¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F)
para calcular el pago adicional?
𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺
35%
Aplicando la ecuación:
Factores Individuales:
F = 285%
250% 0%0%
49
¿Cuál es el PAGO ADICIONAL?
𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 1.859,3 x 285%
Facturación Actual por el Servicio de
Alcantarillado (sin VMA): S/. 1.859,3
𝑷𝑨 = S/. 5.299
Pago adicional por
exceder los VMA
50
Beneficio económico por tratar las aguas residuales
(Costo anual de PTAR Lodos Activados para 30.992 Kg DBO5/año)
• Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:
Pago por superar V.M.A. = S/. 63.588 por año (gasto por exceso de VMA)
• Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA:
Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento
= S/. 46.488 por año
Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales –
GiZ. El costo no incluye costo de terreno.
Pago adicional por
exceder los VMA
51
Ejemplo 5: INDUSTRIA QUIMICA
Volumen de agua potable consumido = 240 m3/mes
Importe facturado de alcantarillado = S/. 468,2 (sin IGV)
Concentración de aguas residuales crudas:
Parámetro Siglas Unidad Valores
Máximos
Admisibles
Concentración
de descarga
Estado
Demanda Bioquímica de
Oxígeno (al día 5)
DBO5 mg/l 500 630 Supera
Demanda Química de
Oxígeno
DQO mg/l 1.000 1.411 Supera
Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 409 No Supera
Aceites y Grasas AyG mg/l 100 187 Supera
Pago adicional por
exceder los VMA
52
Definición de Rangos de Parámetros
RANGO
PARAMETROS
DBO5 DQO SST A-G
VMA (mg/l) 500 1,000 500 100
Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150
Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200
Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450
Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.001 - 10.000 451 - 1.000
Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000
Pago adicional por
exceder los VMA
53
Definición de Factores Individuales (Fi)
RANGO
FACTORES INDIVIDUALES
DBO5 DQO SST A-G
TOTALASIGNACION
PORCENTUAL
25% 35% 20% 20%
Rango 1 6% 9% 5% 5% 25%
Rango 2 19% 26% 15% 15% 75%
Rango 3 25% 35% 20% 20% 100%
Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS
Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS
Pago adicional por
exceder los VMA
54
¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F)
para calcular el pago adicional?
𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺
35%
Aplicando la ecuación:
Factores Individuales:
F = 75%
25% 15%0%
55
¿Cuál es el PAGO ADICIONAL?
𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 468,2 x 75%
Facturación Actual por el Servicio de
Alcantarillado (sin VMA): S/. 468,2
𝑷𝑨 = S/. 351
Pago adicional por
exceder los VMA
56
Beneficio económico por tratar las aguas residuales
(Costo anual de PTAR Lodos Activados para 1.814 Kg DBO5/año)
• Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA:
Pago por superar V.M.A. = S/. 4.214 por año (gasto por exceso de VMA)
• Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA:
Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento
= S/. 2.721 por año
Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales –
GiZ. El costo no incluye costo de terreno.
Pago adicional por
exceder los VMA
57
GRACIAS POR SU ATENCIÓN.
