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NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE En nuestro país, los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) en el país, en observancia a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE El Consejo Normativo de Contabilidad ha venido aprobando una serie de resoluciones en las que se oficializa en nuestro país el uso de las NIIF. Destaca la Resolución Nº 005-94-EF/93.01 que oficializó diversas normas entre la cuales destaca el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE El citado Marco Conceptual señala que los Estados Financieros se preparan y presentan al menos anualmente, y se dirigen a cubrir las necesidades comunes de información de una amplia gama de usuarios. Entre los usuarios se encuentran los inversores presentes y potenciales, los empleados, los prestamistas, los proveedores y otros acreedores comerciales, los clientes, los gobiernos y sus organismos públicos, así como el público en general
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Los estados financieros elaborados sobre la base de acumulación o del devengo contable informan a los usuarios no sólo de las transacciones pasadas que suponen cobros o pagos de dinero, sino también de las obligaciones de pago en el futuro y de los recursos que representan efectivo a cobrar en el futuro.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Cabe resaltar lo establecido en los párrafos 92 y 94 del citado Marco, respecto al reconocimiento de los ingresos y gastos: “Se reconoce un ingreso en el estado de resultados cuando ha surgido un incremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un incremento en los activos o un decremento en los pasivos, y además el importe del ingreso puede medirse con fiabilidad.” “Se reconoce un gasto en el estado de resultados cuando ha surgido un decremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un decremento en los activos o un incremento en los pasivos, y además el gasto puede medirse con fiabilidad.”
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Para una adecuada preparación de la información financiera las entidades deben considerar los alcances del manual aprobado mediante Resolución de Gerencia General de CONASEV Nº 010-2008-EF/94.01.2, el cual contiene una descripción de las cuentas y/o partidas de los estados financieros, las revelaciones que deben considerar en la elaboración de las notas, la forma de elaborar el Informe de Gerencia, así como aquellos aspectos que deben ser considerados en la información financiera auditada
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Mediante Resolución Nº 041-2008-EF/94, de fecha 25 de octubre del 2008, el Consejo Normativo de Contabilidad aprueba el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial que entrará en vigencia a partir del 01-01-2010, recomendándose su aplicación anticipada en el año 2009
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94, de fecha 14 de noviembre del 2009, se postergó hasta el 2011 la aplicación obligatoria del Nuevo Plan Contable General, señalando que optativamente puede ser aplicado en el 2010
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Inicialmente la Resolución CNC Nº 041-2008-EF/94, de fecha 25 de octubre del 2008 aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial con vigencia a partir del 01-01-2010, y recomendó su aplicación anticipada desde el 2009. Solamente se exceptúa de la aplicación del nuevo plan a las entidades facultadas por ley expresa a la formulación y aplicación de planes contables, manuales de contabilidad u otra denominación similar distintos.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO La Superintendencia de Banca y Seguros ha elaborado el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema  Financiero, de acuerdo con normas y prácticas contables prudentes de uso nacional e internacional.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO El Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero tiene como principales objetivos: 1.	Uniformar el registro contable de las operaciones que realizan las empresas autorizadas para operar en el Sistema Financiero del país, de acuerdo con la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, así como con las normas dispuestas por la Superintendencia. 2.	Obtener estados financieros que reflejen, de manera transparente, la situación económico-financiera y los resultados de la gestión de dichas empresas
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO El Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero tiene como principales objetivos: 3.	Permitir que la información financiera constituya un instrumento útil para el análisis y el autocontrol; así como para la toma de decisiones por parte de la administración, dirección y propietarios de las empresas, para el público usuario de los servicios financieros y de otras partes interesadas. 4.	Contar con una base de datos homogénea que facilite  el funcionamiento fluido de un sistema de indicadores de alerta oportuna, que permita el seguimiento y control individual de las empresas y del sistema financiero en su conjunto.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: El Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero y las disposiciones en él contenidas, deberán ser aplicados por todas las empresas que están autorizadas a operar por la Superintendencia de Banca y Seguros, de conformidad con la Ley General.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: El Manual debe ser aplicado para el registro contable de las operaciones permitidas a los Bancos, Financieras, Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, Cajas Municipales de Crédito Popular, Entidades de Desarrollo para la Pequeña y Micro Empresa – EDPYMEs, Cooperativas de Ahorro y Crédito Autorizadas a Captar Recursos del Público, Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, Empresas Administradoras Hipotecarias, Empresas de Capitalización Inmobiliaria, Empresas de Arrendamiento Financiero, Empresas de Servicios Fiduciarios, al Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria – FOGAPI, Banco de la Nación, Banco Agropecuario, Corporación Financiera de Desarrollo  - COFIDE, Fondo MIVIVIENDA S.A., y en el caso de otras empresas cuando su aplicación sea requerida por la Superintendencia.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: Las cuentas contenidas en el presente Manual no implican de por sí autorización para realizar las operaciones relacionadas con tales cuentas; debiendo las empresas  efectuar sólo las operaciones que les permita la Ley General y normas  reglamentarias vigentes
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: Las empresas podrán abrir nuevas cuentas analíticas sin la autorización previa de la Superintendencia, siempre y cuando no exista abierto el nivel de detalle que la empresa requiera, con la finalidad de perfeccionar sus controles contables; sin embargo, queda establecido que para fines de remisión electrónica de datos a esta Superintendencia, deberá efectuarse única y exclusivamente dentro de los niveles predeterminados en el Catálogo de Cuentas; aunque ésto no obsta que si posteriormente este Organismo requiriera crear cuentas dentro de los niveles en los que las empresas unilateralmente hubieren efectuado la apertura de las mismas, deberá procederse, bajo responsabilidad del Contador General y del Gerente del Área, a efectuar las reclasificaciones contables del caso, en el más breve plazo
