2. SOCIEDAD COMERCIAL
• Es un contrato, a través del cual dos o más personas se
comprometen a hacer aportes en dinero, especie o
trabajo; con el objetivo repartirse las utilidades
obtenidas con la actividad de la empresa o actividad
social .
4Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
3. CLASIFICACION DE LAS
SOCIEDADES COMERCIALES
De acuerdo con la forma de asociarse, las sociedades
pueden ser :
1)Sociedades de personas
2)Sociedades de capital
3)Sociedades mixtas
4)Sociedades sin animo de lucro
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
4. 1) Sociedades de
personas
se clasifican en:
sociedad colectiva
sociedad en comandita
simple
6Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
5. Sociedad colectiva:
En estas sociedades predominan las cualidades
individuales de quienes se asocian y la confianza que se
tengan, se caracterizan por ser sociedades familiares.
Numero de socios: se constituye por 2 o mas socios
que son:(Socios Capitalistas y socios
Industriales)
Responsabilidad: los socios pueden aportar dinero
o bienes y su responsabilidad es ilimitada y solidaria.
La razón social: se forma con el nombre y/o
apellidos de uno o varios socios seguido de la expresión
& compañía, Hermanos, e hijos u otra análoga (art.
303 C. de Co.) Ejemplo: Cruz Díaz & Compañía
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
6. Sociedad Colectiva
Capital: esta constituido por los aportes de los
socios
Órganos de dirección y control:
Junta de socios, junta directiva (opcional)
Representante legal.
8Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
7. Disolución y liquidación: Art. 319.-
Sociedad Colectiva
La sociedad colectiva se disolverá por las causales previstas en
el artículo 218 y, en especial, por las siguientes:
1. Por muerte de alguno de los socios si no se hubiere
estipulado su continuación con uno o más de los herederos, o
con los socios .
2. Por incapacidad sobreviniente a alguno de los socios, a
menos que se convenga que la sociedad continúe con los
demás, o que acepten que los derechos del incapaz sean
ejercidos por su representante;
9Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
8. Disolución y liquidación: Art. 319.-
Sociedad Colectiva
3. Por (declaración de quiebra)* de alguno de los socios, si los
demás no adquieren su interés social o no aceptan la cesión a un
extraño, una vez requeridos por el (síndico de la quiebra)º, dentro de
los treinta días siguientes;
4. Por enajenación forzada del interés de alguno de los socios en
favor de un extraño, si los demás asociados no se avienen dentro de
los treinta días siguientes a continuar la sociedad con el adquirente,
y
5. Por renuncia o retiro justificado de alguno de los socios, si
los demás no adquieren su interés en la sociedad o no aceptan su
cesión a un tercero.
* Apertura de trámite de liquidación obligatoria.
10Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
9. Socios Industriales
Los socios industriales solo aportarán trabajo personal.
No pueden participar en la gestión de la sociedad, salvo
pacto en contrario.
Participan en las ganancias de la sociedad.
En caso que el contrato social guarde silencio, al socio
industrial se le asignará iguales beneficios que al socio
capitalista de menor participación.
No participan en las pérdidas, salvo pacto expreso.
Sociedad
colectiva
11Presentado por: Alfonso aldair
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10. Socios Capitalistas
aportan trabajo y capital.
Gestionan la sociedad.
Participación en las ganancias:
Sociedad
colectiva
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
11. Participación en las
ganancias:
Determinada
Si la participación está determinada en la escritura.
Ningún socio podrá separar la sociedad para sus
gastos más cantidad que la designada en la
escritura,
Indeterminada
Que no se haya determinado la forma de participar.
Si en la escritura no estuviera determinada la parte
de las ganancias que corresponden a cada socio, la
participación será proporcional al interés de cada
uno en la sociedad.
Igualmente se imputarán las pérdidas.
13Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
12. sociedad en comandita
simple
Numero de socios: se forma por 2 o mas personas, se denominan socios
comanditarios (a portantes de dinero) y socios gestores o colectivos
(aporte industrial)
Responsabilidad: La responsabilidad de los socios gestores es solidaridad
e ilimitada
La razón social: en la razón social debe figurar el nombre o apellido de los
socios que tienen responsabilidad ilimitada , seguido de la expresión & Cía. S.
en C (Art. 324 C de Co.) Ejemplo: torres & CIA. S. en c.
Capital: esta formado por los aportes de los comanditarios o de los socios
gestores cuando estos efectúen algún aporte. Al constituirse la sociedad, el
capital social se pagara en su totalidad
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
13. • El capital social se divide en cuotas de igual valor.
• Órganos de dirección y control Administración:
esta asignada a todos y cada uno de los socios colectivos.