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  • 1. Regulación de los Valores Máximos Admisibles
  • 2. 2  VMA: Decreto Supremo Nº 021-2009-VIVIENDA.  Reglamento de VMA: Decreto Supremo Nº 003-2011-VIVIENDA.  Directiva sobre VMA: Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012- SUNASS-CD.  Metodología para determinar el pago adicional por exceso de concentración de parámetros: Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2011-SUNASS-CD. Ley General de Servicio de Saneamiento (Ley 26338) y su Reglamento (TUO 023-2005-VIVIENDA). MARCO LEGAL
  • 3. 3 3 3 RED DE COLECTORES RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
  • 4. 4 Aquel valor de la concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos, que caracterizan a un efluente no doméstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa daño inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, y tiene influencias negativas en los procesos de tratamiento de las aguas residuales. 4 DEFINICIÓN DE VMA
  • 5. 5 Las aguas residuales no domésticas son las descargas de líquidos producidos por actividades económicas, comerciales e industriales distintas a las generadas como producto de la preparación de alimentos, del aseo personal y de desechos fisiológicos. DEFINICION DE ARND
  • 6. 6 Actualmente las descargas de aguas residuales no domésticas contienen concentraciones elevadas de sustancias contaminantes y/o tóxicas que pasarán a ser reguladas, controladas y fiscalizadas para evitar el deterioro de los sistemas de infraestructura sanitaria y del Tratamiento de Aguas Residuales. JUSTIFICACIÓN DE LA NORMA
  • 7. 7 PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/L DBO5 500 Demanda Química de Oxígeno mg/L DQO 1000 Sólidos Suspendidos Totales mg/L SST 500 Aceites y Grasas mg/L A y G 100 APROBACIÓN DE VMA D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA Anexo Nº 1
  • 8. 8 PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA Aluminio mg/L Al 10 Arsénico mg/L As 0.5 Boro mg/L B 4 Cadmio mg/L Cd 0.2 Cianuro mg/L CN- 1 Cobre mg/L Cu 3 Cromo hexavalente mg/L Cr+6 0.5 Cromo total mg/L Cr 10 Manganeso mg/L Mn 4 Mercurio mg/L Hg 0.02 PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA Níquel mg/L Ni 4 Plomo mg/L Pb 0.5 Sulfatos mg/L SO4-2 300 Sulfuros mg/L S-2 5 Zinc mg/L Zn 10 Nitrógeno Amoniacal mg/L NH+4 80 pH* Unidad pH 6-9 Solidos Sedimentables* mg/L/h S.D. 8.5 Temperatura* oC T o <85 Sulfuros mg/L S-2 5 (*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán determinados a partir del análisis de una muestra compuesta. D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA Anexo Nº 2 APROBACIÓN DE VMA
  • 9. 9 Garantizar la sostenibilidad de la infraestructura de alcantarillado y de tratamiento AR. Reducir los costos en operación y mantenimiento ocasionados por el exceso del valor de concentración de VMA en las redes de alcantarillado. Restringir los excesos del valor de concentración de VMA en las descargas de aguas residuales no domésticas. UND traten sus aguas residuales ¿QUÉ BUSCA LA NORMA?
  • 10. 10 Descargas permitidas: Son aquellas que no exceden los VMA establecidos en los Anexos 1 Y 2. No originan pago adicional o sanción. TRATAMIENTO DE LAS DESCARGAS NO DOMESTICAS
  • 11. 11 • Descargas no permitidas: Son aquellas que sobrepasan los VMA establecidos en el Anexo 2. • Descargas prohibidas: – Residuos sólidos, líquidos o gaseosos, que puedan causar daño. – Material orgánico – Mezclas inflamables, radioactivas, explosivas, corrosivas, tóxicas o venenosas. – Todas aquellas que puedan causar obstrucciones físicas, interferencias, perturbaciones, sedimentos y/o incrustaciones que impidan el flujo de las aguas residuales. – Otros. 11 TRATAMIENTO DE LAS DESCARGAS NO DOMESTICAS
  • 12. 12 Si cumplen con los VMA se suspende el cobro del pago adicional. El usuario deberá: Adecuar sus descargas Presentar nuevos análisis La EPS efectúa el cobro del pago adicional por exceso de concentración de parámetros. ¿Qué sucede si los resultados superan los VMA establecidos en el Anexo Nº 1 ?
  • 13. 13 ¿Qué sucede si los resultados superan los VMA establecidos en el Anexo Nº 2 ? Si se cumplen con los VMA se repone el servicio. El usuario deberá: Adecuar sus descargas Presentar nuevos análisis La EPS debe suspender el servicio de alcantarillado sanitario.