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Preparación de los estados financieros 	Los estados financieros se deberán elaborar y exponer de acuerdo con el presente Manual y otras disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. En caso de existir situaciones no previstas en dichas disposiciones, se aplicará lo dispuesto en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) oficializadas en el país por el Consejo Normativo de Contabilidad.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Compensación de saldos 	Los saldos de las cuentas del activo, del pasivo y de resultados, sean éstos deudores o acreedores, se expondrán separadamente sin compensar, salvo que para efectos de presentación de estados financieros exista disposición expresa al respecto
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Reconocimiento de ingresos y gastos 	Para la asignación de los  ingresos y gastos (salvo en el caso de ingresos devengados no cobrados y otros que establezca la Superintendencia mediante normas específicas), se aplicará el principio de devengado
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Ajustes mensuales 	Con el objeto que los estados financieros sean preparados sobre una base uniforme, se requiere que el reconocimiento contable de los resultados provenientes de las operaciones se efectúe por lo menos a fin de cada mes, tal como el devengamiento de ingresos y el reconocimiento de gastos, provisiones, depreciación de bienes de uso, ajustes de saldos en moneda extranjera por variaciones del tipo de cambio, amortización de partidas diferidas, desvalorizaciones, etc.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Ingresos devengados no cobrados En tanto no se materialice el pago, los intereses, comisiones y gastos sobre créditos o cuotas que se encuentren en situación contable de vencido (cuenta 1405), en cobranza judicial (cuenta 1406), o créditos otorgados a deudores clasificados en las categorías Dudoso o Pérdida, deberán ser registrados como ingresos o rendimientos en suspenso, en la cuenta 8104 “Rendimientos de créditos, inversiones y rentas en suspenso”. Los ingresos previamente reconocidos que no hayan sido cobrados deberán extornarse. A partir de dicho momento sólo se reconocerán en cuentas de resultados los intereses, comisiones y otros ingresos   conforme se hayan percibido o cobrado. Los ingresos devengados y no cobrados serán registrados en cuentas de orden. Igual tratamiento reciben los intereses, comisiones y otros gastos sobre créditos o cuotas que se encuentran en situación contable de reestructurados (cuenta 1403) y refinanciados (cuenta 1404
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Valuación de los Activos, Pasivos, Contingentes y Cuentas de orden no expresados en moneda nacional Los saldos de activos y pasivos en moneda extranjera y en moneda nacional con reajuste de valor, así como, los metales preciosos, se valuarán en moneda nacional aplicando, según corresponda, el tipo de cambio contable establecido por esta Superintendencia, el índice reajustable (VAC) establecido por el Banco Central de Reserva del Perú o los precios del mercado internacional publicados al día anterior a la fecha de  información.   	Para fines de presentación, los saldos de contingentes y cuentas de orden, a la fecha de balance, se actualizarán al tipo de cambio contable establecido por la SuperintendenciaModificado por la Resol. SBS N° 1343-2003  del 24.09.2003
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Imputación por Moneda 	Los activos y pasivos se discriminarán en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con reajuste, según se haya pactado la transacción correspondiente, salvo expresa indicación en contrario. 	Los ingresos y gastos del período deberán clasificarse en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con reajuste, según el origen de los activos y pasivos correspondientes. Aquellos que no provengan directamente de activos y pasivos, deberán contabilizarse en la moneda en que se haga efectivo su pago. Los ingresos por comisiones de servicios de importación y exportación y por giros, transferencias y órdenes de pago en moneda extranjera, se informarán como moneda extranjera
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Imputación por Moneda 	 Para efectos del control diario de la posición de cambios, la empresa podrá utilizar cuentas transitorias que deberán ser cerradas el mismo día; no arrastrando saldo por ninguna circunstancia, o en su defecto, utilizar el posicionamiento con base en el ajuste directo por el nuevo tipo de cambio, de los saldos directos del activo y pasivo en moneda extranjera; en ambos casos, se afectarán las respectivas cuentas de resultados, cuyas diferencias determinarán: Posición Sobre comprada:	Cuando el saldo del activo en moneda extranjera es mayor al pasivo en moneda extranjera. Posición Sobre vendida:    	Cuando el saldo del activo en moneda extranjera es menor al pasivo en moneda extranjera. Posición Nivelada:		Cuando el saldo del activo en moneda extranjera es igual al pasivo en moneda extranjera
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Asignación de Costos 	La asignación de costos, salvo aquellos casos en que se establezcan normas específicas, se realizará de la siguiente forma: a. Los costos vinculados con ingresos específicos deben ser imputados al período en que éstos son reconocidos contablemente; b.  Los costos no vinculados con ingresos determinados, pero sí con períodos establecidos, deben ser imputados a éstos; c. Los restantes costos deberán ser cargados a los períodos en que son conocidos
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Prevalencia de la sustancia económica sobre la forma jurídica 	Para el registro contable de las operaciones debe prevalecer la esencia económica, respecto de la forma jurídica con que las mismas se pacten, conforme a lo previsto en la Norma Internacional de Contabilidad 1
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Inversiones en instrumentos representativos de capital 	Para el registro de las inversiones en instrumentos representativos de capital, deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: a) Cuando la empresa mantenga valores adquiridos con el fin de participar patrimonialmente y tener control conforme con la NIC 27 y/o poseer influencia significativa en otras entidades tomando en consideración la NIC 28, se contabilizará dichas inversiones aplicando el método de participación patrimonial.   b) Cuando la empresa mantenga valores con fines diferentes a la señalada en el literal anterior, contabilizará dichas inversiones de acuerdo al tratamiento establecido para las inversiones a valor razonable con cambios en resultados o disponible para la venta, según corresponda .
