2. ANTECEDENTES DE LA SALUD
OCUPACIONAL
• La prevención de riesgos
ocupacionales no siempre
ha tenido un gran
desarrollo, ni un gran calado
en las empresas, por lo que
el camino para su
implantación es muy
tedioso y complejo. Así, en
cada país ha sido diferente
su nivel de implantación en
la normativa interna, y en el
día a día de organizaciones
y empleados.
3. LA SALUD OCUPACIONAL EN EL PERU
• El antecedente
inmediato mas
importante se remonta
a 1824, cuando se
suprime el trabajo
forzado en las minas,
aunque hasta 1900 no
se encuentra el primer
código de minería
4. LA SALUD OCUPACIONAL EN EL PERU
• En 1911, se promulgó la primera Ley sobre Accidentes de
Trabajo, Ley N° 1378 , convirtiéndose de esa manera en la
primera ley de sobre el tema en toda la región, siendo
además una ley verdaderamente avanzada para la época
• Introduce la Teoría de Responsabilidad por Riesgo , esta
cuestión viene a enunciar que quien crea un puesto de
trabajo está creando un riesgo, no siendo necesario
demostrar la culpa del empresario pues es el empresario y
no el empleado el que responde al riesgo existente en el
trabajo por él creado.
• De esta forma, los empresarios en Perú, para cubrirse
frente a esta responsabilidad aseguraban a sus empleados
mediante la contratación de pólizas con seguros privados;
esta costumbre se extendió durante 60 años.
12. LA SALUD OCUPACIONAL EN EL PERU
2010
DS 055-2010-EM: Reglamento de Seguridad y Salud en el
Trabajo para Mineria
13. LA SALUD OCUPACIONAL EN EL PERU
2011
Ley 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
14. LA SALUD OCUPACIONAL EN EL PERU
2013
Ley 29981: Ley que crea SUNAFIL (Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral)
15. LA SALUD OCUPACIONAL EN EL PERU
• En Perú, el derecho a la protección de la salud de las personas y de
su comunidad se encuentra recogido en el texto constitucional
actual (Art. 7°), así como también se encuentra establecida la
responsabilidad del Estado para determinar la política nacional de
salud, normando y supervisando su aplicación (Art. 9°).
• Igualmente, la Constitución establece que el trabajo es objeto de
atención prioritaria por el Estado y que ninguna relación laboral
puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni
desconocer o rebajar la dignidad del trabajador (Art. 23°).
• Al ser el derecho a la salud un derecho de categoría constitucional;
no está legalmente permitido que el desempeño del trabajo
genere un perjuicio o un riesgo a la salud del trabajador.
16. SALUD OCUPACIONAL
• La salud ocupacional se define como la
disciplina que busca el bienestar físico, mental
y social de los empleados en sus sitios de
trabajo.
17. SALUD OCUPACIONAL
• El trabajo puede dañar la salud a través de
lesiones, accidentes o enfermedades
profesionales, pero puede ejercer un efecto
positivo cuando proporciona satisfacción y
realización personal.
• Cuando el trabajo influye negativamente en la
salud, puede dar lugar a un riesgo profesional
18. PELIGRO O FACTOR DE RIESGO
• Es toda fuente de posible lesión o daño para la
salud. Es decir, la existencia de elementos,
fenómenos, ambiente y acciones humanas
que pueden tener la capacidad potencial de
producir lesiones o daños materiales y cuya
probabilidad de ocurrencia depende de la
eliminación o control del elemento agresivo.
19. PELIGRO O FACTOR DE RIESGO
• Fuente, situación o acto con el potencial de
daño en términos de lesiones o
enfermedades, o la combinación de ellas.
• OHSAS 18001:2007
20. RIESGO
• Riesgo es la posibilidad
de que un objeto
material, sustancia o
fenómeno pueda,
potencialmente,
desencadenar
perturbaciones en la
salud o integridad física
del empleado, así como
en materiales y
equipos.
21. RIESGO
• Combinación de la probabilidad de ocurrencia
de un evento o exposición peligrosa y la
severidad de las lesiones daños o
enfermedad que puede provocar el evento o
la exposición (es)
• OHSAS 18001:2007
36. RIESGO ACEPTABLE
• Riesgo que ha sido
reducido a un nivel que
puede ser tolerado por
la organización,
teniendo en cuenta sus
obligaciones legales y su
propia política de SST
37. INCIDENTE
• Evento (s) relacionado (s)
con el trabajo que dan
lugar o tienen el potencial
de conducir a lesión,
enfermedad (sin importar
severidad) o fatalidad
• Nota 1: Un accidente es
un incidente con lesión,
enfermedad o fatalidad.