  • 14. 14  Presentar anualmente la Declaración Jurada de UND, a la EPS.  Implementar un sistema de tratamiento de aguas residuales, cuando sus descargas excedan o puedan exceder los VMA del Anexo 2.  Efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los parámetros fijados en el Anexo 1.  Pagar el importe correspondiente a la toma de muestra inopinada, análisis y cualquier otro gasto relacionado a la labor realizada por el laboratorio acreditado, siempre que los valores del parámetro analizado sobrepase los VMA.  Implementar los mecanismos o dispositivo especiales para la toma de muestra inopinada. OBLIGACIONES DE LOS UND
  • 15. 15  Solicitar directamente a cualquier laboratorio acreditado ante el INDECOPI, la toma de muestra y análisis de los parámetros de los VMA en sus descargas para la presentación de la Declaración Jurada.  Presenciar la toma de muestra inopinada, a participar de dicho acto y a suscribir el Acta de Toma de Muestra Inopinada.  Presentar reclamos, si consideran que ha sido vulnerado alguno de sus derechos.  Recibir información sobre la normatividad, las modificaciones y actualizaciones respecto a los VMA. DERECHOS DE LOS UND
  • 16. 16  Vigilancia y cumplimiento de las disposiciones contenidas en los D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA y 003-2011-VIVIENDA.  Solicitar a los UND la presentación de la Declaración Jurada.  Mantener actualizado el Registro de UND, debiendo entregar a éstos un código de registro.  Monitoreo y Control de los VMA de las descargas de las ARND.  Realizar pruebas de ensayo inopinadas como mínimo al 5% de los UND inscritos en el Registro, seleccionados en forma aleatoria.  Realizar un estudio del efecto que causan las descargas de los parámetros que superan los VMA a su infraestructura de alcantarillado y a los procesos en las PTARs. OBLIGACIONES DE LAS EPS
  • 17. 17 Es la base de datos de la EPS donde se incluye a todos aquellos UND que cumplen los requisitos de las normativas. La EPS otorga el Código de Registro de Usuarios. Plazo de EPS para solicitar DDJJ: UND nuevos: 3 meses UND en actividad: 6 meses (a partir del 5 de setiembre de 2013) Plazo de UND para presentar los Requisitos  Cómo máximo 30 días hábiles (a partir del requerimiento efectuado por la EPS) REGISTRO DE UND
  • 18. 18 Requisitos para registrarse: (D.S. 003-2011-VIVIENDA)  Declaración Jurada de Usuario no Doméstico, de acuerdo al Anexo I, que deberá contener los resultados de los análisis efectuados por un Laboratorio Acreditado por INDECOPI para cada uno de los parámetros establecidos en los Anexos Nº 1 y 2 del D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA, los cuales hayan sido muestreados por dicho laboratorio.  Copia legalizada de la licencia de funcionamiento vigente  Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal.  Ficha Registro Único de Contribuyente – Acreditación del inicio de actividades.  Copia de factibilidad de servicios, otorgado por la EPS o autorización de conexión del servicio de agua y saneamiento emitido por un prestador distinto de la EPS. REGISTRO DE UND
  • 19. 19 19 EPS requiere presentación de DECLARACIÓN JURADA. La EPS debe mantener actualizado registro Los usuarios deben cumplir los requisitos que exige el Reglamento. Adicionalmente deben adjuntar croquis de sus procesos unitarios y diagrama del flujo de tipo de tratamiento Verificado el cumplimiento de los requisitos, la EPS procederá a registrar al UND. PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE UND
  • 20. 20 • Que cumplan con efectuar el monitoreo y control de la concentración de parámetros de descargas de ARND en el alcantarillado sanitario. • Que solicite a los UND la presentación de la Declaración Jurada. • Que mantenga actualizado el Registro de UND, debiendo entregar a éstos un código de registro. • Que realice pruebas de ensayo como mínimo al 5% de los UND. • Que realice un estudio del efecto que causan las descargas de parámetros que superan los VMA a su infraestructura y a los procesos en las PTARs. SUPERVISIÓN Y FISCALIZACION A LAS EPS
  • 21. 21 ALGUNAS INFRACCIONES Leves • Presentación extemporánea de la documentación solicitada por la EPS, excepto para el caso de D.J. de UND. Graves • Exceder los VMA del Anexo 2. • No presentar los requisitos para registrarse o presentarlos fuera de plazo • Falsedad de la D.J. del usuario • No cumplir con efectuar el pago adicional por exceso de concentración de los VMA, por 2 periodos consecutivos o por 2 periodos no consecutivos en un periodo de 4 meses • Retrasar y/o impedir cualquier forma de toma de muestra o toma de muestra inopinada. Muy Graves • a) Reponer el servicio de alcantarillado cerrado por la EPS, b) Cometer 2 faltas graves, en un periodo de 6 meses.