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Partidas Pendientes de Imputación 	Las empresas deben establecer procedimientos adecuados para eliminar las partidas pendientes de imputación en los estados financieros.  Aquellas partidas que, por razones de operatividad y organización administrativa interna o por naturaleza especial de la relación con terceros, no puedan ser imputadas a las cuentas correspondientes, se contabilizarán transitoriamente en las cuentas respectivas del rubro Otros activos, si son deudoras y en las cuentas del rubro Otros pasivos, si son acreedoras.  	Estas partidas deberán imputarse a las cuentas definitivas, como máximo, a los treinta (30) días calendario de la fecha de operación
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Registro y Archivo de Documentación Contable 	Las empresas del sistema financiero están obligadas a llevar todos los libros de contabilidad, administrativos y los que determine la Superintendencia. Las operaciones que se registren en los mismos, deberán estar respaldadas con la documentación sustentatoria correspondiente, a fin de dar cumplimiento a las normas establecidas en el Código de Comercio, Ley General de Sociedades y otras leyes especiales sobre la materia
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS  CONTABLES  GENERALES Registro y Archivo de Documentación Contable  Asimismo, deben mantener una contabilidad transparente, concreta e individualizada de todas sus operaciones, aplicando en forma integral las normas y procedimientos establecidos en el presente Manual de Contabilidad. 		Las empresas deberán preparar mensualmente archivos de los estados financieros básicos y la documentación que sustenten los mismos, incluyendo además, el balance de comprobación y los respectivos análisis de cuentas. Una copia de estos deberá permanecer en la empresa, a disposición de la Superintendencia
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   SISTEMA  DE  CODIFICACIÓN  Y  DENOMINACIÓN  La codificación y denominación de las clases,  rubros, cuentas, sub cuentas y cuentas analíticas previstas en el Catálogo de Cuentas del presente Manual, han sido estructuradas sobre la base de un sistema que contempla los siguientes niveles: 	Clase			: 	Se identifica con el primer dígito 	Rubro			: 	Se identifica con los dos primeros dígitos 	Cuenta			: 	Se identifica con los cuatro primeros dígitos 	Subcuenta	    	: 	Se identifica con los seis primeros dígitos 	Cuenta analítica		: 	Se identifica con los ocho primeros dígitos 	Subcuenta analítica: 	Se identifica con los diez primeros dígitos. 	Ejemplo:	5		Ingresos 			51			Ingresos financieros 			5104			Intereses  por cartera de créditos  			5104.01		Intereses por cartera de créditos vigentes 			5104.01.02		Intereses por créditos a microempresas [1] 			5104.01.02.01		Intereses por avances en cuenta corriente
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   SISTEMA  DE  CODIFICACIÓN  Y  DENOMINACIÓN  El sistema de codificación establecido a nivel de cada cuenta,  incluye el tercer dígito para ser utilizado como integrador y para diferenciar las operaciones por monedas, reajustables y con ajustes por inflación, teniendo en consideración los códigos siguientes:  Cero   (0):	Integrador, comprendiendo los saldos totales de las cuentas en moneda nacional, moneda extranjera, reajustables y ajustadas por inflación. Uno    (1):	Para las operaciones en moneda nacional.     Dos    (2):	Para las operaciones en moneda extranjera, (incluye aquellas operaciones en moneda nacional indexadas al tipo de cambio). Tres    (3):	Para las operaciones reajustables con valor de actualización constante – VAC.   Seis    (6):	Para las operaciones con ajustes por inflación.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   SISTEMA  DE  CODIFICACIÓN  Y  DENOMINACIÓN  Las clases definidas son las siguientes: Clase	:	1	Activo Clase	:	2 	Pasivo Clase	:	3	Patrimonio Clase	:	4	Gastos Clase	:	5	Ingresos Clase	:	6	Resultados Clase	:	7	Contingentes  Clase	:	8	Cuentas de Orden Clase 	:	9	Cuentas de Presupuesto y Costos (para su  implementación por cada empresa)
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Los estados financieros básicos de las empresas del sistema financiero, conjuntamente con las notas a dichos estados financieros y la información complementaria, deberán remitirse a la Superintendencia en la forma, frecuencia y plazos señalados en el capítulo II del presente Manual. Los estados financieros básicos son: el Balance General, el Estado de Ganancias y Pérdidas, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Los estados financieros básicos deberán contener obligatoriamente las firmas de quien ejerza el cargo de Contador General, Gerente General o cargo equivalente y de, por lo menos, dos (2) directores. Las sucursales de bancos extranjeros remitirán sus estados financieros con la firma de dos (2) funcionarios autorizados, siendo uno de ellos el representante legal. El Balance de Comprobación de Saldos y la información complementaria a los estados financieros deberán contener las firmas del Contador General y Gerente General.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Las firmas deberán estar claramente identificadas en cuanto a las personas a quienes pertenezcan y sus correspondientes cargos. Las mismas implican la declaración de que la información contenida en los documentos que se firman ha sido extraída de los libros legales y auxiliares de la empresa y verificada en cuanto a su exactitud e integridad
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Las empresas del sistema financiero presentarán mensualmente su Balance General y su Estado de Ganancias y Pérdidas, así como los de cada una de las sucursales en el exterior. Adicionalmente, deberán presentar trimestralmente el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas consolidados del grupo consolidable del sistema financiero, del grupo consolidable del sistema de seguros y del grupo financiero, de acuerdo a lo dispuesto por esta Superintendencia