• Nota 2: Un incidente
donde no existe lesión,
enfermedad o fatalidad,
puede denominarse,
cuasi – perdida, alerta,
evento peligroso.
• Nota 3: Una situación de
emergencia es un tipo
particular de incidente
38. ENFERMEDAD OCUPACIONAL
• Condición física o
mental adversa
identificable que
proviene y/o se
empeora por la
actividad laboral y/o o
alguna situación
relacionada con el
trabajo
• OHSAS 18001:2007
RM N° 408 – 2008 MINSA
39. CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD
• Las condiciones de trabajo y salud son el conjunto de
factores relacionados con las personas y sus acciones,
equipos o herramientas utilizadas, materiales y las
condiciones ambientales, que pueden afectar la salud
de los trabajadores.
• La evaluación de las condiciones de trabajo y salud se
puede realizar mediante diferentes diagnósticos:
– Panorama de factores de riesgo.
– Autoreportes de condiciones de salud y condiciones de
trabajo.
– Estadísticas ocupacionales.
40. PANORAMA DE FACTORES DE RIESGO
• Es una herramienta que se usa para
jerarquizar los factores de riesgo mediante el
cálculo del grado de peligrosidad, priorizando
la actuación de control del riesgo del factor de
riesgo identificado.
– Identificación y fuentes de los factores de riesgo.
– Tiempo de exposición.
– Número de trabajadores expuestos
45. ANALISIS CUALITATIVO DE
ACCIDENTES
• Los datos sobre la forma de producirse el
accidente, las circunstancias y el accidentado
proporcionan información cualitativa con
respecto a la siniestralidad laboral.
• Los datos más significativos que proporcionan la
información cualitativa son:
– Datos sobre la forma de producirse al accidente.
– Datos sobre las circunstancias que rodean al
accidente.
– Datos sobre la situación personal del accidentado
47. ANALISIS CUANTITATIVO DE
ACCIDENTES
• Número de días baja.
• Número de accidentados con una incapacidad
determinada: enfermedad común y maternidad,
enfermedad profesional, accidente de trabajo,
etc.
• Número de trabajadores en plantilla.
• Número de horas trabajadas.
• Número de trabajadores accidentados a lo largo
de un periodo.
• Costes de los accidentes.
49. RIESGOS PROFESIONALES
• El riesgo profesional se puede definir como el
accidente que se produce como consecuencia
directa de la labor desempeñada, y la
enfermedad que ha sido catalogada como
profesional por el Gobierno del país.
• El objetivo principal de la salud ocupacional es
evitar cualquier tipo de daño que pueda sufrir
un empleado
50. ACCIDENTES
• El accidente de trabajo es todo suceso
repentino que se produce por causa o con
ocasión del trabajo, y que produce en el
trabajador una lesión orgánica, una
perturbación funcional, una invalidez o la
muerte .
55. ENFERMEDAD PROFESIONAL
• Enfermedad profesional es “todo estado
patológico permanente o temporal que
sobrevenga como consecuencia obligada y
directa de la clase de trabajo que desempeña
o del medio en el que se ha visto obligado a
trabajar ejecutado”
57. ENFERMEDAD RELACIONADA AL
TRABAJO
• 1985 la Organización Mundial de la Salud -
OMS introduce el concepto de Enfermedad
Relacionada con el Trabajo (E.R.T).
• “Aquellos trastornos de salud en los que los
riesgos laborales actúan como uno de los
factores causales de forma significativa, junto
con otros externos al trabajo, o bien junto a
otros hereditarios”
59. TECNICAS PREVENTIVAS
• HIGIENE INDUSTRIAL
La higiene industrial comprende el conjunto de
actividades destinadas a la identificación, a la
evaluación y control de los agentes y factores del
ambiente ocupacional.
Tiene por objeto, la prevención de las
enfermedades derivadas del trabajo como
consecuencia de la exposición de los trabajadores
a contaminantes físicos, químicos o biológicos
61. ERGONOMIA OCUPACIONAL
• La ergonomía es el conjunto
de técnicas cuyo objetivo es la
adecuación entre la labor y la
persona. Se define en la
actualidad como la “ciencia
del bienestar”.
• La actuación ergonómica
precisa del previo
conocimiento de las
características del trabajador y
del trabajo.
62. PSICOSOCIOLOGIA OCUPACIONAL
• Es el conjunto de técnicas
cuyo objetivo es controlar
los aspectos psicosociales
del puesto laboral para
humanizarlos mediante:
diseño de turnos y
horarios, estilo y formas
de mando, participación
de los empleados,
acomodación, trabajo y
descanso.