  • 22. 22 ALGUNAS SANCIONES Amonestaci ón Escrita • Implica una llamada de atención escrita emitida por la EPS en caso de cometer infracciones leves. Suspensión Temporal • Interrupción temporal del servicio de alcantarillado. Se aplica en caso de cometer las infracciones graves. Suspensión Definitiva • Implica la interrupción definitiva del servicio de alcantarillado en caso de infracciones muy graves.
  • 23. 23 Metodología de calculo del pago por exceso a los VMA de las descargas de aguas residuales de usuarios no domésticos.
  • 24. 24 PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/L DBO5 500 Demanda Química de Oxígeno mg/L DQO 1000 Sólidos Suspendidos Totales mg/L SST 500 Aceites y Grasas mg/L A y G 100 APROBACIÓN DE VMA D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA Anexo Nº 1
  • 25. 2525 PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA Aluminio mg/L Al 10 Arsénico mg/L As 0.5 Boro mg/L B 4 Cadmio mg/L Cd 0.2 Cianuro mg/L CN- 1 Cobre mg/L Cu 3 Cromo hexavalente mg/L Cr+6 0.5 Cromo total mg/L Cr 10 Manganeso mg/L Mn 4 Mercurio mg/L Hg 0.02 PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN VMA Níquel mg/L Ni 4 Plomo mg/L Pb 0.5 Sulfatos mg/L SO4-2 300 Sulfuros mg/L S-2 5 Zinc mg/L Zn 10 Nitrógeno Amoniacal mg/L NH+4 80 pH* Unidad pH 6-9 Solidos Sedimentables* mg/L/h S.D. 8.5 Temperatura* oC T o <85 Sulfuros mg/L S-2 5 (*) Estos parámetros, serán tomados de muestras puntuales. El valor de los demás parámetros, serán determinados a partir del análisis de una muestra compuesta. D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA Anexo Nº 2 APROBACIÓN DE VMA
  • 26. 2626 26 26 RED DE COLECTORES PUNTOS DE TOMA DE MUESTRAS DE ANALISIS DE VMA Toma de Muestra VMA Toma de Muestra VMA USUARIOS NO DOMESTICOS
  • 27. 27 Pago adicional por exceder los VMA Ejemplo 1: Industria de alimentos Volumen de agua potable consumido = 3000 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 6.135 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro Siglas Unidad Valores Máximos Admisibles Concentración de descarga Estado Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5) DBO5 mg/l 500 6600 Supera Demanda Química de Oxígeno DQO mg/l 1.000 9800 Supera Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 4652 Supera Aceites y Grasas AyG mg/l 100 592 Supera
  • 28. 28 Definición de Rangos de Parámetros RANGO PARAMETROS DBO5 DQO SST A-G VMA (mg/l) 500 1,000 500 100 Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150 Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200 Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450 Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.000,1 - 10.000 450,1 - 1.000 Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000 Pago adicional por exceder los VMA
  • 29. 29 Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO FACTORES INDIVIDUALES DBO5 DQO SST A-G TOTALASIGNACION PORCENTUAL 25% 35% 20% 20% Rango 1 6% 9% 5% 5% 25% Rango 2 19% 26% 15% 15% 75% Rango 3 25% 35% 20% 20% 100% Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS Pago adicional por exceder los VMA
  • 30. 30 ¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? 𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺 350% Aplicando la ecuación: Factores Individuales: F = 1000% 250% 200% 200% Pago adicional por exceder los VMA
  • 31. 31 ¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? 𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 6.135 x 1000% Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 6.135 𝑷𝑨 = S/. 61.350 Pago adicional por exceder los VMA
  • 32. 32 Beneficio económico por tratar las aguas residuales (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 237.600 Kg DBO5/año) • Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA: Pago por superar V.M.A. = S/. 736.200 por año (gasto por exceso de VMA) • Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 356.399 por año Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. Pago adicional por exceder los VMA
  • 33. 33 Ejemplo 2: SERVICIOS DE ALIMENTACION Volumen de agua potable consumido = 4100 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 8436,2 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro Siglas Unidad Valores Máximos Admisibles Concentración de descarga Estado Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5) DBO5 mg/l 500 5.500 Supera Demanda Química de Oxígeno DQO mg/l 1.000 7056 Supera Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 3310 Supera Aceites y Grasas AyG mg/l 100 470 Supera Pago adicional por exceder los VMA