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Los estados financieros correspondientes al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de setiembre deberán  ser aprobados por el directorio, debiendo dejar constancia escrita en las actas respectivas de su revisión y análisis. Los correspondientes al 31 de diciembre deberán ser aprobados por la Junta General de Accionistas. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas de inmediato a la Superintendencia
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PUBLICACIÓN   DE   ESTADOS   FINANCIEROS Las empresas deberán publicar, de manera conjunta, su Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y el Reporte Nº 2-D “Requerimientos de Patrimonio Efectivo por Riesgos de Crédito, correspondientes a períodos trimestrales en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional. Las citadas publicaciones deben realizarse guardando las proporciones adecuadas y en la misma fecha y página del diario respectivo. Para fines de la publicación del Reporte N° 2-D las empresas podrán omitir las secciones para las cuales no reportan información
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PUBLICACIÓN   DE   ESTADOS   FINANCIEROS Las formas de publicación del Balance General y del Estado de Ganancias y Pérdidas deberán corresponder a la Forma A y Forma B, respectivamente, establecidas en el Capítulo II del Manual de Contabilidad, debiendo contener sólo los saldos totales ajustados. Los estados financieros correspondientes al cierre del ejercicio, además, deberán ser presentados comparativamente con los del ejercicio anterior.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PUBLICACIÓN   DE   ESTADOS   FINANCIEROS La publicación de los Estados Financieros distintos a los anuales se efectuará dentro de los siete (7) días útiles de su presentación a esta Superintendencia y siempre que no hubiesen sido objetados por ésta.  Considerando que los Estados Financieros al 31 de diciembre de cada año (cuarto trimestre) son aprobados por la Junta General de Accionistas, la publicación de los mismos, así como la del Reporte Nº 2-D, se efectuará dentro de los siete (7) días útiles de realizada dicha Junta GeneralLas empresas deberán remitir a la Superintendencia las publicaciones efectuadas, dentro de los diez (10) días útiles posteriores a su difusión.
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   INFORMACIÓN  COMPLEMENTARIA Las empresas deberán preparar información complementaria a los estados financieros básicos con referencia a los diferentes rubros y cuentas, en los formularios, plazos, periodicidad y de acuerdo al detalle que, mediante anexos y reportes, determine la Superintendencia. .
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO Y MEMORIA ANUAL  Al cierre del ejercicio económico el Directorio debe formular los estados financieros y la memoria, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 1.- La memoria debe exponer claramente la situación económica y financiera de la empresa, incluyendo las proyecciones financieras de la misma, así como contener una evaluación resumida de cada uno de los eventos más importantes ocurridos en el período y hechos subsecuentes, de modo que permita al accionista tener una imagen clara de la gestión. 2.- La memoria debe estar a disposición de los accionistas, junto con la documentación sustentatoria pertinente, por lo menos diez (10) días útiles antes de la realización de la Junta General de Accionistas u órgano equivalente. Aprobada la memoria, el Directorio procederá a autorizar la divulgación respectiva, la cual deberá realizarse dentro del plazo estipulado por las normas sobre la materia
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL  DE  CONTABILIDAD  PARA  LAS  EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO Y MEMORIA ANUAL  Al cierre del ejercicio económico el Directorio debe formular los estados financieros y la memoria, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 3.- La memoria anual será remitida a la Superintendencia, dentro de los treinta (30) días  calendario posteriores a su aprobación por la Junta General de Accionistas u órgano equivalente
NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU PREGUNTAS Y/O CONSULTAS

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Tema 3 Normatividad Contable en el Perú

  • 1. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE En nuestro país, los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) en el país, en observancia a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades
  • 2. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE El Consejo Normativo de Contabilidad ha venido aprobando una serie de resoluciones en las que se oficializa en nuestro país el uso de las NIIF. Destaca la Resolución Nº 005-94-EF/93.01 que oficializó diversas normas entre la cuales destaca el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros
  • 3. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE El citado Marco Conceptual señala que los Estados Financieros se preparan y presentan al menos anualmente, y se dirigen a cubrir las necesidades comunes de información de una amplia gama de usuarios. Entre los usuarios se encuentran los inversores presentes y potenciales, los empleados, los prestamistas, los proveedores y otros acreedores comerciales, los clientes, los gobiernos y sus organismos públicos, así como el público en general
  • 4. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Los estados financieros elaborados sobre la base de acumulación o del devengo contable informan a los usuarios no sólo de las transacciones pasadas que suponen cobros o pagos de dinero, sino también de las obligaciones de pago en el futuro y de los recursos que representan efectivo a cobrar en el futuro.