• Disolución por la desaparición de una de las categorías de
la sociedad, ya sea de los socios colectivos o comanditarios.
sociedad en comandita simple
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14. 2) Sociedades de capital
Se clasifican en:
Sociedad Anónima
Sociedad en comandita por
acciones
16Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
15. Sociedad Anónima
Números de socios: 5 accionistas como mínimo (los socios se
denominan Accionistas )
Responsabilidad: Los accionistas responden hasta el limite de
sus aportes
Razón social: Tendrá una denominación seguida de la expresión
sociedad anónima o S.A
Capital: se divide en acciones de igual valor, que se representan en
títulos valores al constituirse la sociedad debe suscribirse por lo menos
el 50% del capital autorizado y pagarse como mínimo la tercera parte del
valor de cada parte acción del capital suscrito
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
16. sociedad Anónima
Órganos de dirección y control:
•Asamblea general de accionistas
•Junta directa
•Representante legal
Disolución y liquidación: por las causales indicadas
en el articulo 218 del código de comercio
Cuando ocurran perdidas que reduzcan el patrimonio
neto por debajo de 50% del capital suscrito
Cuando el 95% o mas de las acciones suscritas lleguen a
pertenecer a un solo accionista
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
17. Sociedad en comandita
por acciones
Números de socios: 2 o mas socios que se
denominan socios comanditarios (aportes de capital )
y socios gestores o colectivos (aportes Industrial )
Responsabilidad: los socios gestores tienen
solidaridad ilimitada por las operaciones sociales
Razón social: se forma con el nombre completo o
apellido de uno o mas de los socios colectivos y se
agrega & Cía.. Seguida de la expresión Sociedad en
Comandita por Acciones
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
18. Sociedad en comandita por acciones
Capital : el capital esta formado por acciones de igual
valor el aporte de industria de los socios gestores no forma
parte del capital social. Al suscribirse la sociedad de suscribirse
por lo menos el 50% del capital autorizado y pagarse como
mínimo la tercera parte del valor de cada acción.
Órganos de dirección y control: la administración
esta a cargo de los socios colectivos o gestores
Disolución y liquidación: Art. 218 de comercio. por
causales especiales de la de la sociedad colectiva , cuando ocurran
respecto a los socios gestores (Art. 319 de C de Co) por desaparición de
una de las dos categoría .
20Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
19. 3) Sociedades mixtas
El prototipo de esta clase de sociedad es:
Sociedad de responsabilidad limitada
Número de socios: máximo y mínimo de socios: 25 y 2
respectivamente.
• Responsabilidad: no se extiende más allá de los aportes.
• El monto del capital: está dividido en cuotas de igual valor.
• Razón social: Nombre de la empresa , seguida de la
palabra LIMITADA o LTDA abreviadamente.
21Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
20. sociedad de responsabilidad limitada
• Los órganos sociales: Asamblea de asociados y el
representante legal
• Causales de disolución: exceder el número máximo
de socios y por tener perdidas que reduzcan el capital a
menos del 50%.
22Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
21. 4) Sociedades sin animo
de lucro
Son entidades que persiguen
exclusivamente fines sociales culturales,
deportivos y de servicios , sin animo de
lucro. Ejemplo: El SENA, Cruz roja ,
Iglesias Católicas y Cristianas, Defensa
civil, hospitales , Policía…
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
22. SAS
(Sociedad por Acciones Simplificada )
Numero de socios: uno o mas
Responsabilidad: los socios responden hasta
el monto de sus respectivos aportes.
La razón social: Razón social o denominación
de la sociedad, seguida de las palabras “sociedad por
acciones simplificada”, o de las letras S.A.S.
Capital: Esta dividido en acciones que pueden ser
de estas clases: privilegiadas, con dividendos
preferencial y sin derecho a voto con dividendo fijo
anual y de pago, las acciones no pueden inscribirse en
el registro nacional de valores 24Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
23. SAS
(Sociedad por Acciones Simplificada )
Órganos de dirección y control:
• Asamblea general.
• Junta directiva (opcional)
•representante legal
Disolución y liquidación: Por las establecidas en el
articulo 3.4 de la ley 1258 de diciembre de 2008 la liquidación del
patrimonio se realizara de igual manera que en las sociedades de
responsabilidad ilimitada
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
24. PROCEDIMIENTOS LEGALES PARA LA
CREACIÓN DE EMPRESAS
1. Elaborar la minuta de la constitución de la
empresa.
2. Tramitar el Certificado de Homonimia en la
cámara de Comercio.
3. Elaboración de la Escritura Pública de
Constitución en la Notaría Pública.
4. Expedición del NIT y el RUT.
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
25. PROCEDIMIENTOS LEGALES
PARA LA CREACIÓN DE
EMPRESAS
5. Información a cerca de Industria y Comercio,
Avisos y Tableros, Uso de Suelo, en las respectivas
dependencias de la Alcaldía.
6. Tramitar la expedición del Certificado de
Seguridad.
7. Certificado de no usuario de Música en la Oficina
de SAYCO y ACINPRO.
8. Visita de Control Sanitario por parte de
DISTRISALUD.
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez
26. PROCEDIMIENTOS
LEGALES PARA LA
CREACIÓN DE
EMPRESAS
9. Inscripción ante el Seguro Social y la EPS escogida.
10. Afiliación a Caja de Compensación Familiar para
cumplir con la obligación de los Aportes Parafiscales.
11. Afiliación a la Administradora de Riesgos
Profesionales. ARP.
12. Crear cuenta corriente de la Empresa.
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Presentado por: Alfonso aldair
Reyes Valdez