  • 34. 34 Definición de Rangos de Parámetros RANGO PARAMETROS DBO5 DQO SST A-G VMA (mg/l) 500 1,000 500 100 Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150 Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200 Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450 Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.000,1 - 10.000 450,1 - 1.000 Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000 Pago adicional por exceder los VMA
  • 35. 35 Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO FACTORES INDIVIDUALES DBO5 DQO SST A-G TOTALASIGNACION PORCENTUAL 25% 35% 20% 20% Rango 1 6% 9% 5% 5% 25% Rango 2 19% 26% 15% 15% 75% Rango 3 25% 35% 20% 20% 100% Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS Pago adicional por exceder los VMA
  • 36. 36 ¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? 𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺 350% Aplicando la ecuación: Factores Individuales: F = 1000% 250% 200% 200% Pago adicional por exceder los VMA
  • 37. 37 ¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? 𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 8436 x 1.000% Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 8436 𝑷𝑨 = S/. 84.360 Pago adicional por exceder los VMA
  • 38. 38 Beneficio económico por tratar las aguas residuales (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 270.600 Kg DBO5/año) • Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA: Pago por superar V.M.A. = S/. 1 012.344 por año (gasto por exceso de VMA) • Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 405.900 por año Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. Pago adicional por exceder los VMA
  • 39. 39 Ejemplo 3: INDUSTRIA DE ALIMENTOS Volumen de agua potable consumido = 1500 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 2.997 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro Siglas Unidad Valores Máximos Admisibles Concentración de descarga Estado Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5) DBO5 mg/l 500 1.690 Supera Demanda Química de Oxígeno DQO mg/l 1.000 2.800 Supera Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 381 No Supera Aceites y Grasas AyG mg/l 100 240 Supera Pago adicional por exceder los VMA
  • 40. 40 Definición de Rangos de Parámetros RANGO PARAMETROS DBO5 DQO SST A-G VMA (mg/l) 500 1,000 500 100 Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150 Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200 Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450 Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.001 - 10.000 451 - 1.000 Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000 Pago adicional por exceder los VMA
  • 41. 41 Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO FACTORES INDIVIDUALES DBO5 DQO SST A-G TOTALASIGNACION PORCENTUAL 25% 35% 20% 20% Rango 1 6% 9% 5% 5% 25% Rango 2 19% 26% 15% 15% 75% Rango 3 25% 35% 20% 20% 100% Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS Pago adicional por exceder los VMA
  • 42. 42 ¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? 𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺 350% Aplicando la ecuación: Factores Individuales: F = 620% 250% 0% Pago adicional por exceder los VMA 20%
  • 43. 43 ¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? 𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 2.997 x 620% Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 2.997 𝑷𝑨 = S/. 18.581 Pago adicional por exceder los VMA
  • 44. 44 Beneficio económico por tratar las aguas residuales (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 30.420 Kg DBO5/año) • Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA: Pago por superar V.M.A. = S/. 222.977 por año (gasto por exceso de VMA) • Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 45.630 por año Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. Pago adicional por exceder los VMA