  • 5. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Cabe resaltar lo establecido en los párrafos 92 y 94 del citado Marco, respecto al reconocimiento de los ingresos y gastos: “Se reconoce un ingreso en el estado de resultados cuando ha surgido un incremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un incremento en los activos o un decremento en los pasivos, y además el importe del ingreso puede medirse con fiabilidad.” “Se reconoce un gasto en el estado de resultados cuando ha surgido un decremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un decremento en los activos o un incremento en los pasivos, y además el gasto puede medirse con fiabilidad.”
  • 6. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Para una adecuada preparación de la información financiera las entidades deben considerar los alcances del manual aprobado mediante Resolución de Gerencia General de CONASEV Nº 010-2008-EF/94.01.2, el cual contiene una descripción de las cuentas y/o partidas de los estados financieros, las revelaciones que deben considerar en la elaboración de las notas, la forma de elaborar el Informe de Gerencia, así como aquellos aspectos que deben ser considerados en la información financiera auditada
  • 7. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Mediante Resolución Nº 041-2008-EF/94, de fecha 25 de octubre del 2008, el Consejo Normativo de Contabilidad aprueba el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial que entrará en vigencia a partir del 01-01-2010, recomendándose su aplicación anticipada en el año 2009
  • 8. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94, de fecha 14 de noviembre del 2009, se postergó hasta el 2011 la aplicación obligatoria del Nuevo Plan Contable General, señalando que optativamente puede ser aplicado en el 2010
  • 9. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MARCO NORMATIVO DE LA CONTABILIDAD EN EL PERÚ VIGENTE Inicialmente la Resolución CNC Nº 041-2008-EF/94, de fecha 25 de octubre del 2008 aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial con vigencia a partir del 01-01-2010, y recomendó su aplicación anticipada desde el 2009. Solamente se exceptúa de la aplicación del nuevo plan a las entidades facultadas por ley expresa a la formulación y aplicación de planes contables, manuales de contabilidad u otra denominación similar distintos.
  • 10. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO La Superintendencia de Banca y Seguros ha elaborado el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, de acuerdo con normas y prácticas contables prudentes de uso nacional e internacional.
  • 11. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO El Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero tiene como principales objetivos: 1. Uniformar el registro contable de las operaciones que realizan las empresas autorizadas para operar en el Sistema Financiero del país, de acuerdo con la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, así como con las normas dispuestas por la Superintendencia. 2. Obtener estados financieros que reflejen, de manera transparente, la situación económico-financiera y los resultados de la gestión de dichas empresas
  • 12. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO El Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero tiene como principales objetivos: 3. Permitir que la información financiera constituya un instrumento útil para el análisis y el autocontrol; así como para la toma de decisiones por parte de la administración, dirección y propietarios de las empresas, para el público usuario de los servicios financieros y de otras partes interesadas. 4. Contar con una base de datos homogénea que facilite el funcionamiento fluido de un sistema de indicadores de alerta oportuna, que permita el seguimiento y control individual de las empresas y del sistema financiero en su conjunto.
  • 13. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: El Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero y las disposiciones en él contenidas, deberán ser aplicados por todas las empresas que están autorizadas a operar por la Superintendencia de Banca y Seguros, de conformidad con la Ley General.
  • 14. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: El Manual debe ser aplicado para el registro contable de las operaciones permitidas a los Bancos, Financieras, Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, Cajas Municipales de Crédito Popular, Entidades de Desarrollo para la Pequeña y Micro Empresa – EDPYMEs, Cooperativas de Ahorro y Crédito Autorizadas a Captar Recursos del Público, Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, Empresas Administradoras Hipotecarias, Empresas de Capitalización Inmobiliaria, Empresas de Arrendamiento Financiero, Empresas de Servicios Fiduciarios, al Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria – FOGAPI, Banco de la Nación, Banco Agropecuario, Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE, Fondo MIVIVIENDA S.A., y en el caso de otras empresas cuando su aplicación sea requerida por la Superintendencia.
  • 15. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: Las cuentas contenidas en el presente Manual no implican de por sí autorización para realizar las operaciones relacionadas con tales cuentas; debiendo las empresas efectuar sólo las operaciones que les permita la Ley General y normas reglamentarias vigentes
  • 16. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  ALCANCES DEL MANUAL DE CONTABILIDAD: Las empresas podrán abrir nuevas cuentas analíticas sin la autorización previa de la Superintendencia, siempre y cuando no exista abierto el nivel de detalle que la empresa requiera, con la finalidad de perfeccionar sus controles contables; sin embargo, queda establecido que para fines de remisión electrónica de datos a esta Superintendencia, deberá efectuarse única y exclusivamente dentro de los niveles predeterminados en el Catálogo de Cuentas; aunque ésto no obsta que si posteriormente este Organismo requiriera crear cuentas dentro de los niveles en los que las empresas unilateralmente hubieren efectuado la apertura de las mismas, deberá procederse, bajo responsabilidad del Contador General y del Gerente del Área, a efectuar las reclasificaciones contables del caso, en el más breve plazo
  • 17. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Preparación de los estados financieros Los estados financieros se deberán elaborar y exponer de acuerdo con el presente Manual y otras disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. En caso de existir situaciones no previstas en dichas disposiciones, se aplicará lo dispuesto en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) oficializadas en el país por el Consejo Normativo de Contabilidad.
  • 18. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Compensación de saldos Los saldos de las cuentas del activo, del pasivo y de resultados, sean éstos deudores o acreedores, se expondrán separadamente sin compensar, salvo que para efectos de presentación de estados financieros exista disposición expresa al respecto
  • 19. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Reconocimiento de ingresos y gastos Para la asignación de los ingresos y gastos (salvo en el caso de ingresos devengados no cobrados y otros que establezca la Superintendencia mediante normas específicas), se aplicará el principio de devengado
  • 20. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Ajustes mensuales Con el objeto que los estados financieros sean preparados sobre una base uniforme, se requiere que el reconocimiento contable de los resultados provenientes de las operaciones se efectúe por lo menos a fin de cada mes, tal como el devengamiento de ingresos y el reconocimiento de gastos, provisiones, depreciación de bienes de uso, ajustes de saldos en moneda extranjera por variaciones del tipo de cambio, amortización de partidas diferidas, desvalorizaciones, etc.
  • 21. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Ingresos devengados no cobrados En tanto no se materialice el pago, los intereses, comisiones y gastos sobre créditos o cuotas que se encuentren en situación contable de vencido (cuenta 1405), en cobranza judicial (cuenta 1406), o créditos otorgados a deudores clasificados en las categorías Dudoso o Pérdida, deberán ser registrados como ingresos o rendimientos en suspenso, en la cuenta 8104 “Rendimientos de créditos, inversiones y rentas en suspenso”. Los ingresos previamente reconocidos que no hayan sido cobrados deberán extornarse. A partir de dicho momento sólo se reconocerán en cuentas de resultados los intereses, comisiones y otros ingresos conforme se hayan percibido o cobrado. Los ingresos devengados y no cobrados serán registrados en cuentas de orden. Igual tratamiento reciben los intereses, comisiones y otros gastos sobre créditos o cuotas que se encuentran en situación contable de reestructurados (cuenta 1403) y refinanciados (cuenta 1404
  • 22. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Valuación de los Activos, Pasivos, Contingentes y Cuentas de orden no expresados en moneda nacional Los saldos de activos y pasivos en moneda extranjera y en moneda nacional con reajuste de valor, así como, los metales preciosos, se valuarán en moneda nacional aplicando, según corresponda, el tipo de cambio contable establecido por esta Superintendencia, el índice reajustable (VAC) establecido por el Banco Central de Reserva del Perú o los precios del mercado internacional publicados al día anterior a la fecha de información.   Para fines de presentación, los saldos de contingentes y cuentas de orden, a la fecha de balance, se actualizarán al tipo de cambio contable establecido por la SuperintendenciaModificado por la Resol. SBS N° 1343-2003 del 24.09.2003
  • 23. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Imputación por Moneda Los activos y pasivos se discriminarán en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con reajuste, según se haya pactado la transacción correspondiente, salvo expresa indicación en contrario. Los ingresos y gastos del período deberán clasificarse en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con reajuste, según el origen de los activos y pasivos correspondientes. Aquellos que no provengan directamente de activos y pasivos, deberán contabilizarse en la moneda en que se haga efectivo su pago. Los ingresos por comisiones de servicios de importación y exportación y por giros, transferencias y órdenes de pago en moneda extranjera, se informarán como moneda extranjera
  • 24. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Imputación por Moneda Para efectos del control diario de la posición de cambios, la empresa podrá utilizar cuentas transitorias que deberán ser cerradas el mismo día; no arrastrando saldo por ninguna circunstancia, o en su defecto, utilizar el posicionamiento con base en el ajuste directo por el nuevo tipo de cambio, de los saldos directos del activo y pasivo en moneda extranjera; en ambos casos, se afectarán las respectivas cuentas de resultados, cuyas diferencias determinarán: Posición Sobre comprada: Cuando el saldo del activo en moneda extranjera es mayor al pasivo en moneda extranjera. Posición Sobre vendida: Cuando el saldo del activo en moneda extranjera es menor al pasivo en moneda extranjera. Posición Nivelada: Cuando el saldo del activo en moneda extranjera es igual al pasivo en moneda extranjera
  • 25. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Asignación de Costos La asignación de costos, salvo aquellos casos en que se establezcan normas específicas, se realizará de la siguiente forma: a. Los costos vinculados con ingresos específicos deben ser imputados al período en que éstos son reconocidos contablemente; b. Los costos no vinculados con ingresos determinados, pero sí con períodos establecidos, deben ser imputados a éstos; c. Los restantes costos deberán ser cargados a los períodos en que son conocidos
  • 26. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Prevalencia de la sustancia económica sobre la forma jurídica Para el registro contable de las operaciones debe prevalecer la esencia económica, respecto de la forma jurídica con que las mismas se pacten, conforme a lo previsto en la Norma Internacional de Contabilidad 1
  • 27. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Inversiones en instrumentos representativos de capital Para el registro de las inversiones en instrumentos representativos de capital, deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: a) Cuando la empresa mantenga valores adquiridos con el fin de participar patrimonialmente y tener control conforme con la NIC 27 y/o poseer influencia significativa en otras entidades tomando en consideración la NIC 28, se contabilizará dichas inversiones aplicando el método de participación patrimonial.   b) Cuando la empresa mantenga valores con fines diferentes a la señalada en el literal anterior, contabilizará dichas inversiones de acuerdo al tratamiento establecido para las inversiones a valor razonable con cambios en resultados o disponible para la venta, según corresponda .