  • 45. 45 Ejemplo 4: INDUSTRIA QUIMICA Volumen de agua potable consumido = 953 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 1.859,3 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro Siglas Unidad Valores Máximos Admisibles Concentración de descarga Estado Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5) DBO5 mg/l 500 2.710 Supera Demanda Química de Oxígeno DQO mg/l 1.000 2.218 Supera Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 72 No Supera Aceites y Grasas AyG mg/l 100 36 No supera Pago adicional por exceder los VMA
  • 46. 46 Definición de Rangos de Parámetros RANGO PARAMETROS DBO5 DQO SST A-G VMA (mg/l) 500 1,000 500 100 Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150 Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200 Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450 Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.001 - 10.000 451 - 1.000 Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000 Pago adicional por exceder los VMA
  • 47. 47 Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO FACTORES INDIVIDUALES DBO5 DQO SST A-G TOTALASIGNACION PORCENTUAL 25% 35% 20% 20% Rango 1 6% 9% 5% 5% 25% Rango 2 19% 26% 15% 15% 75% Rango 3 25% 35% 20% 20% 100% Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS Pago adicional por exceder los VMA
  • 48. 48 ¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? 𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺 35% Aplicando la ecuación: Factores Individuales: F = 285% 250% 0%0%
  • 49. 49 ¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? 𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 1.859,3 x 285% Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 1.859,3 𝑷𝑨 = S/. 5.299 Pago adicional por exceder los VMA
  • 50. 50 Beneficio económico por tratar las aguas residuales (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 30.992 Kg DBO5/año) • Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA: Pago por superar V.M.A. = S/. 63.588 por año (gasto por exceso de VMA) • Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 46.488 por año Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. Pago adicional por exceder los VMA
  • 51. 51 Ejemplo 5: INDUSTRIA QUIMICA Volumen de agua potable consumido = 240 m3/mes Importe facturado de alcantarillado = S/. 468,2 (sin IGV) Concentración de aguas residuales crudas: Parámetro Siglas Unidad Valores Máximos Admisibles Concentración de descarga Estado Demanda Bioquímica de Oxígeno (al día 5) DBO5 mg/l 500 630 Supera Demanda Química de Oxígeno DQO mg/l 1.000 1.411 Supera Sólidos Suspendidos Totales SST mg/l 500 409 No Supera Aceites y Grasas AyG mg/l 100 187 Supera Pago adicional por exceder los VMA
  • 52. 52 Definición de Rangos de Parámetros RANGO PARAMETROS DBO5 DQO SST A-G VMA (mg/l) 500 1,000 500 100 Rango 1 500,1 - 550 1.000,1 - 1.100 500,1 - 550 100,1 - 150 Rango 2 550,1 - 600 1.100,1 - 1.200 550,1 - 600 150,1 - 200 Rango 3 600,1 - 1.000 1.200,1 - 2.500 600,1 - 1.000 200,1 - 450 Rango 4 1000,1 - 10.000 2.500,1 - 10.000 1.001 - 10.000 451 - 1.000 Rango 5 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 10.000 mayor a 1.000 Pago adicional por exceder los VMA
  • 53. 53 Definición de Factores Individuales (Fi) RANGO FACTORES INDIVIDUALES DBO5 DQO SST A-G TOTALASIGNACION PORCENTUAL 25% 35% 20% 20% Rango 1 6% 9% 5% 5% 25% Rango 2 19% 26% 15% 15% 75% Rango 3 25% 35% 20% 20% 100% Rango 4 250% 350% 200% 200% 10 VECES MÁS Rango 5 500% 700% 400% 400% 20 VECES MÁS Pago adicional por exceder los VMA
  • 54. 54 ¿Cuál es el FACTOR DE AJUSTE (F) para calcular el pago adicional? 𝐹 = 𝐹 𝐷𝐵𝑂5 + 𝐹 𝐷𝑄𝑂 + 𝐹𝑆𝑆𝑇 + 𝐹𝐴𝑦𝐺 35% Aplicando la ecuación: Factores Individuales: F = 75% 25% 15%0%
  • 55. 55 ¿Cuál es el PAGO ADICIONAL? 𝑃𝑎𝑔𝑜 𝐴𝑑𝑖𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙 (𝑃𝐴) = S/. 468,2 x 75% Facturación Actual por el Servicio de Alcantarillado (sin VMA): S/. 468,2 𝑷𝑨 = S/. 351 Pago adicional por exceder los VMA
  • 56. 56 Beneficio económico por tratar las aguas residuales (Costo anual de PTAR Lodos Activados para 1.814 Kg DBO5/año) • Usuario no trata desechos y paga al operador el exceso de VMA: Pago por superar V.M.A. = S/. 4.214 por año (gasto por exceso de VMA) • Usuario trata desechos y evita paga al operador el exceso de VMA: Costo de Inversión anualizado + Gastos Operativos con tratamiento = S/. 2.721 por año Fuente: Metodología de cálculo para determinar la tarifa para descarga de alcantarillado de desagües industriales – GiZ. El costo no incluye costo de terreno. Pago adicional por exceder los VMA
  • 57. 57 GRACIAS POR SU ATENCIÓN.