  • 28. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Partidas Pendientes de Imputación Las empresas deben establecer procedimientos adecuados para eliminar las partidas pendientes de imputación en los estados financieros. Aquellas partidas que, por razones de operatividad y organización administrativa interna o por naturaleza especial de la relación con terceros, no puedan ser imputadas a las cuentas correspondientes, se contabilizarán transitoriamente en las cuentas respectivas del rubro Otros activos, si son deudoras y en las cuentas del rubro Otros pasivos, si son acreedoras. Estas partidas deberán imputarse a las cuentas definitivas, como máximo, a los treinta (30) días calendario de la fecha de operación
  • 29. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Registro y Archivo de Documentación Contable Las empresas del sistema financiero están obligadas a llevar todos los libros de contabilidad, administrativos y los que determine la Superintendencia. Las operaciones que se registren en los mismos, deberán estar respaldadas con la documentación sustentatoria correspondiente, a fin de dar cumplimiento a las normas establecidas en el Código de Comercio, Ley General de Sociedades y otras leyes especiales sobre la materia
  • 30. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   NORMAS CONTABLES GENERALES Registro y Archivo de Documentación Contable Asimismo, deben mantener una contabilidad transparente, concreta e individualizada de todas sus operaciones, aplicando en forma integral las normas y procedimientos establecidos en el presente Manual de Contabilidad. Las empresas deberán preparar mensualmente archivos de los estados financieros básicos y la documentación que sustenten los mismos, incluyendo además, el balance de comprobación y los respectivos análisis de cuentas. Una copia de estos deberá permanecer en la empresa, a disposición de la Superintendencia
  • 31. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   SISTEMA DE CODIFICACIÓN Y DENOMINACIÓN La codificación y denominación de las clases, rubros, cuentas, sub cuentas y cuentas analíticas previstas en el Catálogo de Cuentas del presente Manual, han sido estructuradas sobre la base de un sistema que contempla los siguientes niveles: Clase : Se identifica con el primer dígito Rubro : Se identifica con los dos primeros dígitos Cuenta : Se identifica con los cuatro primeros dígitos Subcuenta : Se identifica con los seis primeros dígitos Cuenta analítica : Se identifica con los ocho primeros dígitos Subcuenta analítica: Se identifica con los diez primeros dígitos. Ejemplo: 5 Ingresos 51 Ingresos financieros 5104 Intereses por cartera de créditos 5104.01 Intereses por cartera de créditos vigentes 5104.01.02 Intereses por créditos a microempresas [1] 5104.01.02.01 Intereses por avances en cuenta corriente
  • 32. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   SISTEMA DE CODIFICACIÓN Y DENOMINACIÓN El sistema de codificación establecido a nivel de cada cuenta, incluye el tercer dígito para ser utilizado como integrador y para diferenciar las operaciones por monedas, reajustables y con ajustes por inflación, teniendo en consideración los códigos siguientes: Cero (0): Integrador, comprendiendo los saldos totales de las cuentas en moneda nacional, moneda extranjera, reajustables y ajustadas por inflación. Uno (1): Para las operaciones en moneda nacional. Dos (2): Para las operaciones en moneda extranjera, (incluye aquellas operaciones en moneda nacional indexadas al tipo de cambio). Tres (3): Para las operaciones reajustables con valor de actualización constante – VAC. Seis (6): Para las operaciones con ajustes por inflación.
  • 33. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   SISTEMA DE CODIFICACIÓN Y DENOMINACIÓN Las clases definidas son las siguientes: Clase : 1 Activo Clase : 2 Pasivo Clase : 3 Patrimonio Clase : 4 Gastos Clase : 5 Ingresos Clase : 6 Resultados Clase : 7 Contingentes Clase : 8 Cuentas de Orden Clase : 9 Cuentas de Presupuesto y Costos (para su implementación por cada empresa)
  • 34. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Los estados financieros básicos de las empresas del sistema financiero, conjuntamente con las notas a dichos estados financieros y la información complementaria, deberán remitirse a la Superintendencia en la forma, frecuencia y plazos señalados en el capítulo II del presente Manual. Los estados financieros básicos son: el Balance General, el Estado de Ganancias y Pérdidas, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo
  • 35. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Los estados financieros básicos deberán contener obligatoriamente las firmas de quien ejerza el cargo de Contador General, Gerente General o cargo equivalente y de, por lo menos, dos (2) directores. Las sucursales de bancos extranjeros remitirán sus estados financieros con la firma de dos (2) funcionarios autorizados, siendo uno de ellos el representante legal. El Balance de Comprobación de Saldos y la información complementaria a los estados financieros deberán contener las firmas del Contador General y Gerente General.
  • 36. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Las firmas deberán estar claramente identificadas en cuanto a las personas a quienes pertenezcan y sus correspondientes cargos. Las mismas implican la declaración de que la información contenida en los documentos que se firman ha sido extraída de los libros legales y auxiliares de la empresa y verificada en cuanto a su exactitud e integridad
  • 37. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Las empresas del sistema financiero presentarán mensualmente su Balance General y su Estado de Ganancias y Pérdidas, así como los de cada una de las sucursales en el exterior. Adicionalmente, deberán presentar trimestralmente el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas consolidados del grupo consolidable del sistema financiero, del grupo consolidable del sistema de seguros y del grupo financiero, de acuerdo a lo dispuesto por esta Superintendencia
  • 38. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Los estados financieros correspondientes al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de setiembre deberán ser aprobados por el directorio, debiendo dejar constancia escrita en las actas respectivas de su revisión y análisis. Los correspondientes al 31 de diciembre deberán ser aprobados por la Junta General de Accionistas. En caso de existir observaciones, éstas deberán ser informadas de inmediato a la Superintendencia
  • 39. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PUBLICACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Las empresas deberán publicar, de manera conjunta, su Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y el Reporte Nº 2-D “Requerimientos de Patrimonio Efectivo por Riesgos de Crédito, correspondientes a períodos trimestrales en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional. Las citadas publicaciones deben realizarse guardando las proporciones adecuadas y en la misma fecha y página del diario respectivo. Para fines de la publicación del Reporte N° 2-D las empresas podrán omitir las secciones para las cuales no reportan información
  • 40. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PUBLICACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Las formas de publicación del Balance General y del Estado de Ganancias y Pérdidas deberán corresponder a la Forma A y Forma B, respectivamente, establecidas en el Capítulo II del Manual de Contabilidad, debiendo contener sólo los saldos totales ajustados. Los estados financieros correspondientes al cierre del ejercicio, además, deberán ser presentados comparativamente con los del ejercicio anterior.
  • 41. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   PUBLICACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS La publicación de los Estados Financieros distintos a los anuales se efectuará dentro de los siete (7) días útiles de su presentación a esta Superintendencia y siempre que no hubiesen sido objetados por ésta. Considerando que los Estados Financieros al 31 de diciembre de cada año (cuarto trimestre) son aprobados por la Junta General de Accionistas, la publicación de los mismos, así como la del Reporte Nº 2-D, se efectuará dentro de los siete (7) días útiles de realizada dicha Junta GeneralLas empresas deberán remitir a la Superintendencia las publicaciones efectuadas, dentro de los diez (10) días útiles posteriores a su difusión.
  • 42. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO   INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Las empresas deberán preparar información complementaria a los estados financieros básicos con referencia a los diferentes rubros y cuentas, en los formularios, plazos, periodicidad y de acuerdo al detalle que, mediante anexos y reportes, determine la Superintendencia. .
  • 43. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO Y MEMORIA ANUAL Al cierre del ejercicio económico el Directorio debe formular los estados financieros y la memoria, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 1.- La memoria debe exponer claramente la situación económica y financiera de la empresa, incluyendo las proyecciones financieras de la misma, así como contener una evaluación resumida de cada uno de los eventos más importantes ocurridos en el período y hechos subsecuentes, de modo que permita al accionista tener una imagen clara de la gestión. 2.- La memoria debe estar a disposición de los accionistas, junto con la documentación sustentatoria pertinente, por lo menos diez (10) días útiles antes de la realización de la Junta General de Accionistas u órgano equivalente. Aprobada la memoria, el Directorio procederá a autorizar la divulgación respectiva, la cual deberá realizarse dentro del plazo estipulado por las normas sobre la materia
  • 44. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO  APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO Y MEMORIA ANUAL Al cierre del ejercicio económico el Directorio debe formular los estados financieros y la memoria, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 3.- La memoria anual será remitida a la Superintendencia, dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a su aprobación por la Junta General de Accionistas u órgano equivalente
  • 45. NORMATIVIDAD CONTABLE EN EL PERU PREGUNTAS Y/O CONSULTAS